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La OMS y otros organismos internacionales condenan la esterilización forzada de personas transexuales e intersexuales.

Jueves, 5 de junio de 2014

omsLa Organización Mundial de la Salud (OMS) condena de forma contundente la esterilización forzada de personas transexuales e intersexuales en un documento que señala las líneas maestras de lo que es admisible o no por lo que a este procedimiento quirúrgico se refiere. Además de la OMS, el documento lleva la firma de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ONU Mujeres, ONUSIDA, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de Población de las Naciones Unidas e Unicef.

El documento, “Eliminating forced, coercive and otherwise involuntary sterilization. An interagency statement” (que puedes descargar aquí) hace un repaso de las diversas situaciones en las que en algún momento de la historia reciente se ha producido la esterilización forzada: mujeres con VIH, mujeres pertenecientes a minorías étnicas y/o indígenas, personas discapacitadas… El posicionamiento incide en que en ningún caso este tipo de intervenciones, sin duda útiles como método anticonceptivo, pueden ser llevados a cabo contra la voluntad de las personas, en ausencia de un consentimiento libre e informado o en el contexto de programas impuestos a la fuerza por los gobiernos. En este sentido, la OMS y el resto de organizaciones señalan que la esterilización forzada es una violación a los derechos humanos fundamentales.

Por lo que se refiere a las personas transexuales e intersexuales, el documento subraya como en numerosos países se las obliga a procedimientos quirúrgicos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva. Ello ocurre como requisito previo a ver reconocida legalmente la identidad de género (personas transexuales) o con el objetivo estético de asignar a una persona intersexual un sexo “normalizado” a edades muy tempranas sin esperar a que sea ella misma la que decida si desea someterse a este tipo de cirugía y en qué sentido. Según la OMS, obligar a someterse a este tipo de procedimientos atenta contra los derechos de las personas y puede ser en sí mismo una causa que perpetúa la discriminación. El documento pide que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas.

Por lo que se refiere a aquellas intervenciones que no se realicen con un objetivo estético o de apariencia física sino por motivos de salud, sobre todo en el caso de los menores intersexuales, el documento advierte que en numerosas ocasiones se proponen en base a una evidencia científica débil y sin discutir soluciones alternativas que mantendrían intacta la capacidad reproductiva. En este sentido, la OMS hace un llamamiento a reforzar el proceso de consentimiento informado, intentando en todo momento retrasar procedimientos quirúrgicos irreversibles hasta una edad en la que la persona es lo suficientemente madura como para participar de forma razonada en el proceso de toma de decisiones. El documento también hace un llamamiento a que los profesionales de la salud sean adecuadamente formados en diversidad sexual.

Procedimientos habituales, también en países desarrollados

Recomendaciones muy importantes que esperemos sean asumidas cuanto antes por los estados. Y es que este tipo de procedimientos siguen por desgracia a la orden del día en numerosos países, entre ellos muchos desarrollados. Suecia, por ejemplo, no eliminó hasta hace poco más de un año la esterilización de las personas transexuales como requisito previo a ver reconocida su identidad, y fue gracias a un pronunciamiento judicial. Francia, por mencionar otro ejemplo aún más cercano, carece de una legislación específica que regule la modificación registral sin necesidad de someterse a cirugía de reasignación, por lo que la decisión debe pasar a la fuerza por las manos de un juez.

En España, aunque la situación es mucho más favorable, la ley 3/2007 hace necesario todavía un diagnóstico de “disforia de género” y exige (aunque con excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Un marco legislativo que debería ser actualizado para acercarse, por ejemplo, al modelo de Argentina, que en 2012 aprobó una avanzada ley de identidad de género que permite la rectificación registral sin obligación de acreditar intervención quirúrgica alguna ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.

Por lo que se refiere a la intersexualidad, la situación jurídica es ambigua y en la mayoría de los casos se siguen tomando decisiones basadas en planteamientos médicos tradicionales. Hace menos de un mes, de hecho, El comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muižnieks, urgía a los gobiernos a revisar la legislación y las prácticas médicas para proteger a los ciudadanos intersexuales. Muižnieks calificaba las intervenciones practicadas en bebés con intencionalidad estética de “traumáticas y humillantes” y las criticaba precisamente por realizarse sin el consentimiento de la propia persona. “El sexo asignado a un bebé puede no corresponder con su identidad futura y la cirugía no respeta su derecho de autodeterminación y su integridad psíquica”, explicaba.

Fuente Dosmanzanas

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