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La OSCE abre una investigación sobre las violaciones de derechos humanos en Chechenia

Sábado, 10 de noviembre de 2018
Comentarios desactivados en La OSCE abre una investigación sobre las violaciones de derechos humanos en Chechenia

refugiados-chechenia-francia-gay-696x522La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) activó el jueves de la semana pasada el «mecanismo de Moscú» para aclarar las violaciones de derechos humanos cometidas en Chechenia en los últimos dos años. Entre ellas, las detenciones, torturas y asesinatos de personas homosexuales que estremecieron al mundo en la primavera de 2017. El organismo internacional considera insuficientes las explicaciones dadas hasta ahora por el Gobierno ruso. Se trata de un protocolo al que se han adherido 16 países, liderados por Islandia, y que recabará la ayuda de expertos que investigarán sobre el terreno los hechos denunciados.

Son varios los Gobiernos que han empujado a la OSCE a iniciar el proceso. A la medida, liderada por Islandia, se han sumado Alemania, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Irlanda, Letonia, Lituania, Noruega, Países Bajos, Reino Unido y Suecia. El protocolo conocido como «mecanismo de Moscú» es un procedimiento excepcional que solo se había empleado hasta ahora en siete ocasiones y prevé la participación de un grupo de expertos internacionales. Intentarán aclarar sobre el terreno las cuestiones que se han planteado a Rusia sobre la situación en Chechenia.

Concretamente, se investigará la ejecución de 27 sospechosos de terrorismo en enero de 2017, el encarcelamiento arbitrario del activista Oyub Titiev y la persecución y asesinatos de personas homosexuales, que en la primavera de 2017 sacudían a la comunidad internacional. Según reportaba el diario Novaya Gazeta, al menos 100 personas habían sido detenidas y encarceladas por ser «sospechosas de homosexualidad». Más adelante, salía a la luz la posible existencia de auténticos campos de concentración para personas homosexuales cerca de Grozny, la capital chechena.

En este tiempo, la homofobia del líder checheno, Ramzán Kadýrov, ha quedado sobradamente demostrada. Sofocada la crisis separatista, el Gobierno checheno ha encontrado en el colectivo LGTB un chivo expiatorio que encaja perfectamente con sus ideales retrógrados. Las autoridades rusas siguen demostrando, sin embargo, una ausencia total de voluntad política para investigar los posibles crímenes y llevar a los responsables ante la justicia. A fecha de hoy, nadie ha sido detenido ni imputado. La desidia del Gobierno ruso ante las peticiones de colaboración de la OSCE ha sido el detonante para invocar el «mecanismo de Moscú».

El escrito de la delegación islandesa a los dirigentes del organismo internacional destaca el «clima de impunidad» que provoca la inacción de Rusia ante las «graves violaciones de derechos humanos» cometidas por las autoridades chechenas. Una persecución que se ha dirigido contra personas «a causa de su orientación sexual o identidad de género percibida o real, así como defensores de los derechos humanos, abogados, medios de comunicación independientes, organizaciones de la sociedad civil y otros». Los hechos denunciados incluyen «acoso y persecución, arrestos y encarcelamientos arbitrarios o ilegales, tortura, desapariciones forzosas y ejecuciones extrajudiciales».

 Fuente Dosmanzanas

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Fracaso rotundo del referéndum para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario en Rumanía

Martes, 9 de octubre de 2018
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viorica-dancila-primera-ministra-de-rumania-referendum-matrimonio-300x155Viorica Dancila, primera ministra de Rumanía, deposita su voto en el referéndum

El referéndum para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario en Rumanía no ha alcanzado el mínimo de participación necesario para ser efectivo. Solo un 20,41 % de los censados ha acudido a las urnas, frente al 30 % necesario, lo cual puede calificarse sin duda alguna como de enorme fracaso para los convocantes. Rumanía, pues, no se suma a la lista de países europeos donde el matrimonio entre personas del mismo sexo está expresamente prohibido en su Constitución, si bien la legislación ordinaria sí lo continúa impidiendo. Actualizaremos la noticia cuando se conozcan los datos del escrutinio con la decisión, ya sin relevancia, de los escasos participantes.

Casi diecinueve millones de ciudadanos rumanos habían sido convocados para votar en referéndum la prohibición constitucional del matrimonio entre personas del mismo sexo. Para que el resultado fuera vinculante, se necesitaba que participase al menos el 30 % de los censados. Sin embargo, y a pesar de la fuerte presión de los sectores más LGTBfobos —sobre todo la Iglesia ortodoxa— y el apoyo de la mayoría de los partidos políticos, la participación tan solo ha alcanzado el 20,41 %, por lo que, sea cual sea el resultado del escrutinio final, el texto constitucional no puede ser modificado. La legislación ordinaria sigue impidiendo el matrimonio igualitario en Rumanía, pero al menos su Constitución seguirá sin prohibirlo.

El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado mes de septiembre. En la cámara alta también se superó la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracción frente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30 % del censo electoral y los votos favorables superar el 50 %. El plebiscito se ha celebrado en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre. El primer día, la participación solo alcanzó el 5,72 %, mientras que en la segunda jornada se ha llegado solamente hasta el 20,41 % de participación definitiva.

Tras el resultado, el líder de la USR, Dan Barna, ha pedido la dimisión del Gobierno por «haber dilapidado cuarenta millones de euros en una fantasía». La promotora Coalición por la Familia ha reconocido el mal resultado, aunque se felicita por haber movilizado a casi cuatro millones de rumanos. Por su parte, las asociaciones en defensa de los derechos LGTB, que habían pedido el boicot al referéndum, se han congratulado de que la población se haya abstenido de manera tan clara, pero aún así reclaman que «la comunidad de gais, lesbianas, bisexuales y personas transgénero es parte de la población del país, y tiene muchas familias, que en este momento carecen totalmente de reconocimiento y protección legales. Es hora de que el estado rumano, a través de las autoridades competentes, garantice la igualdad de derechos y obligaciones para las parejas del mismo sexo».

La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía

Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.

Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:

Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.

El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir.

Expertos legales citados por la web queer.de opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía carece de una ley de uniones civiles. La mención a un «reconocimiento legal y jurídico» de las parejas del mismo sexo podría abrir, sin embargo, el debate legislativo y social sobre esta vía.

El matrimonio igualitario en Europa

Las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio en 16 países europeos (entre paréntesis, el año de entrada en vigor de las respectivas normativas):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania  , Malta (2017) y Austria (2019).

Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017), Alemania (2017), Malta (2017) y Austria (2019).

Por otra parte, existen 13 países europeos cuyas respectivas constituciones prohíben expresamente el matrimonio igualitario (entre paréntesis, el año en que entró en vigor la prohibición constitucional):

Bulgaria (1991), Lituania (1992), Bielorrusia (1994), Moldavia (1994), Ucrania (1996), Polonia (1997), Letonia (2006), Serbia (2006), Montenegro (2007), Hungría (2012), Croacia (2013), Eslovaquia (2014) y Armenia (2015).

Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño:

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Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional de Rumanía sentencia que las parejas homosexuales han de tener igualdad de derechos

Miércoles, 3 de octubre de 2018
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200-bandera-RumaniaImportante toma de posición de la justicia rumana sobre los derechos LGTB. El Tribunal Constitucional ha publicado los considerandos de su sentencia del pasado mes de junio en la que reconoció el derecho de residencia a los cónyuges de ciudadanos comunitarios. Según el alto tribunal, las parejas del mismo sexo están amparadas por el derecho constitucional a la protección de la vida privada y familiar. El fallo va en la dirección contraria a la del referéndum del próximo 7 de octubre, en el que se votará una reforma de la ley fundamental para blindar la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. 

A mediados del mes pasado conocíamos que el Senado de Rumanía daba vía libre al referéndum para prohibir el matrimonio igualitario en la Constitución, con lo que Rumanía estaría un paso más cerca de convertirse en el próximo país que eleva a nivel constitucional la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Más de un año después de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado rumano ha dado su visto bueno a la iniciativa para definirlo como la unión de un hombre y una mujer en la norma fundamental. La propuesta de reforma constitucional será sometida a referéndum el próximo 7 de octubre. Si gana el «sí», Rumanía se sumará al grupo de países en los que el matrimonio excluyente está blindado al más alto nivel normativo.

La aprobación por el Senado era el último trámite legislativo que debía superar la iniciativa de la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para fijar el matrimonio excluyente en la Constitución. El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado martes día 11 de septiembre. En la cámara alta también se superaron la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracciónfrente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tiene vía libre para ser votada en referéndum. La consulta se celebrará el próximo 7 de octubre y será válida si participa al menos el 30 % del censo electoral y los votos a favor superan el 50 %. En ese caso, se cambiará la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Cabe destacar que, a pesar de que la norma fundamental no haga mención explícita al sexo de los contrayentes, la legislación ordinaria ya impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta y la participación supera el mínimo, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder socialdemócrata Liviu Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

Sin embargo,  el Tribunal Constitucional del país acaba de decir que las parejas formadas por dos personas del mismo sexo han de tener los mismos derechos que las parejas formadas por dos personas del sexo opuesto. Según los jueces del Tribunal Constitucional rumano, las parejas homosexuales tienen derecho a llevar una vida privada y familiar exactamente igual que las parejas heterosexuales, pues han de tener “el mismo reconocimiento legal de sus derechos y obligaciones“. Que es, curiosamente, un argumento muy parecido al que terminó por tumbar la sección 377 en India, lo que llevó a la legalización de la homosexualidad allí hace unas semanas. Básicamente: va contra la Constitución cualquier ley que penalice lo que la Constitución protege.

Desde Accept, un grupo de derechos LGTB+ rumano, Teodora Ion-Rotaru ha explicado que la sentencia es “extremadamente importante“: “Lo que dice es que las parejas homosexuales han de tener los mismos derechos que las heterosexuales. El Tribunal ha sentenciado que una familia homosexual vale lo mismo que una familia heterosexual.

Aunque el referéndum contra el matrimonio igualitario de los próximos días 6 y 7 de octubre sigue adelante, parece que aunque el resultado afiance la homofobia del país el Gobierno no lo tendrá fácil para modificar la Constitución rumana y definir el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. Porque aunque esta sentencia llegue antes de esa reforma (ahora mismo la Constitución define el matrimonio como una union entre dos cónyuges) muchos expertos ya han avisado de que modificar eso podría suponer una violación de la propia carta magna, un ataque a los derechos humanos de la población homosexual y, además, va en contra de lo que la Unión Europea lleva meses diciendo.

El proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. Esta sentencia convertiría en poco más que papel mojado la posible prohibición constitucional del matrimonio igualitario, al menos en lo que se refiere al derecho de residencia de las parejas casadas en los que alguno de los miembros se ciudadano de la Unión.

Fuente | Associated Press, vía EstoyBailando/Cristianos Gays

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El Senado de Rumanía da vía libre al referéndum para prohibir el matrimonio igualitario en la Constitución

Sábado, 15 de septiembre de 2018
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200-bandera-RumaniaRumanía está un paso más cerca de convertirse en el próximo país que eleva a nivel constitucional la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Más de un año después de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado rumano ha dado su visto bueno a la iniciativa para definirlo como la unión de un hombre y una mujer en la norma fundamental. La propuesta de reforma constitucional será sometida a referéndum el próximo 7 de octubre. Si gana el «sí», Rumanía se sumará al grupo de países en los que el matrimonio excluyente está blindado al más alto nivel normativo.

La aprobación por el Senado era el último trámite legislativo que debía superar la iniciativa de la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para fijar el matrimonio excluyente en la Constitución. El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado martes. En la cámara alta también se superaron la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracciónfrente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tiene vía libre para ser votada en referéndum. La consulta se celebrará el próximo 7 de octubre y será válida si participa al menos el 30 % del censo electoral y los votos a favor superan el 50 %. En ese caso, se cambiará la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Cabe destacar que, a pesar de que la norma fundamental no haga mención explícita al sexo de los contrayentes, la legislación ordinaria ya impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta y la participación supera el mínimo, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder socialdemócrata Liviu Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

En la línea contraria a la justicia europea

El proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. Esta sentencia convertiría en poco más que papel mojado la posible prohibición constitucional del matrimonio igualitario, al menos en lo que se refiere al derecho de residencia de las parejas casadas en los que alguno de los miembros se ciudadano de la Unión.

Fuente Dosmanzanas

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Italia, Grecia, Lituania y Rumanía celebran el Orgullo LGBT con sus respectivas reivindicaciones

Jueves, 14 de junio de 2018
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640x0-noticias-18161-2014-3-29-115452Gay Pride | Foto: Wavebreakmedia Ltd/Wavebreak Media/Thinkstock

Además de Polonia, otros países europeos, como Italia, Grecia, Lituania y Rumanía celebran el Orgullo LGBT defendiendo diferentes reivindicaciones en función de las respectivas legislaciones de cada país.

Si bien el Día Internacional del Orgullo LGBT es el 28 de junio, la mayoría de los países desplazan su celebración al primera sábado anterior o posterior a esa fecha o incluso en otras fechas relevantes en sus respectivos países para hacerlo coincidir con otras efemérides locales de acontecimientos relevantes para el colectivo en sus respectivas comunidades. Además de Polonia, el pasado sábado, 9 de junio, también en otros países europeos, como Italia, Grecia, Lituania o Rumanía, se celebra el Orgullo LGBT congregando a miles de manifestantes.

«Es muy importante que estemos aquí, porque tenemos que responder y demostrar que no es cierto que no existamos. Somos personas que pueden tener familias, y cuando decimos familia, todo lo que queremos decir es amor», declara un activista en Roma, donde miles de personas salen a las calles a manifestarse en favor de las familias homoparentales pocos días después de que el nuevo ministro de familias de Italia, Lorenzo Fontana, desatara la controversia al declarar que las familias homosexuales no existen legalmente. El nuevo gobierno de coalición que ha asumido el poder en Italia a principios de este mes incluye a Liga Nacionalista, un grupo de ultraderecha de larga tradición antigay.

Si bien las uniones civiles son legales en Italia desde 2016, lo cierto es que aún no disfrutan de los mismos derechos que las parejas heterosexuales, como por ejemplo acceder a tratamientos de fertilidad. «Hemos estado juntos durante 11 años y queríamos formar una familia, así que nos fuimos al extranjero, a Las Vegas. Regresamos a casa con ella y el estado no reconoce nuestra existencia», declara Simone, que junto con su pareja, Raffaele, tienen una hija de 14 meses, pero a pesar de pagar los mismos impuestos que las parejas de distinto sexo, siguen sin tener los mismos derechos.

En Bucarest, alrededor de 3000 personas celebran la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que gracias a su decisión de que un ciudadano rumano, Adrian Coman, tiene el derecho de vivir en su propio país con su esposo, Claibourn Robert Hamilton, ciudadano estadounidense con el que habría contraído matrimonio legalmente en los Estados Unidos, teniendo los mismo derechos que cualquier otro matrimonio de distinto sexo. Gracias a esta sentencia del tribunal europeo, las parejas del mismo sexo de ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho a vivir en cualquier estado miembro, sea cual sea que sea su nacionalidad, incluso en países que no reconocen el matrimonio homosexual, como sucede en Rumanía. «Clai y yo somos dos personas que no aceptamos la discriminación. Si más de nosotros hiciéramos lo mismo, el mundo sería mejor», declara Coman en la manifestación del orgullo de Bucarest.

Una asociación de policías LGBT se une a los miles de manifestantes que se congregan en la que es la 14.ª edición del orgullo en Atenas. Desde que se formara el Gobierno actual, en 2015, Grecia ha extendido las uniones civiles a las parejas del mismo sexo, autorizado el cambio de sexo de menores desde los 15 años de edad y permitido que los menores puedan ser adoptados por parejas del mismo sexo.

«Letonia ocupa el último lugar en la Unión Europea en lo que respecta a los derechos de las personas LGBT. No hay protección contra los crímenes de odio, ni respeto por las personas trans, por eso creemos que este problema es muy urgente», declara Kaspars Zalitis, uno de los organizadores del que se ha denominado como el desfile del «Orgullo báltico» en Riga, incluyendo en su celebración a integrantes de la comunidad LGBT de países como Estonia y Lituania, que tuvieron que soportar las protestas de un grupo de 30 miembros de un grupo de derecha antes del inicio del desfile que protestaban contra «la promoción de la homosexualidad».

Fuente Universogay

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Informe anual sobre derechos LGTBI en Europa: Malta sigue encabezando la clasificación y España se mantiene en el 9.º puesto

Jueves, 17 de mayo de 2018
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ie_logo_with_motto_gif_format_white_background_cmsa_0ILGA Europa ha emitido su acostumbrado informe anual sobre la situación de los derechos LGTBI en el continente europeo. El estudio, como es habitual, incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. El informe de 2018 se refiere al estado de los derechos de las personas LGTBI europeas entre enero y diciembre de 2017. Como en pasados años, Malta encabeza la clasificación debido al gran número de medidas legislativas que ha tomado en los últimos años, como el reconocimiento legal de los derechos de las personas transexuales e intersexuales, la prohibición de las infames «terapias reparadoras» de la homosexualidad, la adopción homoparental o, finalmente, la aprobación del matrimonio igualitario, que la sitúan a la vanguardia mundial en cuanto a legislaciones de ese tipo. España, debido a su inmovilismo legislativo, se mantiene en la novena posición, con la recomendación por parte de ILGA Europa de que se aprueben definitivamente tanto la ley de igualdad de las personas LGTBI como la reforma de la ley de identidad de género.

Como en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y no discriminación (25 % de la puntuación total), derecho de familia (27 %), crímenes y discursos de odio (20 %), reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal (15 %), libertades de reunión, asociación y expresión (8 %) y asilo (5 %). El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial. También se debe tener en cuenta que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA Europa.

En cuanto a la consecución de logros en los seis apartados mencionados, el conjunto de los países europeos obtiene un porcentaje total del 38 %, mientras que los miembros de la Unión Europea alcanzan el 48 %. Este es el detalle por apartados:

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La clasificación de los países europeos

La lista de países europeos según su porcentaje de consecución de los objetivos es la siguiente:

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Aquí tenéis también el mapa con los porcentajes obtenidos por cada país (podéis pinchar en él para ampliarlo):

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Malta sigue encabezando la clasificación, debido a las grandes medidas legislativas tomadas en los últimos años. En 2015 aprobó una de las legislaciones de identidad de género más avanzadas del mundo, que prohíbe taxativamente cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento, además de estar adecuada a la despatologización de la transexualidad y ser aplicable a los menores. La ley maltesa también prohíbe la realización de innecesarias intervenciones quirúrgicas en los niños intersexuales. En 2014, cuando aprobó la ley de uniones civiles abierta a parejas del mismo sexo, incluyó en la misma la adopción homoparental. Dos años después, en 2016, el Parlamento maltés aprobó dos leyes muy positivas para la población LGTB. El país mediterráneo se convirtió en el primero de Europa en prohibir las dañinas e inútiles «terapias» reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. También amplió su ya avanzada legislación para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18), y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género. Finalmente, en julio de 2017 Malta aprobó la ley de que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Todo ello ha ocasionado que Malta alcance el 91,04 % de cumplimiento de los objetivos de igualdad y no discriminación de ILGA, quedando tan solo pendientes legislaciones respecto a la no discriminación en el acceso a bienes y servicios, las medidas reproductivas para parejas del mismo sexo o mejorar la situación de los asilados por orientación sexual o identidad de género.

Por otro lado, el inmovilismo legislativo, como ocurre en el caso de España, ha ocasionado que países que en su día encabezaron la clasificación o se situaron a la vanguardia de los derechos LGTBI, como Suecia u Holanda, se sitúen en la décima y undécima posición respetivamente. Ya no bastan leyes que establezcan la igualdad de derechos, también se exigen políticas activas contra la discriminación por razón de orientación sexual o identidad de género.

La situación en España

La falta de disposiciones de rango constitucional o de leyes de ámbito estatal que protejan específicamente la orientación sexual y la identidad de género hace que la puntuación alcanzada por España se vea mermada. Además de ello, el hecho de que no exista un organismo que se encargue tanto de vigilar y sancionar las situaciones de discriminación como de fomentar la igualdad en todos los ámbitos resta el porcentaje de consecución de objetivos en el apartado de «Igualdad y no discriminación».

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ILGA Europa hace estas dos recomendaciones al Gobierno español:

  •  Adoptar una nueva ley de igualdad que revise el marco existente de leyes contra la discriminación, que proteja expresamente la orientación sexual, las características sexuales y de identidad de género en todas las esferas de la vida.
  • La actualización del marco legal existente a nivel nacional para el reconocimiento legal del género, de manera que se garantice que el proceso se base en la autodeterminación, esté libre de requisitos abusivos y no contemple límites de edad.

Es decir, las recomendaciones son que se aprueben leyes como las que están actualmente en trámite parlamentario. Respecto a los acontecimientos más destacables del pasado año, ILGA Europa precisamente señala el gran esfuerzo de las asociaciones LGTBI para convencer a los distintos grupos políticos de la necesidad de aprobar las leyes de igualdad LGTBI y de reformar de la ley de identidad de género. También destaca la gran aceptación social que las personas LGTBI disfrutan en España, según confirman numerosas encuestas, y comenta, por ejemplo, el hecho de que la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, hiciera pública su bisexualidad. Por otro lado, no deja de lamentar las agresiones denunciadas por el Observatorio contra la LGTBfobia de Madrid y los lamentables sucesos que tuvieron lugar en Murcia durante la celebración del Orgullo.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en 2014 y en 2015. En 2016, ya fue Malta quien se hizo con la primera posición, debido a su avanzada legislación sobre identidad de género. Repitió en 2017 y este año se consolida en lo más alto de la lista. España, en todos los casos, se ha situado siempre entre los 10 países de cabeza, aunque cayendo hasta el 9º puesto estos dos últimos años debido al inmovilismo legislativo.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a estudiar el caso de la pareja casada en Bélgica cuyo matrimonio no reconoce Rumanía

Miércoles, 6 de diciembre de 2017
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adrian-si-clabourn2Importante noticia la que hemos conocido esta semana: la Corte Europea de Justicia comenzó a examinar el martes pasado el caso de una pareja del mismo sexo casada legalmente en Bélgica, pero cuyo matrimonio no reconocen las autoridades de Rumanía. La resolución de este caso, que se conocerá previsiblemente el año que viene, podría sentar un importante precedente para la libertad de circulación de las personas LGTB en el territorio de la Unión Europea. Una sentencia positiva obligaría a todos los estados miembros a reconocer los matrimonios y uniones civiles legalmente celebrados en otros países de la Unión.

La Justicia europea ha empezado a deliberar sobre un asunto cuya resolución podría traer profundas consecuencias para las parejas del mismo sexo. Hemos informado del caso que llevan adelante Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton, casados legalmente en Bélgica. La pareja presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Esta falta de reconocimiento legal impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre del año pasado el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha anunciado que la Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones, que comenzaron la semana pasada. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. La resolución, que previsiblemente se conocerá ya en 2018, podría sentar un importante precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias.

Concretamente, podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo: se trata, además de Rumanía, de Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Una sentencia favorable para los demandantes podría obligar a estos países a reconocer a las parejas del mismo sexo legalmente casadas o unidas civilmente en otros Estados de la Unión cuando al menos uno de los cónyuges sea ciudadano de un Estado miembro. Situaciones como la aquí descrita, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final. Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando hace dos años consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

En mayo de este año, la Cámara de Diputados aprobaba la medida por 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo y en septiembre, el gobernante Partido Socialdemócrata anunciaba la próxima convocatoria de un referéndum que aún no se ha llevado a cabo. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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UNI-FORM: La APP para denunciar delitos de odio en la Unión Europea

Lunes, 25 de septiembre de 2017
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gayEUUNI-FORM revoluciona los mecanismos de denuncia de los delitos de odio por homofobia, transfobia y bifobia en la Unión Europea

El lanzamiento oficial de la página web de denuncias y de la aplicación móvil tendrá lugar el 28 de septiembre en el Parlamento Europeo en Bruselas.

Estará disponible en la web, la AppleStore y GooglePlay en Portugal, España, Reino Unido, Bélgica, Malta, Hungría, Letonia, Estonia y Lituania.

UNI-FORM se presenta como la única plataforma de denuncia online que es específica de delitos de odio y de discurso de odio en internet hacia personas LGBTI o percibidas como LGTBI.

Puede ser utilizada por víctimas, testigos y/o cualquier otra persona que quiera denunciar un incidente de discriminación. Las denuncias pueden ser anónimas o proporcionando datos personales para su uso en los procedimientos de investigación policial y pondrá en contacto a las organizaciones LGTBI con los cuerpos de policía de países de la UE para que trabajen de forma conjunta con  el objetivo de motivar un aumento de denuncias y así combatir los delitos de odio hacia personas LGTBI y el discurso de odio online.

Todas las denuncias serán recibidas por la entidad LGTBI responsable de cada paísy, dependiendo de la legislación, por el cuerpo de policía nacional. En el caso español será la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB).

El acoso, la violencia y el maltrato motivado por homofobia, transfobia o bifobia es un problema que afecta a la población de toda la UE. Sin embargo, la información sobre la violencia y el acoso hacia personas LGTBI es muy limitada debido al bajo número de denuncias.

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La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) realizó la mayor encuesta a la comunidad LGTB de la UE (93.079 respuestas) hasta la fecha y observó que el 26% de las personas LGTB habían sido atacadas o amenazadas de forma violenta incluso en sus propios hogares, cifra que en el caso de las personas trans asciende hasta el 35%.

En esa misma encuesta, la FRA identificó que casi un tercio (29%) de las personas que no denunciaron estas agresiones violentas, no lo hicieron por temor a posibles reacciones homófobas, tránsfobas o bifobas de la policía.

El lanzamiento oficial de la página web y de la aplicación móvil tendrá lugar en el edificio Paul-Henri Spaak del Parlamento Europeo como parte de la Conferencia “Hacia el empoderamiento de las personas LGTB víctimas de delitos de odio y del discurso de odio online y el incremento de la confianza en los cuerpos de seguridad”. La Conferencia contará con la presencia de representantes de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, la Presidencia de Estonia del Consejo de la UEILGA-Europa y el resto de participantes en este proyecto.

Este proyecto, financiado por la Comisión Europea, está coordinado por ILGA Portugal, y cuenta también en la participación de ONGs de Bélgica, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, España y Reino Unido, así como con el apoyo de ILGA-Europa.

Fuente | FELGTB, vía EstoyBailando

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El matrimonio igualitario en el mundo

Martes, 4 de julio de 2017
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matrimonio-igualitario-1-300x263Tras la sorpresiva aprobación por el Bundestag alemán del matrimonio igualitario, aun a falta de algunos necesarios trámites para que entre en vigor, la lista de países donde las parejas del mismo sexo no están discriminadas se ha incrementado hasta alcanzar los 23 integrantes. Por continentes, 14 de ellos están en Europa, 7 en América, 1 en África y 1 en Oceanía. De momento, no hay ningún país asiático en la lista. En el futuro cercano, sin embargo, se prevén varias adiciones a esa suma en casi todos los continentes. De momento, se calcula que, aproximadamente, más de 1.150.000.000 habitantes del mundo viven en países donde existe el matrimonio igualitario, lo que supone más de un 15 % de la población mundial.

Incorporando a Alemania, este sería el mapa de los países que han aprobado el matrimonio igualitario en todo el mundo (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Europa

Fue en Europa donde por primera vez se aprobó la inclusión de las parejas del mismo sexo en la institución del matrimonio, en el año 2001, y es también un país europeo el último en sumarse a la lista de la igualdad de derechos para las parejas LGTB en este 2017. Los 14 países de este continente donde existe el matrimonio igualitario son los siguientes (con la entrada en vigor de la legislación entre paréntesis):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania (entrada en vigor por determinar).

Incluyendo a Alemania, y restando la población de aquellos territorios o dependencias donde no está en vigor la legislación igualitaria, un total de 324.027.406 europeos viven en países donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Esa cifra representa un 45,31 % de la población europea total (711.064.145 habitantes).

Si nos ceñimos a la Unión Europea, el matrimonio igualitario existe en 12 de los 28 países que la componen. Eso supone que 316.940.861 de los 507.996.178 habitantes de la Unión Europea no discriminan a las parejas del mismo sexo, un 62,39 % del total.

Afortunadamente, la lista de países y el número de europeos bajo legislaciones igualitarias se incrementarán previsiblemente pronto. El primer ministro de Malta, el laborista Joseph Muscat, ha prometido que el matrimonio igualitario será la primera ley de la nueva legislatura. Por su parte, el socialdemócrata primer ministro de Austria, Christian Kern, que gobierna en gran colación con los conservadores, se ha comprometido a impulsar el matrimonio entre personas del mismo sexo antes de que acabe esta legislatura. También existe, desde 2015, un proyecto de ley de matrimonio igualitario en Suiza, pero el proceso es lento y, al suponer un cambio constitucional, debe ser sometido a referéndum, cuyo posible resultado es muy incierto.

Cabe señalar que, en su día, Eslovenia engrosó la relación de países no discriminatorios, dado que su Parlamento aprobó el matrimonio para parejas del mismo sexo en 2015, con la fecha de su entrada en vigor en suspenso. Sin embargo, grupos LGTBfobos consiguieron que se celebrara un referéndum para anular esa medida, y ese mismo año un abultado porcentaje de votantes logró que la ley fuera finalmente derogada y el pasado marzo aprobó una ley de uniones civiles.

Pero existe otra lista menos satisfactoria, la de aquellos países europeos que han prohibido expresamente en sus constituciones el matrimonio entre personas del mismo sexo, algunos de ellos, tristemente, mediante consulta popular. De momento suman un total de 12:

Bulgaria (1991), Lituania (1992), Bielorrusia (1994), Moldavia (1994), Ucrania (1996), Polonia (1997), Letonia (2006), Serbia (2006), Montenegro (2007), Hungría (2012), Croacia (2013) y Armenia (2015).

Lamentablemente, esta lista también puede incrementarse en un futuro cercano, pues existe un proceso parlamentario en Rumanía para convocar un referéndum que prohibiría constitucionalmente el matrimonio igualitario.

Aquí tenéis un mapa con la situación del matrimonio igualitario en Europa (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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América

El continente americano se sumó rápidamente a legislar la igualdad de las parejas del mismo sexo. Una de las peculiaridades es que, en muchos de estos países, fueron primero los tribunales quienes dictaminaron la inconstitucionalidad de la discriminación de las parejas LGTB. En otros, sin embargo, fue el poder legislativo quien tomó la iniciativa. Estos son los 7 países americanos donde existe el matrimonio igualitario (con su año de entrada en vigor entre paréntesis):

Canadá (2005), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010), Brasil (2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015) y Colombia (2016).

En México, el matrimonio igualitario está actualmente en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Además, existe una tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que obliga a fallar a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo a todos los tribunales en cualquier proceso, por lo que el matrimonio igualitario es  posible de facto en todo el país por vía judicial. Aunque el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, declaraba el pasado 2016 que su Gobierno legislaría la igualdad matrimonial a nivel nacional de acuerdo con ese dictamen judicial, la fuerte movilización LGTBfoba ha impedido que, de momento, pueda llevarse a cabo.

De los 1.001.559.000 habitantes del continente americano, 779.212.822 viven en países donde existe el matrimonio igualitario, lo que supone un 77,80 % del total.

Chile quizás sea el próximo país americano en sumarse a la lista de la igualdad. El Estado chileno, representado por su presidenta Michelle Bachelet, y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) han alcanzado un histórico acuerdo para promover los derechos LGTB e impulsar importantes medidas legislativas al respecto, entre ellas, la que aprobaría el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Pero también en América existe la lamentable lista de países en los que el matrimonio igualitario está prohibido constitucionalmente, que también suman 7. Esta es la relación (con la entrada en vigor de la legislación LGTBfoba entre paréntesis):

Jamaica (1962), Cuba (1976), Paraguay (1992), Honduras (2005), Ecuador (2008), Bolivia (2009) y República Dominicana (2010).

Este sería el mapa de la situación del matrimonio igualitario en América (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Otros continentes

Tan solo existen dos países más fuera de los continentes europeo y americano donde está legislado el matrimonio igualitario. Se trata de Sudáfrica, en África, y de Nueva Zelanda, en Oceanía.

Oceanía sumará muy probablemente un nuevo país a la lista, aunque la fecha en que eso suceda es aún incierta. El gobierno conservador de Australia pretende convocar un referéndum para aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que la oposición exige que la medida se tome directamente desde el Parlamento. Esa división de opiniones hace que la legislación igualitaria siga bloqueada.

En cuanto África, lamentablemente Sudáfrica sigue siendo la excepción en un continente donde lo que abundan son las legislaciones que castigan las relaciones homosexuales con largas penas de prisión, e incluso con la pena de muerte.

No existe en la actualidad ningún país asiático con legislación igualitaria para las parejas LGTB. En Taiwán, la Corte Constitucional ha dado un plazo de dos años para que se legisle el matrimonio entre personas del mismo sexo, si bien la isla no es un país reconocido por las Naciones Unidas. Otro de los candidatos sería Vietnam, aunque la situación está en un proceso incierto y previsiblemente de larga duración.

Como ocurre en África, en Asia, lamentablemente, es también larga la lista de países que castigan las relaciones homosexuales, en algunos casos hasta con la pena de muerte. Lo podéis comprobar en estos mapas, donde aparecen los países que castigan la homosexualidad, y los que incluso aplican la pena capital (podéis pinchar en ellos para verlos a mayor tamaño):

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Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento de Lituania rechaza el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo

Miércoles, 21 de junio de 2017
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LitvanskiparlamentEl Parlamento lituano rechazó el jueves pasado una iniciativa para el reconocimiento legal de las parejas del mismo y de distinto sexo en forma de uniones civiles. La medida habría supuesto un paso importante en la igualdad LGTB en el país báltico, que carece de cualquier regulación al respecto y tiene blindada una definición excluyente del matrimonio en su Constitución. Los activistas, sin embargo, han reaccionado con un moderado optimismo al constatar que los votos favorables al proyecto de ley han superado las expectativas.

Derrota agridulce en Vilna: la votación parlamentaria sobre la iniciativa para regular las uniones civiles entre dos personas con independencia de sus sexos se ha saldado con el rechazo de 59 diputados, frente al apoyo de 29 y la abstención de otros 20. El proyecto de ley del Movimiento Liberal (LRLS), que cuenta con 14 de los 141 escaños del Parlamento unicameral, se basaba en una enmienda al Código Civil para posibilitar el registro legal de las parejas del mismo o de distinto sexo, en un acto ante un notario. La diputada liberal Viktorija Čmilytė-Nielsen defendió la medida como un paso hacia la equiparación de Lituania con las demás democracias occidentales.

A pesar del fracaso, la Liga Gay Lituana ha querido ver la parte positiva: la medida ha recabado apoyos individuales más allá del LRLS, tanto en el gobernante Partido Socialdemócrata (LSDP) como en los democristianos, en la oposición junto a los liberales. La organización cree que es un signo del apoyo creciente a la equiparación de derechos en el país báltico.

Se trata del segundo intento en este sentido en los últimos años. Una iniciativa sobre uniones civiles presentada en 2015 por nueve diputados socialdemócratas y liberales se topó con el rechazo del entonces primer ministro Algirdas Butkevičius (LSDP). A pesar de que una comisión parlamentaria decretó su plena constitucionalidad, la medida no llegó a tramitarse y “murió” con las elecciones de octubre del año pasado. Unos comicios de los que salió un Gobierno de coalición presidido por los agraristas y con los socialdemócratas como socio menor.

El nuevo Gobierno, mientras tanto, ha introducido otra posibilidad, que no satisface a los activistas. Se trata de un acuerdo de convivencia entre dos o más personas, que pueden ser pareja, amigos o parientes, para regular ciertos derechos de propiedad conjunta. El texto del proyecto excluye explícitamente el reconocimiento de los integrantes en el acuerdo de convivencia como una realidad familiar. Fue aprobado en primera lectura a finales de mayo.

Por lo limitado de su alcance, la diputada liberal Aušrinė Armonaitė calificó la iniciativa de los agraristas de “escupitajo en la cara” de las parejas del mismo sexo que aspiran a regularizar su unión. La propuesta de su grupo tiene el objetivo de “legislar sobre relaciones familiares que se derivan de una vida en pareja, no de un préstamo bancario conjunto”, añadió para defender su postura. Si se aprobara en el futuro, Lituania se uniría a Estonia, el único de los Estados bálticos con una ley de uniones civiles. Estonia, además, reconoció el pasado enero por primera vez un matrimonio del mismo sexo celebrado legalmente en el extranjero.

Luces y sombras de la realidad LGTB en Lituania

Salvo algunos gestos recientes, Lituania lleva un tiempo avanzando de manera preocupante hacia posiciones cada vez más intransigentes con la realidad LGTB. En octubre de 2010 entró en vigor la reforma que prohíbe la “manifestación y promoción” de contenidos publicitarios referidos a orientación sexual. Una prohibición que afecta a servicios publicitarios dirigidos a toda la población, y no solo a menores. Poco antes, en marzo de 2010, había entrado en vigor la ley de “de protección de menores contra el efecto perjudicial de la información pública” con el objetivo de obstaculizar la información positiva sobre diversidad sexual. Y aunque su versión inicial fue corregida por las protestas, su redacción definitiva sigue estigmatizando la información sobre homosexualidad.

En septiembre de 2014 informábamos sobre la prohibición de un inocente spot contra la homofobia, en base a esta legislación. En enero de 2015, un diputado lituano lanzaba veladas amenazas precisamente contra LGL, a la que acusaba de “jugar con fuego” con “provocaciones” que podrían costarles un ataque como el sufrido por la revista satírica Charlie Hebdo en París. Ese mismo mes, un tribunal lituano calificaba de “excéntrica” la foto en la que una pareja gay aparece besándose y descartaba actuar ante las amenazas homófobas que habían recibido sus protagonistas.

En noviembre de 2015  recogíamos una noticia con un cariz algo más positivo: el Parlamento del país decidía eliminar del orden del día la votación de una ley contra la llamada “propaganda homosexual” similar a la vigente en Rusia. La propuesta sigue viva, no obstante, y los activistas LGTB temen que pueda ser votada en cualquier otro momento en el que la presión europea se relaje aún más.

En febrero del año pasado, las autoridades de inmigración del país denegaron el permiso temporal de residencia a un hombre de nacionalidad bielorrusa casado en Dinamarca con un ciudadano lituano, contraviniendo abiertamente la directiva que consagra el derecho de los nacionales de países de la Unión Europea y sus familiares a residir libremente en cualquier país de la Unión. Hace solo un mes, sin embargo, el país báltico sorprendía positivamente al conceder asilo a dos refugiados perseguidos en Chechenia a causa de su orientación sexual.

Fuente Dosmanzanas

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Informe anual sobre derechos LGTB en Europa: Malta vuelve a encabezar la clasificación, mientras que España baja hasta la 9ª posición

Lunes, 29 de mayo de 2017
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rainbow_europe_map_2017-destacada-300x212ILGA Europa ha emitido su informe anual sobre la situación de los derechos LGTBI en el continente europeo. El estudio, como es de costumbre, incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. El informe de 2017 se refiere al estado de los derechos de las personas LGTBI europeas entre enero y diciembre de 2016. En esta ocasión, vuelve a encabezar la clasificación Malta, un país que ha aprobado importantes medidas legislativas en el reconocimiento de los derechos de las personas transexuales e intersexuales, así como contra las infames “terapias reparadoras” de la homosexualidad, situándose a la vanguardia mundial en cuanto a legislaciones de ese tipo. Noruega asciende hasta la segunda posición, debido a su reciente legislación sobre identidad de género. España, por el contrario, baja desde la quinta a la novena posición, debido al inmovilismo del Gobierno respecto a leyes de ámbito nacional contra la discriminación de las personas LGTBI o la falta de adecuación de la ley estatal de identidad de género a las reivindicaciones del colectivo.

Como en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y no discriminación (25 % de la puntuación total), derecho de familia (27 %), crímenes y discursos de odio (20 %), reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal (15 %), libertades de reunión, asociación y expresión (8 %) y asilo (5 %). El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial. También se debe tener en cuenta que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA Europa.

En cuanto a la consecución de logros en los seis apartados mencionados, el conjunto de los países europeos obtiene un porcentaje total del 38 %, mientras que los miembros de la Unión Europea alcanzan el 48 %. Este es el detalle por apartados:

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La clasificación de los países europeos

La lista de países europeos según su porcentaje de consecución de los objetivos, es la siguiente:

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Aquí tenéis también el mapa con los porcentajes obtenidos por cada país (podéis pinchar en él para ampliarlo):

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Malta vuelve a encabezar este año la clasificación, sin duda debido a una de las legislaciones de identidad de género más avanzadas del mundo, pues prohíbe taxativamente cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento. También está adecuada a la despatologización de la transexualidad y es aplicable a los menores. La ley maltesa también prohíbe a los profesionales de la medicina la realización de innecesarias intervenciones quirúrgicas en los niños intersexuales. En 2016, además, el Parlamento maltés aprobó dos leyes muy positivas para la población LGTB. El país mediterráneo se convirtió en el primero de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. También amplió su ya avanzada legislación para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18), y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

La ministra de Libertades Civiles maltesa ha comunicado este año que se ha abierto el proceso para que la isla apruebe finalmente el matrimonio igualitario. Precisamente es en el apartado de “familia” donde Malta reduce su porcentaje de logros, debido a la actual discriminación de las parejas del mismo sexo, que hasta el momento solo pueden optar por las uniones civiles. De prosperar el proceso, la legislación maltesa destacará aún más en su respeto a los derechos LGTBI.

Noruega, por su parte, ha ascendido desde la undécima posición hasta la segunda, debido a la aprobación en junio de 2016 de otra de las leyes de identidad de género más avanzadas del mundo. Desde su promulgación, basta un simple trámite administrativo para que los mayores de 16 años puedan modificar la referencia al sexo que aparece en sus documentos oficiales. El mismo procedimiento se aplica a los niños y adolescentes de entre 6 y 16 años, siempre que cuenten con el visto bueno de sus tutores legales.

El inmovilismo legislativo, como ocurre en el caso de España, es el que ocasiona que países como Suecia u Holanda, que encabezaron en su día la lista o se situaron a la vanguardia de los derechos LGTBI, hoy se encuentren en la duodécima y décima posición respetivamente. Según un portavoz de ILGA Europa, el motivo de la clasificación sueca es que aún sigue exigiendo procedimientos quirúrgicos para que las personas transexuales puedan cambiar su sexo registral. En cuanto a Holanda, ni su Constitución ni sus leyes contra los delitos de odio protegen específicamente a las personas LGTBI.

La situación en España

La puntuación alcanzada por España sigue viéndose mermada por la falta de disposiciones de rango constitucional o leyes de carácter estatal que protejan específicamente la orientación sexual y la identidad de género. También influye notoriamente la falta de adecuación de la vigente ley de identidad de género de ámbito nacional a la despatologización de la transexualidad, más la carencia de una legislación protectora de las personas intersexuales.

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Estas son las recomendaciones que ILGA Europa hace al Gobierno español:

  • Extender las protecciones contra la discriminación en la legislación laboral para garantizar que las personas LGBTI estén protegidas en todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en todas las regiones.
  • Incluir específicamente todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en la legislación que prohíbe la discriminación en el ámbito educativo.
  • Incluir específicamente todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en la legislación que prohíbe la discriminación en el ámbito de la salud.

Por su parte, en cuanto a los sucesos ocurridos en 2016, de relevancia social, que han afectado al colectivo LGTBI, ILGA Europa destaca los siguientes:

El discurso de odio dirigido a personas LGBTI por varias instancias de funcionarios eclesiásticos prominentes fue una tendencia negativa en 2016. Los incidentes fueron registrados por ONG o fueron objeto de quejas por parte de representantes públicos favorables a la igualdad. El lenguaje utilizado se refería a las leyes contra la discriminación como algo negativo, hablaba de una tendencia de la llamada “ideología de género” o cuestionaba la moralidad de las personas LGBTI. En un caso específico, el director de una escuela católica fue multado después de comparar las leyes contra los crímenes de odio con el terrorismo.

Incluso dentro de la Policía, el acoso motivado por prejuicios fue denunciado en diciembre por una integrante lesbiana de las fuerzas del orden. Las ONG LGBTI siguieron ayudando a las personas que informaban de incidentes violentos. Una ONG con sede en Madrid ha registrado más de 200 crímenes de odio contra las personas LGBT a lo largo del año.

Como dato positivo, varias regiones reforzaron sus disposiciones sobre el derecho de familia, abriendo el acceso a las técnicas de reproducción asistida a todas las mujeres.

En efecto, el informe de ILGA hace una detallada relación de muchas de las agresiones sufridas por personas LGTBI a lo largo del 2016, de las que lamentablemente hemos tenido que hacernos eco en dosmanzanas, así como destaca la labor del Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia por su amparo a las víctimas y su denuncia de la violencia.

También destaca los mensajes de odio por parte de miembros de la jerarquía católica, como el arzobispo de Valencia y cardenal, Antonio Cañizares, que definió a la “ideología de género” como “una de las ideologías más insidiosas en la historia de la humanidad y de la cultura”. Detalla a su vez la misiva firmada por los obispos de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Pla; de Getafe, Joaquín María López de Andújar, y el obispo titular de Mentesa y auxiliar de Getafe, José Rico, en la que acusaban a la Asamblea de Madrid de perpetrar “un ataque a la libertad religiosa y de conciencia” por aprobar la ley integral de transexualidad y hacían un llamamiento a la desobediencia civil.

Asimismo, el informe se hace eco de la carta que envió el director del colegio Juan Pablo II de Alcorcón a los padres de los alumnos, en la que, en referencia a la mencionada ley integral de transexualidad madrileña, la equiparaba con el terrorismo. También se refiere al reparto de folletos a colegios por parte de HazteOír, en los que denigraba los avances legislativos en materia de derechos LGTBI.

Como acontecimientos socialmente positivos, el informe señala la salida del armario del patinador Javier Raya, el waterpolista Víctor Gutiérrez y el árbitro de fútbol Jesús Tomillero.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en 2014 y en 2015. En 2016, ya fue Malta quien se hizo con la primera posición, debido a su avanzada legislación sobre identidad de género. España, en todos los casos, se ha situado siempre entre los 10 países de cabeza

Fuente Dosmanzanas

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Lituania concede asilo a dos refugiados gais de Chechenia mientras que en los Estados Unidos “no hay voluntad política”

Lunes, 22 de mayo de 2017
Comentarios desactivados en Lituania concede asilo a dos refugiados gais de Chechenia mientras que en los Estados Unidos “no hay voluntad política”

174541919_0El ministro de Asuntos Exteriores de Lituania, Linas Linkevičius, ha confirmado que desde este país “hemos emitido visas a dos [refugiados] procedentes de Chechenia, que fueron perseguidos a causa de su orientación sexual”. Linkevičius no ha proporcionado más detalles sobre la llegada de estas víctimas de la homofobia de Estado chechena. En cambio, el ministro sí ha querido destacar que Lituania se convierte en uno de los primeros países de la Unión Europea que acoge a refugiados de esta república semiautónoma de la Federación de Rusia. Por otra parte, desde la organización igualitaria Russian LGBT Network denuncian que en los Estados Unidos “no hay voluntad política” para facilitar el asilo, aunque por el momento no se ha denegado ninguna solicitud formalmente. El Gobierno de España, por su parte, sigue manteniéndose al margen de todo y guardando silencio.

Venimos recogiendo en los últimos años la hostilidad política hacia los derechos del colectivo LGTB en Lituania, que podéis comprobar poniendo el nombre de Lituania en el buscador. Por este motivo, sorprende que este país báltico, con escaso reconocimiento legal igualitario, sea de los primeros de Europa en dar el paso de acoger a refugiados de la persecución homófoba de Chechenia. El ministro lituano de Exteriores, Linas Linkevičius, ha explicado a la prensa que “hemos planteado estas cuestiones tanto dentro de la UE como en las estructuras parlamentarias del Consejo de Europa, en cuanto a la posibilidad de ayudar y, si es necesario, otorgar asilo”.

Igor Kochetkov, presidente de Russian LGBT Network, relata que su organización ha ayudado a más de 40 hombres gais a salir de la República de Chechenia, hacia otros territorios rusos menos hostiles, para escapar de la violencia motivada por el odio homófobo. De ellos, nueve ya se encuentran fuera de Rusia (incluyendo los dos refugiados en Lituania), según asevera Kochetkov. Pero, a pesar de la solidaridad expresada por miles de ciudadanos de todo el mundo y de organismos oficiales de Europa y de diversos países comunitarios, desde Russian LGBT Network se lamentan de que “la cuestión de los visados está progresando con gran dificultad, francamente”. Algunas personas, incluso, han huido de Rusia sin documentación.

La misma entidad igualitaria también ha manifestado públicamente que en el caso de los Estados Unidos “no hay voluntad política” para facilitar el asilo a refugiados chechenos. Fuentes gubernamentales estadounidenses han añadido en este sentido que “no hay una clasificación de visas designada específicamente para el socorro humanitario”. Debido a la legislación y a la falta de interés de la Administración que encabeza Donald Trump en el tema únicamente serían elegibles los chechenos que solicitaran visas de turistas, condicionados por la necesidad de demostrar que volverían a Rusia. Tampoco el Gobierno de España ha hecho todavía el más mínimo amago de contribuir a ayudar en cualquier forma a las víctimas de Chechenia.

Ramzán Kadýrov, ante la Corte Penal Internacional acusado de “genocidio”

chechenia-300x150Mousse, Stop Homofobia y el Comité Idaho France son las tres entidades francesas que se han unido para llevar al presidente de Chechenia, Ramzán Kadýrov, ante la Corte Penal Internacional de La Haya por las atrocidades homófobas que siguen saliendo a la luz cometidas en este territorio y que se remontarían, al menos, a 2009. Etienne Deshoulières, la abogada que representa a las citadas organizaciones igualitarias francesas, aclara que “esta es la primera vez que la Corte Penal Internacional tendrá que hacer frente a un genocidio cometido contra los homosexuales. La Corte es competente para abordar esta cuestión. Es su deber iniciar una investigación”.

Lituania, un estado hostil a las personas LGTB

Homófobia LituaniaDesde la Liga Gay Lituana (LGL) han expresado su preocupación por lo que consideran un nuevo episodio discriminatorio por razón de orientación sexual. Lo cierto es que Lituania lleva un tiempo avanzando de manera preocupante hacia posiciones cada vez más intransigentes con la realidad LGTB, y de ello hemos dado cuenta en dosmanzanas. En octubre de 2010 entró en vigor la reforma que prohíbe la “manifestación y promoción” de contenidos publicitarios referidos a orientación sexual. Una prohibición que afecta a servicios publicitarios dirigidos a toda la población, y no solo a menores. Poco antes, en marzo de 2010, había entrado en vigor la ley de “de protección de menores contra el efecto perjudicial de la información pública” con el objetivo de obstaculizar la información positiva sobre diversidad sexual. Y aunque su versión inicial fue corregida por las protestas, su redacción definitiva sigue estigmatizando la información sobre homosexualidad.

En septiembre de 2014 informábamos sobre la prohibición de un inocente spot contra la homofobia, en base a esta legislación. En enero de 2015, un diputado lituano lanzaba veladas amenazas precisamente contra LGL, a la que acusaba de “jugar con fuego” con “provocaciones” que podrían costarles un ataque como el sufrido por la revista satírica Charlie Hebdo en París. Ese mismo mes, un tribunal lituano calificaba de “excéntrica” la foto en la que una pareja gay aparece besándose y descartaba actuar ante las amenazas homófobas que habían recibido sus protagonistas.

En noviembre de 2015, tenía un cariz algo más positivo: el Parlamento del país decidía eliminar del orden del día la votación de una ley contra la llamada “propaganda homosexual” similar a la vigente en Rusia. La propuesta sigue viva, no obstante, y los activistas LGTB temen que pueda ser votada en cualquier otro momento en el que la presión europea se relaje aún más.

La última noticia que recogíamos sobre Lituania  en febrero de 2016 es que las autoridades de inmigración de Lituania habían denegado el permiso temporal de residencia a un hombre de nacionalidad bielorrusa casado en Dinamarca con un ciudadano lituano. La decisión del Ministerio del Interior lituano contravenía abiertamente la directiva 2004/38 de la Unión Europea, que consagra el derecho de los nacionales de países de la Unión Europea y sus familiares a residir libremente en cualquier país de la Unión.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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La homofobia de estado no remite: frente a mínimas mejorías en el terreno penal, crecen los países que limitan la libre expresión de la realidad LGTB

Miércoles, 17 de mayo de 2017
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informe-ilga-2017-homofobia-211x300Madrid se suma al Día contra la LGTBIfobia

“Somos. Amamos. Y punto”, mensaje de Bilbao contra la homofobia

La Asamblea de Extremadura conmemora el Día Internacional contra la LGBTIfobia

España sigue retrocediendo en la defensa de los derechos LGTB

La Unión Europea pide a los gobiernos del mundo que defiendan los derechos de LGTB

El PSOE reclama “el fin de la penalización” de la homosexualidad, la transexualidad y la bisexualidad en todo el mundo

Es 17 de mayo, Día Internacional contra la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia. Una buena fecha para recordar que, según la nueva edición del informe anula de ILGA (Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Trans e Intersex), más de 70 países siguen castigando penalmente las relaciones entre personas del mismo sexo y, lo que resulta igual de preocupante, cada vez más países incorporan a su ordenamiento jurídico normas que limitan la visibilidad y la libre expresión pública de las personas LGTB y de las entidades que las defienden. 

Desde su primera edición en 2006, el informe de ILGA sobre Homofobia de Estado ha ofrecido una amplia recopilación anual de datos útiles y creíbles sobre las leyes que afectan a las personas en todo el mundo sobre la base de su orientación sexual. Es un documento que utilizan tanto defensores de derechos humanos, investigadores u organizaciones de la sociedad civil como agencias gubernamentales y de las Naciones Unidas.

En este momento, y según el informe de ILGA, 72 estados aún criminalizan los actos sexuales de personas del mismo sexo entre adultos que consienten: en 45 de estos estados la ley se aplica también a las mujeres. ILGA tiene datos de detenciones recientes bajo estas leyes en 45 estados. El dato supone una mínima mejoría respecto a lo que el mismo informe recogía el año pasado, cuando 74 países penalizaban las relaciones homosexuales (según el criterio de ILGA, repetimos, ya que según la fuente a la que se recurra pueden existir diferentes criterios interpretativos sobre cuál es la realidad legal en algunos países y territorios).

Tres pequeños países se han descolgado a lo largo del pasado año de esta lista infame. En ambos casos lo recogimos en nuestra página: se trata de  Nauru, Belice y de Seychelles.

Pena de muerte, posible en 13 estados

La pena de muerte para los actos sexuales entre personas del mismo sexo se aplica en 8 estados miembros de Naciones Unidas. En 4 de ellos (Arabia Saudí, Irán, Sudán y Yemen) se aplica en todo el estado; en 2 (Nigeria y Somalia) se aplica solo en provincias específicas. En zonas de otros 2 países (Irak y Siria), es implementado por tribunales locales, vigilantes o actores no formalmente estatales (es el caso del Estado Islámico).

Hay otros 5 estados (Afganistán, Emiratos Árabes Unidos, Pakistán, Qatar y Mauritania) donde la interpretación de la sharía permite la pena de muerte, aunque ILGA no tiene conocimiento de que se esté invocando en estos momentos. Brunéi, un país que aprobó en 2014 una ley que debía implementarse en tres fases y que castigaba también con pena de muerte las relaciones homosexuales, queda por el momento fuera de la lista de ILGA al no haberse avanzado todavía hacia la segunda y tercera fase de implantación.

Este es el mapa de los países del mundo en los que están penalizadas las relaciones entre personas del mismo sexo. Podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño:

ilga_worldmap_spanish_criminalisation_2017

Leyes contra la “promoción” y de “moralidad”: 19 estados

Pese a la levísima mejoría por lo que a la consideración penal de las relaciones homosexuales se refiere, este año hay empeoramiento en el número de países que tienen en su ordenamiento jurídico leyes contra la “promoción” de las relaciones sexuales no tradicionales o de “moralidad” dirigidas a reprimir la expresión pública de las realidades del mismo sexo y trans, que han pasado de 17, según el contaje de 2016, a 19. Se trata de Arabia Saudí, Argelia, Catar, Egipto, Indonesia, Irak, Irán, Jordania, Kuwait, Líbano, Libia, Lituania, Marruecos, Nigeria, Rusia, Siria, Somalia, Tanzania y Túnez.

“Con el continuo aumento en el uso de dispositivos digitales, el despliegue de estas leyes se hace aún más siniestro”, expresa Renato Sabbadini, director ejecutivo de ILGA. “El caso actual de Chechenia nos ofrece el ejemplo más reciente y horrible de tales abusos, ya que los supervivientes han expresado temores de que las cuentas de los medios sociales de hombres percibidos como homosexuales o bisexuales están siendo hackeadas y usadas para identificar y contactar a otros que aún no han sido detenidos”, ha asegurado. Chechenia, conviene aclarar, no figura como estado independiente en el informe de ILGA, al ser una república de la Federación Rusa.

Estados Unidos: límites a la discusión de la realidad LGTB

Aunque Estados Unidos ha quedado oficialmente fuera de la lista previa de 19 estados, ILGA sí que recuerda en su informe que varios de sus estados han promovido normas que restringen o condicionan la discusión de las relaciones y los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo. En algunos estados, los materiales escolares y los contenidos que allí se instruyen deben hacer hincapié en que “la homosexualidad no es un estilo de vida aceptable para el público en general” (Alabama y Texas); abstenerse de sugerir que “el sexo homosexual” puede ser seguro (Arizona); explicar que hoy en día se sabe que “la participación en actividad homosexual” es “la principal responsable” de la transmisión del sida (Oklahoma) o referirse a las “relaciones homosexuales” solo cuando se imparten conocimientos sobre enfermedades de transmisión sexual (Carolina del Sur), entre otros.

Barreras contra las ONG: 25 estados

Otros 25 estados plantean barreras a la formación, establecimiento o registro de ONG relacionadas con la orientación sexual. Se trata de Arabia Saudí, Argelia, Bahréin, Bangladés, Catar, China, Corea del Norte, Emiratos Árabes Unidos, Egipto, Jordania, Kazajistán, Kuwait, Libia, Malawi, Omán, Mauritania, Marruecos, Mozambique, Nigeria, Rusia, Siria, Sudán, Tanzania, Uganda y Yemen.

El lado positivo

El informe también señala algunos datos positivos. Es cierto que 72 estados contienen disposiciones legales que protegen contra la discriminación en el empleo basándose en la orientación sexual, 63 han promulgado diversas leyes de no discriminación, tanto amplias como específicas, mientras que 43 contemplan en sus legislaciones la orientación sexual de las víctimas como circunstancia agravante de los crímenes de odio y 39 prohíben la incitación al odio por motivos de orientación sexual. Sin embargo, si se mira la letra pequeña del informe, se puede comprobar que en la inmensa mayoría de los casos se trata de normas aprobadas en años anteriores, lo que no permite considerar que en estos momentos esta sea ni mucho menos una tendencia significativa.

Por lo que se refiere al matrimonio igualitario, son 23 los estados que lo contemplan en todo o en parte de su territorio, mientras que otros 28 contemplan en sus legislaciones otras formas de unión entre personas del mismo sexo.

En definitiva, como la propia ILGA reconoce, pese a la existencia de algunos avances, “es una verdad ineludible que la plena igualdad para las personas lesbianas, gais y bisexuales está, desafortunadamente, muy lejos de ser alcanzada”. La lucha debe continuar.

Puedes descargar el informe completo de ILGA en castellano sobre Homofobia de Estado (213 páginas)  en este enlace.

Fuente Dosmanzanas

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Rumanía: el referéndum para prohibir el matrimonio igualitario supera su primer trámite

Martes, 16 de mayo de 2017
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200-bandera-RumaniaRumanía da un paso más para convertirse en el próximo país en prohibir el matrimonio igualitario en su Constitución. La Cámara de Diputados del país apoyó el viernes pasado por una amplia mayoría la iniciativa de la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa) para elevar a nivel constitucional la definición de matrimonio que excluye a las parejas del mismo sexo. El proyecto pasa ahora al Senado, y si este también le da su apoyo, será sometido a referéndum.

Malas noticias para la igualdad LGTB en Europa. El proceso para vetar el matrimonio igualitario a nivel constitucional ha dado un importante paso adelante al conseguir el apoyo de la Cámara de Diputados. Concretamente, la iniciativa de la Coalición por la Familia cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo.

Ahora la propuesta pasará al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes.. Si el Senado constituido tras los comicios también apoya la iniciativa homófoba, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso tomó impulso en julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las próximas elecciones generales. Pero el Senado del país decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de las elecciones legislativas del pasado mes de diciembre, y por ello se ha reactivado ahora.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD), Liviu Dragnea, como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

La vía judicial, en paralelo

El asunto del matrimonio igualitario está pendiente también de un proceso judicial. Se trata de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto, cosa que hasta ahora no se ha producido.

Fuente Dosmanzanas

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El Constitucional de Rumanía consultará con la justicia europea sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Sábado, 3 de diciembre de 2016
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adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía vuelve a posponer la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. Pero el retraso conlleva esta vez un atisbo de esperanza: antes de tomar su decisión, que estaba prevista inicialmente para el pasado martes, los jueces rumanos consultarán con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su parecer sobre el asunto.

Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, tendrán que esperar aún para conocer el desenlace de su demanda para ver reconocido su matrimonio. La pareja se casó legalmente en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Llegada esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, que se esperaba para el martes 29 de noviembre. Pero esta semana, el tribunal anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces puedan consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta parte de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo.

La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de los miembros es un ciudadano comunitario. La resolución podría sentar un importante precedente, como recuerda Katrin Hugendubel de ILGA-Europa: muchas parejas, perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias, “estarán esperando también con impaciencia el resultado de este caso”.

Sobre las perspectivas que se abren con el nuevo escenario, en el que entra en juego la justicia europea, se pronunció también la abogada de los demandantes Iustina Ionescu: “Es alentador. El Tribunal manda el mensaje de que Rumanía es un miembro de los países europeos que comparten unos valores comunes, como la libertad de movimiento”. Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano pide opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final.

Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando el año pasado consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. La posibilidad de que el referéndum se realizara de manera coincidente con las elecciones generales del próximo diciembre fue descartada por el Senado rumano, por lo que la consulta quedó pospuesta hasta la próxima legislatura. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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Las marchas del Orgullo gay europeas homenajean a las víctimas de Orlando

Jueves, 23 de junio de 2016
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orgullo_gay_italiaEl mayor desfile tuvo lugar en Viena, donde la marcha del arcoiris reunió a más de 100.000 personas y contó con la participación de su canciller.

 Decenas de miles de personas celebraron este sábado la marcha del Orgullo Gay en varios países europeos, un homenaje a las 49 víctimas de la masacre del Orlando el fin de semana pasado, que se desarrolló con un ánimo festivo, pese a trauma reciente del ataque.

La comunidad LGBT congregó a miles de personas en Austria, Italia, en Portugal, Bulgaria y Lituania, tal como recoge El Telégrafo.

El mayor desfile tuvo lugar en Viena, donde la marcha del arcoiris reunió a más de 100.000 personas, dijeron los organizadores. Los participantes guardaron un minuto de silencio durante la fiesta, que se celebra todos los años y que habitualmente es un evento festivo donde todo vale.

A la cabeza de la procesión, un cortejo de personas vestidas de negro arrastraban un vehículo inexistente, la “carroza fantasma” que representó a las “lesbianas, gay, bisexuales y transgéneros y personas intersexuales que perdieron su vida en Orlando”, explicaron los organizadores.

Lui Fidelsberger, codirector de la organización Iniciativa Homosexual, la agrupación gay más antigua de Austria, dijo que salir a la calle es la mejor respuesta al miedo. “Es muy importante que no nos dejemos asustar o intimidar”, dijo Fidelsberger. “La respuesta debe ser más visibilidad y orgullo. Todo eso, a pesar de la gran tristeza (…). Cada año el desfile del arcoiris celebra en alto y de forma estridente el gran festival de la diversidad”.

Después del atentado de Orlando las medidas de seguridad se extremaron, con cientos de agentes desplegados, explicó el portavoz de la policía, Roman Hahslinger. ¡Vamos a sobrevivir!

En Italia, decenas de miles de personas participaron en el desfile del Orgullo Gay en Florencia, Génova, Treviso, Varese e incluso en Palermo, en un ambiente festivo, pese al trauma reciente de la masacre de Orlando.

Roma ya había celebrado la fiesta el 11 de junio, poco antes del tiroteo que dejó 49 muertos en un club gay de Orlando, en Florida. En tanto, se espera que la mayor manifestación sea la de Milán, el 25 de junio. En Génova, el primer camión del desfile portaba una bandera del arcoiris con un crespón negro y el mensaje “We are Orlando” (Somos Orlando).

En Palermo se guardó un minuto de silencio para recordar a las víctimas y el coordinador de la marcha, Massimo Milani, desfiló con un vestido de novia blanco manchado con sangre pero con el lema “We will survive!” (“¡Vamos a sobrevivir!”).

En la ciudad siciliana, los organizadores eligieron como lema del desfile la consigna “Migrar es humano”, para apoyar a los miles de migrantes que llegan cada mes a la isla, muchos de ellos obligados a huir de sus países por su orientación sexual. También lanzaron un mensaje sobre los múltiples incendios intencionados que golpearon la isla en los últimos días con una pancarta que rezaba “El único fuego que nos gusta es el de la pasión”.

En Lisboa, una pancarta negra con fotos de las víctimas encabezó la procesión. “Lo de Orlando prueba que la comunidad LGBT es víctima de violencia y discriminación. La primera reacción automática es el miedo, pero después viene la unidad y el deseo de combatir el odio”, dijo Ana Aresta, una de las organizadoras. “Esta masacre nos afecta a todos”, dijo el activista Paulo Corte Real. “Estamos aquí para mostrar nuestra fortaleza y para rechazar todo este odio al que seguimos confrontados”, agregó.

En Vilna, se reunieron unas 2.000 personas y en Sofía los 1.000 manifestantes congregados guardaron un minuto de silencio agitando banderines con el mensaje #weareorlando (somos Orlando).

En Zagreb, el exministro del interior Ranko Ostojic y varias figuras políticas conocidas participaron en un acto llamado “Croacia no ha acabado todavía“. Ostojic afirmó que “estoy contento de estar aquí hoy, esta es mi Croacia”. Los liberales advierten que Croacia se ha inclinado hacia la derecha con el gobierno conservador que asumió el poder en enero. De manera similar, en Polonia los grupos minoritarios han expresado preocupación sobre sus derechos debido al gobierno conservador que en noviembre tomó las riendas del país.

Fuente Cáscara Amarga

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Informe anual sobre derechos LGTB en Europa: Malta encabeza la clasificación, con España ascendiendo hasta la 5ª posición

Sábado, 14 de mayo de 2016
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Rainbow-Map-2016Como ya es habitual en estas fechas, ILGA Europa ha emitido su informe anual sobre la situación de los derechos LGTBI en el continente europeo. El estudio, como es también lo acostumbrado, incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. En este año, encabeza la clasificación Malta, un país que ha aprobado importantes medidas legislativas en el reconocimiento de los derechos de las personas transexuales e intersexuales, pero que, sin embargo, aún mantiene una legislación distinta e inferior para las parejas del mismo sexo. También es de señalar la bajada en la clasificación del Reino Unido, que la encabezaba en los años anteriores y ahora desciende al tercer puesto. España sube uno respecto al año anterior, hasta alcanzar la quinta posición.

Al igual que en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y antidiscriminación (25 % de la puntuación total), derecho de familia (27 %), crímenes y discursos de odio (20 %), reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal (15 %), libertad de asociación (8 %) y asilo (5 %). El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial.

Informe-ILGA-Europa-2016-porcentajes-1Malta encabeza este año la clasificación, sin duda debido a la aprobación de una de las legislaciones de identidad de género más avanzadas del mundo, pues es la única que prohíbe taxativamente cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento. También está adecuada a la despatologización de la transexualidad y es aplicable a los menores. Malta ha aprobado asimismo una ley que prohíbe a los profesionales de la medicina la realización de innecesarias intervenciones quirúrgicas en los niños intersexuales. Sin embargo, en materia de igualdad y familia, Malta sigue estableciendo diferencias entre las parejas del mismo o distinto sexo, pues solo estas últimas pueden contraer matrimonio, dejando para las parejas del mismo sexo la posibilidad de las uniones civiles, una legislación de inferior rango para un mismo hecho.

El Reino Unido baja dos posiciones respecto a la clasificación obtenida desde el año 2011, en que comenzó a encabezar el listado. Bélgica, por su parte, conserva su segunda posición. España alcanza la quinta, subiendo un puesto respecto al año pasado. A destacar también el descenso de países como Holanda y Noruega, que el pasado año empataban con España, y, sobre todo, el de Suecia, que desciende desde la cuarta plaza hasta la duodécima.

Informe-ILGA-Europa-2016-597x1024Aunque el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA, no deja de sorprender que la discriminación expresa y constitucional del colectivo LGTBI no reste puntuación, como en el caso de Croacia, que supera a las mencionadas Holanda, Noruega o Suecia cuando su población, mediante referéndum, corroboró en 2013 una reforma constitucional para prohibir el matrimonio igualitario.

La situación en España

La puntuación alcanzada por España se ve mermada debido, sobre todo, a la falta de disposiciones de rango constitucional que protejan específicamente la orientación sexual y la identidad de género. También se señala que España carece de instituciones de ámbito nacional que se ocupen de vigilar y arbitrar los supuestos de discriminación de las personas LGTBI. Otra de las carencias es que las legislaciones que protegen contra la discriminación en el trabajo y el acceso a los servicios de las personas LGTBI son únicamente de ámbito territorial (autonómico o municipal). Por ello, el objetivo en el apartado de la igualdad y no discriminación solo alcanza el 35 %. La falta de adecuación de la vigente ley de identidad de género de ámbito nacional a la despatologización de la transexualidad, más la carencia de una legislación protectora de las personas intersexuales, ocasionan que ese apartado solo se sitúe en el 59 % de logros. Sin embargo, sí consigue un 100 % en lo que respecta a la familia (matrimonio igualitario y adopción) y las libertades de reunión, asociación y expresión.

Entre los acontecimientos que han tenido lugar en el pasado 2015, ILGA destaca el fallecimiento de Pedro Zerolo y la dedicatoria de una plaza en su memoria en Madrid. También se hace eco de la controversia con la circular interna del Metro de Madrid, luego anulada, que instaba a sus interventores a estrechar la vigilancia en determinadas estaciones y trayectos de personas identificadas como gais. Sin abandonar la capital, da cuenta de que, por primera vez, la bandera arcoíris adornó el edificio del Ayuntamiento durante las fiestas del Orgullo.

Informe-ILGA-Europa-2016-EspañaEl informe recoge la estadística facilitada por el Ministerio del Interior respecto a los crímenes de odio perpetrados en 2014, de los cuales las agresiones a personas LGTBI representaban el 40 % (un informe luego corregido en el referido al 2015). Sin abandonar el organismo, ILGA también hace referencia a las declaraciones del ministro Jorge Fernández Díaz y su disgusto por si su hijo se casara con otro hombre. Alcanzando todo el espectro social y mediático, ILGA engloba en los discursos de odio los comentarios de Los Chunguitos en el programa Gran Hermano VIP, en los que decían preferir “un hijo deforme antes que maricón”.

Aun así, ILGA sigue destacando que la aceptación social de la homosexualidad en España continúa siendo muy alta, situándose muy por encima de la media europea. Es más, según los informes a disposición de la organización, España se situaría a la cabeza mundial a ese respecto.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en 2014 y en 2015. España, en todos los casos, se ha situado siempre en los puestos de cabeza.

Fuente Dosmanzanas

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Australia deniega la entrada al país a un turista con VIH

Lunes, 11 de abril de 2016
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auPenosa noticia la que nos llega desde Australia. Un hombre viaja cada año al país, desde hace 22, para pasar en su propia casa de Sídney varios meses y en esta ocasión, por primera vez, se le ha impedido entrar por vivir con VIH. Una discriminación intolerable que contradice las propias políticas australianas al respecto, por lo que ha sido calificada como un “error”. Según la normativa de este país no existe ninguna restricción serológica para los turistas. Eso sí, el estigma sigue vigente para aquellas personas que soliciten la residencia permanente, ya que los mayores de 15 años deben someterse a un test de detección de VIH, entre otras pruebas médicas (que para colmo deben costearse los propios interesados).

Un hombre escandinavo de 60 años (abiertamente gay) se tomará su tiempo hasta plantearse regresar de vacaciones a Australia, después de llevar varias décadas viajando a este país todos los años. Incluso es propietario de una vivienda en Sídney. No obstante, esta circunstancia no ha impedido que el Departamento de Inmigración y Protección Fronteriza le haya denegado la entrada en Australia por ser portador del VIH. Cuando el citado departamento le requirió la revisión médica sintió que era una situación “muy degradante y discriminatoria”.

El afectado, que prefiere no revelar su identidad para evitar ser reconocido por sus clientes y exponerse a nuevas discriminaciones, ha asegurado que “a pesar de que tengo el VIH, soy una persona sana”. Tanto es así que en los 22 años que mantiene viajando al país solo ha necesitado atención médica en una ocasión, por una infección estomacal contraída en un viaje anterior a Laos. Asimismo, por prescripción de su médico, consume una pastilla al día y siempre que viaja a Australia lleva la cantidad suficiente de medicamento para toda su estancia. Cabe recordar, debido a los prejuicios extendidos y a la abundante desinformación, que ser portador del VIH no equivale a desarrollar el sida y que una persona, siempre que siga una revisión médica y practique el sexo con protección, puede desarrollar su vida con total normalidad (incluso no siempre es necesario el seguimiento de un tratamiento específico).

Desde el Departamento de Inmigración y Protección Fronteriza de Australia han asegurado que se pondrán en contacto con este hombre para “disculparse y explicarle los detalles del error”. El afectado todavía no ha hecho público si solicitará una indemnización a la Administración australiana por daños y perjuicios, incluyendo los 800 dólares (AUD) que tuvo que abonar de su propio bolsillo para costear las pruebas médicas a las que le sometieron.

Aunque este hombre y su novio revelan que siguen sintiéndose atraídos por Australia, en adelante planificarán sus vacaciones por Europa ya que “las leyes de inmigración [australianas], en mi opinión, son una mierda”. Además, según ha confesado, se siente “herido, muy herido, en realidad”, al entender que se le ha transmitido un mensaje claro: “tienes VIH, no te queremos aquí”.

Discriminación serofóbica en más de 30 países

Australia no es el único país que exige un test de VIH para poder solicitar una visa permanente. No obstante, sorprende que Australia o Canadá se alineen en este sentido con países con LGTBIfobia de estado. En Australia y Canadá existen restricciones relacionadas con el VIH a las personas que solicitan la residencia permanente, si bien es todavía más complicada la situación en países como Brunéi, Qatar o Rusia, en los que se puede deportar a los extranjeros seropositivos.

En los Estados Unidos, la Administración de Obama retiró todas las restricciones en 2010. Otros países y territorios del mundo (como Armenia, Lituania, Mongolia, Uzbekistán o Bielorrusia), se van sumando a la ola de no discriminación por el estatus serológico. ONUSIDA explica que “no hay ninguna prueba que demuestre que las restricciones de viaje relacionadas con el VIH protejan la salud pública o eviten la transmisión del VIH. Los datos científicos más recientes muestran que las personas con VIH que tienen acceso al tratamiento antirretrovírico pueden llegar a una carga viral indetectable, con lo que se reduce significativamente el riesgo de transmisión”.

Fuente Dosmanzanas

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Suiza rechaza la reforma constitucional que hubiese prohibido el matrimonio igualitario

Martes, 1 de marzo de 2016
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suiza-familias-lgtbLos ciudadanos suizos han votado negativamente, aunque por un estrechísimo margen del 50,8 % frente al 49,2 %, a una reforma de la definición constitucional del matrimonio que hubiera supuesto la exclusión del mismo para las parejas del mismo sexo. La reforma LGTBfoba, sin embargo, se escondía bajo el velo de una rutinaria y aparentemente inocua cuestión fiscal, en un ardid del Partido Demócrata Cristiano que finalmente no le ha dado los frutos deseados. El proyecto de ley de matrimonio igualitario, presentado hace un año, puede proseguir su andadura parlamentaria sin el escollo de tener que derribar una barrera constitucional.

La iniciativa del Partido Demócrata Cristiano (PDC, o CVP según sus siglas alemanas) bajo el título Für Ehe und Familie – Gegen die Heiratsstrafe, pretendía excluir de la institución matrimonial a las personas homosexuales a través de una argucia semántica y estaba encaminada originariamente a eliminar lo que consideraban una discriminación fiscal de algunos –no todos–  matrimonios en Suiza, que deben pagar más impuestos que las parejas no casadas que se encuentran en una situación similar. El objetivo de los democristianos era, pretendidamente, acabar con lo que denominaban “multa matrimonial”. Pero en la redacción de la propuesta de reforma constitucional que titularon “Para el matrimonio y la familia – contra la multa matrimonial”, se introdujo también una definición excluyente del matrimonio.

La reforma implicaba una nueva redacción del artículo 14 de la Constitución suiza, que actualmente reza así: “Se garantizan los derechos al matrimonio y a la familia”. Con la redacción propuesta por el PDC, se hubiera añadido al mismo artículo el siguiente texto: “El matrimonio es la relación a largo plazo y legalmente regulada entre hombre y mujer. A efectos fiscales, es una comunidad económica. No puede ser penalizado respecto a otros modelos de vida, especialmente en materia fiscal y de seguridad social”.

Los activistas LGTB suizos reprobaron lo que consideraban una redacción engañosa del texto de la consulta. La campaña del PDC y el título de la iniciativa hacían hincapié en terminar con una discriminación (la fiscal), mientras que la discriminación LGTBfoba de la medida quedaba oculta si no se leía la literalidad de la reforma constitucional propuesta.

De haber obtenido la victoria, el matrimonio excluyente hubiera quedado blindado a nivel constitucional y solo una nueva reforma de la Carta Magna en un futuro podría haber abierto ese derecho a las parejas del mismo sexo. Suiza se hubiera convertido en el primer país de Europa occidental en prohibir el matrimonio igualitario en su Constitución, a semejanza de la situación en la que se encuentran varios países de Europa central y oriental como Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Sin embargo, los ciudadanos suizos (en contra, por cierto, de lo que aventuraban las encuestas) han rechazado la reforma de la definición del matrimonio, en una votación que ha formado parte del conjunto de referéndums celebrados este 28 de febrero. Aunque la iniciativa ha logrado ser aprobada en la mayoría de los cantones, el conjunto de los votos negativos ha supuesto un 50,8 % del total de los participantes, frente a un 49,2 % de votos favorables. Para ser aprobada, la reforma debía contar con una mayoría favorable tanto en votos globales como en cantones, por lo que ha sido finalmente rechazada. En realidad, el conjunto de la ciudadanía ha votado en el mismo sentido que lo hicieron ambas cámaras del Parlamento, que rechazaron mayoritariamente la medida, aunque eso no evitó la convocatoria de la consulta popular.

Referendum-matrimonio-Suiza

Queda así allanado el camino para la iniciativa de matrimonio igualitario, cuya tramitación parlamentaria comenzó en febrero de 2015. El “Matrimonio civil para todos” recibió entonces el visto bueno de la Comisión de Derechos del Consejo Nacional (la cámara baja del Parlamento suizo) por doce votos a favor frente a nueve en contra y una abstención. El pasado septiembre de 2015, el proyecto superaba otro trámite, al recibir el visto bueno del órgano equivalente en el Consejo de los Estados, la cámara alta. De superar la tramitación parlamentaria, la iniciativa deberá someterse a referéndum, por suponer también una reforma constitucional.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos obliga a Croacia a permitir la reagrupación familiar de una pareja del mismo sexo

Viernes, 26 de febrero de 2016
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Tribunal-de-EstrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado este 23 de febrero que las leyes de extranjería de Croacia, que no reconocen a las parejas del mismo sexo la condición de familia, violan la Convención Europea de Derechos Humanos. El caso afecta a una ciudadana de Bosnia-Herzegovina, que solicitó un permiso de residencia en Croacia por reunificación familiar, al acreditar que mantenía una relación estable con una ciudadana croata. Según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la no equiparación en derechos de las parejas del mismo o distinto sexo es una grave discriminación por razón de orientación sexual.

El 29 de diciembre de 2011, la ciudadana de Bosnia-Herzegovina Danka Pajić solicitó a la administración de extranjería de Croacia la concesión de un permiso de residencia. Dado que la concesión de permiso por ser cónyuge de una ciudadana comunitaria le estaba vedada, pues ni Bosnia-Herzegovina ni Croacia reconocen el matrimonio igualitario, la única vía que le restaba era el de conseguirlo por reunificación familiar, pues la Ley de Extranjería croata sí que considera como familia a las uniones de hecho, en determinados casos, aunque no estén formalizadas.

Pero esas mismas leyes de extranjería solo otorgan la consideración de familia a las uniones de hecho formadas por un hombre y una mujer, excluyendo de esa consideración explícitamente a las parejas del mismo sexo. Esa fue la circunstancia alegada por el Ministerio del Interior croata para denegar el permiso de residencia a Danka Pajić, a pesar de que la investigación policial había acreditado su relación continuada con la ciudadana croata D.B. (la sentencia solo deja conocer sus iniciales). Tanto la declaración de ambas al respecto, como las constantes visitas de una a otra, de una duración de tres meses en cada ocasión (el límite permitido para no necesitar un permiso de residencia), así lo atestiguaban.

Danka Pajić recurrió la resolución denegatoria ante el Tribunal Administrativo de Zagreb en julio de 2012. El Tribunal Administrativo tomó en consideración lo establecido en la Ley de Extranjería de Croacia, que en cuanto a la reunificación familiar se remite a lo que estipule la Ley de Familia. El apartado 3 de esa ley considera como familia a las parejas formadas por un hombre y una mujer que hayan mantenido una relación extramarital durante al menos tres años. El apartado 2 de la misma ley considera como parejas de hecho a aquellas del mismo sexo que hayan mantenido una relación extramarital también de al menos tres años, pero no las considera familia.

En aplicación de esa normativa, el Tribunal Administrativo resolvió que “la Ley de Extranjería establece como miembros de una familia a los cónyuges o personas que conviven en una relación extramarital con arreglo a la legislación croata. Las secciones 3 y 5 de la Ley de la Familia estipulan que el matrimonio y la relación extramarital son uniones entre un hombre y una mujer. De este modo, la unión entre dos personas del mismo sexo no puede considerarse conforme a las disposiciones legales pertinentes como matrimonio o relación extramarital”. El permiso de residencia le fue, por tanto, denegado.

Finalmente, Danka Pajić apeló a la última instancia dentro del cuerpo judicial croata, el Tribunal Constitucional, al estimar que había sido discriminada en base a su orientación sexual. El alto tribunal falló en mayo de 2013 que no encontraba discriminación ni violación alguna de los principios de igualdad recogidos por la Constitución de Croacia. La apelación, pues, fue asimismo denegada.

Tan solo le quedaba a Danka Pajić el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, amparándose en que se había violado el artículo 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que impide la discriminación, en conjunción con el artículo 8, que se refiere a la vida privada y familiar.

Y este 23 de febrero de 2016, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha fallado a favor de Danka Pajić, al considerar que las leyes de familia y de extranjería croatas, al impedir cualquier reconocimiento como familia a las parejas del mismo sexo, efectivamente las estaban discriminando en base a su orientación sexual.

El Tribunal estima que el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos concede a todos los ciudadanos el derecho a establecer y desarrollar relaciones con otras personas, y que la orientación sexual forma parte de la esfera personal protegida por ese mismo artículo, por tanto, no puede haber diferencia de consideración entre un tipo de parejas u otro. El fallo final, que ha sido tomado por unanimidad, es aclaratorio:

Por último, este Tribunal desea subrayar una vez más que el presente caso no se refiere a la cuestión de si la solicitud de reagrupación familiar de la solicitante debería haber sido concedida en las circunstancias del caso. Se refiere a la cuestión de si los solicitantes son objeto de discriminación, debido al hecho de que las autoridades nacionales consideran que tal posibilidad es en cualquier caso jurídicamente imposible. De acuerdo con ello, a la luz de las razones expuestas anteriormente, este Tribunal considera que la diferencia de trato de la situación del solicitante en cuestión es incompatible con las disposiciones del artículo 14 en relación con el artículo 8 de la Convención.

Por consiguiente, este Tribunal considera que se ha producido una violación del artículo 14 en relación con el artículo 8 de la Convención.

La sentencia no solo obliga a la administración croata a conceder el permiso de residencia por reagrupación familiar a Danka Pajić, sino que además la condena a indemnizarla con 10.000 euros (11.000 dólares) por los perjuicios causados. También debe hacerse cargo de las costas, que ascienden a 5.690 euros (6.270 dólares).

Repercusión de la sentencia

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no entra a valorar las condiciones en que deben ser concedidos los permisos de residencia por reagrupación familiar, sino que valora si las leyes discriminan en base a la composición de las parejas, algo estrechamente enlazado con la orientación sexual. También es relevante que el Tribunal estime que las parejas que mantienen una relación estable caben dentro de la definición de “unidad familiar”, aunque las circunstancias las obliguen a vivir separadamente, como es el caso de aquellas en que uno de sus miembros ha emigrado a otro país.

Habrá que ver si esta jurisprudencia termina por aplicarse a los casos en que las leyes del país impiden el matrimonio igualitario y las leyes de extranjería solo permiten la concesión de permisos de residencia a las personas unidas en matrimonio, como ocurrió recientemente en Lituania. De ser así, el alcance de esta sentencia puede adquirir una enorme relevancia.

Evelyn Paradis, directora ejecutiva de ILGA-Europa, considera que “esta decisión arroja luz sobre un tipo de discriminación en la práctica que puede tener un efecto devastador para el día a día de las personas. No había ninguna razón real para que las autoridades croatas mantuvieran esta diferencia de trato, y nos alegramos de que el Tribunal haya protegido los derechos de las parejas del mismo sexo para que puedan disfrutar de su vida familiar, libres de discriminación”.

Fuente Dosmanzanas

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