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El Tribunal Supremo de Bulgaria ratifica el primer matrimonio entre personas del mismo sexo reconocido en el país

Sábado, 27 de julio de 2019
Comentarios desactivados en El Tribunal Supremo de Bulgaria ratifica el primer matrimonio entre personas del mismo sexo reconocido en el país

bulgaria_cristina_palma-1280x720El Tribunal Supremo de Bulgaria ha ratificado el derecho de la chilena Cristina Palma y la francesa Mariama Diallo a residir como matrimonio reconocido en el país, ejerciendo el derecho de moverse libremente dentro de la Unión Europea, válido para todos los ciudadanos de la UE y miembros de sus familias. El Supremo ha dictaminado que el fallo del Tribunal Administrativo de Sofía tiene que cumplirse y respetarse.

A raíz de la importantísima sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de junio de 2018, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a las parejas del mismo sexo, con independencia de que los Estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario, Cristina Palma y Mariama Diallo han conseguido que su matrimonio sea el primero entre contrayentes del mismo sexo que reconoce la justicia de Bulgaria.

Y eso aun sin que este país balcánico contemple la institución matrimonial civil igualitaria. Palma nació en Chile y residió durante más de 20 años en Australia, por lo que dispone de doble nacionalidad. Diallo, por su parte, es francesa. Contrajeron matrimonio en Francia y solicitaron la residencia en Bulgaria en 2016; un país al que se trasladaron por motivos de trabajo en un principio, pero que «nos enamoró», lo que les motivó a establecer allí su residencia. Independientemente de la claridad de la Directiva 2004/38 /CE sobre el derecho de libre circulación y residencia en la Unión Europea y del permiso previo a este respecto, a principios de 2018, la Dirección de Migración del Ministerio del Interior de Bulgaria rechazó la residencia de Cristina Palma, justificando su postura en el artículo 46, párrafo 1, de la Constitución búlgara y el Código de la Familia: «el matrimonio es una unión voluntaria entre un hombre y una mujer».

Un derecho fundamental garantizado en toda la Unión Europea

indiceLa decisión del alto tribunal, que confirma la decisión del Tribunal Administrativo de la ciudad de Sofía, también está en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un caso similar en Rumanía (caso Coman, C-673/2016), que sostuvo que los países de la UE deben respetar el derecho de residencia de las parejas del mismo sexo, casadas en otro país, que deseen vivir juntas en su territorio, ya que circular libremente dentro de la Unión es un derecho fundamental garantizado a todos los ciudadanos comunitarios, que a menudo es utilizado por un gran número de búlgaros.

Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentaban que se trataba de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Semanas después, en enero de 2018, nos llegó una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) daba la razón a los demandantes. Y aunque las conclusiones del abogado general no vinculan necesariamente al Tribunal de Justicia (su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa), finalmente el Tribunal coincidía con su criterio.

«Era la única resolución posible»

La decisión del Supremo de Bulgaria es definitiva y vigente y debe ser implementada por la Dirección de Migración en el Ministerio del Interior inmediatamente. «No nos sorprende la resolución, porque es la única posible en este caso. Esperamos que las instituciones en Bulgaria tengan en cuenta que tendrá un impacto en otros casos similares en los que los ciudadanos de la UE, incluidos los búlgaros, ejerzan el derecho a circular libremente dentro de la Unión y no desperdicien el dinero de los contribuyentes, como fue el caso aquí», explica la activista LGTBI Veneta Limberova.

Cristina Palma ha utilizado los servicios del «LGBT Youth Law Program, Action and Adv.». En este sentido, Denitsa Lyubenova, abogada de dicho programa, considera que «el tribunal Supremo ha aplicado de forma inequívoca la legislación y la práctica europeas del Tribunal de Justicia Europeo y ha reconocido un matrimonio homosexual en el extranjero. Este es un gran paso adelante en el camino hacia la igualdad de las parejas homosexuales en Bulgaria. Tenemos muchas más maneras de ir, pero ‘Action’ y los abogados con los que estamos trabajando establecen los cimientos de una nueva era en la lucha por la igualdad de las personas LGTBI en Bulgaria».

«¡La justicia ha triunfado! Las parejas del mismo sexo ya son bienvenidas en Bulgaria. Amamos tanto a este país, ¡nos ha dado más de lo que hemos esperado! La gente aquí ha sido buena y nos ha apoyado y tratado como a una familia. Sin el apoyo de ‘Action’ y, en particular, de nuestros grandes abogados Denitsa Lyubenova y Veneta Limberova, nada de esto hubiera sido posible. Hemos pasado por muchas dificultades durante el último año y medio debido a la incertidumbre de nuestro futuro en Bulgaria. Luchar fue el sueño de que nuestro trabajo abriría muchas puertas nuevas, no solo para la justicia y la igualdad, sino también para que las parejas del mismo sexo puedan vivir juntas en un entorno familiar seguro dentro de las fronteras de la Unión Europea», defienden Cristina Palma y Mariama Diallo.

El MOVILH de Chile y el resto del activismo LGTBI se felicita

La portavoz del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) Daniela Andrade valora que «la decidida y larga lucha de Cristina y Mariama ha rendido un fruto histórico con la sentencia de Tribunal Supremo, que las reconoce como matrimonio para los derechos de residencia y movilización. Un doble hito al tratarse de mujeres que deciden desarrollar su vida en un país que aún no reconoce el matrimonio igualitario, pero que desde ahora deberá garantizar la igualdad plena a enlaces similares contraídos en otros países de la UE».

Cristina y Mariama, en opinión del MOVILH, «son un esperanza para las parejas y familias homoparentales de Bulgaria que carecen de igualdad. También son un aliento especial para nuestro país dada la doble nacionalidad de Cristina (australiana-chilena), quien es un ejemplo de perseverancia y un testimonio vivo de que es posible derribar las barreras de las injusticias y abusos basados en la orientación sexual».

Por su parte, el activista LGTBI Marco Vidal, eslavista español residente en Sofía, añade que «con la sentencia favorable del Tribunal Supremo en favor de Cristina y Mariama queda constatado que la normativa europea (Directiva 2004/38 /CE) no es papel mojado y debe ser aplicada, por mucho que sea contradictoria a legislaciones nacionales, como es el caso de la Constitución búlgara, que define el matrimonio como ‘la unión voluntaria entre el hombre y la mujer’. Los partidos liberales búlgaros son firmes defensores de los valores europeos y de los beneficios económicos y la libertad de movimiento que trae para Bulgaria su permanencia en la UE. Sin embargo, son esos mismos partidos liberales y proeuropeistas los que mientras con una mano aceptan los eurofondos, con otra rechazan aceptar derechos básicos como es la libertad de movimiento y el derecho a residencia para las familias homoparentales».

Para Vidal, «a pesar de la firme decisión del parlamento europeo en este asunto, la oficina de inmigración de Sofia rechazó conceder a Cristina el permiso de residencia sin tener en cuenta su relación familiar con una ciudadana de la Unión Europea. Después de 2 meses desde el juicio que tuvieron sobre este asunto vemos una sentencia favorable para Cristina y Mariama que, además de aceptar y poner en práctica la legislación europea vigente, abre el camino hacia la lucha por los derechos civiles del colectivo LGTBI. Ahora será el momento de que las familias búlgaras que han contraído matrimonio en otro país de la UE sean reconocidas administrativamente como tales en su país de origen. No sabemos cómo será y cuándo, pero el caso de Cristina y Mariama es sin duda alguna un precedente».

El caso de Lily Babulkova y su esposa Dary

bulgaria_parejas_mismo_sexo-300x225En enero de 2018 publicábamos que una pareja de mujeres llevaba por primera vez ante los tribunales de Bulgaria el derecho al matrimonio igualitario. Lily Babulkova y su esposa Dary se casaron en el Reino Unido en 2017, pero su país de origen, solo unas semanas después, no admitía su unión matrimonial en el registro y tampoco a través de su denuncia ante la justicia.

Dosmanzanas también contactó en su momento con Babulkova para preguntarle por su situación, en comparación con el éxito que ha obtenido la pareja formada por Cristina Palma y Mariama Diallo. «Actualmente, tenemos nuestro caso pendiente ante el Tribunal Supremo Administrativo. Después de que el Tribunal Administrativo de la ciudad de Sofía confirmara el rechazo del municipio a registrar nuestro matrimonio, apelamos y nuestro caso está programado para audiencia el 30 de septiembre de 2019. Después del caso Coman y este reciente juicio en Bulgaria, podríamos solicitar que el caso sea escuchado antes, pero no sabemos si esto será permitido por el tribunal», narra Babulkova.

Esta mujer luchadora y activista agrega que «en sus aspectos prácticos, nuestro caso es bastante diferente al de Cristina y Mariama, ya que el suyo se refiere a la cuestión de la residencia, un problema que nosotras no tenemos, ya que ambas somos ciudadanas de la UE. Lo que importa es que, hasta donde yo sé, este es el primer caso en Bulgaria en el que se reconoce cualquier derecho relacionado con el matrimonio para las parejas del mismo sexo. Por lo menos, lo veo como una señal de que los derechos de las familias del mismo sexo entran en la agenda legal búlgara, que es un buen punto de partida para nuestra lucha».

El Convenio de Estambul desataba una ola de LGTBfobia en Bulgaria

bulgaria_8m-300x150En Bulgaria, un país balcánico con un arraigado heteropatriarcado (todavía más profundo en las zonas rurales), las mujeres salieron a las calles en marzo para reivindicar la plena igualdad de derechos y exigir el fin de la violencia machista. Pero con otra razón de peso: el gobierno retiró su proyecto para llevar al parlamento la ratificación del «Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres» (popularmente conocido como «Convenio de Estambul») y lo hizo, precisamente, en vísperas del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Organizaciones religiosas y destacados líderes políticos de Bulgaria se mostraron detractores por miedo a la transexualidad, el matrimonio igualitario y los refugiados.

A finales de enero de 2018 en dosmanzanas nos hacíamos eco de la ola de discursos políticos LGTBfóbicos a cuenta del debate sobre la ratificación del Convenio de Estambul en Bulgaria. El debate se ha mantenido candente desde entonces en este país. Hasta tal punto que el gobierno derechista del GERB o Ciudadanos por el Desarrollo Europeo de Bulgaria (adscrito al Partido Popular Europeo) retiraba su proyecto de llevar dicha ratificación al parlamento nacional, debido a los ataques del Partido Socialista Búlgaro (principal partido de la oposición y miembro del Partido Socialista Europeo); las jerarquías religiosas y la amenaza de la perdida de estabilidad en el ejecutivo. El discurso común a los detractores del Convenio de Estambul ha sido la supuesta introducción de una (inexistente) «ideología de género» en la sociedad búlgara.

¿Referéndum sobre el matrimonio igualitario en este país?

bulgaria-300x232Desde 1991, el artículo 46 la Constitución de este país balcánico define el matrimonio como la unión libre «entre un hombre y una mujer», por lo que para llegar a la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo sería necesario reformar la Carta Magna búlgara (un proceso más complicado que, por ejemplo, la modificación del Código Civil).

Pero a raíz del amplio debate que generó la ratificación del Convenio de Estambul en Bulgaria y la cuestión de los derechos del colectivo LGTB, el nacionalista y ultraconservador ministro de Defensa, Krasimir Karakachanov, anunciaba en febrero  del año pasado su solicitud al resto del gobierno de convocar un referéndum sobre el matrimonio igualitario. Para Lily Babulkova, «desafortunadamente, está bastante claro lo que puede mostrar un referéndum, por eso es una manera fácil de tratar de intimidar a los activistas LGTB en Bulgaria. No puedo estar segura, pero realmente creo que no hay posibilidades realistas de que se celebre un referéndum sobre ese tema en un futuro cercano».

«La elite política búlgara ha actuado como si las personas LGTBI no existieran, con la excepción de los populistas de extrema derecha que tienden a ganar puntos con sus votantes al atacar públicamente a las personas LGTBI. En los últimos meses, el Partido Socialista Búlgaro se unió a los nacionalistas en esto. Realmente no veo ningún partido político búlgaro dispuesto a expresar una actitud positiva ante el problema y mucho menos mostrar cualquier voluntad política de acción. Por lo que respecta a los políticos, no tengo mucha esperanza», apostilla Babulkova.

Fuente Dosmanzanas

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El Senado de Rumanía rechaza dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo

Jueves, 28 de marzo de 2019
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Coat_of_arms_of_the_Senate_of_RomaniaUna comisión del Senado rumano ha rechazado dos proposiciones de ley de uniones civiles para las parejas de distinto o del mismo sexo. El primer proyecto lo había redactado el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación y contaba con el apoyo de 42 parlamentarios de cuatro partidos diferentes. Pero el senador socialdemócrata (PSD) Șerban Nicolae, vicepresidente de la comisión, opinó que la medida «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». A diferencia de la primera, que excluía la adopción conjunta, la segunda propuesta dejaba este asunto abierto. La habían elaborado los liberales del ALDE y se saldó también con el rechazo de la comisión.

La posibilidad de aprobar una ley de uniones civiles se viene discutiendo en Rumanía desde hace más de diez años. En 2008, el senador de la minoría húngara Péter Eckstein-Kovács presentaba una proposición de ley que decayó con la convocatoria de las elecciones de ese año. En 2011, fue un senador liberal-conservador (PNL), Viorel Arion, el que introdujo un nuevo texto, que llegó a recibir un dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados. Pero el Gobierno del conservador Emil Boc rechazó su tramitación. Dos años después, el diputado verde Remus Cernea lo volvía a intentar en la cámara baja, donde se topó con el rechazo de la comisión.

Hace ahora un año, el Consejo Nacional contra la Discriminación (CNCD) redactó una propuesta legislativa que presentó al Gobierno y a los partidos con representación parlamentaria. En su elaboración participaron también asociaciones LGTB como ACCEPT y MozaiQ. Se trata de una regulación de las parejas del mismo o de distinto sexo que otorga derechos similares al matrimonio en áreas como la seguridad social, fiscalidad o prevención de la violencia doméstica. La medida excluye la posibilidad de la adopción conjunta para las parejas del mismo sexo, que en cambio verían reconocido su matrimonio contraído legalmente en otro país como una unión civil.

Se redactó una proposición de ley sobre la base del texto presentado por el CNCD, que fue secundada por 42 parlamentarios del PSD, PNL, USR (Unión Salvar Rumanía, anticorrupción) y UDMR (minoría húngara). El 31 de octubre del año pasado se registraba la medida ante el Parlamento. Paralelamente, el diputado Andrei Gerea y el senador Ion Popa, ambos de ALDE, presentaban su propia proposición de ley de uniones civiles el 2 de noviembre. El texto equipara las parejas unidas con los matrimonios en materia de herencia, pensión de viudedad, seguridad social y obtención de la ciudadanía, entre otros. A diferencia de la propuesta multipartita, no prohibía ni regulaba la adopción conjunta.

El pasado martes 12 de marzo, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Senado, con mayoría socialdemócrata, rechazaba ambas propuestas. Sobre la primera, el vicepresidente Șerban Nicolae opinaba que «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». Edward Dirca, senador del USR y uno de los firmantes del texto, le replicó que «ya va siendo hora» de crear un marco legal de uniones civiles. Los representantes de las asociaciones LGTB también lamentaron el dictamen desfavorable y recordaron que Italia y Grecia recibieron sanciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no regular las uniones entre personas del mismo sexo.

El fracaso del referéndum contra el matrimonio igualitario

En julio de 2016 comenzó en Rumanía un proceso para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. Fue cuando el Tribunal Constitucional dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación promovida por la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa), que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo de 2017 se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada en septiembre del año pasado. En ambos casos se alcanzó la mayoría requerida de dos tercios.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30% del censo electoral y los votos favorables superar el 50%. El plebiscito se celebró en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre y fracasó estrepitosamente al congregar tan solo al 20,41% de la población con derecho a voto.

La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía

Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se desarrolló parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica y presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre de 2016 que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.

Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:

Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.

El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir. Expertos legales opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía sigue careciendo de una ley de uniones civiles tras el rechazo de las dos últimas propuestas.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional rumano reconoce el derecho de residencia a los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos comunitarios

Viernes, 20 de julio de 2018
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adrian-si-clabourn2Una larga batalla jurídica se cierra: el Tribunal Constitucional rumano ha sentenciado que los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos de la Unión Europea tienen el derecho a obtener el permiso de residencia en Rumanía. El fallo resulta de la adopción de la histórica sentencia de la justicia europea del pasado mes de junio, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. La sentencia del alto tribunal rumano resuelve así, de conformidad con la justicia europea a la que había consultado, el litigio presentado por una pareja de un rumano y un estadounidense legalmente casados en Bélgica y que ahora podrán por fin establecerse en Rumanía como era su deseo.

El caso que ha culminado en la sentencia del miércoles pasado es conocido: Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentaban que se trataba de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Finalmente, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado mes de junio fue favorable a los demandantes. El fallo explica que en el contexto de la libertad de circulación y residencia, el concepto «cónyuge» debe interpretarse como «neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede incluir al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión», con independencia de que ese cónyuge sea a su vez un ciudadano comunitario o no. La sentencia se cuida de salvaguardar el derecho de los Estados miembros a autorizar o no el matrimonio igualitario, aunque matiza que «la relación que mantiene una pareja homosexual puede estar comprendida en el concepto de ‘vida privada’ y en el de ‘vida familiar’ del mismo modo que la de una pareja heterosexual que se encuentre en la misma situación».

Como avanzábamos entonces, la sentencia europea fue la respuesta a una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Es lo que ha hecho ahora el Tribunal Constitucional de Rumanía al resolver en favor del matrimonio Coman-Hamilton y de todos los casos análogos que pudieran ocurrir. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

La decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convertiría en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, lo que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sienta un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia.

Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarán a ser parte del pasado. La de Rumanía, de hecho, es la segunda sentencia sobre libertad de circulación de los matrimonios del mismo sexo que se basa en la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hace unos días, el Tribunal Administrativo de Sofía, en Bulgaria, reconocía el derecho de residencia al matrimonio formado por una ciudadana australiana-chilena y su esposa francesa, legalmente casadas en Francia.

Fuente Dosmanzanas

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La justicia de Bulgaria reconoce el primer matrimonio entre personas del mismo sexo

Martes, 10 de julio de 2018
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bulgaria_cristina_palma_mariama_02-225x300La australiana-chilena Cristina Palma y la francesa Mariama Diallo acaban de abrir un importante camino en la conquista de derechos LGTB en Bulgaria. El Tribunal Administrativo de Sofía les ha reconocido como matrimonio, siendo la primera pareja del mismo sexo residente en este país balcánico que lo consigue. Su caso se ampara en la prominente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado mes de junio, por la que los cónyuges de parejas del mismo sexo pueden establecerse legalmente en cualquier país o territorio comunitario. El activista LGTB Marco Vidal, residente en Sofía, explica que «esta es la naturaleza de la normativa europea: que no haya desigualdad en el territorio de la UE a la hora de conseguir el permiso de residencia», aunque se trate de un país en el que no se contemplen los matrimonios igualitarios en su legislación nacional. Dosmanzanas ha podido hablar con Cristina Palma, una de las cónyuges pioneras, que califica como «un momento histórico» el espaldarazo legal recibido y que, en sus propias palabras, «también es muy importante para el avance de la comunidad LGTB en Bulgaria».

A principios de junio recogíamos la importantísima sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a las parejas del mismo sexo, con independencia de que los Estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. «Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, nacional de un Estado no miembro de la Unión, la concesión un derecho de residencia derivado en su territorio».

A raíz de la citada sentencia europea, Cristina Palma y Mariama Diallo han conseguido que su matrimonio sea el primero entre contrayentes del mismo sexo que reconoce la justicia de Bulgaria, aun sin que este país contemple la institución matrimonial civil igualitaria. Palma nació en Chile y residió durante más de 20 años en Australia, por lo que dispone de doble nacionalidad. Diallo, por su parte, es francesa. Contrajeron matrimonio en Francia y solicitaron la residencia en Bulgaria en 2016; un país al que se trasladaron por motivos de trabajo en un principio, pero que «nos enamoró», lo que les motivó a establecer allí su residencia.

Según ha explicado Palma a dosmanzanas en una conversación telefónica, «en 2017, cuando fui a renovar, se tomaron mucho tiempo en responder y en marzo de 2018 me dijeron que no me daban la residencia, porque en Bulgaria no se reconocía el matrimonio del mismo sexo. En ese momento decidimos llevar el Departamento de Inmigraciones al Tribunal Administrativo de Sofía». Y este, amparándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en la directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, se veía obligado a admitir legalmente su matrimonio y a concederle la residencia a Cristina Palma. «Además, hasta el 30 de junio Bulgaria ocupaba por primera vez la presidencia rotatoria de la Unión Europea y no podía desoír en esta posición un precepto emanado de la justicia de la propia Unión Europea», alega Palma.

Con todo, el Departamento de Inmigraciones de Bulgaria podría apelar el fallo del Tribunal Administrativo de Sofía, aunque teniendo en cuenta la jurisprudencia europea lo máximo que podría conseguir es alargar los plazos y dificultarle a la pareja los trámites de reconocimiento mientras pudiera extenderse el proceso de resolución la nueva y eventual sentencia (si bien es muy improvable que se cambie el sentido de la actual).

El activista LGTB Marco Vidal, establecido en Sofía, considera que «precisamente para cosas como esta es importante el acceso al matrimonio por parejas del mismo sexo: una pareja formada por una persona de la UE y otra que no es en muchos países no podrá conseguir el permiso de residencia, a pesar de estar casada, mientras en otros sí podrá conseguirlo fácilmente». Para el eslavista español «esta es la naturaleza de esta normativa europea: que no haya desigualdad en el territorio de la UE a la hora de conseguir el permiso de residencia».

Felices e integradas en su entorno rural de Bulgaria

pareja3-221x300Cristina Palma y Mariama Diallo viven en Palamartsa, una pequeña población al norte de Bulgaria (relativamente próxima a la frontera con Rumanía). El municipio cuenta con apenas 450 habitantes y Palma reconoce que es algo «peculiar» en comparación con otras zonas rurales del país, en parte porque buena parte de la población es de origen extranjero (aproximadamente, unas 150 personas). En sendas noticias, dosmanzanas se ha hecho eco, en boca de expertos y activistas como Marco Vidal o Miguel Rodríguez, de la LGTBfobia social, cultural y política de los Balcanes. Rodríguez argumentaba que «las sociedades balcánicas son eminemente rurales y la vida en el pueblo o en las pequeñas ciudades para las personas LGTB es opresiva».

Sin embargo, quizá por el carácter extraordinario y diferencial de Palamartsa o porque algo está empezando a cambiar, Palma y Diallo afirman que «nunca hemos sentido discriminación aquí». Paradójicamente, desde el punto de vista de la convivencia social, señalan haber tenido más problemas en otros países como Francia que en Bulgaria, aunque reconocen que «puede que las parejas de hombres lo tengan más difícil».

En todo caso, como ejemplo de respeto, aplauden la actitud del alcalde de Palamartsa, Georgi Georgiev, que ha sido uno de los primeros regidores del país en apoyar públicamente en los medios de comunicación locales y nacionales a una pareja del mismo sexo.

El Movilh festejó la medida y felicitó a la pareja considerándolo un “hecho histórico para las parejas LGBTI de ese país y una alegre noticia para nosotras y nosotros”, sostuvo el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Para la vocera del Movilh. Daniela Andrade, “es gran motivo de Orgullo que sea una chilena quien esté haciendo historia para los derechos LGBTI en Bulgaria y en el mundo. A ella, y a Mariamma, les deseamos toda la felicidad. Han abierto puertas para un mundo mejor y han dado una señal de esperanza para los chilenos y chilenas”.

Añadió que “el Estado de Chile sigue estando en deuda con las parejas del mismo sexo y las familias homoparentales, a las cuales considera de segunda categoría y les niega derechos por su orientación sexual. Este abuso y desigualdad es cada vez más dañino y requiere llegar a su fin.- Reafirmamos nuestra lucha por el matrimonio igualitario, y exigimos al Estado cumplir el compromiso que firmó con nuestra organización ante la Comisión Interamericana de DDHH a favor de la plena de igualdad para las familias homoparentales y para las parejas del mismo sexo”.

El precedente de Adrian Coman y Robert Hamilton

adrian-si-clabourn2Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Semanas después, en enero de 2018, nos llegó una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) daba la razón a los demandantes. Y aunque las conclusiones del abogado general no vinculan necesariamente al Tribunal de Justicia (su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa), finalmente el Tribunal coincidía con su criterio. Oor fin, en junio pasado conocíamos la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que afirmaba que los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado

El caso de Lily Babulkova y su esposa Dary

bulgaria_parejas_mismo_sexo-300x225El pasado mes de enero publicábamos que una pareja de mujeres llevaba por primera vez ante los tribunales de Bulgaria el derecho al matrimonio igualitario. Lily Babulkova y su esposa Dary se casaron en el Reino Unido en 2017, pero su país de origen, solo unas semanas después, no admitía su unión matrimonial en el registro y tampoco a través de su denuncia ante la justicia.

Dosmanzanas también ha contactado con Babulkova para preguntar por su situación, en comparación con el éxito que ha obtenido la pareja formada por Cristina Palma y Mariama Diallo. «Actualmente, tenemos nuestro caso pendiente ante el Tribunal Supremo Administrativo. Después de que el Tribunal Administrativo de la ciudad de Sofía confirmara el rechazo del municipio para registrar nuestro matrimonio, apelamos y nuestro caso está programado para audiencia el 30 de septiembre de 2019. Después del caso Coman y este reciente juicio en Bulgaria, podríamos solicitar que el caso sea escuchado antes, pero no sabemos si esto será permitido por el tribunal», narra Babulkova.

Esta mujer luchadora y activista agrega que «en sus aspectos prácticos, nuestro caso es bastante diferente al de Cristina y Mariama, ya que su caso se refiere a la cuestión de la residencia, un problema que no tenemos, ya que ambas somos ciudadanas de la UE. Lo que importa es que, hasta donde yo sé, este es el primer caso en Bulgaria en el que se reconoce cualquier derecho relacionado con el matrimonio para las parejas del mismo sexo. Por lo menos, lo veo como una señal de que los derechos de las familias del mismo sexo entran en la agenda legal búlgara, que es un buen punto de partida para nuestra lucha».

El Convenio de Estambul desataba una ola de LGTBfobia en Bulgaria

bulgaria-300x232En Bulgaria, un país balcánico con un arraigado heteropatriarcado (todavía más profundo en las zonas rurales), las mujeres salieron a las calles en marzo para reivindicar la plena igualdad de derechos y exigir el fin de la violencia machista. Pero con otra razón de peso: el gobierno retiró su proyecto para llevar al parlamento la ratificación del «Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres» (popularmente conocido como «Convenio de Estambul») y lo hizo, precisamente, en vísperas del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer. Organizaciones religiosas y destacados líderes políticos de Bulgaria se mostraron detractores por miedo a la transexualidad, el matrimonio igualitario y los refugiados.

A finales de enero nos hacíamos eco de la ola de discursos políticos LGTBfóbicos a cuenta del debate sobre la ratificación del Convenio de Estambul en Bulgaria. El debate se ha mantenido candente desde entonces en este país. Hasta tal punto que el gobierno derechista del GERB o Ciudadanos por el Desarrollo Europeo de Bulgaria (adscrito al Partido Popular Europeo) retiraba su proyecto de llevar dicha ratificación al parlamento nacional, debido a los ataques del Partido Socialista Búlgaro (principal partido de la oposición y miembro del Partido Socialista Europeo); las jerarquías religiosas y la amenaza de la perdida de estabilidad en el ejecutivo. El discurso común a los detractores del Convenio de Estambul ha sido la supuesta introducción de la «ideología de género» en la sociedad búlgara.

¿Referéndum sobre el matrimonio igualitario en este país?

Desde 1991, el artículo 46 la Constitución de este país balcánico define el matrimonio como la unión libre «entre un hombre y una mujer», por lo que para llegar a la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo sería necesario reformar la Carta Magna búlgara (un proceso más complicado que, por ejemplo, la modificación del Código Civil).

Pero a raíz del amplio debate que generó la ratificación del Convenio de Estambul en Bulgaria y la cuestión de los derechos del colectivo LGTB, el nacionalista y ultraconservador ministro de Defensa, Krasimir Karakachanov, anunciaba en febrero su solicitud al resto del gobierno de convocar un referéndum sobre el matrimonio igualitario. Para Lily Babulkova, «desafortunadamente, está bastante claro lo que puede mostrar un referéndum, por eso es una manera fácil de tratar de intimidar a los activistas LGTB en Bulgaria. No puedo estar segura, pero realmente creo que no hay posibilidades realistas de que se celebre un referéndum sobre ese tema en un futuro cercano».

«La elite política búlgara ha actuado como si las personas LGTBI no existieran, con la excepción de los populistas de extrema derecha que tienden a ganar puntos con sus votantes al atacar públicamente a las personas LGTBI. En los últimos meses, el Partido Socialista Búlgaro se unió a los nacionalistas en esto. Realmente no veo ningún partido político búlgaro dispuesto a expresar una actitud positiva ante el problema y mucho menos mostrar cualquier voluntad política de acción. Por lo que respecta a los políticos, no tengo mucha esperanza», apostilla Babulkova.

Fuente Dosmanzanas/MOVILH

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Italia, Grecia, Lituania y Rumanía celebran el Orgullo LGBT con sus respectivas reivindicaciones

Jueves, 14 de junio de 2018
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640x0-noticias-18161-2014-3-29-115452Gay Pride | Foto: Wavebreakmedia Ltd/Wavebreak Media/Thinkstock

Además de Polonia, otros países europeos, como Italia, Grecia, Lituania y Rumanía celebran el Orgullo LGBT defendiendo diferentes reivindicaciones en función de las respectivas legislaciones de cada país.

Si bien el Día Internacional del Orgullo LGBT es el 28 de junio, la mayoría de los países desplazan su celebración al primera sábado anterior o posterior a esa fecha o incluso en otras fechas relevantes en sus respectivos países para hacerlo coincidir con otras efemérides locales de acontecimientos relevantes para el colectivo en sus respectivas comunidades. Además de Polonia, el pasado sábado, 9 de junio, también en otros países europeos, como Italia, Grecia, Lituania o Rumanía, se celebra el Orgullo LGBT congregando a miles de manifestantes.

«Es muy importante que estemos aquí, porque tenemos que responder y demostrar que no es cierto que no existamos. Somos personas que pueden tener familias, y cuando decimos familia, todo lo que queremos decir es amor», declara un activista en Roma, donde miles de personas salen a las calles a manifestarse en favor de las familias homoparentales pocos días después de que el nuevo ministro de familias de Italia, Lorenzo Fontana, desatara la controversia al declarar que las familias homosexuales no existen legalmente. El nuevo gobierno de coalición que ha asumido el poder en Italia a principios de este mes incluye a Liga Nacionalista, un grupo de ultraderecha de larga tradición antigay.

Si bien las uniones civiles son legales en Italia desde 2016, lo cierto es que aún no disfrutan de los mismos derechos que las parejas heterosexuales, como por ejemplo acceder a tratamientos de fertilidad. «Hemos estado juntos durante 11 años y queríamos formar una familia, así que nos fuimos al extranjero, a Las Vegas. Regresamos a casa con ella y el estado no reconoce nuestra existencia», declara Simone, que junto con su pareja, Raffaele, tienen una hija de 14 meses, pero a pesar de pagar los mismos impuestos que las parejas de distinto sexo, siguen sin tener los mismos derechos.

En Bucarest, alrededor de 3000 personas celebran la reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que gracias a su decisión de que un ciudadano rumano, Adrian Coman, tiene el derecho de vivir en su propio país con su esposo, Claibourn Robert Hamilton, ciudadano estadounidense con el que habría contraído matrimonio legalmente en los Estados Unidos, teniendo los mismo derechos que cualquier otro matrimonio de distinto sexo. Gracias a esta sentencia del tribunal europeo, las parejas del mismo sexo de ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho a vivir en cualquier estado miembro, sea cual sea que sea su nacionalidad, incluso en países que no reconocen el matrimonio homosexual, como sucede en Rumanía. «Clai y yo somos dos personas que no aceptamos la discriminación. Si más de nosotros hiciéramos lo mismo, el mundo sería mejor», declara Coman en la manifestación del orgullo de Bucarest.

Una asociación de policías LGBT se une a los miles de manifestantes que se congregan en la que es la 14.ª edición del orgullo en Atenas. Desde que se formara el Gobierno actual, en 2015, Grecia ha extendido las uniones civiles a las parejas del mismo sexo, autorizado el cambio de sexo de menores desde los 15 años de edad y permitido que los menores puedan ser adoptados por parejas del mismo sexo.

«Letonia ocupa el último lugar en la Unión Europea en lo que respecta a los derechos de las personas LGBT. No hay protección contra los crímenes de odio, ni respeto por las personas trans, por eso creemos que este problema es muy urgente», declara Kaspars Zalitis, uno de los organizadores del que se ha denominado como el desfile del «Orgullo báltico» en Riga, incluyendo en su celebración a integrantes de la comunidad LGBT de países como Estonia y Lituania, que tuvieron que soportar las protestas de un grupo de 30 miembros de un grupo de derecha antes del inicio del desfile que protestaban contra «la promoción de la homosexualidad».

Fuente Universogay

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Sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la UE: los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado

Miércoles, 6 de junio de 2018
Comentarios desactivados en Sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la UE: los Estados no pueden negar la residencia a un cónyuge del mismo sexo aunque sea nacional de un tercer estado

justice-europeImportantísima sentencia la dada a conocer este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según la cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario. «Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, nacional de un Estado no miembro de la Unión, la concesión un derecho de residencia derivado en su territorio», señala el alto tribunal europeo en el comunicado de prensa en el que da a conocer el fallo.

El caso es conocido en esta página: Adrian Coman, ciudadano rumano, y Robert Hamilton, ciudadano estadounidense, presentaron una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio, celebrado en Bélgica. Una falta de reconocimiento legal que impedía a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentaban que se trataba de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo. Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia.

Semanas después, en enero de 2018, nos llegó una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) daba la razón a los demandantes. Y aunque las conclusiones del abogado general no vinculan necesariamente al Tribunal de Justicia (su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa), finalmente el Tribunal ha coincidido con su criterio.

Mediante su sentencia dictada hoy, y según el comunicado hecho público por la institución, «el Tribunal de Justicia de la Unión Europea señala que en el contexto de la Directiva relativa al ejercicio de la libertad de circulación, el concepto de ‘cónyuge’, que designa a una persona unida a otra mediante el vínculo matrimonial, es neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede incluir al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión». Y aunque la sentencia precisa que los Estados miembros disponen de la libertad de institucionalizar o no el matrimonio entre personas del mismo sexo, señala que «la negativa de un Estado miembro a reconocer, únicamente a efectos de conceder un derecho de residencia derivado a un nacional de un tercer Estado, el matrimonio de éste con un ciudadano de la Unión del mismo sexo, contraído legalmente en otro Estado miembro, puede obstaculizar el ejercicio del derecho de ese ciudadano a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. Esto supondría que la libertad de circulación variaría de un Estado miembro a otro en función de las disposiciones de Derecho nacional que regulan el matrimonio entre personas del mismo sexo».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cuida de salvaguardar el derecho de los Estados miembros a autorizar o no el matrimonio igualitario, al asegurar que «la obligación de un Estado miembro de reconocer un matrimonio homosexual contraído en otro Estado miembro de conformidad con el Derecho de este último Estado, con el fin exclusivo de conceder un derecho de residencia derivado a un nacional de un tercer Estado, no afecta negativamente a la institución del matrimonio en el primer Estado miembro. En particular, esa obligación no impone a dicho Estado miembro el deber de contemplar la institución del matrimonio homosexual en su Derecho nacional». Sin embargo, matiza que «una medida nacional que pueda obstaculizar el ejercicio de la libre circulación de las personas sólo puede justificarse si es conforme con los derechos fundamentales garantizados por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Al estar garantizado el derecho al respeto de la vida privada y familiar en el artículo 7 de la Carta, el Tribunal de Justicia señala que también de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos resulta que la relación que mantiene una pareja homosexual puede estar comprendida en el concepto de ‘vida privada’ y en el de ‘vida familiar’ del mismo modo que la de una pareja heterosexual que se encuentre en la misma situación».

Rumanía debe actuar en consecuencia

Hay que tener en cuenta que hablamos de una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Será, por tanto, el Tribunal Constitucional de Rumanía el que ahora debe resolver de forma efectiva en favor del matrimonio Coman-Hamilton. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

La decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convierte en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, lo que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sienta un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarán a ser parte del pasado.

Fuente Dosmanzanas

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Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los cónyuges de matrimonios del mismo sexo deben ser reconocidos en toda la Unión

Viernes, 12 de enero de 2018
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justice-europeImportante pronunciamiento de Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre el caso de Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton. Ya en entradas anteriores hemos comentado su historia: la pareja, casada en Bélgica, presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Una falta de reconocimiento legal que impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país. El caso está siendo estudiado por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, y aunque aún no hay sentencia, el informe del abogado general de la institución no deja lugar a dudas: los cónyuges de los matrimonios entre personas del mismo sexo de los ciudadanos de la Unión deben ser plenamente reconocidos en todo el territorio comunitario, con independencia de que cada Estado permita o no el matrimonio igualitario en su territorio.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre de 2016 el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, y como ya comentamos el pasado noviembre, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) anunciaba que la Gran Sala se haría cargo de las deliberaciones. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. Semanas después, nos llega una primera noticia muy positiva: el prestigioso jurista belga Melchior Wathelet, uno de los once abogados generales con los que actualmente cuenta el Tribunal Superior de Justicia de la Unión (él mismo fue juez de la Corte Europea de Justicia) ha hecho públicas sus conclusiones sobre el caso. Y no pueden resultar más claras: la razón está de parte de los demandantes. Según detalla el comunicado de prensa del propio Tribunal Superior de Justicia de la Unión, “el problema jurídico que constituye el eje central del litigio no es la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, sino la libre circulación de los ciudadanos de la Unión”. “Pues bien, aunque los Estados miembros disponen de la libertad de prever o no el matrimonio entre personas del mismo sexo en sus ordenamientos jurídicos internos, deben cumplir las obligaciones que les incumben en virtud de la libertad de circulación de los ciudadanos de la Unión”, añade.

En este sentido, el abogado general observa que la norma europea no incluye ninguna remisión al Derecho de los Estados miembros para determinar la condición de cónyuge, de modo que dicho concepto debe tener en toda la Unión una interpretación autónoma y uniforme. “Sobre este particular, el abogado general subraya que el concepto de ‘cónyuge’ en el sentido de la Directiva está ligado a un vínculo basado en el matrimonio, aun siendo al mismo tiempo neutro desde el punto de vista del género de las personas de que se trata e indiferente en relación con el lugar donde se ha contraído el matrimonio”, explica el comunicado. En este marco, el abogado general considera que, a la luz de la evolución durante el último decenio en materia de autorización del matrimonio entre personas del mismo sexo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en virtud de la cual el término “matrimonio” designa solo una unión entre dos personas de distinto sexo ya no puede seguir aplicándose.

El abogado general va aún más lejos, al señalar que también que el concepto de “cónyuge” está relacionado necesariamente con la vida familiar, que está protegida de idéntico modo por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. A este respecto, recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (distinto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y cuyo ámbito excede al de esta) ha reconocido que las parejas homosexuales, por un lado, pueden disfrutar de una vida familiar, y, por otro, deben tener la posibilidad de obtener el reconocimiento legal y la protección jurídica de su pareja. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también ha considerado que en el ámbito de la reagrupación familiar el objetivo consistente en la protección de la familia tradicional no puede justificar una discriminación por razón de la orientación sexual. Recordamos, en este punto, que hace solo unas semanas el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló contra Italia por discriminar a seis parejas del mismo sexo casadas legalmente en otros países. Los denunciantes habían recurrido a la justicia europea en 2012, cuando en este país no existía aún ninguna regulación legal de las parejas del mismo sexo. El Estado italiano fue condenado a indemnizar a cada uno de los demandantes con 5.000 euros.

En estas circunstancias, el abogado general considera que el concepto de “cónyuge” en el sentido de la Directiva incluye también a los cónyuges del mismo sexo. “En consecuencia, tal persona puede también residir permanentemente en el territorio del Estado miembro en que su cónyuge se ha establecido en su condición de ciudadano de la Unión tras haber ejercido su libertad de circulación. Esta conclusión es también aplicable al Estado de origen del ciudadano, cuando regresa a él tras haber residido permanentemente en otro Estado miembro en el que ha desarrollado o consolidado una vida familiar, como ha hecho el señor Coman con el señor Hamilton en el caso de autos”, explica el comunicado.

A la espera de una sentencia que marcaría un antes y un después en la Unión

Es importante destacar que las conclusiones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia: su función consiste en proponer a este una solución jurídica al asunto del que se ocupa, pero ahora son los jueces los que deben deliberar. La sentencia se dictará, por tanto, en un momento posterior, y no hay seguridad absoluta de que sea en el mismo sentido (aunque parece poco probable que sea de otra forma).

Por otra parte, hay que tener en cuenta que hablamos de una remisión prejudicial, que permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio, interroguen al Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. Pero el Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional: es el tribunal de cada país quien debe resolver el litigio de conformidad, eso sí, con la decisión europea. Será, por tanto, el Tribunal Constitucional de Rumanía el que con posterioridad deberá resolver de forma efectiva en favor del matrimonio Coman-Hamilton. Un país, Rumanía, en el que en este momento se está desarrollando en paralelo un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario vía referéndum.

Una decisión favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sin embargo, convertiría en papel mojado dicha prohibición por lo que a los matrimonios con otros ciudadanos de la Unión se refiere, que no es poco. Y sobre todo, la decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar. De esta forma, la resolución sentaría un importantísimo precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias. Y muy especialmente en el caso de los seis Estados miembros que carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo, y que además de Rumanía son Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Situaciones como la que han sufrido Adrian Coman y su marido, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a estudiar el caso de la pareja casada en Bélgica cuyo matrimonio no reconoce Rumanía

Miércoles, 6 de diciembre de 2017
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adrian-si-clabourn2Importante noticia la que hemos conocido esta semana: la Corte Europea de Justicia comenzó a examinar el martes pasado el caso de una pareja del mismo sexo casada legalmente en Bélgica, pero cuyo matrimonio no reconocen las autoridades de Rumanía. La resolución de este caso, que se conocerá previsiblemente el año que viene, podría sentar un importante precedente para la libertad de circulación de las personas LGTB en el territorio de la Unión Europea. Una sentencia positiva obligaría a todos los estados miembros a reconocer los matrimonios y uniones civiles legalmente celebrados en otros países de la Unión.

La Justicia europea ha empezado a deliberar sobre un asunto cuya resolución podría traer profundas consecuencias para las parejas del mismo sexo. Hemos informado del caso que llevan adelante Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton, casados legalmente en Bélgica. La pareja presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Esta falta de reconocimiento legal impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre del año pasado el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha anunciado que la Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones, que comenzaron la semana pasada. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. La resolución, que previsiblemente se conocerá ya en 2018, podría sentar un importante precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias.

Concretamente, podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo: se trata, además de Rumanía, de Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Una sentencia favorable para los demandantes podría obligar a estos países a reconocer a las parejas del mismo sexo legalmente casadas o unidas civilmente en otros Estados de la Unión cuando al menos uno de los cónyuges sea ciudadano de un Estado miembro. Situaciones como la aquí descrita, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final. Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando hace dos años consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

En mayo de este año, la Cámara de Diputados aprobaba la medida por 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo y en septiembre, el gobernante Partido Socialdemócrata anunciaba la próxima convocatoria de un referéndum que aún no se ha llevado a cabo. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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El gobierno rumano prevé convocar este otoño el referéndum para prohibir el matrimonio igualitario

Sábado, 16 de septiembre de 2017
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indiceAmpliamos la noticia que ya publicábamos el pasado 6 de septiembre:

Rumanía avanza hacia el veto constitucional del matrimonio igualitario. Liviu Dragnea, líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD) y presidente de la Cámara de Diputados, aseguró a principios de este mes que su formación apoyará la convocatoria de un referéndum en este otoño sobre el asunto. La victoria de la propuesta, que blindará al más alto nivel normativo la definición excluyente de la institución matrimonial, se da prácticamente por segura si se lleva a cabo finalmente la consulta.

Paso a paso, Rumanía se perfila como el próximo Estado europeo que prohibirá el matrimonio igualitario en su Constitución. El proceso ha recibido el impulso del presidente del Partido Socialdemócrata (PSD), Liviu Dragnea. La formación ya apoyó en mayo en la Cámara de Diputados el proyecto, surgido por iniciativa de la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa). La medida cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma constitucional de este tipo.

Si se cumple el calendario anunciado por Dragnea, tras su aprobación en la cámara baja la propuesta pasará en las próximas semanas al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes. Si la cámara alta también apoya la iniciativa homófoba, lo que parece seguro tras el respaldo de los socialdemócratas, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso lleva fraguándose desde julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las elecciones generales del pasado diciembre. Pero el Senado decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de los comicios, y por ello se reactivó en mayo de este año.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto Dragnea como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

La vía judicial, en paralelo

El asunto del matrimonio igualitario está pendiente también de un proceso judicial. Se trata de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto, cosa que hasta ahora no se ha producido.

Fuente Dosmanzanas

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Rumanía: el referéndum para prohibir el matrimonio igualitario supera su primer trámite

Martes, 16 de mayo de 2017
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200-bandera-RumaniaRumanía da un paso más para convertirse en el próximo país en prohibir el matrimonio igualitario en su Constitución. La Cámara de Diputados del país apoyó el viernes pasado por una amplia mayoría la iniciativa de la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa) para elevar a nivel constitucional la definición de matrimonio que excluye a las parejas del mismo sexo. El proyecto pasa ahora al Senado, y si este también le da su apoyo, será sometido a referéndum.

Malas noticias para la igualdad LGTB en Europa. El proceso para vetar el matrimonio igualitario a nivel constitucional ha dado un importante paso adelante al conseguir el apoyo de la Cámara de Diputados. Concretamente, la iniciativa de la Coalición por la Familia cosechó 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo.

Ahora la propuesta pasará al Senado, donde necesita también el voto favorable de las dos terceras partes.. Si el Senado constituido tras los comicios también apoya la iniciativa homófoba, se convocará un referéndum sobre su aprobación definitiva. La consulta será válida si participa al menos el 30% del censo electoral y los votos a favor superan el 50%.

El proceso tomó impulso en julio del año pasado, cuando el Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre la prohibición del matrimonio igualitario, que había reunido más de 3 millones de firmas. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las próximas elecciones generales. Pero el Senado del país decidió posponer la tramitación del proyecto hasta después de las elecciones legislativas del pasado mes de diciembre, y por ello se ha reactivado ahora.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. El objetivo de los sectores LGTBfobos es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania. Tanto el líder del gobernante Partido Socialdemócrata (PSD), Liviu Dragnea, como el expresidente Traian Băsescu se han mostrado favorables al blindaje constitucional del matrimonio excluyente. Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis, que aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso.

La vía judicial, en paralelo

El asunto del matrimonio igualitario está pendiente también de un proceso judicial. Se trata de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica. Posteriormente presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre del año pasado que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto, cosa que hasta ahora no se ha producido.

Fuente Dosmanzanas

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El Constitucional de Rumanía consultará con la justicia europea sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Sábado, 3 de diciembre de 2016
Comentarios desactivados en El Constitucional de Rumanía consultará con la justicia europea sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía vuelve a posponer la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. Pero el retraso conlleva esta vez un atisbo de esperanza: antes de tomar su decisión, que estaba prevista inicialmente para el pasado martes, los jueces rumanos consultarán con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su parecer sobre el asunto.

Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, tendrán que esperar aún para conocer el desenlace de su demanda para ver reconocido su matrimonio. La pareja se casó legalmente en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Llegada esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, que se esperaba para el martes 29 de noviembre. Pero esta semana, el tribunal anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces puedan consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta parte de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo.

La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de los miembros es un ciudadano comunitario. La resolución podría sentar un importante precedente, como recuerda Katrin Hugendubel de ILGA-Europa: muchas parejas, perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias, “estarán esperando también con impaciencia el resultado de este caso”.

Sobre las perspectivas que se abren con el nuevo escenario, en el que entra en juego la justicia europea, se pronunció también la abogada de los demandantes Iustina Ionescu: “Es alentador. El Tribunal manda el mensaje de que Rumanía es un miembro de los países europeos que comparten unos valores comunes, como la libertad de movimiento”. Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano pide opinión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final.

Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando el año pasado consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. La posibilidad de que el referéndum se realizara de manera coincidente con las elecciones generales del próximo diciembre fue descartada por el Senado rumano, por lo que la consulta quedó pospuesta hasta la próxima legislatura. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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Rumanía: el Senado pospone la convocatoria del referéndum para prohibir el matrimonio igualitario hasta después de las próximas elecciones

Lunes, 14 de noviembre de 2016
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200-bandera-RumaniaAlivio momentáneo para los activistas LGTB en Rumanía. El Senado del país decidió el pasado lunes posponer la decisión sobre la convocatoria de un referéndum para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. El debate se traslada a las cámaras que salgan de las elecciones legislativas del próximo mes de diciembre.

El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que había reunido más de 3 millones de firmas. Las dos cámaras del Parlamento deberán aprobarla con una mayoría de dos tercios para luego ser sometida a consulta popular. En un principio se planteó la posibilidad de que el referéndum se celebrara conjuntamente con las próximas elecciones generales.

Dos senadores del Partido Social Demócrata (PSD) presentaron el viernes pasado un proyecto de ley para autorizar la consulta. Pero el líder de la formación Liviu Dragnea les pidió que lo retiraran para no mezclar la campaña electoral con la del referéndum. Aunque decidieran ignorar esta petición, el Parlamento solo dispondría de dos semanas, hasta su disolución, para tramitar la propuesta. Por lo que parece altamente probable que el asunto se traslade finalmente a la próxima legislature y la comunidad LGTB gana, al menos, tiempo para organizar su estrategia.

El posicionamiento de Dragnea no implica que esté en contra de la discriminación a las personas LGTB. El líder del primer partido del Parlamento se mostró partidario de separar las elecciones generales de la consulta, pero manifestó su apoyo al fondo de la cuestión: “soy un hombre tradicional y conservador”. El expresidente Traian Băsescu también ha expresado su postura favorable al veto constitucional al matrimonio igualitario. Băsescu sí apoya una regulación en forma de uniones civiles, eso sí, siempre que se reserve la adopción a las “familias normales, formadas por un padre y una madre”.

Una posición diferente a la del actual presidente Klaus Iohannis. En unas declaraciones de hace unas semanas, Iohannis abogaba por el respeto a los derechos de las minorías y condenaba el extremismo religioso. A pesar de no mencionar expresamente al colectivo LGTB, sus palabras fueron recibidas con esperanza por parte de los activistas, que ven al menos un cambio de actitud con respecto a sus antecesores.

Dos procesos paralelos sobre el matrimonio igualitario

Los derechos LGTB en Rumanía están pendientes en la actualidad de dos procesos, que deben ser resueltos próximamente. Por un lado, la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Adrian Coman, estadounidense, contrajo matrimonio en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Tribunal Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Pero en esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no estaba tomada y volvía a posponer el fallo, esta vez hasta octubre. Ahora se espera para el 29 de noviembre. Para Dordeanu, la extensión y la complejidad del asunto hacían necesaria una deliberación más profunda.

El otro proceso que se está llevando a cabo en Rumanía tiene que ver con la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. Por ello, la Coalición por la Familia de Rumanía ha logrado reunir tres millones de firmas para obligar al Gobierno rumano a convocar un referéndum, cuyo propósito es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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El presidente de Rumanía, Klaus Iohannis, aboga por el respeto a los derechos de las minorías y condena el extremismo religioso

Martes, 25 de octubre de 2016
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klaus-iohannisEl presidente de Rumanía, Klaus Iohannis, ha efectuado unas declaraciones en las que ha defendido el derecho a la diversidad de los ciudadanos y el respeto a las minorias, además de condenar el extremismo religioso, cuando se le ha preguntado acerca del matrimonio entre personas del mismo sexo. Aunque no ha efectuado una defensa del matrimonio igualitario, ni mencionado explícitamente al colectivo LGTB, su actitud respecto a los derechos de las minorías le posiciona a una enorme distancia del habitual discurso a favor de la “familia tradicional”, del que recientemente hizo gala el propio primer ministro del país.

Rumanía está actualmente inmersa en un debate público sobre los derechos de las parejas del mismo sexo. Por un lado, el Tribunal Constitucional debe resolver el recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. Tras el último aplazamiento, se espera que lo haga antes de que finalice este mes de octubre. Por otro lado, el grupo homófobo “Coalición por la Familia”, fuertemente alentado por la influyente Iglesia ortodoxa, ha logrado reunir los 3 millones de firmas necesarias para la convocatoria de un referéndum que prohíba constitucionalmente el matrimonio igualitario.

Debido a esto, en la última conferencia de prensa ofrecida por el presidente Klaus Iohannis, el mandatario fue interrogado por su opinión al respecto. Sin ofrecer un apoyo explícito a la regulación del matrimonio entre personas del mismo sexo en Rumanía, Iohannis sí que abogó por el respeto y la tolerancia hacia las minorías: “es importante reiterar algo en lo que creo”, declaraba, “que se debe volver a la tolerancia y la aceptación de los demás. No somos todos iguales, ninguno de los grupos étnicos o religiosos”.

El presidente sí que tuvo duras palabras para quienes quieren enfrentar la religión con los derechos civiles, al estimar que “es un error prestar obediencia y tomar el camino de la fe extrema. No lo apoyo. Yo creo en la tolerancia, la confianza y la apertura hacia los demás”. Es más, Iohannis considera que “el fanatismo religioso no ayuda a la sociedad. Si ser cristiano implica la tendencia hacia el fanatismo… se envía una señal equivocada”.

Quizás este alegato del presidente Iohannis a favor de la tolerancia puede estar fundamentado en su propia identidad. Él mismo es miembro de la minoría étnica de origen germano  y de la minoría luterana, si bien pertenece al Partido Nacional Liberal, muchos de cuyos miembros se han afiliado al conservador Partido Popular en el Parlamento europeo, un grupo que no se distingue precisamente por su defensa de los derechos LGTB.

vlad-viski-pre-idente-de-mozaiq-rumaniaVlad Viski, presidente de la asociación de defensa de los derechos LGTB MozaiQ, considera que las declaraciones del presidente Iohannis son importantes, aunque demasiado comedidas: “Los comentarios de Klaus Iohannis son una primicia en Rumania. Por primera vez, un político importante se muestra en apoyo de la diversidad. Sin embargo, sus declaraciones no van tan lejos como quisiéramos, ya que Iohannis no especificó que se estuviera refiriendo a la comunidad LGBTI, sino que evitó el uso de una referencia directa a las personas LGBTI. El primer ministro de Rumania, Dacian Ciolos, sin embargo, ha salido hoy en apoyo de la llamada ‘familia tradicional’, lo cual es decepcionante y demuestra que la lucha de las personas LGBTI está lejos de concluir”.

A pesar de ello, según Viski la comunidad LGTB ha reaccionado a las declaraciones de Iohannis con satisfacción, mientras que los homófobos han expresado su ira. “Los partidarios de la ‘Coalición por la Familia’ han tomado una postura muy agresiva, de condena a Iohannis”, afirma el activista, “se han observado en todos los medios cientos de comentarios llenos de odio. Esto demuestra el discurso extremadamente homófobo y transfóbo que está siendo promovido por aquellos que tratan de prohibir el matrimonio homosexual en la Constitución”.

Dos procesos paralelos sobre el matrimonio igualitario

Como señalábamos, los derechos LGTB en Rumanía están pendientes en la actualidad de dos procesos, que deben ser resueltos próximamente.

Por un lado, la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, contrajo matrimonio en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Tribunal Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Pero en esa fecha, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no estaba tomada y volvía a posponer el fallo, esta vez hasta octubre. El alto tribunal conminaba a las partes a comparecer de nuevo para presentar sus alegatos. Para Dordeanu, la extensión y la complejidad del asunto hacían necesaria una deliberación más profunda. “Es un caso muy complejo” y de “elevado impacto mediático” que podía crear un importante precedente.

coalicion-por-la-familia-rumania-290x150El otro proceso que se está llevando a cabo en Rumanía tiene que ver con la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento, cuyas dos cámaras deberán aprobarla con una mayoría de dos tercios para luego ser sometida a consulta popular. Existe la posibilidad de que el referéndum se celebre conjuntamente con las próximas elecciones generales, lo cual hace temer que la campaña electoral se centre en los derechos de la población LGTB, con el consiguiente riesgo de que la profunda LGTBfobia social llegue hasta los discursos políticos y electorales.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. Por ello, la Coalición por la Familia de Rumanía ha logrado reunir tres millones de firmas para obligar al Gobierno rumano a convocar un referéndum, cuyo propósito es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Presentadas las firmas en el Parlamento, la propuesta debía obtener un dictamen favorable del Tribunal Constitucional, que debía revisar si la supresión de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, tal y como se establece en la legislación rumana, es contraria a la Carta Magna.

Sin embargo, el alto tribunal decidió el pasado 20 de julio que se puede permitir la discriminación constitucional de parte de la población de Rumanía en función de su orientación sexual, por lo que la iniciativa popular puede continuar el trámite parlamentario. Para que prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional de Rumanía aplaza su decisión sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

Jueves, 22 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en El Tribunal Constitucional de Rumanía aplaza su decisión sobre el reconocimiento de un matrimonio gay celebrado en el extranjero

adrian-si-clabourn2El Tribunal Constitucional de Rumanía ha pospuesto de nuevo la resolución del recurso presentado por una pareja de hombres, casada en Bélgica, para el reconocimiento legal de su enlace. El fallo, que se aplaza al mes de octubre, podría ser determinante para el proceso de prohibición constitucional del matrimonio igualitario que tiene lugar en el país.

La pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, contrajo matrimonio en Bélgica y presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Al no estar legalmente casados en Rumanía, Hamilton no puede permanecer más de tres meses seguidos en el país. Los representó la abogada Iustina Ionescu de la organización Accept.

Tras un largo proceso judicial, en julio de este año el Constitucional anunció que retrasaba la resolución de la demanda hasta el 20 de septiembre. Este martes, su presidente Valer Dordeanu anunciaba que la decisión aún no está tomada y volvía a posponer el fallo, esta vez hasta octubre. El alto tribunal conmina a las partes a comparecer de nuevo para presentar sus alegatos. Para Dordeanu, la extensión y la complejidad del asunto hacen necesaria una deliberación más profunda. “Es un caso muy complejo” y de “elevado impacto mediático” que puede crear un importante precedente, según el presidente de la sala.

El presidente de la organización LGTB MozaiQ, Vlad Viski, animó a armarse de paciencia ante el retraso en la resolución del caso y destacó como positivo que se vayan a oír de nuevo los argumentos a favor de la igualdad en la más alta instancia judicial del país. Según expertos legales citados por el Gay Star News, sin embargo, es muy probable que el Constitucional rumano rechace de todas formas la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio el pasado mes de julio su visto bueno a la iniciativa popular de referéndum promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que ha reunido más de 3 millones de firmas. De esta manera, la propuesta puede empezar su tramitación en el Parlamento, cuyas dos cámaras deberán aprobarla con una mayoría de dos tercios para luego ser sometida a consulta popular. Existe la posibilidad de que el referéndum se celebre conjuntamente con las próximas elecciones generales, lo cual hace temer que la campaña electoral se centre en los derechos de la población LGTB, con el consiguiente riesgo de que la profunda LGTBfobia social llegue hasta los discursos políticos y electorales.

Actualmente, el artículo 48.1 de la Constitución rumana establece que “La familia se funda por el matrimonio libremente consentido entre los esposos, en base a la igualdad de estos y al derecho y deber de los padres de asegurar el crecimiento, la educación y formación de los hijos”. Es decir, no hay referencia alguna al sexo que deben tener ambos esposos. Por ello, la Coalición por la Familia de Rumanía ha logrado reunir tres millones de firmas para obligar al Gobierno rumano a convocar un referéndum, cuyo propósito es reformar ese artículo para que defina el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y  que además prohíba expresamente cualquier reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo.

Presentadas las firmas en el Parlamento, la propuesta debía obtener un dictamen favorable del Tribunal Constitucional, que debía revisar si la supresión de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, tal y como se establece en la legislación rumana, es contraria a la Carta Magna.

Sin embargo, el alto tribunal decidió el pasado 20 de julio que se puede permitir la discriminación constitucional de parte de la población de Rumanía en función de su orientación sexual, por lo que la iniciativa popular puede continuar el trámite parlamentario. Para que prospere, debe ser aprobada por el 75% de los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular. Si sus ciudadanos respaldan finalmente la propuesta, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

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