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El Senado de Rumanía da vía libre al referéndum para prohibir el matrimonio igualitario en la Constitución

Sábado, 15 de septiembre de 2018

200-bandera-RumaniaRumanía está un paso más cerca de convertirse en el próximo país que eleva a nivel constitucional la discriminación de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio. Más de un año después de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado rumano ha dado su visto bueno a la iniciativa para definirlo como la unión de un hombre y una mujer en la norma fundamental. La propuesta de reforma constitucional será sometida a referéndum el próximo 7 de octubre. Si gana el «sí», Rumanía se sumará al grupo de países en los que el matrimonio excluyente está blindado al más alto nivel normativo.

La aprobación por el Senado era el último trámite legislativo que debía superar la iniciativa de la Coalición por la Familia, un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa, en su batalla para conseguir el referéndum para fijar el matrimonio excluyente en la Constitución. El proceso lleva fraguándose desde julio de 2016, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación, que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo del año pasado se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. El resultado allí fue de 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada el pasado martes. En la cámara alta también se superaron la mayoría de dos tercios requerida: 107 votos a favor frente a 13 en contra y siete abstenciones. La única formación en oponerse fue la Unión Salvar Rumanía (USR), un partido anticorrupción de reciente fundación cuyo líder Dan Barna tachó la medida de maniobra de distracciónfrente a otros problemas más acuciantes.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tiene vía libre para ser votada en referéndum. La consulta se celebrará el próximo 7 de octubre y será válida si participa al menos el 30 % del censo electoral y los votos a favor superan el 50 %. En ese caso, se cambiará la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Cabe destacar que, a pesar de que la norma fundamental no haga mención explícita al sexo de los contrayentes, la legislación ordinaria ya impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta y la participación supera el mínimo, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder socialdemócrata Liviu Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

En la línea contraria a la justicia europea

El proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se ha desarrollado parcialmente de forma paralela a la batalla legal de de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. Esta sentencia convertiría en poco más que papel mojado la posible prohibición constitucional del matrimonio igualitario, al menos en lo que se refiere al derecho de residencia de las parejas casadas en los que alguno de los miembros se ciudadano de la Unión.

Fuente Dosmanzanas

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