Un juez federal impide a Nueva York exigir a una fotógrafa cristiana que trabaje en bodas homosexuales
Un juez federal de EE.UU impide que el estado de Nueva York exija a una fotógrafa cristiana trabajar en bodas entre personas del mismo sexo, al considerar que viola su libertad de expresión y religión. El fallo sigue precedentes del Supremo y suspende la aplicación de leyes antidiscriminación mientras continúa el litigio.
Un juez federal ha impedido al estado de Nueva York aplicar leyes que podrían obligar a una fotógrafa cristiana a trabajar en bodas entre personas del mismo sexo, dado que ella cree que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.
En una sentencia publicada el jueves, el juez Frank Geraci, del Juzgado de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Nueva York, dictó una resolución favorable a la fotógrafa Emilee Carpenter tras una prolongada batalla legal. Su objetivo es asegurarse de que no la obliguen a actuar en contra de sus convicciones religiosas como condición para ejercer su actividad profesional en el estado.
“De principio a fin, la demandante ofrece un servicio fotográfico personalizado y a medida, guiado por su propio juicio artístico y moral”, escribió el juez.
Carpenter alegó que las leyes estatales sobre servicios de acceso público, que prohíben la discriminación por orientación sexual e identidad de género, vulneraban sus derechos a la libertad de expresión y de asociación, así como su derecho a la libertad religiosa.
Como cristiana practicante que cree que el matrimonio debe ser exclusivamente entre un hombre y una mujer, Carpenter expresó su preocupación ante la posibilidad de verse obligada a fotografiar bodas entre personas del mismo sexo para cumplir con la normativa estatal.
En su resolución, Geraci dio la razón a Carpenter al considerar que sus servicios de fotografía nupcial constituyen “medios de expresión” protegidos por la Primera Enmienda de la Constitución de EE. UU. Geraci, nombrado por el expresidente Barack Obama, concedió una medida cautelar provisional que impide temporalmente al Estado aplicar determinadas disposiciones legales mientras continúa el procedimiento judicial.
Según el fallo, Nueva York no puede “obligar a los demandantes a ofrecer a las parejas del mismo sexo los mismos servicios de fotografía de compromiso y bodas que ofrecen a las parejas heterosexuales”, ni “impedir que los demandantes adopten su política de Creencias y Prácticas deseada”.
Asimismo, se prohíbe al Estado aplicar otra parte de la normativa antidiscriminación cuyo objetivo es “impedir que los demandantes hagan a los posibles clientes preguntas suficientes para determinar si desean servicios fotográficos que celebren una boda o compromiso entre personas del mismo sexo, o formular preguntas de contenido similar”.
El litigio entre Carpenter y el Estado de Nueva York se remonta a varios años atrás.
En 2021, un tribunal federal falló en contra de Carpenter, pero más tarde el Tribunal Supremo de EE. UU. resolvió en el caso 303 Creative LLC v. Elenis que la Primera Enmienda impide a los estados utilizar “actividades expresivas para imponer un discurso”.
En ese momento, el caso de Carpenter estaba pendiente ante el Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito. Tras la sentencia del caso 303 Creative, el tribunal de apelaciones ordenó al juzgado de distrito que revisara el asunto a la luz del nuevo precedente.
La organización sin ánimo de lucro Alliance Defending Freedom, dedicada a la defensa de la libertad religiosa y que representa a Carpenter en el proceso, celebró el avance judicial.
“La libertad de expresión es para todos, y cada vez más tribunales están fallando en consonancia con ese principio”, declaró en un comunicado Bryan Neihart, abogado principal de la organización. “La Constitución de EE. UU. protege la libertad de Emilee para expresar sus propias opiniones mientras continúa prestando servicios a clientes de toda procedencia y creencias. El juzgado de distrito ha protegido correctamente ese derecho y ha seguido el criterio establecido por el Tribunal Supremo”, añadió. “Ahora Emilee puede disfrutar de la libertad de crear y expresarse, una libertad que protege a todos los estadounidenses, con independencia de sus convicciones”.
Carpenter se enfrentaba a una posible multa de 100.000 dólares, la retirada de su licencia comercial y hasta un año de prisión si se determinaba que había infringido la legislación estatal antidiscriminación.
Aunque Carpenter nunca fue denunciada por negarse a prestar servicios para una boda entre personas del mismo sexo, otros empresarios en Estados Unidos sí han tenido que acudir a los tribunales por rechazar participar en bodas de este tipo debido a sus creencias religiosas.
Aaron y Melissa Klein, una pareja cristiana del estado de Oregón, fueron multados con 135.000 dólares por negarse a elaborar una tarta para una boda entre personas del mismo sexo. Barronelle Stutzman, florista en el estado de Washington, pagó 5.000 dólares para poner fin a un litigio relacionado con su negativa a proporcionar flores para una boda de ese tipo.
En 2018, el Tribunal Supremo de EE. UU. falló a favor del pastelero cristiano Jack Phillips, de Colorado, que fue sancionado por las autoridades estatales tras negarse a preparar una tarta para una boda entre personas del mismo sexo.
Fuente Agencias
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