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La Fiscalía pide pena de cárcel para un pastor evangélico y su esposa, a los que acusa de maltrato homófobo a su hijo

Miércoles, 7 de septiembre de 2022
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HomofobiaNuevo caso de violencia homófoba en el seno de una familia. Un matrimonio (él pastor de un culto evangélico) ha sido acusado por la Fiscalía de maltratar de forma repetida a su hijo y a la pareja de este por ser gais.

La noticia la ha difundido la agencia EFE y la han recogido Heraldo de Aragón y Nius. Según la versión del hijo, a la que la Fiscalía da credibilidad, este se vio obligado a abandonar su domicilio familiar en Terrassa (Barcelona) a principios de 2017 ante la marcada homofobia de sus padres, temeroso de que estos llegaran a ser conscientes de su homosexualidad. Los padres se personaron en repetidas ocasiones en el instituto del chico, tensionando la situación hasta el punto de que tuvo lugar una reunión en el propio centro en la que el hijo, acompañado de personal docente, explicó finalmente a sus padres que era gay y que tenía pareja.

El hecho de que el hijo estuviera arropado por personal docente no calmó a los padres, que no aceptaron la situación y continuaron acosándolo con argumentos abiertamente homófobos y diciéndole que si se arrepentía «Dios lo iba a curar». Tiempo después el hijo, acompañado de su pareja, concertó una cita con los padres en plena calle para que estos le devolvieran documentación, encuentro en el que hubo insultos, forcejeos y golpes.

La Fiscalía atribuye a los padres dos delitos contra la integridad moral o alternativamente de lesiones contra la integridad de la persona y, además, uno de maltrato y otro de lesiones, solicitándo dos años y cuatro meses de cárcel para el padre, pastor evangélico, y año y medio para su esposa. Por lo que se refiere al episodio del forcejeo, sobre el que hay denuncias cruzadas, la Fiscalía pide la absolución de los dos jóvenes y limita la acusación a los padres del chico.

Fuente Dosmanzanas

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El Gobierno de Uganda suspende las actividades de Sexual Minorities of Uganda (SMUG), la principal asociación LGTBI del país

Martes, 23 de agosto de 2022
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36D4B3BF-D6C7-4B2D-9CDA-A1495AA57239El Gobierno de Uganda ha suspendido las actividades de SMUG (Sexual Minorities Uganda), la principal organización de defensa de los derechos de las personas LGTBI.Utilizando un subterfugio legal, la administración ugandesa trata de acallar cualquier voz que se oponga a la persecución de las minorías sexuales, en un país donde las relaciones homosexuales están castigadas con penas que pueden llegar a la cadena perpetua. Según Frank Mughisa, director ejecutivo de SMUG, la suspensión está dictada por grupos homófobos y tránsfobos que se han infiltrado en la administración ugandesa.

El pasado 3 de agosto, la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales de Uganda se puso en contacto con la organización SMUG para ordenarle el cese inmediato de sus actividades por no estar registrada como ONG. Según Stephen Okell, supervisor de la agencia gubernamental, SMUG estaba funcionando «ilegalmente».

Sin embargo, SMUG emitió un comunicado en el que informaba de cómo fue rechazada su solicitud de inscripción debido a que consideraron que su nombre, que hacía referencia a las minorías sexuales, era «inapropiado». Esa negativa fue recurrida ante los tribunales, que corroboraron la decisión de la agencia.

El comunicado de SMUG es el siguiente:

Declaración sobre el cese de las actividades de Sexual Minorities Uganda por parte de la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales

El miércoles 3 de agosto de 2022, la Oficina Nacional de Organizaciones No Gubernamentales, el organismo gubernamental que regula las ONG en Uganda, suspendió las actividades de Sexual Minorities Uganda por no estar registrada en la Oficina de ONG.

Cabe señalar que en 2012, Frank Mugisha y otros solicitaron a la Oficina de Servicios de Registro de Uganda (URSB), en virtud del artículo 18 de la Ley de empresas de 2012, el registro del nombre de la entidad propuesta. En una carta fechada el 16 de febrero de 2016, la URSB rechazó la solicitud de registro del nombre «Minorías Sexuales de Uganda» por considerar que dicho nombre era «indeseable y no registrable que la empresa propuesta se constituya para defender los derechos y el bienestar de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transexuales y queer, que se dedican a actividades etiquetadas como actos delictivos en virtud del artículo 145 de la Ley del Código Penal». Una decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de Uganda.

La negativa a legalizar las operaciones de SMUG, que buscan proteger a las personas LGBTQ que siguen sufriendo una gran discriminación en Uganda, fomentada activamente por líderes políticos y religiosos, fue un claro indicador de que el gobierno de Uganda y sus organismos son inflexibles y tratan a las minorías sexuales y de género ugandesas como ciudadanos de segunda clase. Esto compromete aún más los esfuerzos para exigir mejores servicios sanitarios y agrava el ya de por sí inestable ambiente para la comunidad LGBTQ.

«Se trata de una clara caza de brujas arraigada en la homofobia sistemática que está alimentada por los movimientos antigay y antigénero que se han infiltrado en las oficinas públicas con el objetivo de influir en la legislación para borrar a la comunidad LGBTQ».

Frank Mugisha, activista gay ugandés.

El articulo 145 del Código Penal al que se refería la URSB es el que castiga las relaciones homosexuales con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua. Existe, además, un proyecto de ley para endurecer aún más esas penas, aprobado por el Parlamento de Uganda en mayo de 2021, que fue devuelto por el presidente Yoweri Museveni para solventar algunos problemas de procedimiento, pero que aún está en trámite parlamentario.

SMUG, como coordinadora y proveedora de amparo legal ha sido decisiva en que los tribunales ugandeses hayan sido renuentes a aplicar el artículo 145, obligando incluso a que la policía utilice subterfugios como el incumplimiento de las medidas de protección contra la epidemia de la COVID-19 para efectuar redadas y detenciones masivas. También fue quien logró que los tribunales impidieran la publicación de listas de personas LGTBIpara su escarnio social. Un miembro destacado de SMUG fue el recordado activista David Kato, que fue brutalmente asesinado en su domicilio en 2011.

Numerosas asociaciones de defensa de los derechos LGTBI, como Council for Global Equality, OutRight Action International y Pan Africa ILGA han condenado firmemente la suspensión de las actividades de SMUG. Por su parte, en su cuenta de Twitter, SMUG ha compartido un mensaje contundente: «Volveremos».

La difícil situación de la comunidad LGTBI en Uganda   

La situación de las personas LGTBI en Uganda es muy complicada. Como señalábamos anteriormente, el artículo 145 del Código Penal castiga con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua a aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El mero intento de mantener relaciones homosexuales o lo que se denominan «prácticas indecentes» se castiga con hasta siete años de prisión. En 2017, el Orgullo LGTBI de Uganda tuvo que ser cancelado tras amenazar el Gobierno de este país africano con detenciones masivas. Unas amenazas que, unidas al antecedente de 2016 (cuando la policía ugandesa interrumpió la celebración y detuvo a varios activistas), llevaban a los activistas LGTBI ugandeses a dar prioridad a su seguridad.

Pero la durísima normativa no parece satisfacer a los LGTBIfobos. La presidenta del Parlamento, Rebecca Kadaga, insistía en 2016 en reintroducir un proyecto de ley que endurecía el trato penal a la homosexualidad, con la pretensión de establecer la pena de muerte en determinados casos, y a la cual ella misma llegó a llamar «un regalo de Navidad». El proyecto había sido aprobado por el Parlamento en diciembre de 2013, pero finalmente fue invalidado por el Tribunal Constitucional a causa de una falta de procedimiento: se había votado sin el quórum necesario. El nuevo Proyecto de Ley de Delitos Sexuales de 2021, pendiente de revisión por el Parlamento, trata de recuperar muchos de los aspectos del frustrado en 2016.

Lo que no dejan de sucederse son los ataques a la libertad de reunión y asociación. En 2015, de hecho, se aprobó una ley, y esa sí está en vigor, que permite al gobierno tener un control férreo sobre las ONG y asociaciones del país, pudiendo no autorizar sus actividades e incluso disolverlas si no se adecuan al «interés público» o si son «contrarias a la dignidad del pueblo de Uganda». Las asociaciones LGTBI ya avisaron de su peligro, ya que los activistas que trabajen en una organización que no cuente con el visto bueno del gobierno pueden llegar a ser encarcelados. Ello supone llevar la lucha por los derechos LGTBI a la ilegalidad.

Por fortuna, el Tribunal Constitucional de Uganda aliviaba un poco la presión a finales de 2016, al declarar contraria a derecho la normativa que impedía a determinados grupos, marcados en la ley como «inmorales o socialmente inaceptables», la posibilidad de reclamar ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en los casos de discriminación. Entre los colectivos señalados se encontraban el de las personas LGTBI (para quienes fue diseñada especialmente la norma), los trabajadores del sexo o las personas que viven con el VIH.

Pero conviene tener en cuenta que no todo depende del marco jurídico: la sociedad civil ugandesa también es fuente de ataques homófobos. Un ejemplo es el intento de linchamiento a un grupo de hombres homosexuales o los ataques que reciben los activistas que intentan llevar adelante la lucha. En octubre del año pasado recogíamos nuevos casos de violencia social y policial espoleada por las declaraciones de un ministro que animaban a reabrir el debate sobre la pena de muerte para las relaciones entre personas del mismo sexo.

En abril del pasado año, tras huir de Uganda, un refugiado gay se ahorcaba junto a la sede de la ACNUR en Nairobi (Kenia). Otro refugiado contaba: “Cuando eres gay en Uganda, no se te considera una persona”. Quedaba demostrado que el colectivo LGTB+ en Uganda sufre un aislamiento continuo…

En 2019, el ministro de seguridad de Uganda había llamado “terroristas” a las personas LGBT+en un visceral ataque contra un candidato presidencial y sus partidarios. Pero, en un paso màs de esta escalada homófoba, el gobierno de Uganda anuncio que las condenas con pena de muerte volverán a ser vigentes, cinco años después de que las anularan. Según fuentes, con esto quieren frenar el aumento de relaciones sexuales no naturales del país.

En agosto, una mujer LGTBI que buscó asilo en el Reino Unido y fue deportada a Uganda -donde el sexo gay es ilegal- ha contado cómo fue perseguida y violada en grupo a causa de su sexualidad. La mujer, conocida sólo como PN, regresó al Reino Unido el lunes 5 de agosto después de que el Tribunal Supremo dictaminara que la decisión de rechazar su solicitud de asilo era ilegal.

La valiente e importantísima labor del activismo LGTB de este país se veía reconocida, en todo caso, a finales de 2017, cuando el Gobierno Vasco reconocía con el Premio René Cassin 2017 el activismo LGTB de la asociación africana Sexual Minorities Uganda.

En fin, si ponemos en el buscador el nombre de Uganda… el horror es cotidiano.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Gobierno de Singapur estudia la despenalización de las relaciones homosexuales entre varones

Martes, 16 de agosto de 2022
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efa140786f9f0e97El ministro de Justicia e Interior del Gobierno de Singapur ha informado de que se está estudiando la derogación del artículo 377-A del Código Penal, que castiga las relaciones homosexuales entre varones, pero blindando completamente la definición actual del matrimonio como la unión de un hombre y una mujer ante posibles desafíos legales en los tribunales. La Iglesia católica presiona para que esa definición permanezca, aunque se atisba un pequeño avance en su postura al no oponerse directamente a la despenalización de la homosexualidad. Desde el activismo LGTBI, la prioridad reside precisamente en la desaparición definitiva del artículo 377-A sin que, por el momento, se promueva la revisión de la definición del matrimonio.

763DAE30-5E5C-4DFC-8378-62AE2BD2966FEl ministro de Justicia e Interior de Singapur, Kasiviswanathan Shanmugam, informó a través de las redes sociales de que su Gobierno está revisando actualmente la reforma del Código Penal para derogar el artículo 377-A, que castiga las relaciones homosexuales entre varones hasta con dos años de prisión. A su vez, aclaró que esta reforma iría unida a un blindaje aún mayor de la definición del matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, para que no pueda ser impugnada en los tribunales. «Ahora estamos estudiando la mejor manera de lograr este equilibrio», concluyó el ministro.

El artículo 377-A, heredero de la legislación colonial británica, solo se está aplicando en la práctica en los casos en que las relaciones sexuales entre varones sean públicas, no en el ámbito privado, al ser definidas como actos de «indecencia grave». Sin embargo, sigue suponiendo un evidente caso de discriminación, puesto que el mismo criterio no se aplica a las relaciones heterosexuales. En varias ocasiones, la Alta Corte de Singapur ha rechazado declararlo inconstitucional, puesto que la Carta Magna del país asiático no protege específicamente contra la discriminación por razón de sexo u orientación sexual. La derogación de la sección 377-A queda así en manos del poder legislativo.

Por su parte, la Iglesia católica, con cierta influencia en un país mayoritariamente budista, se opuso en su día a la despenalización de las relaciones homosexuales con una carta pastoral en la que se prevenía contra la posibilidad de que a la derogación del artículo 377-A siguieran nuevas reivindicaciones de la comunidad LGTB, como el reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo. En esta ocasión, tras las declaraciones del ministro de Justicia e Interior, la archidiócesis de Singapur ha emitido un comunicado en el que aplaude y apoya «la clara articulación del gobierno de su posición sobre el matrimonio y estamos seguros de que están buscando salvaguardar su posición actual de la ley que define el matrimonio como entre un hombre y una mujer.  Esperamos que se reconozcan y mantengan las salvaguardias sobre el matrimonio y nuestra libertad de proclamar y enseñar sin miedo ni favor lo que creemos». Sin calificar de ningún modo la pretensión de despenalizar las relaciones homosexuales, pero sin expresar su oposición, la archidiócesis exige que las personas LGTBI respeten «nuestro derecho a mantener nuestra posición sobre el matrimonio y que la unidad familiar esté formada por un padre, una madre y sus hijos». De hecho, tras oponerse a derogar la ley nacional que criminalizaba la homosexualidad, el futuro cardenal de Singapur busca la bienvenida a las personas LGBTQ en la Iglesia.

Para la organización singapurense de defensa de los derechos LGTBI Oogachaga, no hay planes inmediatos de reclamar reformas respecto al matrimonio, siendo la derogación del artículo 377-A la prioridad. Para los activistas de Pink Dot SG, la redefinición del matrimonio «solo se producirá a través de la educación y el cambio de los corazones y las mentes. El propio Gobierno ha reconocido que las políticas deben reflejar las normas cambiantes. Solo esperamos que los cambios que están contemplando dejen espacio para que la sociedad siga manteniendo conversaciones de buena fe sobre estos temas».

Una sociedad muy conservadora

377aSingapur es una ciudad-estado del sudeste asiático, con una economía capitalista fuertemente desarrollada. Poblada por diferentes grupos étnicos y religiosos, la mayor parte de su población es de origen chino, aunque hay una elevada proporción de malayos e indios. La religión más practicada es el budismo, si bien existen importantes minorías musulmana y cristiana. Es, en cualquier caso, una sociedad globalmente muy conservadora.

Singapur no despenalizó hasta 2007 tanto el sexo oral como el sexo anal, pero solo para heterosexuales. Las relaciones homosexuales masculinas siguen penalizadas como «actos de indecencia» de acuerdo a la ya mencionada sección 377-A del Código Penal, aunque en la práctica no se persiguen, siempre y cuando se practiquen, como se dijo anteriormente, en privado. De hecho, en 2006 se anunció una reforma para despenalizarlas que nunca se llegó a materializar.

En 2015, el Gobierno de Singapur emitió un informe para Naciones Unidas en el que defendía el mantenimiento de la penalización de las relaciones homosexuales masculinas calificándola de «equilibrada» al no aplicarse al ámbito privado.

Esperemos que las declaraciones actuales del ministro de Justicia e Interior sean reflejo de una auténtica voluntad del Gobierno y que el artículo 377-A sea finalmente derogado.

Fuente Dosmanzanas

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La Comisión Europea lleva a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión por violar los derechos de las personas LGTBI

Miércoles, 20 de julio de 2022
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13968854263210Los antecedentes

En junio de 2021 el Parlamento húngaro aprobaba un proyecto de ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores. El texto, una versión a la húngara de la conocida ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluía en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, acentuando aún más su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. El texto modificó varios artículos de las leyes sobre protección de menores, derecho de familia, educación y regulación de medios y publicidad. Así, por ejemplo, quedó prohibida la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio». Una muestra de ello fue la primera norma surgida de la aplicación de la ley, un decreto aprobado el pasado verano que ordenaba el sellado y envoltorio de los libros dirigidos a menores que «promuevan» la homosexualidad o la reasignación de género o contengan descripciones de sexualidad «explícita», y que prohibía su venta, vayan dirigidos a menores o adultos, a menos de doscientos metros de una iglesia o un colegio.

La enseñanza escolar también se ve sometida a censura, porque se prohíbe de nuevo la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género al alumnado. La educación sexual, en cualquier caso, ya solo puede ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, cerrando la puerta por ejemplo a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos. En el terreno de los medios, la medida supone la remisión a la franja horaria del late night de cualquier serie o película que incluya alguna alusión o representación de personas LGTBI.

La respuesta de la Comisión EuropeaA nivel europeo, como suele ocurrir en estos casos, la respuesta política inicial fue prudente, por no decir tibia. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se declaró «muy preocupada por la nueva ley en Hungría» y aseguró que se comprobaría si la norma vulneraba la legislación comunitaria. «Creo en una Europa que acoge la diversidad, no en una que la esconde a nuestros hijos. Nadie debería ser discriminado por su orientación sexual», añadía en un tuit. Más contundente fue la comisaria de Igualdad, Helena Dalli, que amenazó a Hungría con un recorte de los fondos europeos.

Sin embargo, también como suele suceder, la maquinaria europea, aunque pesada, acaba por entrar en funcionamiento y dar sus frutos. La decisión anunciada este viernes de llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la justicia europea constituye, de hecho, el último de una serie de pasos iniciados por la Comisión Europea con un procedimiento de infracción abierto el 15 de julio de 2021. En aquel momento, se emplazó a Hungría a despejar las preocupaciones de la Comisión en relación con la igualdad y la protección de los derechos de las personas LGTBIQ en ese país. Un año después, dado que Hungría no ha resuelto las incompatibilidad entre la ley y el derecho comunitario y agotados los pasos intermedios, la Comisión acude a al alto tribunal europeo.

Según la Comisión Europea, la ley húngara contiene disposiciones que no están justificadas sobre la base de la promoción del interés fundamental de «proteger a los niños» o son desproporcionadas para lograr el objetivo declarado. En concreto, la Comisión considera las restricciones que impone la ley incompatibles con la directiva de servicios de medios audiovisuales, la directiva de comercio electrónico, el tratado de libre prestación de servicios y la directiva de servicios, así como con el derecho a la protección de datos y la directiva sobre la transparencia del mercado único.

Asimismo considera que a legislación húngara viola de manera sistemática varios derechos fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en concreto la inviolabilidad de la dignidad humana, el derecho a la libertad de expresión e información, el derecho a la vida privada y familiar, así como el derecho a la no discriminación. «Debido a la gravedad de estas violaciones, las disposiciones impugnadas violan también los valores comunes establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.

Una legislación que no logró el aval de los ciudadanos en referéndum

Cabe señalar que la legislación por la que la Comisión Europea lleva a Hungría ante el TJUE fue sometida a referéndum por el Gobierno de ese país coincidiendo con las elecciones celebradas en abril. El resultado del referéndum no era vinculante y no implicaba ningún cambio legal sobre una ley ya vigente: se trataba, simplemente, de utilizar la LGTBIfobia de buena parte de los votantes del ultraconservador Viktor Orbán como una herramienta más de movilización.

La maniobra, en este caso, no le salió bien a Orbán. Las organizaciones LGTBI húngaras llamaron a la ciudadanía a emitir su voto en el referéndum pero invalidando la papeleta, impidiendo así que se alcanzase el mínimo del 50% de votos emitidos válidos para a su vez considerar válido el resultado (fuese el que fuese). Debían alcanzarse, en concreto, en torno a los 4,1 millones de votos válidos (el censo electoral húngaro asciende a algo más de 8,2 millones de personas). Sin embargo, el número de votos válidos rondó los 3,9 millones, mientras que el número de votos inválidos superó la cifra de los 1,7 millones. Una derrota simbólica que no impidió que la ley siga en vigor, pero sí que supuso un cierto varapalo para la estrategia anti-LGTBI de Orbán y para su enfrentamiento con la Comisión Europea.

Fuente Dosmanzanas

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Un millón de personas salen a la calle con motivo del 50º aniversario del Orgullo LGTBI de Londres

Viernes, 8 de julio de 2022
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activistas-orgullo-londres-50-aniversario-290x150Este sábado, 2 de julio, tuvo lugar un nueva edición del Orgullo LGTBI de Londres. Una edición muy especial, en la que se conmemoraba el 50 aniversario de la primera marcha del Orgullo que tuvo lugar en la capital británica. El Orgullo de Londres 2022, además de una presencia masiva de asistentes, nos dejó algunas imágenes para recordar: la cabecera, al frente de la cual repetían algunos de los activistas que ya estuvieron presentes en la marcha de 1972; la activa participación del alcalde de Londres o el elenco de la serie Heartstopper, con Joe Locke a la cabeza, haciendo la peineta a un grupo de homófobos que protestaban.

Más de un millón de personas, según las cifras de la alcaldía de Londres, participaron en el Orgullo 2022 de la capital británica. Una marcha en la que ocuparon un lugar muy especial un grupo de activistas que ya participó, hace 50 años, en la primera grna movilización del Orgullo. «We’re here, we’re queer, we won’t disappear», fue uno de los cánticos que entonaron:

Otra de las imágenes que nos ha dejado el Orgullo 2022 fue la del alcalde de Londres, el laborista y musulmán Sadiq Khan, participando como un manifestante más en la marcha:

El alcalde de Londres, por cierto, aprovechó la ocasión para reivindicar los derechos de las personas trans y denunció la utilización política que de la comunidad trans se está haciendo en su país (donde las campañas de odio transexcluyente han conseguido, por mencionar un ejemplo, que las personas trans queden fuera del proyecto del Gobierno para prohibir las pseudoterapias «de conversión»):

Aunque sin duda las imágenes que más recorrido han tenido han sido las del elenco de la popular serie Heartstopper, una deliciosa aproximación a la adolescencia LGTB, que no dudó, con su protagonista Joe Locke a la cabeza, en bailar y hacer la peineta ante un grupo de homófobos que protestaban por la celebración del Orgullo:

Por cierto, a quien le interese conocer mejor la historia del Orgullo de Londres en imágenes, y en general la historia del movimiento LGTBI en Reino Unido, tiene a su disposición un excelente material con diferentes colecciones fotográficas en la web de Bishopgate Institute. Aquí puedes encontrar, por mencionar un ejemplo, una copia del programa del primer Orgullo de Londres (una fotocopia de 4 folios mecanografiados), del que ahora se han cumplido 50 años.

Fuente Dosmanzanas

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Saúl Castro: “A pesar de las carambolas para ocultar su LGTBIfobia, la Iglesia oficial nos sigue percibiendo como identidades inmorales”

Jueves, 7 de julio de 2022
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Saul-Castro_2460363950_16094984_660x371Ampliamos con esta entrevista la noticia que ya publicamos hace unos días y en la que podéis ver de nuevo los vídeos.

“Las personas trans, categorizadas aún como ‘enfermas’ en la OMS, tiene el doble de probabilidades de ser sometidas a ‘terapias de conversión’ que las personas cis. La personas homosexuales hemos dejado de ser completamente enfermos hace tan sólo tres años”

“A pesar de las carambolas para no hacer expresa su LGTBIfobia, es claro que nuestras identidades siguen estando vistas por la oficialidad e institucionalidad de la Iglesia como moralmente reprobables”

“En el proceso de documentación que he llevado a cabo sobre las ‘terapias de conversión’ he encontrado casos de desnudez grupal forzada, castidad forzada por periodos de hasta 270 días, prácticas aversivas, realización de ritos como entierros simulados o exorcismos… en España, estos grupos remiten a las víctimas que ‘no avanzan’ a psiquiatras que les prescriben medicamentos inhibidores del deseo sexual. Es decir, se les medica para castrarles forzadamente

“La Iglesia tiene una doble responsabilidad. En España, los principales perpetradores de ‘terapias de conversión’ son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución. Además, Obispos –como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge, colaboran”

“Tanto el Opus Dei como el Camino Neocatecumenal han colaborado con ambas organizaciones, remitiendo a jóvenes LGTBIQA+ a estos itinerarios”

“La Ley Trans y LGTBI no se ha aprobado todavía ni se sabe si se llegará a aprobar antes de que termine la legislatura. El problema de esta Ley es que hay una ausencia de capacidad por parte de las autoridades autonómicas para investigar e imponer sanciones contra estas práctica. Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, tres resoluciones. Dos de 2020 y una de 2021”

“Desde No Es Terapia exigimos al Congreso una modificación del Código Penal que criminalice las terapias de conversión, tal como se ha hecho en 44 jurisdicciones, entre las que se incluye Francia, Malta o Alemania”

Jesús Bastante

La Iglesia tiene una doble responsabilidad. En España, los principales perpetradores de ‘terapias de conversión’ son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución“. Saúl Castro es abogado y fundador de NoesTerapia, asociación que lucha contra estas terapias, que el Gobierno pretende ilegalizar con su ley del ‘No es no’.

“Además, Obispos como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge, colaboran”, asegura en esta entrevista.

do así?

– Pues desgraciadamente, en muchas partes del mundo e, incluso en España, la respuesta es sí. No hemos de olvidar que parte de nuestra comunidad sigue estando patologizada, no sólo en el acceso al reconocimiento de su identidad de género, sino también en las clasificaciones de enfermedades mentales. Tanto es así que el CIE-11 de la OMS, adoptado en 2019, sigue considerando a las personas trans como personas con “condiciones relacionadas con la salud sexual”, por lo que sólo se ha producido su despsicopatologización, pero no dejan de estar categorizadas como personas “enfermas”. De hecho, la fiscalización y policía institucional que se hace de las identidades trans es lo que determina que, estadísticamente, estas tenga un doble de probabilidades de ser sometidas a “terapias de conversión” que las personas cis, dado que tienen que ser propios profesionales de la salud quienes certifiquen y validen su identidad, lo que abre espacios para que los perpetradores de estos abusos actúen con mayor impunidad.

Con respecto a la orientación sexual, hemos dejado de ser completamente enfermos hace tan sólo tres años, ya que con la modificación del CIE-11 se eliminó la patologización de la “homosexualidad egodistónica”, que era aquella dolencia consistente en el rechazo a la orientación sexual propia y el deseo de modificarla, y que empleaban muchos profesionales para tratar médicamente a “homosexuales que querían dejar de serlo”.

Y bueno… en relación con el pecado, pues no se ha avanzado mucho realmente. El Catecismo de la Iglesia indica en sus párrafo 2357-59 que “las personas homosexuales están llamadas a la castidad” debido a que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados, son contrarios a la ley natural y no pueden recibir aprobación en ningún caso”. Tal como señala la Congregación para la Doctrina de la Fe desde 1986, “la particular inclinación de la persona con atracción sexual hacia el mismo sexo, aunque en sí no sea pecado, constituye sin embargo una tendencia, más o menos fuerte, hacia un comportamiento intrínsecamente malo desde el punto de vista moral”. Por tanto, a pesar de las carambolas para no hacer expresa su LGTBIfobia, es claro que nuestras identidades siguen estando vistas por la oficialidad e institucionalidad de la Iglesia como moralmente reprobables.

– En el libro desentrañas las terapias de conversión. ¿En qué consisten? ¿Qué prácticas son las más aberrantes?

– No existe una definición estandarizada y común de las “terapias de conversión” ni a nivel internacional ni nacional. Desde la Asociación, y a nivel personal, las definimos poniendo en el centro su finalidad, es decir, el hecho de que todas las “terapias de conversión” se caracterizan por el objetivo común de querer modificar o anular la identidad y/o expresión de género de las personas contra las que se dirigen, así como su orientación sexual, para «acomodarlas» a los cánones cisheteronormativos imperantes en nuestras sociedades. Tal como afirma el Experto Independiente sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de la ONU, “todas las “terapias de conversión” comparten la premisa de que la orientación sexual y la identidad de género pueden ser extirpadas —expulsadas, curadas o rehabilitadas—, como si fueran algo ajeno a la persona, lo que constituye una visión sumamente inhumana de la existencia”.

En el proceso de documentación que he llevado a cabo, he encontrado casos de desnudez grupal forzada, la castidad forzada por periodos de hasta 270 días, realización de ejercicios “biodinámicos” –consistentes en dar golpes y gritos para liberar energía–, prácticas aversivas –como ponerse una goma elástica en la muñeca y golpearse con ella cuando se sentía deseo sexual–, rezo continuado y del rosario en los momentos de mayor deseo sexual, empleo de técnicas de reprocesamiento traumático como el EMDR–ya que parten que la diversidad sexual y de género es fruto de traumas que hay que sanar–, abrazo-terapia, logopedia, terapia hablada, estudio de textos acientíficos sobre la orientación sexual y la posibilidad de modificarla, realización de ritos como entierros simulados o exorcismos, así como control diario a través de aplicaciones de mensajería y telefonía como Telegram.

Hay que destacar que el funcionamiento de estos grupos se centra en separar a las víctimas de sus círculos familiares y de amistad, para que dependan emocional y socialmente de los grupos de “itinerantes” y de la propia organización. Les asignan grupos de compañeros, orientadores o supervisores, que les monitorean diariamente, obligándoles a escribir tres veces al día por los chats y exigiéndoles que contacten inmediatamente al grupo cuando tengan deseos sexuales no heterosexuales. También les requieren que asistan a quedadas semanales en las que practican deporte, van a bares o al cine, con el objetivo de afianzar relaciones de “masculinidad sana”. Al integrarles de una forma tan completa en estos grupos, las víctimas cortan lazos con el resto de círculos y los perpetradores se aprovechan de ello para mantener un control leonino sobre ellas, así como para chantajearlas con el ostracismo en el caso de que no progresen adecuadamente.

Finalmente, en España, estos grupos también remiten a aquellas víctimas que “no avanzan en su recuperación de la cisheterosexualidad” a psiquiatras con los que colaboran. Estos, tras realizarles una suerte de cuestionarios que no están avalados por la práctica clínica, les diagnostican el origen de su homosexualidad, bisexualidad o identidad de género no cis, y les prescriben medicamentos para otras dolencias –generalmente para tratar trastornos bipolares, esquizofrenia o epilepsia–, entre cuyos efectos secundarios se encuentra la reducción o eliminación de la lívido. Es decir, se les medica para castrarles forzadamente.

¿Cuál es la responsabilidad de la Iglesia en estas prácticas?

– La Iglesia tiene una doble responsabilidad que, desgraciadamente, está ignorando de forma deliberada. En España, los principales perpetradores de “terapias de conversión” son agrupaciones de fe vinculadas a la Iglesia católica, aunque no están oficialmente reconocidas por esta institución. En concreto, estos grupos se llaman “Es Posible la Esperanza” y “Verdad y Libertad”, operando en distintas regiones de España y con muchas sedes organizadas jerárquica y estructuralmente.

Por un lado “Es Posible la Esperanza” o EPE fue fundada y es coordinada por Santiago Olmeda Sánchez – capellán del Convento Carmelitas Descalzas de Ruiloba en Cantabria– y por Belén Vendrell Sahuquillo –colaboradora del Centro Diocesano de Orientación Familiar Regina Familiae de Alcalá de Henares y mano derecha del obispo de Alcalá. En 2015, EPE remitió un dossier de 450 páginas a todos los Obispos españoles y otro con unos 118 testimonios de víctimas a la Santa Sede para solicitar que, de forma institucional, se impartieran “Itinerarios de Maduración Integral” para salir de la Atracción sexual al Mismo Sexo no deseada en todos los Centros Diocesanos de Orientación Familiar (COF) y en los Seminarios. Es decir, desde la institucionalidad se conoce que estas prácticas se llevan a cabo y, a pesar de ello, no se han puesto barreras para cortarlas de raíz.

No sólo eso, sino que diferentes personalidades de la Iglesia, obispos –como Juan Antonio Reig Pla, Pablo Ormazabal Albistur, José Ignacio Munilla Aguirre, Mario Iceta Gavicagogeascoa, Demetrio Fernández González o Manuel Sánchez Monge–en connivencia con seglares al frente de los diferentes COF –como José María Gea Rosat, Federico Mulet Valle, Isabel Lacruz Silvestre o Marisa Vendrell Sahuquillo– han promocionado los itinerarios ofrecidos por EPE, “acompañado” a personas en su proceso de maduración de la masculinidad/feminidad, captado a potenciales itinerantes y participado en las convivencias periódicas que se hacían en esta asociación, así como fungido como orientadores y miembros de los grupos de apoyo.

Por otro lado, está el caso de Verdad y Libertad (VyL), que es quizás todavía más sangrante. Esta agrupación, fundada en 2013 por Miguel Ángel Sánchez Cordón –un pediatra granadino actualmente jubilado– y Alberto López –que se desligó de la misma en 2015 y lucha contra las terapias desde entonces– ha sido abiertamente investigada por la Santa Sede en el año 2020. En diciembre de dicho año, el cardenal Beniamino Stella remitió un informe, que no se ha hecho público, a la Congregación para el Clero en el que concluía que “un grupo de 6 o 5 obispos” –entre los que se incluyen Xavier Novell i Gomà, Arturo Pablo Ros Murgadas o Francisco Javier Martínez Fernández– habrían colaborado en sus retiros, compartiendo su testimonio y derivando a jóvenes y adultos a las “terapias” que se practicaban en el seno de VyL.

En abril de 2021, la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española abordó este tema y el informe, limitándose a destacar que VyL no es una organización reconocida por la Iglesia y a animar a “quien se considere afectado o víctima que denuncie por la vía civil, porque desde el punto de vista canónico no se puede frenar lo que hacen”. Es decir, al igual que en el caso de los abusos sexuales a menores en la Iglesia, esta institución se ha desmarcado sin cesar a ningún miembro del clero ni publicar los informes y las investigaciones llevadas a cabo.

Junto a estos miembros de la Iglesia, operan otros sacerdotes de diferentes diócesis y parroquias como la Parroquia de San Mateo Apóstol, la de San Leandro Obispo, la de San Carlos Borromeo de Ontinyent, la de la Sagrada Familia de Torrent, la de la parroquia de S. Pío X de Algemesí o la de Nuestra Señora de la Merced y Santa Tecla. No sólo eso, sino que en VyL, para poder acceder a los grupos e iniciar el itinerario de 270 de castidad, Miguel Ángel obligaba a los futuros itinerantes a asistir durante 6 u 8 semanas a sesiones de “terapia psicológica” con Lourdes Illán Ortega o con Juan Mayo, quienes hacían un test para evaluar la herida de los pacientes y trabajaban fichas, por un “módico” precio de 60 euros/sesión.

Así mismo, tanto el Opus Dei como el Camino Neocatecumenal han colaborado con ambas organizaciones, remitiendo a jóvenes LGTBIQA+ a estos itinerarios, así como a conocidos psiquiatras ultra-conservadores como Aquilino Polaino o Enrique Rojas, que de acuerdo con el testimonio de estas víctimas, prescriben fármacos, previo pago de tarifas de entre 100 y 200 euros/sesión, pautados para tratar enfermedades y trastornos mentales graves como la bipolaridad, esquizofrenia o la epilepsia.

El Gobierno está a punto de aprobar la ley que prohibirá las terapias de conversión.

– Bueno, realmente la Ley Trans y LGTBI no se ha aprobado todavía ni se sabe si se llegará a aprobar antes de que termine la legislatura. Lo que ha sucedido es que el Consejo de Ministros a aprobado el Anteproyecto de Ley Trans y LGTBI y ha acordado registrarlo como Proyecto de Ley ante el Congreso, comenzándose ahora el procedimiento de tramitación parlamentaria y pudiendo modificarse el texto mediante enmiendas.

Con respecto a la ley, el problema es que replica un modelo desfasado, inútil e inefectivo, ya que impone un prohibición genérica de “practicar terapias de conversión” y establece un régimen sancionador en el que se pena con multa a quienes las practiquen o las promuevan. Este régimen no es nuevo, sino que, en la actualidad, 8 Comunidades Autónomas –la Comunidad de Madrid,Andalucía, la Comunidad Valenciana, Aragón, la Región de Cantabria, Canarias, La Rioja y Castilla La Mancha– ya tienen un sistema sancionador. Sin embargo, en los seis años en que se han ido adoptando y entrando en vigor estas normas autonómicas, no se ha investigado ni sancionado firmemente ningún caso de práctica o promoción de “terapias de conversión”, a pesar de las numerosas denuncias interpuestas ante los órganos administrativos competentes, así como de los reportajes que han salido a la luz en los últimos años. Esto se debe a varios factores:

Por un lado, hay una ausencia de capacidad por parte de las autoridades autonómicas para investigar e imponer sanciones contra estas prácticas, que deriva de una imposibilidad competencial de ordenar la práctica de diligencias de investigación para esclarecer hechos, como la práctica de “terapias”, que no trascienden a la esfera pública, se lleva a cabo en locales privados de la Iglesia y se capta a las víctimas por redes de contactos y clientelares. Ello se debe a que, para la intervención de comunicaciones, entrada y registro de instalaciones; así como incautación de diferentes materiales, es necesaria la intervención judicial.

Paralelamente, los procedimientos de naturaleza sancionadora se inician siempre de oficio por acuerdo del órgano competente, sin reconocer ningún derecho a las víctimas o a la sociedad civil más allá de conocer la decisión de sobre la iniciación del procedimiento o el archivo de las denuncias. Ello impide que las víctimas o la ciudadanía pueda participar efectivamente en la investigación de estos abusos, y abre la mano a que los órganos competentes no actúen con el celo necesario, limitando las posibilidades de que rindan cuentas por su inacción. Por ejemplo, el único caso de “terapias de conversión” que fue sancionado, en septiembre de 2019, fue anulado por el 13 de julio de 2021, por la sentencia núm. 898/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se indicaba que la Comunidad de Madrid había tardado más de 31 meses en instruir el procedimiento vulnerando los derechos de la sancionada, actuando de forma fraudulenta.

Análogamente, el 5 de noviembre de 2021, la Consejería de Familia, Juventud y Política Social acordó no iniciar un procedimiento sancionador, tras 31 meses de espera, contra el Obispado de Alcalá alegando que sólo disponía de pruebas obtenidas sin el consentimiento de los infractores. A la sociedad civil, nos notificaron esta decisión en mayo de 2022, cuando ya habían prescrito las infracciones. Este hecho, deja entrever que el modelo de tutela administrativa de estos abusos se queda absolutamente corto ya que las autoridades competentes no tienen facultades para ordenar la práctica de diligencias de investigación necesarias, para las que sería necesario contar con la intervención de un órgano judicial.

Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, las resoluciones sobre las denuncias interpuestas en 2020 contra las comunidades evangélicas que hacían exorcismos en Madrid para “expulsar la homosexualidad” así como contra una coach madrileña que ofrece un curso online titulado “Camino a la heterosexualidad”; Hasta la fecha, todavía siguen pendientes, tras más de dos años de espera, las resoluciones sobre las denuncias interpuestas en 2020 contra las comunidades evangélicas que hacían exorcismos en Madrid para “expulsar la homosexualidad”. Así mismo, ni el Govern de la Comunidad Valenciana ni la Junta de Andalucía han actuado contra la asociación Verdad y Libertad, a pesar de que se han denunciado estos hechos.

En segundo lugar, las sanciones que llevan aparejadas las infracciones de terapias de conversión no son eficaces ni disuasivas para los perpetradores. En el caso de Elena Lorenzo de septiembre de 2019, esta “coach de identidad” que diagnostica Trastorno Obsesivo Compulsivo Homosexual y promete curarlo a través de su web profesional, esta señora fue sancionada con una multa de 20.001 euros –anulada posteriormente. La cuantía de esta multa fue recaudada en menos de dos semanas a través de una campaña de crowdfunding orquestada por Hazte Oir. Elena Lorenzo nunca cesó, y continúa a día de hoy, ofreciendo estos servicios previo pago de 80 euros/sesión.

Por tanto, el empleo de sanciones exclusivamente económicas para frenar a unos perpetradores apoyados por redes influyentes y con gran capital económico, no es eficaz, suficiente ni útil.

En tercer lugar, el contexto criminológico en el que se producen y perpetran las “terapias de conversión” en España determina que las víctimas tarden muchos años en decidir ejercer acciones o visibilizar la violencia a la que han sido sometidas. Diversos estudios, como el titulado “Conversion Therapy and LGBT Youth” y publicado por el Williams Institute, indica que más de la mitad de las víctimas de “terapias de conversión” las sufren durante su minoría de edad.

Paralelamente, el estudio “The Global State of Conversion Therapy. A Preliminary Report and Current Evidence Brief”, de la LGBT Foundation, señala que sólo una de cuatro víctimas se somete a terapias de conversión sin coacciones de su entorno y que, entre las restantes, un 22% asiste por presión familiar, un 11% por recomendación de su comunidad/líderes religiosos y hasta un 17,5 % por insistencia de profesionales de la salud, autoridades educativas o de sus propios empleadores. Este contexto victimológico determina que las víctimas no tengan posibilidad ni incentivos para denunciar ante las autoridades administrativas y sufrir un procedimiento que las revictimice y las aísle de sus entonos.

Finalmente, los tipos penales existentes –estafa, intrusismo profesional, delitos contra los consumidores o el delito de lesiones– no cubren suficientemente los contextos en que se dan estas prácticas y sólo se centran en las consecuencias de las conductas materiales, ignorando lo criminalmente reprobable de las ‘terapias de conversión’ en sí. Es decir, su objetivo tendente a la eliminación y represión de la identidad y de la diversidad sexual y de género.

Es por todo esto que desde No Es Terapia exigimos ahora a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados que modifiquen el Código Penal, creando un tipo delictivo autónomo que criminalice la práctica de terapias de conversión, tal como se ha hecho en 44 jurisdiccionesentre las que se incluye Francia, Malta, Alemania, Canadá, Nueva Zelandia, Ecuador o diferentes Estados Mexicanos.

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El pasado mes de mayo, Los obispos y las obispas de la Iglesia Anglicana de Gales celebraban que el Gobierno galés prohíba las “terapias” de conversión antiLGTBI. El pasado febrero, Israel prohibía las terapias de conversión para miembros de la comunidad LGTBQ+. Al otro lado del Atlántico, la Cámara de los Comunes de Canadá le dio su visto bueno el pasado diciembre,  por unanimidad, a un proyecto de ley para prohibir las pseudoterapias de conversión, y definitivamente el pasado enero de este año. Se trata de un veto total, no solo en menores de edad, y contempla penas de hasta cinco años de cárcel para quien inflija estas prácticas y hasta dos para quien se beneficie económicamente de las mismas o las publicite. El Senado aprobó el texto en una tramitación exprés apenas seis días más tarde y, tras recibir la firma de la gobernadora general, entró en vigor el pasado 7 de enero, y el pasado marzo les seguía Chile que prohíbe por ley las “terapias reparativasde la homosexualidad o la transexualidad.

Sin embargo, hace unos días conocíamos que Boris Johnson cedía a la presión del lobby transexcluyente y dejará fuera de la prohibición de las «terapias» de conversión la identidad de género. Y más recientemente, el Consejo General del Poder Judicial español criticaba en su informe no preceptivo, la prohibición de las mal llamadas terapias, en el proyecto de la ley Trans española. A esto se sumaban las desafortunadas palabras de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, gracias a los votos de la extrema derecha, Díaz Ayuso quien  no sancionará al obispo homófobo Reig Plá por las terapias para ‘curar’ la homosexualidad’.

La situación en otros países

Canadá y Francia se unieron al reducido grupo de países que han prohibido las pseudoterapias de conversión, ya sea de manera general o en menores de edad el pasado mes de enero. Le siguió Nueva Zelanda el pasado 15 de febrero, y el pasado marzo les seguía Chile que prohíbe por ley las “terapias reparativasde la homosexualidad o la transexualidad.

En EE.UU., California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y más tarde se sumaron los estados de  OregonIllinoisVermont,  Nuevo MéxicoRhode Island, Nevada, Connecticut, Washington,  Hawái, MarylandDelaware y New HampshireNueva York, Colorado y Massachusetts, cuyo texto entró en vigor en 2019 tras la firma del gobernador republicano Charlie Baker.

En abril del mismo año  también  se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y en mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).

Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo hemos aprobó por ejemplo en enero de 2019  por decisión unánime de sus concejales, así como el estado de Utah.

Y en julio, era Ciudad de México quien prohibía las «terapias» de conversión de la orientación sexual y la identidad de género. Y en octubre de 2020, en el Estado de México. y en julio de 2021 el Estado de Yucatán.

En Europa la pionera fue Malta, que aprobó una ley en 2016. Irlanda y el Reino Unido también están dando pasos en esta dirección. La siguió Alemania el año pasado, aunque con un texto limitado a los menores de edad y con ciertas ambigüedades que el próximo Gobierno de Olaf Scholz se ha comprometido a revisar. El próximo país en sumarse será posiblemente Francia, cuya Asamblea Nacional aprobó en octubre, también por unanimidad, el veto a las pseudoterapias de conversión. Irlanda ha dado pasos en la misma dirección, antes de la disolución del Parlamento con la convocatoria de elecciones en 2020, y también se debate sobre el asunto en Austria. En mayo de este año, el Gobierno británico de Boris Johnson anunció un proyecto de ley, mientras que en Albania existe un veto de facto, toda vez que el colegio de Psicología prohíbe a sus miembros la práctica de cualquier procedimiento encaminado a intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género, ya sea en menores de edad o en adultos.

En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y era una de las disposiciones que preveía la prometida ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI que se discutió en el Congreso de los Diputados (aunque el PP intentó «colar»una proposición alternativa, en forma de enmienda a la totalidad, que no contemplaba este aspecto).  Un proyecto que naufragó con la convocatoria de las elecciones de abril de 2019. Tras la repetición electoral, el acuerdo de Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos contempla «la aprobación de una Ley contra la Discriminación de las Personas LGTBI incluyendo la prohibición a nivel nacional de las llamadas terapias de reversión».

Y, por fin, El Gobierno de España presidido por Pedro Sánchez, presentó el pasado junio el proyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, que incluye la prohibición de las pseudoterapias de conversión.

En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre ayudar a cambiar sentimientos homosexuales. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…

Mientras tanto, el Parlamento Europeo ha exigido la prohibición de estas terapias.

«No» rotundo de los especialistas a las pseudoterapias reparadoras

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles «terapias»reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

De hecho, en julio de este año, nos enterábamos de que el Vaticano frenaba las “terapias de conversión” e instruía a los obispos españoles a desautorizar a un grupo de ex-gays. Sin embargo, con la dimisión del obispo  Xavier Novell nos enterábamos de que éste, participó, y avaló, ‘terapias de conversión’ de homosexuales hasta que fue frenado por el Vaticano. otros prelados que avalaban dichas prácticas (según las víctimas) serían: José Ignacio Munilla, Javier Martínez, Arturo Ros y  Juan Antonio Reig  avalarían estas prácticas

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La historia de “X. X.”, un eclesiástico homosexual que pasó por las ‘terapias de conversión’ y “pensó que no tenía más opción que suicidarse”

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«Nada que Curar», la guía que ayuda a combatir con información científica las denominadas terapias de conversión

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Fuente Religión Digital /Cristianops Gays

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Tres heridos y cuatro casas incendiadas por un ataque anti LGTB+

Jueves, 23 de junio de 2022
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Baltimore-Homes-Burned

Cuatro casas se han incendiado hasta los cimientos dejando a tres personas en el hospital después de que matones “violentos anti-LGBTQ+” prendieron fuego a una bandera del Orgullo.

El incendio fue provocado por los asaltantes el miércoles por la mañana (15 de junio) en Baltimore, Maryland, y se dice que tres de los hospitalizados llegaron en estado crítico.

Desde entonces, dos de los heridos fueron dados de alta del hospital y el último paciente pasó a ser “estable” después de que los tres fueran tratados en la unidad de traumatismos, según el reportero de CBS News Mike Hellgren.

Las autoridades asistieron a la escena en la cuadra 300 de E. 31st Street, donde ocurrieron dos incidentes separados de incendio provocado. Uno donde se prendió fuego a una bandera del Orgullo y otro al otro lado de la calle donde una casa adornada con adornos del Orgullo estaba en llamas de manera similar.

El comisionado de policía Michael Harrison explicó durante una rueda de prensa: “Esta es una investigación en curso para determinar los hechos, para determinar la causa, y en este momento, no estamos preparados ni equipados para determinar la causa o los hechos de cómo comenzó”.

El informe llegó aproximadamente a las 4:30 am, y la primera unidad llegó en siete minutos, según el jefe de bomberos Niles Ford. El fuego finalmente fue contenido antes de las 5:00 am.

El alcalde de Baltimore, Brandon Scott, dijo: “Mis agencias traerán todos los recursos apropiados para llegar al fondo de este trágico evento. Independientemente, sigo siendo solidario con nuestra comunidad LGBTQ+”.

La policía está tratando el incendio como un caso de quema maliciosa según un portavoz. Los investigadores están siendo asistidos por la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF).

“Les daremos tiempo para hacer su trabajo”, dijo el alcalde Scott. “Como siempre lo hacen en estos casos, para asegurarse de que averigüemos qué sucedió realmente aquí”.

Varios vecinos respondieron frustrados por los incendios, diciendo a CBS Baltimore que “el odio se ha desatado en este país” y pidiendo simplemente “dejar a la gente en paz”.

Esto ocurre solo un día después de que se quemara el bar gay más antiguo de Detroit. El incendio se produjo a las 10.30 horas del martes (14 de junio), y la tripulación evacuó a todos los que se encontraban en la zona para hacer frente al fuego.

Fuente Pink News

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Bulgaria registra una menor nacida en España de un matrimonio de mujeres por mandato del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Jueves, 9 de junio de 2022
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indiceUn círculo que se cierra de manera satisfactoria: la justicia búlgara ha ordenado la emisión de un documento de identidad a la menor nacida en Barcelona de un matrimonio entre una mujer búlgara y una gibraltareña. Se trata de la ejecución de la sentencia europea que estableció hace unos meses que los países de la Unión están obligados a reconocer los documentos de filiación expedidos en otros países miembros, aunque contravengan su legislación nacional. Concluye un largo proceso legal por los derechos de una niña en estado de apatridia.

El caso, que hemos seguido en detalle en dosmanzanas, se refiere a la demanda interpuesta en Bulgaria por VMA, nacional de aquel país, que en 2018 se casó en Gibraltar con KDK, natural de la dependencia británica. En diciembre de 2019, el matrimonio tuvo una hija (SDKA) en Barcelona, donde actualmente residen. El registro civil español otorgó un certificado de nacimiento en el que constan las nacionalidades búlgara y británica de las madres. A pesar de haber nacido en España, la menor no tiene derecho a la nacionalidad española porque ninguna de sus progenitoras la ostenta. La cónyuge gibraltareña tampoco puede transmitirle su ciudadanía británica si la menor ha nacido en un tercer país, por lo que la única opción para la menor era adquirir la nacionalidad búlgara de su otra madre.

Iniciado el trámite, uno de los requisitos para obtener un documento de identidad búlgaro era la presentación de un certificado de nacimiento expedido por las autoridades de aquel país. VМА solicitó entonces al municipio de Sofía que le expidiera uno para SDKA. Para ello, junto a la solicitud, presentó una traducción al búlgaro, jurada y legalizada, del asiento del Registro Civil español relativo al certificado de nacimiento de SDKA. El municipio de Sofía requirió a VМА que aportase pruebas relativas a la identidad de la madre biológica de la niña, argumentando que el modelo de certificado de nacimiento en vigor en Bulgaria prevé una única casilla para la «madre» y otra casilla para el «padre», y tan solo puede inscribirse un nombre en cada una de ellas.

VМА consideró que no estaba obligada a facilitar esa información, por lo que el municipio de Sofía denegó la expedición del certificado de nacimiento, basándose en la falta de información acerca de la identidad de la madre biológica de la niña. También resolvía que la mención en el certificado de nacimiento de dos mujeres contravenía la legislación de Bulgaria, que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Tras la denegación, la menor quedaba en situación de apatridia, sin posibilidad de desplazarse por los países de la Unión Europea, lo que suponía no poder visitar a su familia en Bulgaria. VMA decidió interponer recurso ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sofía. Puesto que afectaba a los derechos de los ciudadanos comunitarios, el tribunal búlgaro decidió iniciar un procedimiento prejudicial solicitando un dictamen al TJUE. Se preguntaba si la negativa de inscripción del nacimiento de la menor de nacionalidad búlgara no vulneraba su derecho a la libre circulación y al pleno disfrute de sus derechos como ciudadana de la Unión.

En abril del año pasado, la abogada general del TJUE Juliane Kokott emitió un informe favorable a la familia y al derecho de la menor a la nacionalidad búlgara. La opinión de Kokott reconocía la potestad de las autoridades búlgaras de rechazar la inscripción de las dos mujeres como madres de la niña en la partida de nacimiento, pero afirmaba que la menor tenía derecho a recibir un documento de identidad en el que se reflejase la parentalidad de ambas para que la menor pudiera viajar con cualquiera de ellas por separado.

Finalmente, en diciembre del año pasado la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó sentencia, en la que interpretó las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en lo que afecta a este caso en cuestión. Para el TJUE, «en el caso de un menor ciudadano de la Unión cuyo certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes del Estado miembro de acogida designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, el Estado miembro del que el menor es nacional está obligado, por una parte, a expedirle un documento de identidad o un pasaporte sin exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por otra parte, a reconocer, al igual que cualquier otro Estado miembro, el documento procedente del Estado miembro de acogida que permita al menor ejercer con cada una de esas dos personas su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros».

El tribunal europeo trasladaba la cuestión a la justicia búlgara, a la que exigía facilitar la expedición de un pasaporte o documento de identidad a SDKA en el que conste su nacionalidad y que es hija de VMA y KDK, de manera que pueda circular libremente por la Unión Europea acompañada de cualquiera de sus progenitoras. Sin embargo, la sentencia también aclara que el reconocimiento de la filiación de SDKA, con el objetivo de preservar sus derechos como ciudadana de la Unión, no implica que Bulgaria esté obligada a contemplar en su Derecho nacional la parentalidad de personas del mismo sexo ni su matrimonio, al ser competencia exclusiva de los Estados miembros de la Unión. Pero sí debe reconocerlos en lo que respecta a los derechos fundamentales comunitarios.

La trasposición de la sentencia europea por parte de la justicia búlgara ha tardado cinco meses en producirse. El Tribunal Administrativo de Sofía ha ordenado al ayuntamiento de la capital la emisión de un certificado de nacimiento en el que conste la filiación de ambas madres. SDKA recibirá un documento de identidad que acredite dicha filiación, adquirirá así la nacionalidad búlgara de su progenitora oriunda de dicho país y podrá por fin moverse libremente por la UE con cualquiera de sus madres. Desde ILGA-Europa se han felicitado por la noticia y confían en que las autoridades búlgaras emitan a la mayor brevedad los correspondientes documentos para la menor.

La repercusión de la sentencia europea sobre el caso de SDKA es comparable a la del fallo de 2018 que estableció que los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado. Una sentencia, por cierto, que la justicia búlgara trasladó al caso de un matrimonio entre dos mujeres. El reconocimiento de la homoparentalidad a nivel trasnacional también fue un punto clave del discurso de la presidenta de la Comisión Europea Ursula von der Leyen de 2020. «Porque si eres un progenitor en un país, por supuesto eres un progenitor en todos los países», afirmó von der Leyen.

Fuente Dosmanzanas

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La Corte Suprema de Corea del Sur anula las condenas de los soldados por homosexualidad

Miércoles, 27 de abril de 2022
Comentarios desactivados en La Corte Suprema de Corea del Sur anula las condenas de los soldados por homosexualidad

163CA42D-5D01-4738-AB1D-9B43D6E896D3Castigarlos fue una violación del derecho constitucional a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.

Espaldarazo de la justicia surcoreana a la igualdad LGTBI. El Tribunal Supremo del país asiático ha anulado la condena a dos soldados varones por mantener relaciones sexuales entre ellos. Las relaciones entre personas del mismo sexo en el seno del ejército están penadas con hasta dos años de cárcel según el código penal militar, y en 2017 se desató una caza de brujas contra soldados sospechosos de ser gais. El alto tribunal considera ahora que la sentencia vulneró el derecho de los acusados a la autonomía sexual, a la igualdad de trato y no discriminación y a la búsqueda de la felicidad, puesto que los hechos se produjeron fuera del servicio y de las instalaciones militares.

La Corte Suprema de Corea del Sur anuló las condenas de dos soldados que habían sido acusados de tener relaciones sexuales consentidas mientras estaban fuera de su base. El fallo histórico, que se emitió el 21 de abril, declaró que la prohibición de actividades homosexuales del país, de décadas de antigüedad, no debería aplicarse al sexo gay fuera de un entorno militar.

La Ley Penal Militar establece que quienes participen en “relaciones sexuales anales u otros actos indecentes” deben enfrentarse a hasta dos años de prisión, medida que anteriormente se utilizaba para castigar al personal militar que practicaba sexo homosexual consentido.

En abril de 2017, el Centro de Derechos Humanos Militares de Corea (MHRCK) publicó un detallado informe en el que denunciaba una persecución organizada contra soldados sospechosos de ser gais. El organismo apuntaba directamente al jefe del Estado Mayor del ejército surcoreano, al que acusó de utilizar métodos que vulneran los derechos humanos para extraer confesiones e incluso ofrecerles a los acusados la posibilidad de «corregir» su orientación sexual. Las relaciones homosexuales entre miembros de las fuerzas armadas del país, ya sean soldados o reclutas, están penadas con hasta dos años de cárcel.

El mando militar presentó cargos contra 32 soldados. Dos de ellos fueron condenados a tres y cuatro meses de prisión y presentaron recurso contra la sentencia. Se descubrió que dos acusados, un primer teniente y un sargento mayor de diferentes unidades, habían tenido relaciones sexuales en una casa privada en 2016 en un momento en que no estaban trabajando. El teniente fue sentenciado a cuatro meses tras las rejas y el sargento a tres, aunque estas sentencias fueron suspendidas cuando los hombres apelaron la decisión.

El Tribunal Supremo les ha dado ahora la razón y considera que la condena vulnera su derecho a la libertad sexual, así como a la igualdad y la búsqueda de la felicidad. Subraya además que los hechos tuvieron lugar en privado, con consentimiento y fuera del horario de servicio. La Corte Suprema ahora ha anulado los cargos de los hombres de violar el código militar. Castigarlos fue una violación de “su autonomía sexual” y “el derecho garantizado constitucionalmente a la igualdad y la dignidad humana, así como su derecho a buscar la felicidad”, dictaminó el tribunal.

“Las ideas específicas de lo que constituye una indecencia han cambiado de acuerdo con los cambios en el tiempo y la sociedad”, dijo el presidente del Tribunal Supremo, Kim Myeong-su, durante la decisión, según Associated Press. “La opinión de que la actividad sexual entre personas del mismo sexo es una fuente de humillación sexual y repugnancia para las personas comunes y objetivas y va en contra del sentido moral decente difícilmente puede aceptarse como un estándar moral universal y adecuado para nuestros tiempos”.

El caso ahora ha sido enviado de vuelta a un tribunal militar inferior para su revisión. “Esta decisión pionera es un triunfo importante en la lucha contra la discriminación que enfrentan las personas L.G.B.T.I. personas en Corea del Sur”, dijo a The New York Times Boram Jang, investigador de Asia Oriental de Amnistía Internacional. “La criminalización de los actos sexuales consentidos entre personas del mismo sexo en el ejército de Corea del Sur ha sido durante mucho tiempo una violación impactante de los derechos humanos, pero el fallo de hoy debería allanar el camino para que el personal militar viva libremente sus vidas sin la amenaza de enjuiciamiento”.

La ley en cuestión ha sido ampliamente condenada por activistas LGBTQ+ que han dicho que apunta injustamente a los soldados homosexuales. Por ello, activistas pro derechos humanos han saludado la sentencia e instan al Gobierno a reformar la legislación para eliminar la penalización de las relaciones homosexuales.

El código penal militar surcoreano no distingue actualmente entre relaciones consentidas o no y califica todo el sexo entre hombres como una «violación recíproca». Un tribunal militar decretó en 2010 la ilegalidad de esta norma por juzgarla contraria a las libertades individuales de los miembros de las fuerzas armadas. Esta decisión fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, que revirtió el fallo del tribunal militar y juzgó que el veto a los soldados homosexuales no es discriminatorio. Corea del Sur es, junto con Turquía, uno de los pocos países de la OCDE que no les permite servir abiertamente.

La situación de la comunidad LGTBI en el país asiático es manifiestamente mejorable, y algunos de los problemas más graves se dan precisamente en el ámbito de las fuerzas armadas. Además de la persecución a los soldados gais, los hombres trans son considerados no aptos para servir y las mujeres trans están obligadas a servir como hombres a no ser que se sometan a una cirugía de reasignación u obtengan un diagnóstico de «trastorno de la identidad de género».

En marzo del año pasado se encontró el cuerpo sin vida de la exsoldada Byun Hee-soo, expulsada del ejército tras someterse a una operación de reasignación en Tailandia. Byun se había alistado en el Ejército surcoreano bajo identidad masculina y, tras la intervención, solicitó continuar sirviendo como mujer. Las autoridades, sin embargo, se lo denegaron y calificaron la pérdida de los genitales masculinos como una «discapacidad física». Varios meses después de su muerte, un tribunal decretó que la expulsión no se había ajustado a la ley.

Fuente Gay Times/Dosmanzanas

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Pese a su victoria en las elecciones generales, Orbán fracasa en su intento de demostrar vía referéndum el apoyo popular para sus medidas anti-LGTBI

Viernes, 8 de abril de 2022
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13968854263210El ultraconservador Viktor Orbán ha vuelto a imponerse en las elecciones parlamentarias que han tenido lugar este domingo en Hungría. Sin duda, una mala noticia para los ciudadanos LGTBI de ese país. Sin embargo, la jornada electoral nos deja una noticia prometedora: el referéndum homófobo y tránsfobo que Orbán había convocado con objeto de conseguir el refrendo público de sus medidas contra la población LGTBI y sacar pecho ante la Comisión Europea ha fracasado, al no haber obtenido el número mínimo de votos válidos.

Coincidiendo con las elecciones generales, el Gobierno de Orbán había promovido un referéndum para validar la legislación anti-LGTBI aprobada el año pasado por el Parlamento de Hungría. La ley, que prohíbe la difusión de contenidos positivos sobre diversidad afectivo-sexual y de género a menores, ha llevado a la Comisión Europea a emprender un procedimiento de infracción contra Hungría que todavía se encuentra en curso.

El referéndum se articulaba en torno a cuatro preguntas: «¿Apoya la enseñanza de la orientación sexual a menores de edad en las instituciones de educación pública sin el consentimiento de los padres?», «¿Apoya la promoción de las terapias de reasignación de sexo para niños menores de edad?», «¿Apoya la exposición de los niños menores de edad a contenidos sexualmente explícitos que puedan afectar su desarrollo?» y «¿Apoya que se difunda en medios contenido sobre cambio de sexo a menores?». Al margen de lo tramposo de las preguntas, su objeto no era otro que el de sacar músculo ante la Comisión Europea y vender que las recientes leyes anti-LGTBI cuentan con el respaldo masivo de la población húngara.

La convocatoria del referéndum había sido criticada por organizaciones de defensa de los derechos LGTBI, que sin embargo se mostraban esperanzadas por algunos datos que muestran que la retórica anti-LGTBI de Orbán no cuenta con el respaldo mayoritario de la población húngara. Desde ILGA-Europa, por ejemplo, se recordaba el pasado viernes el récord de asistentes al Orgullo de Budapest en julio pasado, cuando unas 35.000 personas marcharon por las calles de la capital húngara en favor de los derechos LGTBI. También recordaba que según una encuesta representativa encargada por Amnistía Internacional y la Sociedad Háttér y realizada por la agencia Medián entre el 13 y el 19 de julio de 2021, el 73% de los húngaros rechaza la idea, promovida por el Gobierno de Orbán, de que las personas LGTBI abusan o dañan a los niños. Una clara mayoría (74,5%) creía además que las personas transgénero deberían modificar su género y nombre en los documentos oficiales, mientras que el 59% apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo.

De hecho, las organizaciones LGTBI húngaras se mostraban esperanzadas de que el referéndum fracasaría, al no ser capaz de alcanzar el mínimo del 50% de votos emitidos válidos. Para conseguir ese objetivo, llamaban no a votar no o a abstenerse, sino a invalidar su papeleta de voto en el referéndum. Así ha sido: para conseguir que el referéndum fuese válido, debían alcanzarse en torno a los 4,1 millones de votos válidos (el censo electoral asciende a algo más de 8,2 millones de personas). Sin embargo, al 96% del escrutinio, el número de votos válidos se encontraba en torno a los 3,4 millones, muy lejos del umbral necesario. 2,7 millones habían votado «no» a las 4 preguntas, mientras que el número de votos inválidos superaba el millón y medio.

Cabe precisar que el fracaso del referéndum no impide que la ley siga en vigor, pero sí que supone un cierto varapalo para la estrategia anti-LGTBI de Orbán y para su enfrentamiento, en esta materia, con la Comisión Europea.

Hungría: la avanzadilla europea de la LGTBIfobia de Estado

El Gobierno de Viktor Orbán comenzó una nueva escalada legislativa contra la comunidad LGTBI húngara aprovechando la pandemia del coronavirus. En marzo de 2020, tras asumir Orbán poderes extraordinarios, su número dos, Zsolt Semjén, presentaba un proyecto de ley que entre otras medidas incluía una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrase en vigor la norma que durante ese tiempo sí que permitió a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a someterse a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación. Finalmente, el 19 de mayo de 2020 la Asamblea Nacional aprobaba la ley que incluye la reforma tránsfoba.

Pero el Gobierno de Orbán no paró tras este retroceso sin precedentes. Envalentonado por la falta de contundencia de sus socios europeos y aprovechando de nuevo el agravamiento de la pandemia por coronavirus, promovió una reforma constitucional que recoge «el derecho de los niños a la propia identidad de acuerdo con su género de nacimiento», prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo e impone que la educación en las escuelas húngaras se inspire en «la identidad constitucional de nuestro país y la cultura cristiana». Además, la negación de la homoparentalidad recogida en la ley fundamental se completó con la aprobación de otra ley que limita la adopción de menores a las parejas casadas (y, por tanto, necesariamente de distinto sexo). La adopción por parte de personas solteras, única vía a la que hasta entonces se podían acoger las parejas del mismo sexo, solo se otorgaría ya en casos excepcionales y previa autorización del ministerio de Asuntos Familiares.

Posteriormente, en junio de 2021, el Parlamento unicameral húngaro aprobó la ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores, y que era el que ahora Orbán pretendía refrendar públicamente. El texto, calificado por el activismo como una versión de la ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluyó en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, corroborando su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. La ley afecta a ámbitos como la enseñanza escolar, que se ve sometida a censura, porque se prohíbe la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género a los alumnos, mientras que la educación sexual, en cualquier caso, solo podrá ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, cerrando definitivamente la puerta a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos. Pero también se ve concernida la propia libertad de expresión, pues se prohíbe la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También se prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio». Muestra de ello es la primera norma surgida en aplicación de la ley, un decreto aprobado en el mes de julio pasado, que ordena el sellado y envoltorio de los libros dirigidos a menores que «promuevan» la homosexualidad o la reasignación de género o contengan descripciones de sexualidad «explícita». Se prohíbe la venta de estos libros, vayan dirigidos a menores o adultos, a menos de doscientos metros de una iglesia o un colegio.

Fuente Dosmanzanas

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La LGTBIfobia motivó el 32% de las denuncias por discriminación en Barcelona en 2021

Martes, 22 de marzo de 2022
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stop-lgbtfobia-en-la-iglesiaMás que preocupante tendencia la que muestran los datos de la Oficina por la No Discriminación del Ayuntamiento de Barcelona, hechos públicos hace pocos días. Los episodios de discriminación por LGTBIfobia constituyeron el 32% del total de situaciones de discriminación durante el pasado año 2021 en la capital catalana. En 2018, esas mismas situaciones supusieron el 16% del total.

El número total de situaciones de discriminación recogidas por la Oficina por la No Discriminación del Ayuntamiento de Barcelona durante 2021 aumentó un 11% respecto al año anterior. En total, este organismo abrió 244 expedientes. El porcentaje más elevado correspondió, como en años anteriores, a episodios de racismo y xenofobia (34%), si bien este porcentaje se encuentra en tendencia descendente. Por detrás se situaron los episodios por LGTBIfobia (32%, en tendencia ascendente). A más distancia se encuentran otros motivos de discriminación, como la discapacidad (9%), la salud (7%), el género (6%) o la posición socioeconómica (5%).

En concreto, de las 78 situaciones de discriminación por LGTBIfobia detectadas, 50 fueron por homofobia, 25 por transfobia y 3 por lesbofobia. Más de la mitad de los casos correspondieron a insultos o tratos humillantes y vejatorios. Las agresiones físicas se elevaron hasta el 17%.

La LGTBIfobia en Cataluña, disparada

La tendencia de Barcelona se corresponde, de hecho, con la que globalmente muestran los datos de Cataluña en tiempos recientes. A principios de 2021, el Observatori contra l’Homofòbia informaba de 189 incidencias por LGTBIfobia en Cataluña a lo largo del año 2020, una cifra que suponía un aumento del 25% respecto al año anterior. Y según datos recientes de los Mossos d’Esquadra, el número de denuncias por LGTBIfobia ascendió en 2021 a 215, más del triple que en 2016 (cuando se registraron 62 denuncias). La cifra supuso el 44% del total de denuncias por odio y discriminación registradas por la policía autónoma catalana el pasado año. La mayoría de denuncias fueron por homofobia (134), pero también las hubo por transfobia (42), lesbofobia (24) y contra el colectivo LGTBI en general (16).

En lo que va de año 2022, según la contabilidad que hace el Observatori contra l’Homofòbia en su página web, se tiene ya constancia de al menos 48 incidentes.

Entre ellos, la grave agresión tránsfoba ocurrida el pasado miércoles 9 de marzo en l’Hospitalet de Llobregat, donde un grupo de hombres se abalanzaron sobre una chica trans a la que golpearon salvajemente. Afortunadamente la intervención de los vecinos impidió que la agresión tuviera consecuencias fatales. Hay, de momento, un detenido:

La agresión mereció la condena de la alcaldesa de l’Hospitalet, Núria Marín, entre otras personalidades. Precisamente el pasado jueves tuvo lugar un concentración de rechazo a la transfobia en la plaza del Ayuntamiento de dicha ciudad:

Fuente Dosmanzanas

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El Congreso de Guatemala aprobó una ley que condena la diversidad sexual y eleva la pena por aborto

Lunes, 14 de marzo de 2022
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17DBF3DD-021A-4305-A80E-B99CF4B0D942El 8 de marzo se aprobó la ley 5272 que prohíbe el matrimonio del mismo sexo, pone en peligro a las diversidades sexuales y eleva la pena a las mujeres que aborten.

 CIUDAD DE GUATEMALA, Guatemala. La propuesta de la Ley 5272 para la protección de la vida y la familia fue aprobada el 8 de marzo durante el Día Internacional de la conmemoración de la lucha de las mujeres en el Congreso de la República y pasó a ser el decreto 18-2022.

Esta ley pone en peligro los derechos fundamentales de las personas de la diversidad sexual y criminaliza a las mujeres que tengan un aborto espontáneo, entre otras.

La propuesta fue aprobada con 101 votos a favor, con ocho votos en contra y la ausencia de 43 diputados durante la sesión ordinaria. Entre las y los diputados a favor están: el partido oficialista Vamos, Visión con Valores, entre otros.

Capital pro vida

Un día después de que el Congreso aprobara el decreto 18-2022, el gobierno declaró a Guatemala “Capital pro vida de Iberoamérica” y celebró el Congreso Iberoamericano por la Vida y la Familia.

Organizaciones de sociedad civil y abogadxs independientes ya han empezado a presentar objeciones debido a los “grandes errores” que contiene la ley. Presentes conversó con la abogada Stephany Rodríguez quien participó en la elaboración de un primer borrador de la política pública LGBTI en el 2017, y que terminó siendo un intento fallido.

La profesional del derecho dijo que el decreto 18-2022 es anti jurídica, inconstitucional porque viola una serie de derechos establecidos no sólo en la Constitución Política de la República sino también en tratados y convenios internacionales que Guatemala ha ratificado de “buena fe” entre ellos el derecho a la no discriminación, a la familia, a la no criminalización de las mujeres y a la laicidad del Estado y las relaciones internacionales.

“Es una ley que pretende minimizar los derechos de las mujeres, anula a las familias y a la comunidad LGBTIQ con discursos de odio”, afirmó.

Ley anti jurídica y anti inconstitucional

Analizamos algunos aspectos respecto al decreto 18-2022. En primer lugar, define la diversidad sexual como: “Conjunto de pensamientos, tendencias y prácticas por las que determinados grupos de la sociedad adoptan una conducta sexual distinta a la heterosexualidad e incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.

-Prohíbe la educación integral en sexualidad

El artículo 15 menciona que los padres y tutores tienen la libertad de escoger el tipo de educación para sus hijos. Pero se contradice cuando prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas promover en la niñez y adolescencia, políticas y programas relativos a la diversidad sexual. “O enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.

-Prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo y la unión de hecho

El artículo 16 hace una reforma al código civil prohibiendo el matrimonio entre personas del mismo sexo. En tanto el artículo 17 reforma el artículo 173 del código civil prohibiendo la unión de hecho entre personas del mismo sexo.

-Institucionaliza el rechazo a la diversidad sexual

El artículo 18 habla de la “libertad de conciencia y expresión”. Sin embargo, en su extensión aclara que ninguna persona está obligada “a aceptar como normales las conductas y prácticas no heterosexuales.”

De ese modo, declara anormales a las personas no heterosexuales y de identidad de género no cisgénero, haciendo implícita la incitación al odio y la violencia hacia la diversidad sexual no solo en aspectos físico sino también en dignidad y negación de derechos fundamentales como la salud, el trabajo y la educación.

Criminalización de las personas que aborten

La ley contiene una serie de artículos que criminalizan directamente a las mujeres que interrumpan su embarazo por cualquier motivo.

-Aborto voluntario:

El artículo 5 endurece las penas de cárcel para las mujeres que se causen un aborto procurado o consienta a otra persona de hacerlo con condenas de 5 a 10 años. Mientras el artículo 6 sanciona con 6 a 12 años a quien causare un aborto con consentimiento de la mujer y condenas de 10 a 15 años sin su consentimiento.

Aborto terapéutico:

El artículo 8 expone sobre el aborto terapéutico. Es decir, el que se deba hacer para salvar la vida de la mujer. Sólo será posible con el visto bueno de dos médicos obstetras con colegiados activos y por un médico general si la situación se da en áreas rurales.

-Aborto culposo:

El artículo 10 expone tentativa y aborto culposo cuando la mujer que intenciona su propio aborto y no lo logra tendrá una condena de dos a cuatro años de cárcel.

Personal sanitario atado de manos

La ley también impacta sobre los médicos y todo personal sanitario público privado que cause o coopere con un aborto. Será castigado con penas de entre 12 a 50 años de cárcel, según lo indica el artículo 11 de dicha normativa.

La promoción del aborto será delito

También se ocupa de acompañantes para la interrupción del embarazo. Según dice la ley, serán penados quienes de forma pública o privada, directa o indirectamente, por sí mismo o a través de otras personas, promueva o facilite los medios para realizar un aborto:

En ese caso, será condenado a prisión de 6 a 10 años y multa de Q50 mil a Q100 mil quetzales.

Las sanciones aumentarán en una tercera parte si los involucrados son funcionarios o empleados públicos o profesionales de las ciencias médicas.

El Procurador de Derechos Humanos, Jordan Rodas anunció que presentará una acción de inconstitucionalidad ante la aprobación de la iniciativa 5272 aprobada por el Congreso:

Protestas y manifestaciones

Organizaciones de sociedad civil y grupos de estudiantes se suman a las objeciones que se llevan a cabo a las afueras del Congreso de la República, y convocaron a movilizaciones desde el jueves 10 de marzo que se extenderán durante el fin de semana.

https://twitter.com/oleadafeminisgt/status/1501674146870272007?s=21

Fuente Agencia Presentes

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Texas retira la prevención frente al suicidio para personas LGTB+

Lunes, 7 de marzo de 2022
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greg-abbott-agga_columnsLas webs estatales ya no disponen de este servicio

Texas retira de los sitios web estatales los recursos de prevención del suicidio de personas LGBT+ que pueden salvar vidas

El departamento de salud y servicios humanos de Texas ha eliminado de su sitio web los recursos de prevención del suicidio para los jóvenes LGBT+.

NBC News informó de que el 1 de febrero, la página de prevención del suicidio del departamento enumeraba cuatro organizaciones “para personas con riesgo de suicidio”: The Suicide Prevention Lifeline, The Veterans Crisis Line, Crisis Text Line y The Trevor Project, una organización benéfica de prevención del suicidio e intervención en crisis para jóvenes LGBT+.

Pero el 5 de febrero, el Proyecto Trevor había desaparecido. Fue el único recurso que se eliminó de la página.

La organización benéfica sigue figurando como recurso en un PDF descargable sobre la prevención del suicidio juvenil, pero es mucho menos accesible, y no está marcada como organización específica de LGBT.

Sam Ames, director de defensa y asuntos gubernamentales de The Trevor Project, declaró a NBC News que eliminar recursos “porque son específicos para los jóvenes LGBTQ no sólo es ofensivo y erróneo, sino peligroso”.

Ames continuó: “Estamos hablando de un grupo de jóvenes que tienen más de cuatro veces más probabilidades de intentar suicidarse en comparación con sus compañeros.

“Especialmente durante esta época de ataques políticos sin precedentes contra los jóvenes LGBTQ, animamos a todas las organizaciones que atienden a los jóvenes y a los organismos gubernamentales a que conozcan mejor los servicios de crisis de The Trevor Project que salvan vidas y a que los den a conocer a los jóvenes y a las familias que más apoyo necesitan.”

En el último año, los ataques de Texas a la gente LGBT+, en particular a los niños trans, se han acelerado de forma alarmante, desde el cierre de la única clínica pública de género para jóvenes trans en el estado, hasta la prohibición de libros inclusivos LGBT en las bibliotecas, pasando por los implacables proyectos de ley dirigidos a los jóvenes trans.

La semana pasada, el gobernador de Texas, Greg Abbott, que ya ha supervisado la prohibición de que los niños trans practiquen deportes, arremetió contra la asistencia sanitaria de afirmación de género, comparándola con el “abuso infantil”.

Días después de que el fiscal general del estado, Ken Paxton, calificara de “abuso infantil” los bloqueadores de la pubertad que salvan vidas y comparara la cirugía de afirmación del género con la mutilación genital femenina, Abbott envió una carta al Departamento de Servicios de Protección y Familia de Texas en la que afirmaba que bloquear la asistencia sanitaria a los niños trans sería lo mismo que “proteger a los niños del abuso”.

Abbott dio instrucciones al departamento para que “lleve a cabo investigaciones rápidas y exhaustivas de cualquier caso denunciado de niños de Texas sometidos a procedimientos abusivos de transición de género”.

Chase Strangio, abogado de la Unión Americana de Libertades Civiles, escribió en Twitter: “Esto es una absoluta pesadilla… Lo que [Paxton y Abbott] están haciendo es aterrador.

“Están asustando a los niños, a sus familias y a sus médicos haciéndoles creer que serán investigados si afirman a sus niños y pacientes trans.

“Esto causará estrés y ansiedad graves, podría limitar la atención médica, desanimará a los padres a querer y apoyar a sus hijos y podría llevar a investigaciones ilegales en las familias”.

En declaraciones a NPR, Emmett Schelling, director ejecutivo de la Red de Educación Transgénero de Texas, añadió: “Los dirigentes del estado han dicho: ‘Preferimos ver niños muertos… en lugar de niños trans felices, amados, apoyados y prósperos que están vivos y bien”.

Fuente Pink News

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Espaldarazo de la justicia europea al reconocimiento de las familias homoparentales por encima de las leyes nacionales

Sábado, 18 de diciembre de 2021
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justice-europeEl Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) ha dictado una sentencia en la que establece que los países de la Unión están obligados a reconocer los documentos de filiación expedidos en otros países miembros aunque contravengan su legislación nacional. Según el TJUE, el hecho de que las leyes de un país no contemplen el matrimonio entre personas del mismo sexo o la filiación homoparental no debe ser motivo para que no se reconozcan los certificados de nacimiento expedidos en países donde ambas figuras son legales. No reconocerlos e impedir u obstaculizar que un menor obtenga los documentos de identidad necesarios vulneraría el derecho a la libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión. Se trata, pues, de un espaldarazo de la justicia europea al reconocimiento de las familias homoparentales por encima de las legislaciones nacionales.

El caso se refiere a la demanda interpuesta en Bulgaria por VMA, nacional de aquel país, que en 2018 se casó en Gibraltar con KDK, natural de la dependencia británica. En diciembre de 2019, el matrimonio tuvo una hija (SDKA) en Barcelona, donde actualmente residen. El registro civil español otorgó un certificado de nacimiento en el que constan las nacionalidades búlgara y británica de las madres. A pesar de haber nacido en España, la menor no tiene derecho a la nacionalidad española porque ninguna de sus progenitoras la ostenta. La cónyuge gibraltareña tampoco puede transmitirle su ciudadanía británica si la menor ha nacido en un tercer país, por lo que la única opción para la menor era adquirir la nacionalidad búlgara de su otra madre.

Iniciado el trámite, uno de los requisitos para obtener un documento de identidad búlgaro era la presentación de un certificado de nacimiento expedido por las autoridades de aquel país. VМА solicitó entonces al municipio de Sofía que le expidiera uno para SDKA. Para ello, junto a la solicitud presentó una traducción al búlgaro, jurada y legalizada, del asiento del Registro Civil español relativo al certificado de nacimiento de SDKA. El municipio de Sofía requirió a VМА que aportase pruebas relativas a la identidad de la madre biológica de la niña, argumentando que el modelo de certificado de nacimiento en vigor en Bulgaria prevé una única casilla para la «madre» y otra casilla para el «padre», y tan solo puede inscribirse un nombre en cada una de ellas.

VМА consideró que no estaba obligada a facilitar esa información, por lo que el municipio de Sofía denegó la expedición del certificado de nacimiento, basándose en la falta de información acerca de la identidad de la madre biológica de la niña. También resolvía que la mención en el certificado de nacimiento de dos mujeres contravenía la legislación de Bulgaria, que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Tras la denegación, la menor quedaba en situación de apátrida, sin posibilidad de desplazarse por los países de la Unión Europea, lo que suponía no poder visitar a su familia en Bulgaria. VMA decidió interponer recurso ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Sofía. Puesto que afectaba a los derechos de los ciudadanos comunitarios, el tribunal búlgaro decidió iniciar un procedimiento prejudicial solicitando un dictamen al TJUE. Se preguntaba si la negativa de inscripción del nacimiento de la menor de nacionalidad búlgara no vulneraba su derecho a la libre circulación y al pleno disfrute de sus derechos como ciudadano de la Unión.

En abril de este año, la abogada general del TJUE Juliane Kokott emitió un informe favorable a la familia y al derecho de la menor a la nacionalidad búlgara. La opinión de Kokott reconocía la potestad de las autoridades búlgaras de rechazar la inscripción de las dos mujeres como madres de la niña en la partida de nacimiento, pero afirmaba que la menor tenía derecho a recibir un documento de identidad en el que se reflejase la parentalidad de ambas para que la menor pudiera viajar con cualquiera de ellas por separado.

Finalmente, este 14 de diciembre la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia, en la que interpreta las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en lo que afecta a este caso en cuestión. Para el TJUE, «en el caso de un menor ciudadano de la Unión cuyo certificado de nacimiento expedido por las autoridades competentes del Estado miembro de acogida designa como progenitores a dos personas del mismo sexo, el Estado miembro del que el menor es nacional está obligado, por una parte, a expedirle un documento de identidad o un pasaporte sin exigir la expedición previa de un certificado de nacimiento por sus autoridades nacionales y, por otra parte, a reconocer, al igual que cualquier otro Estado miembro, el documento procedente del Estado miembro de acogida que permita al menor ejercer con cada una de esas dos personas su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros».

Así, Bulgaria debe expedir un pasaporte o documento de identidad a SDKA en el que conste su nacionalidad y que es hija de VMA y KDK, de manera que pueda circular libremente por la Unión Europea acompañada de cualquiera de sus progenitoras. Según el TJUE, «es contrario a los derechos fundamentales garantizados por los artículos 7 y 24 de la Carta privar al menor de la relación con uno de sus progenitores al ejercer su derecho de libre circulación o imposibilitarle el ejercicio de ese derecho o hacérselo excesivamente difícil en la práctica debido a que sus progenitores sean del mismo sexo».

Sin embargo, la sentencia también aclara que el reconocimiento de la filiación de SDKA, con el objetivo de preservar sus derechos como ciudadana de la Unión, no implica que Bulgaria esté obligada a contemplar en su Derecho nacional la parentalidad de personas del mismo sexo ni su matrimonio, al ser competencia exclusiva de los Estados miembros de la Unión. Pero sí debe reconocerlos en lo que respecta a los derechos fundamentales comunitarios.

La repercusión de esta sentencia es comparable a la del fallo de 2018 que estableció que los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado. Una sentencia, por cierto, que la justicia búlgara trasladó al caso de un matrimonio entre dos mujeres. El reconocimiento de la homoparentalidad a nivel trasnacional también fue un punto clave del discurso de la presidenta de la Comisión Europea Ursula von der Leyen de hace unos meses. «Porque si eres un progenitor en un país, por supuesto eres un progenitor en todos los países», declaró von der Leyen.

Fuente Dosmanzanas

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La Corte de Apelaciones de Bostsuana mantiene la despenalización de las relaciones homosexuales

Sábado, 11 de diciembre de 2021
Comentarios desactivados en La Corte de Apelaciones de Bostsuana mantiene la despenalización de las relaciones homosexuales

sweet-closure-botswana-agrees-to-recognise-trans-manMagnífica noticia: la justicia de Botsuana ha decidido mantener la despenalización de las relaciones entre personas del mismo sexo. Lo ha hecho, además, con el acuerdo unánime de los cinco jueces que componían la sala de apelaciones ante la que el fiscal general de Botsuana había recurrido la decisión.

El Alto Tribunal de Botsuana ya despenalizó las relaciones entre personas del mismo sexo en 2019, al anular la legislación heredada de la época colonial británica que las castigaba con hasta siete años de cárcel. El Gobierno de Bostsuana, sin embargo, recurrió el fallo a través de su fiscal general. Hace pocas semanas la Corte de Apelaciones se puso manos a la obra y, tras escuchar a las partes, abrió la discusión del recurso.

El resultado no ha podido ser más favorable: se mantiene la despenalización de las relaciones homosexuales consentidas, por decisión unánime de los cinco jueces que componía la sala. Todos ellos avalan los argumentos del Alto Tribunal, al coincidir en que su criminalización violaba la Constitución de Botsuana, y en concreto atentaba contra los derechos constitucionales de las personas LGTBI a la privacidad, a la libertad, a la seguridad y el trato igualitario ante la ley y a la no discriminación:

Una decisión que ha sido recibida con alborozo por parte del activismo local. «Hoy es un día trascendental en nuestra historia», ha reconocido Thato Moruti, presidente del Grupo de Defensa de los Derechos Humanos de Lesbianas, Gais y Bisexuales de Botsuana (LEGABIBO), que considera que nos encontramos ante «un nuevo amanecer para una mejor educación y conciencia sobre los problemas de las personas LGBTIQ». Moruti se ha mostrado confiado en que la decisión abrirá un nuevo periodo de mayor colaboración con el Gobierno para hacer de Botsuana «una nación más inclusiva y diversa».

Tímidos avances hacia una África más inclusiva con sus ciudadanos LGTBI

Botsuana es de los pocos países africanos que ha despenalizado en años recientes las relaciones entre personas del mismo sexo, junto a Angola, GabónMozambique y Seychelles. Namibia también está dando pasos en ese sentido.

Aun así, buena parte del continente mantiene leyes que las criminalizan, en muchos casos mediante disposiciones heredadas de la época colonial. Un caso especial es el de Sudáfrica, donde a pesar de la LGTBIfobia social el marco jurídico es favorable a los derechos LGTBI, con una Constitución que prohíbe expresamente la discriminación por orientación sexual y donde el matrimonio igualitario es legal desde 2006.

Fuente Dosmanzanas

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La Cámara de los Comunes de Canadá aprueba por unanimidad la prohibición de las pseudoterapias de conversión

Martes, 7 de diciembre de 2021
Comentarios desactivados en La Cámara de los Comunes de Canadá aprueba por unanimidad la prohibición de las pseudoterapias de conversión

canada-rainbow-flagBuenas noticias desde Canadá: la Cámara de los Comunes ha aprobado por unanimidad un proyecto de ley para prohibir la práctica de las mal llamadas «terapias» reparadoras o de conversión, que pretenden modificar la orientación sexual o la identidad de género de sus pretendidos pacientes. Se trata de una iniciativa que el Gobierno liberal de Justin Trudeau ya promovió en la anterior legislatura. Se espera que el Senado ratifique el texto aprobado por la cámara baja, con lo que Canadá se uniría al reducido grupo de países que han vetado estos infames procedimientos.

La campaña contra las «terapias» de conversión en Canadá comenzó en septiembre de 2018. Se recogieron más de 18.000 firmas por su prohibición, pero en marzo de 2019 el Gobierno federal rechazó legislar sobre el asunto, alegando que se trata de una competencia de los territorios y las provincias. Las de Manitoba, Ontario y Nueva Escocia, así como la ciudad de Vancouver, ya habían aprobado normas para penalizar estas peligrosas prácticas. A ellos se unirían posteriormente Prince Edward Island, Quebec, Yukon y las ciudades de Edmonton y Calgary. A pesar del varapalo inicial que supuso la negativa del Gobierno de Justin Trudeau, los activistas siguieron presionando por una prohibición a nivel nacional.

En abril de 2019, un senador liberal (el partido de Trudeau) presentó una proposición de ley para vetar las «terapias» reparativas. La iniciativa de Serge Joyal no llegó a aprobarse antes de que acabara esa legislatura en otoño de ese mismo año. Mientras tanto, el colegio de abogados hizo un llamamiento al Gobierno para que analizara sus competencias para prohibir las pseudoterapias o, al menos, eliminar los beneficios fiscales de los que disfrutan los grupos que las llevan a cabo. La administración de Trudeau reaccionó enviando una carta a todas las provincias y territorios para pedirles que vetaran estas prácticas.

Durante la campaña electoral para las elecciones de octubre de 2019, los liberales del primer ministro prometieron finalmente hacerse cargo del asunto. El partido de Trudeau se mantuvo como primera fuerza política, aunque perdiendo la mayoría. El nuevo Gobierno, entonces sí, declaró como prioritaria la prohibición a nivel federal de las «terapias» de conversión. En marzo de 2020, el ministro de Justicia David Lametti presentó un proyecto de ley de reforma del Código Penal para tipificar como delito la publicidad y la práctica de estas pseudoterapias en menores de edad. La Cámara de los Comunes aprobó la medida en junio de este año, con los votos en contra de 62 diputados conservadores (de un total de 119). La iniciativa, sin embargo, entró en vía muerta antes de su tramitación en el Senado, debido a la disolución del Parlamento que precedió a las elecciones anticipadas del pasado mes de septiembre.

Tras la nueva victoria, aunque sin mayoría absoluta, de los liberales de Trudeau, el Gobierno reactivó la propuesta con una importante novedad: el veto será total y no solo se aplicará a menores de edad. El pasado miércoles, la Cámara de los Comunes le dio su visto bueno, esta vez por unanimidad. Un apoyo generalizado que sorprendió a muchos diputados liberales, algunos de los cuales se abrazaron a sus rivales conservadores en agradecimiento por su apoyo a la medida. Ahora pasará al Senado, donde no se espera tampoco una importante oposición. Todo indica que, esta vez sí, se convertirá en una ley que prevé penas de hasta cinco años de cárcel para quien inflija estas prácticas y hasta dos para quien se beneficie económicamente de las mismas o las publicite.

La situación en otros países

Cuando entre en vigor la nueva norma, Canadá se unirá al reducido grupo de países que han prohibido las pseudoterapias de conversión, ya sea de manera general o en menores de edad.

En el vecino Estados Unidos la primera en hacerlo fue California En EE.UU., California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y más tarde se sumaron los estados de  OregonIllinoisVermont,  Nuevo MéxicoRhode Island, Nevada, Connecticut, Washington,  Hawái, MarylandDelaware y New HampshireNueva York, Colorado y Massachusetts, cuyo texto entró en vigor en 2019 tras la firma del gobernador republicano Charlie Baker.

En abril del mismo año  también  se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y en mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).

Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo aprobó por ejemplo en enero de 2019  por decisión unánime de sus concejales, así como el estado de Utah.

Y en julio, era Ciudad de México quien prohibía las «terapias» de conversión de la orientación sexual y la identidad de género. Y en octubre de 2020, en el Estado de México. y en julio de 2021 el Estado de Yucatán.

En Europa la pionera fue Malta, que aprobó una ley en 2016. Irlanda y el Reino Unido también están dando pasos en esta dirección. La siguió Alemania el año pasado, aunque con un texto limitado a los menores de edad y con ciertas ambigüedades que el próximo Gobierno de Olaf Scholz se ha comprometido a revisar. El próximo país en sumarse será posiblemente Francia, cuya Asamblea Nacional aprobó en octubre, también por unanimidad, el veto a las pseudoterapias de conversión. Irlanda ha dado pasos en la misma dirección, antes de la disolución del Parlamento con la convocatoria de elecciones en 2020, y también se debate sobre el asunto en Austria. En mayo de este año, el Gobierno británico de Boris Johnson anunció un proyecto de ley, mientras que en Albania existe un veto de facto, toda vez que el colegio de Psicología prohíbe a sus miembros la práctica de cualquier procedimiento encaminado a intentar cambiar la orientación sexual o la identidad de género, ya sea en menores de edad o en adultos.

En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y era una de las disposiciones que preveía la prometida ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI que se discutió en el Congreso de los Diputados (aunque el PP intentó «colar»una proposición alternativa, en forma de enmienda a la totalidad, que no contemplaba este aspecto).  Un proyecto que naufragó con la convocatoria de las elecciones de abril de 2019. Tras la repetición electoral, el acuerdo de Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos contempla «la aprobación de una Ley contra la Discriminación de las Personas LGTBI incluyendo la prohibición a nivel nacional de las llamadas terapias de reversión».

Y, por fin, El Gobierno de España presidido por Pedro Sánchez, presentó el pasado junio el proyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, que incluye la prohibición de las pseudoterapias de conversión.

En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre ayudar a cambiar sentimientos homosexuales. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…

Mientras tanto, el Parlamento Europeo ha exigido la prohibición de estas terapias.

«No» rotundo de los especialistas a las pseudoterapias reparadoras

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles «terapias» reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

De hecho, en julio de este año, nos enterábamos de que el Vaticano frenaba las “terapias de conversión” e instruía a los obispos españoles a desautorizar a un grupo de ex-gays. Sin embargo, con la dimisión del obispo  Xavier Novell nos enterábamos de que éste, participó, y avaló, ‘terapias de conversión’ de homosexuales hasta que fue frenado por el Vaticano. otros prelados que avalaban dichas prácticas (según las víctimas) serían: José Ignacio Munilla, Javier Martínez, Arturo Ros y  Juan Antonio Reig  avalarían estas prácticas

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La historia de “X. X.”, un eclesiástico homosexual que pasó por las ‘terapias de conversión’ y “pensó que no tenía más opción que suicidarse”

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«Nada que Curar», la guía que ayuda a combatir con información científica las denominadas terapias de conversión

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Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

 

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La extrema derecha busca que Madrid sea el primer lugar de Europa occidental que aprueba en pleno siglo XXI un retroceso legislativo en la protección contra la discriminación de las personas LGTBI

Lunes, 6 de diciembre de 2021
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33921_asamblea-madrid-bandera-arcoirisLa acción erosiva de la extrema derecha y de los movimientos ultraconservadores contra el avance de los derechos de las personas LGTBI continúa. La nueva batalla se libra en la Comunidad de Madrid, donde Vox ha presentado una proposición de ley «de igualdad y no discriminación» que en caso de ser aprobado derogaría las leyes ya existentes en la Comunidad de Madrid de protección contra la LGTBIfobia y de identidad y expresión de género. Sería la primera vez en lo que llevamos de siglo que se produce un retroceso legslativo explícito en la protección contra la discriminación de las personas LGTBI en el ámbito de Europa occidental, de ahí su importancia.

Las leyes que la extrema derecha pretende derogar en Madrid, si el gobernante Partido Popular lo permite (recordemos que, una vez desaparecido Ciudadanos del ámbito regional tras las últimas elecciones, el PP de Isabel Díaz Ayuso y Vox suman mayoría absoluta en la Asamblea de Madrid) son la Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual, aprobada en julio de 2016 con el voto de todos los grupos representados entonces en la cámara autonómica (incluido el grupo popular de la época) y la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación, aprobada en marzo de 2016 con el voto favorable de PSOE, Podemos y Ciudadanos y la entonces abstención del grupo popular.

FFr6ZsRXMAgwUhYEste es el texto de la Ley que se debatirá el 16.

Una derogación que Vox había puesto como condición para dar su apoyo a los presupuestos generales presentados por Isabel Díaz Ayuso, pero que aparentemente quedó fuera del pacto presupuestario dado a conocer públicamente hace unos días por las dos formaciones. Este viernes, sin embagro, saltaba la sorpresa, cuando el diputado de Más Madrid en la Asamblea regional Eduardo Fernández Rubiño daba a conocer en Twitter que el próximo 16 de diciembre sería votada en pleno la adminsión a trámite de la propuesta de derogación:

Está por ver qué sucederá el próximo día 16, puesto que ya en varias ocasiones en que ha sido preguntada por la materia, la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso se ha mostrado abierta a negociar con Vox la modificación del articulado de ambas leyes, aunque nunca ha hablado abiertamente de derogarlas. Desde el PP, por otra parte, han evitado anticipar el sentido de su voto, al menos hasta el momento. En este sentido, cabe señalar que la toma en consideración del proyecto no supone su aprobación, sino el inicio de su trámite parlamentario. No sería de extrañar, dada la conocida habilidad propagandística de la presidenta Ayuso, que la toma en consideración fuese aprobada para así contentar al electorado más reaccionario y favorecer el apoyo definitivo de Vox a sus presupuestos para luego pasar a una fase de ambigüedad calculada durante la tramitación parlamentaria en la que el desenlace definitivo lo definieran las prospecciones demoscópicas de Díaz Ayuso.

FFw_OPoXoAoEtyrEl día 15 todes a llenar Sol #NiUnPasoAtrás

En este sentido, cabe señalar, para anticipar la dirección hacia la cual la extrema derecha intentará derivar el debate, que si finalmente fuese aprobada íntegramente la proposición de ley presentada por Vox, las dos leyes derogadas, caracterizadas por un elevado grado de concreción en la definición de los sujetos protegidos y en las medidas enunciadas, serían sustituidas por un listado genérico de vaguedades que dejan fuera las medidas o acciones afirmativas contempladas específicamente en materia LGTBI a nivel educativo, sanitario o laboral. Especialmente dañado se vería el colectivo trans, que perdería por ejemplo el derecho expreso a una asistencia sanitaria integral acorde a su identidad de género y a disponer de documentación administrativa según su identidad con independencia de su estatus registral (en este sentido es un mal presagio el apoyo a la iniciativa de Vox que desde algunas cuentas afines al activimo transexcluyente se ha manifestado ya). Pero también desaparecerían, por mencionar solo algunos ejemplos, la prohibición de las pseudoterapias de conversión, la prohibición de las cirugías de mutilación a personas intersex y toda una serie de medidas destinadas a prevenir el acoso escolar o la discriminación laboral por LGTBIfobia.

Pase lo que pase, y sobre todo si el PP no rechaza la proposición de forma clara, nos encontramos ante un gravísimo precedente, ya que en caso de que la legislación antidiscriminatoria fuese derogada, o simplemente rebajada, nos encontraríamos, al menos en nuestro conocimiento, ante la primera vez en lo que llevamos de siglo XXI que se produce un retroceso legislativo en la protección de las personas LGTBI en el ámbito de Europa occidental (Hungría, Polonia o Rusia aparte).

Fuente Dosmanzanas

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Hungría: el candidato de la oposición unificada a Orbán, Péter Márki-Zay, se pronuncia a favor de los derechos LGTBI

Lunes, 29 de noviembre de 2021
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249466415_430657095087435_3797204689865213991_nLos principales partidos de la oposición al Gobierno húngaro se han unido en torno a la candidatura de Péter Márki-Zay, alcalde de una pequeña ciudad del sur del país, para intentar acabar con la hegemonía de Viktor Orbán en las elecciones del año que viene. Márki-Zay ha empezado a revelar sus planes si es elegido primer ministro, que pasan por «restablecer el imperio de la ley» frente a la erosión democrática propiciada por el Fidesz y sus socios. Entre los cambios que ha prometido afrontar se encuentran también la derogación de las leyes LGTBIfobas y la equiparación de derechos para las parejas del mismo sexo.

A finales de 2020, los seis principales partidos de la oposición en Hungría se pusieron de acuerdo para presentar listas conjuntas y un candidato a las elecciones generales previstas para abril o mayo del año próximo. Se trata de una unión de formaciones de ideologías diversas, que abarcan desde verdes y socialdemócratas hasta liberales y conservadores. Decidieron que el aspirante a primer ministro sería elegido mediante primarias a doble vuelta, que se celebraron en septiembre y octubre.

El vencedor del proceso fue Péter Márki-Zay, alcalde de la localidad de Hódmezővásárhely (44.000 habitantes), en el sudeste del país. Es un independiente que fundó en 2018 el Movimiento por una Hungría de Todos (Mindenki Magyarországa Mozgalom, MMM), de ideología conservadora y proeuropea. La semana pasada acudió a Bruselas para reunirse con dirigentes europeos y esbozó sus principales prioridades en una comparecencia pública.

Ante todo, Márki-Zay se comprometer a restaurar el Estado de derecho, seriamente comprometido en Hungría tras once años de Gobierno de Viktor Orbán. Para ello plantea la redacción de una nueva constitución que sustituya a la vigente desde 2012 y que, según sus detractores, está hecha a la medida del Fidesz, el partido de Orbán y sus socios. El aspirante a primer ministro asegura que persiguen «un cambio de régimen, no un cambio de Gobierno».

A pesar de declararse conservador y católico practicante, Márki-Zay ha reivindicado también en su intervención los derechos LGTBI, que han sufrido una serie de retrocesos sin parangón en la Unión Europea. En este sentido, ha prometido derogar la legislación LGTBIfoba aprobada por el Gobierno de Orbán y equiparar en derechos a las parejas del mismo sexo. El político pretende acabar con las campañas de odio a las minorías, mencionando explícitamente a la comunidad LGTBI junto a la gitana, la judía o personalidades como George Soros.

Hungría: la avanzadilla europea de la LGTBIfobia de Estado

El Gobierno de Viktor Orbán, al que se enfrentará Péter Márki-Zay en las urnas, comenzó una nueva escalada legislativa contra la comunidad LGTBI húngara el 30 de marzo del año pasado, cuando el primer ministro asumía poderes extraordinarios con la excusa de la crisis producida por la pandemia de coronavirus. Solo un día después, el vice primer ministro Zsolt Semjén presentaba un proyecto de ley que, entre otras medidas, incluía una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que abría dicha modificación y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación.

Finalmente, el 19 de mayo la Asamblea Nacional aprobaba la ley que incluye la reforma tránsfoba. Lo hacía por 133 votos a favor (los que reúnen el Fidesz y sus aliados del Partido Popular Demócrata Cristiano) y 57 en contra. Como ya alertábamos entonces, se trata, muy posiblemente, del mayor ataque lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea. Un órdago que, desde que fue anunciado, solo ha recibido una respuesta tibia por parte de resto de países de la UE y de la propia institución comunitaria.

Pero el Gobierno de Orbán no paró tras este retroceso sin precedentes. Tal vez envalentonado por la falta de contundencia de sus socios europeos y aprovechando de nuevo el agravamiento de la pandemia por coronavirus, la ministra de Justicia Judit Varga presentaba el 10 de noviembre del año pasado una reforma constitucional que recoge «el derecho de los niños a la propia identidad de acuerdo con su género de nacimiento». Una formulación que se traduce en la negación de la identidad de los menores trans e intersexuales, blindada ahora al máximo nivel normativo.

La modificación constitucional también incluye una ampliación del artículo sobre la familia, que desde 2012 prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Ahora se añade la frase: «La madre es una mujer y el padre, un hombre». La finalidad, cerrar la puerta a cualquier reconocimiento de realidades familiares diferentes a la compuesta por un hombre y una mujer. Por último, la reforma de la ley fundamental impone que la educación en las escuelas húngaras debe inspirarse en «la identidad constitucional de nuestro país y la cultura cristiana», excluyendo por tanto los contenidos sobre diversidad afectivo-sexual.

Tras la aprobación por parte del Gobierno, la mayoría de dos tercios con la que cuentan el Fidesz y sus socios dio su visto bueno el pasado 15 de diciembre en el Parlamento al proyecto de reforma constitucional por 135 votos a favor, 45 en contra y cinco abstenciones. Además, la negación de la homoparentalidad recogida desde ahora en la ley fundamental se completó con la aprobación de un proyecto de ley para limitar la adopción de menores a las parejas casadas (y, por tanto, necesariamente de distinto sexo). La adopción por parte de personas solteras, única vía a la que hasta ahora se podían acoger las parejas del mismo sexo, solo se otorgará en casos excepcionales y previa autorización del ministerio de Asuntos Familiares.

Posteriormente, el 15 de junio de 2021, el Parlamento unicameral húngaro aprobó un proyecto de ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores. El texto, calificado por el activismo como una versión de la ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluye en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, lo que corrobora su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. La ley afecta a ámbitos como la enseñanza escolar, que se ve sometida a censura, porque se prohíbe de nuevo la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género a los alumnos. La educación sexual, en cualquier caso, solo podrá ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, lo que cierra definitivamente la puerta a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos.

Pero también se ve concernida la propia libertad de expresión, pues se prohíbe la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También se prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio». Muestra de ello es la primera norma surgida en aplicación de la ley, un decreto aprobado en el mes de julio que ordena el sellado y envoltorio de los libros dirigidos a menores que «promuevan» la homosexualidad o la reasignación de género o contengan descripciones de sexualidad «explícita». Se prohíbe la venta de estos libros, vayan dirigidos a menores o adultos, a menos de doscientos metros de una iglesia o un colegio.

Fuente Dosmanzanas

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Agresión homófoba a una pareja de artistas falleros en Valencia

Sábado, 20 de noviembre de 2021
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FEKpYCRXsAcyFGeNueva agresión homófoba, en esta ocasión en Valencia. Las víctimas son José Luis Sanchís y Vicent García, una pareja de artistas falleros del colectivo Artdefoc Creacions Artistiques. Un individuo les ha dirigido insultos homófobos, les ha escupido y les ha agredido físicamente. Como consecuencia de la agresión Vicent García sufre una fractura en un pie.

Según relata el diario Levante, la pareja salía este domingo por la mañana de un hostal situado en pleno centro de Valencia y se dirigía a una reunión con una comisión fallera. En ese momento, un hombre descrito como «de mediana edad» les ha increpado, llamándolos «maricones». A José Luis Sanchís le ha escupido en la cara y a su pareja, Vicent García, lo ha tirado al suelo de una patada. Como consecuencia de la caída ha sufrido una fractura en un pie, a la altura del quinto metatarsiano. Según ha relatado José Luis Sánchís al diario valenciano, ninguna de las personas que han sido testigos directos de la agresión ha salido en su defensa. Solamente el personal de una cafetería les ha prestado ayuda para refugiarse. La pareja de artistas ha denunciado la agresión a la Policía Nacional tras recibir asistencia hospitalaria.

«Hoy, nuestros artistas Falleros ‘Art de Foc’ han sufrido un violento ataque en Ciutat Vella mientras iban de camino a su furgoneta para asistir a uno de los actos de una de sus fallas contratadas. Al grito de ‘maricones’ les han increpado y agredido, escupiendo a José Luis en la cara y llegando a patear a Vicente hasta el punto de romperle el pie a la altura del 5° metatarso. Desde la 99 condenamos totalmente este tipo de agresiones y actos, que en una sociedad del siglo XXI no debería existir, y menos proclamas de esa índole. Ni un paso atrás», ha denunciado en sus redes sociales la falla Fernando el Católico, Erudito Orellana y Juan de Mena, para la que trabajan las víctimas de la agresión.

También la Junta Central Fallera de Valencia ha expresado su repulsa ante lo sucedido. «Expresamos nuestra total condena y rechazo hacia los hechos que han sufrido hoy los artistas José Luis y Vicente, de ‘Art de foc’, cuando se dirigían a un acto de una de las comisiones [falleras] en las que trabajan. Una fiesta libre, plural y diversa como son las Fallas no puede permitirse este tipo de comportamientos y actitudes, que no tienen cabida en una sociedad como la nuestra. Todo nuestro apoyo a los artistas», han difundido en sus redes sociales:

Fuente Dosmanzanas

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“Índice de libros prohibidos “, por Carlos Osma

Jueves, 18 de noviembre de 2021
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man-g4607ae560_1920Leído en su blog:

La primera edición del Índice de libros prohibidos data de 1551, contenía casi 700 libros que la Inquisición española pensaba que podían confundir a los desvalidos católicos de manos de falsos judeoconversos, musulmanes, servidores de satanás, o herejes protestantes. Este índice fue modificándose con el tiempo, y en 1872 se hizo la última edición. O al menos eso es lo que pensábamos hasta que hace un par de semanas una jueza de Castellón diera la razón a la Asociación de Abogados Cristianos, y se creara uno nuevo con 32 libros prohibidos con los que el lobby LGTBIQ estaría tratando de confundir a los desvalidos adolescentes castellonenses.

Tengo que decir que lo primero que hice al conocer la noticia fue mirar el listado de libros prohibidos para ver si aparecía mi Solo un Jesús marica puede salvarnos, pero no, lamentablemente parece ser que no confunde a ninguna dulce y tierna muchacha. Después, volví a repasar el índice prohibido para ver si con un poco de suerte habían incluido el Tirant lo Blanc de Joanot Martorell. Y es que todavía recuerdo las tardes calurosas del mes de mayo en las que mi profesor de valenciano de 3º de BUP hacia apología de la heterosexualidad con este libro y nos leía citas como: «Y como vio que se iba y que no podía tocarla con las manos, le alargó la pierna y le puso el pie debajo de las faldas. Con el zapato le tocó el lugar vedado mientras le colocaba la pierna entre los muslos». Pero no, tampoco este libro aparecía, así que me imaginé por un momento que se hacía justicia y en la biblioteca del Instituto Jaume I de Borriana al lado del Tirant lo Blanc alguien había puesto mi Solo un Jesús marica puede salvarnos. Sé que es imposible, la clasificación de las bibliotecas los sitúa en un lugar diferente, pero soñar es gratis.

Del sueño me despertó un escalofrío, cuando recordé textos de la Biblia que dicen que si una joven se casa sin ser virgen debe ser apedreada (Dt 22,20-21), si dos hombres se acuestan juntos deben morir (Lv 20,13), si alguien ofrece sacrificios a otros dioses debe ser asesinado (Ex 22,19), o si una persona no obedece al sacerdote o al juez debe morir (Dt 17,12). ¡Seguro que la Biblia estará en el índice!, pensé. Pero tampoco. Al principio me alegré de que en este caso la Asociación de Abogados Cristianos, que seguro conoce estos textos, supiera contextualizarlos y no viera ningún peligro en ellos para los vulnerables adolescentes de La Plana. Aunque después me asaltó la duda de si estos abogados piensan que esos textos deben ser matizados, de si creen que en este caso los adolescentes y sus profesores son lo suficientemente críticos para analizarlos cuando tienen que trabajar con ellos, o si dan por sentado que ningún adolescente lee la Biblia en los institutos de la Costa de Azahar. De lo que sí estoy seguro es de que si comienzan a surgir índices de libros prohibidos en institutos, la Biblia tiene todos los números para acabar apareciendo en alguno.

Ahora tengo otra gran duda, porque estaba a punto de empezar a leer el libro El fin del armario de Bruno Bimbi, y no sé si debo hacer caso a los Abogados Cristianos y quemarlo en alguna hoguera, o mejor lo envío a un artista fallero de Borriana para que lo utilice como material de su próxima falla (así apoyamos también las fiestas). Imagino que todo lo que Bimbi cuenta de la homosexualidad dentro de la Iglesia es mejor que no lo leamos ni yo, ni todas las y los adolescentes de los institutos de Castellón. ¡Ostras! Que alguien hable con los Abogados Cristianos porque han olvidado incluir en su índice los dos de Kryzstof Charamsa: La Primera Piedra y Dos hombres, siete pecados. Bueno, bueno, bueno… Pensándolo bien se han dejado la trilogía LGTBIQ más peligrosa de todas: Ética marica de Paco Vidarte, Elogio de la homosexualidad de Luís Alegre, o Por el culo de Javier Sáez y Sejo Carrascosa. Supongo que los Abogados Cristianos no los conocen… por ahora. Yo por si acaso, los pongo en una caja y los envío a la Falla de la Mercé de Borriana para que el próximo 19 de marzo los hagan arder mientras la fallera mayor llora desconsolada.

Ahora me pongo serio para reconocer que solo he leído dos de los libros prohibidos. El primero es: A la conquista del cuerpo equivocado de Miquel Missé, que considero uno de los libros que más me ha influido a la hora de entender la transexualidad, y cómo afectan los discursos biologicistas en la construcción de la identidad y el cuerpo de las personas trans, pero también del de las cis. Como no soy un Abogado Cristiano, yo lo haría lectura obligatoria, o al menos recomendable, para los alumnos de 4º de ESO o de 1º y 2º de Bachillerato. Como no soy un Abogado Cristiano, me gustaría saber qué piensan mis alumnos sobre afirmaciones que aparecen en este libro como: «Sentirse hombre o mujer es profundamente relativo, es una vivencia subjetiva y particular y a la vez una característica colectiva que se construye socialmente». Preguntarles qué les aporta y en qué son críticos. Como no soy un Abogado Cristiano, me gustaría invitar a Miquel Missé para que hiciera una charla en el centro donde trabajo antes de que los Abogados Cristianos presenten también una denuncia en Cataluña y algún juez trate de impedirlo. Y antes de que prohíban leer sus entrevistas, os recomiendo que, si todavía no lo habéis hecho, leáis la que me concedió hace un par de años: Muchísima gente habita cuerpos que odia.

El segundo lo leí este verano, y es: ¿Por qué ser feliz cuando puedes ser normal?. La autora, Jeanette Winterson, es considerada una de las mejores autoras inglesas de este siglo y hace tres años fue nombrada comandante de la orden del Imperio Británico por sus servicios a la literatura. La novela es impactante, una especie de autobiografía en la que Winterson cuenta su infancia tras ser adoptada en una familia pentecostal de la que no recibe cariño: «A veces tienes que vivir en lugares precarios y temporales. Lugares inadecuados. Lugares erróneos. A veces el lugar seguro no te ayuda».  Y nos relata qué en la adolescencia cuando la descubrieron en la cama con una amiga, la llevaron a la iglesia y allí le hicieron un exorcismo. Imagino que es esto lo que no le gusta a los Abogados Cristianos, que las personas LGTBIQ tengan voz propia para explicar sus experiencias, su forma de ver el mundo, pero también las injusticias a las que han sido sometidas. Y cuando esto no lo pueden parar, pues tratan de poner todos los impedimentos posibles para que nadie las escuche.

La Biblia Valenciana, de 1478, fue la tercera Biblia impresa del mundo en un idioma moderno, hoy no queda ningún ejemplar entero, la Inquisición se encargó de ello. Hay personas e instituciones que nos quieren hacer volver atrás, a las épocas más oscuras de nuestra historia. Sería un error creer que está todo conseguido, las libertades siempre deben ser defendidas. No tiene por qué ser con acritud, pero sí con determinación, la sociedad no se construye sola. Afortunadamente en esta ocasión han fracasado, hoy mismo el juez que valoraba el recurso ha anulado el secuestro de los libros que aparecían en el índice de libros prohibidos creado por la Asociación de Abogados Cristianos. Hay que celebrarlo con una buena paella y unas mandarinas de Castellón, justo ahora empieza la temporada, pero no hay que bajar la guardia.

Carlos Osma

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