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Colombia: la propuesta de referéndum para prohibir adoptar a parejas del mismo sexo y personas solteras recibe el aval del Senado

Lunes, 19 de diciembre de 2016
Comentarios desactivados en Colombia: la propuesta de referéndum para prohibir adoptar a parejas del mismo sexo y personas solteras recibe el aval del Senado

20150211171627173vivian-1Preocupantes noticias las que no llegan desde Colombia, donde la iniciativa promovida por la senadora del Partido Liberal Viviane Morales para convocar un referéndum que prohiba adoptar a las parejas del mismo sexo (y de paso a todas las personas solteras, con el argumento de que los niños necesitan “un papá y una mamá”) avanza a paso firme. Este miércoles el Senado colombiano daba su apoyo a la iniciativa por 55 votos a favor y 22 en contra. La iniciativa discriminatoria debe pasar todavía el filtro de la Cámara de Representantes (donde es altamente probable su aprobación) y, finalmente, de la Corte Constitucional. El alto tribunal, que en su momento avaló la constitucionalidad de la adopción homoparental, parece quedar como la última esperanza de los partidarios de la igualdad. 

Colombia, como hemos recogido estos últimos años, ha dado pasos de gigante en lo que al reconocimiento de la homoparentalidad se refiere gracias a su Corte Constitucional. En noviembre de 2015, el más alto tribunal colombiano daba su visto bueno a la adopción homoparental conjunta por seis votos contra dos. Lo hacía centrándose en los derechos de los menores, “especialmente aquellos en situación de abandono, a tener una familia”. Un derecho que “se puede hacer efectivo brindándoles cualquier tipo de familia que se encuentre constitucionalmente reconocido, bien sea de aquellas conformadas por vínculos jurídicos, de las que surgen por vínculos naturales, o de las que se conforman por la voluntad responsable de sus integrantes”. Hay que tener en cuenta, en este sentido, el importante precedente que la misma Corte Constitucional sentó en 2011, cuando en otra histórica sentencia determinó que las parejas del mismo sexo están protegidas por el derecho constitucional a“conformar una familia”.

A los pocos días de la sentencia sobre la adopción, la Corte Constitucional fallaba también a favor de una pareja de hombres que en su momento no pudo registrar a sus dos hijos nacidos en Estados Unidos mediante gestación subrogada, ordenando además adecuar el formato de los registros de nacimiento para que estos admitiesen a los hijos de parejas del mismo sexo. La Corte consideró que los argumentos contrarios a estas inscripciones “se basan en una interpretación tradicional y heterosexual de la familia que aunque se encuentra plenamente protegida por la Constitución, no es la única unión familiar amparada por la Carta”.  Ello llevó, pocas semanas después, a que por primera vez dos mujeres pudiesen registrar como madres a su hija, concebida por inseminación artificial en la propia Colombia, sin tener que recurrir a la vía de la adopción en el seno de la misma pareja. Fue ya posteriormente, en primavera de este año, cuando la Corte Constitucional de Colombia fallaba a favor del matrimonio igualitario, una cuestión que en Colombia se ha mantenido jurídicamente disociada de la adopción homoparental.

En definitiva, toda una serie de pronunciamientos en favor de la realidad familiar homoparental que desataron las iras de los homófobos, según los cuales la Corte Constitucional, con este tipo de sentencias, está legislando de espaldas al Congreso, donde es altamente improbable que fuesen aprobadas. Especial éxito tuvo la iniciativa de la senadora liberal Viviane Morales, de convicciones evangélicas (y que contó para ello con el apoyo de numerosos congresistas de diversas fuerzas políticas) para promover un referéndum de reforma constitucional que solo permita adoptar a parejas de distinto sexo. Parejas del mismo sexo (que acaban de estrenar ese derecho) y personas solas (que ya lo disfrutaban) perderían la posibilidad de adoptar a los miles de niños que en Colombia carecen de una familia. Morales debía reunir un número de firmas equivalente al 5% del censo electoral (1.665.000), pero gracias a la intensa movilización tanto de los grupos evangélicos como de las parroquias católicas consiguió de hecho rebasar los 2 millones.

Voto a favor del Senado

Una vez superado el número de firmas necesario, es el Congreso el que debe pronunciarse. La primera cámara parlamentaria en pronunciarse ha sido el Senado. En septiembre, su Comisión primera aprobaba la iniciativa por 10 votos a favor y solo 2 en contra. Este martes, 13 de diciembre, el pleno del Senado le daba su respaldo, tras un agitado debate, por una diferencia menor, pero aún así amplia: 55 votos a favor y 22 en contra. A continuación, la iniciativa de Viviane Morales (que no ha dudado en recurrir a argumentos abiertamente homófobos, como que los hijos de parejas del mismo sexo se ven sometidos a abusos sexuales o que se ve alterado su desarrollo afectivo) debe ser discutida en la Cámara de Representantes, donde todo apunta a que también será aprobada.

La propuesta de referéndum, finalmente, debe ser sometida a revisión de constitucionalidad por la Corte Constitucional, lo que resulta paradójico ya que los derechos que el referéndum pretender retirar a una minoría fueron reconocidos precisamente por una decisión previa de la propia Corte. Varios exmagistrados de la Corte, de hecho, se han pronunciado públicamente en contra de la iniciativa:

Es en este punto del proceso en el que reposarían las esperanzas de los partidarios de la igualdad. Si aun así la iniciativa de referendum fuese declarado exequible (está claro que la presión a la que los miembros de la Corte se verán sometidos puede ser realmente insoportable) se procederá a su convocatoria. Para que el resultado sea considerado válido, requiere no solo que el resultado sea superior al 50% de los votos emitidos, sino que el voto afirmativo exceda de la cuarta parte del total del censo.

El presidente Santos, en contra

1703_bPrecisamente este miércoles, durante una visita que está realizando a España, el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos (a cuya reelección contribuyó de forma indiscutible el colectivo LGTB) se mostraba públicamente en contra del referéndum. “Yo no estoy a favor de esa posición. Nosotros somos un Gobierno que ha promovido los derechos de todos los colombianos, incluyendo las minorías homosexuales”, declaraba.

Una postura que, por desgracia, no comparte la mayoría de los legisladores de su propio partido, el Partido de la U. En la votación que tuvo lugar el martes, 11 senadores del Partido de la U votaron a favor del referéndum, mientras que 6 lo hicieron en contra.

Multitud de niños en espera de ser adoptados

Lo verdaderamente paradójico de todo este asunto, en cualquier caso, es que la iniciativa de Viviane Morales para limitar la adopciones tiene lugar cuando el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se ha visto obligado a lanzar una campaña para promover la adopción debido a la caída en el número de menores adoptados que se ha registrado en Colombia en los últimos años, lo que hace que cada vez más niños tengan que permanecer al cargo del estado sin poder acceder al cariño de una familia.

El ICBF, de hecho, fue uno de los organismos que en su momento avaló la adopción homoparental, al igual que han hecho la Defensoría del Pueblo, el Colegio Colombiano de Psicólogos y varias universidades (como la Universidad Nacional de Colombia, la Pontificia Universidad Javeriana, la Universidad del Valle y la Universidad de los Andes, que ya en 2012 emitieron informes a favor, o la Universidad Externado de Colombia).

Fuente Dosmanzanas

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Miss Chile 2016, en plena gala: “Absolutamente a favor del matrimonio igualitario y la adopción. ¡Basta! Hay que darles los mismos derechos”

Sábado, 26 de noviembre de 2016
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catalina-caceres-miss-universo-chile-2016La modelo Catalina Cáceres es, desde el pasado 13 de noviembre, la nueva Miss Chile. Pero si traemos aquí esta noticia es por la respuesta que dio la flamante reina chilena de la belleza a la pregunta de uno de los miembros del jurado sobre si estaba de acuerdo con el matrimonio igualitario y con la adopción homoparental…

En un momento de la gala (transmitida por Chilevisión a todo el país) cada una de las cuatro finalistas elegía a un miembro del jurado para que le hiciera una pregunta. Catalina Cáceres eligió al venezolano Harry Levy, todo un experto en este tipo de certámenes, y que participaba por primera vez en el proceso de elección de Miss Chile. Levy le preguntó directamente: “¿Tú estás de acuerdo con el matrimonio igualitario?”. Recordemos, en este punto, que el proceso de discusión del matrimonio igualitario se reactivó en Chile el pasado verano.

“Yo creo que esa pregunta es un poco capciosa. Yo sé que de una reina de belleza se espera una respuesta políticamente correcta, pero yo también siento que nosotras tenemos que tener opinión. Y yo estoy absolutamente a favor del matrimonio igualitario. Yo creo que no puede ser que en Chile existan ciudadanos de segunda categoría que no tengan los mismos derechos que tenemos todos. Muchas gracias”, respondió la entonces aspirante a Miss Chile.

Pero Harry Levy no se quedó ahí, y quiso profundizar. “Tú crees, Catalina, que de aprobarse este matrimonio igualitario, ¿estaría permitido, sería bien visto que pudieran adoptar hijos?”, le volvió a preguntar. “Sí. Yo estoy absolutamente de acuerdo con la adopción de parejas homosexuales a hijos, por supuesto siguiendo el mismo procedimiento que tienen otro tipo de parejas. Existe una gran diversidad de familias. Hay madres solteras, hay padres solteros… Y ya existen familias homoparentales. Basta. Hay que darles los mismos derechos. Gracias”, remató:

Un certamen que pide opinión sobre temas socialmente comprometidos

Si alguien piensa que la pregunta a a la que a la postre fue la ganadora del certamen la puso en un compromiso… posiblemente tiene la razón. Pero Catalina Cáceres no fue la única: las cuatro finalistas del certamen se enfrentaron, cada una de ellas, a preguntas sobre temas socialmente comprometidos. Valentina Caballero tuvo que responder si estaba de acuerdo con la legalización de la marihuana (y si ella misma la había consumido alguna vez), Natividad Leiva fue preguntada por su opinión sobre las masivas movilizaciones contra las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP, el sistema de pensiones privadas heredado del pinochetismo), mientras que Valentina Schnitzer fue preguntada por su opinión sobre la despenalización del aborto en tres supuestos (violación, inviabilidad del feto o peligro para la vida de la madre), actualmente en discusión en su país.

Sus respuestas, por cierto, fueron en todos los casos razonadas y demostraron que todas ellas mantienen puntos de vista razonablemente progresistas. Nada que ver, por cierto, con lo que vemos en certámenes de belleza de otros países (ya sean masculinos o femeninos).

Catalina Cáceres, por cierto, competirá el próximo 30 de junio de 2017 en Filipinas para hacerse con la corona de Miss Universo. No sabemos si ganará, pero desde luego es desde ya mismo nuestra favorita.

Fuente Dosmanzanas

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Paralizan adopción de dos menores a una pareja cristiana por comentarios homofóbicos

Sábado, 12 de noviembre de 2016
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ccclc-joint-emaillogoParalizan el proceso de adopción de la pareja heterosexual que estaba al cuidado de dos menores en edad de crianza ante unos comentarios de carácter homofóbico.

Después de haber estado criando a dos menores, una pareja heterosexual informa de su intención de adoptar legalmente a los niños, pero el proceso es paralizado ante un comentario de carácter homofóbico al indicar que los niños requieren de «mami y papi». La pareja, cuya identidad se ha mantenido en el anonimato, fue informada por los servicios sociales de que su petición no se encuentra por momentáneamente en consideración debido a sus «preocupaciones» sobre los padres del mismo sexo.

«Dijeron inmediatamente ‘queremos cuidar de ellos, queremos adoptarlos, los amamos, están prosperando en nuestro cuidado, están prosperando con una mamá y un papá y esta no es la situación que queremos para ellos, creemos que el mejor interés del niño será satisfecho si permanecen con nosotros’», explica Andrea Williams, directora ejecutiva de Christian Legal Centre, desde donde ofrecen apoyo a la pareja, quien ha explicado que habían solicitado la adopción previamente, pero se les había denegado al considerar que su domicilio era demasiado pequeño para criar de dos menores.

La pareja ha enviado un comunicado a la prensa explicando que no habían «expresado puntos de vista homofóbicos, a menos que las creencias cristianas sean, por definición, homofóbicas (…). Somos cristianos y expresamos el punto de vista de que un niño necesita una madre y un padre (…). Amamos a todo el mundo (independientemente de su orientación sexual) y amamos a los niños y creemos que se beneficiarían de la base ofrecida por una madre y un padre».

El caso ha salido a la luz después de que una pareja gay solicitara la adopción de los niños, algo que los cuidadores de Christian Legal Centre se tomaron como una «broma», y sólo es en ese momento cuando la pareja heterosexual que los cuidaba se ofrece para adoptarlos legalmente, no antes, con la intención de que no acabe en las manos de una pareja de homosexuales formada por dos hombres. Los servicios sociales han manifestado su preocupación por las opiniones de la pareja heterosexual y que podrían ser «perjudiciales para las necesidades a largo plazo de los niños». Al fin y al cabo, todos los homosexuales son hijos de parejas heterosexuales y no se puede predecir si sería bueno entregar a estos niños a una pareja cristiana ante la posibilidad de que puedan desarrollarse posteriormente como personas homosexuales.

Fuente Universogay

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Cher asegura sentirse muy preocupada por la situación de los derechos LGTB en Estados Unidos si Trump llega a presidente

Miércoles, 12 de octubre de 2016
Comentarios desactivados en Cher asegura sentirse muy preocupada por la situación de los derechos LGTB en Estados Unidos si Trump llega a presidente

cher-press-2014-650-430La veterana artista, un icono de la comunidad LGTB desde hace décadas, se confiesa “traumatizada” ante la posibilidad de que el candidato republicano Donald Trump llegue a la Casa Blanca. Cher está haciendo campaña pública a favor de la demócrata Hillary Clinton porque, aunque “metió la pata” (en referencia al uso de un servidor privado de correo electrónico para el envío no cifrado de correos supuestamente confidenciales), “la conozco desde hace mucho tiempo y sé que va a hacerlo lo mejor posible”. En cambio, sostiene que Trump es un personaje “peligroso”, que “pondrá fin al matrimonio igualitario y a las adopciones homoparentales”.

La popular cantante, actriz y activista estadounidense Cherilyn Sarkisian, popularmente conocida como Cher, ha sido una de las consejeras de la cumbre mundial de la organización One Young World, celebrada en Canadá, junto a figuras como Muhammad Yunus (Premio Nobel de la Paz de 2006) o Kofi Annan (secretario general de Naciones Unidas entre 1997 y 2006, así como Premio Nobel de la Paz de 2001). Aunque, como reconocida animalista, Cher habló sobre el maltrato a los animales salvajes en cautividad, durante una intervención no dudó en criticar la LGTBfobia del candidato republicano Donald Trump, del que ha dicho que es un hombre “peligroso”.

“No sé cómo él es candidato, porque es muy peligroso”, aseveraba Cher. “Lo que [Trump] lleva a mi país, lo que ha despertado en mi país es la intolerancia y la desconfianza y un cierto tipo de supremacía en ciertos grupos”, proseguía la icónica artista. Entre los peligros que entrañaría la elección del republicano Donald Trump el próximo 8 de noviembre, según señala Cher, se encuentra “el fin” del matrimonio igualitario y de las adopciones homoparentales. En relación a Trump, la exitosa y mediática estrella ha concluido que es un “mentiroso”, al tiempo que reconocía que podría extenderse “eternamente” en este sentido, ya que su candidatura le hace sentirse “traumatizada”. Por todo ello, no duda en mostrar su apoyo público a Hillary Clinton, a pesar de algunos errores cometidos por esta recientemente.

Cher, una aliada de la comunidad LGTB

Además de ser un icono musical, cinematográfico y televisivo para buena parte del colectivo LGTB, Cher es madre del activista trans Chaz Bono. En 2009, como recogía dosmanzanas, la artista expresaba su apoyo público a su hijo. “Chaz se ha embarcado en un viaje difícil, para el cual cuenta con mi apoyo. Respeto el valor que tiene hacerlo siendo un foco de atención de la opinión pública y, aunque pueda no entenderlo todavía, lucharé por hacerlo. Lo único que jamás podrá cambiar es el amor que siento por mi hijo”, decía entonces. Recordemos que tuvo que transcurrir un año hasta que Chaz Bono, hijo de Cher y Sonny Bono, vio reconocida legalmente su condición de hombre, después de que un tribunal de Santa Mónica (California) emitiera una sentencia favorable.

Por su parte, tras la aprobación de las leyes homófobas de estado en Rusia, Cher declinó participar en la apertura de los Juegos Olímpicos de Invierno de Sochi: “no puedo dar nombres, pero un amigo mío, que es un gran oligarca allí, me llamó para preguntarme si me gustaría ser una embajadora de los Juegos Olímpicos y abrir la ceremonia. Inmediatamente le dije que no. Me gustaría saber por qué ha explotado allí todo este odio hacia los gais. Él me dijo que el pueblo ruso no comparte la manera en la que el gobierno hace las cosas”. También explicaba lo asustada que se sintió cuando su hijo Chaz Bono le comunicó que era un hombre transexual y los cambios que ello supondría. “Es el último tabú. Solía estar prohibido por la ley. Doy gracias a dios por que hayamos conseguido llegar tan lejos”, declaraba recordando el proceso.

Hace solo un mes, Cher utilizaba su cuenta de Twitter para expresar su rechazo al movimiento “feminista radical trans-excluyente” (TERF), un grupo de individuos que se identifican como “feministas”, pero son al mismo tiempo críticos y excluyentes hacia las personas trans. La ideología TERF sostiene, entre otras cosas, que las mujeres trans no son “mujeres reales” o que los hombres trans no son “hombres de verdad”.


Fuente Dosmanzanas

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Colombia: los avances en homoparentalidad, en serio peligro por una iniciativa de referéndum promovida por una senadora liberal

Jueves, 22 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en Colombia: los avances en homoparentalidad, en serio peligro por una iniciativa de referéndum promovida por una senadora liberal

viviane_moralesPreocupante situación la que vive Colombia, cuyos recientes avances en materia de homoparentalidad se enfrentan al posible éxito de la iniciativa promovida por la senadora del Partido Liberal Viviane Morales, que desde hace más de un año persigue la convocatoria de un referéndum para promover una reforma constitucional que prohiba a las parejas del mismo sexo (y de paso a todas las personas solteras, con el manido argumento de que los niños necesitan “un papá y una mamá”) adoptar en ese país. Tras acabar de reunir en primavera las firmas necesarias, la pelota está ahora en el tejado del Congreso. Y por el momento ha pasado el primer filtro, gracias a una clase política entregada a los prejuicios más conservadores, tanto desde el tradicional ámbito católico como desde el cada vez más pujante lobby evangélico.

Colombia ha dado pasos de gigante en lo que al reconocimiento de la homoparentalidad se refiere gracias a su Corte Constitucional. En noviembre pasado, el más alto tribunal colombiano daba su visto bueno a la adopción homoparental conjunta por seis votos contra dos. Lo hacía centrándose en los derechos de los menores, “especialmente aquellos en situación de abandono, a tener una familia”. Un derecho que “se puede hacer efectivo brindándoles cualquier tipo de familia que se encuentre constitucionalmente reconocido, bien sea de aquellas conformadas por vínculos jurídicos, de las que surgen por vínculos naturales, o de las que se conforman por la voluntad responsable de sus integrantes”. Hay que tener en cuenta que ya en 2011, en otra histórica sentencia, la Corte Constitucional de Colombia determinó que las parejas del mismo sexo están protegidas por el derecho constitucional a“conformar una familia”.

A los pocos días de la histórica sentencia sobre la adopción la Corte Constitucional fallaba también a favor de una pareja de hombres que en su momento no pudo registrar a sus dos hijos nacidos en California mediante gestación subrogada, ordenando además adecuar el formato de los registros de nacimiento para que estos admitiesen a los hijos de parejas del mismo sexo. La Corte consideró que los argumentos contrarios a estas inscripciones “se basan en una interpretación tradicional y heterosexual de la familia que aunque se encuentra plenamente protegida por la Constitución, no es la única unión familiar amparada por la Carta”. Ello llevó, pocas semanas después, a que por primera vez dos mujeres pudiesen registrar como madres a su hija, concebida por inseminación artificial en la propia Colombia, sin tener que recurrir a la vía de la adopción en el seno de la misma pareja.

Posteriormente, ya en primavera de 2016, la Corte Constitucional de Colombia fallaba a favor del matrimonio igualitario, una cuestión que en Colombia se ha mantenido jurídicamente disociada de la adopción homoparental.

En definitiva, toda una serie de pronunciamientos en favor de la realidad familiar homoparental que desataron las iras de los homófobos, según los cuales la Corte Constitucional, con este tipo de sentencias, está legislando de espaldas al Congreso, donde es altamente improbable que fuesen aprobadas. Especial éxito tuvo la iniciativa de la senadora liberal Viviane Morales, de convicciones evangélicas (y que contó para ello con el apoyo de numerosos congresistas de diversas fuerzas políticas) para promover un referéndum de reforma constitucional que solo permita adoptar a parejas de distinto sexo. Parejas del mismo sexo (que acaban de estrenar ese derecho) y personas solas (que ya lo disfrutaban) perderían la posibilidad de adoptar a los miles de niños que en Colombia carecen de una familia. Morales debía reunir un número de firmas equivalente al 5% del censo electoral (1.665.000), pero gracias a la intensa movilización tanto de los grupos evangélicos como de las parroquias católicas consiguió de hecho rebasar los 2 millones.

Comisión 1ª del Senado: 10 votos a favor y 2 en contra de la iniciativa homófoba

Una vez superado el número de firmas necesario, es el Congreso el que debe pronunciarse. Si la iniciativa pasa el filtro de Cámara de Representantes y Senado, debe ser entonces sometida finalmente a revisión de constitucionalidad por la Corte Constitucional. Solo en caso de ser declarado exequible se procederá a su convocatoria. Si se llega a celebrar, requiere no solo que el resultado sea superior al 50% de los votos emitidos, sino que el voto afirmativo exceda de la cuarta parte del total del censo.

Aún queda, en definitiva, recorrido por delante antes de perder la batalla de los derechos. Pero las señales no son desde luego tranquilizadoras: la iniciativa de Morales (que no ha dudado en usar argumentos abiertamente homófobos para promocionar su iniciativa, como que los hijos de parejas del mismo sexo se ven sometidos a abusos sexuales o que se ve alterado su propio desarrollo afectivo, presentando por ejemplo “un riesgo elevado de actividad sexual temprana y embarazo adolescente” entre las hijas) ha pasado el primer filtro hace pocos días: la Comisión primera del Senado, donde tras dos sesiones y dos audiencias públicas fue aprobada nada más y nada menos que por 10 votos a favor y solo 2 en contra.

Y si la iniciativa es finalmente aprobada por el Congreso (lo que a día de hoy parece verosímil) será la propia Corte Constitucional la que deberá revisarla… y dirimir si es constitucional someter a referéndum derechos fundamentales de una minoría, reconocidos precisamente como consecuencia de una decisión previa de la propia Corte. Varios exmagistrados de la Corte, de hecho, se han pronunciado públicamente en contra de la iniciativa:

Como bien decía un editorial que el diario El Espectador publicó tras conocerse el resultado de la votacion, “El problema con la pregunta del referendo, y con el apoyo que ha recibido en su primer debate en el Congreso, es que dice que es justo que una mayoría de personas decida, sustentándose en prejuicios y estudios científicos con falencias, que hay familias mejores que otras, y proyectos de vida que valen más que otros. Eso es una discriminación inaceptable y que vulnera el derecho de los niños huérfanos a tener más opciones de ser adoptados”.

Lo que está claro es que en esa coyuntura la presión a la que los miembros de la Corte se verán sometidos puede ser realmente insoportable…

Multitud de niños en espera de ser adoptados

Estaremos atentos a lo que sucede. Lo paradójico de todo este asunto es que la iniciativa de la homófoba Morales para limitar la adopciones tiene lugar cuando el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) se ha visto obligado a lanzar una campaña para promover la adopción debido a la caída en el número de menores adoptados que se ha registrado en Colombia en los últimos años, lo que hace que cada vez más niños tengan que permanecer al cargo del estado sin poder acceder al cariño de una familia.

El ICBF, de hecho, fue uno de los organismos que en su momento avaló la adopción homoparental, al igual que han hecho la Defensoría del Pueblo, el Colegio Colombiano de Psicólogos y varias universidades (como la Universidad Nacional de Colombia, la Pontificia Universidad Javeriana, la Universidad del Valle y la Universidad de los Andes, que ya en 2012 emitieron informes a favor, o la Universidad Externado de Colombia).

Fuente Dosmanzanas

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Iglesia católica y sectores homófobos reproducen en México el modelo de oposición al matrimonio igualitario ya ensayado en España y Francia

Jueves, 15 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en Iglesia católica y sectores homófobos reproducen en México el modelo de oposición al matrimonio igualitario ya ensayado en España y Francia

frente-nacional-por-la-familia-homofobia-mexico-300x163Ampliamos la noticia que ya dimos hace tres días con este buen resumen de Dosmanzanas:

Sensación de déjà vu. Se trata, al fin y al cabo, de la misma estrategia que se ejerció en 2005 en España o en 2012 y 2013 en Francia: la articulación de un movimiento ciudadano, supuestamente espontáneo y transversal, “independiente” de la Iglesia católica, en contra del matrimonio igualitario disfrazado de “defensa de la familia”. Los mismos logos. La misma utilización de niños que necesitan “un papá y una mamá”. Las mismas manifestaciones multitudinarias. El mismo odio.

Miles de personas participaron este sábado en las numerosas manifestaciones contra el matrimonio igualitario convocadas en diversas ciudades de México por el autodenominado “Frente Nacional por la Familia”, una organización que, a imitación del Foro Español de la Familia en España o la Manif por Tous en Francia, se ha constituido en eje articulador de los sectores homófobos de la sociedad mexicana. El desencadenante: el compromiso hecho público en mayo pasado por el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país.

Conviene recordar, en este punto, que México es un país federal, en el cual cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. En este sentido, son ya varios los territorios que han aprobado el matrimonio igualitario (el primero fue el Distrito federal, allá por 2009. Fue, de hecho, el primer lugar de América Latina en hacerlo). Pero es que, además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración es considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial.

Es por eso que, cinco años después de que el Distrito Federal lo aprobase, y después de toda una cascada judicial de fallos favorables, Peña Nieto decidía este año que había llegado la hora de que la legislación se armonizase, de acuerdo a las directrices de la Suprema Corte, y que Constitución y leyes federales reconociesen expresamente el matrimonio igualitario en todo el país. Un movimiento que despertó, casi de forma inmediata, las iras de la Iglesia católica mexicana, que, pese a haberse opuesto estado a estado al avance de los derechos LGTB, no había conseguido, en un país socialmente muy conservador pero de tradición política laica, cristalizar un movimiento homófobo organizado.

Este mes de julio nos hacíamos eco, por ejemplo, de las opiniones expresadas en Desde la Fe, publicación semanal dependiente de la arquidiócesis de México, que atacaba el matrimonio igualitario con argumentos del tipo de “el cuerpo humano no está diseñado para la relación homosexual” . La publicación también entraba directamente en política atacando a Peña Nieto, al que acusaba de “conceder prestaciones y compensaciones multimillonarias a once ministros del Poder Judicial [en referencia a la Corte Suprema de Justicia] apoltronados y envueltos en carísimas togas de seda de más de medio millón de pesos, que encubren su pragmatismo y favoritismo por ideologías que dinamitan instituciones del Derecho, vulnerando preciadísimos valores sociales como el Matrimonio entre un hombre y una mujer, la protección de la familia o el respeto a la vida de los niños en el seno materno”. Una campaña de odio en toda regla que la Iglesia católica mexicana ha continuado promoviendo desde las páginas de Desde la Fe, que este mismo domingo publicaba un lamentable artículo en defensa de las “terapias reparadoras” de la homosexualidad titulado “No se nace homosexual”.

“Frente Nacional por la Familia”: odio disfrazado de defensa de la familia

Finalmente, los homófobos mexicanos acababan por adoptar el mismo modelo que ya se ensayó en España en 2005 (torpemente) o en Francia en 2012-2013 (con bastante más éxito, aunque no consiguiese paralizar la aprobación del matrimonio igualitario): la articulación de un “movimiento civil”, supuestamente al margen de la Iglesia católica, que en lugar de utilizar argumentos religiosos dice ser un movimiento transversal en defensa de la familia. En México, en concreto, su principal demanda es la modificación de la Constitución mexicana para proteger “a la familia” y “a los niños”. Esta es su propuesta de modificación (en negrita, el nuevo texto que se añadiría a su artículo 4):

El varón y la mujer, siendo diferentes y complementarios entre sí, son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida y apoyada por la sociedad y el Estado, a fin de que su entorno les garantice a todos sus miembros las condiciones necesarias para alcanzar un óptimo desarrollo.

Se reconoce el derecho del varón y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia. El matrimonio no podrá celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes.

El matrimonio es una institución de interés público y el fundamento natural de la familia; como tal debe ser protegido por el Estado, como un compromiso público que toman libremente un varón y una mujer, para amarse, fundar una familia y educar a sus hijos hasta que alcancen la mayoría de edad.

Todo matrimonio o concubinato tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará por el desarrollo integral de la familia, siendo este el principio que guiará el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de todas las leyes, programas y políticas públicas de los tres órdenes (niveles) de gobierno de los tres Poderes de la Unión.

Los padres tienen el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos; incluyendo la correspondiente al desarrollo de las aptitudes intelectuales, morales y religiosas, la educación sexual, las actitudes y virtudes.

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

A fin de garantizar el respeto del interés superior de la niñez, todos los niños y niñas tienen el derecho a crecer en su familia, bajo el cuidado y protección de su padre y su madre. En el caso de orfandad de padre y madre de un menor o si fuese privado de manera definitiva de su familia de origen, se deberá asegurar su cuidado y protección por un padre y una madre adoptivos. El Estado no puede por ninguna causa privar deliberadamente a un niño de este derecho.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir al Estado el cumplimiento de estos derechos y principios.

En definitiva, una reforma que bloquearía de forma definitiva la igualdad jurídica de las personas LGTB, tanto por lo que se refiere al matrimonio igualitario como a la homoparentalidad y los derechos de las familias LGTB.

Éxito de movilización en las calles

Las protestas homófobas de este sábado en México, y eso es innegable, ha sido un éxito de participación. Lejos del “más de un millón de personas” del que hablan los medios ultraconservadores, pero multitudinarias. Como lo fue la gran manifestación homófoba del 18 de junio de 2005 en Madrid, o como lo fueron las diversas movilizaciones de la Manif pour tous en Francia. Miles de personas han salido a las calles de las más importantes ciudades mexicanas. Una movilización que se repetirá el próximo 24 de septiembre en la capital del país, donde el Frente Nacional por la Familia quiere congregar a una gran multitud y exhibir músculo ante un Peña Nieto que políticamente se encuentra sensiblemente debilitado por otras muchas razones al margen del debate sobre el matrimonio igualitario.

Nadie duda de que lo conseguirá. Si algo ha quedado contrastado a lo largo de estos últimos años es la gran fortaleza del movimiento homófobo. Está por ver si en el caso de México, apoyada en una sociedad fuertemente conservadora, esa fuerza será suficiente para contrarrestar su potente tradición laica. En el caso francés, por ejemplo, no pudo detener la aprobación del matrimonio igualitario, pero sí pudo congelar el avance de otros derechos LGTB, como la posibilidad de que las mujeres lesbianas puedan recurrir a la reproducción asistida. “No quiero que se diga que la izquierda promueve debates sociales para distraer la atención, como fue el caso durante el debate sobre el matrimonio igualitario. La vociferación de la Manif pour tous lo paralizó todo. No quiero verme impotente en todo lo que tengo que hacer por lanzar un debate sobre la PMA [procréation médicalement assistée, o reproducción asistida], declaraba hace unos meses la nueva ministra de la Familia, la socialista Laurence Rossignol…

La imagen del día: un niño frente a una de las manifestaciones

Pese a todo, la imagen del pasado sábado que posiblemente pasará a la historia será la del niño que en Celaya (estado de Guanajuato) hizo ademán de “detener” a los manifestantes homófobos. Una instantánea tomada por el fotógrafo Manuel Rodríguez y compartida en su muro de Facebook, que a lo largo de este lunes ha acabado por hacerse viral y ser recogida por numerosos medios internacionales:

Rodríguez, según ha contado, lo alcanzó corriendo y pudo hablar brevemente con el niño. “Pensé que era un niño jugando. Al llegar le pregunté: ‘¿por qué lo hiciste?’. Y él contestó que tenía un familiar que era gay y que no le gustaba que lo odien”, ha explicado. “Intenté grabarlo pero inmediatamente una mujer desde la calle le llamó la atención y lo retiró del lugar”, ha añadido.

Desconocemos en este momento si la historia que contó el niño a Manuel Rodríguez es 100% verdadera. En cualquier caso, la potencia de la imagen y el eco que ha alcanzado seguro que ha amargado el lunes a más de un manifestante…

Fuente Dosmanzanas

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Chile: la justicia se reafirma y otorga el cuidado de una menor a su madre no biológica tras romper con la madre biológica

Lunes, 25 de julio de 2016
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margaritayjacqueline-Importante paso adelante de la justicia chilena, que ha concedido el cuidado de una niña a una madre no biológica, Jacqueline Díaz, después de su ruptura con la madre biológica. Se da la circunstancia, además, de que Jacqueline tiene ahora una nueva pareja, Margarita. Ya en marzo hacíamos referencia al caso, después de que a Díaz le fuese concedida el cuidado provisional de la niña. Pero era una decisión temporal, que ahora se hace firme. La sentencia, que sitúa los derechos de la menor por encima otras consideraciones, supone un hito en el reconocimiento de la homoparentalidad en Chile.

En el momento de nacer la niña, que tiene ahora 5 años, Jacqueline Díaz y C.B. eran pareja. Cuando la relación terminó, esta última (madre biológica) abandonó el hogar y dejó a la menor bajo el cuidado de Jacqueline. A finales de 2015, ambas madres acordaron que la niña pasaría parte de las fiestas navideñas con C.B., pero esta no la devolvió en la fecha acordada. A partir de ahí comenzó la batalla legal. Jacqueline acudió a la justicia para reclamar que la niña volviera al que siempre ha sido su hogar. El Primer Juzgado de Familia de San Miguel (una de las comunas de Santiago, la capital chilena) le dio provisionalmente la razón.

La jueza Beatriz Ramírez, basándose en los informes disponibles, resolvió entonces que era Jacqueline la que mejor garantizaba la mejor cobertura de sus necesidades básicas y emocionales de la niña, considerando probado que ella era la que la había cuidado (así lo atestiguaban documentos sanitarios y escolares), proporcionándole además una “excelente asistencia”. Las educadoras del colegio, de hecho, aseguraban no conocer ni a la madre biológica ni al padre biológico de la niña. Otro de los elementos que había pesado es el hecho de que ya en mayo de 2015 C.B. se llevó a la niña durante dos meses del hogar de Jacqueline, devolviéndola con signos físicos y emocionales de mal cuidado.

Ahora es otra jueza del mismo juzgado, Roxanna Aracena, la que ha confirmado la decisión, pese a la oposición tanto de la madre biológica como del padre biológico (que tras estar ausente todos estos años parece que ahora decidió empezar a interesarse por la niña). Una decisión que el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH), que ha ayudado a Jacqueline en su batalla legal, considera de máxima relevancia en un momento histórico clave para el avance de los derechos LGTB en ese país. “Tal resolución implica un reconocimiento inédito de un tribunal respecto a la homoparentalidad, en tanto se basa en la idea de que hay dos figuras maternas, una de crianza y otra biológica, siendo para ojos de la justicia solo la primera la que garantiza estabilidad a la niña. El paso siguiente debiera ser la lucha por la tuición definitiva por parte de Jacqueline, teniendo a su favor la determinación de hoy”, expresa el MOVILH en su página web.

Para el portavoz de este colectivo, Rolando Jiménez, “es claro que con este caso salta a la vista lo absurdo de prohibir la crianza y la adopción homoparental en Chile, pues la justicia no solo sabe sobre la existencia de parejas del mismo sexo que cuidan hijos. Además, pone como primera consideración el interés superior del niño a la hora de decidir conflictos por el cuidado personal, al margen de la orientación sexual de los padres y madres”.

Chile, un momento clave para los derechos LGTB

Como ya adelantamos en junio, el Estado chileno y el MOVILH han alcanzado una solución amistosa en torno a la demanda interpuesta por este colectivo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la prohibición a las parejas del mismo sexo de contraer matrimonio en Chile. El acuerdo (que puedes descargar aquí) ha desembocado en la reactivación del proceso parlamentario para aprobar una ley de matrimonio igualitario.

De desarrollarse todos los puntos contemplados en el acuerdo, Chile, que ya ha dado algunos pasos importantes (como la aprobación de las uniones civiles) pasaría a situarse en primera línea del reconocimiento jurídico de los derechos LGTB. Implicaría aceptar el matrimonio igualitario y la adopción homoparental, así como reconocer como tal al conviviviente que haya actuado como padre o madre, con independencia de la existencia de consanguinidad (como sucede en el caso de Jacqueline Díaz y su hija). Pero también medidas a favor de las personas trans (que podrían modificar su sexo legal mediante un simple trámite administrativo), un refuerzo de la legislación antidiscriminatoria ya vigente en Chile (la conocida como “ley Zamudio”) y medidas en el ámbito educativo.

Ya lo indicamos entonces: el proceso no será fácil. Aunque la composición del Congreso que salió de las últimas elecciones permite tener esperanzas, la mayoría que permita la aprobación definitiva de estas reformas no está asegurada. En este sentido, la inclusión de la adopción homoparental se prevé uno de los puntos calientes de la discusión. La principal oposición, previsiblemente, vendrá de la UDI (Unión Demócrata Independiente), principal partido de la derecha chilena, algunos de cuyos diputados ya anunciaron la posible presentación de una propuesta de reforma la Constitución de Chile para prohibir expresamente el matrimonio igualitario. También es previsible una fuerte oposición desde ámbitos religiosos, tanto la Iglesia católica como desde las pujantes iglesias evangélicas.

Confiemos en que avances como el conocido estos días en el caso de Jacqueline Díaz y su niña sirvan para allanar el camino.

Fuente Dosmanzanas

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El Partido Republicano hace de la oposición a los derechos LGTB uno de los elementos centrales de su asalto a la Casa Blanca

Viernes, 22 de julio de 2016
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BJC9anECNunca antes las personas LGTB (de Estados Unidos, pero también del resto del mundo) se jugaban tanto en unas elecciones presidenciales. Hasta un medio generalista como The New York Times avisa en su editorial de este martes: el Partido Republicano ha hecho del odio homófobo una pieza central de su campaña para reconquistar la presidencia en noviembre de 2016. A una plataforma más abiertamente anti-LGTB que nunca, el candidato republicano Donald Trump ha unido además la elección de un político marcadamente conservador y contrario a los derechos LGTB, Mike Pence, como su vicepresidente si gana las elecciones. 

El viaje de un candidato no especialmente anti-LGTB…

Pocos podían presagiar, hace solo unos pocos meses, la posición tan marcadamente hostil que el Partido Republicano ha decidido adoptar en materia LGTB.  A diferencia del que fue su principal rival en la carrera por la nominación republicana, Ted Cruz, estrechamente vinculado a la derecha religiosa y ultraconservador en materia moral, Trump nunca se había caracterizado por una feroz oposición a los derechos LGTB. Cuando se produjo el encarcelamiento de Kim Davis, la funcionaria de Kentucky que se negaba a permitir que en su condado se emitiesen licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo, Trump llegó a asegurar que el matrimonio igualitario era ya ley, y que si Davis no quería emitir estas licencias debería haber permitido que sus funcionarios lo hicieran. Un posicionamiento pragmático, que contrastaba con las manifestaciones de apoyo incondicional a Davis por parte de sus entonces oponentes, y muy especialmente de Ted Cruz.

Donald Trump también se había manifestado en contra de que las empresas privadas pudiesen despedir a trabajadores por el mero hecho de ser homosexuales, aunque de forma ambigua y sin comprometer un apoyo formal a una posible ley antidiscriminatoria (la Ley de No Discriminación en el Empleo, también conocida como “ENDA” por sus siglas en inglés, lleva más de dos décadas en discusión pero aún no ha podido ser aprobada). Y antes de entrar abiertamente en política Trump había demostrado una “cierta sensibilidad” ante la realidad trans, cuando como propietario de la marca Miss Universo aceptó en 2012 readmitir a Jenna Talackova después de haber sido excluida por ser una mujer transexual. Miss Universo, de hecho, modificó sus reglas para permitir a partir de ese momento la participación de mujeres transexuales en todas sus competiciones.

Las cosas comenzaron a torcerse cuando Trump, en un primer guiño al sector más conservador de los republicanos, sugirió la posibilidad de revertir la decisión del Tribunal Supremo sobre el matrimonio igualitario proponiendo en el futuro a nuevos jueces del Supremo dispuestos a valorar de nuevo la cuestión. Declaraciones que causaron cierta sorpresa en el colectivo LGTB estadounidense, que consideraba que en el tema del matrimonio igualitario Trump era partidario de pasar página, y que “compensó” parcialmente semanas después, cuando por sorpresa defendió, al ser preguntado por periodistas sobre la ley anti-LGTB de Carolina del Norte, que las personas transexuales pudiesen hacer uso de los baños que mejor se acomodasen a su identidad de género, al tiempo que se lamentó del daño económico que generan este tipo de leyes, que considera innecesarias. Eso sí, a las pocas horas Trump matizaba su posición, asegurando que debían ser los estados los que decidieran sobre esta materia, para finalmente apoyar abiertamente la posición de los republicanos de Carolina del Norte y de su gobernador, Pat McCrory, firme defensor de la ley discriminatoria.

… hacia posiciones marcadamente homófobas y tránsfobas

En esto, Donald Trump, a pesar de contar con todo el establishment republicano en su contra, se hizo con la nominación republicana gracias a sus sucesivas victorias en las primarias. Llegó la hora de “unificar” a su partido…. y desgraciadamente no hay mejor recurso a la hora de poner de acuerdo a los políticos republicanos (salvo honrosas excepciones en estados marcadamente liberales, como California, Nueva York o los estados de Nueva Inglaterra) que defender políticas contrarias a los derechos LGTB, tan queridas por sus bases más fieles.

En esta línea, los encargados de elaborar la plataforma ideológica que los republicanos acaban de aprobar en la convención que está teniendo lugar en estos momentos en Cleveland (Ohio) se han encargado de incluir diversas propuestas abiertamente homófobas y tránsfobas. Conviene señalar, a este respecto, que las “plataformas” que tanto republicanos como demócratas aprueban en sus respectivas convenciones no son “programas electorales” definidos tal y como clásicamente se entienden en Europa, sino más bien una enumeración de los principios que marcarán las líneas programáticas del partido en los siguientes cuatro años. Su desarrollo efectivo dependerá de los equilibrios de poder entre la Presidencia y el Congreso (que cambian cada dos años), cuyos legisladores cuentan además con una libertad de voto desconocida en Europa (donde la disciplina de partido es la norma). En cualquier caso, supone un indicador de las prioridades de cada partido a la hora de impulsar unas u otras políticas.

Los puntos incluidos en la plataforma son, a este respecto:

  • Sobre el matrimonio igualitario: rechazo expreso de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Obergefell v. Hodges, que supuso la extensión del matrimonio igualitario a todo el país. El Partido Republicano considera que las leyes federales solo deben reconocer el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer  y hace un llamamiento expreso a considerar la posible aprobación de una enmienda a la Constitución de los Estados Unidos que “devuelva” el control de la regulación matrimonial a los estados.
  • Sobre la adopción homoparental: el Partido Republicano muestra su apoyo a las agencias de adopción religiosas que rechazan a las parejas del mismo sexo, argumentando además de forma expresa que los hijos criados en hogares sin un padre y una madre tienen más posibilidades de consumir drogas, cometer delitos y tener embarazos no deseados.
  • Defensa activa de la denominada First Amendment Defense Act (FADA), una propuesta legislativa que prohibiría sancionar, con independencia de las regulaciones antidiscriminatorias de los estados, a todas aquellas personas y negocios que que se nieguen a prestar servicios a parejas del mismo sexo en base a motivos religiosos.
  • Sobre las denominadas “terapias reparadoras” o “de conversión” para modificar la orientación sexual o la identidad de género, aunque no las menciona de forma expresa, el Partido Republicano defiende el “derecho de los padres” a recurrir las terapias que consideren más adecuadas para sus hijos menores “consistentes con sus valores morales, éticos o religiosos sin discriminación ni castigo”.
  • Sobre los derechos de las personas transgénero:el Partido Republicano expresa su apoyo a legislaciones como la aprobada hace unos meses en Carolina del Norte, que entre otras muchas importantes medidas discriminatorias prohíbe a las personas trans utilizar los baños que corresponden a su identidad de género. También muestra su desacuerdo, sin nombrarlo explícitamente con el final de la prohibición de servir en el Ejército a este colectivo, decidida por la administración Obama y confirmada recientemente, al asegurar estar en contra “de la modificación o de la rebaja de los estándares para satisfacer la agenda no militar impuesta por la Casa Blanca”.
  • Sobre políticas antidiscriminatorias: el Partido Republicano se opone expresamente a incluir la orientación sexual entre las categorías generalmente cubiertas por las regulaciones contra la discriminación.

La elección de Pence confirma el giro conservador 

Pero sin duda el gesto que de una forma más tajante ha dejado claro el giro conservador de Trump en materia LGTB ha sido la elección como candidato a vicepresidente de Mike Pence, gobernador de Indiana, un político cercano a la derecha religiosa que en las primarias republicanas apoyó sin fisuras a Ted Cruz. Opuesto al aborto, a la investigación con células madre, negacionista del cambio climático y cercano al creacionismo, en el año 2000, durante su campaña para ser elegido congresista, llegó a proponer que se utilizasen fondos destinados a ayudar a personas con VIH para sufragar a organizaciones que promovieran las “terapias reparadoras” entre aquellos que quisiesen modificar su orientación sexual.

No es de extrañar, pues, que su momento de mayor protagonismo como gobernador viniese precisamente de la mano de su oposición a los derechos LGTB. En marzo de 2015, Mike Pence sancionaba orgulloso una ley, aprobada por la legislatura del estado (también bajo control republicano) cuyo objetivo era impedir que entes locales o el propio estado pudiesen aprobar normativas antidiscriminatorias que afectasen a la “libertad religiosa”, eufemismo que suponía la legalización de la discriminación contra las personas LGTB. Un acto en el que Pence quiso rodearse de numerosos líderes religiosos, algunos de ellos virulentamente homófobos. La fotografía simbolizaba a la perfección el carácter de la ley:

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La norma, sin embargo, provocó una intensísima reacción social en su contra, que amenazaba con afectar seriamente la economía del estado y que de hecho dejó muy tocada su imagen. Mike Pence se vio obligado a promover una norma adicional que clarificara los límites de la ley e impidiese la discriminación en la prestación de servicios a personas por motivos de orientación sexual. Una marcha atrás que dejó tocada la imagen de Pence y que quizá haya sido una de las razones que le han llevado a aceptar la propuesta de Trump en lugar de optar a la reelección como gobernador. En cualquier caso, Pence conserva su buena imagen entre el sector más conservador de los republicanos, receloso de Trump.

El magnate, por su parte, espera con este gesto reconciliarse con el “núcleo duro” del electorado republicano y amarrar el próximo noviembre los once votos electorales de Indiana, un estado que tiende a votar republicano en las elecciones presidenciales pero que por ejemplo en 2008 ganó (aunque por estrecho margen) Barack Obama.

¿Conseguirá Trump, con este tipo de maniobras, asegurar el voto tradicional republicano y sumarlo al de los muchos independientes que le han llevado en volandas hacia la nominación? Está por ver, pero lo cierto es que las encuestas señalan que la diferencia de intención de voto entre el candidato republicano y Hillary Clinton está, a día de hoy, muy ajustada. Todo puede pasar. De lo que cada vez caben menos dudas es de que una victoria republicana sería una tragedia para la causa LGTB. Veremos…

Fuente Dosmanzanas

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Primera adopción homoparental conjunta en Puerto Rico

Lunes, 11 de julio de 2016
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familia-homoparental-Puerto-Rico-en-portada-Nuevo-DiaBuena noticia la que nos llega desde Puerto Rico, cuya comunidad LGTB se encuentra por cierto entre las más sacudidas por la masacre homófoba de Orlando (23 de las víctimas eran originarias de la isla). Por eso nos congratula recoger esta historia, la de un matrimonio gay que se ha convertido en la primera pareja de la isla en adoptar a dos niños que se encontraban bajo custodia del Departamento de Familia.

La histórica sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre el matrimonio igualitario, también de aplicación en Puerto Rico, ha actuado como catalizador de los avances en ese país. Ya en diciembre, apenas cinco meses después de que comenzasen las bodas y de que el propio Gobierno de Puerto Rico ordenase no discriminar a las familias LGTB en el acceso a la adopción, una decisión judicial local reconocía por primera vez una adopción homoparental: una pareja de mujeres, que llevaba años luchando en los tribunales, consiguió que por fin la hija biológica de una de ellas pudiese ser adoptada por la otra, llevando sus apellidos y siendo reconocida como hija de ambas.

Ahora, es una pareja de hombres, la formada por Jorge Vázquez Ramos (polícia de 36 años) y Joel Andrades Rivera (enfermero de 35 años), la que ha conseguido hacer realidad su sueño de fundar una familia homoparental, tras adoptar a dos hermanos, Yair Emanuel, de 11 años, y Alaya Isabelle, de 7 años. La pareja había iniciado los trámites para adoptar en 2009. O mejor dicho, los había iniciado Jorge para adoptar como soltero, ya que por entonces no era posible la adopción homoparental conjunta. Una pretensión para la que sin embargo Jorge contó con el apoyo incondicional de Joel. “Desde que nos conocimos, él me había enfatizado el deseo que tenía en un futuro no muy lejano de adoptar”, cuenta este último. Eso sí, “él me había dicho que quería un solo niño, y en el transcurso del tiempo yo le comenté que tienen que ser dos, porque uno va a estar solo y no va a tener con quién jugar”, añade.

0c4ddb88-ce5a-4017-ac57-53e0aa31d295Jorge Vázquez Ramos (i) y Joel Andrades Rivera (d) decidieron darle un hogar a los hermanos Yair y Alaya. (Tony Zayas)

Finalmente han sido un niño y una niña, dos hermanos bajo custodia del Departamento de Familia de Puerto Rico y que han acogido la adopción con entusiasmo y que no muestran problema alguno en tener dos papás. Identificados, eso sí, como “papá Jorge” y “papá Joel”, para que no haya confusiones. “Me gusta tener dos papás. No importa tener una mamá y un papá porque es igual”, asegura de hecho Yair, el hermano mayor. De hecho, tanto él como su hermanita no dudaron un momento en contarlo en su nueva escuela. Y es que ahora los hermanos tienen por fin una familia que los quiere. Y no solo dos padres: tienen abuelos, tíos, primos…

Os dejamos con la entrevista que El Nuevo Día ha hecho a la familia, en la que la pareja cuenta cómo padres e hijos se conocieron. Este periódico puertorriqueño, el de mayor tirada de la isla, también les dedicó su portada el mismo 28 de junio, Día del Orgullo LGTB, con una preciosa fotografía de Tony Zayas (ver arriba).

Fuente Dosmanzanas

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El Constitucional checo levanta la prohibición de adoptar niños, a título individual, a los miembros de parejas del mismo sexo

Lunes, 4 de julio de 2016
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Familia-002-660x400Importante aunque insuficiente avance en derechos LGTB en la República Checa. El Tribunal Constitucional del país centroeuropeo ha levantado la prohibición de adoptar niños, de forma individual, para las personas que conviven en una unión civil. Si bien el fallo no abre la adopción conjunta a las parejas del mismo sexo, el Gobierno checo ya estudia una ley para permitir la adopción de los hijos del compañero o compañera del mismo sexo (la conocida en inglés como step-child adoption).

El Constitucional checo dictaminó el martes pasado que el veto para adoptar niños a las personas que viven en una unión civil es discriminatorio. El motivo es que cualquier ciudadano, sea LGTB o no, puede adoptar de forma individual si está soltero. De forma que muchas parejas del mismo sexo no se atrevían a regularizar su unión por miedo a perder la custodia de los hijos adoptados por uno de sus miembros.

El fallo supone una importante mejora en la seguridad jurídica de las familias homoparentales, aunque obviamente no todo lo amplia que sería necesario. En las próximas semanas puede producirse otro importante avance si se aprueba el proyecto de ley que está estudiando el Gobierno checo para permitir la adopción por parte de uno de los miembros de la pareja de los hijos que ya tenga el otro miembro de la pareja (la conocida por el anglicismo step-child adoption). Se trata de una solución similar a la existente en Alemania, y que se discutió en Italia pero no se llegó a aprobar.

La abogada de la asociación LGTB PROUD Adéla Horáková se felicitó por la sentencia, pero recordó las discriminaciones a las que todavía se enfrentan las parejas del mismo sexo. Horáková expresó su deseo de que poco a poco se vean “más progenitores del mismo sexo adoptando niños” para mostrarle a la sociedad “que están igual de preparados y son igual de capaces de dar amor que cualquiera”. La activista, sin embargo, se mostró cauta sobre una posible apertura de la adopción homoparental, en igualdad con las parejas de distinto sexo, en el futuro.

República Checa y derechos LGTB

Ya el año pasado se intentó sacar adelante una propuesta de enmienda a la actual ley checa de parejas (registrované partnerství) pero el proyecto quedó estancado debido a la oposición de los democristianos, una de las las tres fuerzas que componen la coalición de gobierno. Sin embargo, el ministro de Derechos Humanos, Jiří Dienstbier (socialdemócrata) y el de Justicia Robert Pelikán (de un partido de corte liberal fundado por un multimillonario), han señalado que si el Parlamento no la aprueba, tratarán de promover otra enmienda a la ley de parejas para permitir la adopción, como la que ahora se ha comenzado a debatir. En diciembre del año pasado, fue otra decisión judicial la que reconoció como tales a los hijos de una pareja del mismo sexo adoptados en California.

Por lo demás, estos desarrollos son coherentes con el contexto checo, una de las pocas excepciones a la potente homofobia que impera en lo que antaño fue el otro lado del telón de acero. Si atendemos a los datos del Pew Research Center en 2013, un 80% de los checos considera que la sociedad debería aceptar la homosexualidad (por comparación, España tiene un 88% y Alemania un 87%; Italia, en cambio, se queda en el 74%. La República Checa fue además el primer país del antiguo bloque comunista con una ley de parejas, aprobada en 2006, adelantándose en varios años a Hungría (donde la situación sociopolítica actual es sin embargo mucho más hostil a los derechos LGTB), EstoniaCroacia y Eslovenia (único país de la región que ha aprobado el matrimonio igualitario, pero que al haber pertenecido a la antigua Yugoslavia no fue parte del bloque “soviético” aunque sí comunista). Por otro lado, los checos se han sentido históricamente como un puente entre la Europa occidental y la centro-oriental. Sentencias como la que hoy recogemos apuntan a la veracidad de este sentimiento.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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“El matrimonio o es heterosexual o no es”: los argumentos del PP contra el matrimonio igualitario, en el 11º aniversario de su veto en el Senado

Viernes, 24 de junio de 2016
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senadoNunca olvidaremos lo que el PP nos ha hecho sufrir a las familias homoparentales…

Han pasado once años. Un triste 22 de junio de 2005 el Senado de España, controlado por el Partido Popular, vetaba la ley de matrimonio igualitario promovida por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero por 131 votos a favor (126 del PP, 4 de Unió Democràtica de Catalunya y 1 del Partido Aragonés), 119 en contra y dos abstenciones. Siendo estrictos, el veto que fue aprobado no fue el presentado por el PP, sino el defendido por el senador de Unió, Jordi Casas, que se votó primero. No fue necesario, por tanto, que el veto defendido por el PP se llegase a votar. Pero las argumentaciones más miserables sí que fueron las que hizo la representante del grupo popular en aquel debate, Rosa Vindel. Si hoy las recordamos es porque Rosa Vindel es de nuevo candidata al Senado por el Partido Popular en Madrid en las elecciones del próximo domingo. 

A continuación recogemos entrecomillados literales de la intervención ante el Senado de Rosa Vindel, tal y como constan en el Diario de Sesiones de aquel día, que cualquiera puede consultar. Hablan por sí solas:

Sobre la elección del matrimonio y no otra figura jurídica…

“En lo que no estamos en absoluto de acuerdo es en la fórmula que ha elegido el Gobierno para intentar hacer desaparecer esa discriminación, permitiendo el matrimonio entre homosexuales, cuando se podía haber elegido cualquier otra mucho más pacífica, menos controvertida y más acorde con nuestro ordenamiento y con los de nuestro entorno”.

“Una iniciativa legislativa mucho más elaborada y clarificadora que el proyecto que hoy tramitamos, además de mucho más pacífica, porque resulta que no hiere sensibilidades ni convicciones personales algunas”.

Sobre el carácter exclusivamente heterosexual del matrimonio…

“El matrimonio, señorías, es la unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales. Por lo tanto, la heterosexualidad es un elemento constitutivo esencial del propio concepto del matrimonio. El matrimonio o es heterosexual o no es”.

“Desde la perspectiva de la garantía institucional, es un completo contrasentido el argumento de que para fortalecer la protección de los homosexuales se les debe incorporar a la garantía constitucional del artículo 32”.

“Se debe admitir la plena constitucionalidad del principio heterosexual como calificador del vínculo matrimonial, tal y como prevé nuestro Código Civil, de tal forma que los poderes públicos puedan otorgar un trato de privilegio a la unión familiar constituida por hombre y mujer frente a una unión homosexual”.

Sobre la adopción homoparental…

“Por lo que se refiere a la adopción, la prudencia aconseja que la aplicación a las uniones homosexuales derive de una voluntad expresa y consciente del legislador, y no como aparece aquí, señorías, como un efecto colateral de la integración en bloque de un nuevo modelo de convivencia en el régimen matrimonial. La filiación adoptiva tiene como modelo la filiación biológica, por lo que la adopción conjunta por una pareja homosexual es contraria a la protección integral que los poderes públicos deben asegurar a los hijos”.

“La adopción está pensada en beneficio del adoptado y ni el adoptado ni la adopción, como instituto, pueden ser instrumento de legitimación u homologación de relaciones homosexuales”.

“El Grupo Parlamentario Popular veta este proyecto de ley porque, conocedor su autor, el Gobierno, de que es un cambio radical y nada pacífico para la sociedad, lejos de ir hacia una legislación prudente y gradual, rechaza frontalmente admitir la libertad de conciencia o, si lo prefieren, la objeción de conciencia para quienes están autorizados por la ley a celebrar matrimonios”.

Sobre la objeción de conciencia al matrimonio igualitario…

“¿Por qué hay que impedir a los ciudadanos que se comporten de acuerdo con sus creencias más profundas? No me parece de recibo intentar disuadir a los objetores con amenazas sobre lo que puede ocurrir si no se cumplen las leyes, ni afirmar, como se ha llegado a hacer, que la objeción de conciencia en esta ley es una barbaridad o una aberración jurídica”.

“Muy bien, pues sigamos su razonamiento, señoría. ¿Es qué, según usted, un funcionario estaría obligado a aplicar una ley que regulara la tortura, que reconociera la esclavitud o que estableciera la eliminación de una etnia?”.

Sobre el gasto que supondría…

“Se nos ha dicho que este proyecto no supone ningún aumento de gasto y que no crea ninguna prestación, por lo que no procede estimar coste alguno — se nos dice— a la reforma que en él se contiene. Nosotros no sabemos qué pensar ante esta afirmación, señorías, porque, ¿qué se nos está diciendo? ¿Que estas personas no van a poder tener derecho a pensión dado que el Gobierno no lo ha previsto económicamente? ¿Que los homosexuales no van a poder heredar, como heredan los matrimonios actuales españoles, porque el Gobierno no lo ha previsto económicamente? ¿O que incluso en la Ley del Impuesto sobre la Renta, señorías, no se les van a poder aplicar las desgravaciones fiscales porque el Gobierno no lo ha previsto económicamente? ¡Pues claro que hay costes económicos, señorías!”

Sobre la supuesta ideología de género…

“La permuta es la permuta y la compraventa es la compraventa, y no se discrimina a la permuta por no llamarle compraventa. No hay, como se dice, una exigencia constitucional en el artículo 9 de la Constitución en relación con la doctrina constitucional. Por razones de justicia material, como dice el Tribunal Constitucional, se podrá avanzar en el trato jurídico análogo, pero no convertir en matrimonio una relación que no se identifica con él. Se nos dice que el matrimonio entre personas del mismo sexo es una conquista de la igualdad. Yo no quiero dar más ideas a este Gobierno, pero sepan, señorías, que tras la aprobación del matrimonio para personas del mismo sexo en Ontario, Canadá, se ha tenido que borrar nada menos que de 73 leyes toda mención a la existencia de dos sexos, eliminando palabras como esposo y esposa, viuda y viudo, hombre y mujer, de donde se deduce que negar la existencia de hombre y mujer, más que un avance en la igualdad es toda una conquista sí, pero de las ideologías de género, cuando resulta que el género humano, señorías, no se divide entre heterosexuales y homosexuales, sino entre hombres y mujeres y el matrimonio es connatural hasta ahora a nuestra propia existencia”.

Y otra vez sobre la adopción, citando a Savater…

fernando_savater_premio_octavio_paz“El niño no se trata de un bien que se pueda procurar una pareja heterosexual u homosexual. El niño es una persona nacida de la unión, sea cual sea su modalidad, de un hombre y una mujer. Ya que sus señorías no hacen caso ni al Consejo de Estado, ni al Consejo General del Poder Judicial, ni a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, yo les acabo de citar a Lionel Jospin, que a lo mejor entre ustedes tiene alguna autoridad, pero si Lionel Jospin es poco para ustedes, déjenme que les cite también a Fernando Savater. Señorías, Fernando Savater, en un artículo publicado en el diario «El País» que se titula «Jugar a papá y mamá» afirma: El tema de la adopción implica a otro que no forma parte de la pareja. La dificultad con las parejas homosexuales en lo que toca a reproducción humana no es que amen a los de su propio sexo, sino que sean del mismo sexo; es decir, que no puedan aunar procreadoramente [sic] lo masculino y lo femenino. No es lo mismo —dice Fernando Savater— ser padres que jugar a papá y mamá. Si de derecho vamos a hablar, no sólo cuenta el de ser padre o madre, sino el de tener padre y madre, y cosa muy distinta es programar deliberadamente huérfanos de padres o madres rechazando el triángulo genésico desde su inicio como un prejuicio irrelevante. Fin de la cita del señor Savater”. Nota: sobre la oposición de Fernando Savater a la homoparentalidad ya hemos publicado otras entradas.

Rosa Vindel, candidata y casi segura senadora el proximo domingo

S11141Se nos preguntará que por qué traemos a colación los argumentos que el PP defendió en el Senado de España contra el matrimonio igualitario y la adopción homoparental, una vez que el recurso de inconstitucionalidad presentado por ese partido contra ambas realidades fue desestimado por el Tribunal Constitucional (en contra de lo que los populares repiten continuamente, aquel recurso no se dirigía exclusivamente contra el matrimonio por una razón “nominalista”: el cuarto motivo de inconstitucionalidad argumentado entonces por el PP se refería a la homoparentalidad). El PP, además, ha promocionado internamente a figuras que sí están a favor de los derechos LGTB, como el abiertamente gay Javier Maroto o la actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes. Nos felicitamos por ello, pero Rosa Vindel, defensora de los miserables argumentos expuestos arriba, ha seguido siendo senadora, y es de hecho candidata a la reelección (casi segura, según las encuestas) en las elecciones del próximo domingo.

Por el contrario, si no nos referimos a los argumentos de Unió Democràtica de Catalunya y de su portavoz, Jordi Casas, es porque este dejó de ser senador, y de hecho Unió es hoy una fuerza extraparlamentaria y marginal. Ya se encargó Josep Antoni Durán i Lleida, otro político que destacó por su homofobia, de convertirla en un mal recuerdo en la memoria de los catalanes.

El veto del Senado, recordemos, fue levantado por el Congreso de los Diputados el 30 de junio de 2005. La ley española de matrimonio igualitario entró en vigor el 3 de julio de ese año.

Fuente Dosmanzanas

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“Nuestro hijo es adoptado y con dos papás, vamos a empoderarlo”

Sábado, 4 de junio de 2016
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padres-gais-galehi-660x330“Nuestro hijo es negro, o marrón como él afirma. Además, adoptado y con dos papás. Muchos frentes para amargarme ahora con posibles daños futuros.

Solo nos queda, a mi marido y a mí, empoderarlo, hacerlo feliz y luchar positivamente por un cambio social en el que creo y que veo que es posible, porque día a día nos ofrece resultados.

Sé con seguridad que el futuro de nuestro querido hijo será mejor que el que hemos vivido sus padres y que el que vivieron sus abuelos; entre otros motivos porque esta evolución ha hecho posible que ahora, los tres, hayamos podido crear una familia.

Por ello, querido Tristán, tu padre y yo no queremos vencer a nadie, tan solo aspiramos a convencer”.

Así de emotivo fue el mensaje que Juan Andrés Teno, socio de Galehi, (Gais y lesbianas con hijos), dejó en las redes sociales y se volvió viral.

Juan Andrés y Tomás son pareja desde hace 17 años, y desde el comienzo desearon ser padres. Pero en ese entonces solo era posible adoptar como hombre soltero y mentir acerca de la pareja y la homosexualidad. Pero en 2007, dos años después de la aprobación del matrimonio igualitario, se casaron y comenzaron los trámites para adoptar. Hoy conforman una preciosa familia junto a Tristán, de 5 años.

Juan Andrés y Tomás trabajan en el desarrollo de proyectos educativos en diversidad familia. Sin embargo, Juan Andrés cuenta a El Diario que sabe que es la excepción. “Cuando se habla de la familia en la escuela se da por hecho que existe un único modelo y esa es la falsa realidad que reflejan los libros de texto”, critica. Las familias diversas, dice, “están ensombrecidas en los diferentes ámbitos de representatividad social, pero estamos ahí, somos sus vecinos, sus votantes y en nuestros hogares existen los mismos grados de afectividad y problemas que en las suyas”.

Fuente Oveja rosa

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El director del Servicio Nacional de Menores de Chile aboga por las adopciones homoparentales

Martes, 24 de mayo de 2016
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HUGO-HERRERA-SENAME-CHILEEl activismo chileno, con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) a la cabeza, continúa su decidida andadura para conquistar el matrimonio entre personas del mismo sexo y la ley de identidad de género. De hecho, durante el mes de junio tendrá lugar una gran manifestación para reivindicar los derechos del colectivo LGTBI. Entretanto, el MOVILH prosigue en su búsqueda de referentes positivos y de apoyos. El último ha llegado por parte de Hugo Herrera, director del Servicio Nacional de Menores (SENAME) de Chile. Herrera sostiene que el interés superior de los niños no justifica la discriminación por la orientación sexual de madres y padres.

Herrera se reunió con el Movilh luego de que dicho organismo le solicitara una entrevista para conocer su postura sobre las familias homoparentales, esto luego de la salida de la ex directora del Sename, Marcela Labraña, quien en todo momento apoyó y respaldó la crianza y adopción por parte de parejas del mismo sexo.

La entrevista que el MOVILH ha mantenido con el director del SENAME, con la intención de conocer su postura sobre el matrimonio igualitario, ha sido fructífera. Hugo Herrera se ha prunciado y ha dicho que la defensa de los niños no está reñida con que los adoptantes sean una pareja de hombres gais o de mujeres lesbianas.

Por su parte, el responsable del MOVILH Rolando Jiménez asegura que “nos da mucha tranquilidad que Herrera exprese una compromiso claro con la no discriminación”. En este sentido, Jiménez se congratula de que “toda pareja del mismo sexo que recurra al SENAME en busca de orientación, será tratada en igualdad de condiciones. Lo mismo corre, por cierto, para el caso de los niños, niñas y adolescentes que se declaren lesbianas, gais, bisexuales o transexuales”.

senamemovilhPero además de las buenas palabras, el director del Servicio Nacional de Menores se compromete a explorar el trabajo conjunto entre los diferentes ministerios con el fin de garantizar la no discriminación por la orientación sexual de las madres o los padres. En la ocasión, el Movilh solicitó a Herrera su respaldo para que la Reforma a Ley de Adopción incorpore a los convivientes civiles y para que preste activa colaboración, en función de la experiencia del Sename, en el proceso de matrimonio igualitario que próximamente impulsará el Ejecutivo.

“Hubo un buena disposición de Herrera para colaborar con estas materias y para ello Herrera explorará el trabajo conjunto con otros ministerios. Ello nos parece una excelente medida en tanto la realidad de las familias homoparentales se relaciona con competencia de variados ministerios”, puntualizó el Movilh.

Desde luego, es una muy buena noticia que Hugo Herrera se manifieste en estos términos de cara a que la reforma de la Ley de Adopciones pueda incluir a los contrayentes de las uniones civiles.

De las parejas de hecho al matrimonio igualitario

Tras la aprobación de las uniones civiles, en octubre del año pasado recogíamos la celebración de las primeros enlaces entre parejas del mismo sexo en Chile. Algunos con una gran repercusión mediática, como la del carabinero gay que se conviertió en el primer miembro de las fuerzas de seguridad en unirse con su pareja en este país. El activismo LGTBI de ese país, mientras tanto, sigue luchando para conseguir la aprobación del matrimonio igualitario, aún una asignatura pendiente.

De hecho, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago admitía en febrero un recurso de protección presentado por el MOVILH contra la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Chile. El proceso judicial emprendido por la organización LGTB chilena, bajo la batuta del abogado y activista Jaime Silva, se motivó en la negativa de conceder hora a Ramón Gómez Roa y Gonzalo Velásquez para celebrar su matrimonio. Recordemos, en este punto, que la actual presidenta de Chile, Michelle Bachelet, prometía en marzo de 2013 que en caso de ser elegida abriría el proceso de discusión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Algo que por el momento continúa sin materializarse, pese a que ya a finales de 2014 se presentaba una primera iniciativa parlamentaria en ese sentido y recientemente ha vuelto a prometerlo.

En paralelo a este proceso, hace poco más de un año nos hacíamos eco de que el Gobierno de Chile y el MOVILH acercaban posturas para llegar a una solución amistosa a la demanda interpuesta por este colectivo en 2012 contra el estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) por prohibir precisamente el matrimonio igualitario, ante la perspectiva de que un proyecto de ley sobre la materia se discutiese en el Congreso.

En paralelo a este proceso, hace poco más de un año nos hacíamos eco de que el Gobierno de Chile y el MOVILH acercaban posturas para llegar a una solución amistosa a la demanda interpuesta por este colectivo en 2012 contra el estado chileno ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) por prohibir precisamente el matrimonio igualitario, ante la perspectiva de que un proyecto de ley sobre la materia se discutiese en el Congreso.

Desde el MOVILH han señalado que “estamos haciendo todas las gestiones jurídicas, legislativas y políticas, tanto en Chile como en el extranjero, para que nuestro país avance a la aprobación del matrimonio igualitario, una promesa presidencial que debe cumplirse en honor a la palabra empeñada y para garantizar un real respeto a los derechos humanos de todas las familias”.

Fuente MOVILH/Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Un tribunal de Nápoles reconoce a una pareja de mujeres la doble adopción “cruzada” que ya habían obtenido en Francia

Lunes, 11 de abril de 2016
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ladelfa_appello_napoli1Nueva victoria en los tribunales italianos de las familias homoparentales, a las que su clase política se empeña en negar el reconocimiento. La Corte de Apelaciones de Nápoles ha reconocido de nuevo una doble adopción “cruzada”, pero en este caso se añade un factor novedoso: el tribunal simplemente ha ordenado la transcripción en el registro italiano de lo que ya había reconocido un tribunal francés.

Giuseppina La Delfa y Raphaelle Hoedts, una pareja italo-francesa, son madres de dos hijos, niña y niño, concebidos mediante reproducción asistida. Cada una de ellas es madre biológica de uno de los hijos, y a su vez cada uno de ellos ha sido adoptado por su madre no biológica en Francia, país en el que ambas contrajeron además matrimonio en 2013. Así lo determinaron sendas sentencias de un tribunal de Lille, al norte del país galo.

Ahora la Corte de Apelaciones de Nápoles simplemente ha estimado que dichas sentencias son plenamente reconocidas en Italia y que por lo tanto la pareja puede inscribir a sus dos hijos en ese país. Una decisión elemental que a Giuseppina y Raphaelle les ha costado un proceso judicial, dado que el Ayuntamiento de Santo Stefano del Sole, en la provincia de Avellino, donde reside la pareja, se negó a tramitar la inscripción con el argumento de que ello supondría reconocer su matrimonio. Y aunque la validez de este matrimonio fue finalmente reconocida en Italia el año pasado, por decisión de la propia Corte de Apelaciones de Nápoles, la pareja seguía sin poder registrar a sus hijos como hijos de ambas.

“Italia debe transcribir las adopciones de mis dos hijos. Ha sido una larga batalla, pero al final hemos ganado y ahora es el alcalde el que debe desembolsar más de 5.000 euros por los costes legales”, ha declarado Giuseppina, una de las fundadoras (y expresidenta) de Famiglie Arcobaleno y miembro de consejo de NELFA (Red Europea de Asociaciones de Familias  LGBTIQ). “La Corte de Apelaciones refuerza la visión jurídica según la cual existe ‘portabilidad del estado civil’ en el interior de la Unión Europea, que se aplica tanto al matrimonio de ciudadanos europeos como a las adopciones y relaciones de filiación”, ha destacado por su parte Alexander Schuster, abogado de la pareja y miembro de ECSOL (Comité Europeo de Derecho sobre Orientación Sexual), una red de juristas en favor de los derechos LGTB.

Italia: la justicia, por un lado; la política, por otro

Hace escasas semanas que nos hacíamos eco, precisamente, de cómo un tribunal de menores de Roma autorizaba otra adopción cruzada. En aquel caso, cada una de las dos mujeres de la pareja era madre de una niña, en los dos casos recurriendo a reproducción asistida en Dinamarca. Las dos niñas tienen ya 4 y 8 años, pero no ha sido hasta ahora cuando la justicia italiana ha concedido la adopción de cada una de las niñas a su madre no biológica, de forma que ambas madres vean reconocidos legalmente sus derechos parentales sobre las dos menores.

No se trataba, de hecho, del primer caso de stepchild adoption (término anglosajón que los italianos ha adoptado para designar la posibilidad de que, en el seno de una pareja del mismo sexo, uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro miembro de la pareja). Ya en diciembre la Corte de Apelaciones de Roma confirmaba la histórica sentencia que año y medio antes había emitido un tribunal de menores de la capital italiana, y que por primera vez avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo.

El caso abrió en su momento un camino que otros tribunales italianos ya están siguiendo. En enero de 2015, por ejemplo, era la Corte de Apelaciones de Turín la que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona. Y en diciembre otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal consideró que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Todas estas sentencias tienen lugar mientras la clase política italiana se muestra incapaz de aprobar una ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo que reconozca, aunque sea de forma limitada, a las familias homoparentales. Si bien es cierto que el proyecto que ha sido aprobado por el Senado (y que ahora tramita la Cámara de Diputados) supone la vía libre a que por fin Italia, el último gran país de Europa occidental en hacerlo, reconozca las parejas del mismo sexo, la eliminación en el último momento de la stepchild adoption demuestra hasta qué punto los derechos de una minoría se han convertido en moneda de cambio del juego político italiano, con un primer ministro (Matteo Renzi) más preocupado de mantener unido a su partido, el Partido Democrático, dividido sobre la materia, o un Movimiento 5 Estrellas más preocupado de dejar en evidencia la división interna de los de Renzi que de reconocer los derechos de las familias homoparentales. Las parejas del mismo sexo con hijos, por tanto, seguirán estando obligadas a acudir a la justicia italiana caso por caso para hacer valer sus derechos.

Fuente Dosmanzanas

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Mientras la justicia federal se pronuncia en Mississippi declarando que es inconstitucional prohibir adoptar a las parejas del mismo sexo , el gobernador Phil Bryant promulga la ley que permite la discriminación de las personas LGTB

Sábado, 9 de abril de 2016
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MI635573753688880883-Bryant-AP-Interview-ThreEl  juez federal Daniel Jordan ha emitido una orden que considera inconstitucional la ley que prohíbe la adopción por parejas del mismo sexo en Mississippi. La noticia tiene una especial importancia simbólica, si se tiene en cuenta que ocurre en medio de la ola de propuestas de ley homófobas y tránsfobas que los contrarios a los derechos LGTB están promoviendo en diferentes estados norteamericanos, entre ellos el propio Mississippi.

La norma que prohíbe adoptar a las personas del mismo sexo –sección 93-17-3(5) del Código Civil de Mississippi- fue aprobada en el año 2000. Recibió el beneplácito del gobernador, por aquel entonces un político demócrata, Ronni Musgrove. Un buen ejemplo de hasta qué punto ha cambiado la sensibilidad hacia los derechos LGTB: hoy día sería impensable que un gobernador demócrata diera su visto bueno a una ley así (el propio Musgrove escribía en 2013 un artículo en The Huffington Post en el que expresaba su arrepentimiento y contando como su punto de vista había evolucionado a lo largo de los años).

La prohibición de Mississippi, sin embargo, era la última que quedaba por ser desafiada en los tribunales. Leyes similares en otros estados han ido siendo invalidadas, una tras otra. Es por eso que cuatro parejas de mujeres (dos de ellas queriendo adoptar conjuntamente a través del sistema de adopciones del estado y otras dos queriendo que una de las miembros de la pareja pudiera adoptar a los hijos de su compañera), acompañadas de dos organizaciones de defensa de los derechos civiles LGTB (Campaign for Southern Equality y Family Equality Council) decidieron acudir a los tribunales.

Ahora la justicia federal les ha dado la razón. En una orden preliminar, el juez federal Daniel Jordan considera que a la vista de los argumentos del Tribunal Supremo para extender el derecho al matrimonio igualitario y los beneficios que ello conlleva a todo el país, la prohibición a las parejas del mismo sexo de adoptar viola su derecho a la igual protección que garantiza la 14ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, y por ello ordena que de forma inmediata deje de ser aplicada (puedes descargar la sentencia completa aquí).

El fallo del juez Jordan tiene una especial importancia simbólica. Por un lado, Mississippi era el último de los estados en los que una ley prohibiendo expresamente adoptar a parejas del mismo sexo seguía incólume. En este momento, no existe ya ningún estado que mantenga dicha prohibición formal. Ello no significa que no queden numerosos flecos legales ni que no existan obstáculos a las diferentes formas de ejercer ese derecho (hace menos de un mes recogíamos precisamente como el propio Tribunal Supremo de los Estados Unidos revocaba una sentencia de la Corte Suprema de Alabama que denegaba los derechos de adopción que ya habían sido reconocidos en el estado vecino de Georgia a una de las integrantes de una pareja de mujeres). Pero el armazón jurídico que sustenta la discriminación en estos casos es cada vez más endeble.

Sin embargo, el gobernador de Mississippi, el republicano Phil Bryant, ha promulgado una ley, aprobada por ambas cámaras legislativas del estado, que permite a funcionarios, empresas, negocios y organizaciones rehusar prestar sus servicios a aquellos cuya “forma de vida” no esté en consonancia con sus creencias religiosas. En la práctica, significa que tienen derecho a discriminar a las personas LGBT sin que puedan ser demandados por ello. El gobernador Bryant apenas ha tardado unas horas en validar con su firma la ley desde que le fue enviada desde la Cámara de Representantes del estado, negándose a recibir tanto a las asociaciones de defensa de los derechos LGTB como a los empresarios, que se plantean boicotear a Mississippi como lugar de negocios.

El proyecto de ley 1523 fue introducido en la Cámara de Representantes de Mississippi, en manos republicanas, el pasado mes de febrero, siendo sometido a votación y aprobado el 29 de ese mismo mes, por un amplio margen de 80 votos favorables, 30 en contra y 3 abstenciones. Posteriormente pasó a consideración del Senado estatal, también en poder de los republicanos, donde fue aprobado este 1 de abril por 69 votos a favor, 44 en contra y 7 abstenciones. Finalmente, el gobernador Phil Bryant lo promulgó como ley el pasado 5 de abril, para que entre en vigor el próximo 1 de julio.

El proyecto de ley estaba considerado como una de los más regresivos los casi 200 diseminados por las cámaras de 32 de los 50 estados de los Estados Unidos. En todos ellos, bajo la excusa de la protección de la libertad religiosa, ya amparada por la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, se trata de formalizar el derecho a discriminar por razón de orientación sexual e identidad de género si se arguyen “sinceros sentimientos religiosos”.

La ley impide que se puedan plantear demandas contra funcionarios, comerciantes, empresarios u organizaciones que se nieguen a prestar sus servicios a determinados colectivos si estiman que contravienen sus creencias religiosas. En concreto, se protege que se puedan denegar servicios si el proveedor estima que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer; si considera que las relaciones sexuales solo pueden mantenerse dentro del matrimonio; o si cree que el género asignado al nacimiento no debe ser cambiado. Es decir, el objeto principal de la ley es permitir la discriminación de las personas LGTB.

En cuando a los funcionarios, tan solo establece la salvedad, obligatoria por otro lado, de que el servicio a prestar (como la expedición de una licencia de matrimonio a una pareja del mismo sexo) debe ser garantizado por otro empleado público.

Las asociaciones LGTB y las corporaciones y empresas expresaron su indignación por una ley tan regresiva, y solicitaron al gobernador Bryant que interpusiese su veto. Los representantes del Partido Demócrata incluso retrasaron la aprobación definitiva del proyecto de ley con una petición plenaria de rechazo, que sabían que perderían, con el objetivo de que el gobernador se reuniera con los activistas y empresarios opuestos a ley. Pero Bryant se negó a recibirles, y validó el proyecto de ley tan solo unas horas después de que llegara a sus manos, con la excusa de que trata de “impedir que el gobierno interfiera en la vida de las personas”, en referencia a las leyes de protección contra la discriminación vigentes en muchos estados y municipios.

Mississippi se une así a Carolina del Norte en la aplicación de una legislación que vulnera derechos fundamentales por razón de la orientación sexual e identidad de género de sus ciudadanos. En otros estados, como Indiana, Dakota del Sur, Georgia o Virginia, sus gobernadores, sin embargo, han considerado el perjuicio que conllevaría un texto legislativo semejante y han interpuesto su veto.

La ACLU (la mayor asociación de defensa de los derechos civiles de los Estados Unidos) ha emitido el siguiente, y elocuente, comunicado:

Este es un día triste para el estado de Mississippi y para los miles de habitantes de Mississippi que ahora pueden ser rechazados en los comercios, o a quienes pueden negarse licencias de matrimonio, una vivienda, servicios esenciales y necesidades básicas por ser lo que son. Este proyecto de ley va en contra de los principios básicos estadounidenses de equidad, justicia e igualdad y no protege la libertad religiosa de nadie. Lejos de proteger a cualquier persona de “la discriminación del gobierno”, como pretende el proyecto de ley, es un ataque a los ciudadanos de nuestro estado, y servirá como un emblema de la vergüenza para el estado de la magnolia.

La organización GLAAD pide al gobernador Phil Bryant que vetase la delirante propuesta de ley HB 1523, que autoriza legalmente la discriminación en el estado de Mississippi y que van más allá del colectivo LGTB,

 Muchos estados consideran actualmente proyectos de ley que permiten la discriminación de la comunidad LGTB en los Estados Unidos, pero la ley HB 1523 propuesta por Mississippi no sólo es la más explícita, sino que podría considerarse, ya no reaccionaria, sino delirante y particularmente inquisitoria al detallar todas y cada una de las maneras en las que se puede ejercer la discriminación de manera legal, sin temor a ninguna consecuencia del gobierno central.

El proyecto de ley HB 1523 no pretende ser neutral: sólo protege a las personas con creencias religiosas y a nadie más, ateniéndose a tres premisas principales:

— El matrimonio sólo es o sólo debe ser reconocido como la unión de un hombre y una mujer

— Las relaciones sexuales son propiedad reservada al matrimonio.

— Los género masculino (hombre) o femenino (mujer) se refiere al sexo biológico inmutable de un individuo tal y como se determina por su anatomía y genitales en el momento de su nacimiento.

La evaluación de las diferentes situaciones en las que se podrían aplicar estos parámetros es muy sencilla, debido a que el proyecto de ley expone también cada una de las situaciones en las que se puede ejercer la discriminación. En tanto que los individuos estén motivados por “una creencia religiosa o convicción moral“, cualquiera de los siguientes comportamientos tendría el respaldo del gobierno de Mississippi:

— Las organizaciones religiosas pueden negarse a formalizar cualquier matrimonio o proporcionar cualquier servicio relacionado con el reconocimiento del matrimonio.

— Las organizaciones religiosas pueden contratar, despedir o abrir expediente disciplinario a cualquier empleado que viole las creencias religiosas de su organización.

— Las organizaciones religiosas pueden escoger no vender, alquilar u otra manera de proporcionar refugio.

— Las organizaciones religiosas que proporcionan servicios adoptivos o de crianza, pueden declinar sus servicios sin el riesgo de perder sus subvenciones estatales.

— Cualquier padre adoptivo o sustituto puede imponer sus creencias religiosas a sus hijos.

— Cualquier persona puede optar por no proporcionar tratamiento, asesoramiento o cirugía relacionada con la transición de género o con personas homosexuales.

— Cualquier persona (referido a cualquier tipo de negocio) puede escoger no proporcionar servicios para cualquier ceremonia de matrimonio o acto que involucre el reconocimiento de un matrimonio, incluyendo: fotografía, poesía, vídeo, servicios de disc-jokey, preparativos de boda, imprenta, editores, floristerías, confección de ropa, pastelerías y confiterías, salones de bodas o eventos, limusinas y otros servicios de alquiler de vehículos, servicios de compra-venta de joyas.

— Cualquier persona puede establecer «normativas o políticas específicas relacionadas con el género acerca del vestuario o aseo personal del empleado o estudiante», y pueden gestionar el acceso al cuarto de baño y otras instalaciones segregadas por género.

— Cualquier funcionario puede expresar abiertamente sus creencias sin ninguna consecuencia.

— Cualquier funcionario puede escoger no autorizar o conceder licencias de matrimonio legales recusándose a sí mismos de tales funciones.

Protect Thy Neighbor, Protege a Tu Vecino, un proyecto de Americans United for Separate of Church and State, Americanos Unidos por la Separación de la Iglesia y el Estado, expone varias situaciones hipotéticas de cómo esta discriminación podría desarrollarse en ámbitos más allá de la comunidad LGTB:

— Una agencia de adopción podría negarse a entregar un niño a una familia si sus miembros vivían juntos antes de casarse.

— Un asesor podría negarse a ayudar a un adolescente LGTB con pensamientos suicidas que llama a un teléfono de ayuda.

— Una agencia de alquiler de vehículos podría negarse a alquilar un coche a una pareja del mismo sexo si lo fueran a utilizar para su luna de miel.

— Una empresa podría despedir a una mujer sólo por usar pantalones (aunque esto podría considerarse ilegal bajo el Título VII de la Ly federal de Derechos Civiles).

Cualquier persona que se aprovecha de alguna de estas opciones para ejercer la discriminación estaría protegida frente a cualquier sanción tributaria, pérdida de contrato o concesión, pérdida de beneficios, multa o sanción, licencia o certificado, acuerdo de tutela o contrato o cualquier contratiempo en el empleo. Todavía más, estas protecciones se extienden incluso si entran en contradicción con leyes estatales. En otras palabras, cualquiera puede aludir a sus creencias religiosas para justificar su comportamiento discriminatorio si es demandado por víctimas de discriminación. Y cuando lo hacen, no sólo tienen todos sus derechos ante los tribunales, sino que pueden exigir compensación por daños.

En la actualidad, ninguna ciudad de Mississippi ha prohibido la discriminación contra la comunidad LGTB por ley, pero algunas sí han aprobado resoluciones que se oponen a tal discriminación, incluyendo Jackson, Waveland, Bahía de St. Louis, Greenville, Magnolia, Oxford y Hattiesburg. Si alguna de estas localidades aprueba alguna ley de este tipo, quedaría automáticamente anulada con la ley HB 1523, que prevalece a cualquier ley o norma con la que pueda entrar en contradicción. Todas las anteriores formas de discriminación se volverían legales sin importar las leyes que se hayan aprobado en cada una de las ciudades del estado.

Este proyecto de ley ya ha hecho un significativo progreso a través de la legislatura de Mississippi. La Cámara de Representantes la aprobaba el mes pasado, por 80 contra 39 votos, estando actualmente en trámites en el Senado.

Fuente UniversoGay/Dosmanzanas

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Una pareja gay de Córdoba denuncia que les niegan una adopción por su tendencia a “dar naturalidad” a su situación

Lunes, 4 de abril de 2016
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índice La noticia apesta a discriminación. La empresa Eulen, subcontratada por la Junta de Andalucía para que lleve a cabo el servicio de evaluación previo a la concesión de una adopción, ha denegado a José María y José Luis, una pareja gay, la idoneidad para adoptar, con argumentos como que su “marcada tendencia a normalizar o dar naturalidad a su situación personal” les conduce “a negar la especial complejidad que está implícita en las familias homoparentales y a minimizar el impacto emocional que podría tener para su hijo”.

Lo cuenta con detalle el diario Córdoba. José María es maestro y psicopedagogo. José Luis regenta un pequeño comercio. Llevan juntos dieciocho años, y hace seis decidieron iniciar los trámites de adopción de un niño en España. Se ofrecieron a adoptar tanto a un grupo de hermanos como a niños con necesidades especiales. Tras cuatro años de espera fueron llamados para someterse al proceso de evaluación, que en Andalucía la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales ha subcontratado con el grupo Eulen.

Como resultado,  un informe que no les considera aptos como padres. Pese a reconocerles como una pareja estable y madura, los evaluadores creen que José María y José Luis quieren adoptar por prestigio social, que no tienen conciencia adoptiva e incluso que, dada la condición de maestro y psicopedagogo de José María, profesionalizarían la educación del menor. Pero el argumento que más nos llama la atención es que la pareja presenta “una marcada tendencia a normalizar o dar naturalidad a su situación personal”, lo que les lleva a negar “la especial complejidad que está implícita en las familias homoparentales y a minimizar el impacto emocional que podría tener para su hijo”. Eulen concluye que, por ello, serían “incapaces de ayudar al niño a hacer frente a reacciones homofóbicas de terceros”.

La pareja presentó alegaciones a este primer informe, que fueron aceptadas por la Junta y que desembocaron en una segunda valoración que llevó a cabo la misma empresa, con el mismo resultado negativo. “Llevamos tres meses esperando el informe para hacer las alegaciones”, aseguran José María y José Luis, para los que “no existe ninguna familia que sea cien por cien perfecta y siempre se pueden encontrar razones subjetivas cuando la intención es decir no”. La pareja, que considera que Eulen les niega la idoneidad “basándose en cuestiones subjetivas y en interpretaciones de sus palabras”, ha reclamado las grabaciones de las entrevistas, que aún no les han sido entregadas.

Según asegura el diario Córdoba, una vez que la Delegación Provincial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales recibe el informe de Eulen, técnicos de la propia Delegación valoran el caso y deciden si es necesario que sea la propia administración la que valore a la familia. Según José María, efectivamente se les ofreció esta opción, pero les hubiera supuesto un nuevo retraso de otros tres años. Desde la Junta de Andalucía aseguran por su parte al diario cordobés que ejerce un continuo seguimiento continuo de la actividad de Eulen, sin que se por el momento se haya observado “ninguna intervención irregular” y que “las diferencias de criterio profesional forman parte de la dinámica habitual en estos procedimientos”.

Fuente Dosmanzanas

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Por primera vez, la justicia italiana reconoce los derechos de parentalidad de una pareja gay que tuvo a su hijo mediante gestación subrogada

Jueves, 24 de marzo de 2016
Comentarios desactivados en Por primera vez, la justicia italiana reconoce los derechos de parentalidad de una pareja gay que tuvo a su hijo mediante gestación subrogada

160510714-9e8c527f-96b9-46ce-8b09-f005beea6402Sentencia judicial histórica en Italia: un tribunal de menores de Roma ha reconocido como padre de un niño de seis años a la pareja de su padre biológico. No se trata de la primera vez que la justicia italiana reconoce la que se ha dado en llamar stepchild adoption, pero sí de la primera vez que lo hace a una pareja de hombres, y no de mujeres. También es la primera vez que ocurre con un niño nacido mediante gestación subrogada.

El niño, de seis años, nació mediante gestación subrogada en Canadá, país en el que este procedimiento es legal. Italia sí que reconocía a su padre biológico como padre del niño, pero no así al padre no biológico, que en junio del año pasado solicitó la adopción. El tribunal de menores de Roma la ha concedido, al considerar que por encima de cualquier otra consideración debe primar el bienestar del menor, que desde que nació ha sido criado y educado por sus dos papás.

La sentencia, que se emitió a finales de 2015 pero que acaba de hacerse pública, es inédita por dos razones: por un lado, se trata de la primera vez que se concede la stepchild adoption a una pareja de hombres. Por otro, no ha existido apelación por parte de la fiscalía de menores, por lo que la sentencia es definitiva y no tendrá que enfrentarse a un tribunal de rango superior.

El fallo del tribunal de menores de Roma está en línea con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que recordemos que en junio de 2014 fallaba a favor de dos matrimonios franceses que tuvieron sus tres hijas mediante gestación subrogada y a las que Francia se negó a registrar pese a que las niñas estaban reconocidas como hijas de sus padres en Estados Unidos. El tribunal europeo consideró entonces que esta negativa violaba el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho de los menores al respeto de su vida privada, socavando su identidad y produciéndoles un perjuicio. En definitiva, los estados pueden prohibir la gestación subrogada, pero no negar los derechos de filiación a los menores nacidos legalmente mediante este procedimiento en otro país que se los reconozca.

Sentencias anteriores, solo en parejas de mujeres

Volviendo a Italia, son ya varias las sentencias previas que reconocen la stepchild adoption, término anglosajón que los italianos ha adoptado para designar la posibilidad de que, en el seno de una pareja del mismo sexo, uno de los miembros de la pareja pueda adoptar a los hijos del otro miembro de la pareja. Pero hasta ahora siempre se había tratado de parejas de mujeres. El último caso del que nos hicimos eco, hace apenas tres semanas, fue el de una adopción “cruzada”: cada una de las dos mujeres era madre de una niña, en los dos casos recurriendo a reproducción asistida en Dinamarca. Las dos niñas tienen ya 4 y 8 años. Pero no ha sido hasta ahora cuando la justicia ha concedido la adopción de cada una de las niñas a su madre no biológica. De esta forma, ambas madres ven reconocidos legalmente sus derechos parentales sobre las dos menores.

La más destacada de las sentencias hasta ahora, no obstante, había sido la que el pasado diciembre emitía un tribunal de apelaciones de Roma, confirmando la sentencia que ya año y medio antes había emitido el tribunal de menores, y que por primera vez avalaba que una mujer pudiese adoptar a la hija biológica de su pareja del mismo sexo (ya en su momento recogimos la que entonces fue histórica sentencia. La pareja de mujeres, residente en Roma desde el año 2003, tuvo una hija mediante reproducción asistida en un país extranjero que no ha trascendido, donde también contrajeron matrimonio. Con posterioridad, reclamaron ante la justicia italiana la adopción del menor por parte de la madre no biológica).

Esta sentencia, no obstante, está pendiente de ser revisada por la Corte Suprema de Casación, el más alto tribunal italiano. El caso, sin embargo, abrió un camino que es el que otros tribunales italianos ya están siguiendo. En enero de 2015, por ejemplo, era un tribunal de apelaciones de Turín el que reconocía los derechos de parentalidad de otra pareja de mujeres, una española y otra italiana, casadas (y luego divorciadas) en España, y que tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en Barcelona, cuyo registro civil reconoce al niño como hijo de ambas. Y en diciembre otro tribunal de apelaciones, esta vez en Milán, reconocía como válida la adopción concedida en España a una mujer italiana que adoptó a la hija biológica de su pareja. La historia de esta pareja es bastante similar a la anterior: se casaron (luego se divorciaron) y tuvieron a su hijo mediante reproducción asistida en España, aunque en este caso ambas mujeres son italianas. Aún así, el tribunal considera que el procedimiento de adopción en España debe ser reconocido en Italia.

Sentencias, todas ellas, que sin embargo quedan “superadas” por la conocida este lunes, única en la que no se ha producido apelación… y que por tanto es ya definitiva.

Una justicia por delante de su clase política

Todas estas sentencias tienen lugar mientras la clase política italiana se muestra incapaz de aprobar una ley de uniones civiles entre parejas del mismo sexo que reconozca, aunque sea de forma limitada, a las familias homoparentales. La aprobación del proyecto en el Senado solo ha sido posible después de que el Gobierno italiano aceptase eliminar del proyecto la stepchild adoption, lo que seguirá obligando,  a las parejas del mismo sexo con hijos, incluso cuando se apruebe el proyecto que les permita unirse civilmente, a acudir a la justicia italiana caso por caso para hacer valer sus derechos de parentalidad.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos revoca una sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción de una madre lesbiana

Viernes, 11 de marzo de 2016
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4194699w-640x640x80El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha revocado la sentencia de la Corte Suprema de Alabama que negaba los derechos de adopción a una de las integrantes de una pareja lesbiana. El dictamen es especialmente relevante para los progenitores LGTB, pues garantiza que las adopciones llevadas a cabo legalmente en un estado, sean reconocidas por otro, aunque sus propias normativas impidan la adopción a las parejas del mismo sexo. La decisión, además, ha sido tomada por unanimidad, sin que los jueces integrantes del alto tribunal hayan requerido siquiera la presentación de argumentos orales.

En una sentencia fechada el pasado 7 de marzo, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, per curiam —es decir, por decisión de la corte en su conjunto— ha revocado el fallo de la Corte Suprema de Alabama que denegó los derechos de progenitura a uno de los miembros de una pareja de mujeres, por no ser la madre biológica de los tres hijos que ambas habían criado. Se trata del primer caso sobre derechos LGTB que ha dilucidado el Tribunal Supremo desde que falló a favor del matrimonio igualitario en junio de 2015, y su dictamen ha sido igualmente favorable a los derechos de las parejas del mismo sexo.

Una pareja y una familia rotas

La sentencia del Tribunal Supremo detalla la historia de las implicadas en el caso, que se conocen por sus iniciales, V. L. y E. L., un procedimiento común en este tipo de litigios familiares, destinado a proteger su intimidad. Las dos mujeres, residentes en el estado de Alabama, habían mantenido una relación sentimental desde 1995. Durante su convivencia, recurrieron a la reproducción asistida para tener a sus tres hijos, todos ellos gestados por E. L., quien, según las leyes del estado, sería su única progenitora legal. Alabama no reconoce el derecho de adopción al otro miembro de la pareja, a menos que ambos estén unidos en matrimonio, institución vedada a las parejas del mismo sexo en aquellos años.

Tratando de velar por la protección de sus hijos, a quienes ambas criaron conjuntamente desde su nacimiento, V. L. quiso adoptarlos legalmente, algo con lo que E. L. estuvo de acuerdo. Aconsejadas al respecto por profesionales, decidieron instalarse provisionalmente en el vecino estado de Georgia, donde tal posibilidad existía en algunos de sus condados, cuyas Cortes Superiores tenían competencia al respecto. De esta manera, obtuvieron un veredicto favorable de la Corte Superior del condado de Fulton, que estimó que su solicitud cumplía con todos los requisitos y se ajustaba a derecho, por lo que nombró progenitora legal a V.L. Constó en el fallo el consentimiento explícito de E. L., condicionado únicamente a la conservación de sus propios derechos, como es habitual en estos casos. Ambas fueron declaradas madres legales de sus tres hijos.

De regreso a Alabama, la pareja mantuvo su relación hasta el año 2011, fecha en la que la dieron por concluida. Poco después, V. L. interpuso una demanda en el Tribunal de Familia del condado de Jefferson, pues E. L. le negaba cualquier derecho de visita a sus tres hijos. El tribunal reconoció el estatus de progenitora de V. L., dando por válida la adopción llevada a cabo en Georgia, y estimó su demanda, estableciendo los correspondientes derechos de visita.

E. L. recurrió a la Corte Civil de Apelaciones, que desestimó su requerimiento, manteniendo la decisión del Tribunal de Familia. Entonces, E. L. llevó el caso hasta la Corte Suprema de Alabama, bien conocida por ser completamente hostil a los derechos LGTB, con su presidente Roy Moore a la cabeza.

La Corte Suprema de Alabama cumplió con las expectativas LGTBfobas de E. L., y decidió anular la decisión de los tribunales inferiores, al estimar que la legislación del estado de Georgia no reconocía el derecho de adopción a los miembros de una pareja no unida en matrimonio. El plantel de jueces no tuvo en cuenta que las competencias al respecto eran potestad de las Cortes Superiores de los condados, que habían establecido su propia jurisprudencia. Se trataba, además, de la única sentencia, en los últimos 150 años de historia legal de los Estados Unidos, en la que un tribunal revocaba la decisión de una corte de otro estado respecto a los derechos de adopción.

Un fallo relevante para los progenitores LGTB

V. L., cuya defensa era llevada por el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, apeló a la más alta instancia, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Al aceptar el caso, el alto tribunal dejó en suspenso la resolución de la Corte Suprema de Alabama, restableciendo los derechos de visita mientras durara el proceso de apelación.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de V. L., sin ni siquiera requerir la presentación de argumentos orales por las partes, y por unanimidad de los miembros del tribunal. Los jueces han estimado que la Corte Suprema de Alabama ha vulnerado la sección primera del artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos, que establece la “confianza y crédito” debidos a las decisiones de los tribunales de otros estados. Esta cláusula trata de impedir que un derecho reconocido en los tribunales de un estado pueda ser ignorado por otro, y así fortalecer un sistema judicial único para todos los ciudadanos. Dado que las Cortes Superiores de los condados del estado de Georgia tienen competencia para dictar resoluciones en materia de adopción, sus decisiones deben ser respetadas y acatadas por todos los tribunales del país.

De esta manera, no solo se hace justicia con V. L., que ha visto restablecidos sus derechos como progenitora legal de los tres hijos que ella misma crió, sino también se garantiza que las parejas LGTB que viven en estados donde está permitida la adopción de los hijos biológicos del otro miembro de la pareja, no pierdan sus derechos al instalarse en estados donde no se permite. También es especialmente relevante que esta sea la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre derechos LGTB tras su fallo favorable al matrimonio igualitario, y que haya sido positiva incluso por unanimidad.

Tras conocer el dictamen, V. L. declaraba que “me siento afortunada por que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos haya revocado la decisión del tribunal de Alabama. He sido la madre de mis hijos en todos los sentidos durante toda su vida. Pensé que el hecho de adoptarles significaba que íbamos a ser capaces de estar juntos para siempre. Cuando la Corte de Alabama dictó que mi adopción no era válida y que no era su madre, pensé que todo se había acabado. El Tribunal Supremo ha hecho lo correcto para mi familia”.

Por su parte, desde el Centro Nacional de Derechos Lésbicos, cuyo equipo legal ha conseguido esta victoria, se emitía el siguiente comunicado: “La decisión del Tribunal Supremo de revocar la sentencia sin precedentes de Alabama, que anulaba una adopción efectuada en otro estado, es una victoria no solo para nuestro cliente, sino para miles de familias adoptivas. Ningún padre adoptivo, ni ningún niño adoptado, deberían tener que enfrentarse a la incertidumbre de poder tener que separarse años después de la adopción, solo porque la corte de otro estado no está de acuerdo con la ley que se aplicó en dicha adopción”.

Fuente Domanzanas

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El presidente de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, promulga la ley que permite la adopción homoparental

Martes, 23 de febrero de 2016
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anibal-cavaco-silva-390x285El presidente de Portugal, Aníbal Cavaco Silva, ha promulgado finalmente la ley que permite la adopción homoparental, después de que el Parlamento levantara el veto que él mismo le había impuesto. Cavaco Silvia ha esperado hasta el último día del plazo establecido por la ley para cumplir con su obligación constitucional, permitiendo de esta manera que Portugal deje de ser el único país que había otorgado a sus ciudadanos el derecho al matrimonio igualitario, pero impedía la adopción a las parejas del mismo sexo.

Después de que el pasado 10 de febrero la Asamblea de la República de Portugal levantara el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental, el jefe de Estado en funciones y responsable del veto, el presidente Aníbal Cavaco Silva, disponía de un plazo de ocho días para promulgarla. En esos ocho días, el gabinete de prensa del presidente se negó reiteradamente a dar información alguna al respecto.

Dado que el ordenamiento jurídico portugués no contempla sanción alguna para el “veto de cajón” (el hecho de dejar aparcada indefinidamente una ley aprobada sin promulgarla), se temía un último acto de insumisión y de LGTBfobia por parte de Cavaco Silva, y que dejara que quien cumpliera con el deber constitucional de la promulgación fuera el presidente electo, Marcelo Rebelo de Sousa, que tomará posesión del cargo el próximo 9 de marzo.

Sin embargo, el pasado viernes, el gabinete de Presidencia comunicaba que “la ley ha sido promulgada el jueves 18 de febrero, dentro de los plazos constitucionales, como siempre ocurre”. Cavaco Silva se ha visto obligado, por tanto, a respaldar con su firma como jefe de Estado una ley que vetó el pasado 23 enero, tras ser aprobada por el Parlamento el 20 de diciembre de 2015. Se trataba, además, de su última decisión como presidente de Portugal, en un acto que simbolizaba a la perfección la profunda LGTBfobia de que ha hecho gala durante toda su carrera política.

Isabel Fiadeiro Advirta, presidenta de ILGA-Portugal, se ha congratulado de la promulgación, y ha declarado que “Cavaco ha demorado, pospuesto y aplazado todo lo que ha podido, haciendo esperar a las familias, a los niños, pero la promulgación era inevitable. Pero ya está. Las parejas casadas del mismo sexo que tienen niños a la espera de la coadopción, ya pueden hacerlo; y también se podrá adoptar. Son buenas noticias”. Portugal deja así de ser el único país que había legalizado el matrimonio igualitario pero impedía la adopción homoparental.

Un largo periplo hasta la aprobación

La ley portuguesa de matrimonio igualitario fue aprobada en 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impedía optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. De esa manera, Portugal era el único país de Europa con matrimonio igualitario pero sin adopción homoparental.

La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista (PS) contra el criterio de otros grupos de izquierda, y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución de Portugal es una de las pocas del mundo que recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, aunque la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional portugués por iniciativa del presidente de la república, el conservador Aníbal Cavaco Silva, esta cláusula quedó expresamente fuera de la consulta, para evitar precisamente que fuese el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centroderecha, el Parlamento rechazó acabar con esta discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un proyecto que legalizara la coadopción, es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pudiese adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes.

En mayo de 2013 el gobernante Partido Social Demócrata (PSD, de tendencia centroderechista) permitió de hecho que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura. Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras de ese partido, lo que derivó en que ocho diputados pertenecientes a sus juventudes propusieran un referéndum sobre la materia. El PSD acabó haciendo suya la iniciativa de referéndum, que incluía además la formulación de dos preguntas (una sobre coadopción y otra sobre adopción conjunta), aunque la estratagema se topó con el Tribunal Constitucional, que debía dar su visto bueno. El alto tribunal consideró que no podía preguntarse al mismo tiempo sobre coadopción y sobre adopción conjunta, puesto que generaba confusión y la respuesta a una de las preguntas podía generar un efecto de “arrastre” sobre la otra. La iniciativa del PS volvió al Parlamento, donde fue derrotada por tan solo cuatro votos.

Los partidos de izquierda no renunciaron a dar la batalla y en enero de 2015 presentaron tres proyectos para permitir la adopción de menores por parte de las parejas casadas del mismo sexo. Las propuestas fueron derrotadas con los votos del PSD y de sus socios del CDS-PP, situados aún más a la derecha. La novedad, en este caso, fue el voto favorable del Partido Comunista, que en el pasado se había abstenido en las votaciones sobre la materia. Por parte de los dos grandes partidos hubo varios diputados que se saltaron las directrices de su formación: siete representantes del PSD apoyaron la iniciativa del PS y, en sentido contrario, tres socialistas se opusieron a la adopción homoparental.

Finalmente, tras las últimas elecciones, en las que las fuerzas de izquierda lograron superar a la coalición formada por el PSD y el CDS-PP, en diciembre de 2015 se logró aprobar un texto de consenso que permitía la adopción a las parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo queda a la espera de ser definitivamente promulgada.

Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo quedaba a la espera de ser definitivamente promulgada, lo que ha ocurrido, finalmente este 18 de febrero de 2016.

Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento portugués levanta el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental

Viernes, 12 de febrero de 2016
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parlamento_portugalLa Asamblea de la República portuguesa ha levantado el veto presidencial a la ley que permite la adopción homoparental, con el apoyo de 137 diputados de los 230 que componen la única cámara del Parlamento. Aníbal Cavaco Silva, jefe de Estado en funciones hasta ser relevado el próximo 9 de marzo, deberá promulgar en el plazo de ocho días la misma ley a la que interpuso su veto. Portugal dejará de ser, de esta manera, el único país europeo que garantizaba el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero no permitía la adopción homoparental.

Este miércoles 10 de febrero se ha celebrado en la Asamblea de la República de Portugal una votación para levantar los dos últimos vetos interpuestos por el, ahora en funciones, jefe de Estado, el presidente Aníbal Cavaco Silva. Uno de ellos afectaba a la ley que permite la adopción a las parejas del mismo sexo, aprobada por el Parlamento portugués el pasado 20 de diciembre de 2015 y vetada por el presidente Cavaco Silva el 23 de enero de este año, concluyendo así su mandato haciendo gala una vez más de su inveterada LGTBfobia.

Un total de 137 diputados, de los 230 que componen la Asamblea de la República, ha votado a favor del levantamiento del veto. Al esperado apoyo de los diputados del Partido Socialista (PS), el Bloque de Izquierda, Los Verdes y el partido animalista Personas-Animales-Naturaleza (PAN), se ha sumado el de algunos diputados del centroderechista Partido Socialdemócrata (PSD), ahora en la oposición, y al que pertenece Cavaco Silva. En contra del levantamiento han votado el resto de los representantes del PSD y los del derechista Centro Democrático Social-Partido Popular (CDS-PP).

La cifra de votos favorables al levantamiento del veto ha superado ampliamente los 116 requeridos, por lo que la ley de adopción homoparental deberá ser promulgada obligatoriamente. La normativa portuguesa establece un plazo de ocho días desde la decisión de la Asamblea de la República para que se efectúe la promulgación, por lo que, de cumplirse el calendario, sería el propio Aníbal Cavaco Silva quien debería promulgarla, pues continuará como jefe de Estado en funciones hasta ser relevado el próximo 9 de marzo por el vencedor en las pasadas elecciones presidenciales, Marcelo Rebelo de Sousa.

Sin embargo, la ley no contempla sanción alguna para el jefe de Estado si no efectúa la promulgación en el plazo establecido, por lo que, conociendo la historia del personaje político, pudiera darse el caso de que Cavaco Silva hiciera un acto de pura insumisión negándose a cumplir con sus deberes. En todo caso, únicamente supondría una leve demora, pues el presidente de la República entrante, el anteriormente citado Marcelo Rebelo de Sousa, ya ha declarado que no tendría ningún inconveniente en promulgar la ley.

Cuando el acto de la promulgación definitiva tenga lugar, Portugal dejará de ser el único país europeo donde estaba permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo, pero no la adopción homoparental.

Un largo periplo hasta la aprobación

La ley portuguesa de matrimonio igualitario fue aprobada en 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impedía optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. De esa manera, Portugal era el único país de Europa con matrimonio igualitario pero sin adopción homoparental.

La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista contra el criterio de otros grupos de izquierda, y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución de Portugal es una de las pocas del mundo que recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, aunque la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional portugués por iniciativa del presidente de la república, el conservador Aníbal Cavaco Silva, esta cláusula quedó expresamente fuera de la consulta, para evitar precisamente que fuese el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centro-derecha, el Parlamento rechazó acabar con esta discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un proyecto que legalizara la coadopción, es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pudiese adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes.

En mayo de 2013 el gobernante PSD permitió de hecho que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura. Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras de ese partido, lo que derivó en que ocho diputados pertenecientes a sus juventudes propusieran un referéndum sobre la materia. El PSD acabó haciendo suya la iniciativa de referéndum, que incluía además la formulación de dos preguntas (una sobre coadopción y otra sobre adopción conjunta), aunque la estratagema se topó con el Tribunal Constitucional, que debía dar su visto bueno. El alto tribunal consideró que no podía preguntarse al mismo tiempo sobre coadopción y sobre adopción conjunta, puesto que generaba confusión y la respuesta a una de las preguntas podía generar un efecto de “arrastre” sobre la otra. La iniciativa del PS volvió al Parlamento, donde fue derrotada por tan solo cuatro votos.

Los partidos de izquierda no renunciaron a dar la batalla y en enero de 2015 presentaron tres proyectos para permitir la adopción de menores por parte de las parejas casadas del mismo sexo. Las propuestas fueron derrotadas con los votos del PSD y de sus socios del CDS-PP, situados aún más a la derecha. La novedad, en este caso, fue el voto favorable del Partido Comunista, que en el pasado se había abstenido en las votaciones sobre la materia. Por parte de los dos grandes partidos hubo varios diputados que se saltaron las directrices de su formación: siete representantes del PSD apoyaron la iniciativa del PS y, en sentido contrario, tres socialistas se opusieron a la adopción homoparental.

Finalmente, tras las últimas elecciones, en las que las fuerzas de izquierda lograron superar a la coalición formada por el PSD y el CDS-PP, en diciembre de 2015 se logró aprobar un texto de consenso que permitía la adopción a las parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que a las parejas heterosexuales. Sin embargo, el LGTBfobo presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, decidió concluir su mandato presidencial poniendo un obstáculo más a la ley, e interpuso su veto el 23 de enero de 2016. Apenas unas semanas después, el 10 de febrero, el Parlamento decidía mayoritariamente levantar el veto presidencial, por que lo que ley tan solo queda a la espera de ser definitivamente promulgada.

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