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Informe de ILGA sobre la homofobia de Estado en 2019: pequeños avances, pero persistencia de importantes amenazas

Miércoles, 27 de marzo de 2019
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6919BB9A-4224-48B9-9807-ADA250256088Coincidiendo con la celebración del 40 aniversario de su fundación, ILGA ha reanudado la publicación de su informe sobre la homofobia de Estado, tras un receso de un año. Desde el su último reporte, publicado en mayo de 2017, ILGA celebra que se hayan despenalizado las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo en tres países: India, Trinidad y Tobago y Angola. También se congratula que desde esa fecha el matrimonio igualitario sea una realidad en Malta, Alemania, Australia y Austria. Sin embargo, alerta de que de los derechos adquiridos no son inamovibles y pueden perderse, como ocurrió en Chad cuando se volvieron a penalizar las relaciones homosexuales en 2017, y que el auge de los populismos conservadores amenaza las conquistas incluso en los países más avanzados en el respeto a los derechos humanos.

Dentro del informe, como es costumbre, ILGA edita un mapa explicativo de la situación legal de las relaciones entre personas del mismo sexo en el mundo. Si en otros años la parte positiva se materializaba en el matrimonio igualitario, este año ILGA ha considerado como límite favorable que la no discriminación basada en la orientación sexual tenga rango constitucional. En el extremo negativo se sitúan los países que criminalizan las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo, y el límite en aquellos que las castigan con la cadena perpetua e incluso la pena de muerte. Este es el mapa descriptivo (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

ilga_mapa_leyes_sobre_orientacion_sexual_mundo_2019-600x429

DERECHOS Y PROTECCIÓN CONTRA LA DISCRMINACIÓN

Leyes contra la discriminación con base en la orientación sexual

Tan solo en 9 países pertenecientes a la Naciones Unidas se protege constitucionalmente de manera específica contra la discriminación por razón de la orientación sexual:

Bolivia, Ecuador, Fiyi, México, Nepal, Malta, Portugal, Sudáfrica y Suecia.

Sin embargo, a pesar de esa protección constitucional, en Bolivia, Ecuador, Fiyi y Nepal se discrimina a las parejas del mismo sexo al negarles la posibilidad de contraer matrimonio, tal como se permite a las parejas de distinto sexo.

A estos 9 países se añaden otros 43 en los que existe una legislación específica que proporciona una «protección amplia» contra la discriminación con base en la orientación sexual:

Albania, Alemania, Andorra, Angola, Australia, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Chipre, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Ecuador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Holanda, Honduras, Hungría, Irlanda, Islandia, Kosovo, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Mauricio, Mongolia, Noruega, Nueva Zelanda, Perú, Reino Unido, República Checa, Rumania, Serbia, Surinam y Uruguay.

Como en el caso anterior, la protección legal contra la discriminación no implica la plena igualdad de derechos. No solo en la mayoría de estos países también se discrimina a las parejas del mismo sexo, sino que en alguno, como en Mauricio, se compagina esa protección con la penalización de las relaciones homosexuales masculinas, que están castigadas con penas de hasta 5 años de cárcel.

En 73 de los países pertenecientes a Naciones Unidas existen leyes que protegen contra la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de orientación sexual, aunque en algunos de ellos las relaciones entre personas del mismo sexo estén castigadas penalmente (es el caso de Botsuana, Kiribati, Mauricio, Samoa, Santa Lucía y la región autónoma de las Islas Cook). En 39 se han promulgado leyes que castigan los actos de incitación al odio, la discriminación o la violencia por motivos de orientación sexual. En otros 42 países se imponen penas más severas por delitos motivados por el odio hacia la orientación sexual de la víctima.

ILGA estima que en 8 países la protección contra la discriminación con base en la orientación sexual es limitada o dispar en su territorio:

Argentina, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, República Dominicana y Vanuatu.

En otros 55 países no existe ningún tipo de legislación contra la discriminación, pero tampoco se criminalizan las relaciones entre personas del mismo sexo. Entre ellos están gigantes demográficos como China, India, Indonesia y Rusia.

Los derechos de las parejas del mismo sexo: matrimonio y adopción

En cuanto a los derechos de las parejas del mismo sexo, en 26 de los países pertenecientes a las Naciones Unidas existe la igualdad de acceso a la institución del matrimonio:

Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido (excepto Irlanda del Norte), Sudáfrica, Suecia y Uruguay,

El próximo mes de mayo vencen los plazos establecidos por sus respectivas Cortes Constitucionales para que el matrimonio entre personas del mismo sexo sea legal en Costa Rica y Taiwán.

En otros 16 estados se han establecido distintos tipos legales de unión que reconocen algún tipo de derechos a las parejas del mismo sexo:

Andorra, Chile, Chipre, Colombia, Croacia, Ecuador, Eslovenia, Estonia, Grecia, Hungría, Israel, Italia, Liechtenstein, República Checa, San Marino y Suiza.

En 28 países se permite la adopción en las mismas condiciones que a las parejas de distinto sexo:

Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Israel, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, Sudáfrica, Suecia, Uruguay,

En 3 países más, solo se permite la adopción de los hijos de la pareja:

Eslovenia, Estonia y San Marino.

LA HOMOFOBIA DE ESTADO

Criminalización de las relaciones homosexuales

La penalización de las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo implica casi siempre a todo el colectivo LGTB. No solamente afecta a gais, lesbianas y bisexuales, sino que también criminaliza a las personas trans, pues en la mayoría de estos países no se reconoce su identidad de género y son considerados legalmente por el sexo asignado al nacer. De esta manera, una mujer trans heterosexual puede ser castigada por mantener relaciones con un varón cis, de la misma manera que un hombre trans heterosexual puede ser denunciado por entablar relaciones sexuales con una mujer cis.

En 73 países y territorios del mundo están penalizadas por la ley las relaciones consentidas entre adultos del mismo sexo. Ocurre en 70 de los países pertenecientes a Naciones Unidas:

Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudí, Argelia, Bangladés, Barbados, Botsuana, Brunei, Burundi, Bután, Camerún, Catar, Chad, Comoras, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Etiopía, Gambia, Ghana, Granada, Guinea, Guyana, Irak, Irán, Islas Salomón, Jamaica, Kenia, Kiribati, Kuwait, Líbano, Liberia, Libia, Malasia, Malawi, Maldivas, Marruecos, Mauricio, Mauritania, Myanmar, Namibia, Nigeria, Omán, Papúa Nueva Guinea, Paquistán, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Siria, Somalia, Sri Lanka, Suazilandia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Uzbekistán, Yemen, Zambia y Zimbabue.

En las legislaciones de Egipto e Irak no aparecen específicamente penalizadas las relaciones homosexuales, pero lo están de facto, al imputarse delitos contra la decencia o el escándalo público. En Irak, además, tribunales populares castigan este tipo de relaciones al aplicar la sharía o ley islámica.

A esta lista hay que añadir otros 3 territorios:

Indonesia, donde la penalización de las relaciones sexuales rige en las regiones de Aceh y Sumatra Meridional; las Islas Cook, una región autónoma de Nueva Zelanda; y la franja de Gaza gobernada por la autoridad palestina, donde están vigentes las leyes heredadas del pasado colonial británico y existe la amenaza de adaptación de las leyes a la sharía.

En todos estos 73 países y territorios están castigadas las relaciones homosexuales entre varones, en 44 de ellos también están castigadas las relaciones lésbicas.

Cadena perpetua en 5 países y pena de muerte en otros 11

De entre esta lamentablemente larga lista de países, el extremo de la intolerancia y el fanatismo lo ocupan aquellos que penan las relaciones homosexuales con las sanciones de mayor gravedad.

En 5 países se castigan con la cadena perpetua:

Barbados, Guyana, Tanzania, Uganda y Zambia.

Las legislaciones de 11 países establecen incluso la pena de muerte. En 6 de ellos, se tienen datos contrastados de su aplicación:

Arabia Saudí, Irán, Sudán y Yemen. En Nigeria y Somalia, en las provincias donde se aplica la sharía.

En otros cinco no se tiene constacia de su aplicación, pero la legislación vigente contempla la posibilidad:

Afganistán, Catar, Emiratos Árabes Unidos, Mauritania y Paquistán.

Respecto al informe de 2017, han desparecido las referencias a Siria e Irak, donde se implementaba actores no formalmente estatales como el Estado Islámico.

Restricciones a la libertad de expresión y la actuación de ONG

Aparte de la criminalización de las relaciones homosexuales, en 32 Estados existen leyes que restringen la libertad de expresión en cuestiones de orientación sexual e identidad de género:

Afganistán, Arabia Saudí, Argelia, Bielorrusia, Camerún, Catar, China, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Indonesia, Irán, Jordania, Kenia, Kuwait, Líbano, Libia, Lituania, Malasia, Marruecos, Nigeria, Omán, Paquistán, Paraguay, Rusia, Singapur, Siria, Somalia, Tanzania, Togo, Túnez, Uganda y Yemen.

En Europa, aparte de Rusia, Lituania y Bielorrusia, ha habido intentos de aprobación de leyes contra la «propaganda homosexual» (que prohíben informar positivamente de las relaciones entre personas del mismo sexo) en Armenia y Letonia. En Hungría se han prohibido por decretos los estudios de género en las universidades. Por su parte, en los Estados Unidos de América, siete estados (que representan el 17,4 % del total) han promulgado leyes locales que también se han definido como contrarias a la «propaganda homosexual» en el ámbito educativo.

En 41 países se ha constatado que se plantean barreras para la formación, el establecimiento o el registro de ONG relacionadas con la orientación sexual:

Afganistán, Arabia Saudí, Argelia, Bahréin, Bangladés, Bielorrusia, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Catar, China, Congo, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Fiyi, Irán, Jordania, Kazajistán, Kirguizistán, Kuwait, Líbano, Libia, Malasia, Malawi, Mali, Marruecos, Mauritania, Nigeria, Omán, Rusia, Senegal, Singapur, Siria, Somalia, Sudán, Tanzania, Uganda, Yemen y Zambia.

Según declaraban Ruth Baldacchino y Helen Kennedy, cosecretarias generales de ILGA, «esto no son solo cifras, sino leyes que realmente impactan la vida diaria de las personas de diversas orientaciones sexuales en todo el mundo. Las leyes positivas marcan la diferencia: pueden contribuir a cambiar las actitudes del público y, concretamente, dicen a la gente que son igualmente dignas de derechos».

Puedes descargar el informe completo de ILGA en inglés sobre Homofobia de Estado (536 páginas) en este enlace.

 Fuente ILGA, vía Dosmanzanas

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Crece la crueldad en ataques de odio contra las personas LGTBI en América según la CIDH

Miércoles, 16 de marzo de 2016
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780x580-noticias-comision-interamericana-de-derechos-humanosLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos alerta de que persisten las prácticas de discriminación contra la comunidad LGTB en toda América, aumentando la crueldad en los ataques de odio.

Realizado a petición de la CIDH, el informe Violencia contra personas LGTBI en América, concluye que, en un período de 15 meses analizado, 770 personas de la comunidad LGTB fueron agredidas en el continente americano, denunciando que los prejuicios de la sociedad y el gobierno han impedido investigaciones eficaces que culminaran con el castigo de los responsables de las agresiones, generando un clima de impunidad.

Asimismo, el informe advierte un incremento de la crueldad en los ataques, existiendo víctimas que fallecieron lapidadas, decapitadas, quemadas o hasta empaladas. Muchas víctimas fueron apuñaladas o golpeadas hasta la muerte con todo tipo de objetos contundentes, y en muchos casos fueron asesinadas después de haber estado sometidas a crueles actos de tortura y tratos inhumanos o degradantes.

Concluido en noviembre de 2015, el informe señala que la parcialidad de los gobiernos “envía un fuerte mensaje social de que la violencia es condonada y tolerada. Esto, a su vez, puede generar más violencia y conduce a las víctimas a desconfiar en el sistema de justicia”. Otro atenuante que construye este clima es la ausencia de estadísticas precisas sobre el número de víctimas y las características de sus ataques, como tampoco las hay sobre las tasas de condenas penales por asesinatos y otros actos de violencia.

Las 770 agresiones acreditadas tuvieron lugar en países como Cuba, Chile, Perú, Brasil, Haití, Belice, Barbados, Canadá, Ecuador, Guyana, México, Panamá, Uruguay, Jamaica, Venezuela, Colombia, Guatemala, Honduras, Uruguay, Paraguay, Argentina, El Salvador, República Dominicana y los Estados Unidos. Lo que no significa que no se hayan producido actos de violencia en otros países, o que no hayan sido más numerosos.

La CIDH condena que existan legislaciones que contribuyan a la discriminación y “la violencia contra las personas LGTB” donde “es tácitamente permitida o tolerada”. Países como Belice y Trinidad y Tobago disponen de leyes que prohíben la entrada de homosexuales en su territorio; en Chile, Canadá, Bahamas, Paraguay y Surinam se establecen diferentes edades de consentimiento para las relaciones sexuales entre personas heterosexuales y homosexuales; en Peru, Brasil y República Dominicana existen sanciones en códigos militares o policiales para las relaciones entre personas del mismo sexo; el Código Penal de Jalisco, en México, establece como exhibición obscena la mera presencia de una persona transexual; mientras que en Chile, Ecuador y El salvador se protegen “las buenas costumbres”.

Si a todo esto añadimos que que muchas víctimas temen revelar su orientación sexual por temor a represalias, así como la carencia de entretenimiento en técnicos y administrativos de justicia, se explican los motivos por los que CIDH considera que existe discriminación en muchos de los países de su ámbito, recomendando aumentar esfuerzos y asignar recursos suficientes para la compilación y análisis de datos estadísticos para prevenir los crímenes de naturaleza violenta y la discriminación por prejuicio a la comunidad LGTB.

Fuente CIDH

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Amnistía Internacional pide un nuevo mensaje sobre sexualidad durante la visita papal a México

Sábado, 12 de diciembre de 2015
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francisco-viaja-a-mexico_560x280Denuncia la “imposición de ideologías religiosas y moralistas”

Destaca el “rol crucial” de Francisco en los futuros cambios

Amnistía Internacional (AI) expresó su esperanza de que con motivo de su próximo visita a México en 2016 el papa Francisco muestre cambios significativos en su mensaje sobre los derechos sexuales y reproductivos, como ha hecho con otras cuestiones vinculadas a la equidad social en la región.

“Hemos dado la bienvenida a algunas declaraciones por parte del papa Francisco que hablan de realmente atender los temas de desigualdad, buscando cerrar las brechas tan profundas que existen en este continente“, lo cual “es una buena señal de cambio”, afirmó hoy la directora de AI para América, Erika Guevara.

“Lamentablemente no hemos escuchado también declaraciones respecto a la protección de los derechos sexuales y reproductivos, al tema del aborto, al tema del matrimonio igualitario”, denunció.

Guevara presentó el informe “¡Defensoras bajo ataque! Promoviendo los derechos sexuales y reproductivos en las Américas”, elaborado por AI en colaboración con varias ONG y que se lanzó este miércoles en México.

El documento hace hincapié en la estigmatización y el hostigamiento que enfrentan las defensoras de esos derechos en la región, amplificada muchas veces por las presiones religiosas. “Este contexto tan adverso en una región tan católica se debe a la imposición de ideologías religiosas y moralistas por parte de la jerarquía de la Iglesia Católica”, lamentó Guevara.

En su opinión, Francisco “juega un rol crucial para que empiece a haber cambios significativos en el ejercicio de derechos humanos”. “Esperemos que su conocimiento sobre la región y los grandes desafíos que enfrenta hoy en día la mayoría de la población también le lleven a cambios muy significativos” en ese campo, argumentó.

En la presentación del estudio participó también Sara García, representante de la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto en El Salvador, que para esa activista es “el país que más criminaliza a las mujeres” en la región.

Actualmente El Salvador es uno de los pocos países del mundo que mantiene una prohibición legal absoluta del aborto, junto con Chile, Nicaragua, Honduras, Haití, República Dominicana, Surinam, Malta y El Vaticano.

García recordó que según encuestas de la organización Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), presente en varios países de la región, la comunidad católica latinoamericana “toma decisiones sobre su cuerpo y vida” vinculadas a la contracepción y el aborto que “son contrarias a lo que la jerarquía y la Iglesia impone”.

“Es importante que la Iglesia retome esto que la feligresía está actualmente demandado y experimentando, porque sino va a perder a todas las personas que están dentro de la Iglesia“, advirtió.

Los sondeos publicados este año por CDD en su página web señalan que “más del 80 por ciento” de los católicos de América Latina “apoya la idea de que la Iglesia católica permita el uso de métodos anticonceptivos modernos”.

Esos mismos “creen que se debe promover el uso del condón para prevenir el VIH y las infecciones de transmisión sexual” y no responden a los dictados y normativas del Vaticano y, en su gran mayoría, utilizan anticoncepción moderna”, añade la ONG.

(RD/Agencias)

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Demandan a dos países del Caribe por prohibir entrada de homosexuales

Lunes, 23 de marzo de 2015
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Maurice-TomlinsonUn abogado jamaiquino, abiertamente homosexual, dice haber comprobado personalmente la discriminación en Belice y Trinidad y Tobago, donde la homosexualidad es considerada ilegal y es castigada con penas de cárcel.

Un abogado jamaiquino ha logrado llevar ante la Corte Caribeña de Justicia (CCJ) a Trinidad y Tobago y a Belice por tener leyes que impiden la entrada de homosexuales en sus territorios, pese a que estas normas no se suelen aplicar.

Representantes legales de Trinidad y Tobago y de la Comunidad del Caribe (Caricom) -organización regional a la que pertenecen ambos países- comparecieron este miércoles ante la CCJ en relación a esta demanda, según confirmó el supervisor del Registro de esa instancia judicial, Nadal Hardial, en entrevista telefónica.

Según detalló, la demanda fue interpuesta por el abogado jamaiquino Maurice Tomlinson en mayo de 2013 y en ella alegaba que había “provisiones discriminatorias contra la comunidad LGBT en las leyes de inmigración de Trinidad y Tobago y Belice”.

Tomlinson, abiertamente homosexual, dice haber comprobado personalmente dicha discriminación en ambos países, donde la homosexualidad está considerada ilegal y está perseguida con penas de cárcel.

La CCJ es el único árbitro del Tratado Revisado de Chaguaramas dándole jurisdicción exclusiva sobre los asuntos que surjan de la violación del Mercado Común de la Comunidad del Caribe (CSME), que garantiza la libertad de movimiento a los ciudadanos de los países miembros para que viajen entre sus territorios.

gay_caribeEl argumento del abogado jamaiquino para acudir al CCJ se basa en que la legislación de ambos países violan el derecho de los ciudadanos homosexuales del CSME a moverse libremente entre sus países miembros.

Después de un largo proceso administrativo, la CCJ ha decidido aceptar a trámite la demanda de Tomlinson y celebró una audiencia sobre el caso en su sede, en Puerto España, capital de Trinidad y Tobago.

Doce de los quince países miembros de Caricom pertenecen a la jurisdicción de la CCJ: Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago.

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La Asamblea General de la OEA aprueba resolución contra la homofobia y la transfobia y en favor de la discriminación.

Lunes, 9 de junio de 2014
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A-OEA_logo_Se aprobó la resolución sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género en asamblea de la OEA

Este 5 de junio la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó una histórica resolución a favor de los derechos LGTB en su 44 Asamblea, celebrada en Paraguay. La resolución, presentada por Brasil, proporciona un retrato preciso del grado de homofobia y transfobia de estado de los miembros de la OEA, gracias a las notas al pie de página introducidas a petición de varios países, que sin embargo no modifican el valor jurídico de la resolución. Uno de esos países es Paraguay, anfitrión del evento, cuyo gobierno se ha visto forzado finalmente a apoyar la declaración, aunque expresando “su reserva”, gracias a la movilización de los colectivos LGTB paraguayos.

Sin incluir la introducción y los considerandos previos, reproducimos a continuación los diez puntos de la resolución (que puedes descargar íntegramente en castellano, inglés, francés y portugués):

La Asamblea General (…) resuelve:

  1. Condenar todas las formas de discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los Estados dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de sus sistemas a que eliminen, allí donde existan, las barreras que enfrentan las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada.
  2. Alentar a los estados miembros a que, dentro de los parámetros de las instituciones jurídicas de su ordenamiento interno, consideren la adopción de políticas públicas contra la discriminación contra personas a causa de orientación sexual e identidad o expresión de género.
  3. Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género, e instar a los estados miembros a que fortalezcan sus instituciones nacionales con el fin de prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.
  4. Instar, además, a los estados en el ámbito de sus capacidades institucionales a que produzcan datos sobre la violencia homofóbica y transfóbica, con miras a promover políticas públicas que protejan los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI).
  5. Instar a los estados miembros a que aseguren una protección adecuada de las y los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia, discriminación y violaciones de los derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad o expresión de género.
  6. Instar a los estados miembros a que aseguren una protección adecuada a las personas intersex y a que implementen políticas y procedimientos, según corresponda, que aseguren la conformidad de las prácticas médicas con los estándares reconocidos en materia de derechos humanos.
  7. Soliicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que preste particular atención a su plan de trabajo titulado “Derechos de las personas LGTBI”, y que continúe el trabajo de preparación del informe hemisférico en la materia, de conformidad con la práctica establecida por la propia CIDH e instar a los estados miembros a que apoyen los trabajos de la Comisión en esta materia.
  8. Solicitar a la CIDH que continúe la preparación de un estudio sobre las leyes y disposiciones vigentes en los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que limiten los derechos humanos de las personas como consecuencia de su orientación sexual o identidad o expresión de género y que, con base en ese estudio, elabore una guía con miras a estimular la despenalización de la homosexualidad y de prácticas relacionadas a la identidad o expresión de género.
  9. Exhortar a los estados miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren, según sea el caso, la firma, ratificación o adhesión de los instrumentos interamericanos en materia de protección de derechos humanos, incluida la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia.
  10. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, sobre la implementación de la presente resolución. La ejecución de las actividades previstas en esta resolución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

Oposición y reservas de varios países

Varios países han expresado sin embargo su oposición y/o sus reservas al texto. Es el caso de San Vicente y las Granadinas, que argumenta que el lenguaje utilizado “no está plenamente definido ni aceptado en el ámbito internacional”; de Belice, que “no puede unirse al consenso sobre esta resolución en virtud de que varios de los temas y principios que contiene son en este momento, directa o indirectamente, objeto de procesos jurídicos ante la Corte Suprema de Belice; de Jamaica, cuyo gobierno “no puede unirse al consenso para aprobar esta resolución pues considera que el término ‘expresión de género’ es ambiguo y puede imponer un sistema de valores sobre otro”; de Honduras, que dice respetar las convenciones internacionales sobre derechos humanos pero “no se considera obligado por ninguna disposición contenida en este proyecto que pudiera contravenir las disposiciones de esas Convenciones o su legislación interna”, o de Surinam, Guyana y Trinidad y Tobago, por parecidas razones. Nada sorprendente, por otra parte, si se tiene en cuenta que algunos de estos países, como Jamaica u Honduras, se cuentan entre aquellos en los que la homofobia y transfobia social y/o de sus gobiernos es más fuerte.

Dos países, Guatemala y Ecuador, han centrado sus reservas hacia la declaración en el matrimonio igualitario, al declarar que “promueven y defienden todos los derechos humanos y respecto de las disposiciones de la presente resolución” pero que “consideran que el no reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo no constituye una práctica discriminatoria”. Tampoco supone una especial sorpresa, ni siquiera en el caso de un país con un gobierno de izquierda, como Ecuador, que se dice comprometido con los derechos LGTB pero cuyo presidente, Rafael Correa, es un orgulloso defensor del conservadurismo moral y un furibundo opositor al matrimonio entre personas del mismo sexo.

Estados Unidos también ha querido hacer “una aclaración”, pese a encontrarse entre los impulsores de la resolución. Sus reservas tienen que ver en este caso con su alergia a las convenciones internacionales vinculantes. “Estados Unidos apoya decididamente esta resolución; sin embargo, desea hacer una aclaración con respecto a la Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. Estados Unidos se ha opuesto sistemáticamente a la negociación de nuevos instrumentos jurídicamente vinculantes contra el racismo, la discriminación racial y otras formas de discriminación o intolerancia. Reiteramos nuestras ya inveteradas inquietudes con respecto a este ejercicio en el seno de la OEA y las convenciones que de él resulten”, ha sostenido.

Y Paraguay apoyó finalmente la resolución, con reservas

bandera-de-ParaguayEl último de los países que ha expresado reservas hacia la resolución ha sido el país anfitrión de la Asamblea, Paraguay, cuyo gobierno “reitera su compromiso con los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y Convenciones Internacionales suscritos sobre la materia reafirmando lo preceptuado en el Título II ‘De los Derechos, de los Deberes y las Garantías’; Capítulo III ‘De la Igualdad’ y Capítulo IV ‘De los derechos de la familia’ de la Constitución Nacional y concordantes. Expresa, asimismo, su reserva sobre el texto de la Resolución”.

Pese a las reservas, es importante destacar que el gobierno de Paraguay finalmente ha apoyado la resolución, en contra de lo que se había anunciado con anterioridad. Lo sucedido en los últimos días, en los que pudieron escucharse palabras rabiosamente homófobas en boca de varios senadores opuestos al proyecto de resolución y activistas LGTB fueron agredidos por la policía mientras se manifestaban pacíficamente, tiene sin duda mucho que ver. Las imágenes de la represión policial han podido verse en todo el mundo (en España han merecido la condena, por ejemplo, de la FELGTB y del PSOE), ha habido movilizaciones online y los activistas paraguayos han conseguido que la situación de los derechos LGTB en su país sea mucho mejor conocida.

El colectivo SomosGay, uno de los convocantes de la manifestación del pasado lunes, ha expresado su satisfacción por el giro de su gobierno. “A pesar de las reservas en el apoyo de Paraguay, esto significa una victoria muy importante a la homofobia y la discriminación, que mostraron su peor faceta en estos días”, ha declarado su director ejecutivo, Simón Cazal. “Paraguay irá cambiando y avanzando hacia un horizonte de igualdad plena, en el que ninguna persona vuelva a ser discriminada por su orientación sexual o identidad de género”, ha añadido.

Fuente Dosmanzanas

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