Malta, cerca de convertirse en el primer país de Europa en prohibir las “terapias” reparadoras de la homosexualidad
Malta sigue dando alegrías en materia de derechos LGTB, y ello a pesar de ser un estado confesionalmente católico… Tras aprobar una avanzada ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo (que permite la adopción homoparental) y sobre todo una muy avanzada ley de identidad de género que reconoce y ampara los derechos de las personas transexuales e intersexuales, despatologiza por completo la transexualidad e incluye a los menores, ahora llega el turno de las “terapias” reparadoras o de conversión, que podrían quedar prohibidas si se aprueba el proyecto de ley que el Gobierno maltés acaba de presentar. Sería el primer país de Europa en dar ese paso.
El proyecto de ley ha sido oficialmente presentado este 15 de diciembre por la ministra de Diálogo Social, Consumo y Libertades Civiles, Helena Dalli. Ahora se abre un plazo de consultas públicas, que concluirá el 15 de enero, periodo durante el cual cualquier ciudadano u organización puede enviar sus alegaciones (ver aquí) y tras el que el proyecto continuará su tramitación parlamentaria. En caso de aprobarse en su redacción actual, las “terapias” reparadoras o de conversión de la orientación sexual y de la identidad de género quedarán prohibidas por engañosas (de acuerdo a la evidencia científica carecen de utilidad) y peligrosas, al poder lesionar gravemente la salud física y mental de las personas que se someten a ellas, empujándolas incluso al suicidio.
El uso de “terapias” reparadoras o de conversión en menores de edad ha sido ya prohibido en cuatro estados norteamericanos, además de en la capital de los Estados Unidos. California fue el primero en hacerlo hace ya más de tres años, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad hace un año) y los estados de Oregón e Illinois, este mismo año. En el caso de Malta, sin embargo, la protección será mayor, dado que la propuesta contempla la prohibición de aplicar estas “terapias” no solo a menores, sino a cualquier persona vulnerable. Por “persona vulnerable” el proyecto entiende tanto los menores de edad como a aquellas personas que independientemente de su edad sufran discapacidad física o psíquica, y en general todas aquellas personas que un juez considere “de riesgo” en el momento de iniciar la “terapia” por razones de madurez, estado de salud o situación de dependencia.
La aplicación de las “terapias” reparadoras en estas condiciones sería castigada con multas que pueden oscilar entre los 1.000 y los 5.000 euros y penas de cárcel de 1 a 6 meses (en el caso de personas que fuercen o inciten, pero que no sean profesionales) y multas de entre 2.000 y 10.000 euros y penas de cárcel de 3 meses a 1 año (en el caso de los profesionales).
Si el Parlamento de Malta aprueba finalmente la ley, el pequeño país mediterráneo será el primer país de Europa en prohibir esta infame práctica. Todo un ejemplo.
Fuente Dosmanzanas
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