Comentarios desactivados en Rusia: La justicia invalida la prohibición del Orgullo en la ciudad de Kostroma
Un tribunal de la ciudad de Kostroma -al norte de Rusia- ha dictaminado que las autoridades municipales han prohibido de manera injustificada la celebración del Orgullo LGTB y ha obligado a compensar monetariamente a Nikolai Alekseyev (en la fotografía), el activista promotor del encuentro, por los perjuicios ocasionados
Por esta razón no podemos acoger sino con alegría el reciente fallo de la Corte de Distrito de Sverdlovsk de la ciudad de Kostroma, que ha declarado injustificadas la prohibición de las marchas y manifestaciones pro LGTB organizadas por el movimiento activista.
Según informa el servicio de prensa del tribunal, la Dirección Financiera de la administración de la ciudada deberá cumplir parcialmente las dos demandas presentadas por Nikolai Alekseyev, y compensarle con la cifra de 6.000 rublos más 300 de las tasas judiciales -alrededor de 900€ en total-, mientras señala que una denuncia más del activista sigue en curso.
En abril de 2014, las autoridades de la ciudad de Kostroma negaron dar licencia a la celebración del un evento pro LGTB personalizado en la figura de la actriz soviética Faina Ranevskaya, conocida por sus ingeniosas muletillas relacionadas con la cultura pop y el colectivo.
La otra decisión de las autoridades municipales que ha sido invalidada por el Tribunal se refiere a la prohibición oficial de la marcha del Orgullo LGTB de juinio, dos meses más tarde.
Alekseyev, una de las caras del activismo LGTB ruso más visibles y contestatarias, ha sido el objetivo desde hace años de las homofobia institucional.
El abogado y periodista ha experimentado el encarcelamiento, trabajos forzados, la violencia de las fuerzas de seguridad y recurrentes multas por su visibilidad y trabajo en favor de los derechos humanos del colectivo, así como numerosos boicots y ataques espontáneos de grupos ultra ortodoxos.
No obstant,e y a pesar de la oposición de las instituciones rusas, el activista ha intentado sin éxito impulsar otras jornadas de protesta LGTB en las principales ciudades rusas, que suelen negar su permisión aduciendo que temen posibles conflictos entre los manifestantes y la sociedad civil.
Comentarios desactivados en Despiden sin justificación a una transexual de una tienda de Santory en Veracruz
Una transexual denuncia haber sido despedida sin ninguna explicación de una tienda de Santory en Tierra Blanca en lo que considera un caso de discriminación por identidad de género.
Eliseo Carlín Sánchez, más conocida como Eli Dior, denuncia haber sido despedida este viernes de una tienda de Santory en Tierra Banca por el gerente de la zona de Veracruz, Erick Nava, en lo que defiende es un caso de discriminación por identidad de género. Los empleados fueron ordenados de no dejar pasar más a Eli Dior, un joven transexual de 27 años de edad que siempre fue dedicado en su trabajo.
Eliseo Carlín denuncia discriminación por su condición sexual, asegura que él siempre fue entregado a su trabajo “yo siempre di lo mejor de mí, así como soy, así como me ve yo era muy productivo para la empresa, de la noche a la mañana me dicen que yo no cumplía las reglas de la empresa, no se me hace justo, porque yo muchas veces modelaba los nuevos modelos de vestidos de ropa que llegaba porque yo cuido mi cuerpo y pues soy delgada, todo estaba bien, no sé qué paso la verdad”, declara Eli Dior, de 27 años de edad, explicando que, después de dos años trabajando en la tienda fue sacada del local sin ninguna explicación, teniendo sus compañeros la orden de no permitirle la entrada.
Antes de interponer una denuncia legal por discriminación, ha solicitado a los propietarios de la empresa que le informen de la verdadera razón por la que se le ha despedido, dice que esta es una conducta de despido injustificado, añadiendo que el procedimiento no hace justicia a la dedicación que siempre ha mostrado por la empresa: «que me digan en qué fallé o cuál fue mi error y con mucho gusto me voy de la empresa», señala asombrada con el hecho de que le trataran como a una ladrona,“eso de no dejarme entrar a la empresa como si fuera yo un ladrón o un apestoso está mal no debería de ser».
La situación que vive quiere denunciarla ante las instancias correspondientes para que tomen cartas en el asunto; Santory sin lugar a dudas ha violado y transgredido los derechos humanos del joven trabajador simplemente por su condición o preferencia sexual. Ojo a los colectivos de defensa de los derechos humanos o a la propia CNDH para que investigue esta conducta homofóbica y racista de una empresa que se dice valorar y respetar al género femenino y que se dice enaltecer el valor humano.
Se tendrá que investigar a los trabajadores encargados de esta región el porqué del despido, y sobre todo al jefe de derechos humanos de Santory de nombre Félix quien no da la cara para explicar la situación al trabajador, Eli Dior señala que la empresa es racista.
«Ponte lista, ponte Santory», señala la cadena de ropa mexicana en su página web, indicando como su principal objetivo el de «satisfacer la necesidad de la mujer mexicana de nivel socio-económico medio-bajo de vestir a precios asequibles. Basados en tiendas de menudeo ofrecemos propuestos con una gran variedad de ropa. Esta marca se distingue por su precio económico y su calidad». Definiendo que los valores que les representan son la «honestidad e integridad».
Comentarios desactivados en 130 médicos y biólogos de Francia se autoinculpan por haber ayudado a mujeres sin pareja masculina a acceder a la reproducción asistida
Hasta 130 médicos y biólogos se han autoinculpado, en una carta publicada en el diario Le Monde, de haber colaborado en los procesos de reproducción asistida de parejas de mujeres y de mujeres solas, una práctica prohibida en Francia y que el gobierno de ese país, pese a su promesa electoral, ha decidido mantener en la ilegalidad para no provocar la ira de los grupos conservadores.
En Francia, la reproducción asistida solo está permitida a parejas de distinto sexo, casadas o no, que además deben acreditar la esterilidad de al menos uno de sus miembros. Se trata de una prohibición total, que afecta tanto a clínicas públicas como privadas, y que obliga a cualquier mujer francesa sin pareja masculina que desee ser madre a acudir a países vecinos, como Bélgica o España.
La modificación de esta prohibición había sido durante años una de las banderas del Partido Socialista francés en materia de derechos LGTB, y de hecho la promesa estaba incluida en el programa con el que los socialistas ganaron las elecciones legislativas de 2012. El propio presidente François Hollande se posicionó siendo candidato presidencial a favor del cambio. Tras su elección, sin embargo, pasó a adoptar una posición ambigua, respondiendo cuando se le preguntaba una cosa u otra en función del auditorio que tuviera delante. No fue sin embargo hasta 2014, tras la remodelación que siguió a la derrota socialista en las elecciones municipales y que convirtió a Manuel Valls en el nuevo jefe de gobierno, cuando se anunció la renuncia a aprobar la modificación legal.
Una marcha atrás que tenía lugar en el contexto de la derechización que Valls impuso al Gobierno socialista, uno de cuyos elementos ha sido el acercamiento a la Iglesia católica y a los contrarios a los derechos LGTB. Laurence Rosignol, que entró con Valls en el gobierno francés como secretaria de estado de Familia, recibió, en el que fue uno de sus primeros gestos políticos, a los representantes de la Manif pour tous, el movimiento homófobo que lideró las protestas contra el matrimonio igualitario, ante los cuales adelantó la renuncia a modificar la reproducción asistida.La propia Rossignol, ahora ascendida a ministra de Familia, Infancia y Derechos de las Mujeres, confirmaba la marcha atrás en una entrevista a Libération publicada en febrero. “No quiero que se diga que la izquierda promueve debates sociales para distraer la atención, como fue el caso durante el debate sobre el matrimonio igualitario. La vociferación de la Manif pour tous lo paralizó todo. No quiero verme impotente en todo lo que tengo que hacer por lanzar un debate sobre la PMA [procréation médicalement assistée, o reproducción asistida]. Ahora, usted dice ‘PMA’ y las redes sociales arden. Estos temas deben ser tratados por una sociedad apaciguada. Y yo ahora trabajo para apaciguarla”, justificaba, pese a asegurar que ella, “a título personal”, estaba en contra de la prohibición.
Una argumentación especialmente cobarde: que un gobierno democráticamente elegido renuncie a acabar con una disposición legal discriminatoria en materia de derechos civiles, tal y como había prometido en su programa, para así mantener “apaciguados” a los defensores de dicha discriminación no hace sino reforzar a estos. No está de más recordar que la cobardía del Gobierno francés va incluso más allá de negar a las mujeres sin pareja masculina el derecho a la reproducción asistida, aún pagándola de su bolsillo en una clínica privada. El gobierno de Valls se negó incluso a apoyar en 2014 una enmienda legislativa presentada por dos diputados verdes cuyo objetivo era asegurar que al menos en aquellas parejas de lesbianas que ya son madres (por haber recurrido a la reproducción asistida en otros países) la madre no gestante fuese reconocida legalmente. Afortunadamente, pese a la negativa gubernamental, la Corte francesa de Casación acabó por confirmar ese derecho, aunque obligando a las madres no gestantes a iniciar un proceso de adopción de los que al fin y al cabo son sus propios hijos.
Los firmantes piden actualizar una legislación anacrónica
La postura del gobierno ha enfurecido no solo a los colectivos LGTB, sino a muchos profesionales de la reproducción asistida que no entienden esta marcha atrás. En en este contexto que 130 de ellos han decidido visibilizar públicamente que ellos mismos han ayudado a las mujeres que tienen prohibido el acceso a la reproducción asistida en su proceso, como una forma de denunciar la actual situación, y han solicitado una modificación de la legislación de reproducción asistida para permitir la donación de esperma a mujeres con independencia de su esquema relacional y orientación sexual. La carta, promovida por el ginecólogo René Frydman, considerado el padre del primer “bebé probeta” francés, está firmada por algunos de los más prestigiosos especialistas franceses en este campo, como François Olivennes o Israël Nisand.
Los especialistas firmantes piden además, de una forma general, la puesta en marcha de un verdadero plan de apoyo a la reproducción asistida que contemple otras actualizaciones de la ley francesa, como que se facilite la donación de ovocitos, que las mujeres puedan congelar sus ovocitos en previsión de un embarazo posterior (algo que en Francia solo se permite si la mujer presenta una patología que amenaza su fertilidad) o que se permita el diagnóstico genético preimplantacional.
Comentarios desactivados en El primer ministro esloveno da su apoyo a una ley de equiparación de derechos para las parejas del mismo sexo
Miro Cerar, el primer ministro de Eslovenia, anunció el pasado viernes el apoyo de su Gobierno a un proyecto para ampliar los derechos de las parejas del mismo sexo. Tan solo la adopción y el acceso a tratamientos de fertilidad quedarían excluidos. En diciembre, los eslovenos contrarios a los derechos LGTB lograron derogar la ley de matrimonio igualitario aprobada por su Parlamento.
El proyecto de ley presentado por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC) persigue la equiparación de los derechos de las parejas en una unión civil con los de las casadas. Con dos excepciones: las primeras no podrán adoptar ni acceder a los tratamientos de fecundación artificial. El primer ministro Cerar, miembro también del SMC, apoyará desde el Gobierno su tramitación.
La propuesta pretende suplir provisionalmente la situación creada tras el rechazo en referéndum, el pasado mes de diciembre, de la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo que había aprobado el Parlamento esloveno en mayo de 2015. Möderndorfer presentó su proyecto solo dos días después de dicha consulta como una solución de transición, ya que el resultado del referéndum es vinculante durante un año.
La situación del colectivo LGTB esloveno es, por el momento, incierta. Existe desde 2006 una ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo, pero es muy restrictiva, pues excluye, entre otros, los derechos relativos a la seguridad social, herencia o adopción. En 2009 el Tribunal Constitucional dictaminó que era inconstitucional impedir a las parejas del mismo sexo que heredasen la propiedad del otro. Además, estipuló que el tratamiento diferente de las uniones civiles respecto al matrimonio constituía una discriminación por orientación sexual, lo cual violaba el artículo 14 de la Constitución de Eslovenia. Dio al Parlamento un plazo de seis meses para enmendar la situación, pero los distintos procesos electorales obstaculizaron el cumplimiento de ese mandato.
En 2014, el ministro de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales ya presentó un nuevo proyecto de uniones civiles abierto a las parejas del mismo sexo análogo al que ahora se discute: también otorgaba los mismos derechos que el matrimonio, exceptuando la adopción y el acceso a la reproducción asistida. Sin embargo, la iniciativa quedó en suspenso debido a unas nuevas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por el matrimonio igualitario, aprobándolo en marzo de 2015.
Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para el 20 de diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogar la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares aprobada en mayo del año pasado, que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción homoparental. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.
Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional lo consideró pertinente, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. La consulta tiene una validez de un año, tras el cual el legislativo puede volver a aprobar una nueva ley de matrimonio igualitario.
Comentarios desactivados en La Corte de Apelaciones de Botsuana falla a favor del reconocimiento legal de la asociación LGTB LEGABIBO
La Corte de Apelaciones de Botsuana ha fallado a favor del reconocimiento legal de la asociación de defensa de los derechos LGTB LEGABIBO (Lesbians, Gays and Bisexuals of Botswana), cuyo registro ya había sido convalidado por el Alto Tribunal del país en noviembre de 2014, decisión que fue recurrida por el Gobierno. La Corte de Apelaciones ha dictaminado que impedir la inscripción legal de LEGABIBO viola los derechos constitucionales de sus miembros a la libre asociación y a la libertad de expresión. También estima que promover los derechos humanos y defender la derogación de las leyes que penalizan la homosexualidad no es ilegal, y que ser homosexual tampoco lo es.
La organización LEGABIBO lleva desde 2004 integrada en la federación de asociaciones pro derechos humanos y de lucha contra el VIH/sida BONELA (Botswana Network on Ethics, Law and HIV/AIDS). A pesar de ello, cuando solicitó formalmente el registro como asociación autónoma en 2009, el Gobierno le denegó esta posibilidad.
El grupo buscó entonces el amparo de la justicia, y con la ayuda de las organizaciones BONELA, OSISA (Open Society Initiative for Southern Africa) y SALC (Southern African Litigation Centre) presentó una demanda ante el Alto Tribunal de Botsuana contra la decisión gubernamental. El juez T. T. Rannowane dio la razón a los litigantes al considerar que la “negativa a registrar LEGAGIBO no era razonablemente justificable según la Constitución de Botsuana” y que esta acción del Ejecutivo “violaba la libertad de expresión, asociación y reunión de los demandantes”. La sentencia también aclaraba que “hacer campaña a favor de iniciativas legislativas no es per se un delito. Tampoco es un delito ser homosexual”.
Sin embargo, el Gobierno de Bostuana recurrió el dictamen del Alto Tribunal ante la Corte de Apelaciones, argumentando que los derechosde las personasLGTBno están reconocidos porla Constitución yque los objetivos de LEGABIGOeran“incompatibles con la paz, el bienestar y el buen ordenen Botswana”. Pero la Corte de Apelaciones, en un fallo fechado este 16 de marzo, ha desestimado esos argumentos y ha ratificado la decisión del Alto Tribunal, al estimar que la denegación del registro a LEGABIBO es irracional y supone una violación del derecho a la libertad de asociación.
La Corte de Apelaciones ha hecho especial hincapié en queno existe ninguna leyen Botswana que prohíba ser homosexual. También ha considerado, tal como lo hizo el Alto Tribunal, que la promoción delosderechoshumanos de las personasLGTBIy la lucha por la derogación de las leyes que castigan las relaciones homosexuales no son ilegales. Según la Corte de Apelaciones, los derechosfundamentalesdeben ser disfrutados portodas las personas, y al socavarlos, se está socavandola dignidad humanade los individuos.
Para el activista de LEGABIBO Caine Youngman, “esta victoria nos da esperanza y alienta nuestra fe en el sistema judicial de Botswana. Ha sido una larga y agotadora etapa de 11 años desde que empezó nuestra lucha para que nuestra organización pueda ser registrada”. La directora ejecutiva de BONELA, Cindy Kelemi, afirma por su parte que “todavía hay mucho que hacer para garantizar la promoción y protección de los derechos humanos de las personas LGTBI, y es el Parlamento, como brazo legislativo del Gobierno, el responsable de elaborar las leyes que protejan a las personas LGTBI de la discriminación, el estigma y el abuso”.
Un código penal heredado de la época colonial
El código penal de Botsuana, heredado como otros muchos de la época colonial británica, castiga el “conocimiento carnal contra natura” con un máximo de siete años de prisión. En este país africano limítrofe con Namibia, Sudáfrica y Zimbabue y considerado uno de los más desarrollados y democráticos de la región, la homosexualidad sigue teniendo sin embargo una consideración social negativa y suele ser rechazada como “antiafricana”.
Por otra parte, las altísimas tasas de prevalencia del VIH, que alcanzan casi a uno de cada cuatro adultos en el país, han impulsado tímidas iniciativas para impedir su propagación entre los hombres que tienen sexo con hombres. Por ejemplo, en 2011 se presentó una propuesta ante la Asamblea Nacional para proveer de condones a los presos en las cárceles de hombres. Una iniciativa que, sin embargo, se topó con el rechazo frontal del vicepresidente de la cámara Pono Moatlhodi, que llegó a afirmar que si de él dependiera, “haría matar” a los homosexuales.
En sentido contrario, el expresidente Festus Mogae criticó la estigmatización de las personas LGTB que según él impedía luchar eficazmente contra la pandemia. Mogae afirmó haber instruido a la policía para no actuar contra gais y lesbianas, pero justificó el mantenimiento del código penal homófobo en la opinión mayoritaria de la población, contraria a la despenalización. El activista Youngman, por su parte, ya llevó esta provisión ante la justicia en 2011, sin que de momento haya tenido éxito en su empeño.
Comentarios desactivados en PSOE, Podemos y Ciudadanos aprueban en Madrid una muy avanzada ley integral de transexualidad
Es la primera ley de la Comunidad de Madrid que aprueba la oposición y no cuenta con el apoyo del Gobierno regional, el Partido Popular.
Nuestra enhorabuena a hombres y mujeres trans de la Comunidad de Madrid, que desde este jueves 17 de marzo cuentan con la que posiblemente es la más avanzada de las leyes integrales de transexualidad de España. La pérdida de la mayoría absoluta del PP en las pasadas elecciones regionales ha obrado el milagro. Después de que en anteriores legislaturas ese partido rechazase por dos veces la toma en consideración de un proyecto en ese sentido, ahora PSOE, Podemos y Ciudadanos lo han convertido en ley. Lo han hecho, además, de la mejor manera posible: de la mano de los colectivos LGTB.
El texto consensuado con los colectivos trans y presentado en su momento por PSOE, Podemos y Ciudadanos ha sido el que finalmente se ha debatido y convertido en ley, gracias a los votos de estas tres formaciones y a pesar de las 48 abstenciones del PP (cabe recordar que los populares gobiernan en minoría en esta legislatura, gracias al apoyo que Ciudadanos brindó para investir presidenta a Cristina Cifuentes, y que la suma de votos de los tres grupos de la oposición representa la mayoría absoluta en el parlamento autonómico), un hecho inédito en las últimas dos décadas.
Cifuentes, que sí estaba dispuesta en esta ocasión a aprobar una ley integral de transexualidad y que de hecho había presentado por sorpresa una propuesta propia en septiembre, ha preferido finalmente no sumarse a un proceso no liderado por ella. Como en su momento recogimos, la presidenta de la Comunidad de Madrid invitó al acto formal de presentación de su propuesta a varios colectivos LGTB (aunque estos no habían participado en su redacción) pero dejó fuera a otros como Chrysallis, Fundación Daniela o El Hombre Transexual, cuyos asociados se cuentan entre los más directamente afectados por la ley y que en tiempos recientes no han dudado en mostrarse muy críticos con el trato que las personas trans, y muy singularmente los menores, reciben de la Comunidad de Madrid. PSOE, Podemos y Ciudadanos prefirieron sin embargo consensuar un proyecto con los colectivos que luego pudiera ser aprobado por unanimidad y sin protagonismo específico de ningún partido.
El proceso ha llegado a su final y el PP, desgraciadamente, ha preferido no sumarse a la unanimidad y abstenerse. La ley integral de transexualidad de la Comunidad de Madrid es ya una realidad. Una ley que no distingue de nacionalidades y que entre otros avances contempla la situación de las personas transexuales menores de edad en el ámbito sanitario e insta a la Comunidad a proporcionar a todas las personas transexuales que lo soliciten acreditaciones acordes a su identidad de género en aquellos casos en los que estas sean necesarias para acceder a sus servicios administrativos. La norma dedica también un espacio a los menores intersexuales y garantiza su integridad corporal, promueve el desarrollo de protocolos específicos en el ámbito educativo o en el policial y establece un catálogo de infracciones y sanciones que pueden llegar a suponer la inhabilitación para contratar o recibir ayudas de los fondos públicos de la Comunidad a quienes discriminen a las personas trans.
Por encima de las distintas sensibilidades políticas, de las siglas o de los intereses de partido, PSOE, Ciudadanos y Podemos han sido capaces de poner por encima de todo los derechos, la dignidad y la igualdad del colectivo de personas transexuales. El mérito es del activismo, por su larga e incansable lucha, aunque en el parlamento autonómico tres han sido las diputadas protagonistas: Carla Antonelli (PSOE), Beatriz Gimeno (Podemos) y Eva Borox (Ciudadanos). Esta última hoy dimitida por su relación con uno de los cabecillas de una trama de corrupción política, pero a la que en este caso no debemos negar su buen hacer.
Sería injusto, sin embargo, no reconocer de forma muy especial el trabajo incansable de Carla Antonelli durante todos estos años. Es por eso que insertamos su emotiva intervención en el pleno de ayer:
A la espera de una ley estatal
La regulación de los derechos de las personas trans e intersexuales para su integración y desarrollo igualitarios en la Comunidad de Madrid ha sido acogida con gran satisfacción por el movimiento activista, que ahora dirige sus esfuerzos a la consecución de una ley de amplitud estatal.
La aprobación de la ley madrileña es sin duda una buena noticia, como en su momento lo fueron la pionera ley navarra, la vasca, la andaluza (que marcó sin duda un antes y un después por su ambicioso planteamiento), la canaria o la extremeña (que no siendo específica de transexualidad incluía numerosos aspectos relacionados con la materia y recogidos en las leyes integrales de transexualidad de otras comunidades). El activismo ve necesario y urgente la elevación de estos derechos a nivel nacional para evitar desigualdades por razón geográfica que afecten a los derechos de estas personas, pues según donde residan, son más vulnerables a la exclusión e invisibilidad.
Queda pendiente, la aprobación de una más que necesaria legislación estatal, que actualice la norma que regula la modificación registral del sexo aprobada en 2007. Sin duda en aquel momento esa ley significó un avance sobre la situación anterior, pero a día de hoy es una norma absolutamente desfasada que no incorpora el principio de despatologización de la transexualidad ni contempla la situación de los menores (el propio Tribunal Supremo cuestionaba esta semana su constitucionalidad precisamente por ello). Una nueva norma que debería incluir además medidas efectivas contra la discriminación de las personas trans en el marco jurídico estatal.
La aprobación ayer de Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación por el Pleno de la Asamblea de Madrid subsana -en potencia, todavía- una infame deuda social de décadas con el colectivo de personas trans e intersexuales. Por esta razón, l*s representates de movimiento LGTBIQ han felicitado encarecidamente la voluntad de los grupos PSM (PSOE), Podemos y Ciudadanos para hacer llegar a la regulación del gobierno territorial las principales demandas de las personas del colectivo y sus familias.
Es el caso de la asociación universitaria inclusiva Arcópoli, que a través de un comunicado ha ensalzado la ruptura de barreras que implica la atención integral de la salud de las personas trans, así como la construcción de mecanismos que ayuden al desarrollo del colectivo en el ámbito público y eviten las situaciones de estigmatización y privación de derechos que enfrentan las personas trans e intersexuales.
En este sentido, la entidad destaca que la apuesta de manera clara por ser sensible a la diversidad y primar el respeto a la identidad de genero del hombre y mujer transexual a la hora de establecer los procedimientos médicos, sociales y psicológicos que se consideren de manera individualizada, desde la premisa de que no todas las personas viven la transexualidad de la misma manera.
En palabras de Yago Blando, coordinador de Arcópoli:
Hoy la sociedad y las instituciones madrileñas son un poco más decentes. Hoy se apuesta por un colectivo que ha estado marginado durante siglos, el más discriminado dentro de nuestro colectivo, y el que proporcionalmente recibe más delitos de odio. Además, queremos felicitar y agradecer a PSOE, Ciudadanos y Podemos por aprobarla por una gran mayoría transversal”.
La ley, elaborada sobre la formulada por el area trans de la Fundación Triángulo, “Es algo mas que una ley para Madrid, es la ruptura de una barrera histórica y el anticipo de una futura ley de identidad de genero estatal por la que este colectivo lleva años luchando”, ha declarado Marina Saenz, coordinadora del área trans de FT y redactora material de buena parte del texto legal.
En palabras de Jose Maria Nuñez, presidente de FT, «Es realmente un momento histórico para el movimiento Trans y para todo el movimiento LGBT español, esta ley marca el camino de la necesaria ley estatal. Una auténtica pena que el PP de Madrid se haya opuesto a sumarse al consenso logrado entre los colectivos LGBTI con Podemos, Ciudadanos y PSOE«.
De la misma manera, la entidad señala que resulta gratamente simbólico la aprobación de la ley madrileña durante la semana de la Visibilidad Trans, en la que se reivindica el derecho del colectivo de vivir su identidad sin ocultarse ni sufrir consecuencias negativas por ejercer dicho derecho.
En este sentido, Mané Fernández, portavoz de FELGTB, ha afirmado
Es imprescindible y urgente una Ley Integral Estatal donde todas las realidades se vean reflejadas, que no sea patologizante, y que, de una vez por todas, se atienda a las necesidades de los menores y jóvenes transexuales”.
Finalmente, la Federación recuerda que no puede quedar fuera de esta ley estatal la articulación de los derechos del colectivo en materia laboral, por ello, la entidad organiza hoy y mañana las II Jornadas ‘Derechos Reales para las Personas trans en el mundo Laboral’ junto a FSC CCOO en las que presentará la guía práctica ‘Personas Trans en el ámbito laboral: Guía para el proceso de transición’.
Fuente Dosmanzanas/ Arcópoli / FELGTB / Redacción chueca/Cáscara Amarga
Comentarios desactivados en El Tribunal Supremo cuestiona la constitucionalidad de prohibir que los menores trans vean reconocida su identidad
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 1 de la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (más conocida como “ley de identidad de género”), que impide a los menores transexuales ejercer su derecho a solicitar que su identidad de género sea legalmente reconocida.
A través de un auto del que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá (puedes descargarlo aquí en su integridad), la Sala de lo Civil del Supremo expone la jurisprudencia que funda la procedencia del cambio en la mención registral del sexo de las personas transexuales en principios y derechos fundamentales reconocidos en la Constitución: la protección de la integridad física y moral, el derecho a la intimidad personal y a la propia imagen y el derecho a la salud, todos ellos en relación con el derecho al libre desarrollo de la personalidad. El alto tribunal considera, en este sentido, que las personas menores de edad también son titulares de esos derechos fundamentales, aunque con limitaciones o restricciones en su disfrute “que deben tener una justificación adecuada y proporcionada en la falta de madurez para ejercer el derecho o en la necesidad de protección que la propia Constitución reconoce a los menores”.
Para el Tribunal Supremo, estas justificaciones no operan de modo uniforme durante toda la minoría de edad, “por lo que admiten modulaciones a lo largo de ese periodo”. En este sentido, “cuando se trata de un menor con suficiente madurez que realiza una petición seria por encontrarse en una situación estable de transexualidad”, el Supremo “tiene dudas de que la restricción absoluta que supone la exigencia de la mayoría de edad para poder solicitar el cambio en la mención registral del sexo y del nombre sea acorde a los principios y derechos fundamentales citados”, motivo por el cual ha planteado al Tribunal Constitucional la presunta vulneración por parte del artículo 1 de la Ley 3/2007 de los preceptos constitucionales que los regulan.
La batalla legal de un chico y sus padres
La cuestión de inconstitucionalidad es consecuencia del recurso ante el Supremo de un chico, de nombre Eutimio, representado por sus padres, que en el momento del nacimiento fue inscrito con nombre y sexo de mujer (Rocío) pero cuya identidad de género es masculina desde su más tierna infancia, y al que tanto en primera como en segunda instancia los tribunales han negado su derecho a que esta sea reconocida legalmente y se proceda de esta forma a la rectificación registral del sexo y nombre.
El Supremo, eso sí, ha rechazado la petición de extender la cuestión de inconstitucionalidad a otros puntos de la ley 13/2007, como la necesidad de un diagnóstico de disforia de género. Una negativa que no obedece a una cuestión de fondo, sino a las limitaciones propias de las cuestiones de inconstitucionalidad, que deben limitarse a las dudas imprescindibles para resolver el caso (y para este chico los requisitos “extra” no serían impedimento para la rectificación registral si el Constitucional concluyese que la exigencia de mayoría de edad es efectivamente inconstitucional).
España, rezagada
La situación es , en esta materia, incomprensible. Los menores trans se encuentran en una situación de desprotección jurídica, y su mayor o menor fortuna depende del azar: según en qué tribunal caiga su caso, el resultado será uno u otro. Hace pocas semanas recogíamos como en un intervalo de pocos días un tribunal andaluz negaba a una menor de 14 años ver reconocida su identidad de género mientras otro tribunal vasco la reconocía a una niña de 4. Una arbitrariedad que se explica debido la ya obsoleta ley de identidad de género española, que sigue excluyendo a los menores de la posibilidad de modificar sus datos registrales sin la intervención de un juez, y que incluso para los mayores de edad sigue contemplando como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigiendo, con algunas excepciones, dos años de tratamiento hormonal.
Una situación cada vez más incomprensible si se tiene en cuenta que países como Irlanda, Argentina, Dinamarca o Malta han modernizado ya sus legislaciones consagrando el principio de autodeterminación de género, de forma que sea cada persona, en uso de su libertad individual y sin necesidad de justificación médica o psicológica alguna, decida cómo quiere ser reconocida legalmente. El modelo de la “muy católica” Malta, de hecho, está considerado por las organizaciones trans como el más aventajado, al no establecer límite de edad inferior para proceder a la modificación del “sexo registral” y por tanto extender ese principio a los menores. Malta, precisamente, dio a conocer hace meses sus nuevas directrices en materia educativa para combatir la discriminación de las personas trans e intersexuales (puedes descargar aquí el documento). También Noruega planea un cambio similar que sería extensivo a menores, con ciertas limitaciones.
España ya ha quedado rezagada en esta materia. Esperamos que la cuestión de inconstitucionalidad tenga en este caso un resultado positivo. De cualquier modo, resulta lamentable que tenga que ser el Tribunal Supremo el que enmiende la plana a una clase política que 9 años después de la aprobación de la ley ha sido incapaz de actualizarla y adecuarla a la realidad social.
Comentarios desactivados en Un padre echa de casa a su hijo en País Vasco por ser gay
El Ayuntamiento de Vitoria asegura que está ultimando un protocolo de atención a víctimas de violencia por la orientación sexual.
Sucedió en noviembre, pero es ahora cuando ha trascendido gracias a la denuncia de varios colectivos. Un joven de 21 años fue expulsado de su casa por su propio padre en Vitoria por ser homosexual. El joven, que carece de recursos, ha solicitado ayuda a los servicios sociales, pero por el momento no se le ha dado ninguna solución.
Diversas agrupaciones han reclamado hoy al Ayuntamiento de Vitoria la creación «inmediata» de un protocolo para atender a víctimas de la violencia motivada por la orientación sexual, después de dar a conocer que un joven de Vitoria 21 años fue echado de su casa por su padre el pasado mes de noviembre por su orientación homosexual.
Según han informado la Plataforma por los Derechos Sociales de Vitoria, la Asamblea de Mujeres de Álava, Bilgune Feminista, Mugarik Gabe y las asociaciones 7menos20 y Kitzikan, el joven se vio obligado a abandonar su hogar en menos de dos horas después de que su padre, que no acepta su homosexualidad, le conminara a marcharse.Sin recursos propios (fue ayudado primero por un vecino y después por unos familiares), acudió a los servicios sociales del Ayuntamiento de Vitoria, pero hasta ahora no ha logrado «ninguna solución» aunque ha mantenido varios encuentros con una trabajadora social y se ha dirigido a varios departamentos. El joven permanece en este momento en casa de una pareja cercana que por el momento le cobija en una habitación destinada a su bebé.
Las asociaciones denunciantes han subrayado que se trata de una víctima de homofobia y han asegurado que antes de este incidente era un estudiante «sin ningún problema previo».
Las asociaciones denunciantes aseguran que no se trata de un caso aislado y han demandado al Ayuntamiento de Vitoria que apruebe un protocolo de atención a las víctimas de la discriminación por razones de orientación sexual. Han mostrado además su sospecha «más que fundada» de que no de trata de «un caso aislado» y han advertido de que los jóvenes echados de casa por su orientación sexual «se ven abocados a entrar en el circuito de asistencia social sin encontrar una mínima seguridad que les permita seguir con su vida anterior y terminan entrando en situación de exclusión social».
Para evitarlo reclaman «un cambio integral» en el funcionamiento de los servicios sociales, la puesta en marcha «inmediata» del protocolo de atención a víctimas de la homofobia y que, en este caso concreto, el Ayuntamiento «se implique y se activen de manera inmediata los recursos que le permitan (al joven) llevar una vida digna».
Las asociaciones han pedido al consistorio que ponga en marcha el protocolo de actuación que anunció en noviembre en una declaración institucional en favor de los derechos de gais, lesbianas y transexuales.
En aquella ocasión el Ayuntamiento se comprometió a desarrollar un protocolo de actuación integral para aquellos que sufrieran agresiones, discriminación o violencia por su orientación sexual o identidad de género. El consistorio apostó además por formar a la Policía Local y al resto de funcionarios para prevenir, detectar y atender casos de delitos por homofobia y para garantizar la igualdad de trato.
Desde el Ayuntamiento de Vitoria se ha asegurado que está ultimando un protocolo de atención para personas víctimas de homofobia y lesbofobia, para cuya elaboración ya se ha invitado a un encuentro a asociaciones. Asegura el Ayuntamiento que la semana pasada se invitó al colectivo LGTBI a trabajar la incorporación de perspectiva de género.
El Servicio de Igualdad considera que las intervenciones municipales relativas a los derechos de las personas LGTBI y la transversalización de la diversidad sexual y de género en las políticas públicas de igualdad deben contar con una estrategia participada y consensuada con personas especialistas y grupos activistas.
El Ayuntamiento de Vitoria emitía un comunicado en el que aseguraque ya la semana pasada había invitado a varios colectivos, “entre ellos los que hoy demandan ese protocolo”, a participar en el desarrollo de un protocolo contra las agresiones sexistas que pretende incidir además “en el combate de otras formas simbólicas o explícitas de violencia sexista, como las agresiones a chicas en ambientes festivos o el acoso y discriminación a las personas LGTBI”. “Respecto al caso hoy denunciado del joven víctima de un agresión homofóbica, el Ayuntamiento ha mostrado su ‘total apoyo a las personas víctimas de cualquier tipo de violencia y su rechazo y condena ante el más mínimo atisbo de discriminación’”, añadía el texto.
El Ayuntamiento vitoriano defendía, sin embargo, que “son situaciones que se están atendiendo desde los Servicios Sociales y en este caso concreto ya se está trabajando una solución”.“En cualquier caso, quiero defender a las y los profesionales de los servicios sociales que han sido cuestionados con acusaciones muy graves”, defendía la concejala de Políticas Sociales, Nerea Melgosa…
Esperamos que el Ayuntamiento de Vitoria se deje de excusas y arbitre cuanto antes una solución.
Comentarios desactivados en El Parlamento de la India vuelve a rechazar la despenalización de la homosexualidad
Por segunda vez en los últimos tres meses la Lok Sabha, la cámara baja del Parlamento de la India, ha rechazado una proposición de ley del diputado Shashi Tharoor para despenalizar las relaciones homosexuales. La vía legislativa para acabar con la normativa represiva parece bloqueada, pero aún permanece la esperanza de que la Corte Suprema revierta la sentencia de 2013 que reinstauró la prohibición de los actos considerados “contra natura”.
El 11 de diciembre de 2013, la Corte Suprema de la India dictaminó en contra de la despenalización de las relaciones homosexuales que en julio de 2009 había decidido el Alto Tribunal de Delhi. La máxima instancia judicial del país consideró que el Alto Tribunal de Delhi se había extralimitado en sus funciones, señalando que corresponde al poder legislativo derogar la sección 377, que tras la sentencia quedó de nuevo en vigor. Por consiguiente, las relaciones homosexuales actualmente son penadas en la India con hasta 10 años de prisión por ser consideradas un acto “contra natura”.
En diciembre del año pasado, el diputado por el Congreso Nacional Indio (INC) Shashi Tharoor presentó ante la Lok Sabha un proyecto de ley para restringir la aplicabilidad del artículo 377 del Código Penal a los actos sexuales no consentidos entre personas adultas o los actos sexuales con personas menores de edad. La propuesta fue rechazada por 71 votos en contra y 24 a favor, en un Parlamento que está en manos del conservador Partido Popular Indio (BJP) desde las elecciones de 2014.
El viernes pasado, Tharoor intentó reintroducir su proyecto en el legislativo. La admisión a trámite fue de nuevo rechazada, esta vez por 58 votos frente a tan solo 14, con una abstención. El diputado se lamentó de que el BJP hiciera uso de su mayoría para bloquear la discusión de su proposición, una actitud que achacó a la “intolerancia religiosa” del partido gobernante.
Con los procedimientos legislativos en vía muerta, la única esperanza en estos momentos está puesta en el poder judicial. Hace un mes conocíamos que la Corte Suprema había admitido a trámite un recurso, presentado en 2014, para que la decisión de mantener la penalización de la homosexualidad fuera revisada por un panel de cinco jueces de la Corte. Los demandantes aducían graves errores de forma y fondo en la sentencia de 2013. Tras la decisión tomada el pasado febrero, los solicitantes podrán presentar sus argumentos ante el tribunal, que deberá decidir definitivamente sobre la cuestión.
Homofobia de Estado y violencia en la India
En los últimos años, dosmanzanas se ha hecho eco del aumento exponencial de la violencia contra personas LGTB en la India, a raíz de la ilegalización de las relaciones homosexuales. Como ocurre en muchos otros países en los que existe homofobia de Estado, los grupos homófobos en la India (incluidos los policiales) se creen en el derecho de realizar impunemente cualquier acción contra las personas sexualmente diversas. No es necesario que las víctimas sean realmente homosexuales (lo que en ningún caso les eximiría de su responsabilidad criminal), con que ‘lo parezcan’ es suficiente.
En 2014, un año después de la recriminalización de la homosexualidad en la India, el activismo LGTB denunciaba un repunte de la violencia homófoba. Y a principios del año pasado recogíamos que en 2014 se realizaron un mínimo de 600 detenciones a personas que habían sido acusadas de practicar la homosexualidad. Una cifra, no obstante, que parece poco realista si tenemos en cuenta que desconocemos el alcance de la corrupción policial y la cantidad de afectados por extorsiones económicas a cambio de evitar el arresto o el procesamiento judicial.
En octubre de 2015 dábamos cuenta de más casos de extorsión por ser o “parecer” homosexual por parte de miembros de la policía, quienes, según constatan los activistas LGTB “con frecuencia visitan los puntos donde los gais se encuentran y les extorsionan pidiéndoles dinero”.
Comentarios desactivados en Un tribunal de apelaciones de Chile ratifica la sentencia contra el autoproclamado pastor Javier Soto por injuriar a un activista LGTB
Se confirmó una sentencia histórica, en tanto establece que la libertad de expresión tiene como límites la no discriminación y la dignidad de las personas y califica como delito de odio a los discursos contra las minoría sexuales.La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto por injuriar y calumniar al dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, en razón de su orientación sexual, por lo que el autodenominado “pastor” deberá cumplir una pena remitida de 300 días y pagar una multa de 1 UTM, además de estar impedido de ejercer cargos públicos.
“Después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz”. Son palabras de Rolando Jiménez, uno de los miembros históricos del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH), tras conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago ha confirmado por unanimidad la condena contra el fanático Javier Soto, un personaje que se dice a sí mismo “pastor”, aunque en la sentencia anterior quedó claro que, al menos legalmente, “carece de legitimidad para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno”.
300 días de pena remitida, inhabilitación para ocupar cargos públicos y una multa de 1 UTM –el sistema de equivalencias utilizado para el pago de impuestos e infracciones en este país sudamericano–. Según los datos del Banco Central de Chile, esto le representará a Soto 44.776 pesos –es decir, unos 60 euros–. Además, en caso de reincidencia y de una nueva sentencia, Soto no se libraría de acabar entre rejas. Al conocer el pasado mes de noviembre el veredicto condenatorio contra el falso pastor homófobo, el MOVILH calificó de “histórico” el fallo por delitos de odio.
El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto, estableció el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al fanático.
Añadió que Bratti, señaló “cuáles son los hechos que da por acreditados y menciona específicamente la prueba que pondera para ello. Explicita las razones que lo llevan a tal conclusión y también por qué considera que otros de los hechos mencionados en la querella no se encuentran acreditados (…) sin que de la lectura del fallo impugnado surja hecho alguno que dé sustento a reproche”.
“Nunca, por tanto, se podría ordenar, como lo pretende el recurrente, una nueva audiencia preparatoria del juicio y menos aún que se llevara a cabo en el tribunal donde está radicado el mismo”, apuntó el fallo.
Para el Movilh, “la Corte de Apelaciones ha dado un importante señal de justicia para los derechos y dignidad de la personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) en tanto ha confirmado un fallo que califica como delito de odio a los discursos homofóbicos y a las injurias y calumnias en razón de la orientación sexual de las personas, aún cuando las acciones estén amparadas en una supuesta religión, un precedente de la máxima relevancia”,
Jiménez, quien fue representado por el abogado Jaime Silva, añadió que “después de casi dos años de hostigamientos, acosos, ofensas e injurias hoy siento que la justicia es posible en nuestro país y que se puede fallar contra acciones y discursos motivados por homofobia y transfobia. Me siento tranquilo y feliz”
El Movilh añadió que “el destino de Soto es claro. Si el sigue acosando e insultando a las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género presentaremos las querellas que sean necesarias, esta vez con la convicción de que cumplirá pena con cárcel efectiva, pues será reincidente, gracias al fallo confirmado por la Corte de Apelaciones”.
En su fallo contra Soto, Bratti había establecido que “el querellado Carlos Javier Soto Chacón, quien dice ser predicador evangélico y se hace llamar “Pastor Soto”, en reiteradas oportunidades, ha abordado en la vía pública a la víctima don Rolando Jiménez Pérez, activista y dirigente histórico del Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh) gritándole a viva voz: sucio, pervertido, sodomita, pecador, hijo del diablo que defiende pedófilos, entre otros insultos de similar naturaleza. Estos hechos son grabados por personas cercanas a él, para luego ser difundidas en su canal de Youtube denominado “Pastor Soto””.
Lo anterior, añadió, produce “una grave afectación en el derecho a la honra y fama del querellante, con las eventuales consecuencias que ello acarrearía en el desempeño de sus labores, como discriminación y exclusión en la labor pública que éste despliega, en defensa de los derechos civiles e intereses de un grupo considerable de ciudadanos chilenos, que han explicitado una orientación sexual distinta, dejando en evidencia que es la intolerancia a tal condición sexual, la principal motivación del imputado Soto Chacón para desplegar su acción, circunstancia que (…) los nuevos desarrollos doctrinales (…) denominan delitos de odio, entendiendo por tal aquellos ilícitos motivados únicamente por la intolerancia al diferente, basados en prejuicios o sesgos, de diferente motivación”, apuntó el juez.
Apuntó que “si considerásemos que efectivamente el Señor Soto representa a un grupo o sector de la vida civil de este país, el derecho a la libertad de expresión y de culto, tiene como límite el respeto irrestricto al derecho a la dignidad e igualdad de los seres humanos, entendiendo que la igualdad, así como la libertad, es un atributo del que gozan todos los seres humanos por el sólo hecho de ser tales, con independencia de cuan diversas sean las personas, siendo la igualdad un derecho humano esencial, que les permite a cada ser construir su propia identidad y desarrollarse a plenitud, derecho que por lo demás detenta la más amplia tutela por parte del sistema jurídico internacional de los derechos humanos”
La sentencia precisó ,por último, que “el señor Soto Chacón carece de legitimidad, para atribuirse el ejercicio y representación de culto evangélico alguno, por cuanto no ha sido envestido con la calidad de pastor por alguna iglesia constituida legalmente, con personalidad jurídica”.
Hemos seguido con atención la penosa trayectoria de este personaje y no podemos más que congratularnos de que se haya hecho justicia en favor del activista Rolando Jiménez y del MOVILH, la activa organización de la que forma parte. El fallo del presidente de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Carlos Gajardo, y de los ministros Adelita Ravanales y Juan Poblete, rechazó el recurso de nulidad presentado por Soto y estableció que el juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Darwin Bratti, actuó de “manera clara y precisa” al condenar al farsante pastor.
Javier Soto ha sido condenado por sus agresiones contra Rolando Jiménez, aunque su historial agresivo y homófobo es mucho más amplio: desde pisotear una bandera arcoíris –emblema del colectivo LGTB internacional–, pasando por difamaciones contra el libro infantil inclusivo Nicolás tiene dos papás, hasta colarse en una comisión del Congreso para increpar a los diputados partidarios de ley de uniones civiles, abierta a parejas del mismo sexo –unos enlaces que, por cierto, ya se realizan con normalidad–.
Todo estaba preparado para que Kat Williams actuase el pasado 12 de marzo en la Gala Anual para la Esperanza de la diócesis católica de Charlotte, en Carolina del Norte, un evento destinado a apoyar a las familias empobrecidas de la región. Y una diócesis para la que la artista ya había actuado con anterioridad en dos ocasiones. Pero según la propia Williams revelaba en su página de Facebook, los organizadores rescindieron su invitación dos semanas antes del evento después de que el obispo de la diócesis, Peter Jugis, descubriese en un artículo publicado en 2013 que estaba casada con una mujer.
El portavoz diocesano David Hains señaló, en declaraciones a una cadena de televisión local, que “el matrimonio solo puede ser entre un hombre y una mujer” y que “dado que la señora Williams elige estar en una relación distinta, esto hace que sea inapropiado que actúe para nosotros”. “Como organización católica, tenemos el derecho de representar a nuestra fe y lo que estamos haciendo, esencialmente, es ejercer ese derecho“, añadió Hains.
Kat Williams, ella misma residente en Asheville, comentó a la misma cadena de televisión que “lo triste de todo esto es que lo están haciendo en el nombre de Dios. Y francamente, tengo un problema con eso“. Y es que la cantante no entiende que se use precisamente la fe como elemento discriminador. En su perfil de Facebook, Williams señaló el pasado 5 de marzo que “me siento herida y triste. Toda mi carrera está conectada, con una total gratitud, a causas o a organizaciones benéficas importantes, en las que creo absolutamente. Esta es la primera vez que he sido rechazada de una actuación solo por la persona a la que he elegido amar. Hay dos cosas en mi vida que no escogí: ¡ser negra y ser homosexual! Estoy orgullosa de ser ambas cosas y quiero que nuestra comunidad religiosa de Carolina del Norte reconozca las enseñanzas de Cristo, el amor, el perdón, la tolerancia y la inclusión“.
“No quiero que la gente tome represalias o reaccione de forma negativa. Me gustaría que fuésemos una comunidad que abordase este tema con Amor, Compasión y Tolerancia. Esto no ha pasado en San Francisco,en Nueva York o en el DC, ha pasado en nuestro propio patio trasero, ¡y la discriminación tiene que parar!”, añadía Williams.
La cantante, que aun así va a recibir un cheque por su actuación cancelada, ha invitado al obispo a visitar su iglesia y ha pedido a sus seguidores que respondan con el perdón y la gracia y hagan donativos a grupos inclusivos como el de la Campaña por la Igualdad del Sur y el proyecto del Sida de Carolina del Norte occidental.
Comentarios desactivados en Perú: una mujer denuncia a un sereno por calificar de “actos obscenos” que ella y su novia se besaran y se cogieran de la mano
Un sereno de Pueblo Libre (un distrito de la provincia de Lima, en Perú) ha protagonizado una discriminación lesfóbica contra Berenice Colchado y su novia. Las jóvenes se encontraban en un parque departiendo e intercambiaron un beso como muestra de afecto. Solo por tratarse de dos mujeres, comenzaron a recibir miradas hostiles por parte de un grupo de intransigentes y fueron reprendidas por un supervisor de Seguridad Ciudadana (a los que se conoce como ‘serenos’). Al parecer, a algunos de los presentes les preocupaba que los niños que jugaban en los alrededores pudieran ver algo que, por otra parte, debería ser considerado como absolutamente normal. La autoridad municipal “rechaza tajantemente cualquier acto de discriminación” pero respalda la actuación del sereno.
Aunque la Municipalidad de Pueblo Libre se resista a admitirlo, el apercibimiento que realizó el sereno contra Berenice Colchado (en la foto superior) y su pareja constituye una discriminación en toda regla. Más si cabe cuando muchos vecinos han expresado a través de las redes sociales que la actitud no es la misma cuando se trata de parejas heterosexuales que protagonizan momentos más subidos de tono que un beso. Para el sereno, que estas dos jóvenes se besaran o se tomaran de las manos se trata de “actos obscenos”. Este supervisor fue animado a actuar por algunos presentes, incómodos con la igualdad y la normalidad, supuestamente preocupados porque los niños que jugaban en el parque pudieran verlas.
El manido argumento de la protección de los menores, por otra parte, es un arma arrojadiza para disimular el odio y la discriminación, similar a la que lleva a países como Rusia a aprobar leyes de estado LGTBfóbicas. A menudo, los que defienden tales posiciones, cegados por sus propios prejuicios, tratan de ocultar a los niños una determinada forma de amor mientras que no evitan su exposición a la violencia, el machismo, la xenofobia o la desigualdad. Berenice Colchado no podría haber respondido mejor: “los niños estaban jugando pelota, a las chapadas, jugando con sus perros, etc. Ellos en ningún momento nos miraron mal ni sorprendidos ¿saben por qué? porque no están con la mente podrida maltratando a sus prójimos, están disfrutando de la vida”.
La afectada, además, añade con total acierto que “es más fácil explicarles [a los niños] que están botando e insultando a dos personas que se besan que explicarles que son dos personas que se gustan, que se quieren, se aman y así se demuestran su amor”. Para quitarse el sombrero ante las palabras de Colchado. Su post en Facebook se ha compartido más de 800 veces y cuenta con muchos comentarios de apoyo. Adriana Barrantes, por ejemplo, le dice que lo sucedido es “una vergüenza porque hay heterosexuales prácticamente teniendo relaciones en la vía pública y no dicen nada”.
Otra usuaria, Sasha Montenegro, expresa su indignación aseverando que “no es posible que el personal de las Municipalidades no esté capacitado para enfrentar este tipo de situaciones, desconocimiento total de sus propias ordenanzas municipales, y peor aún permitir que los vecinos violenten verbalmente a la pareja”.
La intervención del sereno queda grabada
Conscientes de sus derechos y de la discriminación que estaban sufriendo, las jóvenes grabaron con su teléfono móvil la conversación con el sereno, en la que les acusa de practicar “actos obscenos”. El supervisor alega que “hay una cámara [de seguridad] que lo está filmando todo”. Lejos de amedrentarse, una de las afectadas le pregunta “cuáles son los actos obscenos”, a lo que el sereno replica que “se están besando, se están agarrando [de la mano] y acá hay niños”.
Alberto Hidalgo, asesor de PROMSEX (Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos de Perú), explica en el siguiente vídeo (en el que se incluye parte de la grabación tomada por las chicas) que en la provincia de Lima “contamos con 14 distritos que tienen aprobadas ordenanzas antidiscriminación y esas ordenanzas incluyen discriminación por orientación sexual”.
La torpe reacción de la municipalidad
Ante el revuelo entre las redes sociales, la Municipalidad de Pueblo Libre quiso dejar clara su postura de rechazar “tajantemente cualquier acto de discriminación”, emitiendo un comunicado a través de su página de Facebook. Y aún cuando la misiva finaliza aseverando en mayúsculas que “NO SE TOLERA ACTOS DE DISCRIMINACIÓN EN ESTE DISTRITO”, el texto pierde toda su fuerza al precisar que “el efectivo de Serenazgo procedió a intervenir a las dos señoritas quienes se encontraban besándose muy cerca de los niños, ante el reclamo reiterado de los vecinos”. La usuaria Victoria Guerrero arguye, con toda la razón, que “es una tontera de comunicado. Si rechaza cualquier discriminacion, el serenazgo debió hacer entrar en razón a los vecinos no a la pareja”.
Incluso la propia Berenice Colchado explica, en otro post de Facebook, que “la misma ambigüedad de su comunicado recibí cuando hice el llamado a la municipalidad , luego de intentar una y otra vez que me contestaran la llamada me dijeron que vaya a llenar unos formularios y que espere que me respondan”. A continuación, Colchado se pregunta retóricamente: “¿tengo que seguir esperando?”. La joven espeta a las autoridades de la municipalidad que mientras “ustedes dicen que ‘no se va tolerar actos de discriminación’”, en realidad, “siguen respaldando a sus vecinos homofóbicos y a un personal nada capacitado que no supo llevar la situación de acuerdo a su ordenanza”. A raíz de la lesfóbica actitud del sereno, esta afectada deja claro a la municipalidad, en cualquier caso, que “no estoy pidiendo que despidan a alguien, pido capacitación a su personal”.
El segundo caso en pocos días…
¿Están los serenos de Perú capacitados para no discriminar? Aunque las municipalidades así lo proclamen, los hechos no parecen darles la razón. En un corto lapso de tiempo, de apenas unos días atrás, dosmanzanas recogía que el supervisor de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de San Isidro (en Lima, Perú), Abraham Sierra, era suspendido de su cargo después de que un joven de 24 años denunciase que había sido discriminado por este y por el grupo de serenos municipales que dirigía aquella noche, cuando se encontraba besándose en la calle con su novio. En aquella ocasión, a los chicos también se les acusó de practicar “actos obscenos” y se les preguntó si les parecía “normal” que dos hombres se besaran.
A través de este post, los activistas LGTB, entre ellos los que colaboramos en dosmanzanas, nos unimos a la reivindicación de Berenice Colchado cuando desea que el impacto de su caso sirva de utilidad “para todxs las personas que sufrimos diariamente de este maltrato” y de este modo prevenirlo y denunciarlo cuando se produzca.
Comentarios desactivados en Los obispos italianos impiden la proyección de “Weekend” en la mayor parte de Italia
La jerarquía católica vuelve a hacer notar su influencia en Italia. En esta ocasión, obstaculizando la proyección de la película Weekend. Estrenada en Alemania o Reino Unido en 2011, el aclamado largometraje de Andrew Haigh se estrenó en Italia el pasado 10 de marzo, con más de cinco años de retraso. Sin embargo, apenas podrá verse en las salas.
El motivo de esta limitación está en que la Iglesia católica posee más de 1.100 salas de cine en Italia (algunas de ellas integradas en el “circuito de calidad”, de gestión laica pero que deben seguir los criterios eclesiásticos), y ha prohibido que en ellas se proyecte la película. Según el comité de evaluación de películas de la Conferencia Episcopal Italiana, Weekend ha sido clasificada como “no recomendada, no aprovechable y escabrosa”, debido a que toca los temas del consumo de drogas y la homosexualidad.
Como consecuencia, Weekend apenas se proyecta en diez cines de todo el país, y ciudades del peso de Florencia, Bérgamo o Padua no tienen ninguna sala en que pueda verse la película. En palabras de Francesco Zaffarano, en La Stampa: “No es censura, pero se le acerca mucho. La Comisión de la Conferencia Episcopal Italiana evalúa todas las películas que salen en Italia para las 1.126 Salas de la Comunidad, esto es, eclesiásticas”.
Cesare Petrillo, responsable de la distribuidora de Weekend en Italia, Theodora Films, ha afirmado que “Weekend no tiene nada de escandaloso, es una historia de amor“, y ha invitado a que se vea la película antes de juzgarla, esperando que un buen resultado haga que en la segunda semana de proyección se difunda en más salas: “Invitamos a los espectadores a ver la película en el primer fin de semana: como esperamos todos, una media alta podrá permitir una distribución más amplia en la segunda semana de programación”.
Por lo demás, no resulta, de entrada, muy convincente el argumento de que exhibe el consumo de drogas; merecería la pena comprobar si otras películas con similar exhibición de consumo (o mayor) son igualmente vetadas en prácticamente todos los cines de Italia.
En definitiva, no solo un episodio triste con una película tan aclamada como Weekend. Es también un signo del fuerte peso de la Conferencia Episcopal Italiana; y sobre todo, no parece encajar demasiado, como mínimo, con los cambios siquiera formales del pontificado de Francisco.
No podemos sino terminar esta entrada homenajeando la que sin duda es una de las películas de temática gay mas importantes de la última década. “Una verdadera joya, simplemente perfecta, romántica, exquisita, y muy comprometida: una mezcla entre 9 songs y Notting Hill (si eso es posible). Una historia tan reconocible que duele: vivimos en un mundo heterosexista y resulta complicado y frustrante explicar que nos hemos enamorado de un tío al que solo hemos visto unas horas. Que nuestro mundo puede cambiar en un momento y que sin embargo hay trenes que solo pasan una vez…” escribía en 2011 en Desayuno en Urano el putojacktwist. Os dejamos con su tráiler:
Comentarios desactivados en La vicedirectora de un instituto estadounidense trata de impedir que una pareja de estudiantes del mismo sexo acuda al baile de promoción
Dos adolescentes estadounidenses han sido víctimas del fanatismo e intolerancia de la vicedirectora de su instituto, que les negó irregularmente la posibilidad de acudir como pareja al baile de promoción. La denuncia del atropello que la madre de uno de los estudiantes efectuó a los medios de comunicación bastó para que se iniciara una investigación al respecto, y la pareja de adolescentes finalmente podrá acudir a la celebración escolar, como cualquiera de sus compañeros.
Raymond Tullier y su novio Nicholas Newport, dos adolescentes que cursan estudios en el instituto French Settlemen de Luisiana, decidieron comprar sus entradas para el baile de promoción, al que acudirían como la pareja que eran, tal como hacía el resto de sus compañeros.
Pero cuando Raymond intentó efectuar la compra, la vicedirectora el instituto, Lindy Gill, se negó a facilitarle las entradas, pues, según ella, las normas del instituto impedían la presencia en el baile de promoción de parejas del mismo sexo. En realidad, ningún artículo del manual oficial del instituto French Settlemen dice nada al respecto, por lo que el argumento de la vicedirectora, devota baptista y miembro del club “He encontrado a Jesús”, era una completa falacia.
Raymond decidió contar lo sucedido a su madre, Tamblie Babin , que siempre le ha ofrecido su apoyo en los problemas relacionados con su orientación sexual, y le envió un mensaje de texto con su teléfono móvil. La señora Babin se puso en contacto de inmediato con la vicedirectora Gill, inquiriéndola por su negativa a facilitar el acceso a su hijo y su novio al baile de promoción. La respuesta que obtuvo fue la misma falsedad: las normas del instituto lo impedían.
Temiendo sin duda que la madre del adolescente elevara alguna protesta y se descubriera el engaño, la vicedirectora Gill decidió perpetrar una última artimaña: sancionar a Raymond por haber utilizado el teléfono móvil en horario escolar. Porque lo que sí que dictan las normas del instituto es que un estudiante sancionado no puede acudir al baile de promoción, con lo que así se impedía, de manera torticera, que la pareja de adolescentes pudiera disfrutar de la celebración en ningún caso.
El centro escolar, al que acuden unos 400 estudiantes, está situado en la pequeña localidad de Livingston Parish, cercana a Baton Rouge. Tamblie Ballin decidió dar a conocer el caso de su hijo a la emisora de televisión local de Baton Rouge WBRZ-TV, quienes se pusieron en contacto con el inspector escolar de Livingston Parish, John Watson. Este se mostró sorprendido por los hechos y prometió iniciar una investigación, asegurando que no toleraría ningún tipo de discriminación en su distrito. Aquí podéis ver el vídeo de la noticia efectuado por WBRZ-TV:
Finalmente, Raymond y Nicholas han sido informados de que pueden adquirir sus entradas para el baile de promoción, que se celebrará este fin de semana, y para el que ambos ya se habían comprado trajes de etiqueta a juego. Lo que aún no se sabe es si la vicedirectora será sancionada.
Lambda Legal, equipo jurídico de los más importantes casos de defensa de los derechos LGTB en los Estados Unidos, ha aprovechado la difusión de esta noticia para informar de que los tribunales federales han establecido, de manera repetida, que negar el acceso a los bailes de promoción u otro tipo de festividades a las parejas del mismo sexo viola su derecho a la libertad de expresión y asociación amparadas por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. También han ofrecido una serie de consejos a los adolescentes y jóvenes que se enfrenten a este tipo de discriminación.
Comentarios desactivados en El gobernador de Puerto Rico garantiza el matrimonio igualitario
El juez federal Juan M. Pérez-Giménez ha dictaminado sorprendentemente que el fallo del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de junio de 2015, que declaraba inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario, no es de aplicación en Puerto Rico al no ser un estado integrado, sino un territorio. El juez Pérez-Giménez fue quien en su día dictó la constitucionalidad de la ley puertorriqueña que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo, en una sentencia que se distanciaba jurídicamente de la inmensa mayoría de las dictadas por los tribunales federales y cortes de apelación hasta ese momento. El gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, ha comunicado que el Gobierno de la isla seguirá acatando las sentencias de los tribunales de superior jerarquía, sin que el fallo del juez Pérez-Giménez elimine ningún derecho a las parejas del mismo sexo puertorriqueñas.
Alejandro García Padilla, máximo mandatario de Puerto Rico, ha anunciado que pese a las presiones por parte de la justicia de la isla caribeña, el estado mantendrá con absoluta rotundidad el matrimonio igualitario en los mismos términos que los respaldados el año pasado por el Tribunal Supremo estadounidense.
Esto se debe a que un magistrado de Puerto Rico dictaminó que el matrimonio igualitario aprobado a nivel nacional por la Corte Suprema, no es aplicable a la isla porque no es un estado sino un territorio estadounidense. Juan Pérez Giménez, juez de Distrito de Puerto Rico, lleva tiempo cabalgando en una cruzada personal contra el matrimonio igualitario.
Una batalla abierta contra la Diversidad que desde hace meses se apoya en la influencia de la Iglesia Católica en la isla y en los sectores más conservadores del estado.
Hace unos meses, el legislador intentaba asestar un golpe de efecto contra los derechos de la comunidad LGTB e intentaba confirmar la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Puerto Rico.
En octubre de 2014, y en sentido contrario a la de la inmensa mayoría de sus colegas de los Estados Unidos, el juez federal puertorriqueño Juan M. Pérez-Giménez dictaminaba que la ley que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo en Puerto Rico era plenamente constitucional, tras la demanda impuesta por Ada Conde Vidal e Ivonne Álvarez Vélez. Ambas reclamaban que el matrimonio que habían contraído en el estado de Massachusetts en 2004 fuese reconocido por las autoridades puertorriqueñas. Tras el fallo negativo, las demandantes recurrieron ante la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito, radicada en Boston, bajo cuya jurisdicción se encuentra Puerto Rico.
La Corte de Apelaciones de Boston aplazó su decisión hasta que decidiera al respecto el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, quien finalmente declaró inconstitucionales todas las leyes que prohibían el matrimonio entre personas del mismo sexo. Tras la sentencia del alto tribunal, un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito confirmaba por unanimidad que la prohibición del matrimonio igualitario en Puerto Rico atentaba contra la Constitución de los Estados Unidos, y el gobernador Alejandro García Padilla ordenaba a la administración pública de Puerto Rico hacer los trámites necesarios para poner a disposición de las parejas del mismo sexo licencias matrimoniales. La Corte de Apelaciones también instó al juez Pérez-Giménez, en una orden fechada el 8 de julio de 2015, a que dictase nueva sentencia a la luz de la decisión del Tribunal Supremo.
Tras la histórica sentencia pronunciada por el Tribunal Supremo de EEUU con la que se declaraba inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario, Pérez Giménez se enrocaba en su posición inicial y llegaba a afirmar que la decisión del Tribunal Supremo no se podía aplicar a Puerto Rico, ya que no es un estado. El magistrado Juan Pérez Giménez ha provocado la confusión sobre el futuro del matrimonio igualitario en Puerto Rico, debido a un inesperado fallo, emitido el 8 de marzo, en el que afirma que cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos permite el matrimonio igualitario, hace alusión a los estados de la unión, pero no menciona territorios como Puerto Rico, no incorporado como estado. En una decisión que ha sorprendido a propios y extraños, ha dictaminado que la sentencia del Tribunal Supremo estadounidense es únicamente vinculante para los estados miembros de la unión, pero no para los territorios vinculados como Puerto Rico y que, por lo tanto, la definición del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer establecida en el artículo 68 del Código Civil de Puerto Rico sigue vigente. Según el juez, el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo puertorriqueñas requeriría de una orden adicional por parte del Tribunal Supremo de los Estados Unidos o del Tribunal Supremo de Puerto Rico; o bien de una legislación especial por parte del Congreso de Estados Unidos en el ejercicio de los poderes conferidos bajo la cláusula territorial o de algún estatuto adoptado por la Legislatura de Puerto Rico que enmiende o derogue el artículo 68.
El fallo también rechaza una moción interpuesta por la organización Lambda Legal y el gobierno del Puerto Rico para levantar la prohibición del matrimonio igualitario en la isla, por lo que no estaba claro si el gobierno de Puerto Rico dejará de emitir licencias matrimoniales. El Departamento de Justicia de la isla ha remitido todas las reclamaciones a la oficina del gobernador, y a pesar de que han nombrado a un portavoz para responder a todas las preguntas, todavía no ha resuelto las numerosas dudas que ha despertado el asunto.
La comunidad LGTB de la isla no ha tardado en manifestarse en contra del magistrado, dado que su fallo va en contra de la decisión del Supremo estadounidense, que en julio del año pasado validó el matrimonio igualitario en todos los estados, incluyendo Puerto Rico, donde se celebró una boda masiva en la que decenas de parejas se juraron amor eterno, legalizando su relación. «Creemos que esta orden es errónea», afirma Omar González, abogado de Lambda Legal, «es algo que no podemos permitir», señalando que el fallo no invalida las docenas de matrimonios que se ha efectuado ya en la isla. En la misma línea, el activista por los derechos humanos, Pedro Julio Serrano, proclama que «es una vergüenza que el matrimonio para parejas del mismo sexo haya sido impuesto por la Corte suprema de Estados Unidos y no autorizado por la legislatura de Puerto Rico».
El presidente del senado, Eduardo Bhatia, ha calificado de insólito el fallo del magistrado por considerar que «constituye una de las ironías más grandes en tiempos recientes (…). Me parece insólito que el propio tribual federal en la isla ignore que en Puerto Rico aplican los derechos consagrados en la Constitución de los Estados Unidos».
Tras el revuelo causado por este dictamen , el gobernador de Puerto Rico ha intervenido para detener esta absurda travesía hacia el pasado. De este modo, Alejandro García Padilla, afirmaba en un comunicado que:
El derecho fundamental al matrimonio ha sido ordenado por el Tribunal Supremo de EEUU y el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston. Por lo tanto, voy a respetar las resoluciones de los tribunales superiores que, afortunadamente, están muy alejadas de las ideas del juez Juan Pérez Giménez.»
Por su parte, el secretario de Justicia, César Miranda, precisó que “la orden de la Corte Federal para el Distrito de San Juan no altera la validez de los matrimonios contraídos en Puerto Rico entre parejas del mismo sexo y tampoco impide darle reconocimiento a aquellos matrimonios contraídos en otras jurisdicciones”.
En opinión del abogado constitucionalista Carlos Ramos, la decisión del juez Pérez-Giménez no afecta al derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, pues “el estado de derecho en Puerto Rico es la decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. La decisión del juez Pérez Giménez, que a mi juicio es errada, es inconsecuente para el estado de derecho en Puerto Rico. Nadie tiene que preocuparse de que pueda ejercer su derecho fundamental a casarse y que el Código Civil de Puerto Rico no es un impedimento”.
Quienes sí que están afectadas por la inexplicable sentencia del juez Pérez-Giménez son Ada Conde Vidal e Ivonne Álvarez Vélez, que se verán obligadas a recurrirla ante la Corte de Apelaciones de Boston. Según estima Ana Conde Vidal, la decisión de Pérez-Giménez es un “absurdo jurídico” porque la Corte de Apelaciones del 1er. Circuito “ya le había solicitado que decidiera a tenor con lo que había decidido el Tribunal Supremo”. Ana Conde Vidal, que también es abogada, declaraba que “definitivamente, vamos a apelar la decisión. Entendemos que cuando esto vaya a Boston no va a ser mayor controversia y va a ser una decisión rápida cuando le digan: ‘aténgase a las consecuencias de nuestra orden del 8 de julio de 2015’”.
Organizaciones como la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU en sus siglas en inglés), también han criticado que las leyes que prohíben el matrimonio igualitario, como en el caso de Puerto Rico, sigan en los textos y códigos legales, a pesar de no poder ser aplicadas. ACLU se dirige a los legisladores puertorriqueños indicándoles que “si realmente creen en la equidad están obligados a tomar acción para derogar los artículos del Código Civil de Puerto Rico”.
Comentarios desactivados en Hungría bloquea un acuerdo europeo sobre los derechos de la comunidad LGTB
El gobierno conservador de Hungría bloquea un acuerdo para avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB propuesto a la Comisión de la Unión Europea por Holanda.
El Consejo de la Unión Europea, integrado por los representantes de los gobiernos de los estados miembros, ha sido incapaz de llegar a un acuerdo sobre igualdad de las personas LGBTI. La oposición del gobierno húngaro impidió que una lista básica de acciones propuestas por la Comisión Europea recibiera el respaldo unánime del Consejo. Un nuevo ejemplo de hasta qué punto la la pujanza de la derecha más conservadora en los países del Este de Europa arrastra a la Unión Europea hacia posiciones cada vez más alejadas de la igualdad.
El gobierno holandés, que actualmente preside la Unión Europea, ha presentado el borrador de un acuerdo al Consejo de la Unión Europea haciendo un llamamiento para hacer frente a la discriminación homofóbica a través de diversas medidas con el objetivo de avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB e intensificando esfuerzos para recoger datos sobre el tratamiento de los ciudadanos homosexuales, bisexuales y transexuales. Sin embargo, ha quedado vetado por los representantes de Hungría, el mismo día que también han bloqueado una propuesta de acuerdo con Turquía referente a la crisis migratoria. «Hungría no está en posición de aceptar la lista de acciones para avanzar en la igualdad de la comunidad LGTB», ha manifestado en un comunicado del gobierno conservador de Viktor Orbán.
La actual presidencia holandesa de la Unión Europea quería impulsar el desarrollo de las políticas de igualdad en lo referente a la situación de las personas LGBTI, y por eso había situado la discusión de la propuesta de la Comisión Europea (que puedes descargar en su totalidad aquí) en la agenda de Consejo sobre Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores que los representantes de los gobiernos europeos celebraron el pasado 7 de marzo en Bruselas. La propuesta daba respuesta a la petición del Parlamento Europeo de una hoja de ruta contra la homofobia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género (el ya conocido como “informe Lunacek”, aprobado en febrero de 2014 pese a las protestas de los grupos ultraconservadores) y enumeraba una serie de diez acciones a desarrollar de aquí a 2019:
Cerrar la brecha existente en la Unión Europea en lo referente a la protección contra la discriminación en materia de educación, protección social y acceso a bienes y servicios.
Facilitar la vida cotidiana de las familias LGBTI que se trasladan de un lugar a otro de Europa.
Reforzar y monitorizar la transposición e implementación del derecho comunitario en materias como la reasignación de sexo, la atención a la víctimas de delitos de odio por orientación sexual o identidad de género, el asilo, la libertad de circulación o el acceso al empleo.
Promover campañas de comunicación para mejorar la aceptación social de las personas LGTBI.
Dar apoyo a los estados miembros para el desarrollo de políticas clave para las personas LGTBI en materia de no discriminación, delitos de odio, educación y salud.
Dar soporte financiero a organizaciones que trabajan aspectos clave en materia LGBTI, tanto públicas como privadas.
Dar apoyo a las empresas y entornos de trabajo inclusivos.
Mejorar la disponibilidad de datos acerca de la situación de las personas LGBTI en áreas como la discriminación, desigualdades en salud, educación, delitos de odio, libertad de movimiento de las familias LGBTI, situación de las personas intersexuales o reconocimiento legal de la identidad de género de las personas transexuales.
Promover la mejora de la situación de las personas LGBTI en territorios vecinos a la Unión Europea, como los Balcanes o Turquía, en el contexto de las negociaciones de adhesión o asociación.
Promover la mejora de la situación de las personas LGBTI en terceros países.
Pues bien, la negativa del gobierno de Viktor Orbán ha impedido que el Consejo diera su respaldo unánime a la propuesta, lo que hubiese supuesto un hito político significativo para los derechos LGTB en Europa. Pese a todo, la directora ejecutiva de ILGA Europe, Evelyne Paradis, ha preferido ver el vaso medio lleno. “Aunque hubiéramos preferido ver una unanimidad completa, esto no ha sido solo un acuerdo tácito sobre la lista de acciones propuesta por la Comisión Europea. Esto ha sido un auténtico mensaje de los estados miembros: que quieren ver progresos reales más pronto que tarde”, ha declarado Paradis.
También algunos de los más destacados parlamentarios del Intergrupo LGTB del Parlamento Europeo han querido resaltar que 27 de los 28 estados de la Unión dieran su apoyo a la propuesta, entre ellos algunos cuyos gobiernos tampoco se caracterizan por sus esfuerzos en este sentido. Es el caso de la propia Ulrike Lunacek y de Daniele Viotti, copresidentes del Intergrupo, o de Sophie in ‘t Veld, vicepresidenta del mismo, que han destacado asimismo el compromiso de la presidencia holandesa.
No han tardado en surgir voces de condena ante esta paralización, como las de Catherine Bearder, del Partido Liberal Demócrata del Reino Unido, quien ha declarado que «la Unión europea ha desempeñado un papel vital en el avance de los derechos LGTB en todo el continente en los últimos años, incluyendo la condena legal de rechazar al acceso a un puesto de trabajo por motivos de orientación sexual. Pero la realidad es que en algunos países europeos las personas LGTB todavía se enfrentan a la persecución y la discriminación diaria. Es una desgracia que gobiernos como el de Viktor Orbán en Hungría estén bloqueando el progreso en esta área. El Reino Unido debe utilizar nuestra influencia para asegurar que los derechos de la comunidad LGTB son respetados en todo nuestro sector».
El acuerdo reclamaba a los estados miembros de la Comisión Europea «a tomar nuevas medidas para combatir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género y llevar a cabo actividades de sensibilización para promover la igualdad LGTB». Sin embargo, admite la importancia de «respetar plenamente las identidades nacionales y las tradiciones constitucionales de los Estados Miembros», así como sus respectivas competencias en materia de derecho familiar, mientras presten atención a los derechos fundamentales de la comunidad LGTB. Inicialmente, el acuerdo también contaba con las reservas de países como Letonia, Lituania y Polonia, que finalmente sí habían aceptado, al igual que la mayoría de los países miembros de la Comunidad Económica Europea, excepto Hungría.
Hungría, un freno a los avances en materia LGTBI
En este caso, la falta de unanimidad de los gobiernos no supone que el documento quede invalidado ni que la Comisión Europea renuncie a promover las medidas que allí se defienden, pero tiene un simbolismo indudable: ni siquiera en aquellos aspectos relacionados con los derechos más básicos de las personas LGTBI los gobiernos europeos son capaces de alcanzar un acuerdo de mínimos (que por cierto no interfiere con la capacidad de los estados miembros de legislar de forma restrictiva en materia de matrimonio igualitario, adopción homoparental conjunta o acceso igualitario a las técnicas de reproducción asistida).
Se trata, además, de la segunda vez en pocos meses que Hungría actúa como freno en esta materia. Hace pocas semanas los gobiernos húngaro y polaco, puntas de lanza de la derecha populista en Europa, bloqueaban la nueva normativa sobre regímenes económicos matrimoniales en la Unión Europea, que no perseguía otra cosa que dar garantías uniformes a los diferentes tipos de unión legalmente reconocidos por los países de la Unión, argumentando que ello suponía reconocer regímenes de familia que no “responden a sus valores”.
Hungría, recordemos, fue en 2009 uno de los primeros países del Este en reconocer derechos a las parejas del mismo sexo. Eran otros tiempos… La derecha populista, representada por el partido Fidesz y su líder Viktor Orbán, conseguía en 2010 un triunfo arrollador que le permitió cambiar en solitario la Constitución del país para, entre otras medidas autoritarias, “proteger” al matrimonio que se celebra “entre un hombre y una mujer”. El panorama político húngaro no mejoró mucho en 2014: el Fidesz se desgastó mínimamente y revalidó su aplastante mayoría, con casi en 45% de los votos, mientras que Jobbik, un partido abiertamente ultra, ascendía hasta más del 20% y se situaba a solo cinco puntos de Unidad, la coalición de centro-izquierda que a duras penas mantuvo el tipo.
La reciente crisis de los refugiados, de hecho, ha aumentando aún más la popularidad de Orbán, que ha consolidado lo que muchos analistas califican ya como un régimen semiautoritario en el corazón de la Unión Europea derribando tanto la oposición interna como la externa. No conviene olvidar que el primer ministro húngaro, otrora considerado una especie de “paria político”, está considerado hoy día uno de los referentes del Partido Popular Europeo gracias a sus posiciones en materia migratoria. No es casualidad que hace pocas semanas Orbán fuese recibido en Madrid por los líderes populares europeos con toda clase de parabienes…
Comentarios desactivados en Una campaña de Amnistía Internacional en los Países Bajos recuerda la persecución de las personas homosexuales en el mundo
Una campaña de Amnistía Internacional en los Países Bajos sirve de potente recordatorio de la homofobia institucional de numerosos estados del mundo. En esta ocasión, la potencia de la campaña radica sobre todo en reproducir cómo sería la situación que se vive ahora mismo en países como Arabia Saudí o Irán, que persiguen legalmente a las personas homosexuales, en un país tan inclusivo como Holanda, con su larga tradición de tolerancia.
El spot, titulado “Freedoom of Sexpression”, ha sido rodado por una estudiante de cine, Sophie Dros, y muestra una secuencia donde dos chicos que se están besando son descubiertos por un alumno y detenidos por la policía. La escena se presenta en cronología inversa, retrocediendo desde la detención al descubrimiento. El vídeo finaliza con la frase “solo porque no esté pasando aquí no significa que no esté pasando”.
Este vídeo recupera la idea de otra campaña de gran éxito, en esta ocasión de la organización Save the Children, que reflejaba la situación de la infancia entre los refugiados que huyen de zonas de guerra y que presentaba a una niña que bien podría ser de cualquier país de Europa occidental, a la que vemos pasar de un pacífico cumpleaños a tener que huir de su casa por las bombas, pasar calamidades, y celebrar su siguiente cumpleaños de una forma muy distinta al anterior. El final del vídeo acaba también con las palabras “solo porque no esté pasando aquí no significa que esté pasando”.
Es este, en definitiva, un buen ejemplo más de las necesarias campañas de concienciación. En un tiempo en que la crisis de los refugiados ha puesto de relieve la dura situación que viven tantos seres humanos, es oportuno recordar la particular vulnerabilidad de las personas LGTB en numerosas partes del mundo, especialmente en los 79 países y territorios donde las relaciones homosexuales siguen siendo ilegales.
Comentarios desactivados en El fiscal general de Australia anuncia un referéndum sobre el matrimonio igualitario antes de fin de año
Nuevo rifirrafe en la carrera de obstáculos hacia el matrimonio igualitario en Australia. El fiscal general George Brandis aseguró el sábado pasado que el referéndum anunciado sobre la medida se celebraría a finales de este año, justo después de las elecciones generales del próximo otoño. El primer ministro Malcolm Turnbull, aunque se posiciona a favor, ha rechazado comprometer una fecha concreta. La oposición, mientras tanto, sigue pidiendo la aprobación de la igualdad matrimonial mediante la vía parlamentaria.
La discusión sobre el matrimonio igualitario en Australia ha pasado de la pugna entre partidarios y detractores al debate sobre su aprobación por plebiscito o por votación parlamentaria. Un importante paso adelante en el que ha sido decisiva la sustitución, en septiembre del año pasado, del homófobo Tony Abbott por el actual primer ministro Turnbull, favorable a la igualdad. La situación, con todo, sigue siendo incierta: a pesar de que los representantes partidarios del matrimonio igualitario ya son mayoría en ambas cámaras del Parlamento, el jefe del Gobierno sigue apostando por el referéndum no vinculante como paso previo para iniciar el trámite. El Senado, de hecho, ya hizo el año pasado una petición formal para no demorar más el tema.
Buena muestra del clima de incertidumbre es el cruce de declaraciones de este fin de semana. El sábado, el fiscal general (que en Australia suele ser un miembro del Gobierno) afirmaba que el plebiscito se celebraría en este año, “al poco tiempo de iniciarse la andadura del nuevo parlamento”. Si el resultado fuera afirmativo, como apuntan las encuestas, Brandis no tiene duda de que el legislativo aprobaría rápidamente el matrimonio igualitario. El fiscal general mostró su apoyo al mismo: “Tratar a las personas LGTB con igualdad es, creo, uno de los valores fundamentales de la sociedad australiana moderna”.
Solo un día después, la portavoz de Gobierno matizaba las palabras de Brandis y declaraba que el primer ministro mantiene sus planes de plantear el referéndum tan pronto como sea posible tras las elecciones, pero en cualquier caso ya en 2017. El líder de la oposición laborista Bill Shorten ha criticado la división en el seno del Gobierno sobre la cuestión, mientras que el responsable de Los Verdes Richard Di Natale volvió a pedir la tramitación del matrimonio igualitario por la vía parlamentaria antes de los comicios. Turnbull, que ha sido el primer jefe del Gobierno en asistir al Mardi Gras de Sídney (uno de los principales eventos anuales de la comunidad LGTB en Australia), no parece tener intención de cambiar su posición.
Una sociedad favorable con líderes contrarios la igualdad
El debate sobre la aprobación del matrimonio igualitario en Australia viene de muy lejos. Ya antes de las elecciones de 2013, que dieron la victoria a Abbott, fueron los laboristas, entonces al frente del Gobierno, los que actuaron como freno. La que hasta junio de ese año había sido primera ministra, Julia Gillard, se oponía, y durante sus años de gobierno no dudó en maniobrar para impedir que los partidarios de la igualdad dentro del Partido Laborista trasladaran su criterio al Parlamento. Y ello pese a que ya en su congreso nacional de 2011 el partido incorporaba la defensa del matrimonio igualitario a su ideario. Ideario que Gillard se encargó de convertir en papel mojado al imponer que los legisladores laboristas –cuyos votos eran todos necesarios, debido a lo ajustado de su mayoría– tuvieran libertad de voto. Una libertad que Tony Abbott negó entonces a los suyos y que desembocó en el fracaso de la iniciativa. De la mano de Gillard, Australia perdía una primera oportunidad histórica.
La impopularidad de Gillard llevó a Kevin Rudd a arrebatarle el liderazgo del partido y el puesto de primer ministro (mediante una maniobra similar a la que ahora ha destronado a Abbott, y que a su vez antes había utilizado Gillard para sustituir a Rudd). Ya por entonces Rudd se había convertido en defensor del matrimonio igualitario, pese a que su anterior etapa como primer ministro se caracterizó también por un rechazo frontal. Pero la sustitución de Gillard no evitó la derrota laborista, y tras las elecciones Abbott (un católico conservador fuertemente opuesto al matrimonio igualitario, pese a tener una hermana abiertamente lesbiana) se convertía en primer ministro. Su victoria alejó las expectativas de aprobación, pese a que un número no determinado de diputados de su partido son partidarios del matrimonio igualitario, y de hecho ya desde el principio el propio Abbott reconoció que en el futuro le resultaría complicado mantener la disciplina de voto en esta materia. Lo consiguió… pero el empeño contribuyó a la gran bajada de popularidad que finalmente acabó por costarle el puesto.
Sin embargo, la parálisis en la tramitación del matrimonio igualitario en Australia continúa, y la oposición pierde la paciencia. El nuevo primer ministro Malcolm Turnbull, que había despertado esperanzas por su posición favorable, no ha cambiado sin embargo los planes de su predecesor de posponer la decisión hasta la celebración de un referéndum sobre la igualdad matrimonial en 2017. Y ello a pesar de las voces que alertan de lo costosa y divisiva que sería una consulta de esta naturaleza, que califican de innecesaria. Por ello, el Senado australiano le pidió a finales del pasado 2015 que no se demore más y tramite ya un proyecto de ley en el Parlamento con libertad de voto para todos los diputados. Esperemos que el cada vez más claro y evidente apoyo de todos los sectores de la sociedad australiana a la tramitación inmediata de una ley de matrimonio igualitario dé sus frutos, y la igualdad de derechos de la población LGTB no sufra más dilaciones.
Comentarios desactivados en El Tribunal Supremo de los Estados Unidos revoca una sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción de una madre lesbiana
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha revocado la sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción a una de las integrantes de una pareja lesbiana. El dictamen es especialmente relevante para los progenitores LGTB, pues garantiza que las adopciones llevadas a cabo legalmente en un estado, sean reconocidas por otro, aunque sus propias normativas impidan la adopción a las parejas del mismo sexo. La decisión, además, ha sido tomada por unanimidad, sin que los jueces integrantes del alto tribunal hayan requerido siquiera la presentación de argumentos orales.
En una sentencia fechada el pasado 7 de marzo, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, per curiam —es decir, por decisión de la corte en su conjunto— ha revocado el fallo de la Corte Suprema de Alabama que denegó los derechos de progenitura a uno de los miembros de una pareja de mujeres, por no ser la madre biológica de los tres hijos que ambas habían criado. Se trata del primer caso sobre derechos LGTB que ha dilucidado el Tribunal Supremo desde que falló a favor del matrimonio igualitario en junio de 2015, y su dictamen ha sido igualmente favorable a los derechos de las parejas del mismo sexo.
Una pareja y una familia rotas
La sentencia del Tribunal Supremo detalla la historia de las implicadas en el caso, que se conocen por sus iniciales, V. L. y E. L., un procedimiento común en este tipo de litigios familiares, destinado a proteger su intimidad. Las dos mujeres, residentes en el estado de Alabama, habían mantenido una relación sentimental desde 1995. Durante su convivencia, recurrieron a la reproducción asistida para tener a sus tres hijos, todos ellos gestados por E. L., quien, según las leyes del estado, sería su única progenitora legal. Alabama no reconoce el derecho de adopción al otro miembro de la pareja, a menos que ambos estén unidos en matrimonio, institución vedada a las parejas del mismo sexo en aquellos años.
Tratando de velar por la protección de sus hijos, a quienes ambas criaron conjuntamente desde su nacimiento, V. L. quiso adoptarlos legalmente, algo con lo que E. L. estuvo de acuerdo. Aconsejadas al respecto por profesionales, decidieron instalarse provisionalmente en el vecino estado de Georgia, donde tal posibilidad existía en algunos de sus condados, cuyas Cortes Superiores tenían competencia al respecto. De esta manera, obtuvieron un veredicto favorable de la Corte Superior del condado de Fulton, que estimó que su solicitud cumplía con todos los requisitos y se ajustaba a derecho, por lo que nombró progenitora legal a V.L. Constó en el fallo el consentimiento explícito de E. L., condicionado únicamente a la conservación de sus propios derechos, como es habitual en estos casos. Ambas fueron declaradas madres legales de sus tres hijos.
De regreso a Alabama, la pareja mantuvo su relación hasta el año 2011, fecha en la que la dieron por concluida. Poco después, V. L. interpuso una demanda en el Tribunal de Familia del condado de Jefferson, pues E. L. le negaba cualquier derecho de visita a sus tres hijos. El tribunal reconoció el estatus de progenitora de V. L., dando por válida la adopción llevada a cabo en Georgia, y estimó su demanda, estableciendo los correspondientes derechos de visita.
E. L. recurrió a la Corte Civil de Apelaciones, que desestimó su requerimiento, manteniendo la decisión del Tribunal de Familia. Entonces, E. L. llevó el caso hasta la Corte Suprema de Alabama, bien conocida por ser completamente hostil a los derechos LGTB, con su presidente Roy Moore a la cabeza.
La Corte Suprema de Alabama cumplió con las expectativas LGTBfobas de E. L., y decidió anular la decisión de los tribunales inferiores, al estimar que la legislación del estado de Georgia no reconocía el derecho de adopción a los miembros de una pareja no unida en matrimonio. El plantel de jueces no tuvo en cuenta que las competencias al respecto eran potestad de las Cortes Superiores de los condados, que habían establecido su propia jurisprudencia. Se trataba, además, de la única sentencia, en los últimos 150 años de historia legal de los Estados Unidos, en la que un tribunal revocaba la decisión de una corte de otro estado respecto a los derechos de adopción.
Un fallo relevante para los progenitores LGTB
V. L., cuya defensa era llevada por el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, apeló a la más alta instancia, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Al aceptar el caso, el alto tribunal dejó en suspenso la resolución de la Corte Suprema de Alabama, restableciendo los derechos de visita mientras durara el proceso de apelación.
Finalmente, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de V. L., sin ni siquiera requerir la presentación de argumentos orales por las partes, y por unanimidad de los miembros del tribunal. Los jueces han estimado que la Corte Suprema de Alabama ha vulnerado la sección primera del artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos, que establece la “confianza y crédito” debidos a las decisiones de los tribunales de otros estados. Esta cláusula trata de impedir que un derecho reconocido en los tribunales de un estado pueda ser ignorado por otro, y así fortalecer un sistema judicial único para todos los ciudadanos. Dado que las Cortes Superiores de los condados del estado de Georgia tienen competencia para dictar resoluciones en materia de adopción, sus decisiones deben ser respetadas y acatadas por todos los tribunales del país.
De esta manera, no solo se hace justicia con V. L., que ha visto restablecidos sus derechos como progenitora legal de los tres hijos que ella misma crió, sino también se garantiza que las parejas LGTB que viven en estados donde está permitida la adopción de los hijos biológicos del otro miembro de la pareja, no pierdan sus derechos al instalarse en estados donde no se permite. También es especialmente relevante que esta sea la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre derechos LGTB tras su fallo favorable al matrimonio igualitario, y que haya sido positiva incluso por unanimidad.
Tras conocer el dictamen, V. L. declaraba que“me siento afortunada por que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos haya revocado la decisión del tribunal de Alabama. He sido la madre de mis hijos en todos los sentidos durante toda su vida. Pensé que el hecho de adoptarles significaba que íbamos a ser capaces de estar juntos para siempre. Cuando la Corte de Alabama dictó que mi adopción no era válida y que no era su madre, pensé que todo se había acabado. El Tribunal Supremo ha hecho lo correcto para mi familia”.
Por su parte, desde el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, cuyo equipo legal ha conseguido esta victoria, se emitía el siguiente comunicado: “La decisión del Tribunal Supremo de revocar la sentencia sin precedentes de Alabama, que anulaba una adopción efectuada en otro estado, es una victoria no solo para nuestro cliente, sino para miles de familias adoptivas. Ningún padre adoptivo, ni ningún niño adoptado, deberían tener que enfrentarse a la incertidumbre de poder tener que separarse años después de la adopción, solo porque la corte de otro estado no está de acuerdo con la ley que se aplicó en dicha adopción”.
Comentarios desactivados en Colombia registra el primer matrimonio igualitario celebrado fuera del país
Colombia sigue avanzando, paso a paso, hacia el reconocimiento jurídico pleno de las familias LGTB. Con la adopción homoparental en vías de consolidación, tras dos sentencias favorables de la Corte Constitucional, y a la espera de que el alto tribunal adopte una decisión definitiva sobre el matrimonio igualitario, por primera vez una pareja del mismo sexo casada en el exterior ha podido ver su matrimonio formalmente registrado en suelo colombiano. Se trata de Julián Castro y Julián Artacho, casados en julio de 2013 en Barcelona.
Un español y un colombiano, casados en 2013 en Barcelona, registraron este jueves en Colombia y tras casi un año de pleitos el primer matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el exterior. La pareja había intentado realizar el trámite ante un notario de Bogotá, que se lo negó en mayo de 2014, pero en esta ocasión y luego de un largo periplo burocrático consiguieron hacerlo, según declaraciones.
La batalla jurídica comenzó en mayo de 2015, cuando la notaría 11 de Bogotá se negó a registrar el matrimonio de Julián Castro (ciudadano colombiano) y Julián Artacho (ciudadano español) pese a que la ley colombiana estipula que un matrimonio celebrado legalmente en otro país por un ciudadano colombiano se puede registrar en cualquier notaría, registraduría o consulado de Colombia en el exterior.
Julián Castro y Julián Artacho lograron finalizar el trámite tras conocer una circular de la Registraduría Nacional que establece las instrucciones para la inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero entre personas del mismo sexo. «La odisea comenzó cuando decidimos que tenemos igualdad de derechos y queremos hacerlo valer», señaló Castro. En este sentido, recordó que tras ser denegada la primera solicitud ante una notaría, hicieron un derecho de petición que recibió como respuesta que «no era válido».
Tras esa negativa, el titular de la Notaría número 11 de Bogotá, que impidió que culminara la gestión administrativa, comentó que no contaba con «formatos específicos para matrimonios homosexuales» y porque, según dijo, «en Colombia no está legislada esa figura». «Después comenzamos con el proceso de la Registraduría y en diciembre del año pasado presentamos los papeles», agregó Castro, quien durante su proceso ha estado asesorado jurídicamente por la asociación Colombia Diversa.
La situación fue todavía más paradójica, puesto que los ciudadanos colombianos tienen la obligación de informar a las autoridades si se casan, sin embargo esto no fue posible en el caso de Castro al ser un hombre su pareja. Por ello, destacó que «es una cuestión de igualdad», ya que si se hubiera «casado con una mujer en Barcelona no habría ningún problema para registrarlo».
Ante la negativa, la pareja presentó un derecho de petición al que la Registraduría Nacional ha respondido favorablemente, emitiendo una circular que señala expresamente la procedencia de inscribir los matrimonios de las parejas del mismo sexo celebrados en el exterior.
“El matrimonio celebrado en el extranjero por personas del mismo sexo, que haya cumplido con los requisitos generales de la ley foránea y venga debidamente inscrito, es un acto que afecta al estado civil de los contrayentes, sujeto a registro en Colombia, entendido éste como un acto de trámite de naturaleza meramente declarativa”, expresa con rotundidad la circular 036/2016 de la Registraduría Nacional, fechada a 2 de marzo. “Razón por la cual, no se considera que una inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero por una pareja de personas del mismo sexo, contravenga los artículos 113 y siguientes del código civil, ya que los interesados en inscribirlo, no pretenden celebrar uno nuevo, sino registrar un matrimonio celebrado fuera de Colombia y según la ley del país respectivo, en donde ya se encuentra inscrito”, prosigue el texto.
La circular, que se aplica para la inscripción de cualquier matrimonio legalmente celebrado en el exterior entre dos ciudadanos colombianos o entre un colombiano y un extranjero del mismo sexo, detalla además el procedimiento a seguir, similar al de los matrimonios entre personas de distinto sexo. La circular ha sido enviada a notarías, registradurías, delegaciones departamentales y demás instituciones autorizadas para llevar las funciones de registro civil. La organización Colombia Diversa recomienda en cualquier caso conocer el documento y presentarlo, si es necesario, ante los funcionarios de registro (puedes acceder a ella aquí. En caso de necesitar asesoría, es posible contactar con Colombia Diversa en el correo electrónico familia@colombiadiversa.org).
Castro y Artacho pudieron así por fin registrar su matrimonio el pasado jueves 3 de marzo. Casados civilmente en España, su estado civil es reconocido en Colombia, de forma que sus derechos están ya protegidos en ambos países y podrán acceder, como toda pareja, a ser beneficiarios a la salud y pensiones de su compañero, a la visa de cónyuge o a constituir un patrimonio de familia, entre otros.
Matrimonio igualitario en Colombia: en espera de la Corte Constitucional
Actualmente, la Corte discute la posibilidad de legalizar el matrimonio de parejas del mismo sexo si bien ya se han registrado varias uniones legales que en este momento están en el albero ante la posibilidad de que puedan ser anuladas.
La decisión de la Registraduría Nacional se produce mientras el colectivo LGTB colombiano espera con impaciencia la que puede ser histórica resolución de la Corte Constitucional abriendo definitivamente la puerta a la celebración sin cortapisas del matrimonio entre personas del mismo sexo. Un fallo que debe acabar con la incertidumbre jurídica reinante en Colombia, donde el que el matrimonio se celebre o no depende de la interpretación que de una sentencia previa del Constitucional haga el correspondiente juez o notario. Ya el pasado agosto se esperaba una decisión inminente (puedes revisar aquella entrada, en la que repasábamos la situación con detalle).
Pero por el momento, y después de más dos años desde que la cuestión escalase de nuevo hasta el alto tribunal, el fallo sigue sin producirse. Hace pocos días Colombia Diversa lanzaba un mensaje tranquilizador, explicando que al tratarse de una revisión de casos, y no de un fallo de inconstitucionalidad sobre una ley concreta, los plazos no están definidos. Ojalá la espera acabe mereciendo la pena…
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