Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Catholic Relief Services’

Empleado gay gana demanda contra CRS por negarle beneficios de salud a su esposo

lunes, 2 de junio de 2025
Comentarios desactivados en Empleado gay gana demanda contra CRS por negarle beneficios de salud a su esposo

IMG_1060Catholic Relief Services (CRS), la mayor organización católica de ayuda internacional de Estados Unidos, ha sido condenada a pagar 60.000 dólares a un exempleado homosexual a quien se le negó la cobertura médica para su esposo.

El exempleado, conocido como John Doe, fue analista de programas en la organización entre 2016 y 2024, según The Daily Record. Al ser contratado, le informaron que su esposo recibiría seguro médico, y ambos tuvieron cobertura durante 16 meses.

En 2017, Doe recibió la noticia de que su esposo no debía recibir beneficios médicos y que se le suspendería toda la cobertura. Cuando Doe decidió impugnar esta decisión, fue amenazado con el despido.

Doe demandó a CRS, argumentando que discriminaron por su orientación sexual y violaron el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la Ley de Prácticas Justas de Empleo de Maryland (MFEPA), la Ley de Igualdad Salarial por Trabajo de Maryland (MEPEWA) y la Ley Federal de Igualdad Salarial. CRS argumentó que está exento de las leyes estatales contra la discriminación debido a su afiliación religiosa.

La jueza Julie Rubin, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Maryland, dictaminó que CRS no tenía derecho a retirar los beneficios de salud. Rubin declaró que, según la MFEPA, los empleados que desempeñan una «misión fundamental» pueden estar exentos de las leyes de discriminación por orientación sexual. Sin embargo, Doe «no promovió directamente, en ninguno de sus puestos, una misión fundamental de CRS«, violando así sus derechos bajo la MFEPA.

La victoria de Doe es la «primera en Maryland en aplicar la prueba de la Corte Suprema estatal bajo la exención religiosa de la Ley de Prácticas Justas de Empleo de Maryland«, según Fox News. Sin embargo, esta es la segunda victoria personal de Doe. En 2022, cuando Doe presentó la demanda inicialmente, la jueza Catherine Blake determinó que CRS violó las leyes federales contra la discriminación, aunque la demanda fue remitida a la Corte Suprema estatal para su revisión.

The Baltimore Sun explicó:

Tras la aclaración de la Corte Suprema, el juez Rubin concluyó que Doe no promovió directamente la misión religiosa fundamental de Catholic Relief Services en ninguno de los cargos que ocupó en la agencia. En consecuencia, Catholic Relief Services no podía ampararse en la exención religiosa para discriminarlo.

El tribunal también concluyó que, dado que la MFEPA es neutral y de aplicación general, no viola el derecho de libre ejercicio de la Primera Enmienda de Catholic Relief Services, según los abogados de Doe.”

En respuesta a la decisión más reciente, Doe declaró:

«Estoy muy satisfecho con el fallo del juez Rubin y me siento honrado de formar parte de un caso que sienta precedente y que ha ayudado a aclarar, tanto para empleadores como para empleados, las protecciones legales que brinda la ley de Maryland, especialmente para los trabajadores LGBTQ+».

«Espero sinceramente que CRS vea este fallo como una oportunidad para promover la dignidad humana de los empleados en matrimonios del mismo sexo, brindándoles las mismas oportunidades y beneficios que se otorgan a sus contrapartes heterosexuales«.

–Sarah Cassidy, Ministerio New Ways, 21 de mayo de 2025

Fuente New Ways Ministry

General, Iglesia Católica, Iglesia Luterana , , , , ,

Juez ordena a Catholic Relief Services pagar 60.000 dólares por no reconocer matrimonio homosexual

lunes, 5 de mayo de 2025
Comentarios desactivados en Juez ordena a Catholic Relief Services pagar 60.000 dólares por no reconocer matrimonio homosexual

IMG_1060La corte federal en Maryland ordenó a Catholic Relief Services indemnizar a un ex empleado tras negarse a extender beneficios de salud a su esposo.

Un juez del distrito de Maryland ordenó la pasada semana a Catholic Relief Services (CRS) pagar 60.000 dólares a un ex empleado por negarse a proporcionar beneficios de atención médica conyugal a su esposo.

La entidad católica alega que aunque la unión es reconocida bajo la ley estatal de Maryland y la ley federal, no es reconocida por la Iglesia Católica que, sin respetar la Lay,  defiende  que el matrimonio es exclusivamente entre un hombre y una mujer y no reconoce los matrimonios civiles entre dos hombres o entre dos mujeres.

En una decisión emitida el 21 de abril, la jueza federal Julie Rubin determinó que CRS violó leyes estatales y federales que prohíben la discriminación basada en el sexo y la orientación sexual de una persona. La jueza rechazó el argumento de CRS de que la organización estaba amparada por las exenciones religiosas previstas en las leyes de discriminación estatales y federales.

Rubin también desestimó el alegato de CRS de que aplicar las leyes antidiscriminación en este caso violaría la protección de la libertad religiosa garantizada por la Primera Enmienda.

El conflicto se centró en la interpretación judicial de la “excepción ministerial”, una doctrina legal en Estados Unidos que exime a entidades religiosas de ciertas leyes antidiscriminación. Esta excepción permite a las organizaciones religiosas no aplicar ciertas normas cuando un empleado desempeña un cargo que promueve directamente su misión religiosa, en los casos en que la aplicación de la norma afectaría dicha misión.

Según el fallo, el ex empleado, identificado como John Doe en la demanda, trabajó como asesor de datos de programas; asesor de calidad de datos y análisis; asesor de monitoreo, evaluación, rendición de cuentas y aprendizaje a nivel global; gerente de programas; y gerente de gateway.

La jueza determinó que estos cargos no eran esenciales para promover la misión religiosa de CRS, por lo que no calificaban para una exención religiosa según la ley federal ni la Ley de Prácticas Justas de Empleo de Maryland.

Doe no promovió directamente una misión central de CRS en ninguno de los cinco cargos que ocupó durante su empleo en CRS”, afirma la sentencia. “Debido a que el tribunal concluye que ninguno de los cinco cargos de tiempo completo desempeñados por Doe promovió directamente una misión de CRS, y que cada uno de sus puestos estaba uno o más pasos alejados de las acciones que afectan las metas de CRS, el tribunal … concluye que CRS no ha cumplido con la carga de demostrar que se aplica aquí la exención para entidades religiosas”, añade el fallo.

Un portavoz de CRS dijo el viernes a CNA que la organización no tenía comentarios en ese momento y que actualmente está “revisando la decisión de la jueza”.

El ex empleado emitió un comunicado a través de sus abogados de Gilbert Employment Law en el que expresó estar “muy feliz con la decisión de la jueza Rubin. Estoy honrado de ser parte de un caso que marca un precedente y que ha ayudado a clarificar, tanto para empleadores como para empleados, las protecciones legales que ofrece la ley de Maryland, especialmente para los trabajadores LGBTQ+”, declaró el demandante.

Ryan Tucker, asesor principal del grupo legal fundamentalista y LGTBIfobo Alliance Defending Freedom, expresó su preocupación por la decisión de la jueza en declaraciones a CNA. “Ahora y siempre, toda organización religiosa tiene el derecho de contratar a personas que compartan su fe”, afirmó. “El gobierno nunca debería penalizar a una organización religiosa simplemente por ser religiosa. Sin embargo, esta decisión es profundamente preocupante debido a las implicaciones que puede tener para los derechos de la Primera Enmienda de las organizaciones religiosas y los empleadores”.

CRS brinda principalmente ayuda humanitaria en todo el mundo. Según su declaración de misión, la organización está “motivada por el Evangelio de Jesucristo a valorar, preservar y defender el carácter sagrado y la dignidad de toda vida humana, a fomentar la caridad y la justicia, y a encarnar la enseñanza social y moral católica”, que es, precisamente lo que no ha cumplido al pisotear los derechos de su empleado.

Fuente Agencias

General, Homofobia/ Transfobia., Iglesia Católica , , , , ,

Recordatorio

Cristianos Gays es un blog sin fines comerciales ni empresariales. Todos los contenidos tienen la finalidad de compartir, noticias, reflexiones y experiencias respecto a diversos temas que busquen la unión de Espiritualidad y Orientación o identidad sexual. Los administradores no se hacen responsables de las conclusiones extraídas personalmente por los usuarios a partir de los textos incluidos en cada una de las entradas de este blog.

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Por supuesto, a petición de los autores, se eliminará el contenido en cuestión inmediatamente o se añadirá un enlace. Este sitio no tiene fines comerciales ni empresariales, es gratuito y no genera ingresos de ningún tipo.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un espacio de información y encuentro. La información puede contener errores e imprecisiones.

Los comentarios del blog estarán sujetos a moderación y aparecerán publicados una vez que los responsables del blog los haya aprobado, reservándose el derecho de suprimirlos en caso de incluir contenidos difamatorios, que contengan insultos, que se consideren racistas o discriminatorios, que resulten obscenos u ofensivos, en particular comentarios que puedan vulnerar derechos fundamentales y libertades públicas o que atenten contra el derecho al honor. Asimismo, se suprimirá aquellos comentarios que contengan “spam” o publicidad, así como cualquier comentario que no guarde relación con el tema de la entrada publicada. no se hace responsable de los contenidos, enlaces, comentarios, expresiones y opiniones vertidas por los usuarios del blog y publicados en el mismo, ni garantiza la veracidad de los mismos. El usuario es siempre el responsable de los comentarios publicados.

Cualquier usuario del blog puede ejercitar el derecho a rectificación o eliminación de un comentario hecho por él mismo, para lo cual basta con enviar la solicitud respectiva por correo electrónico al autor de este blog, quien accederá a sus deseos a la brevedad posible.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.