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La Corte Suprema de la India despenaliza las relaciones homosexuales

Viernes, 7 de septiembre de 2018

gandhi6Día histórico. La Corte Suprema de la India, un país de más de 1.300 millones de habitantes, ha declarado inconstitucional la sección 377 del Código Penal, la norma heredada de la época colonial británica que criminaliza la homosexualidad. El alto tribunal indio considera que esta vulnera varios derechos fundamentales, como son los derechos de autonomía, intimidad e identidad. Es más, la sentencia pide al Gobierno indio que que implemente todas aquellas medidas que aseguren que las personas homosexuales no son objeto de discriminación, incluyendo formación de los cuerpos policiales y medidas de sensibilización.

«La orientación sexual es uno de los muchos fenómenos biológicos descritos como naturales e inherentes. Se consideran parte de la libertad de expresión. La moralidad constitucional urge a los órganos del Estado, incluyendo el poder judicial, a proteger la heterogeneidad y prevenir la imposición de la percepción popular sobre las minorías. Los derechos fundamentales de cada individuo no pueden ser violados», expresa el fallo, que pide además al Gobierno que implemente todas aquellas medidas que aseguren que las personas homosexuales no son objeto de discriminación, incluyendo formación de los cuerpos policiales y medidas de sensibilización.

La Corte Suprema se corrige a sí misma, y lo hace por todo lo alto. Fue hace casi 5 años, el 11 de diciembre de 2013, cuando el alto tribunal indio dictaminaba en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi como consecuencia de una demanda planteada por Naz Foundation India. Aquella decisión de 2009, que ya fue considerada en su momento histórica, anulaba la vigencia de la sección 377, heredada de la época colonial, y que declaraba ilegal cualquier acto considerado «contra natura». La Corte Suprema, sin embargo, consideró que el Alto Tribunal de Delhi se había extralimitado en sus funciones, al decidir sobre una cuestión que correspondía al poder legislativo.

La decisión de la Corte Suprema causó, de hecho, una profunda sorpresa. El fallo de 2009 del Alto Tribunal de Delhi, que consideraba que penalizar actos sexuales consentidos entre adultos viola derechos fundamentales reconocidos por la Constitución india, se creía difícilmente reversible, pese a haber sido recurrido y contar con la firme oposición de sectores tradicionales y religiosos, tanto del ámbito hindú como del musulmán o del católico. El propio Gobierno indio de aquel momento pidió días después a la Corte Suprema que reconsiderara su sorprendente decisión. No lo hizo.

Las relaciones homosexuales volvieron así a estar castigadas con penas de hasta diez años de prisión. Y aunque es cierto que las penas más duras apenas se aplicaban ya y que la aceptación social de la homosexualidad ha ganado posiciones en los últimos años (de hecho se celebran orgullos reivindicativos en diversas ciudades), la ley india sigue pesando sobre una losa sobre la población LGTB de ese país. No está de más recordar, por ejemplo, que en 2014 hubo más de 600 detenidos, cifra que como mínimo se duplicó al año siguiente.

Durante todo este tiempo, no han dejado de sucederse las peticiones a la Corte Suprema para que reconsiderase la decisión, pero no fue hasta enero de este año cuando por fin el más alto tribunal del país accedió a revisarla, en respuesta a una petición de amparo formulada por cinco destacados miembros de la comunidad LGTB india. Los peticionarios argumentaron que la vigencia de la sección 377 les hace vivir en un estado de temor continuo. Un primer panel de tres jueces de la Corte Suprema les dio la razón, admitiendo la primacía del carácter consensual de las relaciones entre personas del mismo sexo sobre su supuesta naturaleza «contra natura».

Un precedente positivo en 2017

Se da la circunstancia de que en agosto del año pasado la Corte Suprema de la India emitió una resolución sobre el derecho a la intimidad que facilitaba la legalización de las relaciones homosexuales. El alto tribunal determinó entonces que la intimidad es un derecho fundamental de los ciudadanos y la orientación sexual es uno de sus «componentes esenciales». En el texto del dictamen se explicitaba que «la invasión de un derecho fundamental no se hace tolerable cuando unos pocos, a diferencia de un gran número de personas, son sometidos a un tratamiento hostil» y se reconocía «la dignidad de la vida privada de las personas LGTB». Aquel dictamen fue elaborado por un panel de nueve jueces y claramente comprometía la continuidad de la sección 377 tal y como se conoce hasta el momento.

Por fortuna, la Corte Suprema ha mantenido ahora el mismo criterio.Por fin podemos decir que las relaciones entre personas del mismo sexo son legales en el segundo país más poblado de la Tierra. Habrá que consolidar lo conseguido y seguir luchando por avanzar aún más, pero hoy es día de celebración ¡Enhorabuena!

Países que castigan las relaciones homosexuales

Este sería el mapa de los países que castigan las relaciones homosexuales tras la despenalización en la India (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño), lo que, como mencionábamos anteriormente,  supone que más de mil trescientos millones de personas (casi el 18 % de la población mundial) formen ahora parte de las naciones donde las relaciones entre personas del mismo sexo no están castigadas.

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Fuente Domanzanas/Cristianos Gays

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