El gobernador demócrata Roy Cooper criticó a la legislatura liderada por los republicanos por aprobar “legislación que discrimina”.
La Cámara de Representantes y el Senado de Carolina del Norte, liderados por los republicanos, anularon el miércoles los vetos del gobernador demócrata del estado a tres proyectos de ley dirigidos a los jóvenes transgénero.
Los tres proyectos de ley, vetados por el gobernador Roy Cooper (D) en julio, reflejan otra legislación anti-LGBTQ+ que se aprobó recientemente en las casas estatales de todo el país.
HB 808 prohíbe a los médicos de Carolina del Norte brindar atención médica de afirmación de género a menores transgénero, incluidos bloqueadores de la pubertad y terapia hormonal. Todas las principales organizaciones médicas de los Estados Unidos reconocen que la atención médica de afirmación de género está basada en evidencia, es segura y efectiva y puede ser médicamente necesaria para tratar la disforia de género.
HB 574 prohíbe que las mujeres y niñas transgénero en la escuela secundaria, preparatoria y universidad compitan en equipos deportivos femeninos y femeninos. La SB 49 prohíbe la instrucción sobre “identidad de género, actividad sexual o sexualidad” desde jardín de infantes hasta cuarto grado y también requiere que los funcionarios escolares notifiquen a los padres si un estudiante pide que se le llame por un nombre o pronombres que no se alinean con los que se le asignaron en nacimiento, potencialmente sacando a la luz niños trans y no binarios.
En julio, Cooper condenó los proyectos de ley, llamándolos “una triple amenaza de guerras de cultura política” y acusando a los republicanos de Carolina del Norte de “tramar para las próximas elecciones” a expensas de los niños vulnerables.
La Cámara de Representantes y el Senado del estado votaron para anular los vetos de Cooper en una sesión tardía el miércoles por la noche. Los republicanos en la Cámara de Representantes de Carolina del Norte obtuvieron una mayoría a prueba de vetos a principios de este año cuando la representante estatal Tricia Cotham, quien fue elegida como demócrata en una plataforma que incluía su apoyo a los derechos LGBTQ+, cambió de partido. Cotham votó a favor de los tres proyectos de ley anti-LGBTQ+.
CNN informa que los opositores a los tres proyectos de ley corearon “proteger a los niños trans” después de que la Cámara votara sobre HB 808. Si bien los tres proyectos de ley entran en vigencia de inmediato, las restricciones de HB 808 sobre la atención de afirmación de género no se aplicarán a los niños que comenzaron el tratamiento antes de agosto. 1 siempre que un médico haya determinado que el tratamiento es “médicamente necesario” y sus padres hayan dado su consentimiento.
En una declaración el martes, Cooper criticó a la legislatura liderada por los republicanos por aprobar “legislación que discrimina” sin aprobar un presupuesto estatal o expandir Medicaid.
“Estas son las prioridades equivocadas, especialmente cuando deberían trabajar por la noche y los fines de semana si es necesario para aprobar un presupuesto para fin de mes”, dijo Cooper.
“Cada legislador de Carolina del Norte que votó para anular el veto del gobernador debería avergonzarse de sí mismo”, dijo en un comunicado Cathryn Oakley, directora sénior de política legal de Human Rights Campaign. “Estos proyectos de ley varían en impacto desde la censura del plan de estudios hasta los deportes escolares y la prohibición de las mejores prácticas de atención médica, pero tienen una línea fundamental importante: los legisladores extremistas están tratando de ganar poder político al dañar a los jóvenes vulnerables y sus familias. Una vez más, la Asamblea General de Carolina del Norte ha priorizado la discriminación contra las personas transgénero por encima del bienestar de Carolina del Norte. El gobernador Cooper hizo lo correcto al vetar estos odiosos proyectos de ley diseñados para despertar el odio contra las personas LGBTQ+, pero los legisladores envían un mensaje claro de que Carolina del Norte no es un lugar seguro para nosotros. No dejaremos de luchar contra estas medidas discriminatorias”.
“Necesitamos llamar a esto por su nombre: un ataque total contra la juventud queer y transgénero en Carolina del Norte”, dijo en un comunicado Allison Scott, directora de Impacto e Innovación de la Campaña para la Igualdad del Sur. “La NCGA se esfuerza por promulgar descaradamente la lista de deseos anti-LGBTQ de la extrema derecha, causando daño y discriminación a los jóvenes en todas las áreas de la vida, desde la escuela hasta el consultorio médico y los campos deportivos”.
ILGA-Europe publica su índice anual en el que reconoce la autodeterminación de género, las prohibición de las terapias de aversión y la mutilación genital de menores intersex que recoge la ley trans
La Federación Estatal LGTBI+ ha colaborado en la elaboración de este informe
ILGA Europa ha publicado sus acostumbrados mapa interactivo y clasificación de los países del continente europeo y Asia central correspondientes al año 2022, en los que se refleja el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI en los distintos países. De nuevo, Malta encabeza la clasificación con amplitud, debido al gran número de medidas legislativas que ha tomado en los últimos años. España es el país que experimenta un mayor ascenso en la clasificación, debido a la aprobación de la Ley para la igualdad de las personas trans y la garantía de los derechos de las personas LGTBI iniciada el año pasado, alcanzando el cuarto lugar. Suben también los otros países que han legislado a favor de la autodeterminación de la identidad de género o la identidad corporal intersexual.
España, que llegó a ocupar en 2011 el segundo puesto de este mapa, que elabora cada año ILGA-Europe, había ido perdiendo posiciones en los últimos años. Tras una exhaustiva clasificación de 49 países, en base a sus respectivas legislaciones en materia LGTBI, la organización reconoce a nuestro país (con un 74% de los puntos) como uno de los que han experimentado “el mayor salto en las puntuaciones”, junto a Islandia, Finlandia, Moldavia, Suiza y Croacia. Como puede verse en el mapa, el podio lo ocupan Malta (89), que repite en primera posición; Bélgica (76%), que ha incluido la identidad de género y las características sexuales como agravantes en su código penal; y Dinamarca (76%), gracias a un nuevo plan de igualdad.
ILGA Europa publicó el pasado mes de febrero su informe anual sobre los derechos humanos de la población LGTBI del continente europeo y Asia Central en el año 2022, en el que concluía que había sido el año más violento para las personas LGTBI en toda la región en la última década, tanto por los ataques feroces y planificados como por los suicidios causados por los discursos de odio crecientes y generalizados por parte de políticos, líderes religiosos, organizaciones de derechas y expertos de los medios de comunicación
España asciende siete puestos y ocupa la cuarta posición en el ránking de países más respetuosos con los derechos LGTBI+ elaborado por la entidad de derechos humanos ILGA Europa. Según esta entidad internacional, la reciente aprobación de la Ley Trans y LGTBI+, que reconoce la autodeterminación de género para las personas trans, entre otras medidas contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género, ha hecho que España suba siete puestos con respecto a su posición anterior en este índice internacional.
Se trata del Índice Arco iris que elabora anualmente la principal organización europea de defensa de los derechos de las personas LGBTI+, ILGA Europa, y analiza la situación legal y política de las personas LGBTI+ en 49 países.
Según esta entidad, “aunque el discurso público es cada vez más polarizado y violento, en particular contra las personas trans, la determinación política de promover los derechos de las personas LGBTI+ está dando sus frutos”. “Los mayores avances en el mapa corresponden a los países que introdujeron el reconocimiento legal de género siguiendo un modelo de autodeterminación”, describen a través de su informe.
“España vuelva a situarse a la vanguardia internacional de los derechos LGTBI+”
Por su parte, Óscar Rodríguez, vocal de Relaciones Exteriores de la Federación Estatal LGTBI+, organización que ha colaborado en la elaboración de este informe, ha celebrado este ascenso, “fruto del trabajo de incidencia del asociacionismo LGTBI+ con el apoyo de la sociedad civil.” y ha aplaudido que España vuelva a situarse “a la vanguardia internacional de los derechos LGTBI+ como ya sucedió con la aprobación del matrimonio igualitario, cuando España ocupó el segundo puesto en el ránking”.
“Nuestra posición de liderazgo en materia de derechos LGTBI+ debe de ser un motivo de celebración y de orgullo, pero no nos puede hacer caer en la autocomplacencia. Desde la Federación Estatal LGTBI+ trabajaremos para garantizar que los derechos logrados se apliquen en todo el territorio nacional, instando a las autoridades competentes a que destinen recursos específicos. También para frenar el discurso de odio, cada vez más presente en la esfera pública, que legitima la violencia en las calles. Solo de esta manera podremos seguir avanzando.”, manifiesta.
Malta encabeza este índice por octavo año consecutivo
Por encima de España, Malta encabeza este índice por octavo año consecutivo. Asimismo, Bélgica ha ascendido hasta el segundo puesto, con una subida de cuatro puntos con respecto a su posición anterior, gracias a la inclusión de la identidad de género y las características sexuales como factores agravantes en el código penal del país. Dinamarca ocupa el tercer lugar, con una subida de dos puntos debida a su nuevo plan de acción para la igualdad, que incluye medidas específicas sobre orientación sexual e identidad de género.
Además, otros países, como Islandia o Moldavia, que ha incluido la identidad de género y las características sexuales en su legislación contra la discriminación y/o los delitos de odio también han tenido un ascenso significativo en la tabla, al igual que España.
Como herramienta útil complementaria a dicho informe, ILGA Europa ha dado a conocer ahora la clasificación por países y el mapa interactivo, que ofrecen información detallada sobre los derechos LGTBI en el continente en el año pasado. La clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje en el que influyen todas las medidas implementadas en distintas materias. Continuando con el criterio establecido el año pasado, las medidas respecto a la igualdad y no discriminación son el 23 % de la puntuación total, el derecho de familia representa el 17,5 %, los crímenes y discursos de odio el 19 %, el reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal otro 17,5 %, las libertades de reunión, asociación y expresión el 9 %, el asilo un 9 % y la integridad corporal intersexual el 5 %. El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial. También se debe tener en cuenta que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA Europa.
En cuanto a la consecución de logros en los seis apartados mencionados, el conjunto de los países europeos obtiene un porcentaje total del 38 %, mientras que los miembros de la Unión Europea alcanzan el 48 %. Este es el detalle por apartados:
(Pincha en las imágenes para agrandarlas)
La clasificación de los países europeos
La lista de países europeos según su porcentaje de consecución de los objetivos es la siguiente:
Aquí tenéis también el mapa con los porcentajes obtenidos por cada país (podéis pinchar en él para ampliarlo):
También podéis ver el grado de cumplimiento de los países en cada apartado en este índice (podéis pinchar en él para ampliarlo):
Como comentábamos anteriormente, el mayor ascenso en la clasificación de este año es el de España, que el año anterior había descendido hasta la undécima posición debido a su inmovilismo legislativo. La aprobación de la Ley para la igualdad de las personas trans y la garantía de los derechos de las personas LGTBI del pasado mes de diciembre por el Congreso de los Diputados, si bien solo era una primera lectura, ha sido la causante de la subida. La aprobación de la autodeterminación de género en Finlandia y el respeto legislativo a la integridad corporal intersexual en Grecia también han hecho que ambos países experimenten un estimable ascenso. A su vez, Moldavia ha modificado su ley de igualdad y su código penal para incluir la orientación sexual y la identidad de género, lo que la ha hecho ascender 14 posiciones.
Bielorrusia, Rusia, Armenia, Turquía y Azerbaiyán cierran la clasificación, no solo por falta de políticas de protección de la población LGTBI, sino por legislaciones y actuaciones gubernamentales específicamente LGTBIfobas.
La situación en España
Si en los años 2020 y 2021 no hubo ningún avance legislativo de ámbito nacional en España respecto a los derechos de las personas LGTBI, el 2022 ha sido completamente diferente. La aprobación en primera lectura de la tan esperada Ley para la igualdad de las personas trans y la garantía de los derechos de las personas LGTBI (Ley 4/2003) ha causado que el porcentaje de consecución de objetivos haya pasado de un exiguo 61,79 % hasta un 74,10 %. Así, España sube de la undécima posición hasta la cuarta, regresando a su habitual posición entre los diez primeros países de la clasificación.
ILGA Europa destaca que con la Ley 4/2003 España ha regulado el reconocimiento legal del género basado en la autodeterminación, ha prohibido las mutilaciones genitales en menores intersexuales, ha prohibido también las llamadas prácticas de «conversión» y ha proscrito la discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género y las características sexuales.
En el informe sobre la situación de los derechos humanos de las personas LGTBI publicado hace unos meses, ILGA Europa destacaba respecto a España el incremento sostenido de la retórica de odio contra las personas trans. Señalaba como dato significativo el hecho de que en la celebración del 8 de mayo por el Día de la Mujer hubo dos manifestaciones separadas en más de 20 ciudades, dada la no aceptación de la autodeterminación de género por parte de un sector del movimiento feminista.
También destacaba la comunicación del Ministerio del Interior de un incremento del 68 % en el año 2021 de los delitos de odio basados en la orientación sexual e identidad de género.
En esta ocasión, ILGA Europa hace las siguientes recomendaciones al Gobierno español:
Incluir específicamente la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales en las políticas diseñadas para abordar los delitos de odio y la incitación al odio.
Actualizar el marco legal de reconocimiento de género existente para que incluya una opción no binaria o de tercer género, y garantizar que sea accesible sin restricciones de edad.
Introducir leyes sobre asilo que contengan una mención expresa a la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales.
Clasificación en años anteriores
En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo trans, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en en 2014 y en 2015. En 2016, ya fue Malta quien se hizo con la primera posición, debido a su avanzada legislación sobre identidad de género, puesto que repitió en 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022. Este año vuelve a situarse en esa posición a considerable distancia de los demás. España ha ascendido hasta el cuarto puesto por la aprobación de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Esperemos que este importante avance legislativo en el respeto a los derechos LGTBI no solo se consolide sino que se amplíe.
No es cierto que el silenciamiento de las personas queer dentro de la mayoría de comunidades cristianas responda a la voluntad de negar nuestra existencia. Todas esas comunidades saben que lo queer siempre ha estado y estará presente dentro de ellas. Conocen nuestros nombres y apellidos desde que cantábamos en el coro infantil: «Yo tengo un amigo que me ama, y su nombre es Jesús», con el mismo ritmo que lo hubieran hecho los Village People. Por mucho que cuando una(s) década(s) después salimos del armario se hicieran las sorprendidas y nos dijeran: «¿Quién lo iba a decir? No se te nota nada». Y nosotras, como siempre, nos hiciéramos las tontas y respondiéramos: «No te preocupes cari, es que soy una pecadora rainbow que sabe mentir a las mil maravillas».
A las personas queer cristianas no se nos nombra dentro de las iglesias LGTBIQfóbicas, no porque no quieran que existamos, eso saben que es imposible, sino para dejarnos claro que no pertenecemos a su comunidad, que nos quieren fuera, lejos, y en la medida de lo posible, que no volvamos nunca más. Aunque claro, eso no lo van a reconocer nunca, y aunque el predicador de turno haya dicho desde el púlpito por activa y por pasiva (qué casposo me ha quedado esto) que el lobby gay está destruyendo las familias y atacando a la iglesia del Señor que acabará siendo perseguida por predicar lo que el Señor enseñó (pobrecillos), su esposa les va a preguntar a nuestros padres por nosotras a la salida de la iglesia, y les dirá aquello de: «Qué pena que ya no se congregue más, con la alegría que aportaba a la iglesia desde que era pequeñito. A ver si, al menos para la fiesta de Navidad, nos hace una visita y toca el violín». ¡Aleluya, qué buenos son!
Si se quieren explicar las razones de este comportamiento tan poco cristiano y tan mucho LGTBIQfóbico se pueden escribir libros con los que decorar las estanterías de bibliotecas enteras, muchos de ellos con verdades como puños, aunque para simplificar podemos decir que la razón es que prefieren renunciar antes a nosotras que al literalismo bíblico, en caso de los evangélicos, o a la moral sexual de un magisterio manchado de pedofilia, en el de los católicos. Pero no es esto lo que creo que para nosotres necesita una explicación, porque lo realmente sorprendente, al menos eso dicen el resto de bitransmaricabollos que nos miran atónitas desde fuera de las iglesias, es: ¿Por qué y para qué queremos seguir formando nosotres parte de comunidades cristianas asociaciones fundamentalistas LGTBIQfóbicas? O traduciendo la pregunta a un lenguaje más bíblico, más nuestro: ¿Por qué queremos al oír la trompeta, la flauta, la cítara, la lira, el salterio, la gaita, y toda la música con la que adornan su teología del odio, arrodillarnos y adorar a la estatua de treinta metros de alto por tres de ancho que han construido los Fobicodonosores de la Verdad? Lo suyo sería ponernos Divas, subirnos a nuestras plataformas, y sacar las Drags Sadrac, Mesac, y Abed-negó que todas las que hemos pasado por la escuela dominical llevamos dentro, para decirles: Nosotras no nos inclinamos ante vuestro ídolo, aunque lo hagan otros, nosotras no. La diosa que adoramos, y que nos mostró Jesús de Nazaret, nos librará del infierno en el que queréis meternos, y aunque no lo hiciera, preferimos arder antes que arrodillarnos ante esa caricatura de divinidad que habéis construido. Nosotras no.
Pero es que tampoco es esta la razón, no somos heroínes, ni descerebradas a las que nos gusta que nos quemen vivas, somos cristianas, aunque lo nieguen, nos ignoren, nos insulten. Somos cristianes, nosotres sí. Pertenecemos a Jesús. Y lo que queremos no es que las comunidades cristianas asociaciones LGTBIQfóbicas nos acepten y se transformen en un espacio rainbow tan fundamentalista como siempre, o al menos no deberíamos malgastar energías persiguiendo eso. Lo que hacemos es decir nuestro nombre, reconocernos seguidoras de Jesús, aferrarnos al evangelio del amor y la fraternidad que encontramos en los evangelios, y tratar de aplicarlo a nuestro alrededor, y en nosotres mismes. ¿Por qué tenemos que callar? Lo que nos constituye cristianes queer no es la lucha contra o por la iglesia, sino el seguimiento de Jesús. No es demostrar a nuestras familias o excomunidades que podemos seguir siendo cristianes aunque ellas digan que no, sino nuestra respuesta a la llamada de Jesús. Entiendo que es complicado para las compañeras de luchas bitransmaricabollos que no se consideran cristianas comprenderlo, y de verdad que a nosotras nos duele el doble escuchar, ver, y sufrir la LGTBIQfóbia de quienes se han erigido en portavoces de Jesús, en parte porque en ocasiones esas personas han sido familiares o amigas. Y no queremos negarlo, ni justificarlo, es odio lo que esas comunidades cristianas asociaciones LGTBIQfóbicas lanzan contra nuestro colectivo. Pero nosotras no pertenecemos a esas asociaciones LGTBIQfóbicas, nos lo han dicho de todas las formas posibles: ya lo hemos entendido, aceptado, e incluso celebrado. Somos cristianas, nosotras sí, como muchas otres, y condenamos al Fobicodonosor de la Verdad. Pertenecemos a Jesús, con la ambivalencia de Simón Pedro a veces, pero pertenecemos a Jesús, y es su seguimiento, el que nos trans-forma en cristianes.
El presidente de Níger, Mohamed Bazoum, ha anunciado que su Gobierno está preparando una profunda reforma del Código Penal que establecerá por primera vez en la historia del país la penalización de las relaciones homosexuales. Incluso ha avanzado que se plantea que una ceremonia de matrimonio entre personas del mismo sexo pueda castigarse con la cadena perpetua o la pena de muerte, tanto para los contrayentes como para los oficiantes. Níger es uno de los escasos países africanos y de mayoría musulmana donde las relaciones homosexuales nunca han sido castigadas.
En una entrevista concedida a la cadena radiofónica La Voix du Sahel, el presidente nigerino Mohamed Bazoum habló con profusión del proceso de reforma del Código Penal en lo referente a la homosexualidad. Actualmente, la única referencia existente es el artículo 282, que penaliza las relaciones homosexuales con menores de 21 años, edad de consentimiento mucho mayor a la establecida para las relaciones heterosexuales, que son los 16. Aparte de ese artículo, el Código Penal de Níger, heredero de la colonización francesa, nunca ha castigado las relaciones entre personas del mismo sexo, a pesar de ser un país cuya población es mayoritariamente musulmana.
El presidente Bazoum describía así el proceso que se está siguiendo en la actualidad:
Se trata de un comité pluridisciplinar compuesto por representantes de la presidencia, el gabinete del presidente, la Asamblea Nacional, funcionarios de la policía judicial, magistrados y miembros del colegio de abogados. También participan personas de la sociedad civil, como profesores, investigadores y miembros de la prensa pública y privada.
Tras hacer referencia al artículo 282, Bazoum comenzó a detallar los comportamientos y penas que se pretenden introducir:
En el futuro Código Penal habrá toda una sección dedicada a la homosexualidad. No obstante, esto nos obliga a definir la homosexualidad, con las diferentes categorías que abarca. Después de este trabajo de definición, pensaremos en los delitos y las penas. En cualquier caso, se derogará el artículo 282 en su forma actual.
Cualquiera que tenga sentimientos amorosos hacia alguien de su propio sexo será el sujeto de un delito, para castigar esta desviación. Por ejemplo, besar a otro hombre siendo hombre o besar a una mujer siendo mujer será castigado… Lo mismo ocurrirá con las caricias u otras muestras de afecto.
Además, una relación sexual entre personas del mismo sexo, sea cual sea la edad, constituirá otro delito. Por otra parte, la edad también será una circunstancia agravante del delito, en el caso de que la pareja sea menor de edad.
El presidente concluyó concretando las elevadas y crueles penas que se pretenden imponer para los enlaces matrimoniales de personas del mismo sexo, una figura que no es legal en el país, por lo que se supone que se trata de ceremonias rituales al margen de la legislación civil:
Además, casarse con alguien del propio sexo se considerará a partir de ahora un delito, lo que implica penas que pueden ir desde los 10 años de reclusión criminal hasta la cadena perpetua o la pena de muerte.
La persona que oficie el matrimonio, como un morabito o un funcionario del registro civil, será juzgada por un delito igual que los contrayentes, con penas similares. Lo mismo se aplica a los sacerdotes.
El progenitor que haya ofrecido a su hijo en matrimonio será castigado por un delito similar. Lo mismo se aplica a los testigos o padrinos, que serán castigados por la ley.
Por último, toda persona física que dirija o financie un club homosexual público o privado será castigada con penas de prisión y multa. Las personas jurídicas que gestionen, ayuden, hagan proselitismo o financien a grupos o incluso individuos LGBT serán objeto de acciones judiciales.
Ya en octubre de 2022, la diputada Nana Djoubie presentó una iniciativa legislativa para castigar las relaciones homosexuales, después de que dos mujeres fueran detenidas por indecencia pública y no se les pudiera condenar con el actual Código Penal. La propuesta tuvo el apoyo inmediato de la Asociación de Estudiantes Musulmanes de Níger y logró que el asunto tuviera una gran repercusión pública. Sin embargo, el proyecto de ley no pudo ser presentado a votación por el cierre del calendario parlamentario.
Aunque las relaciones homosexuales nunca han sido penalizadas en Níger, sí que existe un fuerte rechazo social. Actualmente, la presencia de grupos LGTBI abiertamente reivindicativos entre los asilados de Camerún, Liberia y Costa de Marfil, que exhiben con orgullo la bandera arcoíris en sus apariciones en los medios de comunicación, ha causado conmoción en un país acostumbrado a la absoluta invisibilidad de las personas LGTBI.
Ya han tenido lugar en Rusia las primeras repercusiones por la aplicación de la ley que castiga la llamada «propaganda» de la homosexualidad y las identidades trans en todos los ámbitos, promulgada el pasado 5 de diciembre por el presidente Vladimir Putin. Aprobada por ambas cámaras del Parlamento ruso por unanimidad, la nueva ley prohíbe cualquier manifestación, información o creación que muestre «relaciones no tradicionales» de manera no derogatoria, así como la información sobre las identidades a menores. Cualquier libro, película, espectáculo, canción, obra de arte, muestra de afecto, afirmación de la propia orientación sexual ante testigos, información positiva de la homosexualidad, bisexualidad o condición trans son castigados con fuertes sanciones. De hecho, la ley supone la total invisibilización y el enmudecimiento social de las personas LGTBI, a quienes desde medios o instituciones gubernamentales se considera «agentes extranjeros» o traidores a la patria .
Museos cerrados, libros censurados, páginas web bloqueadas o espectáculos prohibidos. Son la consecuencia de la aplicación de la nueva ley contra la «propaganda de relaciones no tradicionales» vigente en Rusia desde el pasado 5 de diciembre. Se trata en realidad de una serie de enmiendas a la ley contra la «propaganda de relaciones no tradicionales ante menores», en vigor desde 2013, con el objetivo de hacer desaparecer del ámbito público cualquier referencia no derogatoria de la homosexualidad, bisexualidad o identidad trans.
Una ley aprobada por unanimidad de las fuerzas políticas
El proyecto de ley fue anunciado por Alexander Khinshtein, presidente del Comité de Política de la Información, Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Duma (o cámara baja del Parlamento ruso), en julio del pasado año. Todos los grupos parlamentarios lo apoyaron, presentándose como impulsores 400 de los diputados de la Duma. Fue sometido a votación en primera lectura en la cámara baja el 27 de octubre, siendo aprobado por unanimidad. El 24 de noviembre se volvió a votar en segunda lectura, alcanzando de nuevo el voto unánime de los 394 diputados presentes. El 2 de diciembre fue respaldada por todos los miembros del Consejo de la Federación (la cámara alta del Parlamento), para finalmente ser promulgada por el presidente Vladimir Putin el día 5 del mismo mes. Para los activistas LGTBI, esta unanimidad de diputados y grupos parlamentarios es una muestra más de la falsa pluralidad del sistema político ruso y de su gobierno autocrático.
El significado de lo que se considera «propaganda» no se detalla en la ley, dejando en manos de los jueces, muy afines al Gobierno, una amplia interpretación del concepto. Queda prohibida cualquier expresión pública que sea positiva, o incluso neutra, de la homosexualidad, bisexualidad o realidades trans. Afecta a los medios de comunicación tradicionales; a las obras de carácter artístico (literatura, cine, teatro, espectáculos de todo tipo, televisión…); páginas web y redes sociales; y también a la reivindicación pública de los derechos LGTBI. Según algunos activistas, aunque quizás se permita la existencia de clubes o lugares de diversión frecuentados por personas LGTBI, la expresión de afecto en público, como besarse o caminar de la mano podrán ser declarados como «propaganda».
Como repercusión por la entrada en vigor de la ley, se han cancelado espectáculos de drag, se han publicado libros que tratan relaciones entre personas del mismo sexo con párrafos enteros tachados, las tiendas han eliminado de sus estanterías los libros con personajes LGTBI, se ha cerrado un museo dedicado a la historia de las reivindicaciones de las minorías sexuales, negocios dirigidos a estas minorías se han visto obligados a cerrar por no poder exhibir sus productos y varios grupos de defensa de los derechos LGTBI han decidido dejar sus actividades. Por su parte, el Roskomnadzor (organismo encargado de la vigilancia en las redes y calificado por algunos como «policía política») ha sido investido de un poder pleno para declarar el cierre de páginas webs o censurar las redes sociales sin necesidad de orden judicial.
Agentes extranjeros o traidores a la patria
The Sphere Foundation, la entidad legal que estaba detrás de la mayor organización LGTBI del país, Russia LGBT Network, que denunció las torturas y asesinatos de hombres homosexuales en Chechenia, fue denunciada en su día como «agente extranjero» por el Ministerio de Justicia. Con ello se perseguía el cierre de la organización, puesto que la denominación de «agente extranjero» se aplica a quienes colaboran con fuerzas del exterior para dañar o desprestigiar al Estado ruso. Es una definición que proviene del poder ejecutivo y no puede ser recurrida ante los tribunales. En Rusia, es el equivalente a «espía» o «traidor a la patria», términos de especial gravedad en la actual situación de guerra tras la agresión perpetrada contra Ucrania.
El 30 de septiembre, días antes de la presentación en la Duma del proyecto de ley, Vladimir Putin declaraba lo siguiente ante los medios de comunicación: «¿Realmente queremos, aquí en nuestro país, en Rusia, en lugar de “padre y madre”, tener “progenitor número 1, número 2, número 3”? ¡Se han vuelto totalmente locos! ¿Realmente queremos que en nuestras escuelas, en los grados elementales, se impongan a los niños perversiones que conducen a la degradación y la extinción? ¿Que se les inculque que, además de las mujeres y los hombres, existen supuestamente otros “géneros”? Si las élites occidentales creen que pueden adoctrinar a sus sociedades con extrañas tendencias novedosas como docenas de géneros y desfiles del Orgullo Gay, que así sea, que hagan lo que quieran. Pero lo que desde luego no tienen derecho a hacer es exigir a los demás que sigan en la misma dirección».
Vyacheslav Volodin, presidente de la Duma, declaraba lo siguiente al presentar el proyecto de ley: «Debemos hacer todo lo posible para proteger a nuestros hijos y a quienes quieren llevar una vida normal. Todo lo demás es pecado, sodomía, oscuridad y nuestro país lucha contra ello». Volodin invitó a los diputados de todas las facciones políticas a firmar como coautores del proyecto de ley. Ni un solo parlamentario se negó. El líder de la facción Rusia Justa, Sergey Mironov, explicaba su apoyo: «La propaganda de las relaciones sexuales no tradicionales es una guerra. Es una guerra espiritual de información, una guerra ideológica».
El mayor propagandista del Kremlin, el presentador del programa más exitoso de la televisión pública rusa, Vladimir Solovyov, exponía el siguiente discurso ante una audiencia de decenas de millones de personas: «Lo que hicimos el 24 de febrero (fecha de la invasión rusa de Ucrania) fue un contraataque. Era necesario para repeler un genocidio ucraniano contra el pueblo ruso, contra los rusoparlantes, contra quienes no aceptan los valores LGBT y transgénero-nazis». Proseguía: «Y ahora todo el país debe apretar los dientes e ir a la guerra. Porque estamos en guerra no solo con esta escoria (ucraniana) y los maricones bajo su dominio, sino con toda la maquinaria satánica de Occidente».
Con este tipo de discursos de odio, de vejación y señalamiento públicos, deben convivir a diario las personas LGTBI rusas.
El Ministerio de Educación de Israel ha condenado una ridícula clase de “separación” organizada por padres para mantener a los niños alejados de un estudiante trans.
La terrible experiencia del estudiante anónimo se hizo pública en una edición de agosto de 2022 del periódico hebreo B’Sheva.
Informó que después de que los padres descubrieron su identidad trans, estalló un furor. Varios miembros del personal administrativo acusaron que habían respetado la privacidad de los estudiantes de abandonar a sus propios hijos simplemente dejándolos quedarse en un salón de clases con un participante no cisgénero.
Desde entonces, esos padres han intentado infructuosamente distanciar a sus propios hijos del chico intentando cambiar de escuela.
Después de que los intentos fracasaran, el grupo planeó crear un salón de clases separado para excluir al estudiante trans.
Según Israel National News, el rabino Eliyahu se unió a los padres en una videollamada colectiva antes de la pausa de Hanukkah, donde dijo: “Ustedes son la punta de lanza de esta batalla tan importante y todos debemos movilizarnos y apoyarlos”.
Una madre se para fuera del área de demostración con un cartel en hebreo. (@ronisassover/Twitter)
Los padres han hecho afirmaciones infundadas de que la existencia del estudiante trans estaba creando “muchos problemas psicológicos”, que había interrumpido una clase que alguna vez se portó bien y que, ridículamente, la presencia de su madre había provocado que los niños tuvieran arrebatos violentos y pesadillas.
Una madre llegó a afirmar que un niño había comenzado a “mojar la cama. No tenemos nada contra el niño en cuestión”, dijo el padre anti-trans. “Y lo sentimos mucho por [él]… Nosotros, como padres religiosos, elegimos enviar a nuestros hijos a una escuela religiosa estatal que los educa en ciertos valores”.
El Ministerio de Educación de Israel dijo que se “opone con vehemencia a cualquier boicot o llamado a un boicot que perjudique principalmente al estudiante en cuestión. El Ministerio no sancionará la apertura de una clase que no siga las pautas del Ministerio”.
Un comunicado agregó que el sistema educativo en el país está “obligado a brindar soluciones educativas para todos los estudiantes de manera inclusiva y basada en la igualdad”.
Dijo que estaba tratando de tratar el asunto “profesionalmente y con sensibilidad”, pero que no podía dar más detalles debido a “preocupaciones de privacidad”.
Activistas israelíes LGBTQ+ protestan durante el evento. (Getty)
La debacle se produce tras el nombramiento de un nuevo gobierno israelí que ha expresado su preocupación por el futuro de los derechos LGBTQ+.
El partido Likud del primer ministro Benjamin Netanyahu ha formado una nueva coalición con partidos de línea dura, incluido el partido anti-LGBTQ+ Noam. Su líder, Avi Maoz, que ahora se desempeña como viceministro dentro de la oficina israelí, ya expresó su condena hacia el recién nombrado orador gay Amir Ohama durante su primer discurso.
(La Alta Corte de Barbados ha derogado las leyes contra la sodomía y la indecencia grave que castigaban las relaciones sexuales entre varones. Herederas de la legislación vigente en el período en que fue colonia británica, la sodomía podía ser castigada hasta con la cadena perpetua, y la indecencia grave con hasta diez años de prisión. Aunque raramente se aplicaban en los casos de relaciones consensuadas entre adultos, ambas tenían un efecto intimidatorio para la comunidad LGTBI de la isla. Barbados se convierte así en el tercer país caribeño en derogar las leyes contra la homosexualidad en este año, junto a Antigua y Barbuda y San Cristóbal y Nieves, en una estrategia de las organizaciones LGTBI caribeñas que está consiguiendo grandes frutos. De esta manera, el número de países y territorios del mundo en los que están penalizadas las relaciones homosexuales desciende a 67.
El pasado lunes 12 de diciembre, la Alta Corte de Barbados comunicó su decisión de derogar los artículos de la Ley de Delitos Sexuales que castigaban la sodomía y la indecencia grave. El texto de la sentencia completa se dará a conocer el próximo mes de enero.
El artículo 9 de la citada ley establecía: «Toda persona que cometa sodomía será culpable de un delito y podrá ser condenada a cadena perpetua». Por su parte, el artículo 12 definía lo siguiente: «Un acto de ‘indecencia grave’ es un acto, ya sea natural o antinatural, por parte de una persona que implique el uso de los órganos genitales con el fin de excitar o satisfacer el deseo sexual». Si el acto de indecencia grave se cometía con una persona mayor de 16 años, se castigaba hasta con 10 años de prisión. Cabe señalar, no obstante, que estos artículos eran raramente aplicados en los casos de relaciones consensuadas entre adultos.
La demanda ante el alto tribunal fue interpuesta por dos activistas LGTBI de Barbados, la organización local Equals y la Alianza del Caribe Oriental para la Diversidad y la Igualdad (ECADE en sus siglas en inglés). Respondía a una estrategia conjunta de activistas LGTBI de la región para impugnar todas las leyes contra la homosexualidad que persisten en las antiguas colonias británicas. Esta iniciativa ya ha logrado grandes frutos, con la anulación el pasado verano de las leyes contra la homosexualidad de Antigua y Barbuda y San Cristóbal y Nieves. Están pendientes de resolución las demandas presentadas en Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Granada y Dominica. Al margen de esta estrategia conjunta, existe otra demanda de este tipo en Jamaica.
Todavía no ha habido ninguna comunicación al respecto del Gobierno de Barbados, por lo que se ignora si la resolución de la Alta Corte será recurrida, como sucedió en el caso de Trinidad y Tobago. Si así fuera, le correspondería resolver a la Corte de Apelaciones de Barbados y, en última instancia, a la Corte de Justicia del Caribe.
En todo caso, en este año 2022 se han despenalizado las relaciones homosexuales en cuatro países: Antigua y Barbuda en el mes de julio, San Cristóbal y Nieves a finales de agosto y Singapur, por decisión del poder legislativo, a finales de noviembre.
67 países y territorios criminalizan la homosexualidad
En 64 países miembros de la ONU están penalizadas por la ley las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo:
Afganistán, Arabia Saudita, Argelia, Bangladés, Brunéi, Burundi, Camerún, Catar, Chad, Comoras, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Esuatini (antigua Suazilandia), Etiopía, Gambia, Ghana, Granada, Guinea, Guyana, Indonesia, Irak, Irán, Islas Salomón, Jamaica, Kenia, Kiribati, Kuwait, Líbano, Liberia, Libia, Malasia, Malawi, Maldivas, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Myanmar, Namibia, Nigeria, Omán, Pakistán, Papúa Nueva Guinea, Samoa, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Yemen, Zambia y Zimbabue.
En las legislaciones de Egipto e Irak no aparecen específicamente penalizadas las relaciones homosexuales, pero lo están de facto, al imputarse delitos contra la decencia o el escándalo público. En Irak, además, tribunales populares castigan este tipo de relaciones al aplicar la sharía o ley islámica.
A esta lista hay que añadir otros 3 territorios:
Indonesia, donde la penalización de las relaciones homosexuales rige en las regiones de Aceh y Sumatra Meridional en aplicación de la sharía o ley islámica; las Islas Cook, una región autónoma de Nueva Zelanda; y la franja de Gaza gobernada por la autoridad palestina, donde están vigentes las leyes heredadas del pasado colonial británico y existe la amenaza de adaptación de las leyes a la sharía.
En todos estos 67 países y territorios están castigadas las relaciones homosexuales entre varones, en 42 de ellos también están castigadas las relaciones lésbicas.
Cadena perpetua en 6 países y pena de muerte en otros 11
De entre esta lamentablemente larga lista de países, el extremo de la intolerancia y el fanatismo lo ocupan aquellos que penan las relaciones homosexuales con las sanciones de mayor gravedad.
En 6 países se castigan con la cadena perpetua:
Barbados, Guyana, Sudán, Tanzania, Uganda y Zambia.
La pena de muerte está establecida para las relaciones homosexuales en 11 países miembros de Naciones Unidas. En 6 de ellos, se tiene la certeza jurídica de que este es el castigo para los actos consensuados entre adultos del mismo sexo:
Arabia Saudí, Brunéi, Irán, Mauritania, Nigeria (en los doce estados del norte donde se aplica la sharía) y Yemen.
En otros 5 países no existe una certeza jurídica absoluta, aunque se constata la posibilidad de su aplicación:
Afganistán, Catar, Emiratos Árabes Unidos, Paquistán y Somalia.
El Ministerio del Interior ha hecho público a inicios de este mes de octubre el informe sobre evolución de los delitos de odio en España a lo largo de 2021. Un documento que arroja resultados inquietantes. Globalmente, en 2021 se produjo un aumento del 5,63% de los delitos de odio respecto a 2019, lo que confirma la tendencia alcista de años precedentes (interrumpida solo el año 2020«por la pandemia de la covid-19», según el propio Ministerio reconoce). Especialmente preocupante resulta, sin embargo, el crecimiento de los delitos de odio por orientación sexual o identidad de género, cuyo número no se había reducido en 2020 (277 en 2020, 278 en 2019) y que en 2021 se disparó un 68,2%, hasta alcanzar la cifra de 466. Porcentualmente, los delitos de odio por LGTBIfobia constituyen ya el 27% del total de delitos de odio en España.
El documento de Interior ofrece datos sobre los delitos e incidentes de odio por motivos racistas, xenófobos, antisemitas, antigitanos, creencias o prácticas religiosas, aporofobia, orientación sexual e identidad de género, por sexo/género, ideología, por razones generacionales, enfermedad y discapacidad que conocieron las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante el año 2021. En este sentido, el sistema estadístico de criminalidad registró en España un total de 1.724 delitos de odio y 78 infracciones administrativas y otros incidentes.
Los delitos de odio contabilizados por Interior se distribuyen de la siguiente forma: antisemitismo (11), aporofobia (10), creencias o prácticas religiosas (63), discapacidad (28), orientación sexual e identidad de género (466), racismo y xenofobia (639), ideología (326), por razón de sexo/género (107), por discriminación generacional (35), por enfermedad (21) y por antigitanismo (18). Por razones de fidelidad a los datos, conviene aclarar que en esta entrada seguimos la nomenclatura usada por el propio Ministerio:
Como vemos, por número total de delitos registrados, el racismo y la xenofobia repite por segundo año consecutivo como la motivación principal, ocupando la orientación sexual e identidad de género el segundo lugar, si bien en en términos porcentuales el crecimiento de los delitos por LGTBIfobia es superior. En términos de crecimiento porcentual, solo el antisemitismo y la discriminación generacional superan a la LGTBIfobia, aunque con cifras absolutas muy inferiores.
La tendencia, lamentablemente, es clara.
Por lo que respecta al número de sucesos esclarecidos, en el caso de los delitos por LGTBIfobia ascendieron a 314 (el 67,4%).
Perfil de víctimas y agresores
En cuanto al perfil de las víctimas de delitos por LGTBIfobia, 398 fueron hombres (un 75%) y 132 mujeres (un 25%). Lamentablemente el informe no detalla el número ni el porcentaje de víctimas cis/trans, lo que impide conocer con precisión el peso que el odio tránsfobo, especialmente azuzado en los últimos años desde diferentes sectores políticos y mediáticos, tiene sobre el total de delitos por LGTIfobia. Un aspecto que el informe debería corregir en próximas ediciones.
En cuanto a la edad, 68 víctimas eran menores, 136 tenían entre 18 y 25 años, 187 entre 27 y 40 años, 77 entre 41 y 50 años, 56 entre 51 y 65 años y 6 eran mayores de 65 años.
Por lo que refiere a los autores de delitos por LGTBIfobia, se identificaron como detenidos o investigados un total de 209 personas (176 hombres y 33 mujeres). 36 eran menores, 60 tenían de 18 a 25 años, 70 de 26 a 40 años, 24 de 41 a 50 años, 16 de 51 a 65 años y 3 eran mayores de 65 años.
Por lo que se refiere a las nacionalidades de víctimas y agresores, el informe no detalla los datos por motivación, aunque sí ofrece los datos globales. En este sentido, el 65,5% de las víctimas totales de delitos de odio eran de nacionalidad española y el 34,5% extranjeras, mientras que el 75,6% de los agresores eran de nacionalidad española y el 24,4% extranjeros.
Cataluña por delante en términos absolutos, País Vasco en términos relativos
De los 466 delitos de odio por LGTBIfobia contabilizados por el Ministerio, 101 ocurrieron en Cataluña, 70 en Madrid y 65 en el País Vasco, las tres comunidades autónomas que repiten de nuevo el dudoso honor de ocupar este «podio» en cifras absolutas (si bien respecto a 2020 Madrid adelanta al País Vasco).
En términos relativos (número de incidentes conocidos por 100.000 habitantes) es el País Vasco el que ocupa la primera posición, por delante de Navarra y Madrid. Cabe discutir, por supuesto, si el número de delitos por comunidad es un reflejo real de su situación o si puede reflejar, al menos en parte, una mayor concienciación de las víctimas a la hora de denunciar o una mayor capacidad de detección.
La punta de un gigantesco iceberg
Dicho todo esto, conviene tener en cuenta que, según explican los expertos, una parte muy significativa de quienes sufren agresiones físicas o verbales, o amenazas con tintes LGTBIfóbicos, ni siquiera llega a denunciar. Así, según datos publicados en 2019 por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, solo el 21% de las personas que son víctimas de un ataque físico o sexual por ser LGTBI habían denunciado a la Policía o a alguna organización.
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Puedes descargar el informe completo de Interior correspondiente al año 2021 pinchando aquí.
Un padre se para fuera del área de demostración con un cartel en hebreo. (@ronisassover/Twitter)
Según los informes, un estudiante transgénero en una escuela en Israel fue expuesto públicamente sin consentimiento, lo que resultó en una protesta anti-trans por parte de los padres de sus compañeros de clase.
Los padres y estudiantes de la escuela religiosa Morsheth Naria school descubrieron que el niño era trans a principios de septiembre de 2022 por circunstancias desconocidas, según Ono News. Según los informes, esto provocó un pánico masivo entre los padres y los profesores, y algunos optaron por dejar de enviar a sus hijos a la escuela por completo.
Una madre dijo: “La administración conocía la historia y probablemente la mayoría de los maestros también, pero cayó sobre los padres como un rayo en un día despejado”.
Según JewishPress, 17 padres de tercer grado enviaron a los administradores escolares un mensaje el 7 de septiembre que decía: “Después de discutir con la escuela y los rabinos de la escuela, la solución que se nos dio a nosotros como padres fue la inclusión y aceptación del fenómeno en el marco de una escuela religiosa de la Torá.
“Nosotros, la mayoría de los padres de tercer grado, no estamos preparados para contener el fenómeno y aceptar el daño a nuestro carácter espiritual y el daño emocional que nuestros hijos están pasando y pasarán en el futuro”.
Los padres y otros activistas anti-trans se manifestaron luego en Givat Shmuel, donde se encuentra la escuela, el 9 de septiembre, exigiendo que los miembros de la facultad “encontraran una solución para nosotros” como si estuvieran enfrentando un desastre natural, no un niño simplemente existiendo.
En respuesta, el grupo religioso LGBTQ+ Havruta tuiteó ese día, condenando la reunión, que dijo que estaba “al servicio de la transfobia”, y agregó que el grupo debería “irse a casa, hacer algo para Shabat”.
El grupo de 17 padres amenazó con un traslado masivo de sus hijos a otras escuelas si no se hacía nada ante lo que dijeron era una “situación que venimos luchando desde hace más de una semana”.
En declaraciones a News12, el ex rabino principal de Ramat Gan Yaakov Ariel dijo: “Este es un tema delicado que requiere precaución y cuidado. Hay un niño aquí, que necesita ser tratado con sensibilidad y determinación”, continuó, pero al mismo tiempo afirma que la transición de género es imposible. Debemos manejar el asunto con sensibilidad y delicadeza”.
‘Nadie debe ser etiquetado como impuro’
צילום אילוסטרציה canva
A pesar de las afirmaciones de que la sociedad religiosa no puede aceptar a las personas trans en la sociedad porque, como lo expresan los reporteros de JewishPress: “La Halajá se refiere a que tienen un trastorno mental que actualmente es incurable”, lo han hecho en múltiples ocasiones grupos más tolerantes.
En un comunicado, el grupo dijo: “El Mazsihisz, como grupo judío, cree firmemente que todas las personas son inherentemente puras y que sus emociones no las vuelven impuras.
“Nadie debe ser etiquetado como impuro, ser discriminado y ciertamente no ilegalizado simplemente por su orientación o identidad. Tales clasificaciones destruyen la cohesión social y nuestro sentido de pertenencia”.
Los Mossos d’Esquadra han detenido a lo largo de los últimos días a seis personas vinculadas con delitos de odio por LGTBIfobia ocurridos en el entorno del metro de Barcelona. Cinco de ellos están relacionados con una agresión ocurrida el pasado 28 de mayo, en la que la víctima sufrió una fractura de la nariz. La sexta persona ha sido detenida por su presunta participación en un delito de amenazas graves contra un trabajador del metro.
Según informan los propios Mossos en un comunicado de prensa, el primero de los hechos investigados sucedió en abril, cuando la Unidad Central de Odio y Discriminación de la policía autónomica catalana tuvo conocimiento de la existencia de un incidente homófobo perpetrado contra un trabajador del metro de Barcelona. Según denunció este, el agresor, de 19 años de edad, protagonizó una serie de altercados en la zona de acceso de la parada de metro cuando iba con un patinete eléctrico, por lo que fue recriminado por el trabajador. En ese momento, el agresor empezó a proferir insultos homófobos y le amenazó de muerte mientras esgrimía una navaja automática. «Como consecuencia de la gravedad de los hechos denunciados, la unidad especializada del cuerpo de Mossos d’Esquadra encargada de este tipo de investigaciones graves inició una investigación que permitió comprobar el delito, identificar plenamente al autor de los hechos y, finalmente, detenerle el pasado día 13 de septiembre», informan los Mossos. A raíz de la agresión, la víctima ha sufrido consecuencias psicológicas por las que tuvo que estar de baja laboral.
La segunda investigación se originó a raíz de la agresión que sufrió un joven pasajero del metro el pasado 28 de mayo. A las 06:30 horas de ese día, dos chicos se encontraban sentados en el suelo de un vagón de la línea 1, en dirección Santa Coloma, cuando en la estación de Marina subieron un grupo de jóvenes que comenzaron a verter contra ellos insultos homófobos, además de escupirles. Cuando las víctimas les recriminaron su actitud, los agresores comenzaron a golpear a uno de los chicos, al que le provocaron una fractura nasal. El pasado 13 de septiembre, agentes de la Unidad de Investigación del Área de Seguridad del Transporte Metropolitano (ASTMET) detuvieron a los presuntos autores tras una investigación que gracias al visionado de las cámaras de seguridad y de otros indicios supuso su identificación y localización.
Las detenciones de estos agresores ocurren varias emanas después de que el autor de otra agresión homófoba en el metro de Barcelona, ocurrida en esta ocasión en enero de 2019, fuese finalmente condenado a tres años y medio de cárcel. Veremos qué sucede con estas nuevas agresiones.
LGTBIfobia en Cataluña, cifras preocupantes
Hace poco más de dos semanas informábamos también de la detención de otros tres jóvenes en Roses (Girona) como presuntos autores de un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas y un delito de amenazas después de que durante dos años hayan estado acosando a otro joven por su orientación sexual.
Y es que los delitos de odio por LGTBIfobia no se frenan. El pasado marzo recogíamos como los episodios de discriminación contra personas LGTBI constituyeron el 32% del total de situaciones de discriminación durante el pasado año 2021 en Barcelona, la capital catalana. En 2018, esas mismas situaciones habían supuesto el 16% del total. La tendencia de Barcelona se corresponde, de hecho, con la que globalmente muestran los datos de Cataluña en tiempos recientes. A principios de 2021, el Observatori contra l’Homofòbia informaba de 189 incidencias por LGTBIfobia en Cataluña a lo largo del año 2020, una cifra que suponía un aumento del 25% respecto al año anterior. Y según datos de los Mossos d’Esquadra, el número de denuncias por LGTBIfobia ascendió en 2021 a 215, más del triple que en 2016 (cuando se registraron 62 denuncias). La cifra supuso el 44% del total de denuncias por odio y discriminación registradas por la policía autónoma catalana el pasado año. La mayoría de denuncias fueron por homofobia (134), pero también las hubo por transfobia (42), lesbofobia (24) y contra el colectivo LGTBI en general (16).
En lo que va de año 2022, según la contabilidad que hace el Observatori contra l’Homofòbia en su página web, se tiene ya constancia de al menos 173 incidentes.
Nuevo caso de violencia homófoba en el seno de una familia. Un matrimonio (él pastor de un culto evangélico) ha sido acusado por la Fiscalía de maltratar de forma repetida a su hijo y a la pareja de este por ser gais.
La noticia la ha difundido la agencia EFE y la han recogido Heraldo de Aragón y Nius. Según la versión del hijo, a la que la Fiscalía da credibilidad, este se vio obligado a abandonar su domicilio familiar en Terrassa (Barcelona) a principios de 2017 ante la marcada homofobia de sus padres, temeroso de que estos llegaran a ser conscientes de su homosexualidad. Los padres se personaron en repetidas ocasiones en el instituto del chico, tensionando la situación hasta el punto de que tuvo lugar una reunión en el propio centro en la que el hijo, acompañado de personal docente, explicó finalmente a sus padres que era gay y que tenía pareja.
El hecho de que el hijo estuviera arropado por personal docente no calmó a los padres, que no aceptaron la situación y continuaron acosándolo con argumentos abiertamente homófobos y diciéndole que si se arrepentía «Dios lo iba a curar». Tiempo después el hijo, acompañado de su pareja, concertó una cita con los padres en plena calle para que estos le devolvieran documentación, encuentro en el que hubo insultos, forcejeos y golpes.
La Fiscalía atribuye a los padres dos delitos contra la integridad moral o alternativamente de lesiones contra la integridad de la persona y, además, uno de maltrato y otro de lesiones, solicitándo dos años y cuatro meses de cárcel para el padre, pastor evangélico, y año y medio para su esposa. Por lo que se refiere al episodio del forcejeo, sobre el que hay denuncias cruzadas, la Fiscalía pide la absolución de los dos jóvenes y limita la acusación a los padres del chico.
El pasado 3 de agosto, la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales de Uganda se puso en contacto con la organización SMUG para ordenarle el cese inmediato de sus actividades por no estar registrada como ONG. Según Stephen Okell, supervisor de la agencia gubernamental, SMUG estaba funcionando «ilegalmente».
Sin embargo, SMUG emitió un comunicado en el que informaba de cómo fue rechazada su solicitud de inscripción debido a que consideraron que su nombre, que hacía referencia a las minorías sexuales, era «inapropiado». Esa negativa fue recurrida ante los tribunales, que corroboraron la decisión de la agencia.
Declaración sobre el cese de las actividades de Sexual Minorities Uganda por parte de la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales
El miércoles 3 de agosto de 2022, la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales, el organismo gubernamental que regula las ONG en Uganda, suspendió las actividades de Sexual Minorities Uganda por no estar registrada en la Oficina de ONG.
Cabe señalar que en 2012, Frank Mugisha y otros solicitaron a la Oficina de Servicios de Registro de Uganda (URSB), en virtud del artículo 18 de la Ley de empresas de 2012, el registro del nombre de la entidad propuesta. En una carta fechada el 16 de febrero de 2016, la URSB rechazó la solicitud de registro del nombre «Minorías Sexuales de Uganda» por considerar que dicho nombre era «indeseable y no registrable que la empresa propuesta se constituya para defender los derechos y el bienestar de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales y queer, que se dedican a actividades etiquetadas como actos delictivos en virtud del artículo 145 de la Ley del Código Penal». Una decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de Uganda.
La negativa a legalizar las operaciones de SMUG, que buscan proteger a las personas LGBTQ que siguen sufriendo una gran discriminación en Uganda, fomentada activamente por líderes políticos y religiosos, fue un claro indicador de que el gobierno de Uganda y sus organismos son inflexibles y tratan a las minorías sexuales y de género ugandesas como ciudadanos de segunda clase. Esto compromete aún más los esfuerzos para exigir mejores servicios sanitarios y agrava el ya de por sí inestable ambiente para la comunidad LGBTQ.
«Se trata de una clara caza de brujas arraigada en la homofobia sistemática que está alimentada por los movimientos antigay y antigénero que se han infiltrado en las oficinas públicas con el objetivo de influir en la legislación para borrar a la comunidad LGBTQ».
Frank Mugisha, activista gay ugandés.
El articulo 145 del Código Penal al que se refería la URSB es el que castiga las relaciones homosexuales con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua. Existe, además, un proyecto de ley para endurecer aún más esas penas, aprobado por el Parlamento de Uganda en mayo de 2021, que fue devuelto por el presidente Yoweri Museveni para solventar algunos problemas de procedimiento, pero que aún está en trámite parlamentario.
Numerosas asociaciones de defensa de los derechos LGTBI, como Council for Global Equality,OutRight Action International y Pan Africa ILGA han condenado firmemente la suspensión de las actividades de SMUG. Por su parte, en su cuenta de Twitter, SMUG ha compartido un mensaje contundente: «Volveremos».
— Sexual Minorities Uganda | SMUG (@SMUG2004) August 5, 2022
La difícil situación de la comunidad LGTBI en Uganda
La situación de las personas LGTBI en Uganda es muy complicada. Como señalábamos anteriormente, el artículo 145 del Código Penal castiga con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua a aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El mero intento de mantener relaciones homosexuales o lo que se denominan «prácticas indecentes» se castiga con hasta siete años de prisión. En 2017, el Orgullo LGTBI de Uganda tuvo que ser cancelado tras amenazar el Gobierno de este país africano con detenciones masivas. Unas amenazas que, unidas al antecedente de 2016 (cuando la policía ugandesa interrumpió la celebración y detuvo a varios activistas), llevaban a los activistas LGTBI ugandeses a dar prioridad a su seguridad.
Lo que no dejan de sucederse son los ataques a la libertad de reunión y asociación. En 2015, de hecho, se aprobó una ley, y esa sí está en vigor, que permite al gobierno tener un control férreo sobre las ONG y asociaciones del país, pudiendo no autorizar sus actividades e incluso disolverlas si no se adecuan al «interés público» o si son «contrarias a la dignidad del pueblo de Uganda». Las asociaciones LGTBI ya avisaron de su peligro, ya que los activistas que trabajen en una organización que no cuente con el visto bueno del gobierno pueden llegar a ser encarcelados. Ello supone llevar la lucha por los derechos LGTBI a la ilegalidad.
Por fortuna, el Tribunal Constitucional de Uganda aliviaba un poco la presión a finales de 2016, al declarar contraria a derecho la normativa que impedía a determinados grupos, marcados en la ley como «inmorales o socialmente inaceptables», la posibilidad de reclamar ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en los casos de discriminación. Entre los colectivos señalados se encontraban el de las personas LGTBI (para quienes fue diseñada especialmente la norma), los trabajadores del sexo o las personas que viven con el VIH.
En 2019, el ministro de seguridad de Uganda había llamado “terroristas” a las personas LGBT+en un visceral ataque contra un candidato presidencial y sus partidarios. Pero, en un paso màs de esta escalada homófoba, el gobierno de Uganda anuncio que las condenas con pena de muerte volverán a ser vigentes, cinco años después de que las anularan. Según fuentes, con esto quieren frenar el aumento de relaciones sexuales no naturales del país.
En agosto, una mujer LGTBI que buscó asilo en el Reino Unido y fue deportada a Uganda -donde el sexo gay es ilegal- ha contado cómo fue perseguida y violada en grupo a causa de su sexualidad. La mujer, conocida sólo como PN, regresó al Reino Unido el lunes 5 de agosto después de que el Tribunal Supremo dictaminara que la decisión de rechazar su solicitud de asilo era ilegal.
La valiente e importantísima labor del activismo LGTB de este país se veía reconocida, en todo caso, a finales de 2017, cuando el Gobierno Vasco reconocía con el Premio René Cassin 2017 el activismo LGTB de la asociación africana Sexual Minorities Uganda.
En fin, si ponemos en el buscador el nombre de Uganda… el horror es cotidiano.
El ministro de Justicia e Interior del Gobierno de Singapur ha informado de que se está estudiando la derogación del artículo 377-A del Código Penal, que castiga las relaciones homosexuales entre varones, pero blindando completamente la definición actual del matrimonio como la unión de un hombre y una mujer ante posibles desafíos legales en los tribunales. La Iglesia católica presiona para que esa definición permanezca, aunque se atisba un pequeño avance en su postura al no oponerse directamente a la despenalización de la homosexualidad. Desde el activismo LGTBI, la prioridad reside precisamente en la desaparición definitiva del artículo 377-A sin que, por el momento, se promueva la revisión de la definición del matrimonio.
El ministro de Justicia e Interior de Singapur, Kasiviswanathan Shanmugam, informó a través de las redes sociales de que su Gobierno está revisando actualmente la reforma del Código Penal para derogar el artículo 377-A, que castiga las relaciones homosexuales entre varones hasta con dos años de prisión. A su vez, aclaró que esta reforma iría unida a un blindaje aún mayor de la definición del matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, para que no pueda ser impugnada en los tribunales. «Ahora estamos estudiando la mejor manera de lograr este equilibrio», concluyó el ministro.
El artículo 377-A, heredero de la legislación colonial británica, solo se está aplicando en la práctica en los casos en que las relaciones sexuales entre varones sean públicas, no en el ámbito privado, al ser definidas como actos de «indecencia grave». Sin embargo, sigue suponiendo un evidente caso de discriminación, puesto que el mismo criterio no se aplica a las relaciones heterosexuales. En varias ocasiones, la Alta Corte de Singapur ha rechazado declararlo inconstitucional, puesto que la Carta Magna del país asiático no protege específicamente contra la discriminación por razón de sexo u orientación sexual. La derogación de la sección 377-A queda así en manos del poder legislativo.
Por su parte, la Iglesia católica, con cierta influencia en un país mayoritariamente budista, se opuso en su día a la despenalización de las relaciones homosexuales con una carta pastoral en la que se prevenía contra la posibilidad de que a la derogación del artículo 377-A siguieran nuevas reivindicaciones de la comunidad LGTB, como el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo. En esta ocasión, tras las declaraciones del ministro de Justicia e Interior, la archidiócesis de Singapur ha emitido un comunicado en el que aplaude y apoya «la clara articulación del gobierno de su posición sobre el matrimonio y estamos seguros de que están buscando salvaguardar su posición actual de la ley que define el matrimonio como entre un hombre y una mujer. Esperamos que se reconozcan y mantengan las salvaguardias sobre el matrimonio y nuestra libertad de proclamar y enseñar sin miedo ni favor lo que creemos». Sin calificar de ningún modo la pretensión de despenalizar las relaciones homosexuales, pero sin expresar su oposición, la archidiócesis exige que las personas LGTBI respeten «nuestro derecho a mantener nuestra posición sobre el matrimonio y que la unidad familiar esté formada por un padre, una madre y sus hijos». De hecho, tras oponerse a derogar la ley nacional que criminalizaba la homosexualidad, el futuro cardenal de Singapur busca la bienvenida a las personas LGBTQ en la Iglesia.
Para la organización singapurense de defensa de los derechos LGTBI Oogachaga, no hay planes inmediatos de reclamar reformas respecto al matrimonio, siendo la derogación del artículo 377-A la prioridad. Para los activistas de Pink Dot SG, la redefinición del matrimonio «solo se producirá a través de la educación y el cambio de los corazones y las mentes. El propio Gobierno ha reconocido que las políticas deben reflejar las normas cambiantes. Solo esperamos que los cambios que están contemplando dejen espacio para que la sociedad siga manteniendo conversaciones de buena fe sobre estos temas».
Una sociedad muy conservadora
Singapur es una ciudad-estado del sudeste asiático, con una economía capitalista fuertemente desarrollada. Poblada por diferentes grupos étnicos y religiosos, la mayor parte de su población es de origen chino, aunque hay una elevada proporción de malayos e indios. La religión más practicada es el budismo, si bien existen importantes minorías musulmana y cristiana. Es, en cualquier caso, una sociedad globalmente muy conservadora.
Singapur no despenalizó hasta 2007 tanto el sexo oral como el sexo anal, pero solo para heterosexuales. Las relaciones homosexuales masculinas siguen penalizadas como «actos de indecencia» de acuerdo a la ya mencionada sección 377-A del Código Penal, aunque en la práctica no se persiguen, siempre y cuando se practiquen, como se dijo anteriormente, en privado. De hecho, en 2006 se anunció una reforma para despenalizarlas que nunca se llegó a materializar.
En 2015, el Gobierno de Singapur emitió un informe para Naciones Unidas en el que defendía el mantenimiento de la penalización de las relaciones homosexuales masculinas calificándola de «equilibrada» al no aplicarse al ámbito privado.
Esperemos que las declaraciones actuales del ministro de Justicia e Interior sean reflejo de una auténtica voluntad del Gobierno y que el artículo 377-A sea finalmente derogado.
La Comisión Europea ha anunciado hoy (15 de julio) su decisión de demandar al Estado húngaro ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por aprobar una legislación que discrimina a las personas por su orientación sexual e identidad de género. La Comisión considera que la ley «viola las normas del mercado interior, los derechos fundamentales de las personas (en particular, las personas LGBTIQ) y, en relación con esos derechos fundamentales, los valores de la Unión Europea».
Los antecedentes
En junio de 2021 el Parlamento húngaro aprobaba un proyecto de ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores. El texto, una versión a la húngara de la conocida ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluía en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, acentuando aún más su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. El texto modificó varios artículos de las leyes sobre protección de menores, derecho de familia, educación y regulación de medios y publicidad. Así, por ejemplo, quedó prohibida la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio». Una muestra de ello fue la primera norma surgida de la aplicación de la ley, un decreto aprobado el pasado verano que ordenaba el sellado y envoltorio de los libros dirigidos a menores que «promuevan» la homosexualidad o la reasignación de género o contengan descripciones de sexualidad «explícita», y que prohibía su venta, vayan dirigidos a menores o adultos, a menos de doscientos metros de una iglesia o un colegio.
La enseñanza escolar también se ve sometida a censura, porque se prohíbe de nuevo la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género al alumnado. La educación sexual, en cualquier caso, ya solo puede ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, cerrando la puerta por ejemplo a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos. En el terreno de los medios, la medida supone la remisión a la franja horaria del late night de cualquier serie o película que incluya alguna alusión o representación de personas LGTBI.
La respuesta de la Comisión Europea
A nivel europeo, como suele ocurrir en estos casos, la respuesta política inicial fue prudente, por no decir tibia. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se declaró «muy preocupada por la nueva ley en Hungría» y aseguró que se comprobaría si la norma vulneraba la legislación comunitaria. «Creo en una Europa que acoge la diversidad, no en una que la esconde a nuestros hijos. Nadie debería ser discriminado por su orientación sexual», añadía en un tuit. Más contundente fue la comisaria de Igualdad, Helena Dalli, que amenazó a Hungría con un recorte de los fondos europeos.
Sin embargo, también como suele suceder, la maquinaria europea, aunque pesada, acaba por entrar en funcionamiento y dar sus frutos. La decisión anunciada este viernes de llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la justicia europea constituye, de hecho, el último de una serie de pasos iniciados por la Comisión Europea con un procedimiento de infracción abierto el 15 de julio de 2021. En aquel momento, se emplazó a Hungría a despejar las preocupaciones de la Comisión en relación con la igualdad y la protección de los derechos de las personas LGTBIQ en ese país. Un año después, dado que Hungría no ha resuelto las incompatibilidad entre la ley y el derecho comunitario y agotados los pasos intermedios, la Comisión acude a al alto tribunal europeo.
Según la Comisión Europea, la ley húngara contiene disposiciones que no están justificadas sobre la base de la promoción del interés fundamental de «proteger a los niños» o son desproporcionadas para lograr el objetivo declarado. En concreto, la Comisión considera las restricciones que impone la ley incompatibles con la directiva de servicios de medios audiovisuales, la directiva de comercio electrónico, el tratado de libre prestación de servicios y la directiva de servicios, así como con el derecho a la protección de datos y la directiva sobre la transparencia del mercado único.
Asimismo considera que a legislación húngara viola de manera sistemática varios derechos fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en concreto la inviolabilidad de la dignidad humana, el derecho a la libertad de expresión e información, el derecho a la vida privada y familiar, así como el derecho a la no discriminación. «Debido a la gravedad de estas violaciones, las disposiciones impugnadas violan también los valores comunes establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
Una legislación que no logró el aval de los ciudadanos en referéndum
Cabe señalar que la legislación por la que la Comisión Europea lleva a Hungría ante el TJUE fue sometida a referéndum por el Gobierno de ese país coincidiendo con las elecciones celebradas en abril. El resultado del referéndum no era vinculante y no implicaba ningún cambio legal sobre una ley ya vigente: se trataba, simplemente, de utilizar la LGTBIfobia de buena parte de los votantes del ultraconservador Viktor Orbán como una herramienta más de movilización.
La maniobra, en este caso, no le salió bien a Orbán. Las organizaciones LGTBI húngaras llamaron a la ciudadanía a emitir su voto en el referéndum pero invalidando la papeleta, impidiendo así que se alcanzase el mínimo del 50% de votos emitidos válidos para a su vez considerar válido el resultado (fuese el que fuese). Debían alcanzarse, en concreto, en torno a los 4,1 millones de votos válidos (el censo electoral húngaro asciende a algo más de 8,2 millones de personas). Sin embargo, el número de votos válidos rondó los 3,9 millones, mientras que el número de votos inválidos superó la cifra de los 1,7 millones. Una derrota simbólica que no impidió que la ley siga en vigor, pero sí que supuso un cierto varapalo para la estrategia anti-LGTBI de Orbán y para su enfrentamiento con la Comisión Europea.
Este sábado, 2 de julio, tuvo lugar un nueva edición del Orgullo LGTBI de Londres. Una edición muy especial, en la que se conmemoraba el 50 aniversario de la primera marcha del Orgullo que tuvo lugar en la capital británica. El Orgullo de Londres 2022, además de una presencia masiva de asistentes, nos dejó algunas imágenes para recordar: la cabecera, al frente de la cual repetían algunos de los activistas que ya estuvieron presentes en la marcha de 1972; la activa participación del alcalde de Londres o el elenco de la serie Heartstopper, con Joe Locke a la cabeza, haciendo la peineta a un grupo de homófobos que protestaban.
Más de un millón de personas, según las cifras de la alcaldía de Londres, participaron en el Orgullo 2022 de la capital británica. Una marcha en la que ocuparon un lugar muy especial un grupo de activistas que ya participó, hace 50 años, en la primera grna movilización del Orgullo. «We’re here, we’re queer, we won’t disappear», fue uno de los cánticos que entonaron:
Otra de las imágenes que nos ha dejado el Orgullo 2022 fue la del alcalde de Londres, el laborista y musulmán Sadiq Khan, participando como un manifestante más en la marcha:
El alcalde de Londres, por cierto, aprovechó la ocasión para reivindicar los derechos de las personas trans y denunció la utilización política que de la comunidad trans se está haciendo en su país (donde las campañas de odio transexcluyente han conseguido, por mencionar un ejemplo, que las personas trans queden fuera del proyecto del Gobierno para prohibir las pseudoterapias «de conversión»):
Aunque sin duda las imágenes que más recorrido han tenido han sido las del elenco de la popular serie Heartstopper, una deliciosa aproximación a la adolescencia LGTB, que no dudó, con su protagonista Joe Locke a la cabeza, en bailar y hacer la peineta ante un grupo de homófobos que protestaban por la celebración del Orgullo:
The stars of Heartstopper absolutely loving it as anti-LGBT protesters are challenged by a young Pride supporter #Pridepic.twitter.com/7uUwaG9MXW
Por cierto, a quien le interese conocer mejor la historia del Orgullo de Londres en imágenes, y en general la historia del movimiento LGTBI en Reino Unido, tiene a su disposición un excelente material con diferentes colecciones fotográficas en la web de Bishopgate Institute. Aquí puedes encontrar, por mencionar un ejemplo, una copia del programa del primer Orgullo de Londres (una fotocopia de 4 folios mecanografiados), del que ahora se han cumplido 50 años.
“Las personas trans, categorizadas aún como ‘enfermas’ en la OMS, tiene el doble de probabilidades de ser sometidas a ‘terapias de conversión’ que las personas cis. La personas homosexuales hemos dejado de ser completamente enfermos hace tan sólo tres años”
“A pesar de las carambolas para no hacer expresa su LGTBIfobia, es claro que nuestras identidades siguen estando vistas por la oficialidad e institucionalidad de la Iglesia como moralmente reprobables”
“En el proceso de documentación que he llevado a cabo sobre las ‘terapias de conversión’ he encontrado casos de desnudez grupal forzada, castidad forzada por periodos de hasta 270 días, prácticas aversivas, realización de ritos como entierros simulados o exorcismos… en España, estos grupos remiten a las víctimas que ‘no avanzan’ a psiquiatras que les prescriben medicamentos inhibidores del deseo sexual. Es decir, se les medica para castrarles forzadamente
“La Iglesia tiene una doble responsabilidad. En España, los principales perpetradores de ‘terapias de conversión’ son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución. Además, Obispos –como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge, colaboran”
“Tanto el Opus Dei como el Camino Neocatecumenal han colaborado con ambas organizaciones, remitiendo a jóvenes LGTBIQA+ a estos itinerarios”
“La Ley Trans y LGTBI no se ha aprobado todavía ni se sabe si se llegará a aprobar antes de que termine la legislatura. El problema de esta Ley es que hay una ausencia de capacidad por parte de las autoridades autonómicas para investigar e imponer sanciones contra estas práctica. Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, tres resoluciones. Dos de 2020 y una de 2021”
“Desde No Es Terapia exigimos al Congreso una modificación del Código Penal que criminalice las terapias de conversión, tal como se ha hecho en 44 jurisdicciones, entre las que se incluye Francia, Malta o Alemania”
“La Iglesia tiene una doble responsabilidad. En España, los principales perpetradores de ‘terapias de conversión’ son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución“. Saúl Castro es abogado y fundador de NoesTerapia, asociación que lucha contra estas terapias, que el Gobierno pretende ilegalizar con su ley del ‘No es no’.
“Además, Obispos como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge, colaboran”, asegura en esta entrevista.
️ Las terapias de conversión siguen existiendo en pleno siglo XXI en España.
️ #SaúlCastro ha llevado a cabo una investigación durante tres años sobre esta práctica.
– Pues desgraciadamente, en muchas partes del mundo e, incluso en España, la respuesta es sí. No hemos de olvidar que parte de nuestra comunidad sigue estando patologizada, no sólo en el acceso al reconocimiento de su identidad de género, sino también en las clasificaciones de enfermedades mentales. Tanto es así que el CIE-11 de la OMS, adoptado en 2019, sigue considerando a las personas trans como personas con “condiciones relacionadas con la salud sexual”, por lo que sólo se ha producido su despsicopatologización, pero no dejan de estar categorizadas como personas “enfermas”. De hecho, la fiscalización y policía institucional que se hace de las identidades trans es lo que determina que, estadísticamente, estas tenga un doble de probabilidades de ser sometidas a “terapias de conversión” que las personas cis, dado que tienen que ser propios profesionales de la salud quienes certifiquen y validen su identidad, lo que abre espacios para que los perpetradores de estos abusos actúen con mayor impunidad.
Con respecto a la orientación sexual, hemos dejado de ser completamente enfermos hace tan sólo tres años, ya que con la modificación del CIE-11 se eliminó la patologización de la “homosexualidad egodistónica”, que era aquella dolencia consistente en el rechazo a la orientación sexual propia y el deseo de modificarla, y que empleaban muchos profesionales para tratar médicamente a “homosexuales que querían dejar de serlo”.
Y bueno… en relación con el pecado, pues no se ha avanzado mucho realmente. El Catecismo de la Iglesia indica en sus párrafo 2357-59 que “las personas homosexuales están llamadas a la castidad” debido a que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados, son contrarios a la ley natural y no pueden recibir aprobación en ningún caso”. Tal como señala la Congregación para la Doctrina de la Fe desde 1986, “la particular inclinación de la persona con atracción sexual hacia el mismo sexo, aunque en sí no sea pecado, constituye sin embargo una tendencia, más o menos fuerte, hacia un comportamiento intrínsecamente malo desde el punto de vista moral”. Por tanto, a pesar de las carambolas para no hacer expresa su LGTBIfobia, es claro que nuestras identidades siguen estando vistas por la oficialidad e institucionalidad de la Iglesia como moralmente reprobables.
– En el libro desentrañas las terapias de conversión. ¿En qué consisten? ¿Qué prácticas son las más aberrantes?
– No existe una definición estandarizada y común de las “terapias de conversión” ni a nivel internacional ni nacional. Desde la Asociación, y a nivel personal, las definimos poniendo en el centro su finalidad, es decir, el hecho de que todas las “terapias de conversión” se caracterizan por el objetivo común de querer modificar o anular la identidad y/o expresión de género de las personas contra las que se dirigen, así como su orientación sexual, para «acomodarlas» a los cánones cisheteronormativos imperantes en nuestras sociedades. Tal como afirma el Experto Independiente sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de la ONU, “todas las “terapias de conversión” comparten la premisa de que la orientación sexual y la identidad de género pueden ser extirpadas —expulsadas, curadas o rehabilitadas—, como si fueran algo ajeno a la persona, lo que constituye una visión sumamente inhumana de la existencia”.
En el proceso de documentación que he llevado a cabo, he encontrado casos de desnudez grupal forzada, la castidad forzada por periodos de hasta 270 días, realización de ejercicios “biodinámicos” –consistentes en dar golpes y gritos para liberar energía–, prácticas aversivas –como ponerse una goma elástica en la muñeca y golpearse con ella cuando se sentía deseo sexual–, rezo continuado y del rosario en los momentos de mayor deseo sexual, empleo de técnicas de reprocesamiento traumático como el EMDR–ya que parten que la diversidad sexual y de género es fruto de traumas que hay que sanar–, abrazo-terapia, logopedia, terapia hablada, estudio de textos acientíficos sobre la orientación sexual y la posibilidad de modificarla, realización de ritos como entierros simulados o exorcismos, así como control diario a través de aplicaciones de mensajería y telefonía como Telegram.
Hay que destacar que el funcionamiento de estos grupos se centra en separar a las víctimas de sus círculos familiares y de amistad, para que dependan emocional y socialmente de los grupos de “itinerantes” y de la propia organización. Les asignan grupos de compañeros, orientadores o supervisores, que les monitorean diariamente, obligándoles a escribir tres veces al día por los chats y exigiéndoles que contacten inmediatamente al grupo cuando tengan deseos sexuales no heterosexuales. También les requieren que asistan a quedadas semanales en las que practican deporte, van a bares o al cine, con el objetivo de afianzar relaciones de “masculinidad sana”. Al integrarles de una forma tan completa en estos grupos, las víctimas cortan lazos con el resto de círculos y los perpetradores se aprovechan de ello para mantener un control leonino sobre ellas, así como para chantajearlas con el ostracismo en el caso de que no progresen adecuadamente.
Finalmente, en España, estos grupos también remiten a aquellas víctimas que “no avanzan en su recuperación de la cisheterosexualidad” a psiquiatras con los que colaboran. Estos, tras realizarles una suerte de cuestionarios que no están avalados por la práctica clínica, les diagnostican el origen de su homosexualidad, bisexualidad o identidad de género no cis, y les prescriben medicamentos para otras dolencias –generalmente para tratar trastornos bipolares, esquizofrenia o epilepsia–, entre cuyos efectos secundarios se encuentra la reducción o eliminación de la lívido. Es decir, se les medica para castrarles forzadamente.
– ¿Cuál es la responsabilidad de la Iglesia en estas prácticas?
– La Iglesia tiene una doble responsabilidad que, desgraciadamente, está ignorando de forma deliberada. En España, los principales perpetradores de “terapias de conversión” son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución. En concreto, estos grupos se llaman “Es Posible la Esperanza” y “Verdad y Libertad”, operando en distintas regiones de España y con muchas sedes organizadas jerárquica y estructuralmente.
Por un lado “Es Posible la Esperanza” o EPE fue fundada y es coordinada por Santiago Olmeda Sánchez – capellán del Convento Carmelitas Descalzas de Ruiloba en Cantabria– y por Belén Vendrell Sahuquillo –colaboradora del Centro Diocesano de Orientación Familiar Regina Familiae de Alcalá de Henares y mano derecha del obispo de Alcalá. En 2015, EPE remitió un dossier de 450 páginas a todos los Obispos españoles y otro con unos 118 testimonios de víctimas a la Santa Sede para solicitar que, de forma institucional, se impartieran “Itinerarios de Maduración Integral” para salir de la Atracción sexual al Mismo Sexo no deseada en todos los Centros Diocesanos de Orientación Familiar (COF) y en los Seminarios. Es decir, desde la institucionalidad se conoce que estas prácticas se llevan a cabo y, a pesar de ello, no se han puesto barreras para cortarlas de raíz.
No sólo eso, sino que diferentes personalidades de la Iglesia, obispos –como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge–en connivencia con seglares al frente de los diferentes COF –como José María Gea Rosat, Federico Mulet Valle, Isabel Lacruz Silvestre o Marisa Vendrell Sahuquillo– han promocionado los itinerarios ofrecidos por EPE, “acompañado” a personas en su proceso de maduración de la masculinidad/feminidad, captado a potenciales itinerantes y participado en las convivencias periódicas que se hacían en esta asociación, así como fungido como orientadores y miembros de los grupos de apoyo.
Por otro lado, está el caso de Verdad y Libertad (VyL), que es quizás todavía más sangrante. Esta agrupación, fundada en 2013 por Miguel Ángel Sánchez Cordón –un pediatra granadino actualmente jubilado– y Alberto López –que se desligó de la misma en 2015 y lucha contra las terapias desde entonces– ha sido abiertamente investigada por la Santa Sede en el año 2020. En diciembre de dicho año, el cardenal Beniamino Stella remitió un informe, que no se ha hecho público, a la Congregación para el Clero en el que concluía que “un grupo de 6 o 5 obispos” –entre los que se incluyen Xavier Novell i Gomà, Arturo Pablo Ros Murgadas o Francisco Javier Martínez Fernández– habrían colaborado en sus retiros, compartiendo su testimonio y derivando a jóvenes y adultos a las “terapias” que se practicaban en el seno de VyL.
En abril de 2021, la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española abordó este tema y el informe, limitándose a destacar que VyL no es una organización reconocida por la Iglesia y a animar a “quien se considere afectado o víctima que denuncie por la vía civil, porque desde el punto de vista canónico no se puede frenar lo que hacen”. Es decir, al igual que en el caso de los abusos sexuales a menores en la Iglesia, esta institución se ha desmarcado sin cesar a ningún miembro del clero ni publicar los informes y las investigaciones llevadas a cabo.
Junto a estos miembros de la Iglesia, operan otros sacerdotes de diferentes diócesis y parroquias como la Parroquia de San Mateo Apóstol, la de San Leandro Obispo, la de San Carlos Borromeo de Ontinyent, la de la Sagrada Familia de Torrent, la de la parroquia de S. Pío X de Algemesí o la de Nuestra Señora de la Merced y Santa Tecla. No sólo eso, sino que en VyL, para poder acceder a los grupos e iniciar el itinerario de 270 de castidad, Miguel Ángel obligaba a los futuros itinerantes a asistir durante 6 u 8 semanas a sesiones de “terapia psicológica” con Lourdes Illán Ortega o con Juan Mayo, quienes hacían un test para evaluar la herida de los pacientes y trabajaban fichas, por un “módico” precio de 60 euros/sesión.
Así mismo, tanto el Opus Dei como el Camino Neocatecumenal han colaborado con ambas organizaciones, remitiendo a jóvenes LGTBIQA+ a estos itinerarios, así como a conocidos psiquiatras ultra-conservadores como Aquilino Polaino o Enrique Rojas, que de acuerdo con el testimonio de estas víctimas, prescriben fármacos, previo pago de tarifas de entre 100 y 200 euros/sesión, pautados para tratar enfermedades y trastornos mentales graves como la bipolaridad, esquizofrenia o la epilepsia.
️ Las terapias de conversión siguen existiendo en pleno siglo XXI en España.
️ #SaúlCastro ha llevado a cabo una investigación durante tres años sobre esta práctica.
– El Gobierno está a punto de aprobar la ley que prohibirá las terapias de conversión.
– Bueno, realmente la Ley Trans y LGTBI no se ha aprobado todavía ni se sabe si se llegará a aprobar antes de que termine la legislatura. Lo que ha sucedido es que el Consejo de Ministros a aprobado el Anteproyecto de Ley Trans y LGTBI y ha acordado registrarlo como Proyecto de Ley ante el Congreso, comenzándose ahora el procedimiento de tramitación parlamentaria y pudiendo modificarse el texto mediante enmiendas.
Con respecto a la ley, el problema es que replica un modelo desfasado, inútil e inefectivo, ya que impone un prohibición genérica de “practicar terapias de conversión” y establece un régimen sancionador en el que se pena con multa a quienes las practiquen o las promuevan. Este régimen no es nuevo, sino que, en la actualidad, 8 Comunidades Autónomas –la Comunidad de Madrid,Andalucía, la Comunidad Valenciana, Aragón, la Región de Cantabria, Canarias, La Rioja y Castilla La Mancha– ya tienen un sistema sancionador. Sin embargo, en los seis años en que se han ido adoptando y entrando en vigor estas normas autonómicas, no se ha investigado ni sancionado firmemente ningún caso de práctica o promoción de “terapias de conversión”, a pesar de las numerosas denuncias interpuestas ante los órganos administrativos competentes, así como de los reportajes que han salido a la luz en los últimos años. Esto se debe a varios factores:
Por un lado, hay una ausencia de capacidad por parte de las autoridades autonómicas para investigar e imponer sanciones contra estas prácticas, que deriva de una imposibilidad competencial de ordenar la práctica de diligencias de investigación para esclarecer hechos, como la práctica de “terapias”, que no trascienden a la esfera pública, se lleva a cabo en locales privados de la Iglesia y se capta a las víctimas por redes de contactos y clientelares. Ello se debe a que, para la intervención de comunicaciones, entrada y registro de instalaciones; así como incautación de diferentes materiales, es necesaria la intervención judicial.
Paralelamente, los procedimientos de naturaleza sancionadora se inician siempre de oficio por acuerdo del órgano competente, sin reconocer ningún derecho a las víctimas o a la sociedad civil más allá de conocer la decisión de sobre la iniciación del procedimiento o el archivo de las denuncias. Ello impide que las víctimas o la ciudadanía pueda participar efectivamente en la investigación de estos abusos, y abre la mano a que los órganos competentes no actúen con el celo necesario, limitando las posibilidades de que rindan cuentas por su inacción. Por ejemplo, el único caso de “terapias de conversión” que fue sancionado, en septiembre de 2019, fue anulado por el 13 de julio de 2021, por la sentencia núm. 898/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se indicaba que la Comunidad de Madrid había tardado más de 31 meses en instruir el procedimiento vulnerando los derechos de la sancionada, actuando de forma fraudulenta.
Análogamente, el 5 de noviembre de 2021, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social acordó no iniciar un procedimiento sancionador, tras 31 meses de espera, contra el Obispado de Alcalá alegando que sólo disponía de pruebas obtenidas sin el consentimiento de los infractores. A la sociedad civil, nos notificaron esta decisión en mayo de 2022, cuando ya habían prescrito las infracciones. Este hecho, deja entrever que el modelo de tutela administrativa de estos abusos se queda absolutamente corto ya que las autoridades competentes no tienen facultades para ordenar la práctica de diligencias de investigación necesarias, para las que sería necesario contar con la intervención de un órgano judicial.
Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, las resoluciones sobre las denuncias interpuestas en 2020 contra las comunidades evangélicas que hacían exorcismos en Madrid para “expulsar la homosexualidad” así como contra una coach madrileña que ofrece un curso online titulado “Camino a la heterosexualidad”; Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, las resoluciones sobre las denuncias interpuestas en 2020 contra las comunidades evangélicas que hacían exorcismos en Madrid para “expulsar la homosexualidad”. Así mismo, ni el Govern de la Comunidad Valenciana ni la Junta de Andalucía han actuado contra la asociación Verdad y Libertad, a pesar de que se han denunciado estos hechos.
En segundo lugar, las sanciones que llevan aparejadas las infracciones de terapias de conversión no son eficaces ni disuasivas para los perpetradores. En el caso de Elena Lorenzo de septiembre de 2019, esta “coach de identidad” que diagnostica Trastorno Obsesivo Compulsivo Homosexual y promete curarlo a través de su web profesional, esta señora fue sancionada con una multa de 20.001 euros –anulada posteriormente. La cuantía de esta multa fue recaudada en menos de dos semanas a través de una campaña de crowdfunding orquestada por Hazte Oir. Elena Lorenzo nunca cesó, y continúa a día de hoy, ofreciendo estos servicios previo pago de 80 euros/sesión.
Por tanto, el empleo de sanciones exclusivamente económicas para frenar a unos perpetradores apoyados por redes influyentes y con gran capital económico, no es eficaz, suficiente ni útil.
En tercer lugar, el contexto criminológico en el que se producen y perpetran las “terapias de conversión” en España determina que las víctimas tarden muchos años en decidir ejercer acciones o visibilizar la violencia a la que han sido sometidas. Diversos estudios, como el titulado “Conversion Therapy and LGBT Youth” y publicado por el Williams Institute, indica que más de la mitad de las víctimas de “terapias de conversión” las sufren durante su minoría de edad.
Paralelamente, el estudio “The Global State of Conversion Therapy. A Preliminary Report and Current Evidence Brief”, de la LGBT Foundation, señala que sólo una de cuatro víctimas se somete a terapias de conversión sin coacciones de su entorno y que, entre las restantes, un 22% asiste por presión familiar, un 11% por recomendación de su comunidad/líderes religiosos y hasta un 17,5 % por insistencia de profesionales de la salud, autoridades educativas o de sus propios empleadores. Este contexto victimológico determina que las víctimas no tengan posibilidad ni incentivos para denunciar ante las autoridades administrativas y sufrir un procedimiento que las revictimice y las aísle de sus entonos.
Finalmente, los tipos penales existentes –estafa, intrusismo profesional, delitos contra los consumidores o el delito de lesiones– no cubren suficientemente los contextos en que se dan estas prácticas y sólo se centran en las consecuencias de las conductas materiales, ignorando lo criminalmente reprobable de las ‘terapias de conversión’ en sí. Es decir, su objetivo tendente a la eliminación y represión de la identidad y de la diversidad sexual y de género.
Es por todo esto que desde No Es Terapia exigimos ahora a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados que modifiquen el Código Penal, creando un tipo delictivo autónomo que criminalice la práctica de terapias de conversión, tal como se ha hecho en 44 jurisdiccionesentre las que se incluye Francia, Malta, Alemania, Canadá, Nueva Zelandia, Ecuador o diferentes Estados Mexicanos.
En abril del mismo año también se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y en mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).
En Europa la pionera fue Malta, que aprobó una ley en 2016. Irlanda y el Reino Unido también están dando pasos en esta dirección. La siguió Alemania el año pasado, aunque con un texto limitado a los menores de edad y con ciertas ambigüedades que el próximo Gobierno de Olaf Scholz se ha comprometido a revisar. El próximo país en sumarse será posiblemente Francia, cuya Asamblea Nacional aprobó en octubre, también por unanimidad, el veto a las pseudoterapias de conversión. Irlanda ha dado pasos en la misma dirección, antes de la disolución del Parlamento con la convocatoria de elecciones en 2020, y también se debate sobre el asunto en Austria. En mayo de este año, el Gobierno británico de Boris Johnson anunció un proyecto de ley, mientras que en Albania existe un veto de facto, toda vez que el colegio de Psicología prohíbe a sus miembros la práctica de cualquier procedimiento encaminado a intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género, ya sea en menores de edad o en adultos.
En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre “ayudar a cambiar sentimientos homosexuales”. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…
«No» rotundo de los especialistas a las pseudoterapias reparadoras
La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles «terapias»reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.
En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.
Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.
Cuatro casas se han incendiado hasta los cimientos dejando a tres personas en el hospital después de que matones “violentos anti-LGBTQ+” prendieron fuego a una bandera del Orgullo.
El incendio fue provocado por los asaltantes el miércoles por la mañana (15 de junio) en Baltimore, Maryland, y se dice que tres de los hospitalizados llegaron en estado crítico.
Desde entonces, dos de los heridos fueron dados de alta del hospital y el último paciente pasó a ser “estable” después de que los tres fueran tratados en la unidad de traumatismos, según el reportero de CBS News Mike Hellgren.
Las autoridades asistieron a la escena en la cuadra 300 de E. 31st Street, donde ocurrieron dos incidentes separados de incendio provocado. Uno donde se prendió fuego a una bandera del Orgullo y otro al otro lado de la calle donde una casa adornada con adornos del Orgullo estaba en llamas de manera similar.
Last night, here in Maryland, someone set fire to a pride flag in front of a home. 3 homes burned down.
El comisionado de policía Michael Harrison explicó durante una rueda de prensa: “Esta es una investigación en curso para determinar los hechos, para determinar la causa, y en este momento, no estamos preparados ni equipados para determinar la causa o los hechos de cómo comenzó”.
El informe llegó aproximadamente a las 4:30 am, y la primera unidad llegó en siete minutos, según el jefe de bomberos Niles Ford. El fuego finalmente fue contenido antes de las 5:00 am.
El alcalde de Baltimore, Brandon Scott, dijo: “Mis agencias traerán todos los recursos apropiados para llegar al fondo de este trágico evento. Independientemente, sigo siendo solidario con nuestra comunidad LGBTQ+”.
La policía está tratando el incendio como un caso de quema maliciosa según un portavoz. Los investigadores están siendo asistidos por la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF).
“Les daremos tiempo para hacer su trabajo”, dijo el alcalde Scott. “Como siempre lo hacen en estos casos, para asegurarse de que averigüemos qué sucedió realmente aquí”.
Varios vecinos respondieron frustrados por los incendios, diciendo a CBS Baltimore que “el odio se ha desatado en este país” y pidiendo simplemente “dejar a la gente en paz”.
Esto ocurre solo un día después de que se quemara el bar gay más antiguo de Detroit. El incendio se produjo a las 10.30 horas del martes (14 de junio), y la tripulación evacuó a todos los que se encontraban en la zona para hacer frente al fuego.
Un círculo que se cierra de manera satisfactoria: la justicia búlgara ha ordenado la emisión de un documento de identidad a la menor nacida en Barcelona de un matrimonio entre una mujer búlgara y una gibraltareña. Se trata de la ejecución de la sentencia europea que estableció hace unos meses que los países de la Unión están obligados a reconocer los documentos de filiación expedidos en otros países miembros, aunque contravengan su legislación nacional. Concluye un largo proceso legal por los derechos de una niña en estado de apatridia.
El caso, que hemos seguido en detalle en dosmanzanas, se refiere a la demanda interpuesta en Bulgaria por VMA, nacional de aquel país, que en 2018 se casó en Gibraltar con KDK, natural de la dependencia británica. En diciembre de 2019, el matrimonio tuvo una hija (SDKA) en Barcelona, donde actualmente residen. El registro civil español otorgó un certificado de nacimiento en el que constan las nacionalidades búlgara y británica de las madres. A pesar de haber nacido en España, la menor no tiene derecho a la nacionalidad española porque ninguna de sus progenitoras la ostenta. La cónyuge gibraltareña tampoco puede transmitirle su ciudadanía británica si la menor ha nacido en un tercer país, por lo que la única opción para la menor era adquirir la nacionalidad búlgara de su otra madre.
Iniciado el trámite, uno de los requisitos para obtener un documento de identidad búlgaro era la presentación de un certificado de nacimiento expedido por las autoridades de aquel país. VМА solicitó entonces al municipio de Sofía que le expidiera uno para SDKA. Para ello, junto a la solicitud, presentó una traducción al búlgaro, jurada y legalizada, del asiento del Registro Civil español relativo al certificado de nacimiento de SDKA. El municipio de Sofía requirió a VМА que aportase pruebas relativas a la identidad de la madre biológica de la niña, argumentando que el modelo de certificado de nacimiento en vigor en Bulgaria prevé una única casilla para la «madre» y otra casilla para el «padre», y tan solo puede inscribirse un nombre en cada una de ellas.
VМА consideró que no estaba obligada a facilitar esa información, por lo que el municipio de Sofía denegó la expedición del certificado de nacimiento, basándose en la falta de información acerca de la identidad de la madre biológica de la niña. También resolvía que la mención en el certificado de nacimiento de dos mujeres contravenía la legislación de Bulgaria, que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Tras la denegación, la menor quedaba en situación de apatridia, sin posibilidad de desplazarse por los países de la Unión Europea, lo que suponía no poder visitar a su familia en Bulgaria. VMA decidió interponer recurso ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sofía. Puesto que afectaba a los derechos de los ciudadanos comunitarios, el tribunal búlgaro decidió iniciar un procedimiento prejudicial solicitando un dictamen al TJUE. Se preguntaba si la negativa de inscripción del nacimiento de la menor de nacionalidad búlgara no vulneraba su derecho a la libre circulación y al pleno disfrute de sus derechos como ciudadana de la Unión.
En abril del año pasado, la abogada general del TJUE Juliane Kokott emitió un informe favorable a la familia y al derecho de la menor a la nacionalidad búlgara. La opinión de Kokott reconocía la potestad de las autoridades búlgaras de rechazar la inscripción de las dos mujeres como madres de la niña en la partida de nacimiento, pero afirmaba que la menor tenía derecho a recibir un documento de identidad en el que se reflejase la parentalidad de ambas para que la menor pudiera viajar con cualquiera de ellas por separado.
Finalmente, en diciembre del año pasado la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia, en la que interpretó las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en lo que afecta a este caso en cuestión. Para el TJUE, «en el caso de un menor ciudadano de la Unión cuyo certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes del Estado miembro de acogida designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, el Estado miembro del que el menor es nacional está obligado, por una parte, a expedirle un documento de identidad o un pasaporte sin exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por otra parte, a reconocer, al igual que cualquier otro Estado miembro, el documento procedente del Estado miembro de acogida que permita al menor ejercer con cada una de esas dos personas su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros».
El tribunal europeo trasladaba la cuestión a la justicia búlgara, a la que exigía facilitar la expedición de un pasaporte o documento de identidad a SDKA en el que conste su nacionalidad y que es hija de VMA y KDK, de manera que pueda circular libremente por la Unión Europea acompañada de cualquiera de sus progenitoras. Sin embargo, la sentencia también aclara que el reconocimiento de la filiación de SDKA, con el objetivo de preservar sus derechos como ciudadana de la Unión, no implica que Bulgaria esté obligada a contemplar en su Derecho nacional la parentalidad de personas del mismo sexo ni su matrimonio, al ser competencia exclusiva de los Estados miembros de la Unión. Pero sí debe reconocerlos en lo que respecta a los derechos fundamentales comunitarios.
La trasposición de la sentencia europea por parte de la justicia búlgara ha tardado cinco meses en producirse. El Tribunal Administrativo de Sofía ha ordenado al ayuntamiento de la capital la emisión de un certificado de nacimiento en el que conste la filiación de ambas madres. SDKA recibirá un documento de identidad que acredite dicha filiación, adquirirá así la nacionalidad búlgara de su progenitora oriunda de dicho país y podrá por fin moverse libremente por la UE con cualquiera de sus madres. Desde ILGA-Europa se han felicitado por la noticia y confían en que las autoridades búlgaras emitan a la mayor brevedad los correspondientes documentos para la menor.
“Castigarlos fue una violación del derecho constitucional a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.
Espaldarazo de la justicia surcoreana a la igualdad LGTBI. El Tribunal Supremo del país asiático ha anulado la condena a dos soldados varones por mantener relaciones sexuales entre ellos. Las relaciones entre personas del mismo sexo en el seno del ejército están penadas con hasta dos años de cárcel según el código penal militar, y en 2017 se desató una caza de brujas contra soldados sospechosos de ser gais. El alto tribunal considera ahora que la sentencia vulneró el derecho de los acusados a la autonomía sexual, a la igualdad de trato y no discriminación y a la búsqueda de la felicidad, puesto que los hechos se produjeron fuera del servicio y de las instalaciones militares.
La Corte Suprema de Corea del Sur anuló las condenas de dos soldados que habían sido acusados de tener relaciones sexuales consentidas mientras estaban fuera de su base. El fallo histórico, que se emitió el 21 de abril, declaró que la prohibición de actividades homosexuales del país, de décadas de antigüedad, no debería aplicarse al sexo gay fuera de un entorno militar.
La Ley Penal Militar establece que quienes participen en “relaciones sexuales anales u otros actos indecentes” deben enfrentarse a hasta dos años de prisión, medida que anteriormente se utilizaba para castigar al personal militar que practicaba sexo homosexual consentido.
En abril de 2017, el Centro de Derechos Humanos Militares de Corea (MHRCK) publicó un detallado informe en el que denunciaba una persecución organizadacontra soldados sospechosos de ser gais. El organismo apuntaba directamente al jefe del Estado Mayor del ejército surcoreano, al que acusó de utilizar métodos que vulneran los derechos humanos para extraer confesiones e incluso ofrecerles a los acusados la posibilidad de «corregir» su orientación sexual. Las relaciones homosexuales entre miembros de las fuerzas armadas del país, ya sean soldados o reclutas, están penadas con hasta dos años de cárcel.
El mando militar presentó cargos contra 32 soldados. Dos de ellos fueron condenados a tres y cuatro meses de prisión y presentaron recurso contra la sentencia. Se descubrió que dos acusados, un primer teniente y un sargento mayor de diferentes unidades, habían tenido relaciones sexuales en una casa privada en 2016 en un momento en que no estaban trabajando. El teniente fue sentenciado a cuatro meses tras las rejas y el sargento a tres, aunque estas sentencias fueron suspendidas cuando los hombres apelaron la decisión.
El Tribunal Supremo les ha dado ahora la razón y considera que la condena vulnera su derecho a la libertad sexual, así como a la igualdad y la búsqueda de la felicidad. Subraya además que los hechos tuvieron lugar en privado, con consentimiento y fuera del horario de servicio. La Corte Suprema ahora ha anulado los cargos de los hombres de violar el código militar. Castigarlos fue una violación de “su autonomía sexual” y “el derecho garantizado constitucionalmente a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.
“Las ideas específicas de lo que constituye una indecencia han cambiado de acuerdo con los cambios en el tiempo y la sociedad”, dijo el presidente del Tribunal Supremo, Kim Myeong-su, durante la decisión, según Associated Press. “La opinión de que la actividad sexual entre personas del mismo sexo es una fuente de humillación sexual y repugnancia para las personas comunes y objetivas y va en contra del sentido moral decente difícilmente puede aceptarse como un estándar moral universal y adecuado para nuestros tiempos”.
El caso ahora ha sido enviado de vuelta a un tribunal militar inferior para su revisión. “Esta decisión pionera es un triunfo importante en la lucha contra la discriminación que enfrentan las personas L.G.B.T.I. personas en Corea del Sur”, dijo a The New York Times Boram Jang, investigador de Asia Oriental de Amnistía Internacional. “La criminalización de los actos sexuales consentidos entre personas del mismo sexo en el ejército de Corea del Sur ha sido durante mucho tiempo una violación impactante de los derechos humanos, pero el fallo de hoy debería allanar el camino para que el personal militar viva libremente sus vidas sin la amenaza de enjuiciamiento”.
La ley en cuestión ha sido ampliamente condenada por activistas LGBTQ+ que han dicho que apunta injustamente a los soldados homosexuales. Por ello, activistas pro derechos humanos han saludado la sentencia e instan al Gobierno a reformar la legislación para eliminar la penalización de las relaciones homosexuales.
El código penal militar surcoreano no distingue actualmente entre relaciones consentidas o no y califica todo el sexo entre hombres como una «violación recíproca». Un tribunal militar decretó en 2010 la ilegalidad de esta norma por juzgarla contraria a las libertades individuales de los miembros de las fuerzas armadas. Esta decisión fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que revirtió el fallo del tribunal militar y juzgó que el veto a los soldados homosexuales no es discriminatorio. Corea del Sur es, junto con Turquía, uno de los pocos países de la OCDE que no les permite servir abiertamente.
La situación de la comunidad LGTBI en el país asiático es manifiestamente mejorable, y algunos de los problemas más graves se dan precisamente en el ámbito de las fuerzas armadas. Además de la persecución a los soldados gais, los hombres trans son considerados no aptos para servir y las mujeres trans están obligadas a servir como hombres a no ser que se sometan a una cirugía de reasignación u obtengan un diagnóstico de «trastorno de la identidad de género».
En marzo del año pasado se encontró el cuerpo sin vida de la exsoldada Byun Hee-soo, expulsada del ejército tras someterse a una operación de reasignación en Tailandia. Byun se había alistado en el Ejército surcoreano bajo identidad masculina y, tras la intervención, solicitó continuar sirviendo como mujer. Las autoridades, sin embargo, se lo denegaron y calificaron la pérdida de los genitales masculinos como una «discapacidad física». Varios meses después de su muerte, un tribunal decretó que la expulsión no se había ajustado a la ley.
El ultraconservador Viktor Orbán ha vuelto a imponerse en las elecciones parlamentarias que han tenido lugar este domingo en Hungría. Sin duda, una mala noticia para los ciudadanos LGTBI de ese país. Sin embargo, la jornada electoral nos deja una noticia prometedora: el referéndum homófobo y tránsfobo que Orbán había convocado con objeto de conseguir el refrendo público de sus medidas contra la población LGTBI y sacar pecho ante la Comisión Europea ha fracasado, al no haber obtenido el número mínimo de votos válidos.
El referéndum se articulaba en torno a cuatro preguntas: «¿Apoya la enseñanza de la orientación sexual a menores de edad en las instituciones de educación pública sin el consentimiento de los padres?», «¿Apoya la promoción de las terapias de reasignación de sexo para niños menores de edad?», «¿Apoya la exposición de los niños menores de edad a contenidos sexualmente explícitos que puedan afectar su desarrollo?» y «¿Apoya que se difunda en medios contenido sobre cambio de sexo a menores?». Al margen de lo tramposo de las preguntas, su objeto no era otro que el de sacar músculo ante la Comisión Europea y vender que las recientes leyes anti-LGTBI cuentan con el respaldo masivo de la población húngara.
La convocatoria del referéndum había sido criticada por organizaciones de defensa de los derechos LGTBI, que sin embargo se mostraban esperanzadas por algunos datos que muestran que la retórica anti-LGTBI de Orbán no cuenta con el respaldo mayoritario de la población húngara. Desde ILGA-Europa, por ejemplo, se recordaba el pasado viernes el récord de asistentes al Orgullo de Budapest en julio pasado, cuando unas 35.000 personas marcharon por las calles de la capital húngara en favor de los derechos LGTBI. También recordaba que según una encuesta representativa encargada por Amnistía Internacional y la Sociedad Háttér y realizada por la agencia Medián entre el 13 y el 19 de julio de 2021, el 73% de los húngaros rechaza la idea, promovida por el Gobierno de Orbán, de que las personas LGTBI abusan o dañan a los niños. Una clara mayoría (74,5%) creía además que las personas transgénero deberían modificar su género y nombre en los documentos oficiales, mientras que el 59% apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo.
De hecho, las organizaciones LGTBI húngaras se mostraban esperanzadas de que el referéndum fracasaría, al no ser capaz de alcanzar el mínimo del 50% de votos emitidos válidos. Para conseguir ese objetivo, llamaban no a votar no o a abstenerse, sino a invalidar su papeleta de voto en el referéndum. Así ha sido: para conseguir que el referéndum fuese válido, debían alcanzarse en torno a los 4,1 millones de votos válidos (el censo electoral asciende a algo más de 8,2 millones de personas). Sin embargo, al 96% del escrutinio, el número de votos válidos se encontraba en torno a los 3,4 millones, muy lejos del umbral necesario. 2,7 millones habían votado «no» a las 4 preguntas, mientras que el número de votos inválidos superaba el millón y medio.
Cabe precisar que el fracaso del referéndum no impide que la ley siga en vigor, pero sí que supone un cierto varapalo para la estrategia anti-LGTBI de Orbán y para su enfrentamiento, en esta materia, con la Comisión Europea.
Hungría: la avanzadilla europea de la LGTBIfobia de Estado
El Gobierno de Viktor Orbán comenzó una nueva escalada legislativa contra la comunidad LGTBI húngara aprovechando la pandemia del coronavirus. En marzo de 2020, tras asumir Orbán poderes extraordinarios, su número dos, Zsolt Semjén, presentaba un proyecto de ley que entre otras medidas incluía una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrase en vigor la norma que durante ese tiempo sí que permitió a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a someterse a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación. Finalmente, el 19 de mayo de 2020 la Asamblea Nacional aprobaba la ley que incluye la reforma tránsfoba.
Pero el Gobierno de Orbán no paró tras este retroceso sin precedentes. Envalentonado por la falta de contundencia de sus socios europeos y aprovechando de nuevo el agravamiento de la pandemia por coronavirus, promovió una reforma constitucional que recoge «el derecho de los niños a la propia identidad de acuerdo con su género de nacimiento», prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo e impone que la educación en las escuelas húngaras se inspire en «la identidad constitucional de nuestro país y la cultura cristiana». Además, la negación de la homoparentalidad recogida en la ley fundamental se completó con la aprobación de otra ley que limita la adopción de menores a las parejas casadas (y, por tanto, necesariamente de distinto sexo). La adopción por parte de personas solteras, única vía a la que hasta entonces se podían acoger las parejas del mismo sexo, solo se otorgaría ya en casos excepcionales y previa autorización del ministerio de Asuntos Familiares.
Posteriormente, en junio de 2021, el Parlamento unicameral húngaro aprobó la ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores, y que era el que ahora Orbán pretendía refrendar públicamente. El texto, calificado por el activismo como una versión de la ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluyó en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, corroborando su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. La ley afecta a ámbitos como la enseñanza escolar, que se ve sometida a censura, porque se prohíbe la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género a los alumnos, mientras que la educación sexual, en cualquier caso, solo podrá ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, cerrando definitivamente la puerta a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos. Pero también se ve concernida la propia libertad de expresión, pues se prohíbe la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También se prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio». Muestra de ello es la primera norma surgida en aplicación de la ley, un decreto aprobado en el mes de julio pasado, que ordena el sellado y envoltorio de los libros dirigidos a menores que «promuevan» la homosexualidad o la reasignación de género o contengan descripciones de sexualidad «explícita». Se prohíbe la venta de estos libros, vayan dirigidos a menores o adultos, a menos de doscientos metros de una iglesia o un colegio.
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