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Reconocen que Caster Semenya fue discriminada pero aún no puede competir

Martes, 8 de agosto de 2023
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CasterSemenya_1465732cLa Federación Internacional de Atletismo le prohibía competir por tener altos valores de testosterona.

CIUDAD DE MÉXICO, México. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó el 11 de julio que la World Athletics violó los derechos de Caster Semenya. El órgano le había prohibido a la doble campeona competir a nivel internacional dentro de la categoría femenina, a menos que, por medio de intervenciones médicas innecesarias, redujera los niveles de testosterona que naturalmente expresa su cuerpo.

Especialistas de Human Rights Watch advierten que este fallo es “técnico” pues dicen que Semenya “ganó su caso pero no el derecho a competir”.

Caster Semenya es una atleta sudafricana. Fue dos veces campeona olímpica y tres veces campeona mundial en los 800 metros planos, considerada una prueba de élite. De 2009 a 2017 acumuló, de manera consecutiva, 30 victorias en esa misma prueba, su prueba. Sin embargo, desde 2018 las autoridades de atletismo le han negado competir a nivel internacional en la categoría femenina.

“Estoy eufórica por el resultado de la sentencia. Ha tardado mucho en llegar. He luchado y seguiré luchando para que no exista discriminación en el deporte. He sufrido mucho a manos de los poderes fácticos que me han tratado mal. Han cuestionado el trabajo que he hecho para ser la atleta que soy. Mis derechos han sido violados. Mi carrera ha sido afectada. Todo ha sido tan perjudicial. Mental, emocional, física y económicamente”, expresó Caster Semenya en un comunicado.

Un caso para revisar

El fallo se da luego que en 2019 Semenya impugnara esa regulación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) pero perdió. El TAS argumentó que las reglas de la World Athletics “son una medida necesaria y razonable para garantizar una competencia justa en la categoría femenina”.

Dado que el TAS es un órgano suizo, Semenya llevó su demanda ante el Tribunal Federal Suizo pero éste la desestimó porque la World Athletics es una asociación de derecho privado de Mónaco. Pero sí concluyó que las normas violaban los derechos humanos de Semenya.

Semenya finalmente solicitó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos revisar su caso.

La sentencia Semenya c. Suiza – 10934/214-3 emitida este 11 de julio por el Tribunal Europeo de DDHH determinó que las “regulaciones de elegibilidad femenina” de la World Athletics —que le impidió competir desde 2018 y vivir bajo escrutinio por al menos quince años—, violaron su derecho a la no discriminación, la prohibición al trato inhumano, el derecho al respeto a la vida privada y el derecho al recurso efectivo (estos recursos incluyen el derecho a la justicia, la verdad y a una reparación adecuada).

El fallo determinó que el Tribunal Federal Suizo ‘fracasó’ en defender las normas de derechos humanos aunque éste haya dicho que Semenya ha vivido discriminación. Sin embargo, la sentencia no cambia las regulaciones que, a Semenya y otras atletas como ella, les impide competir en el nivel más alto de competencia. 

Quince años de escrutinio

Cuando Semenya tenía 18 años ganó el primer lugar de los 800 metros en el Campeonato Mundial de Atletismo 2009. Después de una carrera posterior a su victoria la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (ahora llamada World Athletics) le informó que debía reducir sus niveles de testosterona si deseaba continuar corriendo esa prueba en la categoría femenina en competencias internacionales.

La condición que puso World Athletics sobre Semenya en 2009 se debió a que Semenya mejoró sus propios tiempos —8 segundos menos en los 800 metros—. Entonces la WA pensó que era dopaje pero las pruebas fueron negativas. Después vino el prejuicio de que Semenya tuviera una «rara condición médica» que podría garantizar una «ventaja injusta»

Semenya que no quería dejar de competir comenzó a tomar tratamiento hormonal para reducir sus niveles de testosterona. Pero también fue obligada por la WA a someterse a una “verificación de sexo”. Allí se reportó que fue sometida a fotografías invasivas de su cuerpo y pruebas degradantes de endocrinología, ginecología, genética y psicología.

Tras esa prueba la World Athletics y el Comité Olímpico Internacional (COI) determinaron que Semenya es “hiperandrogénica”. Es decir, que su cuerpo expresa naturalmente niveles elevados de testosterona.

También vulnerada la privacidad

La WA filtró el resultado de la “prueba de verificación de sexo” a la que fue sometida y el medio The DailyTelegraph lo publicó en una nota sin perspectiva de derechos humanos en relación a las personas intersexuales. 

La filtración de esa información vulneró la privacidad de Semenya y devino en el escrutinio público, mediático y científico sobre su cuerpo, su identidad de género y su rendimiento deportivo.

Semenya se rehusó a seguir tomando medicinas para reducir su nivel de testosterona. En 2018 llevó su lucha a los tribunales para lograr que los cuerpos de las mujeres con físicos poderosos, con apariencia y expresión de género que no se apega a los estándares occidentales de feminidad, dejen de ser vigiladas, perseguidas y sometidas a pruebas de género invasivas —violatorias de derechos humanos— y obligadas a medicarse para reducir su testosterona natural.

Tribunal reconoce que las “reglas de elegibilidad” no tienen certeza científica

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos solo determinó que World Athletics violó los derechos humanos de Semenya, mas no anuló las normativas del “Reglamento de Elegibilidad para la Clasificación Femenina de deportistas con diferencias de desarrollo sexual”, conocidas como Regulaciones DSD.

Esta norma, actualizada en marzo pasado, regula la participación de las atletas intersex y aquellas que sus cuerpos expresan altos niveles de testosterona de manera natural. Para competir les piden que se sometan a tratamiento hormonal para que reduzcan sus niveles de esta hormona por debajo de los 2.5 nano moles por litro de sangre.

En ese sentido, lograr cambios sustanciales en las Regulaciones DSD podría tomar más tiempo. Pero Semenya dice tener esperanza.

“La justicia ha hablado pero esto es solo el principio (…) Esta decisión seguirá siendo importante para todas las deportistas al establecer dudas sobre el futuro de todas las normas similares. Mi esperanza es que World Athletics, y, de hecho, todos los organismos deportivos, reflexionen sobre las declaraciones realizadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y se aseguren de que respetan la dignidad y los derechos humanos de las atletas con las que tratan”, concluyó en su comunicado.

Por una resolución final

Aunque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no anuló las Regulaciones DSD, determinó que en éstas “hay incertidumbre científica en cuanto a su justificación”. Y agregó que “es escasa la evidencia de que las atletas con diferencias de desarrollo sexual tengan alguna ‘ventaja atlética real significativa en las carreras’”.

Por su parte, World Athletics respondió al fallo que buscarán apelar el caso ante la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos “para una decisión final y definitiva”, y siguen sosteniendo que sus regulaciones de elegibilidad femenina se mantienen pues afirman “son un medio necesario, razonable y proporcionado para proteger la competencia leal en la categoría femenina”

Desde 2019 la World Athletics se ha deslindado de una responsabilidad frente a la protección de derechos humanos. Alude que es un organismo privado que no está sujeto a los instrumentos internacionales de derechos humanos.

En 2020, la ONU calificó estas regulaciones como “mecanismos de exclusión innecesarios, humillantes y dañinos”. Reconoce que en ellas hay una forma particular de discriminación en el deporte hacia las mujeres y niñas negras, incluidas las mujeres y niñas interexuales, originarias del sur global.

“Soy una mujer y soy rápida”

Semenya no ha verbalizado de manera pública si se identifica como una mujer intersexual. Pero sí ha dicho: “Soy una mujer y soy rápida”.

En entrevistas y campañas que hablan de su poderío atlético frente a la exclusión de la World Athletics ha comentado también: “No es justo que me digan que debo cambiar. No es justo que la gente cuestione quién soy”.

Sin embargo, frente a la ola de desinformación y morbo por las características sexuales y la identidad de género de Semenya, es importante aclarar que la intersexualidad es una variación natural en el ser humano y hay muchas formas distintas de ser intersex. Por lo tanto, la intersexualidad no es una patología, no es una identidad de género, no es una orientación sexual y tampoco un “tercer género”.

Una regulación racista y sexista

Las regulaciones de elegibilidad femenina no solo han afectado a Semenya. La restricción de mujeres atletas a través de la vigilancia de sus cuerpos se remonta a la década de 1940. Desde entonces, la World Athletics y en su momento también el Comité Olímpico Internacional (COI), han determinado qué mujeres pueden competir a partir de someterlas a “pruebas de verificación de género”.

Esto está documentado en la investigación Nos están ahuyentando del deporte”: violaciones de los derechos humanos en las pruebas de sexo de las mujeres deportistas de élite publicada por Human Rights Watch (HRW). En ella se menciona que estas prácticas implican daños físicos, psicológicos y dificultades económicas para las atletas. Muchas veces el éxito en el atletismo significa mejorar sus condiciones de vida y en ocasiones una salida de los entornos de pobreza donde crecieron ellas y sus familias.

“Identificar a las atletas mediante la observación y la sospecha es una forma de controlar los cuerpos de las mujeres en función de definiciones arbitrarias de la feminidad y los estereotipos raciales”, señala HRW.

Derecho para todxs

Desde que Semenya comenzó su lucha por el derecho de todas las mujeres a correr libremente, las Regulaciones DSD se han ejercido de manera sistemática en al menos 10 atletas racializadas y originarias del sur global.

Además, desde marzo de este año las regulaciones de elegibilidad femenina de World Athletics prohíbe la participación de atletas trans.

Para la World Athletics la reglamentación que permite la exclusión de las atletas que no quepan en sus estándares de lo que es “ser mujer”,son legales y un medio necesario, razonable y proporcionado” para lograr su objetivo: “una competencia justa y significativa en el atletismo femenino”.

31 de julio de 2023
Geo González@georginagon
Edición: Maby Sosa

Fuente Agencia Presentes

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) afirma que Rumania viola los derechos humanos de las parejas LGBTQ+,

Martes, 30 de mayo de 2023
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tribunal-de-estrasburgoEl martes (23 de mayo), el TEDH dictaminó que, como resultado, el gobierno de Rumania infringe el artículo ocho del Convenio Europeo de Derechos Humanos: el derecho al respeto de la vida privada y familiar.

La sentencia se dictó después de que 21 parejas, todas de nacionalidad rumana nacidas entre 1967 y 1996, presentaran denuncias ante el TEDH entre 2019 y 2020.

En sus solicitudes, las parejas se quejaron de que no había manera de salvaguardar legalmente sus relaciones en Rumania debido a la falta de reconocimiento.

Cada una de las parejas había notificado a sus oficinas de registro locales expresando su intención de casarse, pero sus solicitudes fueron rechazadas en virtud de un artículo que define el matrimonio entre un hombre y una mujer.

Sus solicitudes también fueron rechazadas en virtud de un artículo separado que establece que el matrimonio entre personas del mismo sexo está “prohibido” en Rumania.

Una mayoría de siete jueces dictaminó finalmente que Rumanía infringe el artículo ocho del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En su fallo, el tribunal dijo que los estados miembros están obligados a proporcionar algún tipo de reconocimiento legal para las parejas del mismo sexo en base a fallos anteriores.

El tribunal determinó que las parejas en el centro del caso no habían podido acceder a muchos de los derechos sociales y civiles otorgados a las parejas heterosexuales debido a la falta de reconocimiento legal.

El TEDH rechazó el argumento del gobierno rumano de que esos derechos podrían ser replicados por acuerdos contractuales privados.

Finalmente, el TEDH dictaminó que la oposición social al matrimonio entre personas del mismo sexo en Rumania no debe anular el derecho de las parejas del mismo sexo a que sus relaciones sean reconocidas legalmente.

En última instancia, ninguno de los argumentos del gobierno rumano para justificar sus leyes restrictivas superó el derecho de las personas queer a que se reconozcan legalmente sus relaciones.

La sentencia se produce pocas semanas después de que ILGA-Europa otorgara a Rumanía una puntuación de solo el 18 % en derechos LGBTQ+. El país fue clasificado como uno de los peores lugares para los derechos LGBTQ+ en Europa.

En una encuesta de 2019, el 53 % de las personas LGBTQ+ en Rumania dijeron que “casi nunca eran abiertos” sobre su identidad, mientras que el 23 % dijo que “rara vez eran abiertos”.

En 2022, el gobierno rumano fue criticado cuando presentó el llamado proyecto de ley de “propaganda” LGBTQ+, que prohibiría el uso de materiales en las escuelas que “promuevan” ser homosexuales.

Fuente Agencias

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El Tribunal de Estrasburgo condena a Lituania por bloquear la distribución de un libro infantil que incluye parejas del mismo sexo entre sus personajes

Martes, 31 de enero de 2023
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tribunal-de-estrasburgoLa demandante del caso era Neringa Dangvydė Macatė, una autora de cuentos infantiles de nacionalidad lituana. Aunque falleció en 2020, su madre continuó el proceso judicial para conseguir hacer justicia. En 2013, la Universidad de Ciencias de la Educación de Lituania publicó uno de sus libros, Amber Heart (Gintarinė širdis), que contiene una serie de cuentos infantiles dirigidos a niños de nueve y diez años, con financiación parcial del Ministerio de Cultura lituano (puedes descargar el libro, traducido al inglés, desde The Amber Heart, una página web creada para difundir el caso). Se trata de una adaptación de los cuentos de hadas tradicionales, pero que incluye personajes de diferentes grupos étnicos y con discapacidad intelectual y que aborda temas como la estigmatización, el acoso escolar, las familias divorciadas o la inmigración. Además, dos de los cuentos incluyen entre sus personajes dos parejas del mismo sexo que contraen matrimonio, motivo por el cual el Ministerio de Cultura, que había contribuido a su publicación, lo denunció ante la Oficina de Inspección de Ética Periodística.

Conviene recordar, en este punto, que en marzo de 2010 había entrado en vigor la ley de «de protección de menores contra el efecto perjudicial de la información pública» con el objetivo de obstaculizar la información positiva sobre diversidad sexual a menores (a cosa no quedó ahí, de hecho: en octubre de 2010 entró en vigor otra reforma que prohíbe la «manifestación y promoción» de contenidos publicitarios referidos a orientación sexual dirigidos a toda la población, y no solo a menores).

Volviendo a Ambert Heart, la Oficina de Inspección de Ética Periodística de Lituania consideró que en efecto el libro de cuentos violaba la mencionada normativa referida a menores y solo podía ser distribuido con una advertencia de que su contenido no era adecuado para menores de 14 años. La distribución del libro fue así paralizada durante un año hasta que se reinició con dicha advertencia. Su autora acudió a los tribunales de Lituania, donde no consiguió revertir la censura. Es más, en una argumentación absolutamente kafkiana, el Tribunal Regional de Vilna llegó a considerar que presentar modelos de familia alternativos a los tradicionales podría considerarse un acto discriminatorio por parte de la propia autora, abiertamente lesbiana, contra aquellas personas que defienden valores diferentes a los suyos propios.

Tribunal de Estrasburgo: la censura homófoba violó la libertad de expresión

Neringa Dangvydė Macatė, y después del fallecimiento de esta en 2020 su madre, con la participación como terceras partes, entre otras organizaciones, de ILGA-Europa, llevaron finalmente a Lituania ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en un fallo unánime considera, que en efecto, el Estado lituano violó el artículo 10 de la Conevnción Europea de Derechos Humanos, que consagra el derecho a la libertad de expresión, al bloquear la distribución del libro.

Por otra parte, la argumentación del alto tribunal, tal y como ha sido reproducida en su nota de prensa, mantiene que restringir por «inapropiado o perjudicial» el acceso de los niños a información sobre relaciones entre personas del mismo sexo únicamente por el hecho de mostrar estas relaciones en ausencia de otros elementos, demuestra la preferencia de las autoridades por unos tipos de relaciones y de familias como socialmente más aceptables y valiosas, algo «incompatible con las nociones de igualdad, pluralismo y tolerancia inherentes a una sociedad democrática». Una vez expresada esta argumentación, una mayoría de 12 jueces frente a 5 consideraron que una vez comprobada la violación del artículo 10 no había necesidad de valorar separadamente si el acto de censura violó también el artículo 14 del Convenio, que prohíbe la discriminación.

El alto tribunal condena a Lituania a indemnizar con 12.000 euros a la madre de la escritora y a abonarle, además, otros 5.000 euros en concepto de costas.

La LGTBIfobia de Estado en Lituania: sombras y alguna luzLa decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es una gran noticia, dado que Lituania, miembro de pleno derecho de la Unión Europea, se adelantó a otros países como Rusia o Hungría a la hora de limitar la información positiva sobre homosexualidad a menores sin que eso le supusiera sanciones de ningún tipo. Lo sucedido con el mencionado cuento, además, no es el único ejemplo de LGTBIfobia de Estado en ese país.

En septiembre de 2014 informábamos sobre la prohibición de un inocente spot contra la homofobia, en base a las mencionadas leyes. En enero de 2015, un diputado lituano lanzaba veladas amenazas precisamente contra la Liga Gay Lituana, a la que acusaba de «jugar con fuego» con «provocaciones» que podrían costarles un ataque como el sufrido por la revista satírica Charlie Hebdo en París. Ese mismo mes, un tribunal lituano calificaba de «excéntrica» la foto en la que una pareja gay aparece besándose y descartaba actuar ante las amenazas homófobas que habían recibido sus protagonistas. Un caso, por cierto, que también acabó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que ya supuso una primera condena contra Lituania hace ahora tres años.

Confiemos en que esta serie de condenas mueva a Lituania a dar marcha atrás y poner fin a su legislación homófoba. En este sentido, resulta al menos esperanzador que en noviembre de 2015 el Parlamento lituano decidiese no seguir el ejemplo de Rusia y eliminar del orden del día la votación de una ley contra la llamada «propaganda homosexual» aún más restrictiva. Y en 2017, el país báltico sorprendía positivamente al conceder asilo a dos refugiados perseguidos en Chechenia a causa de su orientación sexual.

Por otra parte, en febrero de 2016, las autoridades de inmigración del país denegaron el permiso temporal de residencia a un hombre de nacionalidad bielorrusa casado en Dinamarca con un ciudadano lituano. La situación sin embargo, fue corregida en enero de 2019 por la sentencia del Tribunal Constitucional que ordenaba reconocer el derecho de residencia a los cónyuges de parejas del mismo sexo, en aplicación de la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitida meses antes.

En noviembre de 2020, el recién elegido Gobierno de coalición de Lituania acordó promover un proyecto de ley de uniones civiles para las parejas del mismo o de distinto sexo, al que se opone el Presidente de la República Gitanas Nausėda.

Según la ley de la UE, todos los estados miembros deben “facilitar” a los ciudadanos LGBT+, lo que significa que deben mantenerse libres de discriminación. La homosexualidad solo se despenalizó en el país de mayoría católica en 1993, y la constitución todavía define el matrimonio entre un hombre y una mujer.

Gitanas Nausėda, presidente de Lituania, ha expresado abiertamente su creencia en lo que él llama valores familiares tradicionales. Se ha manifestado en contra de lo que denominópropaganda de género “ y ha dicho que el matrimonio es entre un hombre y una mujer. “Como presidente de la República de Lituania, usaré mis poderes para asegurarme de que así sea”, dijo en un mitin en mayo de 2021, mientras los ciudadanos protestaban contra un proyecto de ley que permitiría las uniones civiles entre personas del mismo sexo.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Polonia por retirar la custodia de sus hijos a una madre que inició una relación con otra mujer

Jueves, 23 de septiembre de 2021
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tribunal-de-estrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a Polonia por retirar a una madre la custodia de sus cuatro hijos debido a su orientación sexual. El alto tribunal europeo, por acuerdo de seis de los siete jueces encargados del caso (el séptimo, de nacionalidad polaca, se ha desmarcado del fallo que condena a su país) considera que los tribunales polacos que actuaron en los dos procedimientos judiciales analizados violaron los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.

La historia, según la narración de los hechos que hace en su comunicado de prensa el mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pone los pelos de punta. La demandante (X) planteó en 2005 una demanda de divorcio de su marido (Y), con el que se casó en 1993 y había tenido cuatro hijos, después de que ella iniciara una relación con otra mujer. Los padres de X, que no estaban de acuerdo con la decisión de su hija, obtuvieron la custodia provisional, pero después de un primer acuerdo de divorcio entre X e Y la madre se hizo con la custodia de los cuatro hijos. La situación duró poco: un año después, en 2006, el padre acudió de nuevo a los tribunales y reclamó la custodia que antes no había querido. Durante aquel proceso la orientación de la madre fue objeto de discusión detallada, hasta el punto de que X se vio obligada a responder preguntas sobre el tipo de relaciones sexuales que mantenía con su nueva pareja. Como resultado de aquel proceso la custodia de los cuatro hijos pasó al padre.

X apeló, argumentando que ella había sido siempre la que había cuidado de sus hijos y que, de hecho, en el año en el que habían estado separados su expareja no se había preocupado de ellos. De nada sirvió: la justicia polaca rechazó la apelación en 2008 y confirmó que el padre tenía la custodia. Hasta tal punto llegó el sesgo discriminatorio del tribunal que este ignoró que el padre sí estaba dispuesto a cederle a su exmujer la custodia del hijo pequeño, atendiendo a su edad y a los vínculos emocionales del pequeño con la madre. De hecho, este se quedó junto a ella, mientras que sus tres hermanos se marcharon a la casa del padre. Unos meses más tarde X intentó, de hecho, que se revisara al menos la custodia del pequeño pero el tribunal no solo no le dio la razón, sino que obligó a que este se marchara definitivamente a la casa del padre. La apelación de X fue rechazada en 2009 con el argumento de que el pequeño necesitaba un «modelo masculino». La madre siguió peleando ante la justicia, argumentando que de hecho eran sus hermanas mayores y sus abuelos los que se encargaban de cuidar del pequeño en lugar de su padre, pero no consiguió recuperarlo.

Ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha determinado que tanto durante el primer proceso (que concluyó con el otorgamiento de la custodia de los cuatro hijos al padre) como durante el segundo (durante el cual fue la custodia del niño pequeño la que estuvo en discusión), el Estado polaco trató de forma discriminatoria a X debido a su orientación sexual, violando los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos. El alto tribunal condena al Estado polaco y le obliga a indemnizar a la mujer con 10.000 euros. Lamentablemente, el daño emocional causado es irreparable: han pasado ya más de doce años desde que que la justicia polaca arrebató al más pequeño de sus hijos, entonces de siete años, de los brazos de su madre.

El resultado final del fallo, no obstante, ha sido recibido positivamente por el activismo LGTBI. «La sentencia confirma la igualdad de derechos de los padres LGTBI en relación a sus hijos. El mejor interés de los hijos en recibir el amor y el cuidado debe prevalecer en cualquier consideración de custodia al margen de la orientación sexual de los padres», ha declarado Arpi Avetisyan, del departamento de litigaciones de ILGA-Europa, una de las organizaciones que ha dado soporte a la demandante.

Fuente Dosmanzanas

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Importantísima sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a favor de una madre trans a la que la justicia rusa denegó el contacto con sus hijos

Miércoles, 14 de julio de 2021
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tribunal-de-estrasburgoImportante sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Rusia por no permitir a A.M., una mujer trans, continuar viendo a sus hijos una vez que esta transicionase y fuese reconocida legalmente como mujer. Los tribunales rusos dieron la razón a la otra madre, que argumentó que el contacto de su ex con los niños era perjudicial para su salud mental y su moralidad. El alto tribunal europeo, en un fallo unánime, considera que la prohibición viola los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.

A.M. se casó en 2008 con otra mujer de la que se divorció en 2015. En ese tiempo tuvieron dos hijos, nacidos en 2009 y 2012. Después del divorcio A.M, consiguió ver reconocida legalmente su identidad femenina, algo que en Rusia solo es posible después de someterse a un proceso de reasignación. En se momento la otra madre comenzó a poner impedimentos al derecho de visita de A.M. a sus hijos. Una historia, en definitiva, muy parecida a la de tantas otras mujeres trans en diferentes lugares del mundo.

En este caso, si embargo, la otra madre lo tuvo fácil, teniendo en cuenta el marco legal al que se enfrentan las personas LGTBI en Rusia: le bastó con argumentar ante los tribunales rusos que el contacto de A.M. con sus hijos era perjudicial para su salud mental y moralidad, distorsionaba su percepción de la familia y les «exponía» a información sobre las «relaciones sexuales no tradicionales» (el elemento central de la ley rusa contra la «propaganda homosexual»). Los tribunales rusos le dieron la razón.

La batalla jurídica llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora, en un fallo de gran importancia para los derechos de las personas trans, ha determinado de forma unánime que Rusia violó en este caso los derechos 8 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, referidos al derecho al respeto a la vida y familiar y a la prohibición de la discriminación, respectivamente. En este último caso el alto tribunal vuelve a recordar que de acuerdo a su doctrina consolidada la identidad de género está cubierta por el derecho a la no discriminación.

No sabemos hasta qué punto la sentencia tendrá un efecto inmediato sobre la vida de A.M., teniendo en cuenta que, según el relato del caso que hace el alto tribunal europeo, la otra madre se trasladó a vivir con los hijos de ambas a un lugar desconocido, y A.M. no tiene información alguna de dónde ni cómo se encuentran. Pero al menos ahora cuenta con armas legales con las que continuar la batalla. El Estado ruso, además, deberá abonarle algo más de 10.000 euros (entre indemnización por daños causados y costas) pese a que la mujer no solicitaba indenmización pecuniaria en su demanda. De lo que no cabe ninguna duda es de que sentencia sienta un importantísimo precedente para los derechos de las personas trans en toda Europa. No es de extrañar que desde Transgender Europe e ILGA -Europa, dos organizaciones paragüas que agrupan a organizaciones trans y LGTBI de todo el continente, lo hayan considerado histórico.

 Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento húngaro aprueba una ley contra la «propaganda homosexual»

Lunes, 21 de junio de 2021
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abascal-orbanY “nuestro” Abascal, alumno aventajado del fascista Viktor Orbán

Hungría sube otro nivel en la escala de la infamia LGTBIfoba. El Parlamento unicameral húngaro, en el que los ultraconservadores del Fidesz y sus socios gozan de mayoría absoluta, ha aprobado un proyecto de ley que prohíbe la información positiva sobre diversidad afectivo-sexual a menores. El texto, calificado por el activismo como una versión de la ley rusa contra la «propaganda homosexual», se incluye en un paquete de medidas contra la violencia sexual y la pederastia, lo que corrobora su intención estigmatizadora contra la población LGTBI. Budapest ha sido escenario de protestas contra este nuevo ataque que se suma a una ya larga lista de medidas contra la comunidad por parte del Gobierno de Viktor Orbán.

La ley aumenta principalmente las penas por delitos sexuales contra los niños, pero en ella se esconde un cambio de última hora que provocó protestas en todo el país, al prohibir el debate sobre los derechos de las personas LGBT+ en las escuelas y la prensa. Los legisladores nacionalistas del Fidesz introdujeron la enmienda la semana anterior, con el apoyo del partido derechista Jobbik. Sólo un legislador independiente votó en contra de la enmienda que ilegaliza la representación o el debate de las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género en la escuela o en la publicidad y la prensa vista por menores.

El pasaje aprobado por el Parlamento modifica varios artículos de las leyes sobre protección de menores, derecho de familia, educación y regulación de medios y publicidad. En concreto, se prohíbe la difusión de contenidos en libros, películas y otros formatos que estén a disposición de niños o adolescentes en los que se «describan o promuevan identidades de género diferentes de las adjudicadas en el nacimiento, operaciones genitales y homosexualidad». También se prohíbe la publicidad en la que «la promoción, exhibición o expresión de la propia identidad de género, reasignación de género u homosexualidad sea un elemento definitorio».

Estos contenidos, que incluyen temas LGBT+, no podrán ser discutidos por los profesores en las escuelas. El gobierno elaboraría una lista aprobada de lo que se puede enseñar en las clases de educación sexual. La enseñanza escolar también se ve sometida a censura, porque se prohíbe de nuevo la «promoción» de la diversidad afectivo-sexual y de género a los alumnos. La educación sexual, en cualquier caso, solo podrá ser impartida por profesores o miembros de organizaciones autorizadas, lo que cierra definitivamente la puerta a charlas sobre la realidad LGTBI por parte de colectivos. En el terreno de los medios, la medida podría suponer la remisión a la franja horaria del late night de cualquier serie o película que incluya alguna alusión o representación de personas LGTBI, lo que significa que las vidas de las personas LGBT+ sólo podrán mostrarse en los medios de comunicación, lo que incluye los anuncios, entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana.

Como en ocasiones anteriores, el texto ha salido adelante como parte de un paquete legislativo amplio sobre medidas de protección a la infancia. La enmienda LGTBIfoba fue introducida a última hora la semana pasada, después de que la iniciativa original hubiera suscitado un amplio consenso en el Parlamento. La inclusión del pasaje contra la «propaganda homosexual» junto a medidas contra la violencia sexual y la pederastia confirma la intención del Gobierno de Orbán de estigmatizar aún más a la población LGTBI. El texto ampliado salió adelante con 157 votos del Fidesz y sus aliados, así como del conservador Jobbik. 41 diputados de la oposición se ausentaron de la votación en señal de protesta.

Las reacciones domésticas y externas han sido principalmente de indignación.  El activismo húngaro ha tachado la medida como una versión de la ley rusa contra la «propaganda homosexual» aprobada en 2013 y que desató una oleada de protestas en Europa y el resto del mundo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos decretó en 2017 que las normas de este estilo que prohíben informar positivamente sobre diversidad sexual y de género a los menores vulneran su derecho a la protección frente a la LGTBIfobia. El lunes pasado, víspera de la votación,  miles de personas se manifestaron contra la nueva ley ante el Parlamento húngaro en Budapest instando a los políticos a rechazar la enmienda.

Algunas personas LGTBI húngaras con medios para hacerlo han llegado a huir del país a otros países europeos vecinos, soñando con un “futuro mejor”.

La Unión Europea sancionará a Hungría por sus leyes anti-LGTB+

Aunque a nivel europeo, como suele ocurrir en estos casos, la respuesta ha sido prudente, por no decir tibia, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se declaró «muy preocupada por la nueva ley en Hungría» y aseguró que comprobarán si la norma vulnera la legislación comunitaria. «Creo en una Europa que acoge la diversidad, no en una que la esconde a nuestros hijos. Nadie debería ser discriminado por su orientación sexual», añadió en un tuit.

Más contundente ha sido la comisaria de Igualdad, Helena Dalli, que ha amenazado a Hungría con un recorte de los fondos europeos «si no respeta los valores de democracia y de igualdad de la Unión Europea».

 

Hungría podría enfrentarse a restricciones de financiación por parte de la Unión Europea debido a la legislación que reprime la mera “promoción” de las personas LGBT+. Ahora, Bruselas está dispuesta a intentar contrarrestar esta oleada anti-LGBT+ reteniendo potencialmente el hallazgo de proyectos cruciales para Hungría, dijo un alto funcionario de igualdad a Openly.

“El mensaje es que si no defiendes los valores de la democracia o la igualdad de la Unión Europea, no tienes derecho a recibir dinero para tu proyecto”, dijo a la agencia la comisaria de Igualdad del bloque, Helena Dalli. Dijo que la Comisión Europea, brazo ejecutivo de la Unión Europea, impondrá “definitivamente” sanciones si la legislación del partido gobernante Fidesz se convierte oficialmente en ley.

Dalli dijo que la Comisión Europea se fijará en las medidas financieras que adoptó contra Polonia el año pasado para frenar el tsunami de actividades anti-LGBT+ del propio país. La Comisión retuvo la financiación de varias ciudades de Polonia después de que casi 100 gobiernos locales –alrededor de un tercio del territorio– se declararan “zonas libres de LGBT”. Como subrayó Dalli, una región polaca dio marcha atrás en su política a causa de la UE, “así que pensamos que si extrapolamos eso a lo que está ocurriendo en Hungría también podría producirse el mismo efecto”, dijo.

El Orgullo de Budapest se celebrará para luchar contra las leyes anti-LGTB de Hungría

En Budapest, donde los activistas LGBTQ+ están inmersos en una lucha casi existencial contra el gobierno derechista de Viktor Orbán, había demasiado en juego para que el Orgullo pasara a un segundo plano. Incluso antes de que el Parlamento húngaro aprobara esta semana esta legislación homófoba, la comunidad había empezado a planear un desfile masivo en el centro de la capital el mes que viene, que serviría tanto de advertencia a Orbán como de fuerte muestra de solidaridad.

“Pensamos que era muy importante mostrar a las personas LGBT que no están solas, que no están abandonadas, que hay mucha gente que las defiende. Y ahora es aún más importante mostrarlo”, dijo Viktória Radványi, del Orgullo de Budapest. “Estamos planeando mostrar a toda la gente que tiene miedo y ansiedad y que piensa que no puede ser feliz porque este gobierno está aplastando los derechos humanos y la libertad de expresión y la libertad de los medios de comunicación, que hay esperanza, y que hay mucha gente que está cada vez más organizada”.

Radványi dijo que la organización del Orgullo de Budapest ya había empezado a ver ese impacto. “Es desgarrador”, dijo. “Los adolescentes nos envían mensajes de texto diciendo que se despiertan llorando al no poder hacer frente a esta ley… No pueden imaginar cómo pueden seguir viviendo una vida plena y relativamente feliz en Hungría”.

Crece el temor de que las personas LGBTQ+ hayan sustituido a los refugiados y a los inmigrantes como el chivo expiatorio favorito del gobierno a medida que se acercan las elecciones del próximo año. “Necesitan dar algo a su base de votantes”, dijo Radványi.

Al igual que muchos, también sospecha que la legislación pretende en parte distraer la atención del desastre del Covid en Hungría. Hasta hace poco, el país tenía el mayor número de muertes por Covid-19 per cápita, con unas 300 por cada 100.000 personas, según datos de Johns Hopkins. “Una de las razones por las que iniciaron esta legislación anti-LGBTQ en medio de la primera ola, la segunda ola y ahora, es para desviar la atención de los votantes del hecho de que la gente está muriendo innecesariamente porque no tenemos suficientes médicos y enfermeras”, dijo.

A pesar de este sombrío panorama, Hungría ha conseguido vacunar completamente a más del 40% de la población, por lo que los organizadores del Orgullo de Budapest se sienten capaces de llevar a cabo una marcha por el centro de la capital el 24 de julio. Se trata de la culminación de una serie de actos de un mes de duración que comenzaron el 25 de junio.

Radványi afirmó que, por muy sombrío que parezca el futuro, aún hay motivos para la esperanza. Señaló una reciente encuesta de Ipsos, según la cual más del 60% de los húngaros cree que los padres del mismo sexo tienen “las mismas posibilidades que los demás padres” de educar bien a sus hijos. “Una mayoría: nunca esperábamos ese resultado después de dos años de campaña contra el odio”, dijo. “Nuestra experiencia personal era la misma y ahora este sondeo… lo ha confirmado: que el pueblo húngaro no es tan odioso y es mucho menos homófobo que el gobierno”.

Hungría: la avanzadilla europea de la LGTBIfobia de Estado

En comparación con otros países del antiguo bloque oriental, Hungría era relativamente progresista en materia de derechos LGBTQ+ hasta que Orbán y su partido de derechas Fidesz llegaron al poder en 2010. Desde entonces, y en particular en el último año, las cosas han empeorado constantemente. A medida que el odio contra el colectivo LGBT+ se intensifica en la Hungría del primer ministro Viktor Orbán, el desagravio de la UE señala el alcance de la protesta internacional que ha suscitado el país por su trato a los residentes homosexuales.

Con la prohibición húngara de “popularizar” los derechos LGBT+, los legisladores alineados con el gobierno de Orbán han dejado al descubierto el alcance de su odio hacia las personas LGBT+, reduciéndolas a cuñas y objetivos políticos móviles.

La actual escalada legislativa contra la comunidad LGTBI en Hungría comenzó el 30 de marzo del año pasado, cuando el primer ministro Viktor Orbán asumía poderes extraordinarios con la excusa de la crisis producida por la pandemia de coronavirus. Solo un día después, el vice primer ministro Zsolt Semjén presentaba un proyecto de ley que, entre otras medidas, incluía una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que abría dicha modificación y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación.

Finalmente, el 19 de mayo la Asamblea Nacional aprobaba la ley que incluye la reforma tránsfoba. Lo hacía por 133 votos a favor (los que reúnen el Fidesz y sus aliados del Partido Popular Demócrata Cristiano) y 57 en contra. Como ya alertábamos entonces, se trata, muy posiblemente, del mayor ataque lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea. Un órdago que, desde que fue anunciado, solo ha recibido una respuesta tibia por parte de resto de países de la UE y de la propia institución comunitaria.

Pero el Gobierno de Orbán no paró tras este retroceso sin precedentes. Tal vez envalentonado por la falta de contundencia de sus socios europeos y aprovechando de nuevo el agravamiento de la pandemia por coronavirus, la ministra de Justicia Judit Varga presentaba el pasado 10 de noviembre una reforma constitucional que recoge «el derecho de los niños a la propia identidad de acuerdo con su género de nacimiento». Una formulación que se traduce en la negación de la identidad de los menores trans e intersexuales, blindada ahora al máximo nivel normativo.

La modificación constitucional también incluye una ampliación del artículo sobre la familia, que desde 2012 prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Ahora se añade la frase: «La madre es una mujer y el padre, un hombre». La finalidad, cerrar la puerta a cualquier reconocimiento de realidades familiares diferentes a la compuesta por un hombre y una mujer. Por último, la reforma de la ley fundamental impone que la educación en las escuelas húngaras debe inspirarse en «la identidad constitucional de nuestro país y la cultura cristiana», excluyendo por tanto los contenidos sobre diversidad afectivo-sexual.

Tras la aprobación por parte del Gobierno, la mayoría de dos tercios con la que cuentan el Fidesz y sus socios dio su visto bueno el pasado 15 de diciembre en el Parlamento al proyecto de reforma constitucional por 135 votos a favor, 45 en contra y cinco abstenciones. Además, la negación de la homoparentalidad recogida desde ahora en la ley fundamental se completó con la aprobación de un proyecto de ley para limitar la adopción de menores a las parejas casadas (y, por tanto, necesariamente de distinto sexo). La adopción por parte de personas solteras, única vía a la que hasta ahora se podían acoger las parejas del mismo sexo, solo se otorgará en casos excepcionales y previa autorización del ministerio de Asuntos Familiares. Con la nueva iniciativa contra la población LGTBI, el Gobierno de Orbán continúa, con total libertad de acción, su escalada hacia la discriminación y estigmatización de la comunidad.

Y esto es lo que tenemos en España… Santiago Abascal con Orban, mientras Pablo Casado apoyaba a Orban al negarse  a firmar con 13 partidos conservadores de la UE que piden expulsar a Orbán por imponer una corona-dictadura en Hungría

Fuente Dosmanzanas/Pink News

 

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El Tribunal Constitucional de Italia dicta dos sentencias favorables al reconocimiento legal de la homoparentalidad en ese país

Lunes, 15 de marzo de 2021
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corte-costituzionale_1El Tribunal Constitucional italiano ha emitido dos sentencias favorables a los derechos de los hijos de parejas del mismo sexo. El primer caso es el de un matrimonio de dos hombres casados en Canadá y que tuvieron un hijo en ese país por el controvertido procedimiento de la gestación subrogada. El segundo, el de una pareja de mujeres que recurrió a la fecundación asistida en el extranjero para engendrar un hijo que nació ya en Italia. El alto tribunal considera en ambos casos que debe primar el interés superior de los menores e insta al Parlamento a legislar para garantizar el reconocimiento de sus derechos en Italia, superando la situación actual, que con carácter general no contempla la inscripción de un menor como hijo de dos padres o dos madres en ese país..

El primero de los casos sobre los que ha fallado el Constitucional italiano es el de una pareja de hombres residente en Trento que tuvo un hijo mediante gestación subrogada en Canadá y recurrió a la justicia para ver reconocidos sus derechos de parentalidad. En 2017, el Tribunal de Apelación de esta ciudad del norte de Italia decretó que ambos podían inscribirse como padres del menor. Pero en 2019 la Corte de Casación enmendó al tribunal de Trento y denegó el derecho de inscribirse como padre al progenitor no biológico, al que sin embargo dejó abierta la puerta de la adopción a título particular. La sentencia, eso sí, ponía el acento en la prohibición de la gestación subrogada en Italia y no en la homoparentalidad (mientras que la reproducción asistida solo está abierta a las parejas casadas, la gestación subrogada está vetada en todas las circunstancias). Ahora, el Tribunal Constitucional mantiene la prohibición de la gestación subrogada, que juzga necesaria para proteger a las mujeres, en especial las que se encuentran en una situación socioeconómica precaria. Pero al mismo tiempo, considera que es urgente un cambio en la situación de desamparo legal en la que quedan los niños nacidos en el extranjero por dicho procedimiento. El alto tribunal pide al Parlamento que legisle para «poner fin a la situación actual de insuficiente protección de los intereses del menor».

El segundo caso sobre el que han emitido sentencia los jueces del Constitucional versa sobre una pareja de mujeres que recurrió a la fecundación asistida en el extranjero para tener un hijo que nació posteriormente en Italia. Como la legislación italiana no contempla la inscripción del menor como hijo de dos madres, este quedó en una situación de indefensión legal. El asunto llegó a un tribunal de la ciudad de Padua, al que ahora enmienda el Tribunal Constitucional, que considera que debe primar el derecho de los menores «a los cuidados, a la educación, a la enseñanza, a la manutención, a la sucesión y, más en general, a la continuidad y al consuelo de los hábitos compartidos». El Constitucional italiano, en este sentido, afianza la tendencia marcada previamente por otros tribunales de ese país. Un importante caso que recogimos en su momento, por ejemplo, es el de una pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona. Tras serles reconocidos los derechos de parentalidad en Italia por un tribunal de Turín, la Corte de Casación los confirmaba de forma definitiva en septiembre de 2016.

Las sentencias del Constitucional se remiten también a la justicia europea. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya sentenció en 2016 que la negativa del Estado francés a registrar a tres niños nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada viola el derecho de los menores al respeto de su vida privada. Sobre este controvertido procedimiento, la justicia europea consideró que, aunque los Estados pueden prohibirlo, negarles los derechos de filiación a los hijos que hayan nacido así en otro país que sí se los reconozca es una vulneración de los derechos de los menores.

 Fuente Dosmanzanas
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Caster Semenya se encomienda al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para poder competir sin discriminación

Martes, 16 de febrero de 2021
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tribunal-de-estrasburgoLa atleta sudafricana Caster Semenya, abiertamente lesbiana, ha dado un nuevo paso en los tribunales para poder proseguir su carrera deportiva en la alta competición. En 2018 la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) aprobó un reglamento sospechosamente selectivo que tiene como fin impedir que Semenya pueda competir, a no ser que se medique para rebajar sus niveles de andrógenos, que de forma natural sintetiza en mayor cantidad que la mayoría de las mujeres. Por ello, tras dos apelaciones infructuosas (en 2019 en el Tribunal de Arbitraje Deportivo y este mismo año en el Tribunal Supremo Federal de Suiza) la atleta ha decidido elevar su lucha al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Caster Semenya ha dejado claro que continuará su lucha judicial para competir sin discriminación y para «ayudar a crear un mundo más igualitario». Además de Semenya, el reglamento restrictivo del atletismo mundial también impediría que la medallista de plata Francine Niyonsaba de Burundi y la medallista de bronce Margaret Wambui de Kenia compitan en los 800 metros en los Juegos de Tokio del próximo año, condicionando así la clasificación.

La sudafricana, que fue ganadora en 800 metros lisos en los mundiales de 2009 y 2017, así como el oro en la misma categoría en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016, siempre ha sido discutida por algunos debido a una supuesta intersexualidad (realidad con la que ella no se siente identificada). Y la aprobación del nuevo reglamento de la IAAF la dejaba prácticamente fuera de juego de la alta competición, como recogía en su momento dosmanzanas, que ha seguido de cerca sus dos carreras: la deportiva y la de la igualdad.

En la primavera de 2019 se hizo pública la vergonzosa decisión del Tribunal de Arbitraje Deportivo (también conocido como TAS, sus siglas en francés), que daba la razón a la IAAF en su disputa con Semenya. Y el pasado mes de septiembre, la atleta tampoco corrió mejor suerte en el Tribunal Supremo Federal de Suiza (al que apeló por encontrarse en el país alpino la sede del TAS).

Lejos de rendirse, recientemente la deportista olímpica ha llevado su reivindicación hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y no abandonará la batalla en los tribunales hasta que la IAAF admita «el error» que ha cometido y despeje el reglamento de una discriminación tan aberrante que la obligue a abandonar su carrera deportiva, a medicarse o a competir «como hombre» (todas ellas soluciones inaceptables).

Las instituciones sudafricanas se vuelcan con Semenya

El Gobierno de Sudáfrica ha dejado claro el apoyo a su compatriota y declara que «es más que la lucha individual» de una atleta. La Comisión para la Igualdad de Género (CGE) y la Comisión de Derechos Humanos de Sudáfrica (SAHRC) «se unen para perseguir la injusticia contra Caster Mokgadi Semenya». Una injusticia que «afecta a las mujeres negras en los países en desarrollo».

Asimismo, según explican las citadas instituciones gubernamentales, «se trata de restaurar su dignidad humana y sus derechos a participar y tener ingresos del deporte, así como los derechos de otros deportistas, que también han sido discriminados y perjudicados por la nueva normativa discriminatoria de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) que entró en vigor en 2019».

Ambas instituciones creen que el resultado del Tribunal Supremo Federal de Suiza equivale a una grave violación del derecho a la integridad corporal, la dignidad humana y la privacidad de atletas como Caster Semenya, «cuyos cuerpos, sin tener la culpa, producen lo que se considera altos niveles de testosterona».

Por lo tanto, la CGE y la SAHRC están «firmemente decididas a organizar una defensa y apoyo a nivel mundial y nacional para las mujeres atletas como Caster Semenya y cualquier otra persona que incumpla la nueva regulación de la IAAF». La CGE y la SAHRC incluirán al Presidente de la República de Sudáfrica, Cyril Matamela Ramaphosa, en su calidad de Presidente de la Unión Africana, los Ministerios de la Mujer, la Juventud y las personas con discapacidad y Deportes, Arte y Cultura; la Asamblea Nacional a través de los Comités de Cartera de Mujeres, Jóvenes y Personas con Discapacidad y Deportes, Artes y Cultura, así como el Departamento de Relaciones Internacionales y Cooperación. Esta petición no se limitará a Sudáfrica y África, sino también a las Naciones Unidas.

El Parlamento sudafricano aprobaba a finales de 2020 una moción sin previo aviso que no solo condena las acciones de la IAAF contra Caster Semenya como una «injusticia y violación de los derechos humanos», sino que también resuelve que hará «todo lo que esté en su poder» para ayudarla en su lucha por la justicia y la igualdad.

Por su parte, el abogado Greg Nott (del bufete Norton Rose Fulbright, que defiende a Semenya), publicó un artículo el pasado 18 de noviembre en el que asegura que la «#OperationRunFree sigue ganando impulso». «Los negros continúan surgiendo de las cenizas de la opresión para dejar su huella en la historia. Tenemos a Kamala Harris convirtiéndose en la primera mujer, negra e india-americana vicepresidenta de los Estados Unidos. Y Lewis Hamilton empató recientemente el récord de carreras de Fórmula 1 de Michael Schumacher para convertirse en el piloto más exitoso en la historia de este deporte».

«Desafortunadamente, la arena internacional del atletismo todavía no está ‘abierta a todos’ por así decirlo y es por eso que nuestra campeona olímpica Caster Semenya no renuncia a su lucha contra la discriminación en el atletismo internacional», agrega Nott.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Rumanía por no reconocer a dos hombres trans si no se sometían a cirugía de reasignación

Miércoles, 27 de enero de 2021
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Tribunal-de-EstrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido una sentencia que condena a Rumanía por negar el reconocimiento de la identidad de género de dos hombres trans. Las autoridades rumanas condicionaban la modificación registral del sexo legal a una operación de reasignación genital a la que ninguno de los dos deseaba someterse. Los jueces de Estrasburgo obligan al Estado rumano a indemnizar a los demandantes con más de 25.000 euros por los daños y perjuicios derivados de la vulneración del derecho a la privacidad de la que fueron víctimas.

Los dos hombres, que se encontraban en tratamiento hormonal y se habían sometido a mastectomías, solicitaron el reconocimiento de su identidad masculina ante el Tribunal de Distrito de Bucarest en 2011 y 2013. La respuesta de la justiciar rumana fue la misma en los dos casos: para obtener la modificación registral del sexo legal en los documentos de identidad y la partida de nacimiento, se requiere acreditar que la persona interesada ha pasado por una operación de reasignación de sexo. Una intervención a la que ninguno de ellos se quería someter.

El primero de los demandantes decidió finalmente transigir con el requisito y en 2017 se sometió a dos operaciones genitales. En consecuencia, en 2018 recibió un documento de identidad y un certificado de nacimiento acordes con su identidad de género. Ese mismo año, el Gobierno rumano rechazó modificar esta política de modificación registral del sexo legal. El segundo, mientras tanto, se trasladó al Reino Unido, donde obtuvo un permiso de conducción con sexo masculino. La incongruencia entre los datos de sus documentos británicos con los rumanos, sin embargo, le conllevaba problemas.

Los afectados decidieron llevar el asunto ante la justicia europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló el pasado martes a su favor. Los jueces de Estrasburgo consideran que la política de las autoridades rumanas contradice el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho al respeto de la vida privada y familiar. Los tribunales rumanos presentaron a los demandantes «un dilema imposible» entre someterse a una operación que no deseaban o renunciar al reconocimiento de su identidad de género.

El alto tribunal califica el requisito quirúrgico como «un enfoque rígido» que provocó a los dos hombres en «una posición de angustia durante un periodo de tiempo continuado y excesivo». El fallo condena al Estado rumano a indemnizarlos con un total de 25.908 euros por daños y perjuicios y los costes incurridos en el proceso. La sentencia supone un alivio para la comunidad trans del país. Según la asociación Accept, menos de 50 personas trans han conseguido el reconocimiento de su identidad de género en Rumanía. Del Tribunal Europeo de Derechos Humanos han salido en los últimos años otras sentencias muy importantes para el colectivo como las que condenaron a Macedonia por no disponer de un procedimiento de modificación de los datos registrales de las personas trans o a Francia por exigir su esterilización como requisito para reconocer su identidad de género.

Fuente Dosmanzanas

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El Gobierno holandés pide disculpas e indemnizará a las personas trans obligadas a esterilizarse para ver reconocida su identidad de género

Miércoles, 9 de diciembre de 2020
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Bandera_HOLANDA__49c8a61235e0e[1]El Gobierno de los Países Bajos ha pedido oficialmente disculpas por el daño infligido a las personas trans a las que se obligó a esterilizarse para poder ver reconocida legalmente su identidad de género. El requisito formaba parte de la ley sobre transexualidad aprobada en 1985 y no se eliminó hasta 2014, después de afectar a cientos de personas. El Ejecutivo tramitará un proyecto de ley que incluirá indemnizaciones de 5.000 euros. Se trata del segundo país europeo en promover estas reparaciones, después que Suecia hiciera lo propio en 2018. En el caso sueco, sin embargo, la cuantía ascendía a unos 22.000 euros al cambio.

La Ley Transgénero, aprobada en 1985, permitió a las personas trans de los Países Bajos modificar su sexo legal en los certificados de nacimiento. Se exigió, eso sí, la esterilización irreversible. Hasta 2014 no entró en vigor una reforma de la legislación que eliminó este requisito. Para entonces, unas 2.000 personas habían sufrido su aplicación.

En febrero de este año, dieciséis personas y organizaciones presentaron una demanda conjunta contra el Gobierno holandés para pedir una disculpa oficial, tanto por quienes se sometieron a la esterilización obligada como por quienes, para no tener que pasar por ese trance, renunciaron al reconocimiento de su identidad. El pasado 30 de noviembre, el Ejecutivo reconoció en nombre del Estado holandés el sufrimiento causado y expresó sus disculpas a la comunidad trans.

El Gobierno ha anunciado que presentará un proyecto de ley, de aquí al verano que viene, para compensar económicamente a las personas afectadas. Tendrán derecho a una indemnización de 5.000 euros las que, entre el 1 de julio de 1985 y el 1 de julio de 2014, se hubieran sometido a un proceso de transición física que conllevara la modificación registral del sexo legal.  Los Países Bajos se convierten así en el segundo Estado europeo en compensar a las personas trans por la exigencia de la esterilización para concederles el reconocimiento de su identidad. Suecia fue la pionera en 2018. Las entre 600 y 700 personas afectadas en el país escandinavo obtuvieron el derecho a una indemnización fijada en 225.000 coronas (unos 22.0000 euros).

Esterilización forzada de las personas trans: todavía una realidad en Europa

Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas trans a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas. Y no fue hasta 2017 cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó esta práctica. Aunque poco a poco los países han ido adaptando sus legislaciones, 16 países europeos siguen haciéndolo. La mayoría del Este de Europa, pero también hay algunos occidentales, como Finlandia, cuyo Parlamento rechazó en octubre de 2017 tramitar una ley en ese sentido.

 Fuente Dosmanzanas

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La justicia europea recuerda a los Estados su obligación de perseguir los delitos de odio LGTBIfobo

Miércoles, 22 de enero de 2020
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bucinio-nuotrauka-facebook-548b16a2c39782El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido una sentencia a favor de una pareja de hombres que denunciaron la pasividad del Estado lituano ante los delitos de odio LGTBfobo. Los demandantes publicaron en Facebook una foto besándose que desató una cascada de insultos y amenazas de muerte. La justicia lituana desestimó sus demandas y los llegó a acusar de «provocar» por difundir «comportamientos excéntricos». El fallo recuerda la obligación de los Estados miembros del Consejo de Europa de proteger a la comunidad LGTBI frente a los delitos de odio y fija una indemnización de 5.000 euros para la pareja denunciante.

El caso se remonta a diciembre de 2014, cuando Pijus Beizaras y Mingirdas Levickas, una pareja de activistas, publicaron una foto de un beso en Facebook para celebrar su relación y como reivindicación de la visibilidad LGTBI. La publicación recibió más de ochocientos comentarios, la mayoría de ellos insultantes y algunos directamente amenazas, como «habría que matar a los maricones», «tendrían que meteros en la cámara de gas», «os deberían exterminar» o directamente «que los maten».

La pareja recurrió a la justicia con la ayuda de la Liga Gay Lituana (LGL) y denunció 31 comentarios de 27 personas por delitos de odio basado en la orientación sexual, una de las categorías protegidas por la legislación lituana. Un fiscal de la ciudad de Klaipėda rehusó siquiera investigar los hechos por no apreciar una intencionalidad probada ni un proceder sistemático, condiciones necesarias en su opinión para que exista delito de odio.

La LGL recurrió, pero un tribunal local rechazó la demanda en una sentencia en la que calificó los comentarios denunciados de «elección inadecuada de palabras» y «obscenidades», que en cualquier caso no serían constitutivas de un delito de odio. Como recogimos en su momento, los jueces llegaron incluso a culpabilizar a las víctimas por no contribuir a «la cohesión social y la promoción de la tolerancia» con su «comportamiento excéntrico». Los demandantes apelaron ante un tribunal superior, que confirmó el fallo negativo y les recriminó lo que consideró un «intento deliberado de provocar a las personas con visiones diferentes».

Tribunal-de-Estrasburgo

Agotada la vía nacional, Beizaras y Levickas llevaron su caso ante la justicia europea. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tomó el tema en consideración y anunció este martes su veredicto. que da finalmente la razón a la pareja frente al Estado lituano. Las juezas de Estrasburgo consideran, de manera unánime, que los demandantes han sufrido discriminación basada en su orientación sexual y fijan para cada uno de ellos una indemnización de 5.000 euros más otros 5.000 euros para cubrir los costes del proceso. La sentencia insta a los Estados europeos a tomarse más en serio la persecución de los delitos de odio, que en casos como el actual constituyen un «indisimulado llamamiento a la violencia» contra las minorías.

Fuentes Dosmanzanas

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La Corte de Casación italiana sentencia en contra de la filiación de los hijos no biológicos nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada

Viernes, 6 de septiembre de 2019
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Foto-Palazzaccio-095XLa Corte de Casación, máxima instancia judicial de Italia, ha emitido una sentencia sobre el reconocimiento de los hijos nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada. El alto tribunal deniega a los progenitores no biológicos la posibilidad de inscribirse como padres o madres del menor, pero deja abierta la puerta de la adopción. Refuta así el criterio de un tribunal de Trento que falló a favor de los derechos de parentalidad de una pareja de hombres que había tenido un hijo en Canadá mediante este controvertido procedimiento. Los afectados pueden recurrir todavía a la justicia europea, que en casos similares se ha inclinado por permitir el registro de ambos padres.

La sentencia es la respuesta a la demanda de una pareja de hombres residente en Trento que tuvo un hijo mediante gestación subrogada en Canadá y recurrió a la justicia para ver reconocidos sus derechos de parentalidad. En 2017, el Tribunal de Apelación de esta ciudad del norte de Italia decretó que ambos podían inscribirse como padres del menor. El alcalde de Trento, Alessandro Andreatta (del Partido Democrático, PD), se negó a registrar a estos hijos.

La Corte de Casación enmienda ahora al tribunal de Trento y deniega el derecho de inscribirse como padre al progenitor no biológico, al que deja abierta la puerta de la adopción a título particular. Los activistas, sin embargo, se muestran moderadamente optimistas, porque la sentencia pone el acento en la prohibición de la gestación subrogada en Italia y no en la homoparentalidad. Mientras que la reproducción asistida solo está abierta a las parejas casadas, la maternidad subrogada está vetada en todas las circunstancias.

Los afectados pueden todavía apelar a la justicia europea. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya sentenció en 2016 que la negativa del Estado francés a registrar a tres niños nacidos en el extranjero mediante gestación subrogada viola el derecho de los menores al respeto de su vida privada. Se trata de un tema con posiciones encontradas, también en el seno de la comunidad LGTB. La justicia europea consideró que aunque los Estados pueden prohibir este procedimiento, negarles los derechos de filiación a los hijos que hayan nacido así en otro país que sí se los reconozca es una vulneración de los derechos de los menores.

Jurisprudencia favorable a la homoparentalidad

Por lo pronto, la sentencia de la Corte de Casación cierra la puerta al registro de estos menores, pero no se pronuncia sobre los concebidos mediante reproducción asistida, que han sido reconocidos por varios ayuntamientos y por el propio alto tribunal. En abril de 2018, por ejemplo, la ciudad de Turín permitía la inscripción del hijo de una pareja de mujeres concebido con fecundación in vitro en Dinamarca. Otras dos parejas del mismo sexo siguieron sus pasos, con el apoyo de la alcaldesa Chiara Appendino, del Movimiento Cinco Estrellas (M5S). Su correligionaria, la regidora romana Virginia Raggi, también permitió el registro de otro menor nacido en circunstancias similares. Otro de los casos fue el de una pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona. Tras serles reconocidos los derechos de parentalidad en Italia por un tribunal de Turín, la Corte de Casación los confirmaba de forma definitiva en septiembre de 2016.

En cuanto a la gestación subrogada, en 2016 un tribunal de menores de Roma reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja gay que tuvo a su hijo mediante este procedimiento en Canadá. Y ya antes otros tribunales habían reconocido en varios casos la stepchild adoption (la posibilidad de que en el seno de una pareja del mismo sexo uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos biológicos del otro) y situaciones equiparables. Una posibilidad que ahora refuerza la sentencia de la Corte de Casación. En 2017, el tribunal de menores de Florencia reconocía por primera vez en la historia de Italia a una pareja de hombres como padres adoptivos de dos niños con los que no tenían vínculo biológico (es decir, una adopción «pura y dura» por una pareja del mismo sexo).

En el plano político, la situación se tornó aún más difícil tras la llegada al poder de la Liga Norte, una formación abiertamente contraria al reconocimiento de la homoparentalidad, y que ha formado parte del gobierno de coalición con el M5S. El que ha sido ministro de Familia y Discapacidad hasta el pasado julio, Lorenzo Fontana, hizo gala de su abierto desprecio por la comunidad LGTB al negarles la condición de familias a las familias homoparentales y querer terminar con las inscripciones de hijos de parejas del mismo sexo nacidos en el extranjero mediante técnicas a las que no tienen acceso en Italia. Habrá que ver si la nueva coyuntura política que se abre en el país transalpino tras el acuerdo entre el M5S y el PD para formar un nuevo gobierno sin la presencia de la derecha populista aporta novedades en este sentido.

Fuente Dosmanzanas

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Austria elimina las trabas a la celebración de bodas entre parejas del mismo sexo binacionales

Jueves, 8 de agosto de 2019
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lgbt-austriaSiete meses después de la entrada en vigor del matrimonio igualitario, el Parlamento de Austria ha tumbado la principal discriminación que seguían sufriendo las parejas del mismo sexo. En enero, el ministerio del Interior, en manos entonces de la extrema derecha del FPÖ, emitió unas recomendaciones en las que instaban a los registros civiles a que no celebraran bodas entre personas del mismo sexo si alguno de los contrayentes tiene la nacionalidad de un país que no reconoce el matrimonio igualitario. Tras la caída en mayo del Gobierno de coalición entre la derecha conservadora y la extrema derecha, el Parlamento ha aprobado una disposición que anula las directrices que impedían a muchas parejas ejercer su derecho reconocido por el Tribunal Constitucional.

El 1 de enero de 2019 expiraba el plazo dado por el Tribunal Constitucional austriaco en el fallo que consideraba que la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio es discriminatoria. La inacción del Gobierno del canciller conservador Sebastian Kurz (ÖVP) obligó a la comunidad LGTB del país a esperar más de un año para que la sentencia entrara en vigor. Ese mismo día, Nicole Kopaunik y Daniela Paier se convertían en la primera pareja del mismo sexo en contraer matrimonio sin necesidad de que mediara una sentencia. Tres meses antes se había casado otra pareja de mujeres tras demandar al Estado austriaco ante los tribunales, caso que culminó en la histórica sentencia del Constitucional de diciembre de 2017.

Pero el Gobierno de coalición entre la derecha conservadora del ÖVP y la extrema derecha del FPÖ, contrarios ambos a la equiparación de derechos de la ciudadanía LGTB, consiguió colar una restricción discriminatoria. Varias parejas del mismo sexo se llevaron la desagradable sorpresa de que la Administración se negaba a tramitar su boda. El motivo, que alguno de los contrayentes tenía la nacionalidad de un país que no reconoce el matrimonio igualitario. El ministerio del Interior, en manos del FPÖ, había emitido unas recomendaciones en las que instaba a los registros civiles a rechazar las solicitudes de matrimonio de estas parejas.

Tras la caída del Gobierno a raíz del caso Ibiza, el Consejo Nacional, la cámara baja del Parlamento austriaco, aprobó en junio la anulación de la cláusula discriminatoria introducida por la extrema derecha. Todos los partidos salvo el propio FPÖ apoyaron la medida, que entró en vigor el pasado jueves 1 de agosto. La votación parlamentaria había tenido lugar junto con la de una resolución para prohibir las mal llamadas «terapias» reparadoras o de conversión que pretenden modificar la orientación sexual o la identidad de género en menores de edad. La iniciativa del portavoz socialdemócrata de Igualdad, Mario Lindner (SPÖ), también salió adelante con la única oposición de la extrema derecha.

La disolución del Gobierno de coalición entre la derecha y la extrema derecha ha abierto la puerta a algunos avances en el reconocimiento de los derechos LGTB en un país en el que los más importantes se han alcanzado a partir de sentencias judiciales. El Tribunal Constitucional falló en 2014 a favor de permitir a las parejas de mujeres acceder a los tratamientos de reproducción asistida y en enero de 2015, de la adopción conjunta homoparental. Anteriormente,  la ley de uniones civiles aprobada en 2009 ya había sido modificada a instancias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para regular la adopción de los hijos biológicos del compañero del mismo sexo. El último logro ha sido la apertura de los registros civiles (Standesamt) a las parejas del mismo sexo que quieran formalizar su unión, como ya se hace en el caso de las bodas heterosexuales. Con una desfavorable situación parlamentaria frente a estos alentadores precedentes judiciales, la comunidad LGTB se aferró al anuncio que realizaba el Tribunal Constitucional en octubre de 2017 se materializó en la histórica sentencia de dos meses después: la exclusión de las parejas del mismo sexo del acceso al matrimonio es inconstitucional. Un mensaje rotundo, por muchos palos en las ruedas que se empeñen en poner la derecha y la extrema derecha desde el Gobierno.

Fuente Dosmanzanas

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Once activistas detenidos por intentar organizar un Orgullo LGTBI en San Petersburgo

Jueves, 8 de agosto de 2019
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Orgullo-San-Petersburgo-2019-300x169Ha vuelto a suceder, de la misma forma que en 2018, en 2017 y en ocasiones anteriores. A pesar de los repetidos dictámenes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las autoridades de San Petersburgo han impedido una vez más la celebración del Orgullo LGTBI. Once activistas fueron detenidos. 

Varias decenas de activistas se concentraron este sábado, 3 de agosto, en la conocida Plaza del Palacio de San Petersburgo, escenario de importantes episodios de la historia rusa. Portaban banderas arcoíris, de la comunidad trans y alguna bandera de la subcultura bear. Durante breves instantes pudieron desplegar pancartas reivindicativas y hacer declaraciones a la prensa, pero rápidamente hicieron acto de aparición las fuerzas del orden con intención de impedir el evento, que había sido prohibido por orden judicial el pasado jueves. Según The Moscow Times, 11 activistas que intentaron resistirse de forma pasiva fueron detenidos. Tres de ellos fueron evacuados en ambulancia.

El siguiente vídeo de Radio Svoboda muestra imágenes de lo sucedido:

Rusia, la LGTBIfobia que no cesa

Una vez más, a pesar de su fuerte determinación, los activistas rusos han vuelto a ser víctimas de la represión de un Estado que alienta la LGTBIfobia con leyes que prohíben el mero hecho de informar positivamente de la homosexualidad a menores, a la vez que, como se ha comprobado en repetidas ocasiones, permiten que quienes simplemente enarbolan la bandera arcoíris o reivindican la celebración del Orgullo sean detenidos, sancionados o incluso encarcelados.

Por otra parte, además de la violencia institucional, las víctimas de la LGTBIfobia social, por su parte, se encuentran en total indefensión ante la laxitud e inoperancia, cuando no connivencia, de las autoridades, que incluso tratan de invisibilizar las motivaciones de los agresores. Por no hablar de la especial persecución que sufren las personas LGTBI en la república rusa de Chechenia.

En esta ocasión, además, las protestas de San Petersburgo tienen lugar solo un par de semanas después del asesinato en la antigua capital zarista de la activista bisexual Yelena Grigoryeva, cuyo nombre apareció en una lista de personas LGTBI «a cazar» publicada por un medio LGTBIfobo ruso.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos insta a Rusia a permitir las asociaciones LGTBI

Lunes, 22 de julio de 2019
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tribunal-de-estrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha multado a Rusia por violar la libertad de asociación al bloquear el registro de grupos LGTBI.

La denuncia fue presentada por los grupos Rainbow House, Movement for Marriage Equality y Sochi Pride House, los cuales alegan que su registro como entidades legales fue bloqueado simplemente porque su objetivo es promover los derechos de la comunidad LGTBI.

En una decisión dictada el martes 16 de julio, el Tribunal determinó por unanimidad que Rusia había discriminado por motivos de orientación sexual y había violado el derecho de las personas a la libertad de asociación. Por una votación de 4-3, el Tribunal también sentencia a Rusia pagar 42.500€ a los reclamantes.

En sus presentaciones ante el Tribunal, el Gobierno ruso citó sus leyes que prohíben la propaganda de relaciones sexuales no tradicionales dirigidas a menores, y afirmó que los objetivos de los grupos son contrarios a las tradiciones nacionales, a la política estatal de familia y la ley rusa, que estipulaba que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer con el objetivo de dar a luz y criar hijos.

El Tribunal ha declarado que los ciudadanos deberían poder formar una entidad legal para actuar colectivamente en un campo de interés mutuo, describiéndolo como uno de los aspectos más importantes del derecho a la libertad de asociación”.

No se puede decir que las negativas a registrar a las organizaciones solicitantes sobre la base de que promovieron los derechos LGBT están justificadas de manera razonable u objetiva. De las decisiones de las autoridades nacionales y de las observaciones del Gobierno se desprende que para obtener el registro, las organizaciones solicitantes habrían tenido que cambiar sus objetivos, es decir, renunciar a la promoción de los derechos LGBT. [Las decisiones] tocaron el núcleo mismo de las organizaciones solicitantes y afectaron la esencia del derecho a la libertad de asociación”.

Es la tercera vez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que Rusia ha violado los derechos de las personas LGTBI, aunque tiene poco poder para tomar medidas de ejecución en caso de violaciones continuas. Sin embargo, la victoria ha sido celebrada por grupos de derechos humanos por el precedente que establece.

Joanne Sawyer, del Centro Europeo de Defensa de los Derechos Humanos, dijo: “Este juicio reafirma la importancia vital para que las personas puedan agruparse y organizarse en torno a causas compartidas. Los estados deben actuar positivamente para garantizar que este derecho sea significativo, especialmente cuando las personas pertenecen a grupos minoritarios vulnerables o marginados o tienen puntos de vista impopulares”.

Arpi Avetisyan, de ILGA-Europa, dijo: “Estamos muy satisfechos con la sentencia pionera del Tribunal Europeo que confirma el derecho vital a la libertad de asociación para quienes promueven los derechos de las personas LGBTI. Esta sentencia envía un mensaje clave a los activistas LGBTI en Rusia y otros países de Europa que enfrentan restricciones discriminatorias similares: la negativa a registrar asociaciones no puede justificarse por el motivo de la protección de la moral”.

Fuente Oveja Rosa

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El Senado de Rumanía rechaza dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo

Jueves, 28 de marzo de 2019
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Coat_of_arms_of_the_Senate_of_RomaniaUna comisión del Senado rumano ha rechazado dos proposiciones de ley de uniones civiles para las parejas de distinto o del mismo sexo. El primer proyecto lo había redactado el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación y contaba con el apoyo de 42 parlamentarios de cuatro partidos diferentes. Pero el senador socialdemócrata (PSD) Șerban Nicolae, vicepresidente de la comisión, opinó que la medida «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». A diferencia de la primera, que excluía la adopción conjunta, la segunda propuesta dejaba este asunto abierto. La habían elaborado los liberales del ALDE y se saldó también con el rechazo de la comisión.

La posibilidad de aprobar una ley de uniones civiles se viene discutiendo en Rumanía desde hace más de diez años. En 2008, el senador de la minoría húngara Péter Eckstein-Kovács presentaba una proposición de ley que decayó con la convocatoria de las elecciones de ese año. En 2011, fue un senador liberal-conservador (PNL), Viorel Arion, el que introdujo un nuevo texto, que llegó a recibir un dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados. Pero el Gobierno del conservador Emil Boc rechazó su tramitación. Dos años después, el diputado verde Remus Cernea lo volvía a intentar en la cámara baja, donde se topó con el rechazo de la comisión.

Hace ahora un año, el Consejo Nacional contra la Discriminación (CNCD) redactó una propuesta legislativa que presentó al Gobierno y a los partidos con representación parlamentaria. En su elaboración participaron también asociaciones LGTB como ACCEPT y MozaiQ. Se trata de una regulación de las parejas del mismo o de distinto sexo que otorga derechos similares al matrimonio en áreas como la seguridad social, fiscalidad o prevención de la violencia doméstica. La medida excluye la posibilidad de la adopción conjunta para las parejas del mismo sexo, que en cambio verían reconocido su matrimonio contraído legalmente en otro país como una unión civil.

Se redactó una proposición de ley sobre la base del texto presentado por el CNCD, que fue secundada por 42 parlamentarios del PSD, PNL, USR (Unión Salvar Rumanía, anticorrupción) y UDMR (minoría húngara). El 31 de octubre del año pasado se registraba la medida ante el Parlamento. Paralelamente, el diputado Andrei Gerea y el senador Ion Popa, ambos de ALDE, presentaban su propia proposición de ley de uniones civiles el 2 de noviembre. El texto equipara las parejas unidas con los matrimonios en materia de herencia, pensión de viudedad, seguridad social y obtención de la ciudadanía, entre otros. A diferencia de la propuesta multipartita, no prohibía ni regulaba la adopción conjunta.

El pasado martes 12 de marzo, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Senado, con mayoría socialdemócrata, rechazaba ambas propuestas. Sobre la primera, el vicepresidente Șerban Nicolae opinaba que «no está justificada» ni «responde a ninguna necesidad social». Edward Dirca, senador del USR y uno de los firmantes del texto, le replicó que «ya va siendo hora» de crear un marco legal de uniones civiles. Los representantes de las asociaciones LGTB también lamentaron el dictamen desfavorable y recordaron que Italia y Grecia recibieron sanciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por no regular las uniones entre personas del mismo sexo.

El fracaso del referéndum contra el matrimonio igualitario

En julio de 2016 comenzó en Rumanía un proceso para prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. Fue cuando el Tribunal Constitucional dio su visto bueno a la iniciativa popular de reforma de la carta magna para blindar la discriminación promovida por la Coalición por la Familia (un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa), que había reunido más de 3 millones de firmas. En mayo de 2017 se votó la propuesta en la Cámara de Diputados. Tras más de un año de recorrido legislativo, la iniciativa llegó al Senado, donde fue votada en septiembre del año pasado. En ambos casos se alcanzó la mayoría requerida de dos tercios.

Con el visto bueno del Senado, la propuesta homófoba tuvo vía libre para ser votada en referéndum. El objetivo era cambiar la redacción del artículo 48.1 de la Constitución rumana para sustituir en la definición del matrimonio la expresión «entre los esposos» por la excluyente de «entre un hombre y una mujer». Para que el resultado de la consulta popular fuera válido, debía participar al menos el 30% del censo electoral y los votos favorables superar el 50%. El plebiscito se celebró en dos jornadas, el 6 y 7 de octubre y fracasó estrepitosamente al congregar tan solo al 20,41% de la población con derecho a voto.

La situación de las parejas del mismo sexo en Rumanía

Todo este proceso de reforma de la Constitución para blindar el matrimonio excluyente se desarrolló parcialmente de forma paralela a la batalla legal de la pareja formada por Adrian Coman, un ciudadano rumano, y Robert Hamilton, estadounidense, que contrajeron matrimonio en Bélgica y presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra el Código Civil rumano por violar la libertad de circulación de personas dentro de la Unión Europea al impedir el reconocimiento de su matrimonio. Tras varios aplazamientos, el Tribunal Constitucional anunciaba en diciembre de 2016 que consultaría con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para recabar su opinión antes de pronunciar un veredicto.

La justicia europea sentenció a favor de la pareja (y de todos los casos similares) y el Constitucional rumano adoptó el fallo, según el cual el concepto de «cónyuge», en el sentido de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea en materia de libertad de residencia de sus ciudadanos y de los miembros de sus familias, incluye a los cónyuges del mismo sexo, con independencia de que los estados permitan o no el matrimonio igualitario y de que el cónyuge no sea comunitario.

Posteriormente, el alto tribunal rumano dio a conocer los considerandos de su decisión. Los jueces se remitían a la sentencia europea y la interpretaban de acuerdo con legislación rumana. Concretamente, establecen que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la protección de la vida privada y familiar que consagra el artículo 26.1 de la Constitución rumana:

Las autoridades públicas respetarán y protegerán la vida íntima, familiar y privada.

El Constitucional consideraba que este artículo debía interpretarse en un sentido inclusivo con las personas LGTB. Aún más, afirmaba que las parejas del mismo sexo «tienen derecho, con el tiempo y de acuerdo con la ley, a disfrutar de un reconocimiento legal y jurídico de sus derechos y obligaciones». Las derivaciones legales de esta formulación no están claras, porque el alto tribunal no ha ordenado el reconocimiento inmediato de las parejas del mismo sexo, sino que deja la regulación en manos del legislativo. La traslación del mandato de igualdad, por tanto, puede durar aún mucho tiempo, si es que se llega a producir. Expertos legales opinan que el fallo solo obliga a las autoridades a reconocer a las parejas del mismo sexo los mismos derechos y obligaciones que a las parejas de distinto sexo no casadas. Es decir, casi ninguno en la actualidad, ya que Rumanía sigue careciendo de una ley de uniones civiles tras el rechazo de las dos últimas propuestas.

Fuente Dosmanzanas

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El Ministerio austriaco de Interior, en manos de la extrema derecha, pone trabas a la celebración de bodas entre parejas del mismo sexo binacionales

Miércoles, 30 de enero de 2019
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team-kurzSebastian Kurz, canciller de Austria

Apenas unas semanas después de la entrada en vigor de la igualdad matrimonial en Austria, muchas parejas del mismo sexo se han encontrado con problemas para formalizar su unión. El ministerio del Interior, en manos de la extrema derecha del FPÖ, ha emitido unas recomendaciones en las que instan a los registros civiles a que no celebren bodas entre personas del mismo sexo si alguno de los contrayentes tiene la nacionalidad de un país que no reconoce el matrimonio igualitario. En Viena, se está impidiendo el reconocimiento de los enlaces celebrados en el extranjero. Son intentos del Gobierno de coalición entre la derecha conservadora y la extrema derecha por torpedear la aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que decretó el fin del matrimonio excluyente.

El 1 de enero de 2019 expiraba el plazo dado por el Tribunal Constitucional austriaco en el fallo que consideraba que la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio es discriminatoria. La inacción del Gobierno del canciller Sebastian Kurz obligó a la comunidad LGTB del país a esperar más de un año para que la sentencia entrara en vigor. Ese mismo día, Nicole Kopaunik y Daniela Paier se convertían en la primera pareja del mismo sexo en contraer matrimonio sin necesidad de que mediara una sentencia. Tres meses antes se había casado otra pareja de mujeres tras demandar al Estado austriaco ante los tribunales, caso que culminó en la histórica sentencia del Constitucional de diciembre de 2017.

Pero el Gobierno de coalición entre la derecha conservadora del ÖVP y la extrema derecha del FPÖ, contrarios ambos a la equiparación de derechos de la ciudadanía LGTB, se las ha ingeniado para poner alguna traba. Varias parejas del mismo sexo se han llevado la desagradable sorpresa de que la administración se negaba a tramitar su boda. El motivo, que alguno de los contrayentes tenía la nacionalidad de un país que no reconoce el matrimonio igualitario. El ministerio del Interior, en manos del FPÖ, ha emitido unas recomendaciones en las que insta a los registros civiles a rechazar las solicitudes de matrimonio de estas parejas.

Ha sido el presidente de la asociación LGTB Rechtskomitee Lambda, Helmut Graupner, el que ha avisado de esta injusta situación. En su organización han recibido numerosas llamadas de parejas del mismo sexo cuyos enlaces han sido rechazados a causa de la nacionalidad de uno o los dos contrayentes. Según Graupner, muchos de estos casos se han dado en la ciudad de Viena, cuyas autoridades impiden incluso el reconocimiento de matrimonios del mismo sexo celebrados en el extranjero, con independencia de la nacionalidad de los cónyuges. El activista lamenta que, a pesar de la sentencia inequívoca del Constitucional, la comunidad LGTB tenga que «luchar duramente en los tribunales por cada milímetro de eliminación de discriminaciones».

La trayectoria del reconocimiento de los derechos LGTB en Austria le da la razón a Graupner: los más importantes se han alcanzado a partir de sentencias judiciales. El Tribunal Constitucional falló en 2014 a favor de permitir a las parejas de mujeres acceder a los tratamientos de reproducción asistida y en enero de 2015, de la adopción conjunta homoparental. Anteriormente,  la ley de uniones civiles aprobada en 2009 ya había sido modificada a instancias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para regular la adopción de los hijos biológicos del compañero del mismo sexo. El último logro ha sido la apertura de los registros civiles (Standesamt) a las parejas del mismo sexo que quieran formalizar su unión, como ya se hace en el caso de las bodas heterosexuales. Con una desfavorable situación parlamentaria frente a estos alentadores precedentes judiciales, la comunidad LGTB se aferró al anuncio que realizaba el Tribunal Constitucional en octubre de 2017 se materializó en la histórica sentencia de dos meses después: la exclusión de las parejas del mismo sexo del acceso al matrimonio es inconstitucional. Un mensaje rotundo, por muchos palos en las ruedas que se empeñen en poner la derecha y la extrema derecha desde el Gobierno.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Macedonia por no disponer de un procedimiento de modificación de los datos registrales de las personas trans

Martes, 22 de enero de 2019
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tribunal-de-estrasburgoImportante sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Macedonia por no disponer de un procedimiento que permita que la mención al sexo de las personas trans en los documentos oficiales se corresponda con su identidad de género. El fallo supone un espaldarazo a los derechos de las personas trans en aquellos países de Europa en los que estos no están todavía reconocidos.

El demandante, «X», es un hombre trans nacido en 1987. Ciudadano de Macedonia, vive en Skopje, la capital de la exrepública yugoslava. Desde muy temprana edad su identidad de género ha sido masculina, aunque no fue hasta 2010 cuando comenzó tratamiento hormonal en un centro especializado de Belgrado, en la vecina Serbia. En 2011 solicitó ante las autoridades de su país el cambio de nombre, que sí le fue concedido, pasando de tener un nombre claramente femenino a uno claramente masculino. Sin embargo, la mención al sexo en su documento de identidad permaneció invariable. El Ministerio de Justicia macedonio argumentó que no disponía de ninguna prueba de que X hubiera «cambiado de sexo». Se da la circunstancia de que X no se había sometido a cirugía de reasignación. X apeló la decisión, contraargumentando que en su país no existía ningún tipo de regulación sobre la materia y que exigirle una cirugía genital para ver reconocida legalmente su identidad masculina suponía obligarlo a un tratamiento al que él no quería someterse y que supone, de hecho, su esterilización forzada. El Ministerio de Justicia, sin embargo, rechazó la petición.

En 2013, X se sometió a una doble mastectomía, también en Belgrado, y X reactivó su demanda. De hecho consiguió un dictamen forense oficial que recomendaba que se procediese a la modificación de la mención al sexo, pese a lo cual el Ministerio de Justicia de Macedonia continuó negándose.

Ahora, tras examinar el caso y los diferentes informes presentados, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que la ausencia de reconocimiento legal de su identidad masculina sin necesidad de someterse a cirugía genital ha supuesto para X consecuencias negativas en su salud mental y en su vida, dictaminando que la ausencia de un procedimiento que se lo permita en Macedonia supone una violación del artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que garantiza el derecho al respeto a la vida privada y familiar. El alto tribunal condena a Macedonia a pagar una compensación económica de 9.000 euros al demandante.

Satisfacción de los colectivos LGTB

Diferentes colectivos LGTB han expresado su satisfacción por la sentencia. Antonio Mihajlov, presidente de la organización macedonia Subversive Front, organización macedonia que también se había personado en el proceso, considera que supone un mensaje muy claro a las autoridades de Macedonia, «no solo para introducir el reconocimiento legal de la identidad de género, sino también para aprobar la nueva ley de protección y prevención contra la discriminación que se encuentra en trámite parlamentario desde mayo de 2008». Conviene recordar, en este punto, que Macedonia ocupa el puesto 41 de 49 en la última clasificación de ILGA Europa sobre los derechos LGTB  en el continente.

Precisamente, además de Subversive Front, ILGA Europa (organización paraguas que agrupa a cerca de 600 colectivos LGTB del continente) junto a Transgender Europe y Trans Network Balkan, se había personado también en el proceso como tercera parte.

Fuente Dosmanzanas

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Dos mujeres de la localidad de Velden se casan el primer día de vigencia de la igualdad matrimonial en Austria

Sábado, 5 de enero de 2019
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Nicole-Kopaunik-y-Daniela-PaierEl 1 de enero de 2019 ha entrado en vigor la igualdad matrimonial en Austria y dos mujeres ya han inscrito sus nombres en los anales de la historia al convertirse en la primera pareja del mismo sexo que se casa en este país centroeuropeo sin necesidad de una sentencia. Nicole Kopaunik y Daniela Paier, ambas de 37 años, se casaron cinco minutos después de la medianoche del 1 de enero con la implicación del ayuntamiento y de buena parte del municipio. «Decidimos casarnos y estamos felices por ello», han declarado estas mujeres, que han acordado tomar el apellido de Kopaunik. Cinco de las parejas que desafiaron las leyes de Austria ante el Tribunal Supremo obtuvieron un permiso especial para contraer matrimonio temprano. Una de esas parejas fue la formada por dos mujeres de Viena que se casaron el pasado mes de octubre.

Poco después de la medianoche se celebró la primera boda entre personas del mismo sexo en Austria sin que medie una sentencia. La pareja y la comunidad de Velden trabajaron juntos para eliminar algunos obstáculos, según ha señalado Ferdinand Vouk, el alcalde socialdemócrata de Velden. «Estamos acostumbrados a aceptar desafíos. Fue un gran placer y un honor para nosotros que Nicole y Daniela se casaran con nosotros. El procedimiento se inició, todo estaba bien, y por eso tenemos una pareja felizmente casada aquí en Velden», ha explicado Vouk a la prensa.

El matrimonio era solo una cuestión de tiempo para Nicole Kopaunik y Daniela Paier, o más bien una cuestión de regulación legal. «Ahora todos tienen la oportunidad de decidir por sí mismos, si quieren un ‘matrimonio igualitario’ o si quieren una pareja de hecho, lo que no ocurría antes. Decidimos casarnos y estamos felices por ello», dice Kopaunik. Daniela Paier dijo que el matrimonio es precisamente una familia. «También somos una familia y tendremos un apellido», que será el de Kopaunik.

Para el registrador Klaus Gottwald, esta ceremonia de boda ha sido algo especial. «Aunque tengo rutina, fue emocionante. Hubo algunos pequeños obstáculos, como la expresión del ‘marido legalmente casado’. Tenemos dos esposas, y eso tenía que ser ensayado primero».

Nicole-Kopaunik

El bloqueo político a la igualdad en Austria

En Austria se ha vivido una situación de bloqueo sobre el matrimonio igualitario similar a la que se vivió en Alemania hasta junio de 2018, cuando ya avanzábamos que la apertura del matrimonio en este país podría tener consecuencias en su vecino del sur. A diferencia de Alemania, en el caso austriaco eran los socialdemócratas los que ostentaban en la pasada legislatura la jefatura de un Gobierno de gran coalición. Si bien el SPÖ es favorable a la igualdad LGTB, en su etapa en la cancillería utilizó la reticencia de sus socios conservadores para perpetuar la discriminación. Ya en junio de 2015, por ejemplo, los Verdes presentaron ante el Consejo Nacional una propuesta de resolución pidiendo la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo que se saldó con el rechazo de las principales formaciones políticas (SPÖ, ÖVP y FPÖ).

Entre los miembros del anterior Gobierno, se habían posicionado a favor de la equiparación de derechos los ministros de Asuntos Sociales y Sanidad, así como el canciller socialdemócrata Christian Kern, en agosto de 2016. Se trata del primer jefe de Gobierno de Austria que se pronunciaba en estos términos. Sus palabras, sin embargo, no se materializaron en hechos en el tiempo que estuvo en el cargo, a pesar del compromiso expreso de impulsar una serie de medidas que incluían la igualdad matrimonial.

Los tribunales se adelantaron a los políticos

Los avances en el reconocimiento de los derechos LGTB en Austria se han alcanzado hasta ahora principalmente a partir de sentencias judiciales: el Tribunal Constitucional falló en 2014 a favor de permitir a las parejas de mujeres acceder a los tratamientos de reproducción asistida y en enero de 2015, de la adopción conjunta homoparental. Anteriormente,  la ley de uniones civiles aprobada en 2009 ya había sido modificada a instancias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para regular la adopción de los hijos biológicos del compañero del mismo sexo. El último logro ha sido la apertura de los registros civiles (Standesamt) a las parejas del mismo sexo que quieran formalizar su unión, como ya se hace en el caso de las bodas heterosexuales.

Con una desfavorable situación parlamentaria frente a estos alentadores precedentes judiciales, la comunidad LGTB se aferró al anuncio que realizaba el Tribunal Constitucional en octubre: los magistrados del alto tribunal estudiarían la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio, por si constituía una discriminación basada en la orientación sexual. El activista de Rechtskomitee Lambda Helmut Graupner ya era optimista entonces: “Si todo va bien, las parejas del mismo sexo podrán casarse a partir de enero de 2018 también en Austria. Se puede poner a enfriar el champán”, afirmaba en Facebook.

El fallo del Constitucional de 2018 ha sido efectivamente positivo, pero para que el derecho al matrimonio haya sido efectivo para todas las parejas se ha tenido que esperar un año más de lo que previó Graupner. Concretamente entraba en vigor este 1 de enero de 2019, ya que antes no se logró aprobar la medida por la vía parlamentaria. La apertura del matrimonio para las parejas del mismo sexo coincide con la de las uniones civiles a las de distinto sexo, con lo que todas las parejas podrán decidir con qué figura registran su relación.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Rusia por prohibir el Orgullo y discriminar al colectivo LGBT

Viernes, 30 de noviembre de 2018
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tribunal-de-estrasburgoLa Corte de Estrasburgo indicó que el veto ruso contra los grupos LGBT entre los años 2009 y 2014 viola los derechos humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, Francia, condenó esta semana a Rusia por negarse a permitir los actos públicos convocados por el colectivo de Lesbianas, Gais, Bisexuales y Transexuales (LGBT) entre los años 2009 y 2014. Además de discriminar a este grupo y no permitirles presentar un recurso efectivo contra las decisiones judiciales.

E igualmente la corte pidió a Rusia que introduzca medidas sistémicas para remediar las violaciones de la Convención Europea de Derechos Humanos, de la que es firmante.

En total fueron presentadas 50 demandas contra Rusia, y la queja principal está relacionada con “el rechazo persistente de las autoridades rusas a aprobar las peticiones para celebrar manifestaciones LGBT”.

Según la sentencia, ese rechazo no puede ser justificado por ningún imperativo en defensa del orden, por lo que ha vulnerado el derecho a la libertad de reunión”.

Los argumentos del fallo son los mismos por los que el Tribunal de Estrasburgo condenó a Rusia en 2010informó Efe.

Entonces, se concluyeron vulneraciones de los derechos a la libertad de reunión, a un recurso efectivo y la prohibición de la discriminación, en referencia a las prohibiciones del Día del Orgullo Gay, en 2006, 2007 y 2008.

En ese momento las sentencias concluyeron que el miedo a que se produjeran altercados no justificaba la prohibición “ya que las autoridades de Moscú no hicieron un esfuerzo adecuado para evitar los disturbios”.

Asimismo, el Tribunal de Estrasburgo indicó que la “reprobación moral” evidenciada en las declaraciones oficiales del alcalde de Moscú, era un indicador de que había trasladado su rechazo personal contra el desarrollo de las manifestaciones.

La Corte europea, que no encuentra diferencias notables entre ambos casos, recuerda a Rusia que debe seguir en este caso la sentencia que se publicó entonces.

La sentencia defiende, por seis votos contra uno, que el fallo en sí constituye una indemnización suficiente en cuanto a los daños morales. Todos los demandantes habían solicitado entre 5.000 y 500.000 euros por ese concepto.

La jueza suiza Hellen Keller, voto en contra porque considera que indemnizar por daños morales “hubiera supuesto una compensación más firme, dando a Rusia un incentivo financiero para corregir la situación lo antes posible y evitar futuras violaciones”.

“La homofobia se ha puesto muy de moda en el Estado en Rusia”, afirmó recientemente el activista LGTB Míjalil Tumasov, miembro fundador de la red LGBT rusa.

“A día de hoy en Rusia es ‘cool’ ser homófobo”, aseguró el activista, quien además denunció que los crímenes de odio contra la comunidad homosexual en ese país aumentaron 30% en 2017.

Fuente Universogay

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Recordatorio

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