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Rhode Island, Nevada y Connecticut se suman a la lista de estados norteamericanos que prohíben las peligrosas “terapias” reparadoras

lunes, 24 de julio de 2017
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indiceEl pequeño estado de Rhode Island, en Nueva Inglaterra, se ha incorporado esta semana a la lista de territorios estadounidenses que ya prohíben las peligrosas e inútiles “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad. Este año 2017, de hecho, son ya cuatro los estados que han aprobado leyes en ese sentido: Nuevo México, Connecticut y Nevada lo han hecho en los meses previos. Una medida de la que en Europa Malta ha sido pionera. 

California fue el primer estado del país que en 2012, no sin controversia, aprobó la prohibición de las “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad hace un año) y los estados de Oregón e Illinois en 2015 y Vermont, el año pasado.

Este año, Nuevo México fue el primer estado en sumarse a la lista. Lo hacía en abril, después de que Susana Martinez, gobernadora republicana, decidiese finalmente sancionar la ley, aprobada por una legislatura de mayoría demócrata. Exactamente el mismo escenario que en Nevada, gobernada por otro republicano hispano de perfil moderado, Brian Sandoval, que el pasado 17 de mayo sancionaba la ley aprobada por una legislatura de mayoría demócrata. Días antes, el 10 de mayo, el demócrata Dannel Malloy, gobernador de Connecticut, rubricaba un texto similar, previamente aprobado por la legislatura de su estado (también de mayoría demócrata).

Ahora es el estado de Rhode Island el que ha decidido sumarse a la lista, con una ley que ha recibido el visto bueno de la Asamblea de forma unánime (69 votos a favor y ninguno en contra) y del Senado, también de forma casi unánime (31 votos a favor y solo 1 en contra). El texto prohíbe el uso de las llamadas “terapias” reparadoras o de conversión en menores, de forma que cualquier profesional sanitario que lleve a cabo estas prácticas o las publicite como efectivas se enfrentará a multas y a la posible pérdida de su licencia.

Algunas fuentes incluyen al estado de Nueva York entre los que prohíben también este tipo de intervenciones, pero conviene aclarar que en este caso la prohibición deriva de una orden ejecutiva de su gobernador, Andrew Cuomo, ya que el Senado de estado, controlado por los republicanos, no permitió la aprobación de una ley en ese sentido, que sí había recibido el visto bueno de la Asamblea. Es un grado de protección menor, ya que un futuro gobernador conservador podría suspender la prohibición de forma inmediata.

En Europa, Malta fue pionera

En Europa la pionera ha sido Malta, que aprobó una ley en este sentido el pasado diciembre. En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y es una de las disposiciones que prevé la futura ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, que esperemos finalmente se apruebe en la presente legislatura.

En cualquier caso, merece la pena recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de todo el país, emitía hace unos meses un comunicado en el que recuerda que las intervenciones que prometen “curar” la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo, las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras

A nivel internacional, ya en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento de Malta aprueba el matrimonio para las parejas del mismo sexo… con la oposición de la derecha y la Iglesia Católica

viernes, 14 de julio de 2017
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maltaOtro día histórico para los derechos LGTB. Este 12 de julio, el Parlamento de Malta, en tercera lectura, ha aprobado el matrimonio igualitario por 66 votos a favor contra tan solo 1 en contra. La ley tomará efectos tras la necesaria promulgación por parte de la presidenta Marie-Louise Coleiro Preca. Malta se convierte así en el 15º país europeo y 24º del mundo en establecer la igualdad para las parejas del mismo sexo ante la institución del matrimonio. La pequeña isla mediterránea, de fuerte tradición católica, es a día de hoy uno de los países del mundo con legislación más favorable para el colectivo LGTB. Ni la Iglesia Católica, ni los conservadores de centroderecha han podido evitar o impedir que Malta haya dado este sólido avance hacia la igualdad.

Como aventurábamos hace unos días, tras Alemania, Malta se ha convertido en el siguiente país europeo en permitir a las parejas del mismo sexo acceder a la institución del matrimonio.

Propuesta por la ministra de Igualdad, Helena Dalli, con la intención de «modernizar la institución del matrimonio» incluyendo a todas las parejas adultas que desean legalizar su situación, independientemente del sexo de sus miembros, la ley del matrimonio igualitario era una de las principales promesas electorales del Partido Laborista, que ganaba las elecciones hace poco más de un mes.

19b6a5f29dd88a490bc5cab0c1b6250e560993433-1319043975-4e9f0387-620x348Como decimos, se trataba de una promesa realizada por el propio primer ministro, el laborista Joseph Muscat, que hace poco más de un mes se comprometía a que la primera ley que se aprobara tras su reelección fuera precisamente la del matrimonio igualitario. A esa promesa se unió también el opositor Partido Nacionalista, que, pocos días después, anunciaba su intención de votar a favor del proyecto de ley, si bien otorgaba a sus diputados la posibilidad del voto en conciencia. El periplo parlamentario del proyecto del ley comenzaba el pasado 24 de junio, con su primera lectura. La segunda lectura comenzó el 26 de junio, día en el que el Partido Democrático anunció también su apoyo al proyecto, y concluyó el pasado 5 de julio. Finalmente, la tercera y definitiva lectura comenzó en el Comité Legislativo y ha puesto su punto final este 12 de julio con la votación parlamentaria.

Contando con el apoyo de los dos principales partidos de la oposición, la ley se ha aprobado con el voto de todas las fueras políticas a excepción del Partido Nacionalista, que ya se abstuviera en la votación de la ley de uniones civiles.

De los 67 diputados, 66 han votado a favor y tan solo 1 lo ha hecho en contra. Se trata del representante del Partido Nacionalista Edwin Vasallo, que alegó sus convicciones religiosas católicas para el rechazo a la ley, aduciendo que “un político cristiano no puede dejar su conciencia en la puerta”. La ley, sin embargo, no solo ha recibido un abrumador apoyo por parte de las fuerzas políticas, sino que cuenta además con el respaldo de la opinión pública. Una encuesta realizada el pasado año, indicaba que más del 61 % de la población maltesa se mostraba partidaria del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Como ha sucedido en otros países, incluida España, la ley aprobada reforma parcialmente otras muchas, como el propio Código Penal, el Código de Organización y Procedimiento Civil, el Código Civil, la Ley de Interpretación, la Ley de Matrimonio, la Ley de Sindicatos Civiles y otras leyes subsidiarias. En todas ellas, se cambiará cualquier referencia a los términos “marido y mujer” por la neutra “esposos”. Sin embargo, no ha sido necesario legislar sobre la adopción para las parejas del mismo sexo, pues ya fue establecido ese derecho cuando se aprobó la ley de uniones civiles. La reforma también ha traído una consecuencia para las parejas de distinto sexo: a partir de su aprobación, las mujeres no tendrán la obligación de adoptar el apellido del marido cuando contraigan matrimonio, sino que serán ambos miembros de la pareja quienes decidan cuál será su apellido de mutuo acuerdo.

A falta de la firma de la presidenta Marie-Louise Coleiro Preca para su promulgación, tanto las fuerzas políticas intervinientes como las asociaciones de defensa de los derechos civiles se han felicitado por el indudable avance en la igualdad para la sociedad maltesa. El primer ministro Joseph Muscat ha calificado de “histórica” la votación, y ha afirmado que Malta ha alcanzado “un nivel de madurez sin precedentes”. Muscat declaraba con satisfacción que ahora “vivimos en una sociedad donde podemos decir ‘somos iguales’”.

Por su parte, la coordinadora del Movimiento de Derechos Homosexuales de Malta, Gabi Calleja, ha aseverado que la ley colma las aspiraciones que a este respecto tenía la población LGTB maltesa. Según Calleja, muchas parejas del mismo sexo consideran que el matrimonio “es la institución que mejor expresa el compromiso y el amor que se tienen el uno al otro”.

Charles-SciclunaLa nota discordante… la de la Iglesia católica y la ha puesto el arzobispo católico Charles Scicluna, quien, durante los días del proceso parlamentario de aprobación de la ley, llegó a proclamar en una homilía que : “Yo puedo decidir que una algarroba y una naranja ya no tengan que ser llamadas por su nombre. Pero una algarroba sigue siendo una algarroba y una naranja sigue siendo una naranja, y el matrimonio, sea cual sea la ley, sigue siendo la unión eterna y exclusiva entre un hombre y una mujer”. Curiosa la obsesión con las frutas de los LGTBfobos.

El viraje inclusivo de Malta

Malta es un país profundamente católico (se aprobó el divorcio en 2011) y, no obstante, en los últimos años se está convirtiendo en un referente de políticas igualitarias, un camino que inició en 2014 con la aprobación de una ley de uniones civiles para las parejas del mismo sexo que incluía la adopción. Así, con la aprobación del matrimonio igualitario este 2017, culmina el proceso de igualdad de derechos para las parejas LGTB.

En abril de 2015, aprobaba una ley de identidad de género que reconocía y amparaba los derechos de las personas transexuales e intersexuales, despatologizando por completo la transexualidad e incluyendo a los menores, convirtiéndose en un referente para la comunidad internacional.

A finales del año pasado, el Parlamento maltés prohibía las llamadas “terapias” reparadoras de la homosexualidad y ampliaba su ley de identidad de género. Con esta legislación, Malta se convertía en el primer estado de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. Asimismo, mejoraba su ya avanzada normativa legal para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18) y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

No es de extrañar que Malta encabece desde 2016 la clasificación de ILGA-Europa sobre los derechos LGTB en el continente.

El matrimonio igualitario en Europa y el mundo

Con la incorporación de Alemania y Malta, son 15 los países europeos donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania  y Malta (2017).

Incluyendo a Alemania, y restando la población de aquellos territorios o dependencias donde no está en vigor la legislación igualitaria, un total de 324.027.406 europeos viven en países donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Esa cifra representa un 45,31 % de la población europea total (711.064.145 habitantes).

Si nos ceñimos a la Unión Europea, el matrimonio igualitario existe en 12 de los 28 países que la componen. Eso supone que 316.940.861 de los 507.996.178 habitantes de la Unión Europea no discriminan a las parejas del mismo sexo, un 62,39 % del total.

Afortunadamente, la lista de países y el número de europeos bajo legislaciones igualitarias se incrementarán previsiblemente pronto. El socialdemócrata primer ministro de Austria, Christian Kern, que gobierna en gran colación con los conservadores, se ha comprometido a impulsar el matrimonio entre personas del mismo sexo antes de que acabe esta legislatura. También existe, desde 2015, un proyecto de ley de matrimonio igualitario en Suiza, pero el proceso es lento y, al suponer un cambio constitucional, debe ser sometido a referéndum, cuyo posible resultado es muy incierto.

Cabe señalar que, en su día, Eslovenia engrosó la relación de países no discriminatorios, dado que su Parlamento aprobó el matrimonio para parejas del mismo sexo en 2015, con la fecha de su entrada en vigor en suspenso. Sin embargo, grupos LGTBfobos consiguieron que se celebrara un referéndum para anular esa medida, y ese mismo año un abultado porcentaje de votantes logró que la ley fuera finalmente derogada y el pasado marzo aprobó una ley de uniones civiles.

Pero existe otra lista menos satisfactoria, la de aquellos países europeos que han prohibido expresamente en sus constituciones el matrimonio entre personas del mismo sexo, algunos de ellos, tristemente, mediante consulta popular. De momento suman un total de 12: Bulgaria (1991), Lituania (1992), Bielorrusia (1994), Moldavia (1994), Ucrania (1996), Polonia (1997), Letonia (2006), Serbia (2006), Montenegro (2007), Hungría (2012), Croacia (2013) y Armenia (2015). Lamentablemente, esta lista también puede incrementarse en un futuro cercano, pues existe un proceso parlamentario en Rumanía para convocar un referéndum que prohibiría constitucionalmente el matrimonio igualitario.

Aquí tenéis un mapa con la situación del matrimonio igualitario en Europa (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Dentro de la Unión Europea, el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en 13 de los 28 países que la componen.

En todo el mundo, suman 24 los países donde existe la igualdad para las parejas del mismo sexo, al añadir los siguientes:

Canadá (2005), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010), Brasil (2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015) y Colombia (2016).

En México, el matrimonio igualitario está actualmente en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Además, existe una tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que obliga a fallar a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo a todos los tribunales en cualquier proceso, por lo que el matrimonio igualitario es  posible de facto en todo el país por vía judicial. Aunque el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, declaraba el pasado 2016 que su Gobierno legislaría la igualdad matrimonial a nivel nacional de acuerdo con ese dictamen judicial, la fuerte movilización LGTBfoba ha impedido que, de momento, pueda llevarse a cabo.

De los 1.001.559.000 habitantes del continente americano, 779.212.822 viven en países donde existe el matrimonio igualitario, lo que supone un 77,80 % del total.

Chile quizás sea el próximo país americano en sumarse a la lista de la igualdad. El Estado chileno, representado por su presidenta Michelle Bachelet, y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) han alcanzado un histórico acuerdo para promover los derechos LGTB e impulsar importantes medidas legislativas al respecto, entre ellas, la que aprobaría el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Pero también en América existe la lamentable lista de países en los que el matrimonio igualitario está prohibido constitucionalmente, que también suman 7. Esta es la relación (con la entrada en vigor de la legislación LGTBfoba entre paréntesis): Jamaica (1962), Cuba (1976), Paraguay (1992), Honduras (2005), Ecuador (2008), Bolivia (2009) y República Dominicana (2010).

Este sería el mapa de la situación del matrimonio igualitario en  el mundo (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Tan solo existen dos países más fuera de los continentes europeo y americano donde está legislado el matrimonio igualitario. Se trata de Sudáfrica, en África, y de Nueva Zelanda, en Oceanía.

Oceanía sumará muy probablemente un nuevo país a la lista, aunque la fecha en que eso suceda es aún incierta. El gobierno conservador de Australia pretende convocar un referéndum para aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que la oposición exige que la medida se tome directamente desde el Parlamento. Esa división de opiniones hace que la legislación igualitaria siga bloqueada.

En cuanto África, lamentablemente Sudáfrica sigue siendo la excepción en un continente donde lo que abundan son las legislaciones que castigan las relaciones homosexuales con largas penas de prisión, e incluso con la pena de muerte.

No existe en la actualidad ningún país asiático con legislación igualitaria para las parejas LGTB. En Taiwán, la Corte Constitucional ha dado un plazo de dos años para que se legisle el matrimonio entre personas del mismo sexo, si bien la isla no es un país reconocido por las Naciones Unidas. Otro de los candidatos sería Vietnam, aunque la situación está en un proceso incierto y previsiblemente de larga duración.

Como ocurre en África, en Asia, lamentablemente, es también larga la lista de países que castigan las relaciones homosexuales, en algunos casos hasta con la pena de muerte. Lo podéis comprobar en estos mapas, donde aparecen los países que castigan la homosexualidad, y los que incluso aplican la pena capital (podéis pinchar en ellos para verlos a mayor tamaño):

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El matrimonio igualitario en el mundo

martes, 4 de julio de 2017
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matrimonio-igualitario-1-300x263Tras la sorpresiva aprobación por el Bundestag alemán del matrimonio igualitario, aun a falta de algunos necesarios trámites para que entre en vigor, la lista de países donde las parejas del mismo sexo no están discriminadas se ha incrementado hasta alcanzar los 23 integrantes. Por continentes, 14 de ellos están en Europa, 7 en América, 1 en África y 1 en Oceanía. De momento, no hay ningún país asiático en la lista. En el futuro cercano, sin embargo, se prevén varias adiciones a esa suma en casi todos los continentes. De momento, se calcula que, aproximadamente, más de 1.150.000.000 habitantes del mundo viven en países donde existe el matrimonio igualitario, lo que supone más de un 15 % de la población mundial.

Incorporando a Alemania, este sería el mapa de los países que han aprobado el matrimonio igualitario en todo el mundo (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Europa

Fue en Europa donde por primera vez se aprobó la inclusión de las parejas del mismo sexo en la institución del matrimonio, en el año 2001, y es también un país europeo el último en sumarse a la lista de la igualdad de derechos para las parejas LGTB en este 2017. Los 14 países de este continente donde existe el matrimonio igualitario son los siguientes (con la entrada en vigor de la legislación entre paréntesis):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal (2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014 en Inglaterra, Gales y Escocia, sin que exista legislación igualitaria en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania (entrada en vigor por determinar).

Incluyendo a Alemania, y restando la población de aquellos territorios o dependencias donde no está en vigor la legislación igualitaria, un total de 324.027.406 europeos viven en países donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Esa cifra representa un 45,31 % de la población europea total (711.064.145 habitantes).

Si nos ceñimos a la Unión Europea, el matrimonio igualitario existe en 12 de los 28 países que la componen. Eso supone que 316.940.861 de los 507.996.178 habitantes de la Unión Europea no discriminan a las parejas del mismo sexo, un 62,39 % del total.

Afortunadamente, la lista de países y el número de europeos bajo legislaciones igualitarias se incrementarán previsiblemente pronto. El primer ministro de Malta, el laborista Joseph Muscat, ha prometido que el matrimonio igualitario será la primera ley de la nueva legislatura. Por su parte, el socialdemócrata primer ministro de Austria, Christian Kern, que gobierna en gran colación con los conservadores, se ha comprometido a impulsar el matrimonio entre personas del mismo sexo antes de que acabe esta legislatura. También existe, desde 2015, un proyecto de ley de matrimonio igualitario en Suiza, pero el proceso es lento y, al suponer un cambio constitucional, debe ser sometido a referéndum, cuyo posible resultado es muy incierto.

Cabe señalar que, en su día, Eslovenia engrosó la relación de países no discriminatorios, dado que su Parlamento aprobó el matrimonio para parejas del mismo sexo en 2015, con la fecha de su entrada en vigor en suspenso. Sin embargo, grupos LGTBfobos consiguieron que se celebrara un referéndum para anular esa medida, y ese mismo año un abultado porcentaje de votantes logró que la ley fuera finalmente derogada y el pasado marzo aprobó una ley de uniones civiles.

Pero existe otra lista menos satisfactoria, la de aquellos países europeos que han prohibido expresamente en sus constituciones el matrimonio entre personas del mismo sexo, algunos de ellos, tristemente, mediante consulta popular. De momento suman un total de 12:

Bulgaria (1991), Lituania (1992), Bielorrusia (1994), Moldavia (1994), Ucrania (1996), Polonia (1997), Letonia (2006), Serbia (2006), Montenegro (2007), Hungría (2012), Croacia (2013) y Armenia (2015).

Lamentablemente, esta lista también puede incrementarse en un futuro cercano, pues existe un proceso parlamentario en Rumanía para convocar un referéndum que prohibiría constitucionalmente el matrimonio igualitario.

Aquí tenéis un mapa con la situación del matrimonio igualitario en Europa (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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América

El continente americano se sumó rápidamente a legislar la igualdad de las parejas del mismo sexo. Una de las peculiaridades es que, en muchos de estos países, fueron primero los tribunales quienes dictaminaron la inconstitucionalidad de la discriminación de las parejas LGTB. En otros, sin embargo, fue el poder legislativo quien tomó la iniciativa. Estos son los 7 países americanos donde existe el matrimonio igualitario (con su año de entrada en vigor entre paréntesis):

Canadá (2005), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010), Brasil (2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015) y Colombia (2016).

En México, el matrimonio igualitario está actualmente en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Además, existe una tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que obliga a fallar a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo a todos los tribunales en cualquier proceso, por lo que el matrimonio igualitario es  posible de facto en todo el país por vía judicial. Aunque el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, declaraba el pasado 2016 que su Gobierno legislaría la igualdad matrimonial a nivel nacional de acuerdo con ese dictamen judicial, la fuerte movilización LGTBfoba ha impedido que, de momento, pueda llevarse a cabo.

De los 1.001.559.000 habitantes del continente americano, 779.212.822 viven en países donde existe el matrimonio igualitario, lo que supone un 77,80 % del total.

Chile quizás sea el próximo país americano en sumarse a la lista de la igualdad. El Estado chileno, representado por su presidenta Michelle Bachelet, y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) han alcanzado un histórico acuerdo para promover los derechos LGTB e impulsar importantes medidas legislativas al respecto, entre ellas, la que aprobaría el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Pero también en América existe la lamentable lista de países en los que el matrimonio igualitario está prohibido constitucionalmente, que también suman 7. Esta es la relación (con la entrada en vigor de la legislación LGTBfoba entre paréntesis):

Jamaica (1962), Cuba (1976), Paraguay (1992), Honduras (2005), Ecuador (2008), Bolivia (2009) y República Dominicana (2010).

Este sería el mapa de la situación del matrimonio igualitario en América (podéis pinchar en él para verlo a mayor tamaño):

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Otros continentes

Tan solo existen dos países más fuera de los continentes europeo y americano donde está legislado el matrimonio igualitario. Se trata de Sudáfrica, en África, y de Nueva Zelanda, en Oceanía.

Oceanía sumará muy probablemente un nuevo país a la lista, aunque la fecha en que eso suceda es aún incierta. El gobierno conservador de Australia pretende convocar un referéndum para aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que la oposición exige que la medida se tome directamente desde el Parlamento. Esa división de opiniones hace que la legislación igualitaria siga bloqueada.

En cuanto África, lamentablemente Sudáfrica sigue siendo la excepción en un continente donde lo que abundan son las legislaciones que castigan las relaciones homosexuales con largas penas de prisión, e incluso con la pena de muerte.

No existe en la actualidad ningún país asiático con legislación igualitaria para las parejas LGTB. En Taiwán, la Corte Constitucional ha dado un plazo de dos años para que se legisle el matrimonio entre personas del mismo sexo, si bien la isla no es un país reconocido por las Naciones Unidas. Otro de los candidatos sería Vietnam, aunque la situación está en un proceso incierto y previsiblemente de larga duración.

Como ocurre en África, en Asia, lamentablemente, es también larga la lista de países que castigan las relaciones homosexuales, en algunos casos hasta con la pena de muerte. Lo podéis comprobar en estos mapas, donde aparecen los países que castigan la homosexualidad, y los que incluso aplican la pena capital (podéis pinchar en ellos para verlos a mayor tamaño):

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Fuente Dosmanzanas

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El reelegido primer ministro de Malta promete que el matrimonio igualitario será la primera ley de la nueva legislatura

miércoles, 7 de junio de 2017
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19b6a5f29dd88a490bc5cab0c1b6250e560993433-1319043975-4e9f0387-620x348Como informábamos hace solo unos días, Malta ha vuelto a encabezar la clasificación en el informe de derechos LGTB que realiza anualmente ILGA Europa entre los países del viejo continente. A esto se suma el compromiso del recién reelegido primer ministro, Joseph Muscat, de que el matrimonio entre personas del mismo sexo se convierta en la primera ley que apruebe el nuevo Gobierno. Durante la celebración del Día de la Commonwealth decía, en relación a las políticas igualitarias, que “soy consciente de que hay líderes que saben que las cosas deben cambiar, pero son cautelosos de cómo la sociedad reaccionará a su primer movimiento”.

Las elecciones parlamentarias de Malta, celebradas el pasado domingo, han otorgado una aplastante victoria al Partido Laborista, mejorando ligeramente los resultados de 2013. Con el 55% de los votos, Joseph Muscat comienza su segunda legislatura como primer ministro, con la tranquilidad de gobernar con mayoría absoluta. El segundo más votado ha sido, con el 43,6%, el Partido Nacionalista, que se abstuvo en la votación de la ley de uniones civiles de 2014 por no acabar de compartir la inclusión del derecho de adopción. Sobre este asunto, el primer ministro decía que “Simon Busuttil no tiene credibilidad” ya que, además de la mencionada abstención de su grupo, “pasó días esperando hasta que dijo que estaba en contra de las terapias de conversión gay”.

Muscat ha asegurado que, para el nuevo Gobierno que vuelve a encabezar, el matrimonio igualitario es una auténtica prioridad. Así pues, los laboristas pretenden avanzar los trámites de presentación antes del receso parlamentario estival. Michaela Muscat, que en su cuenta de Twitter se define como “feminista” y es hija de la jefa de gabinete del primer ministro en la anterior legislatura, se felicitaba públicamente porque “cinco minutos después de ser reelegido presidente, Joseph Muscat dice que su primera ley será el matrimonio gay”:

Desde su posición como presidente de turno de la Commonwealth, Muscat reivindicaba en marzo el fin de la criminalización de las personas LGTB en los Estados miembros de esta organización internacional. En la mayoría de los países integrantes, las relaciones entre personas del mismo sexo están consideradas un delito, penado en muchos casos con largos años de cárcel y, en algunos casos, con la muerte. El origen de estas legislaciones represivas se encuentra mayoritariamente en la época colonial británica. “Soy consciente de que hay líderes que saben que las cosas deben cambiar, pero son cautelosos de cómo la sociedad reaccionará a su primer movimiento”, afirmaba el líder maltés. En este sentido, añadía que “a ellos, dije y digo, que la Commonwealth estará con ellos para ayudarles a dar sus primeros pasos. La historia, estoy seguro, les juzgará positivamente cuando lo hagan”.

El viraje inclusivo de Malta

Malta es un país profundamente católico (se aprobó el divorcio en 2011) y, no obstante, en los últimos años se está convirtiendo en un referente de políticas igualitarias, a las que, como hemos explicado en líneas anteriores, está previsto que se sume en los próximos meses la total equiparación matrimonial de las parejas del mismo y de distinto sexo.

A finales del año pasado, el Parlamento maltés prohibía las llamadas “terapias” reparadoras de la homosexualidad y ampliaba su ley de identidad de género. Con esta legislación, Malta se convertía en el primer estado de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. Asimismo, mejoraba su ya avanzada normativa legal para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18) y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

Su anterior ley de identidad de género hay que decir que ya reconocía y amparaba los derechos de las personas transexuales e intersexuales, despatologizando por completo la transexualidad e incluyendo a los menores. Como ya hemos dicho desde dosmanzanas en varias ocasiones, el de Malta es todo un ejemplo para la comunidad internacional.

Fuente Dosmanzanas

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Informe anual sobre derechos LGTB en Europa: Malta vuelve a encabezar la clasificación, mientras que España baja hasta la 9ª posición

lunes, 29 de mayo de 2017
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rainbow_europe_map_2017-destacada-300x212ILGA Europa ha emitido su informe anual sobre la situación de los derechos LGTBI en el continente europeo. El estudio, como es de costumbre, incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. El informe de 2017 se refiere al estado de los derechos de las personas LGTBI europeas entre enero y diciembre de 2016. En esta ocasión, vuelve a encabezar la clasificación Malta, un país que ha aprobado importantes medidas legislativas en el reconocimiento de los derechos de las personas transexuales e intersexuales, así como contra las infames “terapias reparadoras” de la homosexualidad, situándose a la vanguardia mundial en cuanto a legislaciones de ese tipo. Noruega asciende hasta la segunda posición, debido a su reciente legislación sobre identidad de género. España, por el contrario, baja desde la quinta a la novena posición, debido al inmovilismo del Gobierno respecto a leyes de ámbito nacional contra la discriminación de las personas LGTBI o la falta de adecuación de la ley estatal de identidad de género a las reivindicaciones del colectivo.

Como en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y no discriminación (25 % de la puntuación total), derecho de familia (27 %), crímenes y discursos de odio (20 %), reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal (15 %), libertades de reunión, asociación y expresión (8 %) y asilo (5 %). El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial. También se debe tener en cuenta que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA Europa.

En cuanto a la consecución de logros en los seis apartados mencionados, el conjunto de los países europeos obtiene un porcentaje total del 38 %, mientras que los miembros de la Unión Europea alcanzan el 48 %. Este es el detalle por apartados:

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La clasificación de los países europeos

La lista de países europeos según su porcentaje de consecución de los objetivos, es la siguiente:

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Aquí tenéis también el mapa con los porcentajes obtenidos por cada país (podéis pinchar en él para ampliarlo):

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Malta vuelve a encabezar este año la clasificación, sin duda debido a una de las legislaciones de identidad de género más avanzadas del mundo, pues prohíbe taxativamente cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento. También está adecuada a la despatologización de la transexualidad y es aplicable a los menores. La ley maltesa también prohíbe a los profesionales de la medicina la realización de innecesarias intervenciones quirúrgicas en los niños intersexuales. En 2016, además, el Parlamento maltés aprobó dos leyes muy positivas para la población LGTB. El país mediterráneo se convirtió en el primero de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. También amplió su ya avanzada legislación para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18), y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

La ministra de Libertades Civiles maltesa ha comunicado este año que se ha abierto el proceso para que la isla apruebe finalmente el matrimonio igualitario. Precisamente es en el apartado de “familia” donde Malta reduce su porcentaje de logros, debido a la actual discriminación de las parejas del mismo sexo, que hasta el momento solo pueden optar por las uniones civiles. De prosperar el proceso, la legislación maltesa destacará aún más en su respeto a los derechos LGTBI.

Noruega, por su parte, ha ascendido desde la undécima posición hasta la segunda, debido a la aprobación en junio de 2016 de otra de las leyes de identidad de género más avanzadas del mundo. Desde su promulgación, basta un simple trámite administrativo para que los mayores de 16 años puedan modificar la referencia al sexo que aparece en sus documentos oficiales. El mismo procedimiento se aplica a los niños y adolescentes de entre 6 y 16 años, siempre que cuenten con el visto bueno de sus tutores legales.

El inmovilismo legislativo, como ocurre en el caso de España, es el que ocasiona que países como Suecia u Holanda, que encabezaron en su día la lista o se situaron a la vanguardia de los derechos LGTBI, hoy se encuentren en la duodécima y décima posición respetivamente. Según un portavoz de ILGA Europa, el motivo de la clasificación sueca es que aún sigue exigiendo procedimientos quirúrgicos para que las personas transexuales puedan cambiar su sexo registral. En cuanto a Holanda, ni su Constitución ni sus leyes contra los delitos de odio protegen específicamente a las personas LGTBI.

La situación en España

La puntuación alcanzada por España sigue viéndose mermada por la falta de disposiciones de rango constitucional o leyes de carácter estatal que protejan específicamente la orientación sexual y la identidad de género. También influye notoriamente la falta de adecuación de la vigente ley de identidad de género de ámbito nacional a la despatologización de la transexualidad, más la carencia de una legislación protectora de las personas intersexuales.

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Estas son las recomendaciones que ILGA Europa hace al Gobierno español:

  • Extender las protecciones contra la discriminación en la legislación laboral para garantizar que las personas LGBTI estén protegidas en todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en todas las regiones.
  • Incluir específicamente todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en la legislación que prohíbe la discriminación en el ámbito educativo.
  • Incluir específicamente todos los campos (orientación sexual, identidad de género y características sexuales) en la legislación que prohíbe la discriminación en el ámbito de la salud.

Por su parte, en cuanto a los sucesos ocurridos en 2016, de relevancia social, que han afectado al colectivo LGTBI, ILGA Europa destaca los siguientes:

El discurso de odio dirigido a personas LGBTI por varias instancias de funcionarios eclesiásticos prominentes fue una tendencia negativa en 2016. Los incidentes fueron registrados por ONG o fueron objeto de quejas por parte de representantes públicos favorables a la igualdad. El lenguaje utilizado se refería a las leyes contra la discriminación como algo negativo, hablaba de una tendencia de la llamada “ideología de género” o cuestionaba la moralidad de las personas LGBTI. En un caso específico, el director de una escuela católica fue multado después de comparar las leyes contra los crímenes de odio con el terrorismo.

Incluso dentro de la Policía, el acoso motivado por prejuicios fue denunciado en diciembre por una integrante lesbiana de las fuerzas del orden. Las ONG LGBTI siguieron ayudando a las personas que informaban de incidentes violentos. Una ONG con sede en Madrid ha registrado más de 200 crímenes de odio contra las personas LGBT a lo largo del año.

Como dato positivo, varias regiones reforzaron sus disposiciones sobre el derecho de familia, abriendo el acceso a las técnicas de reproducción asistida a todas las mujeres.

En efecto, el informe de ILGA hace una detallada relación de muchas de las agresiones sufridas por personas LGTBI a lo largo del 2016, de las que lamentablemente hemos tenido que hacernos eco en dosmanzanas, así como destaca la labor del Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia por su amparo a las víctimas y su denuncia de la violencia.

También destaca los mensajes de odio por parte de miembros de la jerarquía católica, como el arzobispo de Valencia y cardenal, Antonio Cañizares, que definió a la “ideología de género” como “una de las ideologías más insidiosas en la historia de la humanidad y de la cultura”. Detalla a su vez la misiva firmada por los obispos de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Pla; de Getafe, Joaquín María López de Andújar, y el obispo titular de Mentesa y auxiliar de Getafe, José Rico, en la que acusaban a la Asamblea de Madrid de perpetrar “un ataque a la libertad religiosa y de conciencia” por aprobar la ley integral de transexualidad y hacían un llamamiento a la desobediencia civil.

Asimismo, el informe se hace eco de la carta que envió el director del colegio Juan Pablo II de Alcorcón a los padres de los alumnos, en la que, en referencia a la mencionada ley integral de transexualidad madrileña, la equiparaba con el terrorismo. También se refiere al reparto de folletos a colegios por parte de HazteOír, en los que denigraba los avances legislativos en materia de derechos LGTBI.

Como acontecimientos socialmente positivos, el informe señala la salida del armario del patinador Javier Raya, el waterpolista Víctor Gutiérrez y el árbitro de fútbol Jesús Tomillero.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en 2014 y en 2015. En 2016, ya fue Malta quien se hizo con la primera posición, debido a su avanzada legislación sobre identidad de género. España, en todos los casos, se ha situado siempre entre los 10 países de cabeza

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Bélgica actualiza su ley: ya no exigirá la esterilización ni un “diagnóstico” médico para reconocer legalmente la identidad de las personas trans

sábado, 27 de mayo de 2017
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belgium-1489362_960_720El Parlamento federal belga ha aprobado una nueva ley que pone punto final a la necesidad tanto de un diagnóstico médico como de un procedimiento de esterilización para que las personas transexuales puedan ver reconocidas su identidad. Bélgica se suma, de esta forma, al grupo de países que han adaptado su legislación de identidad de género al paradigma despatologizador, si bien la ley contiene todavía disposiciones que siguen sin ser del agrado de los colectivos LGTB. ILGA Europe ha saludado lo que considera un muy importante avance, aunque matiza que la ley, en su redacción actual, no supone el punto final en la lucha por los derechos de todas las personas trans. 

Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas transexuales a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, según un informe de Transgender Europe de noviembre de 2016, 21 estados europeos seguían hacíendolo a fecha noviembre de 2016. La mayoría, del Este de Europa, pero también había algunos occidentales. Otros han eliminado ese requisito hace poco (Suecia, por ejemplo, no lo hizo hasta 2013, mientras que Noruega actualizó su ley en 2016). Y no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas. En la misma línea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenaba hace pocas semanas a Francia por haber obligado a hacerlo (el país vecino, de hecho, modificó su legislación en 2016, eliminando dicho requisito, aunque sigue manteniendo el proceso en manos de los jueces).

Bélgica se suma ahora a la lista de países que no solo eliminan ese requisito, sino que tampoco exigen ya la necesidad de un diagnóstico médico o psicológico de “disforia de género” o similar. La ley integra, en este sentido, el principio de autodeterminación de género, que hace además extensivo a los menores por encima de los 12 años. El texto ha recibido un apoyo abrumador de la Cámara de Diputados de Bélgica: de los 123 diputados presentes, 117 han votado a favor, mientras que 6 se han abstenido. No ha habido votos contrarios. Se trata, además, de una ley que no precisa de la intervención del Senado, por lo que entrará en vigor en el plazo de unos pocos días, en cuanto reciba la rúbrica real y sea publicada oficialmente.

En cualquier caso, pese a suponer una evidente mejora y ser más avanzada que las de otros países europeos, la nueva ley belga es consideraba mejorable por los colectivos LGTB. Obliga, por ejemplo, a que las personas que solicitan la modificación tengan que hacer la solicitud en dos pasos, y permite a la fiscalía poder denegarla en un plazo de hasta tres meses. Por lo que respecta a los menores de 12 años, podrán ver reconocido su nuevo nombre pero no la modificación completa de los datos registrales, que tendrá que esperar a que cumplan esa edad. Entre los 12 y los 16 años, además, deberán contar con la conformidad de sus padres o tutores y sí que se les obligará a consultar previamente con un psiquiatra. Por último, la ley solo permitirá utilizar el procedimiento administrativo una sola vez. Si por alguna circunstancia quisiera modificar su sexo legal una segunda vez deberá acudir a los tribunales.

“Se trata de un paso fundamental hacia el pleno reconocimiento de los derechos de las personas trans, aunque no es el paso final”, ha declarado la directora ejecutiva de ILGA Europe, Evelyne Paradis, que ha lamentado que las autoridades belgas se hayan quedado a medio camino, adoptando un procedimiento coherente al 100% con el principio de autodeterminación de género, situandose aún por detrás de países como la ya mencionada Noruega o Malta, que por ejemplo permiten que los menores puedan acceder sin apenas cortapisas.

Por delante de España

Por delante de quien sí se sitúa es de España, cuya ley 3/2007 ha envejecido de forma prematura. De hecho, cada vez es más numeroso el grupo de países que ya han incorporado el principio de autodeterminación de género a su legislación. Es el caso, además de los ya mencionados, de Irlanda y Dinamarca, en Europa. Y tanto Escocia como Portugal tienen previsto sumarse al grupo próximamente.

En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando.

En España seguimos a la espera de que el Parlamento decida dar el paso (el grupo socialista del Congreso registró en febrero una propuesta de actualización de la ley). Mientras tanto, sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de “disforia de género” y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

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Nuevo México se suma a la lista de territorios estadounidenses que prohíben las “terapias” reparadoras en menores

lunes, 17 de abril de 2017
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41xx86bg7wlNuevo México se ha convertido en el sexto estado de los Estados Unidos (sin contar a Washington D.C., la capital federal) en prohibir las peligrosas e inútiles “terapias reparadoras” en menores de edad. Susana Martinez, la gobernadora republicana, decidió sancionar la ley, aprobada por una legislatura de mayoría demócrata, incorporando así a este estado del suroeste de los Estados Unidos a la lista de territorios que han decidido proteger a los menores LGTB.

El proyecto de ley ya había recibido en febrero el visto bueno del Senado de Nuevo México, donde los demócratas gozan de una cómoca mayoría, por 32 votos a favor y 6 en contra. Un mes después, tras un debate de varias horas de duración, la Cámara de Representantes, en la que la mayoría demócrata es más ajustada, lo aprobó por 44 votos a favor y 23 en contra. Todos los representantes demócratas menos uno (Patricio Ruiloba) votaron a favor, al igual que hicieron 9 republicanos. La votación, de hecho, mostró la división que existe al respecto entre los representantes republicanos de áreas urbanas frente a los de áreas rurales. El texto había sido impulsado por dos jóvenes políticos demócratas, Jacob Candelaria (en el Senado) y G. Andres Romero (en la Cámara de Representantes). Jacob Candelaria es, por cierto, el primer hombre abiertamente gay en ser elegido miembro del Senado de Nuevo México (y la segunda persona LGTB, después de la exsenadora lesbiana Liz Stefanics).

Tras la aprobación de la legislatura, quedaba solo que la gobernadora republicana estampase su firma en la ley, el paso más complicado. Afortunadamente el perfil relativamente moderado de Susana Martinez en materia LGTB (aunque en su momento se opuso al matrimonio igualitario) y el hecho de que el proyecto se aprobase con cierto apoyo republicano hizo que la gobernadora no pusiera objeciones y no fuese necesaria una segunda ronda de votaciones para superar el veto.

El texto prohíbe el uso de las llamadas “terapias” reparadoras o de conversión en menores. También persigue toda publicidad o promoción de las mismas que las presente como un método útil para cambiar la orientación sexual o la identidad de género. Cualquier profesional sanitario (médico, psicólogo u otros) que lleve a cabo estas prácticas en menores o las publicite como efectivas se enfrentará a multas y a la pérdida de su licencia.

El uso de “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad ha sido ya prohibido en cinco estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos. California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y los estados de OregónIllinois y Vermont, el año pasado. Hay además varias ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares.

En Europa la pionera ha sido Malta, que aprobó una ley en este sentido el pasado diciembre. En España, el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de todo el país emitía hace pocas semanas un comunicado en el que recuerda que las intervenciones que prometen “curar” la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras

A nivel internacional, en marzo del año pasado tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en a cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

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El Gobierno británico rechaza una petición para prohibir las “terapias reparadoras” de la homosexualidad

miércoles, 22 de marzo de 2017
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theresa-may-an103106230epa05433683El Reino Unido no se convertirá en el próximo Estado europeo en prohibir las dañinas e inútiles “terapias reparadoras” de la homosexualidad. El Gobierno conservador de Theresa May ha rehusado la tramitación parlamentaria de una iniciativa legislativa popular, que había conseguido cerca de 33.000 firmas, con el pretexto de que ya se han tomado todas las medidas necesarias para prevenir el uso de las peligrosas prácticas.

Ofrecer las denominadas “terapias” reparadoras o de conversión seguirá sin ser un delito en el Reino Unido. Una iniciativa popular para ilegalizar estos pretendidos tratamientos se topado con el rechazo del Gobierno británico dirigido por Theresa May. La propuesta, que había alcanzado casi 33.000 adhesiones en la página web introducida para ese fin por el Parlamento, no ha superado las cien mil firmas que obligan al Comité de Peticiones a tomarla en consideración. Un trámite que, aunque se hubiera producido, tampoco habría garantizado la tramitación parlamentaria de la iniciativa popular.

Los autores de la petición advierten sobre los recientes acontecimientos, como la masacre de Orlando o la llegada al poder de Donald Trump en Estados Unidos, que aumentan la sensación de inseguridad en la comunidad LGTB. Frente a esta situación, la prohibición de las “terapias reparadoras” sería un gesto que ayudaría a las personas LGTB a vivir su identidad de una forma más libre. Recuerdan que entre las prácticas que pretenden vetar se encuentran los electroshocks, la inducción al suicidio y la vinculación entre las orientaciones no heterosexuales y los abusos en la infancia, usos proscritos por la comunidad médica y que producen daños con frecuencia irreversibles.

En su respuesta, el ministerio de Sanidad británico reconoce esta evidencia, pero opina que ya han hecho suficiente para luchar contra las prácticas denunciadas. El departamento dirigido por Jeremy Hunt reconoce la inutilidad y el “impacto adverso” de las “terapias reparadoras” y reafirma su “compromiso” contra la discriminación de gais, lesbianas y bisexuales. Recuerda que han trabajado conjuntamente con los asociaciones profesionales de psicoterapeutas y counselors para elaborar códigos de buenas prácticas en relación al trato con las personas LGTB. El Gobierno considera estas medidas suficientes para evitar el uso de las “terapias reparadoras”.

Las “terapias” reparadoras o de conversión han sido ya prohibidas en Malta, que aprobó una ley pionera en Europa el pasado diciembre. En España, el Consejo General de la Psicología emitía hace unas semanas un comunicado en el que recuerda que las intervenciones que prometen “curar” la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo)) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el Gobierno alemán rechazaba a principios de este mes una propuesta de Los Verdes, en sentido similar a la que hoy nos ocupa, aduciendo que las competencias sobre el control de las prácticas médicas pertenecen a los estados federados y no al Gobierno central.

En Estados Unidos, el uso de las “terapias reparadoras” en menores está prohibido en cinco estados, además de en la capital federal. California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y los estados de Oregon, Illinois, Vermont, el año pasado. El último en iniciar la tramitación de una ley en el mismo sentido fue Nuevo México, hace un mes.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras

Precisamente hace un año tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de este tipo de intervenciones, que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender modificar la orientación.

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El primer ministro de Malta urge a los países de la Commonwealth a derogar las leyes contra la población LGTB

sábado, 18 de marzo de 2017
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imagesEl Gobierno de Malta sigue dando ejemplo de compromiso con la igualdad LGTB. El primer ministro Joseph Muscat ha aprovechado la celebración del día de la Commonwealth, organización que agrupa a países del antiguo imperio británico, para recordar y condenar la persecución que sufren las personas LGTB en la mayoría de ellos. A causa, frecuentemente, de las legislaciones homófobas heredadas de la época colonial.

El primer ministro de Malta ha vuelto a mostrar el compromiso de su Gobierno con los derechos LGTB. Desde su posición como presidente de turno de la Commonwealth, Muscat ha reivindicado el fin de la criminalización de las personas LGTB en los Estados miembros de esta organización internacional. En la mayoría de estos países, las relaciones entre personas del mismo sexo están consideradas un delito, penado en muchos casos con largos años de cárcel y, en algunos casos, con la muerte. El origen de estas legislaciones represivas se encuentra mayoritariamente en la época colonial británica.

Una situación que Muscat ha querido recordar ante el resto de jefes de Estado y de Gobierno, incluida la reina Isabel II, en el acto con motivo del día de la Commonwealth celebrado el lunes pasado en la abadía de Westminster de Londres. “Quiero referirme de forma especial al respeto a las personas LGBTIQ, o la carencia del mismo”, declaró el primer ministro maltés. Una injusticia legal que calificó de “mancha considerable en nuestra familia de naciones”.

Muscat reveló que otros líderes de los Estados miembros de la Commonwealth son conscientes de que “las cosas deben cambiar”, pero se muestran “recelosos de cómo reaccionará la sociedad” si se empieza a avanzar hacia la despenalización. Ante esta actitud, el líder maltés ofreció la mediación de la organización internacional para ayudar a esos países a dar los primeros pasos. “La historia los juzgará positivamente cuando lo hagan”, aseguró. Ya posteriormente, Muscat apuntó al “compromiso” y la “comprensión” de las circunstancias de cada país, como claves para persuadir a sus mandatarios de que “si haces lo correcto, nunca es demasiado tarde”.

Los contrastes de la realidad LGTB en la Commonwealth

commonwealth_flag_-_2013-svgLos actos homosexuales son ilegales en 40 de los 52 países de la Commonwealth. Las sanciones incluyen la pena de muerte en algunas partes de Nigeria y Pakistán, 25 años de cárcel en Trinidad y Tobago, 20 años, además de la flagelación, en Malasia, y la cadena perpetua en Sierra Leona, Tanzania, Uganda, Bangladesh y Guyana. En tan solo 4 de los países miembros existe la completa igualdad legal, incluyendo el derecho a contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo: Canadá, Sudáfrica, Nueva Zelanda y el Reino Unido (excepto Irlanda del Norte). En 2011 era Australia quien pedía la despenalización de la homosexualidad en los Estados miembros, pero año y medio después, la nueva carta de derechos de la Commonwealth evitaba cualquier referencia explícita a los ciudadanos LGTB en su nueva carta de derechos.

Malta, miembro también de la organización, se está convirtiendo en los últimos años en un referente de políticas igualitarias, a las que podría sumarse en los próximos meses la total equiparación matrimonial de las parejas del mismo y de distinto sexo. A finales del año pasado, el Parlamento maltés prohibía las llamadas “terapias” reparadoras de la homosexualidad y ampliaba su ley de identidad de género. Con esta legislación, el país se convertía en el primer Estado de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. Asimismo, mejoraba su ya avanzada normativa legal para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18) y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género. Una trayectoria alentadora a la que ahora se le suma el compromiso por los derechos LGTB en la esfera internacional.

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Nuevo México da el primer paso para prohibir las “terapias reparadoras” en menores

lunes, 27 de febrero de 2017
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jacob-picture-5-200x300Buenas noticias desde Estados Unidos: el Senado de Nuevo México, en el suroeste del país, ha aprobado un proyecto de ley para prohibir las peligrosas e inútiles “terapias reparadoras” en menores de edad. De salir adelante la iniciativa, se convertirá en el séptimo estado o territorio estadounidense en vetar el uso de estos pretendidos tratamientos en la población más vulnerable a los daños que provocan.

El Senado de Nuevo México aprobó el pasado viernes, por 32 votos a favor frente a solo seis en contra, un proyecto de ley para prohibir el uso de las llamadas “terapias” reparadoras o de conversión en menores. También perseguirá toda publicidad o promoción de las mismas que las presente como un método útil para cambiar la orientación sexual o la identidad de género. La iniciativa partió del senador demócrata abiertamente gay Jacob Candelaria (en la imagen).

El proyecto continuará su tramitación en la Cámara de Representantes, controlada al igual que el Senado por los demócratas. Su aprobación definitiva parece, por tanto, muy probable. Cuando entre en vigor, cualquier profesional sanitario (médico, psicólogo u otros) que lleve a cabo estas prácticas en menores o las publicite como efectivas se enfrentará a multas y a la pérdida de su licencia.

El uso de “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad ha sido ya prohibido en cinco estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos. California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y los estados de OregónIllinois y Vermont, el año pasado.

En Europa la pionera ha sido Malta, que aprobó una ley en este sentido el pasado diciembre. En España, el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de todo el país emitía la semana pasada un comunicado en el que recuerda que las intervenciones que prometen “curar” la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras

A nivel internacional, en marzo del año pasado tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

Fuente Dosmanzanas

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El PSOE propone actualizar la ley de identidad de género para despatologizar la transexualidad y hacerla extensiva a menores

sábado, 25 de febrero de 2017
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psoe-actualizacion-ley-identidad-generoEl PSOE pide modificar la Ley para facilitar el cambio registral de sexo y nombre de las personas trans

La iniciativa pide eliminar la exigencia de informes o tratamientos médicos y el límite legal de 18 años para que los menores puedan modificar en el Registro Civil la referencia a su nombre y su sexo.

La Plataforma por los Derechos Trans ha aplaudido esta medida pero matizan varias deficiencias en el sistema actual que ven necesario abordar urgentemente.

El grupo socialista del Congreso ha registrado este lunes una propuesta de actualización de la ya anacrónica Ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, más conocida como “ley de identidad de género”. La iniciativa fue presentada por la diputada socialista Dolores Galovart, que estuvo acompañada de Carla Antonelli, también diputada socialista (en la Asamblea de Madrid, en su caso) e histórica activista trans. El objetivo de la propuesta, entre otros: despatologizar la transexualidad y extender el derecho a ver reconocida legalmente tu identidad de género a los menores de edad.

La Proposición de Ley, tal y como ha sido presentada por el grupo socialista (descargar PDF), elimina definitivamente la necesidad de un diagnóstico de “disforia de género” para proceder a la rectificación registral. Para la misma no serían necesarios más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada y no se podría condicionar en ningún caso “a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.

Los socialistas proponen que la solicitud de rectificación de la mención de sexo en el Registro Civil “no precise de más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada” y que “no se podrá condicionar, en ningún caso a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.

Además, la iniciativa contempla que “toda persona de nacionalidad española y con capacidad suficiente para ello, podrá solicitar la rectificación de la mención registral del sexo”. Los mayores de 16 años “podrán efectuar la solicitud por sí mismos”, mientras que los menores de esa edad “podrán hacerlo a través de sus progenitores o representantes legales, precisándose en este caso la expresa conformidad del menor”. En caso de oposición de los progenitores, “los menores de edad podrán efectuar la solicitud a través del Ministerio Fiscal y resolverá un juez, teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor”.

La proposición socialista también contempla que las personas extranjeras que no hayan podido o no puedan proceder a este trámite en sus países de origen y tengan residencia legal en España “podrán interesar la rectificación de la mención del sexo, el cambio del nombre en la tarjeta de residencia y, en su caso, en el permiso de trabajo que les hayan sido expedidos a fin de hacerlos corresponder con su verdadera identidad sexual y/o expresión de género”.

En declaraciones a los medios en el Congreso, Dolores Galovart ha resaltado que hoy “el PSOE da un paso adelante en la defensa de los derechos civiles” y ha recordado que hace diez años, ya lo hizo con la Ley 3/2007. “Ahora lo volvemos a hacer otra vez. Queremos que el derecho a la identificación sexual sea un verdadero derecho y para eso que no tenga condicionantes por la edad, ni por razón de requisitos externos que tenga que dar otra persona” y subrayó que “la transexualidad no es una enfermedad es una normalidad y la identidad sexual no se diagnostica porque es un derecho”.

La iniciativa pone de manifiesto que “la rectificación del sexo conllevará el cambio del nombre propio de la personas, a efectos de que no resulte discordante con su sexo registral” También se pide que se facilite el cambio de género y nombre en la tarjeta de residencia de los inmigrantes transexuales. En ese sentido, Carla Antonelli, por su parte, ha señalado que “hoy es un día histórico que pondrá a España, de nuevo a la vanguardia, igual que en 2007 que supuso dar un gran paso hacia adelante al legislar para que no fuera necesaria la cirugía genital para tener un cambio de partida de nacimiento”. Además, Antonelli ha explicado que la ley registrada hoy, “despatologiza completamente la transexualidad desde la propia autodeterminación de la persona; se elimina cualquier requisito médico o quirúrgico y se incluye a las y los menores transexuales”. Igualmente añadió que con ello, “a partir de los 16 años se podrá sacar el cambio registral sin ningún tipo de autorización y además, incluimos la tarjeta de residencia y permiso de trabajo a las personas transexuales extranjeras”.

La diputada de la Asamblea de Madrid reiteró que “seguimos avanzando y comprometidos con el derecho de las personas transexuales y del colectivo LGTB” y expresó que se siente “muy orgullosa de que el PSOE, como era su deber, apueste por reformar esta ley, con los mismos puntos demandados por el colectivo de transexuales” y recordó que este año, el 15 de marzo se cumple el décimo aniversario de esta histórica ley.

En este contexto, la Plataforma por los Derechos Trans ha celebrado esta Proposición de Ley, reclamando el consenso y apoyo a la misma por parte de todos los grupos parlamentarios. Sin embargo, lamentan «que el grupo parlamentario socialista no haya contado con la opinión y la voz de la Plataforma por los Derechos Trans, ya que la misma representa a más del 80% del tejido asociativo trans del estado español», aseguran.

Asimismo, desde esta plataforma también remarcan que este paso «no es suficiente» y consideran necesario que se aborde urgentemente «una Ley Trans Estatal, que garantice el acceso a los servicios públicos sin discriminaciones, en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía; y un protocolo de atención sanitaria de proximidad, sin segregación, fundamentado en el principio de autodeterminación del género y de despatologización de las identidades trans, pudiendo acceder a nuestras necesidades médicas y quirúrgicas en igualdad de trato que el resto de la ciudadanía». También reivindican en el plano educativo que los centros «respeten la identidad sentida por la persona, que la realidad de la transexualidad aparezca en los libros de texto, como otras diversidades, así como medidas de acción positiva en el empleo».

“Las personas trans necesitamos una ley específica que de respuesta integral a la situación de desigualdad social que a día de hoy, después de 39 años de aprobada la constitución, se enfrentan más de 46.000 ciudadanas y ciudadanos españoles, de los que más de 4.600 son menores”, declara Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma por los Derechos Trans. “El apoyo institucional y político es una necesidad para reparar tantos años de discriminación estructural, para que nunca más se vuelvan a vulnerar los derechos de estas personas”, ha añadido.

Para los socialistas se trata de “superar de una vez por todas una legislación que conceptúa el cambio de la identidad sexual y la expresión de género como una enfermedad, como un trastorno y como un problema individual”. Además, para el GPS, “resulta imprescindible lograr de manera definitiva la despatologización de las identidades trans, enfocándolas desde la perspectiva de la diversidad de género, eliminando para siempre las exigencias de informes o tratamientos médicos”, y “que se reconozca verdaderamente el derecho a la identidad sexual o expresión de género autopercibida y libremente determinada por cada persona”, se afirma en la iniciativa.

Por otro lado, con esta reforma “se reconoce de manera definitiva que los menores transexuales tienen derecho a desarrollarse libremente durante su infancia y su adolescencia conforme a la identidad sexual y expresión de género sentida, poniendo fin a la inseguridad jurídica que se está generando para ellos por las resoluciones contradictorias que se están dictando por los diferentes Registros Civiles”. Igualmente –se añade– “se aprovecha esta reforma para reconocer expresamente como beneficiarios y beneficiarias de esta Ley a las personas intersexuales a las que en el momento del nacimiento en la inscripción registral se les asignó un sexo no concordante con el propio sexo sentido”.

Finalmente, “se evita la discriminación de las personas extranjeras con residencia en nuestro país, posibilitando que los documentos que aquí se expidan para ello respeten su identidad sexual”.

Una ley ya envejecida

Diez años tras los cuales la ley 3/2007 demuestra un envejecimiento prematuro. Y es que cada vez es más numeroso el grupo de países que en esta materia han adelantado a España, incorporando el principio de autodeterminación de género a su legislación. Es el caso, en Europa, de Malta y Noruega (dos países que además reconocen ese derecho también a los menores) o de Irlanda, Dinamarca. Y tanto Escocia como Portugal tienen previsto sumarse al grupo próximamente.

En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando.

España, mientras tanto, había quedado “congelada” en el tiempo, al mantener como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigir (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico sí incorporan ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

La actual composición del Congreso, por otra parte, no debería hacer difícil la reforma de la ley. Ya el pasado mes de octubre la Comisión de Igualdad del Congreso aprobaba, con los votos a favor de todas las fuerzas políticas salvo del PP, que prefirió abstenerse, una proposición no de ley que instaba al Gobierno a modificar la legislación. La proposición, que fue presentada por Ciudadanos y recibió aportaciones de PSOE y Unidos Podemos, pedía eliminar tanto el límite legal de 18 años para que así los menores puedan modificar en el Registro Civil la referencia a su nombre y su sexo como la exigencia de un diagnóstico y tratamiento médico.

En la actual coyuntura política española, aunque el PP se opusiera frontalmente a una reforma de este tipo, si las fuerzas que aprobaron esta proposición fuesen capaces de ponerse de acuerdo una reforma así podría ser aprobada en el Congreso y superar un hipotético veto del Senado. Sería complicado, además, que el Gobierno hiciese uso de la prerrogativa que el artículo 134.6 de la Constitución Española le otorga: tener que dar su conformidad a aquellos proyectos de ley que pueda elaborar la oposición cuando supongan “aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario”, prerrogativa que según los analistas el Gobierno de Mariano Rajoy va a defender con uñas y dientes ante el Tribunal Constitucional cada vez que se presente un proyecto de ley que no desea aprobar. Está por ver qué sucedería en este caso, en el que parece difícil argumentar que la reforma vaya a suponer un aumento del gasto. El hecho de que el PP se abstuviese y no votase en contra hace pensar que la oposición en este caso podría no ser tan frontal.

Por lo pronto el grupo socialista ha dado el primer paso. Veremos qué sucede en próximas semanas.

Fuente Agencias, vía Cáscara amarga/Dosmanzanas

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El Gobierno de Malta anuncia que trabaja en una ley de matrimonio igualitario que podría aprobarse este año

sábado, 25 de febrero de 2017
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People celebrate in Saint George's Square after the Maltese parliament approved a civil unions bill in Valletta on April 14, 2014. Malta's parliament approved the bill that grants marriage rights to homosexual couples, including the possibility to adopt children. AFP PHOTO/MATTHEW MIRABELLI == MALTA OUT ==img_2197La ministra de Libertades Civiles, Helena Dalli, aseguraba este martes que Malta se encuentra en proceso de redactar un proyecto de ley de igualdad matrimonial. El anuncio tenía lugar en un acto organizado por Drachma, una asociación maltesa LGTB. Aunque este pequeño país mediterráneo aprobó en 2014 una avanzada ley de uniones civiles (que incluye la adopción), Dalli ha asegurado que no debe haber diferencias nominativas respecto a los matrimonios heterosexuales. El presidente del Movimiento por los Derechos Gay de Malta (MGRM), Gabi Calleja, considera que el matrimonio plenamente igualitario “asegurará que las parejas del mismo sexo no solo tengan acceso a la igualdad de derechos, sino también a la igualdad de condición, de reconocimiento y de todas las implicaciones que esta palabra lleva consigo”.

La nueva legislación matrimonial que el Gobierno de Malta tiene sobre la mesa y que pretende aprobar este mismo año convertiría a este estado europeo en uno de los más avanzados de Europa en materia LGTB. Sin embargo, además de igualar definitivamente los derechos de las parejas del mismo y distinto sexo, introduciría cambios que beneficiarían a estas últimas; como la posibilidad de elegir el apellido familiar, un aspecto que hasta ahora solo recogía la ley de uniones civiles de 2014, del que no podían beneficiarse los matrimonios heterosexuales (que automáticamente vienen adoptando el linaje del hombre).

El 4 de marzo de 2016 el primer ministro de Malta, Joseph Muscat, ya dejó caer que “estoy a favor del matrimonio gay” y que se abría el “tiempo para debatir sobre este tema”. Entonces, el líder nacionalista de la oposición, Simon Busuttil, declaró que en tanto que la ley de uniones civiles otorgaba a las personas homosexuales los mismos derechos y obligaciones que un matrimonio civil, no veía “ninguna dificultad” en cambiar el nombre de la ley para reflejar lo que realmente es: un matrimonio. Pero este supuesto apoyo de los nacionalistas se veía salpicado por una acusación: según Busuttil, el gobernante Partido Laborista ofrecía en ese momento su respaldo al matrimonio igualitario para “desviar la atención” del escándalo de los papeles de Panamá.

Sea como fuere, cabe recordar que el Partido Nacionalista se abstuvo en 2014 en la votación de la ley de uniones civiles por no acabar de compartir la inclusión del derecho de adopción. En este sentido, el primer ministro considera que “Simon Busuttil no tiene credibilidad” ya que, además de la mencionada abstención de su grupo, “pasó días esperando hasta que dijo que estaba en contra de las terapias de conversión gay”.

Malta: un referente de políticas igualitarias

Malta es un país profundamente católico y, no obstante, en los últimos años se está convirtiendo en un referente de políticas igualitarias, a las que, como hemos explicado en líneas anteriores, podría sumarse en los próximos meses la total equiparación matrimonial de las parejas del mismo y de distinto sexo.

A finales del año pasado, el Parlamento maltés prohibía las llamadas “terapias” reparadoras de la homosexualidad y ampliaba su ley de identidad de género. Con esta legislación, Malta se convertía en el primer estado de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. Asimismo, mejoraba su ya avanzada normativa legal para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta entonces eran 18) y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

Su anterior ley de identidad de género hay que decir que ya reconocía y amparaba los derechos de las personas transexuales e intersexuales, despatologizando por completo la transexualidad e incluyendo a los menores. Como ya hemos dicho desde dosmanzanas en varias ocasiones, el de Malta es todo un ejemplo para la comunidad internacional.

Fuente Dosmanzanas

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Católicos homosexuales afirman que las pautas de los obispos de Malta les permiten comulgar

lunes, 30 de enero de 2017
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beso-gay-vaticano«En esta nueva era papal, es una cuestión de voluntad episcopal», dicen

Saludan la actitud «compasiva» de Scicluna y Grech ante las «situaciones irregulares»

(Cameron Doody).- «Los principios que elaboraron son transferibles a los católicos LGBT y a sus seres queridos». Así ha acogido la organización New Ways Ministry la actitud «matizada y compasiva» de los obispos de Malta hacia los creyentes en situaciones «irregulares», sosteniendo que su ejemplo puede abrir el camino a la participación de católicos gays en los sacramentos de la reconciliación y la eucaristía.

En un blog colgado en la web del servicio pastoral a los católicos homosexuales, su editor adjunto, Robert Shine, sostiene que los criterios de los obispos Charles Scicluna y Mario Grech sobre la participación en la disciplina sacramental son aplicables tanto a las personas separadas y divorciadas como a las personas gays.

Cabe recordar que en sus pautas para la aplicación de la Amoris laetitia los prelados malteses avanzaron el siguiente principio:

Si, como resultado del proceso de discernimiento, emprendido con «humildad, discreción y amor por la Iglesia y su enseñanza» … una persona separada o divorciada que vive en una nueva relación, discierne, con una conciencia informada e iluminada, reconocer y creer que él o ella están en paz con Dios, él o ella no pueden ser excluidos de participar en los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía.

sciclunaCharles Scicluna

Para Shine, la clave del documento de los prelados malteses es su ejemplo de no discriminación. Tal y como recuerdan los obispos con la propia exhortación apostólica, los católicos en situaciones familiares «irregulares» -sean éstas debidas a la separación, el divorcio o incluso a la orientación afectiva– bajo ningún concepto deben ser tratados de forma diferente a los demás creyentes.

Es más: según plasmaron Scicluna y Grech, los católicos en situaciones difíciles pueden volver a los sacramentos al «formar e iluminar su propia conciencia, de modo que puedan hacer una decisión honesta ante Dios y actuar según el mayor bien posible».

Como Shine recuerda, si la participación en los sacramentos depende de tal proceso de discernimiento y formación, la Iglesia tiene que reconocer que este es un momento por el que han pasado también muchos católicos gays.

«La Iglesia debe ayudar a formar conciencias, no reemplazarlas», escribe Shine, «y ha de respetar las decisiones de la conciencia una vez ya tomadas«. En cuanto a los creyentes LGBT, observa, ellos también «han hecho una decisión honesta ante Dios». Y si las personas separadas o divorciadas pueden volver a los sacramentos una vez que se sientan ellos mismos en situación de paz con Dios -tal y como sostuvieron los obispos Scicluna y Grech- tal principio lógicamente puede ser extendido también a los creyentes homosexuales.

«Entre las muchas disputas sobre Amoris laetitia», concluye Shine, «los obispos de Malta han mostrado lo que los líderes de la Iglesia pueden hacer con el espacio creado por el Papa Francisco al haber recuperado partes olvidadas de la tradición católica».

«En esta nueva era papal», añade, «es una cuestión de voluntad episcopal, más que cualquier restricción del Vaticano, la que dictará cómo se profundice la inclusión de personas LGBT».

Fuente Religión Digital

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Portugal despatologizará la transexualidad y prohibirá las “cirugías de asignación” en bebés intersexuales

lunes, 9 de enero de 2017
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bandera-portugalPortugal actualizará su ley de identidad de género, vigente desde 2011, para eliminar la necesidad de un diagnóstico de “trastorno de identidad de género” para proceder al la modificación del sexo registral, así como para reducir de 18 a 16 años el límite de edad a partir de la cual la persona podrá solicitar la modificación. La ley también garantizará que los menores sean tratados en las escuelas de acuerdo a su identidad y prohibirá que los bebés sean sometidos a cirugía para asignarles un sexo u otro.

Magnífico ejemplo el de Portugal, que en solo seis años actualizará su vigente ley de identidad de género, aprobada definitivamente en 2011. Aquella ley, que en su momento significó un avance muy importante sobre la situación anterior, exigía la presentación de un certificado que acreditase el diagnóstico de “trastorno de identidad de género” emitido por un equipo multidisciplinar de sexología clínica que incluyese al menos a un médico y a un psicólogo. En este sentido, el proyecto seguía el modelo de leyes como la aprobada en 2007 en España, pero suponía ya un avance respecto a esta, al no incluir, por ejemplo, el requisito de que la persona transexual tuviese que haber sido tratada médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado, tal y como exige la ley española.

La nueva ley eliminará por tanto todo vestigio de patologización de la transexualidad. Pero según han adelantado los medios portugueses el proyecto incluye otras reformas, como la disminución de la edad a partir de la cual la persona podrá solicitar el trámite desde los 18 a los 16 años, además de la garantía a los menores transexuales de que en la escuela serán tratados de acuerdo a la identidad de género que manifiestan. Otra novedad muy importante que también incluirá la futura ley, relativa en este caso a las personas intersexuales (aquellas que nacen con características físicas de los dos sexos) es que prohibirá que se les realicen intervenciones quirúrgicas para asignarles un sexo u otro hasta que no sean ellas las que libremente decidan qué hacer. Solo quedarán excluidas de la prohibición aquellas intervenciones necesarias para evitar riesgos y complicaciones para la salud.

Está por ver si el proyecto de ley, que el Gobierno de Portugal tiene previsto presentar a lo largo de este mes, sufre modificaciones en su tramitación parlamentaria, sea en sentido positivo o negativo. En cualquier caso, no debería contar con grandes dificultades para salir adelante. El Gobierno socialista de Portugal cuenta con el apoyo tanto de los propios diputados socialistas (86) como del Bloque de Izquierda (19), Partido Comunista (15) y Verdes (2), lo que le da mayoría parlamentaria suficiente. El propio Bloque de Izquierda, de hecho, propuso hace unos meses un proyecto similar al que ahora tiene previsto presentar el Gobierno.

Hay que tener en cuenta, además, que la derecha portuguesa, cuya fuerza mayoritaria es el  Partido Social Demócrata (PSD, 89 diputados) no tiene una trayectoria tan hostil a los derechos LGTB como la de por ejemplo el Partido Popular español. En 2010, por ejemplo, hasta 12 de los entonces 81 diputados del PSD votaron a favor de la vigente ley de identidad de género, mientras que en España el PP acabó oponiendose a la ley de 2007 en su votación final por el Congreso. Bien es cierto que el entonces presidente portugues, Aníbal Cavaco Silva, también del PSD, vetó la ley, al considerar que debía endurecerse el trámite médico para poder solicitar la modificación (la Asamblea levantó posteriormente el veto).

¿Y en España, qué?

Portugal se sumará, de esta forma, al cada vez más numeroso grupo de países que respetan legalmente el principio de autodeterminación de género, como Noruega (que reconoce ese derecho también a los menores), Irlanda, Dinamarca o Malta. Este último país, de hecho, está considerado por las organizaciones trans el más aventajado por lo que al tratamiento del sexo legal de los menores se refiere, al no establecer límite de edad inferior para proceder a la modificación. La ley maltesa, además, fue pionera en el mundo al prohibir cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento, un paso que ahora decide dar Portugal.

En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando. Y en Escocia ya se están planteando un avance similar.

España, mientras tanto, ha quedado “congelada” en el tiempo y mantiene como requisito para que las personas trans puedan acceder a la modificación registral del sexo un diagnóstico de “disforia de género” y exige (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico sí incorporan ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

PSOE, Unidos Podemos y Ciudadanos podrían aprobar una reforma

Congreso de los Diputados cercaEl pasado mes de octubre, sin embargo, la Comisión de Igualdad del Congreso aprobaba, con los votos a favor de todas las fuerzas políticas salvo del PP, que prefirió abstenerse, una proposición no de ley que instaba al Gobierno a modificar la legislación. La proposición, que fue presentada por Ciudadanos y recibió aportaciones de PSOE y Unidos Podemos, pedía eliminar tanto el límite legal de 18 años para que así los menores puedan modificar en el Registro Civil la referencia a su nombre y su sexo como la exigencia de un diagnóstico y tratamiento médico.

En la actual coyuntura política española, aunque el PP se opusiera frontalmente a una reforma de este tipo, si las fuerzas que aprobaron esta proposición fuesen capaces de ponerse de acuerdo sobre el texto de una futura ley esta podría ser aprobada en el Congreso y superar un hipotético veto del Senado. Sería complicado, además, que el Gobierno hiciese uso de la prerrogativa que el artículo 134.6 de la Constitución Española le otorga: tener que dar su conformidad a aquellos proyectos de ley que pueda elaborar la oposición cuando supongan “aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario”, prerrogativa que según los analistas el Gobierno de Mariano Rajoy va a defender con uñas y dientes ante el Tribunal Constitucional cada vez que se presente un proyecto de ley que no desea aprobar. Y la actual composición del Tribunal Constitucional, como bien sabemos, es favorable a los postulados del PP por amplia mayoría, y así va a seguir siendo. Está por ver qué sucedería en este caso, en el que parece difícil argumentar que la reforma vaya a suponer un aumento del gasto. El hecho de que el PP se abstuviese y no votase en contra hace pensar que la oposición en este caso podría no ser tan frontal.

En cualquier caso, no parece que sus señorías de la oposición tengan mucha prisa por alcanzar acuerdos de este tipo al margen del Gobierno. Esperemos que al menos en este aspecto el ejemplo de Portugal les sirva de acicate.

Fuente Dosmanzanas

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Willa Naylor, la niña trans que cambió las leyes de todo un país

miércoles, 28 de diciembre de 2016
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willa-naylor-520x347La lucha de Willa y sus padres para que se reconocieran sus derechos llevó al gobierno de Malta a aprobar la ley más avanzada en materia de derechos trans del mundo.

Cuando Willa nació, hace ahora 8 años, su sexo biológico era el de un niño y así fue como sus padres la criaron. Pero Willa no era un niño, era una niña. Desde muy pequeña Willa siempre elegía los juguetes y la ropa de niña, y su familia no sabía muy bien cómo manejar la situación. Lo explica su madre a ABC Malta: “Creía que estaba criando a un niño así que le decía ‘uy no, elige cosas de chico’; y ahora me siento mal por eso pero es que realmente no lo entendíamos“. “Recuerdo una vez que había unos zapatos rosas brillantes y me los pusieron” cuenta Willa, “Una amiga de mi madre que estaba con nosotros dijo que no estaba bien que un niño dijera que quería zapatos rosas.

Los primeros años de Willa no fueron fáciles. La niña no socializaba con otros niños, no jugaba, no hablaba con ellos y los médicos le dijeron a los padres que Willa tenía mutismo selectivo: Willa estaba tan coartada que sólo hablaba cuando estaba en casa. Allí Willa se probaba la ropa de su madre y jugaba con sus cosméticos con sólo cuatro años: “Empecé a ponerme un poco estricta en esa época, intentando ser autoritaria, para ver si eso ayudaba. Y durante un tiempo dejó de hacerlo. Pero entonces empezamos a pensar en mudarnos y nos dijo: ‘¿En mi nuevo dormitorio, habrá vestidos para una niña de cinco años?’ Le dije que pensaba que todo eso ya se había acabado y ella respondió: ‘No, esa soy yo mami. Es quien siempre seré.‘”

Ahí fue cuando los padres de Willa se dieron cuenta de que tenían una hija transgénero: “Al principio no fue fácil porque tienes que despedirte de la situación que pensabas que estabas viviendo. Es una especie de proceso de duelo. Tienes que dejar ir lo que pensabas que era y los pequeños apodos. A veces hablaba de mi ‘hijo”, de forma cariñosa, y son esas pequeñas cosas las que tienes que abandonar. Y fue duro, pero entonces vimos lo feliz que era.

El problema es que por muy comprensivos que fueran los padres de Willa, las leyes de Malta no estaban preparadas para tratar con menores trans. En el colegio Willa tenía que seguir vistiéndose como un niño y los profesores y compañeros seguían refiriéndose a ella con su nombre de chico porque la ley no permitía cambiarle el nombre. Cuando los padres de Willa les explicaron la situación, “fue como si les hubiera llevado un marciano. No sabían qué hacer. Era algo completamente nuevo. Querían ayuda de los médicos y cosas así, y se lo conseguimos.” Pero aunque el colegio quisiera cambiar, las leyes eran las que eran.

Willa era una niña. Y sus padres no estaban dispuestos a seguir haciéndole sufrir, así que salvo cuando iba al colegio le dejaban expresarse como ella necesitaba y presentarse al mundo como Willa: “El día que le permitimos hacer la transición fue el día en que potencialmente le salvamos la vida de muchas maneras, como tantos otros niños trans en todo el mundo que reciben apoyo; y a diferencia de otros que se auto lesionan o algo peor por culpa de la falta de amor y apoyo que reciben”, escribió la madre de Willa en un post en Facebook en el que se lamentaba de los horribles comentarios que algunos energúmenos les dejaban en las redes sociales. “La gente ve lo madura que es y por alguna razón no quieren aceptar que lo es. Estoy orgullosa de ver en lo que se ha convertido, es madura, sensible, se preocupa por los demás, es atenta, valiente y se conoce a si misma. Todo eso son cosas sobre ella que los demás no aceptan pero si hubieran visto por lo que ha pasado y de la coraza de tristeza y ansiedad que ha surgido tal vez entenderían nuestro nivel de orgullo.

Así que los padres de Willa comenzaron a reunirse con ministros y hablaron con el ministro que estaba tramitando la nueva legislación que permitiría que Willa fuera al colegio como Willa, y no como Will: “Ha habido niños en este país que podían ser ellos mismos durante el fin de semana pero el lunes tenían que ponerse el uniforme del género contrario. Eso es horrible. Cada vez que le hacía eso a mi hija sentía que la estaba matando.

Al final la lucha de los padres de Willa consiguió no solo que el gobierno aprobara la la Ley de Identidad de Género, Expresión de Género y Características Sexuales (que se considera la ley más avanzada en cuanto a los derechos de las personas trans de todo el mundo), sino que además el gobierno se la dedicó a Willa.

El Gobierno de Malta, además, ha diseñado un programa de dos años para continuar su trabajo en la protección de la comunidad LGTBIQ y el avance en sus derechos y la igualdad; y además ha presentado a sus escuelas directrices muy claras para ayudar a los estudiantes trans.

“Sienta bien que haya cambiado a todo Malta porque así otros niños en Malta lo tendrán más fácil y no tendrán que pasar tantos problemas. Se lo he hecho más fácil.” dice Willa, que se siente muy orgullosa de ser la niña que cambió las leyes de todo un país.

Una de las críticas que más reciben los padres de Willa es la de no proteger a su hija, la de exponerla a los medios y “utilizarla”. Pero la madre lo tiene claro: “Willa es la fuerza motora de su propia lucha. James y yo nos ponemos nerviosos muchas veces con los segmentos de noticias y a veces no queremos tener una vida tan pública. Pero ella es una luchadora, mucho más sabia y amable de lo que le toca por su edad. Y ésa es quien es, no queremos que deje de ser quien es y sin importar lo duro que sea hemos sido sus soldados en su lucha porque qué ¿de qué otra forma podemos ayudarla? ¿Cómo podemos ayudarla si no es estando orgullosos y acompañándola de aquí a la luna para ayudar a otros como ella alrededor del mundo, y ofreciendo nuestro tiempo y una historia personal para hacerlo?

Fuente: ABC Malta | Malta Independent, vía estoyBailando

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Malta prohíbe las “terapias” reparadoras de la homosexualidad y amplía su ley de identidad de género

viernes, 9 de diciembre de 2016
Comentarios desactivados en Malta prohíbe las “terapias” reparadoras de la homosexualidad y amplía su ley de identidad de género

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Excelentes noticias desde Malta, que ha aprobado en sede parlamentaria dos leyes muy positivas para la población LGTB. El país mediterráneo se convierte en el primero de Europa en prohibir las dañinas e inútiles “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. También amplía su ya avanzada legislación para permitir a las personas transgénero solicitar el cambio en el registro del sexo legal a partir de los 16 años (hasta ahora eran 18), y a la población reclusa servir condena en una prisión acorde a su identidad de género.

El Parlamento maltés aprobó este lunes dos proyectos de ley llamados a mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos LGTB. El primero de ellos, la Ley de Afirmación de la Orientación Sexual, la Identidad de Género y la Expresión de Género, es el primer texto legal de Europa que castiga penalmente las “terapias” reparadoras de la homosexualidad o la transexualidad. La nueva legislación prohíbe la patologización de cualquier orientación sexual o identidad o expresión de género. Para hacer efectiva esta provisión, establece multas de hasta 5.000 euros y penas de hasta cinco años de prisión para aquel que anuncie, ofrezca o lleve a cabo este tipo de pretendidos tratamientos.

La propuesta de ley había sido oficialmente presentado hace un año por la ministra de Diálogo Social, Consumo y Libertades Civiles, Helena Dalli. Tras un plazo de consultas públicas, periodo durante el cual cualquier ciudadano u organización pudo enviar sus alegaciones, el proyecto continuó su tramitación parlamentaria. Fue aprobado en segunda lectura en octubre de este año y en tercera y última lectura el lunes pasado.

A partir de ahora, en Malta estas prácticas serán penalizadas por la ley. El nuevo marco jurídico maltés recoge a través de la Ley de Afirmación de la Orientación sexual, de la Orientación de Género y de la Expresión de Género que ninguna orientación o identidad representa un desorden de la conducta que precise de tratamiento.

Según afirma el ‘Malta Today’, a partir de ahora, quienes intenten cambiar o reprimir a una persona se enfrentarán a multas que oscilarán entre los mil y cinco mil euros o a una pena de cárcel de cinco meses. En el caso de los pisquiatras, las sanciones serán más severas y podrán llegar hasta los diez mil euros y un año de prisión.

Además, la ley se completa rebajando a 16 años la edad mínima en la que una persona puede solicitar un cambio de sexo sin autorización judicial o parental, al tiempo que amplía los derechos de las personas detenidas en materia de identidad de género.

El uso de “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad ha sido ya prohibido en cinco estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos. California fue el primero en hacerlo hace ya más de tres años, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad hace un año) y los estados de Oregon, Illinois, Vermont, este mismo año. Estos “tratamientos” son considerados engañosos, porque de acuerdo a la evidencia científica carecen de utilidad. También son muy peligrosos, al poder lesionar gravemente la salud física y mental de las personas que se someten a ellos, empujándolas incluso al suicidio.

Los legisladores malteses también aprobaron definitivamente una reforma de la ya muy avanzada ley de identidad de género vigente en el país. El cambio afecta por una parte a los menores de entre 16 y 18 años, que ya no necesitarán contar con el consentimiento paterno para solicitar la modificación de su género legal en todos los documentos oficiales. Además, se establece que todas las personas en situación de privación de libertad puedan ser ubicadas en una institución penitenciaria acorde a su identidad de género si lo solicitan con una declaración jurada.

Malta sigue dando alegrías en materia de derechos LGTB, y ello a pesar de ser un estado confesionalmente católico, tras aprobar una avanzada ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo (que permite la adopción homoparental) y sobre todo una ley de identidad de género que reconoce y ampara los derechos de las personas transexuales e intersexuales, despatologiza por completo la transexualidad e incluye a los menores. Todo un ejemplo para la comunidad internacional.

Fuente Dosmanzanas/Redacción Chueca

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La UE logra un acuerdo a 18 para reconocer derechos a los matrimonios homosexuales

martes, 14 de junio de 2016
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stock-footage-realistic-d-detailed-slow-motion-europe-gay-flag-in-the-wind-seamless-looping-isolated-on-whiteEl acuerdo contempla reconocer a estas parejas derechos sobre el patrimonio. Se extiende también a las parejas de hecho.

Se aplicará a parejas con bienes transfronterizos, en diferentes países de la UE. Bruselas estima que hay al menos 16 millones de parejas «transfronterizas».

Los ministros europeos de Justicia lograron este jueves un acuerdo político, en el que solo participan 18 de los 28 países comunitarios, para reconocer los derechos patrimoniales de los matrimonios en la Unión Europea (UE), entre ellos homosexuales y parejas de hecho.

El Consejo de la UE, en el que están representados los Estados miembros, optó por la vía de la cooperación reforzada entre solo algunos de sus miembros tras constatar el pasado diciembre la negativa de países como Polonia y Hungría a avanzar en este asunto con el argumento de que interfiere en la identidad y su derecho de familia nacional.

El acuerdo alcanzado este jueves afecta a dos reglamentos, que llevan casi cinco años en negociaciones en el Consejo, dirigidos a establecer las normas que deben aplicarse en casos de regímenes patrimoniales transfronterizos, por ejemplo, de parejas de distinta nacionalidad que tienen casas en varios Estados miembros.

En concreto, los reglamentos recogen la jurisdicción, la legislación aplicable y el reconocimiento y cumplimiento de decisiones judiciales en materia de regímenes patrimoniales matrimoniales y de consecuencias patrimoniales de las uniones registradas.

Estas reglas, sobre las que ahora tiene que pronunciarse el Parlamento Europeo, fueron acordadas por España, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Alemania, Grecia, Francia, Croacia, Italia, Luxemburgo, Malta, Holanda, Austria, Portugal, Eslovenia, Finlandia y Suecia.

Los demás Estados miembros podrán sumarse si lo desean más adelante. Estonia ya ha anunciado su intención de unirse a esta cooperación una vez sea adoptada.

El ministro holandés de Justicia, Ard Van der Steur, celebró que se haya podido salir del bloqueo que experimentaban las negociaciones. Una vez se pronuncie la Eurocámara, se espera que la adopción formal de las medidas a finales de junio.

En la UE existen al menos 16 millones de parejas «transfronterizas», según los datos facilitados por la Comisión Europea.

Fuente Agencias/Cáscara amarga

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Noruega aprueba que el sexo legal pueda modificarse con un simple trámite administrativo, también en menores por encima de 6 años

viernes, 10 de junio de 2016
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bandera-de-noruegaNoruega se suma por la puerta grande a la ola despatologizadora de la transexualidad. El Parlamento noruego ha aprobado este lunes, por abrumadora mayoría (79 votos a favor y 13 en contra) una nueva ley de identidad de género, por la cual bastará un simple trámite administrativo para que los mayores de 16 años puedan modificar la referencia al sexo que aparece en sus documentos oficiales. El mismo procedimiento se aplicará a los niños y adolescentes de entre 6 y 16 años, siempre que cuenten con el visto bueno de sus tutores legales.

La ley noruega es bien sencilla. Nada de certificados, informes o cualquier otro tipo de documento médico o psicológico. Y nada de cirugía ni periodo mínimo de tratamiento hormonal. Bastará simplemente la voluntad libremente expresada de la persona, que a través de una solicitud administrativa podrá modificar su sexo legal. A partir de los 16 años bastará con la petición individual. Entre los 6 y los 16 años la solicitud del menor deberá acompañarse de la del tutor o tutores legales. En los casos en los que el menor esté en situación de custodia compartida y haya divergencia entre los tutores habrá una decisión gubernativa, que se tomará en cualquier caso teniendo en cuenta como criterio fundamental el bienestar del menor. Los cambios de estatus legal en menores de 6 años quedan limitados a los casos en los que alteraciones del desarrollo sexual no hayan permitido antes adjudicar el sexo que mejor se corresponde con la identidad de género que manifiesta el menor.

Noruega sustituye así un marco jurídico profundamente obsoleto por uno de los más adelantados del mundo. Para poder modificar su sexo legal, las autoridades noruegas exigían hasta ahora la esterilización de la persona. Puede parecer increíble, pero por ejemplo este requisito no desapareció hasta finales de 2012 en la vecina Suecia (y por mandato judicial) o hasta finales de 2013 en Holanda, países que como Noruega se sitúan entre los más socialmente avanzados.

Fue en diciembre de 2013 cuando el Ministerio noruego de Sanidad pidió a una comisión de expertos que actualizaran las directrices en su país. Así lo hicieron, y en abril de 2015 la comisión daba a conocer un informe que recomendaba al Gobierno noruego abandonar el paradigma patologizador y permitir que las personas trans pudiese rectificar el sexo que consta en sus documentos oficiales mediante una simple declaración administrativa. Hace ahora uno año recogíamos como el Ministerio de Sanidad de Noruega adelantaba por fin las líneas maestras de la reforma legal que finalmente ha sido aprobada este lunes.

España, retrasada

Noruega se coloca así en el grupo de cabeza por lo que al principio de autodeterminación de género se refiere, por delante por ejemplo de Argentina y Dinamarca (que sí lo aplican a mayores de edad pero que lo limitan en menores) y junto a Malta. Este último país, de hecho, está considerado por las organizaciones trans el más aventajado por lo que al tratamiento del sexo legal de los menores se refiere, al no establecer límite de edad inferior para proceder a la modificación. La ley maltesa, además, prohíbe cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento, siendo la primera del mundo en promulgar una disposición de este tipo (tan demandada por los colectivos de personas intersexuales). Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando. Y en Escocia ya se están planteando un avance similar.

España, mientras tanto, ha quedado “congelada” en el tiempo y mantiene como requisito para que las personas trans puedan acceder a la modificación registral del sexo un diagnóstico de “disforia de género” y exige (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Y aunque otras leyes posteriores de ámbito autonómico sí incorporan ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

Fuente Dosmanzanas

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El estado de Vermont prohíbe las “terapias” que aseguran “curar” la homosexualidad y la transexualidad en menores

lunes, 6 de junio de 2016
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VTEl estado de Vermont, en Nueva Inglaterra, se ha convertido en el séptimo territorio estadounidense en prohibir la aplicación a menores de edad de las mal llamadas “terapias reparadoras” o “de conversión” que aseguran ser capaces de modificar la orientación sexual o la identidad y/o expresión de género de las personas. A pesar del rechazo de las organizaciones médicas y científicas más prestigiosas y la desvinculación de muchos de sus líderes históricos, estas peligrosas prácticas siguen provocando un sufrimiento inútil que, por suerte, cada vez se encuentra con una acción más decidida por parte de los dirigentes políticos.

La legislatura de Vermont (de mayoría demócrata tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado) ha aprobado sin dificultad la medida, que el gobernador Peter Shumlin, también demócrata, rubricó el pasado 25 de mayo. La ley entrará en vigor el próximo 1 de julio. Antes de Vermont, el uso de estas prácticas en menores de edad había sido ya prohibido en cuatro estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos y en la ciudad de Cincinatti (Ohio).

El uso de estas prácticas en menores de edad ha sido ya prohibido en cuatro estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos. California fue el primero en hacerlo hace ya más de tres años, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad hace un año) y los estados de Oregón e Illinois, el año pasado.  La ciudad de Cincinatti, en Ohio, hizo lo propio a finales de 2015. Otro estado que quiso prohibirlas fue Nueva York, pero la tramitación encalló en el Senado estatal, controlado por los republicanos. Aún así, el gobernador Mario Cuomo anunció hace pocos meses que haría uso de sus competencias para introducir varias medidas ejecutivas para al menos reducir su campo de acción.
En Europa destaca el caso de Malta, en el que una propuesta presentada en diciembre del año pasado contempla la prohibición de aplicar estas “terapias” no solo a menores, sino a cualquier persona vulnerable. Por “persona vulnerable” el proyecto entiende tanto los menores de edad como a aquellas personas que independientemente de su edad sufran discapacidad física o psíquica, y en general todas aquellas personas que un juez considere “de riesgo” en el momento de iniciar la “terapia” por razones de madurez, estado de salud o situación de dependencia. La propuesta, que cuenta con la oposición de la Iglesia católica maltesa, no ha sido sin embargo aprobada todavía.

“No” rotundo a las “terapias” reparadoras de los especialistas

Precisamente en marzo de este año tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las terribles “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas (los riesgos incluyen depresión, ansiedad y comportamiento autodestructivo). Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

Fuente Dosmanzanas

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Un juez de Algeciras autoriza el cambio de la mención registral de sexo de un menor trans

lunes, 30 de mayo de 2016
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David-maritimo-Cadiz-Foto-familia_EDIIMA20160526_0682_4David, en el paseo marítimo de Cádiz | Foto cedida por la familia

El algecireño David E., de 17 años de edad, ha recibido un auto judicial que confirma su cambio de nombre y de género, convirtiéndose así en el primer caso de un menor transexual reconocido en Andalucía.

Importante sentencia la de un juzgado de Algeciras (Cádiz), que por primera vez en Andalucía reconoce el derecho de un menor transexual a cambiar no solo su nombre, sino la mención registral de su sexo. “Negar lo solicitado por el menor y sus padres sería equiparable a negar la realidad del menor sentida y aceptada por él mismo, su familia y su entorno educativo”, expresa el juez que ha firmado el auto, encargado del Registro Civil de Algéciras.

Según el auto del juez encargado del Registro Civil de Algeciras, fechado el pasado 12 de mayo, “negar a estos menores el derecho a que se les reconozca su verdadera identidad sexual, sin dudas ni ambages, es tanto como negarles llevar una vida plena y libre, sin que se vean obligados a afrontar situaciones que puedan menoscabar su dignidad personal”, añade el auto, según difundía este jueves eldiario.es.

Para Isabel, la madre del menor, la resolución judicial es un auténtico “descanso” que pone punto final a un importante sufrimiento en su hijo, que ya se enfrentaba a situaciones de incomprensión por la discordancia entre su DNI, que sigue reflejando el sexo femenino que le fue atribuido en el momento de su nacimiento, y no su identidad masculina, fuese simplemente al entrar a una discoteca o de comprar títulos de transporte.

Isabel Torres, madre del menor, ha relatado este viernes todo el proceso antes de llegar al «feliz» desenlace para su hijo y para la familia. «La verdad es que él siempre se sintió niño», pues «digamos que no cumplía con los estereotipos marcados» y, a modo de ejemplo, ha dicho que «prefería el fútbol a las muñecas».

David, que reveló abiertamente su identidad masculina a su familia hace ahora catorce meses (antes se lo había contado a sus amigos), ya podrá recibir su título de bachillerato con su nombre. “Cuando lo vi crecer yo no lo veía femenina, no le gustaba ponerse falda, ni quitarme el pintalabios. Pedía regalos que la sociedad asigna a los chicos. Ahora entiendo muchas cosas”, explica.

El camino hasta aquí «no ha sido fácil», comenta la madre, que ha detallado que fue «hace 14 meses» cuando explicó a su familia «cómo se sentía y que siempre había sido un niño». A partir de entonces comenzaron con un tratamiento hormonal y, tras una sentencia que conocieron en Valencia en la que se autorizaba el cambio de nombre y género, Isabel Torres se puso a trabajar, junto a otras madres de Algeciras que tienen también hijos transexuales para intentar conseguir ese objetivo para su hijo. «A determinada edad puede tener problemas para salir de España, entrar en discotecas, etcétera», haciendo referencia a la no coincidencia, en su momento, entre la foto del DNI y la realidad.

Así, el pasado 14 de abril acudieron al Registro Civil para iniciar los trámites y hace unos días el juzgado confirmó el cambio de nombre y sexo legales para David. «Estamos muy contentos», ha apuntado la madre, que explica el «cambio total» de su hijo, que «antes era mal estudiante, ahora aprueba y se le ve más cómodo y sobre todo tranquilo». El tránsito social en el instituto lo hicieron con ayuda de una orientadora que resultó estar especializada en el tema. David, de hecho, usa ya las instalaciones de chicos de su instituto y aparece en las listas con su nombre sin problema.

Torres también ha considerado que lo ocurrido con su hijo puede ser «un punto de inflexión para otras personas que puedan tener esta situación,» aunque ha admitido que el camino «no ha sido fácil», ya que «en la sociedad aún hay mucho rechazo a estas situaciones».

La justicia, árbitro de una situación cada vez más incomprensible

Ahora David ha visto por fin legalmente reconocida su identidad, pero ha tenido que ser después de un proceso judicial que su familia puso en marcha ante la eventualidad de que su título oficial de bachillerato no reflejara su nombre. Han tenido que presentar informes del endocrino y del centro donde ha recibido tratamiento hormonal, informes psicológicos, actas del instituto, informes de adaptación… Hasta sus calificaciones escolares. Afortunadamente en este caso han topado con un juez sensible a la realidad trans. Pero no siempre es así. Hace pocos meses recogíamos el caso contrario: una jueza se negó autorizar que Alexa, una chica adolescente, viese reconocido legalmente su nombre pese a que su identidad es femenina desde su más tierna infancia (como también avalaban, por cierto, informes médicos, psicológicos y escolares).

Aunque no hay cifras oficiales, se estima que hasta la fecha son varias decenas los menores que ha solicitado el cambio de nombre, pero no todos ellos lo consiguen. Menos frecuente todavía es que el juez autorice también el cambio de la mención registral del sexo, como afortunadamente en este caso han conseguido David y su familia. Una arbitrariedad que se explica debido la ya obsoleta ley de identidad de género española, que sigue excluyendo a los menores de la posibilidad de modificar sus datos registrales sin la intervención de un juez (y que incluso para los mayores de edad sigue contemplando como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigiendo, con algunas excepciones, dos años de tratamiento hormonal). La exclusión de los menores, de hecho, está pendiente de ser revisada por el Tribunal Constitucional a petición del Tribunal Supremo, cuya sala civil planteó hace pocas semanas una cuestión de inconstitucionalidad al considerar que la jurisprudencia funda la procedencia del cambio en la mención registral del sexo de las personas transexuales en principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de los cuales también son titulares las personas menores de edad.

Una situación cada vez más incomprensible si se tiene en cuenta que países como IrlandaArgentinaDinamarca o Malta han modernizado ya sus legislaciones consagrando el principio de autodeterminación de género, de forma que sea cada persona, en uso de su libertad individual y sin necesidad de justificación médica o psicológica alguna, decida cómo quiere ser reconocida legalmente. El modelo de la “muy católica” Malta, de hecho, está considerado por las organizaciones trans como el más aventajado, al no establecer límite de edad inferior para proceder a la modificación del “sexo registral” y por tanto extender ese principio a los menores. Malta, precisamente, dio a conocer hace meses sus nuevas directrices en materia educativa para combatir la discriminación de las personas trans e intersexuales (puedes descargar aquí el documento). También Noruega planea un cambio similar que sería extensivo a menores, con ciertas limitaciones.

España ya ha quedado rezagada en esta materia. Resulta lamentable que tenga que ser algunos tribunales (entre ellos el Supremo) los que enmienden la plana a una clase política que 9 años después de la aprobación de la ley 13/2007 ha sido incapaz de actualizarla y adecuarla a la realidad social.

Fuente Eldiario.es/ Dosmanzanas/Cáscara Amarga

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