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Pareja lésbica inicia lucha para ser reconocidas ambas como madres de mellizos

Martes, 20 de noviembre de 2018
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registro-civil-820x394Pese a que nunca se ha prohibido inscribir a hijos con los apellidos de dos hombres o mujeres, el Registro Civil se negó a ello, por lo que la pareja lésbica presentará acciones legales.

En compañía del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), una pareja lésbica, Solange Ahumada y Yessenia Arias, acudió hoy al Registro Civil para indagar sobre los mecanismos que deben cursar para la rectificación de la partida de nacimiento de sus hijos mellizos, de 1 año y dos meses, quienes nacieron de un proceso de fertilización asistida.

En concreto, la pareja lésbica busca inscribir a los mellizos con los apellidos de ambas, además de ser reconocidas las dos como madres.

En la ocasión, la pareja denunció que el Registro Civil de Las Condes se negó a inscribir a los mellizos con sus apellidos, lo cual para el Movilh es un abierta discriminación en razón de la orientación sexual

“En Chile, nunca han existido problemas para inscribir a un niño o niña con los apellidos de dos hombres o dos mujeres, pero ello fue negado por el Registro Civil de Las Condes, solo en virtud de consideraciones homofóbicas y conservadoras”, explicó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Hoy en el Registro Civil de Santiago, la funcionaria Luisa Silva indicó a la pareja que el error de la inscripción inicial de los mellizos no puede corregirse administrativamente, por lo que deberán iniciarse acciones legales para rectificar la partida de nacimiento.

La pareja consideró muy lamentable que por un problema ocasionado por el propio Registro Civil, ahora deban recurrir a tribunales, pese a que no había ninguna razón para oponerse a que los mellizos se apelliden Ahumada y Arias.

Ahumada comentó que aprovecharán la judicialización por el cambio de los apellidos, para luchar al mismo tiempo por ser reconocidas ambas como madres. “Si bien la legislación no habilita expresamente el reconocimiento de dos madres o de dos padres, no hay razón alguna para que los tribunales se nieguen a ello, pues la Convención Interamericana de Derechos Humanos reconoce este derecho, según lo ha dictaminado la propia Corte Interamericana de DDHH. Ayudaremos entonces las madres en esta lucha legal que iniciarán”, finalizó Jiménez.

Fuente MOVILH

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Reconocieron a dos personas con sexo indefinido en Argentina

Jueves, 8 de noviembre de 2018
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Third gender and sex concept made of half male and half female pictogram. Sticker and design element. No dirá ni “masculino” ni “femenino”. Lo avaló el Registro Civil de Mendoza, que se amparó en el reconocimiento de la identidad de género autopercibida.

Por primera vez en Argentina, la partida de nacimiento de dos personas no tendrá ninguna definición en cuanto al sexo: no dirán ni “femenino” ni “masculino” y en su lugar quedará el espacio vacío. Así lo avaló el Registro Civil que entendió que ambas personas requirieron el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida.

“La Dirección del Registro Civil de Mendoza informa que. a través de la resolución N° 420/2018 se ha hecho lugar a la solicitud de dos personas mendocinas que requirieron el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida y correspondiente rectificación registral solicitando en forma expresa que en su partida de nacimiento y DNI no se consigne sexo alguno”, dice el comunicado oficial.

Fue el gobernador Alfredo Cornejo quien dio luz verde para que se llevara adelante esta medida, que va en consonancia con lo que ampara la Ley de Identidad de Género, aprobada en 2012.

La novedad fue difundida por el propio Registro Civil junto con la resolución correspondiente y los nombres de las personas no fueron dados a conocer “para resguardar la identidad” de los solicitantes.

En tanto, en la resolución también se resolvió “labrar una nueva partida de nacimiento en la que la persona inscripta deberá consignarse como (nombre) y demás datos conforme a la partida originaria, con excepción del campo reservado para el sexo, en el que deberá consignarse una línea”.

Si bien el caso es inédito en el país, en el mundo ya hay antecedentes de sexo X o indefinido. En Alemania este año. En Canadá, el año pasado, el presidente Justin Trudeau lo habilitó. Antes, Nueva Zelanda, Australia, Dinamarca o Malta ya habían permitido esta casilla en sus documentos. En   California, ya han introducido medidas de ese tipo.   AustriaHolanda abren la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de género en 2018 . La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como Pakistán, IndiaNepal.

Eleonora Lamm, doctora en Derecho y Bioética y subdirectora de Derechos Humanos de la Corte mendocina conoce uno de los casos inéditos. “Es un profesional de 32 años y una persona maravillosa. La acompañé en el proceso de cambio de identidad. Iba a hacerse una modificación corporal y me dijo que quería romper con el binarismo y pidió que en el apartado sexo de su DNI no figure nada”, contó.

En cuanto a lo novedoso que resulta esta disposición, Lamm dijo que en países como Canadá, Francia y Alemania, se habilitó una tercera casilla respecto de personas intersex. Pero cuestionó que, “en esos países se sigue identificando biología con género y no contempla el caso de aquella persona cuyo cuerpo no cuadra con femenino y masculino”. Ahora en Mendoza, se ha logrado que sin poner sexo alguno en la partida de nacimiento, se respete la base de identidad de la persona. “El sexo no es femenino ni masculino, es de acuerdo a la identidad que esta persona considera. Es una persona no binaria, que no se identifica con ninguno de los dos sexos”, define Lamm. Y afirma que es realmente innovador que a través de un planteo administrativo en el Registro Civil y sin sentencia de por medio, se respete la identidad de género, lo que a su criterio es el primer caso en el país y en el mundo.

Las preguntas que surgieron con esta disposición administrativa es qué va a pasar cuando esta persona vaya a un baño público o si se quiere jubilar, lo hará como hombre o como mujer. Para Lamm: “dependerá de cómo esta persona se identifique”. Y aventuró que, cuando esta persona se jubile, ” espero que le ley esté actualizada”. “Hemos roto el binarismo y tenemos que empezar a cuestionarnos estas normas que dividen el acceso a una derecho por categoría sexual o de género”, planteó la especialista en bioética.

Para Mauro Cabral Grinspan, director ejecutivo de GATE y quien colaboró con la redacción de la Ley de Identidad de Género, lo que ha dispuesto el Registro Civil de Mendoza es un cumplimiento cabal de la ley 26.743, sancionada en el 2012: “Rompe con el binario y llama a abolir la consignación del género en los documentos públicos.La posibilidad de no colocar género o, en otro caso, identificarse como travesti ya está permitido pero no se había conseguido que algún registro de civil lo hiciera. El artículo 2 de la ley dice que toda persona pueda definir el género que considere como propio: implica incluir un tercer género o pedir que esa anotación quede en blanco”, explicó Cabral Grinspan.

Fuente Clarín, vía SentidoG

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Los menores trans ya pueden cambiar su nombre en el Registro Civil con solo solicitarlo

Viernes, 26 de octubre de 2018
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680x540-noticias-gabriel-delgado-suarez-facebookEl Ministerio de Justicia lo anunciaba la pasada semana, y ya es una realidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (descargar aquí). Los registros civiles tienen instrucción de facilitar el cambio de nombre a los menores transexuales. Una medida transitoria hasta que las Cortes aprueben la reforma de la vigente ley de identidad de género propuesta por el grupo socialista y que lleva más de año y medio de tramitación parlamentaria.

EL Boletín Oficial del Estado unifica el criterio para modificar o cambiar el nombre en el Registro Civil, cuyo único requisito será el de solicitarlo si eres mayor de edad, o que seas una persona emancipada o acudas con tus tutores legales, si eres menor de edad. Esta rectificación ha sido posible gracias a la lucha personal de Gabriel Delgado Suárez, un adolescente de Calatayud al que le denegaron cambiar su nombre porque no era neutro.

Cualquier persona transgénero puede cambiar o modificar su nombre en el Registro Civil reclamándolo en la oficina de su localidad o mediante documento público, según se publica en el Boletín Oficial del Estado este miércoles, 24 de octubre. El único requisito es que sean personas mayores de edad o, si se trata de menores de edad, que estén emancipados o acudan con sus tutores legales «declarando que se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado», según aclaran desde la Dirección General de Registros y Notarios en lo que supone una unificación del criterio a nivel nacional y que antes quedaba a juicio del funcionario de turno o de un juez tras presentar un recurso.

De acuerdo a la instrucción publicada en el BOE este 24 de octubre y que firma el director general de los Registros y el Notariado, Pedro Garrido Chamorro (reproducimos literalmente):

Primero

En el supuesto de que un mayor de edad o un menor emancipado solicitara el cambio de nombre, para la asignación de uno correspondiente al sexo diferente del resultante de la inscripción de nacimiento, tal solicitud será atendida, con tal de que ante el encargado del Registro Civil, o bien en documento público, el solicitante declare que se siente del sexo correspondiente al nombre solicitado, y que no le es posible obtener el cambio de la inscripción de su sexo en el Registro Civil, por no cumplir los requisitos del art. 4 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

Segundo

Los padres de los menores de edad, actuando conjuntamente, o quienes ejerzan la tutela sobre los mismos, podrán  solicitar la inscripción del cambio de nombre, que será atendida en el Registro Civil, con tal de que ante el encargado del Registro Civil, o bien en documento público, los representantes del menor actuando conjuntamente declaren que el mismo siente como propio el sexo correspondiente al nombre solicitado de forma clara e incontestable. La solicitud será también firmada por el menor, si tuviera más de doce años. Si el menor tuviera una edad inferior, deberá en todo caso ser oído por el encargado del Registro Civil, mediante una comunicación comprensible para el mismo y adaptada a su edad y grado de madurez.

Como recogimos tras el anuncio, la medida se hizo pública tras una reunión mantenida entre representantes de Chrysallis (asociación de familias de menores trans), la ministra de Justicia, Dolores Delgado, y el propio Pedro Garrido, en la que Chrysallis recordó al Ministerio que el Gobierno de España no había atendido todavía una Proposición no de Ley aprobada en el Congreso de los Diputados el 11 de octubre de 2016, que instaba precisamente al Ejecutivo a dictar una instrucción que facilitara el cambio de nombre en el caso de los menores trans, cuya realidad no contempla la legislación vigente. El resultado es que en muchas ocasiones ese cambio se deniega con el argumento de que el artículo 54 de la Ley del Registro Civil de 1957 prohíbe la imposición de nombres que induzcan a error en cuanto al sexo de la persona.

El último de los casos que ha saltado a la opinión pública ha sido el de Gabriel, un chico trans de 15 años al que el Registro Civil de Calatayud ha denegado el cambio, y ello pese a contar con el respaldo unánime de familia y escuela. El pasado viernes, de hecho,  Gabriel y su familia entregaron en la Dirección General de Registros y Notariado las más de 129.000 firmas de apoyo que han recogido a través de su campaña en Change.org.

«Te preguntas: ¿por qué no me dejan ser quien soy? Es lo único que quiero y no hago daño a nadie (…). Si hubiera puesto Gabi habría servido. Pero quiero llamarme como yo desee. Elegir otro nombre sería corregirme y yo no soy un error. El error está en la ley y en este auto injusto», declara Gabriel cuando en septiembre del año pasado le deniegan cambiar su nombre en el Registro Civil,que solicita con el objetivo de que aparezca el nombre con el que se identifica y que utiliza habitualmente en su título de la ESO, cuyo último curso está terminando. El adolescente zaragozano no solo cuenta con el apoyo de su familia, sino que presenta informes médicos de diferentes especialistas en los que explican que ya se encuentra en proceso de transición hormonal, además de un informe favorable a la rectificación de su nombre por parte del instituto de secundaria en el que está matriculado, acreditando que profesores y alumnos se dirigen a él por el nombre de Gabriel.

«Cada vez que tengo que enseñar mi DNI es una humillación, cada vez que tengo que viajar con mi pasaporte es una humillación, cada vez que tengo que sacar un billete de bus es una humillación (…). No hago daño a nadie llamándome como me llamo. No le tengo que contar a nadie mi vida privada, nadie se tiene que enterar de que soy un menor trans, es una estupidez», explica Gabriel a los medios de comunicación cuando el pasado 19 de octubre entrega entrega en la Dirección General de Registros y Notarios más de 129.000 firmas, recogidas a través de una campaña en Change.org, a favor de que le permitan cambiar su nombre en su documentación legal.

«Aprecio mucho la rapidez que se han dado. Me ha sorprendido porque pensábamos que sería antes de Navidad pero no tan pronto», declara Pilar Suárez, madre de Gabriel, explicando que la modificación del BOE se produce tras una reunión de familias de menores transexuales con Chrysallis en Madrid en la que relataron sus experiencias personales sin saber que la ministra de Justicia, Dolores Delgado, les estaba escuchando y agradecía que le hubieran abierto «las puertas a una nueva realidad y nos dijo que la política tenía que estar para hacer más felices a las personas».

«Estoy contento. Es un buen paso para lograr la igualdad por la que estamos luchando. Pero solo es un paso. Ahora tenemos que ponernos a caminar. No es para nada el final», afirma Gabriel tras la publicación del BOE a su favor, valorando positivamente que el Gobierno haya mostrado su compromiso por su causa, pero señalando que la verdadera victoria sería un cambio legislativo: «Es muy positivo, pero estas son solo recomendaciones. Lo que necesitamos es una ley que nos defienda». En cualquier caso, dado que Gabriel presentó un recurso contra el auto que le denegaba el cambio de nu nombre en su DNI, todavía debe esperar para poder concluir su proceso, aunque se muestra muy optimista y agradecido por todo el apoyo que ha recibido.

Fuente Universogay/Dosmanzanas

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La lucha de dos madres por inscribir a su hijo como de las dos

Viernes, 26 de octubre de 2018
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dos-madres-argentinasAgustina Brunetto tiene 31 años y es profesora. Valeria Tavecchio tiene 42 y trabaja en construcción y reformas. Viven en la pequeña localidad argentina de Entre Ríos.

Agustina y Valeria son pareja desde hace cuatro años y el año pasado cumplieron un sueño que llevaban mucho tiempo deseando: ser mamás. Consiguieron un donante de esperma y se realizaron una inseminación en casa.

Al primer intento consiguieron el ansiado embarazo y a fines de junio nació el pequeño Ciro. Como todas las familias, las madres fueron a inscribirlo al Registro Civil pero no pudieron. Les exigían tener un papel de una clínica de fertilidad que diera cuenta de que se habían inseminado ahí, además de estar casadas, algo que nunca se pide a una pareja heterosexual, donde una mujer puede embarazarse de un hombre e inscribir a su hijo con otro y nadie pregunta nada.

La pareja tuvo que inscribir a Ciro como hijo de solo una de las dos. Ellas iniciaron un largo camino para luchar por la comaternidad. “La opción que nos proponían era realizar una adopción, pero eso no refleja la identidad de nuestro hijo. No aparecí en la vida de Ciro siendo él ya hijo de Agustina, sino que aparecí en su vida porque las dos fuimos gestantes como un proyecto de pareja. Ciro tiene dos mamás. No es justo que un padre pueda reconocer a un niño por su sola voluntad y una madre no pueda”, dijo Valeria a la web Presentes.

Indignante, sobre todo teniendo en cuenta que durante el embarazo, en el tercer mes de gestación fueron a preguntar sobre la inscripción y les dijeron que no necesitaban estar casadas.

Hoy tenemos en este mundo a un niño con una sola filiación, como si su nacimiento fuera consecuencia del amor y el deseo de una sola persona y no es así. Dos mamás soñaron, consintieron, planearon y concretaron este proyecto de vida y, sobre todas las cosas, es injusto para este bebé que se lo prive de los derechos que conlleva la inscripción registral de su otra filiación. En definitiva, se afectan los derechos del niño y de las madres, y no se respeta el mandato igualitario de nuestra Constitución y de nuestras leyes. No hay familias de primera y de segunda, hay familias”, dijeron los abogados de la pareja.

La lucha fue ardua pero lo consiguieron. Hace unos días el pequeño Ciro figura en el Registro Civil como hijo de sus dos mamás. ¡Enhorabuena, familia!

Fuente Oveja Rosa

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El Registro Civil de Calatayud niega a un adolescente trans el cambio de nombre pese a su inequívoca identidad masculina y al apoyo unánime de padres, amigos y escuela

Lunes, 8 de octubre de 2018
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haluxocftorkhpt-800x450-nopadEl Registro Civil de Calatayud (Zaragoza) ha denegado la solicitud de cambio de nombre de Gabriel, un adolescente trans de 15 años cuya identidad de género es masculina, que cuenta con el respaldo unánime de su familia y amigos, así como de sus compañeros de instituto y profesores, pero al que un auto niega precisamente su derecho a ver reconocido legalmente su nombre por tratarse de un nombre inequívocamente masculino. Lo sucedido con Gabriel pone de manifiesto la cada vez más vergonzosa situación española por lo que al reconocimiento de la identidad de género se refiere, así como la hipocresía de las fuerzas políticas del Congreso de los Diputados, a las que se les llena la boca a la hora de hablar de derechos LGTB pero que llevan toda la legislatura impidiendo el avance de diferentes proposiciones de ley que de ser aprobadas impedirían esta y otras situaciones absurdas.

«Ni me planteaba que lo iban a rechazar», explicaba a El Heraldo de Aragón Pilar Suárez, madre de Gabriel, que hasta el momento no había encontrado dificultad a la hora de que su hijo pueda vivir la vida a la que tiene derecho. Gabriel ya tiene, por ejemplo, la tarjeta sanitaria a su nombre, gracias a la avanzada ley de identidad de género que hace unos meses aprobaron las Cortes de Aragón. De la misma forma, ha iniciado el tratamiento hormonal con bloqueadores de la pubertad, lo que por el momento impedirá que desarrolle caracteres sexuales femeninos, no deseados. Y pronto empezará tratamiento hormonal, lo que facilitará que desarrolle caracteres sexuales masculinos.

Pero la normativa autonómica de nada sirve cuando se trata de la rectificación registral de la mención al sexo. En este caso entra en juego la anacrónica normativa estatal, que no contempla la realidad de los menores transexuales o de las personas migrantes, y que incluso para los mayores de edad mantiene como requisito un diagnóstico de «disforia de género» y exige (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Todo queda a criterio del juez de turno. Y lo mismo sucede con el mero cambio de nombre, pese a que en este caso los jueces son algo más generosos. No ha sido el caso, por desgracia, de la jueza del Registro Civil de Calatayud, que pese a la abundante documentación aportada por la familia (incluyendo un informe del instituto donde estudia Gabriel que acredita que ese es su nombre habitual y así es tratado en clase por compañeros y profesores) ha denegado el cambio.

La razón que da la jueza, según explica la petición que la familia ha lanzado en la plataforma change.org, es que «el nombre solicitado, Gabriel, remite única e inequívocamente al sexo masculino, y no es un nombre neutro», algo que en su opinión viola la normativa actual sobre cambios de nombre en el Registro Civil, que no admite aquellos que hagan confusa la identificación (por ejemplo, un apellido convertido en nombre) ni los que induzcan a error sobre el sexo. Sin tener en cuenta que en este caso nos encontramos con la realidad de que quien solicita el cambio es un chico con identidad masculina, no una chica ni una persona no binaria. «Gabriel se llama Gabriel. Y queremos ese nombre en su titulo de la ESO que obtendrá en junio y en su DNI. Y así creemos que debe entenderlo la juez encargada del Registro Civil que lleva el caso. Cuanta más gente firmemos esta campaña, mayor será la presión y más fácil se lo pondremos a otros niñes como mi hijo», finaliza la petición.

Responsables, los partidos representados en el Congreso

logo-del-congreso-de-los-diputados-300x157En este momento, se tramita en el Congreso una proposición socialista que elimina la necesidad del diagnóstico médico o psicológico para proceder a la rectificación registral y facilita el acceso a esta de las personas extranjeras y de los menores transexuales (sin necesidad de intervención judicial). La iniciativa  fue registrada en febrero de 2017 por el grupo socialista del Congreso (¡hace ya más de año y medio!), si bien no fue hasta noviembre cuando el pleno del Congreso aprobó iniciar la reforma de la ley de identidad de género y despatologizar la transexualidad, con la oposición del PP. La Mesa del Congreso, controlada por PP y Ciudadanos, ha mantenido paralizado el proceso mediante sucesivas ampliaciones del plazo de presentación de enmiendas (cuatro, en este caso) y no ha sido hasta febrero cuando la Mesa del Congreso desbloqueó su avance. Estamos ya en octubre, y la proposición sigue sin ser aprobada.

Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea registró en marzo en el Congreso una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Se trata de una propuesta legislativa que va más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta contempla además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades. Sin embargo, ni siquiera el propio grupo parlamentario que la presentó ha querido llevarla más allá (en teoría hasta tener amarrados suficientes apoyos parlamentarios). Ello ha motivado que un grupo de activistas trans (entre los que se encuentra la presidenta de la Asociación de Transexuales de Andalucía, Mar Cambrollé) hayan iniciado una huelga de hambre exigiendo a Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea que proceda a llevarla al pleno.

Por último, otra proposición de ley que permanece atascada es la de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, registrada en mayo de 2017 tras más de un año de trabajo en su elaboración por parte de la FELGTB. El registro formal lo hizo el grupo parlamentario confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, aunque contaba, al menos sobre el papel, con un amplio respaldo de los grupos políticos de la cámara, a los que ya había sido presentado en marzo por el entonces presidente de la FELGTB, Jesús Generelo, en la Comisión de Igualdad. No fue hasta el 19 de septiembre, sin embargo, cuando el pleno del Congreso debatió por primera vez la propuesta y votó su toma en consideración con los votos favorables, entre otros, de PSOE y Ciudadanos (aunque ambos anunciaron enmiendas). Y con la abstención del PP, a pesar de que este partido se había sumado en junio al compromiso de las principales fuerzas políticas con la FELGTB de permitir la aprobación de una ley cuyo texto final fuese «lo más cercano posible al redactado y consensuado por la mayoría del movimiento LGTBI español». Aún así, la Mesa del Congreso de los Diputados no desbloqueó su avance hasta febrero de este año, al igual que con la propuesta socialista de reforma de la ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Al igual que con esta, estamos en octubre y sigue sin ser aprobada.

Fuente Dosmanzanas

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Histórico: Las personas trans de Puerto Rico ya pueden modificar sus partidas de nacimiento

Sábado, 21 de julio de 2018
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nsrl862dLa activista transexual Ivana Fred Millán

Las personas trans de Puerto Rico ya pueden rectificar sus certificados de nacimiento para que estos reflejen su verdadera identidad de género mediante un simple procedimiento administrativo. La decisión del Gobierno de Puerto Rico da cumplimiento a la sentencia de la jueza federal Carmen Consuelo Cerezo, del Tribunal del Distrito de Puerto Rico, en respuesta a la demanda de tres activistas trans y la organización Puerto Rico Para Tod@s, representados por Lambda Legal. 

En cumplimiento con una orden judicial esta semana el gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico publicó una orden ejecutiva en la cual le ordena al Departamento de Salud emitir actas de nacimiento acorde a la realidad del género de la persona, más allá del género que se le haya asignado al nacer.

Es un gran alivio finalmente tener un certificado de nacimiento exacto que refleje en verdad quien soy yo. Me hace sentir más segura y que mi país me reconoce, me respeta y protege mi identidad como mujer. Hoy, las personas trans en Puerto Rico son más libres. El tribunal tomó la decisión correcta”expresó la activista trans Daniela Arroyo González, quien junto a un grupo de personas trans interpuso en el 2017 una demanda a través de la organización Lambda Legal y Puerto Rico para Tod@s contra el gobernador Ricardo Rosselló, el Departamento de Salud y el Registro Demográfico de la isla.

En la demanda se argumentó que negarle a las personas transexuales y transgéneros la posibilidad de obtener un certificado donde se refleje su identidad autopercibida era una violación a la igualdad y el debido proceso de la Constitución.

La jueza Carmen Cerezo se mostró de acuerdo y le dio la razón a los demandantes en la sentencia emitida en el mes de abril. Es por ello que en cumplimiento con esa orden judicial, el gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Ric, Ricardo Rosselló, publicó esta semana una orden ejecutiva en la cual le ordena al Departamento de Salud emitir actas de nacimiento acorde a la realidad del género de las personas, más allá del género que se les asignó al nacer. De tal forma que sus certificados de nacimiento se adecuen a su identidad de género.

“¡HISTÓRICO! Desde hoy, las personas trans podrán cambiar su certificado de nacimiento para que tengan su género correcto”, indicó en su cuenta de Twitter el activista Pedro Julio Serrano:

“Para las personas transgénero, es una herramienta vital y esencial para poder acceder a servicios necesarios, viajar, trabajar y vivir con seguridad y dignidad.” dijo Omar González-Pagán, abogado de Lambda Legal, organización que representó el caso.

Este martes once personas transgénero de Puerto Rico se presentaron ante las Oficinas Centrales del Registro Demográfico para realizar el cambio en sus documentos de identidad. Hecho que significa un importante paso hacia la igualdad, el respecto y la dignificación.

“La licencia de conducir y la tarjeta electoral no me dan la oportunidad que me va a dar ahora el certificado de nacimiento para que yo pueda evolucionar en un mundo como cualquier ser humano tradicional y que no se me pongan limitaciones en la medida en que vaya a obtener un trabajo, en la que vaya a solicitar servicios”declaró Ivana Fred, una de las más destacadas activistas trans en la llamada Isla del Encanto, luego de obtener su certificado de nacimiento acorde con su identidad autopercibida.

“Ya no creo que nadie tenga que preguntarme el por qué una F o una que no hace alusión a mi identidad de género. Yo creo que eso es bien importante para cada persona que decide vivir en su proceso de transición saludable”, indicó la activista.

También destacó que este logro “fomenta respeto ante una sociedad que no tiene límites al momento de discriminar. En la medida en que tú atemperas tus documentos a tu identidad de género te da mucho más respeto delante de la gente y valor. Siempre va a haber quién sí y quién no, pero lo importante es que tú te sientas feliz con lo que tú quieres hacer y tienes”, declaró Fred.

Entre las primeras personas que acudieron esta semana se encontraba una menos de edad que llegó acompañada de su madre.

Con este logro obtenido en Puerto Rico, ya solo quedan tres jurisdicciones en Estados Unidos en las que no se permite hacer cambios de género en el certificado de nacimiento. Estos son los estados de Kansas, Ohio y Tennesse.

Fuente Universogay

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Polémica por salteño que cambió de sexo para jubilarse antes

Lunes, 16 de julio de 2018
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sergioEn el lugar de la partida donde decía Sergio Lazarovich habrá una rectificación y dirá Sergia. El caso del salteño que se cambió de género provocó todo tipo de especulaciones. Incluso que lo hizo solamente para jubilarse antes. En medio de su inesperada popularidad, el mismo Lazarovich salió a dar su versión: “Me cambié de género porque tengo una convicción”.

Hace tres meses fue noticia cuando lo acusaron de haber cambiado de género a los 60 años para poder jubilarse antes. Después de la polémica, llegó la confirmación. Se jubilará cinco años antes porque ya no figura como varón en los registros laborales de Anses.

Laura Cartuccia, directora del organismo previsional en la provincia de Salta, lo confirmó a Radio 10. “Sí, Sergia Lazarovich ya solicitó su jubilación“, sostuvo la funcionaria y explicó: “Nosotros nos sometemos a la documentación presentada. Aportó casi 30 años y ahora es mujer“.

El caso salió a la luz a mediados de marzo cuando un periodista radial leyó al aire el tuit que había escrito un compañero de trabajo de Lazarovich cuestionando su decisión. “Estupor, incredulidad y sinrazón porque un compañero de laburo se cambió el DNI a sexo femenino, cuando es bien sabido que es masculino, cuando es bien masculino y tiene pareja”, decía.

Lazarovich salió al cruce de las acusaciones. Las desmintió y afirmó que había cambiado de nombre porque tuvo “una convicción”. Si bien señaló que no tenía que “explicarle nada a nadie”, opinó en ese momento que los hombres “no deberían obtener la jubilación después que las mujeres”.

Ley de Identidad de Género

El 9 de mayo de 2012 se sancionó la Ley de Identidad de Género que reconoce el derecho a la identidad de todas las personas a mostrarse tal cual se autoperciben, permitiendo también desde una perspectiva jurídica la inclusión y el acceso a derechos e igualdades a los miembros de la comunidad trans.

“Lo hice porque tengo una convicción”

En el lugar de la partida donde decía Sergio Lazarovich habrá una rectificación y dirá Sergia. El caso del salteño que se cambió de género provocó todo tipo de especulaciones. Incluso que lo hizo solamente para jubilarse antes. En medio de su inesperada popularidad, el mismo Lazarovich salió a dar su versión: “Me cambié de género porque tengo una convicción”.

Se enteró por su hija que su nombre era una de las noticias del día en los medios y aseguró que todo lo que se está diciendo “es mentira”. “Lo hice porque estoy convencido, las motivaciones son mías y no tengo que explicarle nada a nadie“, remarcó.

Lazarovich empezó el trámite de cambio de género en la ciudad de Salta en junio del año pasado y lo terminó en Tucumán, la provincia en la que nació. Se trata de un “trámite administrativo” para el que la ley “no pide como requisito que haya una intervención quirúrgica u hormonal”, explicó el director del Registro Civil de Salta, Matías Assennato.

Sobre la polémica que abrió su decisión de modificar su documento y la posibilidad de que el motivo fuera alcanzar al edad para jubilarse antes, Lazarovich dijo a El Tribuno que “esto no habría sido un problema para nadie si todos se jubilaran a los 65 años”.

Fuente: TN, vía SentidoG

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Chile: Corte Suprema admite a trámite el reconocimiento de la doble maternidad lésbica

Sábado, 30 de junio de 2018
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parejalesbicaysuhija-768x576El Movilh, que representa a la pareja, festejó el avance en el Día del Orgullo y de su 27 aniversario.

En un hecho inédito la Corte Suprema acogió a tramitación un recurso de apelación interpuesto por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para que se reconozca la doble maternidad de las convivientes civiles Mayra Opazo y Constanza Monvalves, quienes crían una niña de un año, Martina.

La apelación tuvo lugar luego de que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazara por dos votos contra uno el reconocimiento de la doble maternidad, sosteniendo que legalmente solo una de las convivientes civiles podía ser reconocida como madre.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “esta buena noticia que conocemos en el Día del Orgullo y cuando nuestra organización cumple 27 años, esperamos que llegue a buen puerto. Martina tiene dos madres, esa la verdad. La justicia no puede negar la verdad, como tampoco oponerse a los derechos humanos y al interés superior del niño. En Chile, no hay norma que impida el reconocimiento de dos madres o dos padres. Solo el prejuicio ampara esa visión”.

En tanto la abogada del Movilh y representante legal de la pareja, Carolina Etcheverry, señaló que se está en presencia de un hecho inédito, pues por primera vez la Corte Suprema analizará la temática con un voto disidente favorable al reconocimiento de la doble maternidad.

En efecto, la jueza de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, sostuvo en su voto disidente que “al impedir que una familia homoparental se yerga como familia de una niña que fue gestada mediando inseminación artificial, respecto de la cual, desde luego, nunca habrá un padre que reclame tal calidad, deviene en incumplimiento de las normas internacionales puesto que le estamos negando la posibilidad de preservar su identidad en tanto mediante un reproche jurídico, no aceptamos esta forma de familia y, en consecuencia, dañamos uno de los atributos de su persona”.

Por último, el vocero del Movilh, Óscar Rementería, adelantó que “en caso de que la Corte Suprema falle contra la apelación, lo cual esperamos no ocurra, es claro que recurriremos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para que Chile sea sancionado por vulnerar el Acuerdo de Solución Amistosa que firmó con nuestra organización para el reconocimiento de la homoparentalidad”

Fuente MOVILH

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Discriminaciones sin fin en el Registro Civil de Murcia a una pareja de lesbianas

Sábado, 19 de mayo de 2018
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registro-civil-murcia-600x338 Esta historia demuestra que ni todas las familias somos iguales, ni tenemos los mismos derechos. Depende de quién seas se te aplica una ley u otra. Una es la escrita y la otra es la del embudo. Vaya, que hacen lo que les da la gana y pretenden que nos quedemos con la boca cerrada.

Esta historia es la historia de Esther, Cristina y su hijo, que nacerá en los próximos días.

Están casadas, como exige la ley (primera discriminación), han acudido a una clínica de fertilidad, como exige la ley, (segunda discriminación) y ahora les piden en el Registro Civil de Murcia un papel donde diga que una de las mamás forma parte del proceso en una clínica (tercera discriminación). A las parejas heterosexuales no se les pide estar casadas, ni en caso de infertilidad acudir a una clínica ni mucho menos justificar ante el Registro civil su paternidad ni su deseo de formar parte de esa familia.

Esther Nevado (@esthernevado) ha relatado en Twitter la historia, lo que la convierte en tremendamente visual y muy fácil de entender. 

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La asociación ASFAGALEM, a la cual pertenece esta familia, ha iniciado un campaña en Change.org para denunciar esta situación que no ocurre en otras localidades cercanas y que Murcia hace una interpretación de la Ley que discrimina más si cabe a las familias de mujeres lesbianas. Hace ya meses que Mª José y Brenda llevaron a cabo una acción similar y lograron que “el papel” de la clínica ya no fuese obligatorio para todo el territorio nacional.

Os dejamos un vídeo que refleja la situación surrealista que vivimos las familias homoparentales cada vez que acudimos a los registros civiles.

Fuente Oveja Rosa

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Concepción (Chile): tribunal cambia el sexo legal a dos estudiantes porque la identidad de género es un derecho constitucional

Martes, 8 de mayo de 2018
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paula-laporte-800x394La magistrada  Aguirre Belmar enfatizó que no son los órganos sexuales lo que lleva a identificarse con uno u otro género, sino la percepción que se tiene de sí mismo. Los estudiantes de 24 y 26 años fueron representados por la abogada de Movilh Biobío, Paola Laporte.

La jueza del Primer Juzgado Civil de Concepción,  María Geraldine Aguirre Belmar, autorizó el cambio de nombre y sexo legal de dos estudiantes trans, de 24 y 26 años, aclarando que la identidad de género es un derecho protegido por la Constitución y por los tratados de Derechos Humanos ratificados por Chile.

Tras la solicitud de rectificación de partida de nacimiento presentada por la abogada del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh-Biobio) Paola Laporte, la jueza Aguirre Belmar falló que “un Estado respetuoso de los derechos de las personas” protege “el derecho al reconocimiento de la identidad de género, al libre desarrollo de una persona y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género, y en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad”.

Lo anterior, añadió la jueza,  porque “la Constitución Política de la República, los Tratados Internacionales y el propio artículo 31 de la Ley 4.808”, buscan como “un todo orgánico” “la dignidad y protección de la persona en todas sus dimensiones, no sólo físicas, sino también psicológicas”.

A juicio de la magistrada “la petición de cambio de nombre y de sexo en las partidas del Registro Civil” es “una realidad que escapa de lo jurídico, y que en este caso afecta” a las personas trans “en su diario vivir de manera que resultan impensadas, con un menoscabo moral y material que no puede sino ser remediado por las vías al alcance de este Tribunal.”

“No se puede sino aceptar la petición planteada, y a objeto de que pueda alcanzar el pleno desarrollo de su personalidad sin discriminación y con respeto a su vida privada y a su honra, de manera tal que se le pueda asegurar su normal desarrollo y protección en lo sucesivo”, dijo la jueza al aceptar las dos solicitudes.

Enfatizó que “no es la existencia de los órganos sexuales lo que hace a una persona sentirse e identificarse bajo un género u otro, sino el sentimiento de identidad sexual percibido durante su desarrollo vital”

Laporte, quien  ha conseguido el cambio de nombre y sexo legal  de varias personas trans, sostuvo que “a pesar de que nuestros Tribunales de Justicia han fallado de manera favorable a las diversas solicitudes que hemos  presentado, se hace inmensamente necesario aprobar la ley de identidad de género”.

“La ley permitiría a quién no se sienta identificado con su sexo asignado al nacer, que pueda dirigirse directamente al Registro Civil  y  allí manifestar su voluntad de cambiar su nombre y sexo registral, evitando la tramitación judicial y reduciendo de manera significativa  los plazos en la ejecución de la diligencia” puntualizó Laporte.

Fuente MOVILH

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Pareja lésbica presenta recurso de protección para ser reconocidas como madres de una niña de 11 meses

Martes, 17 de abril de 2018
Comentarios desactivados en Pareja lésbica presenta recurso de protección para ser reconocidas como madres de una niña de 11 meses

parejalesbicaysuhija-768x576Recurso es patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry.

Con el respaldo del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) una pareja lésbica, Mayra Opazo y Constanza Monsalves, presentó hoy en la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección luego de que el Registro Civil se negara a inscribirlas como madres de un niña de 11  meses, Martina.

Si bien el Registro Civil inscribió a la niña con los apellidos de ambas mujeres, solo reconoció  a una de ellas como madre, aún cuando juntas desarrollaron todo el proceso de inseminación artificial y son convivientes civiles.

En el recurso, patrocinado por la abogada del Movilh, Carolina Etcheverry, la pareja con nueve años de relación, señaló que tras un largo proceso inseminación artificial, “el 17 de Abril del 2017 por fin pudimos conocer a nuestra hija, siendo el día más feliz de nuestras vidas. Pudimos finalmente tomarla, acariciarla, decirle lo mucho que la amábamos”.

Añadieron que “siempre fue un proceso de dos, pensamos como se iba a llamar dónde la íbamos a tener, leímos juntas como cuidarla y criarla. Martina tiene dos mamás, así lo siente ella y es la verdad”.

Sin embargo, el Registro Civil de Viña del Mar se negó en dos ocasiones a inscribir a ambas mujeres como madres, posibilitando que solo lo hiciera Constanza, en tanto fue ella quien dio a luz.

“Esto nos pareció un acto claramente discriminatorio, pues si se hubiese tratado de una pareja heterosexual sometida al mismo procedimiento de inseminación que nosotras, ningún problema habrían tenido de inscribir a ese hijo o hija”, dijo la pareja.

La vocera del Movilh, Cristina Poblete, precisó que “Chile tiene una deuda con las familias homoparentales, pues no garantiza igualdad de derechos a nuestros hijos e hijas. Los vacíos legales siempre se interpretan contra los derechos de padres gays o madres lesbianas, esto no puede seguir ocurriendo”.

En el recurso de protección se alegó que si bien en Chile está prohibida la adopción homoparental, en ningún caso eso impide que un niño o niña tenga dos madres o padres, cuando uno/a de ellos es el biológico, y el otro/a participó de todo el proceso del embarazo.

Por el contrario, remarcó la abogada Etcheverry, negar la inscripción de dos madres o dos padres violenta la igualdad ante la ley, la integridad física y psíquica de las personas y la protección de la familia, derechos garantizados en la Constitución, así como la Convención de los Derechos del Niño, como son el derecho a la identidad y el interés superior de los menores de 18 años.

Lo expuesto, redondeó, lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por tanto negar la inscripción de dos madres  violenta los tratados ratificados por Chile que se enmarcan en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La acción legal fue presentada dos días después de que la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados reactivara el debate sobre la adopción homoparental.

Fuente MOVILH

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El primer matrimonio gay reconocido por Rusia huye del país por miedo a represalias

Jueves, 1 de febrero de 2018
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matrimonio-gay-rusia-696x522Según la Russian LGBT Network el matrimonio gay que vio reconocida legalmente su unión en Rusia ha tenido que huir del país por las amenazas de homófobos y de la propia policía.

“La policía ha declarado abiertamente que no puede protegerles de ataques de personas u organizaciones abiertamente homófobas”.

Hace unos días publicábamos la historia de Pavel Stotsko y Yevgeny Voytsekhovsky, una pareja gay rusa que se casó en Dinamarca y vio, con sorpresa, como un funcionario ruso reconocía legalmente su matrimonio poniéndoles un sello de “casados” en el pasaporte.

Cuando Evgennii y Pavel contaron lo que había ocurrido a la prensa la policía de Moscú se presentó en su casa, bloqueó las entradas y salidas y cortó la luz e internet para sitiar a la pareja y obligarles a devolver los pasaportes. La madre de Pavel, además, le llamó para decirle que estaba recibiendo amenazas telefónicas que le recomendaban aconsejar a su hijo y su marido para que dejaran de hablar con la prensa.

La Russian LGBT Network acudió en ayuda de la pareja y tras una negociación entre la policía y los abogados de la organización la pareja tuvo que entregar los pasaportes, que se sustituyeron por otros sin el sello, porque el gobierno les acusaba de haberlos dañado a propósito, algo por lo que amenazaron con multarles.

En declaraciones al Moscow Times el director de la Russian LGBT Network, Igor Kochetkov, ha explicado que la organización ha ayudado a Pavel y Evgennii a abandonar el país por miedo a represalias y, por seguridad, su paradero se mantiene en secreto. Según cuenta Kochetkov una de las cosas que la policía dijo a la pareja era que si un grupo LGTBfóbico decidía atacar a la pareja ellos no podrían garantizar su seguridad: “Eso era una amenaza velada. Así que se tomó la decisión de que, por ahora, han de abandonar Rusia.“, ha explicado Kochetkov, “Este desarrollo no estaba planeado, la amenaza real a la libertad y seguridad de Pavel y Evgennii ha sido la verdadera razón por la que han tenido que marcharse.

Por su parte Pavel ha publicado un post en su Facebook en el que asegura que el funcionario que les puso el sello que reconocía su matrimonio legalmente en Rusia ha sido despedido: “Es algo inaceptable. Esta decisión contradice el estatuto del trabajador y es un acto de intimidación hacia todos los empleados del Ministerio de Asuntos Internos.

El apoyo a la pareja crece en el país, con varios medios contrarios al Kremlin difundiendo su historia y las amenazas que tanto ellos como Kochetkov están recibiendo estos días. A pesar de eso luchar contra la homofobia en Rusia parece una tarea casi imposible, y más teniendo en cuenta el repunte homófobo de la sociedad rusa en los últimos años que ha llevado a que un 83% de los ciudadanos consideren que la homosexualidad es algo “altamente reprobable”.

Fuente | Moscow Times, vía EstoyBailando

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El gobierno ruso investiga el reconocimiento de un matrimonio gay en el registro civil de Moscú

Martes, 30 de enero de 2018
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matrimonio-gay-rusia-696x522Una pareja gay rusa casada en Dinamarca consigue que un funcionario de Moscú reconozca su matrimonio de forma oficial gracias a un agujero legal.

Tras hacer pública la historia la pareja y sus familiares fueron acosados y amenazados por parte del gobierno ruso.

Una pareja del mismo sexo rusa ha conseguido que el departamento de inmigración legalice su matrimonio, celebrado en Dinamarca, aplicando literalmente las leyes vigentes en Rusia sobre enlaces celebrados en otros países. Sin embargo, el conocido homófobo Vitaly Milonov ha declarado que la Duma (cámara baja del Parlamento) se reunirá de urgencia para reformar las leyes de registro civil y evitar que esto pueda suceder. Además, desde el registro civil de Moscú niegan la validez del matrimonio.

Una laguna legal lleva a una funcionaria del Registro Civil de Moscú a registrar la unión entre dos ciudadanos que se habían caso en Dinamarca. El Ministerio del Interior inicia una investigación mediante la que podría enfrentarse al despido.

Eugene Wojciechowski y Pavel Stotsko son dos ciudadanos rusos que contraen legalmente matrimonio en Copenhague el pasado 4 de enero. “Siempre hemos soñado con casarnos, así que frente a una sociedad hostil nosotros pronunciamos nuestros votos el uno al otro, en devoción y amor.

Posteriormente, regresaron a su país, y llevaron su certificado danés y las traducciones notariales pertinentes a una oficina multifuncional (MFC) del gobierno para que fuera legalizado en el departamento de inmigración de Moscú. Según han declarado, les llevó tan solo cinco minutos hacerlo, puesto que el funcionario que les atendió no hizo objeción alguna por ser una pareja del mismo sexo. Ambos consiguieron que, en sus pasaportes, en el apartado del estado civil, constase que habían registrado un matrimonio, como se observa en la siguiente fotografía:

sello-pasaporte-matrimonio-gay-rusiaTal y como han explicado a los medios, el funcionario de turno les puso el sello de “casados” en sus pasaportes “sin hacer preguntas ni cambiar su expresión facial“. Aunque el Gobierno dice que es una noticia falsa, el caso es que Pavel y Eugenio sí tienen el sello en sus pasaportes. Y es que ellos no fueron a registrar un matrimonio, presentaron un certificado válido y legal de un matrimonio y el funcionario lo reconoció como tal con el sello: “Llevamos al MFC un certificado de matrimonio bajo el cual el departamento de asuntos internos del Ministerio de Inmigración selló nuestros pasaportes, de acuerdo con las regulaciones administrativas de pasaportes y Codigo de Familia. Se ha sentado un precedente: Rusia, a través de los correspondientes sellos en los pasaportes, ha reconocido un matrimonio gay.”

En realidad, el funcionario del departamento de inmigración tan solo estaba aplicando literalmente la ley, puesto que el Código de Familia de la Federación Rusa establece lo siguiente en cuanto a los matrimonios celebrados en el extranjero:

Artículo 158. Reconocimiento de matrimonios celebrados fuera del territorio de la Federación Rusa.

  • Los matrimonios entre ciudadanos de la Federación de Rusia, ciudadanos de estados extranjeros o apátridas celebrados fuera del territorio de la Federación Rusa, mientras se adecúen a la legislación del estado en cuyo territorio tuvieron lugar, se reconocerán como válidos en la Federación Rusa, siempre que no existan las circunstancias que impidan la celebración del matrimonio estipuladas por el artículo 14  del presente Código.
  • Los matrimonios entre ciudadanos extranjeros, celebrados fuera del territorio de la Federación de Rusia, mientras se adecúen a la legislación de ese estado en cuyo territorio tuvieron lugar, se reconocerán como válidos en la Federación Rusa.

Por lo tanto, si atendemos a la literalidad del artículo 158, solo se exige que los matrimonios celebrados legalmente en el extrajeron se adecúen a lo dispuesto en el artículo 14 del Código de Familia, que dice lo siguiente:

Artículo 14.   Circunstancias que impiden contraer matrimonio.

No se permitirá contraer matrimonio:

  • A las parejas en las que al menos uno de los contrayentes mantenga otro matrimonio registrado;
  • A quienes tengan parentesco cercano. Por línea directa ascendente y descendente: padres y madres con hijos, abuelos y abuelas con nietos. Tanto completo como no completo: hermanos y hermanas, aunque solo tengan un padre o una madre en común, adoptantes y adoptados;
  • A aquellos a los que un tribunal reconozca que son legalmente incapaces debido a trastorno mental.

A pesar de que el Código de Familia en su articulado sí que establece que el matrimonio deber ser contraído por un hombre y una mujer, no lo hace en el artículo 14, que es el único al que se refiere el 158 referente a los enlaces contraídos en el extranjero, y esa fue la normativa aplicada por el funcionario. Sin embargo, el responsable del registro civil de Moscú ha declarado que el Código de Familia estipula que «se requiere el consentimiento mutuo voluntario del hombre y la mujer para celebrar el matrimonio», y no utiliza una fórmula neutra, por lo que un matrimonio entre personas del mismo sexo no puede ser legalizado. Es más, según informa la oficina de prensa del Ministerio del Interior ruso, Eugene y Pavel pueden ser sancionados por «deterioro voluntario de un documento público» con una multa de 100 a 200 rublos.

facebook-pavel-stotsko-10_640x345_acf_croppedMotivo por el que el ministerio de Interior confirma el inicio de una investigación al respecto este este viernes, 26 de enero, declarando «inválidos» los pasaportes con el sello que acredita la unión de la pareja. «Debido a la decisión de legalizar dicho matrimonio entre dos ciudadanos de sexo masculino se ha abierto una investigación interna que tendrá como resultado el despido de la funcionaria y de su superior», afirma categóricamente Irina Bolk, portavoz de Interior, que no parece tener un gran interés en lo que determine la resolución del proceso al adelantar las consecuencias que ya se han marcado para quienes han intervenido en el reconocimiento del matrimonio igualitario.

La ley rusa no impide el reconocimiento de los matrimonios homosexuales en el extranjero, tan sólo su registro en lo que es una laguna legal complicad de solucionar, según advierte Irina Muraviova, jefa del registro civil de Moscú, quien advierte que «las normas extranjeras del derecho de familia no se aplican si contradicen las bases del orden público en la Federación de Rusia». Lo que la Duma sí ha prohibido es la adopción de niños rusos por parte de homosexuales extranjeros y de solteros procedentes de países donde son legales las uniones entre personas del mismo sexo.

Como decíamos más arriba, en cuanto la noticia saltó a la palestra el gobierno ruso salió corriendo a decir que la historia era “fake news“. Literalmente. Según un comunicado emitido por la MFC los centros de ese tipo no registran matrimonios y los documentos presentados para el registro de un matrimonio se transfieren al registro civil para que allí sea aprobado. Por lo tanto, según explican, ningún funcionario puede poner el sello en el pasaporte. Así que tildan la noticia de falsa.

Esto no sentó nada bien al gobierno ruso que el sábado por la noche, poco después de que la noticia saltar a los medios rusos, envió a un grupo de policías (entre los que estaba el sub-director de policía de Moscú, Andrey Zakharov) y funcionarios a la casa de Evgennii y Pavel en Moscú. Al principio dijeron que solo iban a dejar una notificación pero estuvieron durante horas golpeando la puerta y hasta se cortó la luz del piso, dejando a la pareja en lo que han descrito como un “estado de sitio“.

Cuando la Russian LGBT Network descubrió lo que estaba pasando movilizaron un grupo de periodistas, activistas y abogados que acudieron a ayudar a la pareja. A pesar de la presión la policía no abandonó la casa. “Lo más importante para ellos” explican desde la LGBT Network “era llevarse los pasaportes que ya habían declarado no válidos.” Por si todo eso fuera poco la madre de Pavel le llamó para decirle que estaba recibiendo amenazas telefónicas que iban desde hacer provocar que le despidieran de su trabajo hasta cortarle el cuello si no evitaba que su hijo y el marido de éste dejaran de contar su historia.

Tras una negociación entre abogados y policía la pareja se vio forzada a entregar los pasaportes. El Ministerio de Interior les ha acusado de dañar la documentación oficial de forma intencionada pero se han comprometido a enviarles dos nuevos pasaportes… sin el sello que reconoce su matrimonio.

Cuando llegó al conocimiento de Vitaly Milonov, un político del partido del presidente Putin con una larga trayectoria de las más intolerante homofobia y miembro del Comité de Asuntos Internacionales de la Duma,  ha asegurado que se formará un comité de urgencia para reformar el Código de Familia en cuanto a los requisitos para reconocer los matrimonios celebrados en el extranjero. En su línea habitual, hizo una comparación entre el reconocimiento del enlace celebrado en Dinamarca con que «en Somalia se reconozcan los matrimonios con artidáctilos» (un orden de mamíferos ungulados al que pertenecen cerdos, camellos, hipopótamos o vacas).

Ignoramos qué sucederá con la situación de Eugene y Pavel, puesto que desde el mismo registro de Moscú se niega ahora la validez de su enlace, si bien la intención inicial de la pareja es la de utilizar todos los recursos legales posibles para ver reconocido su matrimonio.

En marzo del año pasado, una pareja de lesbianas, Sofía Grozovsky y Lynne Reid, sí conseguían evadir la legalidad rusa al conseguir su certificado de matrimonio en la oficina del registro civil de Tagansky, convirtiéndose en la primera pareja del mismo sexo que se casa en Rusia, lo que es posible debido a otra laguna, la que impide que las personas transexuales puedan cambiar su nombre de nacimiento en su documentación legal, siendo una de ellas transexual.

Fuente Gay Star News, vía Dosmanzanas/Universogay/EstoyBailando

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Amnistía Internacional Venezuela entregó firmas para garantizar cambio de nombre a transexuales

Miércoles, 13 de septiembre de 2017
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200px-flag_of_venezuela-svgLa falta de identidad legal de las personas trans les condena a la marginalidad y les imposibilita acceder a servicios de salud, educación, trabajo, vivienda y prestaciones básicas. 

Activistas de Amnistía Internacional Venezuela hicieron entrega formal a la Comisión del Registro Civil de las 4.300 firmas de personas y organizaciones en diferentes partes del Venezuela y el mundo para solicitar que se garantice de inmediato el cambio de nombre a las personas trans que así lo soliciten sin mayores requisitos que los establecidos en la ley.

En el año 2010 la Asamblea Nacional modificó el artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil, el cual permite desde entonces a las personas cambiar su nombre a través de un procedimiento simple tal como lo establecen los estándares internacionales de acuerdo a varios Comités de las Naciones Unidas.

A pesar de que cientos de personas han logrado el cambio legal de su nombre en Venezuela, no se conocen casos de personas trans que hayan conseguido modificar su nombre legal a uno acorde con su identidad de género. Ni el Registro Civil ni el Estado venezolano pueden asegurar que cumplen con sus compromisos de inclusión, no discriminación y respeto de los derechos humanos si los funcionarios del Registro Civil persisten en impedir este trámite a las personas trans.

La falta de identidad legal de las personas trans les condena a la marginalidad y les imposibilita acceder a servicios de salud, educación, trabajo, vivienda y prestaciones básicas en condiciones de igualdad y no discriminación además de ser causa de empobrecimiento de la sociedad y un impedimento para lograr una economía más productiva.

El capítulo dedicado a Venezuela del último informe de Amnistía Internacional sobre el estado de los derechos humanos en el mundo resalta que las organizaciones de defensa de las personas LGBTI manifestaron su preocupación por la arraigada discriminación que padece el país. En Venezuela se reciben informes constantes de casos de violencia contra lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales, sin embargo los responsables rara vez comparecen ante la justicia, ya que las denuncias no se investigan ni enjuician.

Fuente  Amnistía Internacional

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Comisión de DDHH del Senado chileno despacha ley que impide a niños y casados cambiar su nombre y sexo legal

Jueves, 18 de mayo de 2017
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B9D4666D6AA158416EA46DE4850C5Jacqueline Van Rysselberghe,

El proyecto de ley de Identidad de Género llega al extremo de quitar a la población trans derechos con que la actualidad ya cuenta. Se espera que la iniciativa legal sea mejorada y perfeccionada en la Cámara de Diputados.

Tras cuatro años de tramitación, la Comisión de Derechos Humanos de Senado, presidida por Jacqueline Van Rysselberghe, despachó ayer la Ley de Identidad de Género para su votación en la Salas.

Junto a Van Rysselberghe, estuvieron presentes en la sesión de ayer los senadores Alejandro Navarro, Pedro Araya, Juan Pablo Letelier y Manuel José Ossandón,, así como la vocera del Ministerio Secretaría General de Gobierno, Paula Narváez, quien ha jugado un importante rol a favor de un proyecto que efectivamente garantice derechos a la población trans.

Lamentablemente la iniciativa despachada por la Comisión de DDHH borró de un plumazo las principales y más emblemáticas reformas que en 4 años de tramitación se habían formulado proyecto original, el cual era inútil en cuanto a la protección de los derechos trans.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, resaltó que “la única buena noticia de hoy es que por fin sacamos la Ley de Identidad de Género de las garras de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, donde la iniciativa estuvo cuatro años secuestrada.. En sala el desafío es el proyecto no empeore más. Tras ello, los movimientos LGBTI esperamos mejorarla y perfeccionarla en la Cámara de Diputados”.

Jiménez precisó que la iniciativa despachada por la Comisión de DDHH “no permite a niños y niñas trans cambiar su nombre y sexo legal en el Registro Civil y además obliga a las personas casadas a divorciarse para rectificar su partida de nacimiento, lo cual es impresentable en un proyecto de ley que nació justamente para terminar con las burocracias, las trabas y para tratar con dignidad a las personas”

“El proyecto es regresivo, pues tiene menos derechos que la legislación actual, la cual por ejemplo permite el cambio de nombre y sexo legal sin exigir el divorcio a los casados. La única opción es mejorarlo en la Cámara de Diputados. Caso contrario, y de permanecer así, este proyecto no contará con el respaldo de las organizaciones LGBTI”, puntualizó Jiménez.

Tras conocerse ayer que algunos senadores tienen planeado introducir nuevas indicaciones en la Sala, Narváez coordinará una reunión con ellos para prevenir nuevos retrocesos.

“Sabemos que se quieren presentar indicaciones que exigen exámenes médicos para el cambio de nombre y sexo legal lo cual es intolerable, pues patologiza a las personas trans”, dijo Jiménez,

Se espera que la cita con los legisladores, así como la votación en Sala, tengan lugar este mes.

Fuente MOVILH

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El PSOE propone actualizar la ley de identidad de género para despatologizar la transexualidad y hacerla extensiva a menores

Sábado, 25 de febrero de 2017
Comentarios desactivados en El PSOE propone actualizar la ley de identidad de género para despatologizar la transexualidad y hacerla extensiva a menores

psoe-actualizacion-ley-identidad-generoEl PSOE pide modificar la Ley para facilitar el cambio registral de sexo y nombre de las personas trans

La iniciativa pide eliminar la exigencia de informes o tratamientos médicos y el límite legal de 18 años para que los menores puedan modificar en el Registro Civil la referencia a su nombre y su sexo.

La Plataforma por los Derechos Trans ha aplaudido esta medida pero matizan varias deficiencias en el sistema actual que ven necesario abordar urgentemente.

El grupo socialista del Congreso ha registrado este lunes una propuesta de actualización de la ya anacrónica Ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, más conocida como “ley de identidad de género”. La iniciativa fue presentada por la diputada socialista Dolores Galovart, que estuvo acompañada de Carla Antonelli, también diputada socialista (en la Asamblea de Madrid, en su caso) e histórica activista trans. El objetivo de la propuesta, entre otros: despatologizar la transexualidad y extender el derecho a ver reconocida legalmente tu identidad de género a los menores de edad.

La Proposición de Ley, tal y como ha sido presentada por el grupo socialista (descargar PDF), elimina definitivamente la necesidad de un diagnóstico de “disforia de género” para proceder a la rectificación registral. Para la misma no serían necesarios más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada y no se podría condicionar en ningún caso “a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.

Los socialistas proponen que la solicitud de rectificación de la mención de sexo en el Registro Civil “no precise de más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada” y que “no se podrá condicionar, en ningún caso a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.

Además, la iniciativa contempla que “toda persona de nacionalidad española y con capacidad suficiente para ello, podrá solicitar la rectificación de la mención registral del sexo”. Los mayores de 16 años “podrán efectuar la solicitud por sí mismos”, mientras que los menores de esa edad “podrán hacerlo a través de sus progenitores o representantes legales, precisándose en este caso la expresa conformidad del menor”. En caso de oposición de los progenitores, “los menores de edad podrán efectuar la solicitud a través del Ministerio Fiscal y resolverá un juez, teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor”.

La proposición socialista también contempla que las personas extranjeras que no hayan podido o no puedan proceder a este trámite en sus países de origen y tengan residencia legal en España “podrán interesar la rectificación de la mención del sexo, el cambio del nombre en la tarjeta de residencia y, en su caso, en el permiso de trabajo que les hayan sido expedidos a fin de hacerlos corresponder con su verdadera identidad sexual y/o expresión de género”.

En declaraciones a los medios en el Congreso, Dolores Galovart ha resaltado que hoy “el PSOE da un paso adelante en la defensa de los derechos civiles” y ha recordado que hace diez años, ya lo hizo con la Ley 3/2007. “Ahora lo volvemos a hacer otra vez. Queremos que el derecho a la identificación sexual sea un verdadero derecho y para eso que no tenga condicionantes por la edad, ni por razón de requisitos externos que tenga que dar otra persona” y subrayó que “la transexualidad no es una enfermedad es una normalidad y la identidad sexual no se diagnostica porque es un derecho”.

La iniciativa pone de manifiesto que “la rectificación del sexo conllevará el cambio del nombre propio de la personas, a efectos de que no resulte discordante con su sexo registral” También se pide que se facilite el cambio de género y nombre en la tarjeta de residencia de los inmigrantes transexuales. En ese sentido, Carla Antonelli, por su parte, ha señalado que “hoy es un día histórico que pondrá a España, de nuevo a la vanguardia, igual que en 2007 que supuso dar un gran paso hacia adelante al legislar para que no fuera necesaria la cirugía genital para tener un cambio de partida de nacimiento”. Además, Antonelli ha explicado que la ley registrada hoy, “despatologiza completamente la transexualidad desde la propia autodeterminación de la persona; se elimina cualquier requisito médico o quirúrgico y se incluye a las y los menores transexuales”. Igualmente añadió que con ello, “a partir de los 16 años se podrá sacar el cambio registral sin ningún tipo de autorización y además, incluimos la tarjeta de residencia y permiso de trabajo a las personas transexuales extranjeras”.

La diputada de la Asamblea de Madrid reiteró que “seguimos avanzando y comprometidos con el derecho de las personas transexuales y del colectivo LGTB” y expresó que se siente “muy orgullosa de que el PSOE, como era su deber, apueste por reformar esta ley, con los mismos puntos demandados por el colectivo de transexuales” y recordó que este año, el 15 de marzo se cumple el décimo aniversario de esta histórica ley.

En este contexto, la Plataforma por los Derechos Trans ha celebrado esta Proposición de Ley, reclamando el consenso y apoyo a la misma por parte de todos los grupos parlamentarios. Sin embargo, lamentan “que el grupo parlamentario socialista no haya contado con la opinión y la voz de la Plataforma por los Derechos Trans, ya que la misma representa a más del 80% del tejido asociativo trans del estado español”, aseguran.

Asimismo, desde esta plataforma también remarcan que este paso “no es suficiente” y consideran necesario que se aborde urgentemente “una Ley Trans Estatal, que garantice el acceso a los servicios públicos sin discriminaciones, en las mismas condiciones que el resto de la ciudadanía; y un protocolo de atención sanitaria de proximidad, sin segregación, fundamentado en el principio de autodeterminación del género y de despatologización de las identidades trans, pudiendo acceder a nuestras necesidades médicas y quirúrgicas en igualdad de trato que el resto de la ciudadanía”. También reivindican en el plano educativo que los centros “respeten la identidad sentida por la persona, que la realidad de la transexualidad aparezca en los libros de texto, como otras diversidades, así como medidas de acción positiva en el empleo”.

“Las personas trans necesitamos una ley específica que de respuesta integral a la situación de desigualdad social que a día de hoy, después de 39 años de aprobada la constitución, se enfrentan más de 46.000 ciudadanas y ciudadanos españoles, de los que más de 4.600 son menores”, declara Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma por los Derechos Trans. “El apoyo institucional y político es una necesidad para reparar tantos años de discriminación estructural, para que nunca más se vuelvan a vulnerar los derechos de estas personas”, ha añadido.

Para los socialistas se trata de “superar de una vez por todas una legislación que conceptúa el cambio de la identidad sexual y la expresión de género como una enfermedad, como un trastorno y como un problema individual”. Además, para el GPS, “resulta imprescindible lograr de manera definitiva la despatologización de las identidades trans, enfocándolas desde la perspectiva de la diversidad de género, eliminando para siempre las exigencias de informes o tratamientos médicos”, y “que se reconozca verdaderamente el derecho a la identidad sexual o expresión de género autopercibida y libremente determinada por cada persona”, se afirma en la iniciativa.

Por otro lado, con esta reforma “se reconoce de manera definitiva que los menores transexuales tienen derecho a desarrollarse libremente durante su infancia y su adolescencia conforme a la identidad sexual y expresión de género sentida, poniendo fin a la inseguridad jurídica que se está generando para ellos por las resoluciones contradictorias que se están dictando por los diferentes Registros Civiles”. Igualmente –se añade– “se aprovecha esta reforma para reconocer expresamente como beneficiarios y beneficiarias de esta Ley a las personas intersexuales a las que en el momento del nacimiento en la inscripción registral se les asignó un sexo no concordante con el propio sexo sentido”.

Finalmente, “se evita la discriminación de las personas extranjeras con residencia en nuestro país, posibilitando que los documentos que aquí se expidan para ello respeten su identidad sexual”.

Una ley ya envejecida

Diez años tras los cuales la ley 3/2007 demuestra un envejecimiento prematuro. Y es que cada vez es más numeroso el grupo de países que en esta materia han adelantado a España, incorporando el principio de autodeterminación de género a su legislación. Es el caso, en Europa, de Malta y Noruega (dos países que además reconocen ese derecho también a los menores) o de Irlanda, Dinamarca. Y tanto Escocia como Portugal tienen previsto sumarse al grupo próximamente.

En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando.

España, mientras tanto, había quedado “congelada” en el tiempo, al mantener como requisito un diagnóstico de “disforia de género” y exigir (con algunas excepciones) dos años de tratamiento hormonal. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico sí incorporan ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos oficiales más importantes. Y en el caso de los menores, todo queda por el momento a criterio del juez de turno.

La actual composición del Congreso, por otra parte, no debería hacer difícil la reforma de la ley. Ya el pasado mes de octubre la Comisión de Igualdad del Congreso aprobaba, con los votos a favor de todas las fuerzas políticas salvo del PP, que prefirió abstenerse, una proposición no de ley que instaba al Gobierno a modificar la legislación. La proposición, que fue presentada por Ciudadanos y recibió aportaciones de PSOE y Unidos Podemos, pedía eliminar tanto el límite legal de 18 años para que así los menores puedan modificar en el Registro Civil la referencia a su nombre y su sexo como la exigencia de un diagnóstico y tratamiento médico.

En la actual coyuntura política española, aunque el PP se opusiera frontalmente a una reforma de este tipo, si las fuerzas que aprobaron esta proposición fuesen capaces de ponerse de acuerdo una reforma así podría ser aprobada en el Congreso y superar un hipotético veto del Senado. Sería complicado, además, que el Gobierno hiciese uso de la prerrogativa que el artículo 134.6 de la Constitución Española le otorga: tener que dar su conformidad a aquellos proyectos de ley que pueda elaborar la oposición cuando supongan “aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario”, prerrogativa que según los analistas el Gobierno de Mariano Rajoy va a defender con uñas y dientes ante el Tribunal Constitucional cada vez que se presente un proyecto de ley que no desea aprobar. Está por ver qué sucedería en este caso, en el que parece difícil argumentar que la reforma vaya a suponer un aumento del gasto. El hecho de que el PP se abstuviese y no votase en contra hace pensar que la oposición en este caso podría no ser tan frontal.

Por lo pronto el grupo socialista ha dado el primer paso. Veremos qué sucede en próximas semanas.

Fuente Agencias, vía Cáscara amarga/Dosmanzanas

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Justicia autoriza la inscripción de Lennon y abre la puerta a inscribir a todos los hijos de matrimonios de mujeres, recurran o no a reproducción asistida

Miércoles, 22 de febrero de 2017
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img-20170216-wa0007-550x413Foto blog MoonMamas

La Direccion General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia ha fallado a favor de María José Torres y Brenda Kelleher, el matrimonio de mujeres al que el Registro Civil de Denia negó la inscripción de su tercer hijo por no aportar una proueba documental de cómo se había gestado, algo que jamás se le pide a las parejas de distinto sexo. Así lo han anunciado María José y Brenda en su blog, en el que además adelantan que la resolución, tal y como está redactada, abre las puertas a otros matrimonios de mujeres con hijos, con independencia de que hayan recurrido o no a técnicas de reproducción asistida.

Seguramente ya conocéis la historia: Lennon, tercer hijo del matrimonio, nació en junio en el Hospital de Denia (Alicante). Como primer obstáculo, la pareja se encontró con que el sistema telemático de inscripción en el Registro Civil no aceptaba la opción de dos madres. Por eso se acercaron al Ayuntamiento de Benidoleig, donde ahora residen (en su anterior localidad de residencia, Atzaneta del Maestrat, en Castellón, no tuvieron problemas para registrar a sus dos primeros hijos). Sin embargo, la funcionaria que les atendió las remitió al Registro Civil de Denia.

Allí se encontraron con la negativa del juez encargado, que consideró que para demostrar que María José también era la madre el matrimonio debía aportar un certificado o un informe de la clínica en la que Brenda, que en este caso fue la gestante, se había sometido a inseminación. Como consecuencia de la negativa, la unidad familiar pasó a tener dos libros de familia: uno de ellos, de las dos madres con los dos primeros hijos. Otro, solo de Brenda con el tercer hijo, con la consecuente desprotección que ello supone. Se da además la circunstancia de que Brenda es de nacionalidad irlandesa, con todos los problemas administrativos añadidos.

La situación era kafkiana, si se compara con lo sucede con parejas de distinto sexo, a las que cuando acuden a inscribir a su hijo al Registro no se les exige una prueba de ADN que demuestre que el marido es el padre y que la mujer no ha recurrido a otro varón para quedarse embarazada. Es por eso que María José y Brenda pusieron en marcha una petición en change.org que consiguió el respaldo de más de 100.000 firmas y que hace pocos días presentaron ante la propia Dirección General de Registros y Notariado.

Finalmente, la respuesta ha sido positiva, como la propia pareja narra en su blog, MoonMamas. Según explican, la resolución cita el artículo 44 de la Ley del Registro Civil de 2011 (según el cual “También constará como filiación matrimonial cuando la madre estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer y esta última manifestara que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge”). La resolución, en este caso, asegura que “cabe colegir que la intención del legislador ha sido facilitar la determinación de la filiación de los hijos nacidos en el marco de un matrimonio formado por mujeres, independientemente de que hayan recurrido o no a técnicas de reproducción asistida”.

En palabras de María José Torres, “ésto, como me ha dicho uno de los abogados que ha seguido de cerca nuestro caso, es un ladrillo en la historia de la igualdad LGTB en este país. Abre las puertas de otras opciones de embarazo que hasta ahora no eran una opción para las parejas de mujeres en España”. “Esto realmente era uno de nuestros mayores deseos cuando nos lanzamos a mover nuestra reivindicación y realmente nos llena de alegría que no solo se haya arreglado nuestra situación familiar sino que se haya abierto un nuevo camino para muchas otras mujeres y sus bebés“, añade. Si esto es así, se trata sin duda, de una novedad sobre cuyo desarrollo estaremos expectantes.

¡Nuestra enhorabuena a la pareja!

Fuente Dosmanzanas

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Más de 100.000 firmas para exigir la inscripción en igualdad de condiciones de Lennon, hijo de un matrimonio de mujeres

Viernes, 10 de febrero de 2017
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matrimonio_lesbianasMás de cien mil firmas, recogidas a través de la plataforma change.org, han sido entregadas este lunes en la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia para pedir que Lennon, el tercer hijo de María José Torres y Brenda Kelleher, pueda ser inscrito como hijo de ambas. Algo que el Registro Civil de Denia se ha negado a hacer si Brenda no demuestra cómo se quedó embarazada. Una petición que jamás se hace a parejas de distinto sexo a la hora de inscribir a sus hijos.

Ya en octubre recogíamos la historia. Lennon, tercer hijo del matrimonio formado por María José y Brenda, nació el 30 de junio en el Hospital de Denia (Alicante). Como primer obstáculo, la pareja se encontró con que el sistema telemático de inscripción en el Registro Civil no aceptaba la opción de dos madres. Por eso se acercaron a las oficinas del Ayuntamiento de Benidoleig, la localidad en la que ahora residen (en su anterior localidad de residencia, Atzaneta del Maestrat, en Castellón, no tuvieron problemas para registrar a sus dos primeros hijos). Sin embargo, la funcionaria que les atendió no quiso hacer el trámite y y las envió al Registro Civil de Denia. Allí se encontraron con la negativa del juez encargado, que consideró que para demostrar que María José también era la madre el matrimonio debía aportar un certificado o un informe de la clínica en la que Brenda, que en este caso fue la gestante, se había sometido a inseminación. Algo que la pareja considera que viola su intimidad, motivo por el cual han recurrido la negativa.

La unidad familiar que conforman María José, Brenda y sus hijos está, en este momento, partida en dos. Tienen dos libros de familia: uno de ellos, de las dos madres con sus dos primeros hijos. Otro, de Brenda con el tercer hijo, que por el momento solo tiene reconocida una madre legal, con la consecuente desprotección que ello le supone. Se da además la circunstancia de que Brenda es de nacionalidad irlandesa, con todos los problemas administrativos añadidos. La pareja, por supuesto, se ha negado en redondo a iniciar un proceso de adopción de Lennon por parte de María José, la alternativa que les propusieron si no presentaban la documentación que acredite que Brenda se sometió a reproducción asistida.

La situación es kafkiana, si se compara con lo sucede con parejas de distinto sexo, a las que cuando acuden a inscribir a su hijo al Registro no se les exige una prueba de ADN que demuestre que el marido es el padre y que la mujer no ha recurrido a otro varón para quedarse embarazada. Se trata, pura y simplemente, de un ejercicio de discriminación por razón de orientación sexual. Ejercida en este caso, además, sobre un matrimonio, algo dificil de entender si se tiene en cuenta que el artículo 7.3 de la ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida estipula que Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar conforme a lo dispuesto en la Ley del Registro Civil que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge”.

Es por eso que María José y Brenda pusieron en marcha la petición en change.org, que ya ha conseguido el respaldo de más de 100.000 firmas, que esta mañana han presentado ante la Dirección General de Registros y Notariado junto a representantes de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), que las están respaldando en el proceso. Esperamos que se resuelva pronto su caso y se marquen, de una vez por todas, unas directrices claras, no discriminatorias y de obligado cumplimiento para el registro de los hijos de familias homoparentales por parte de jueces y funcionarios, con independencia de sus opiniones o creencias.

Os dejamos con un vídeo, en el que la propia familia de María José y Brenda explica su historia:

Fuente Dosmanzanas

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El Registro Civil de Denia se niega a inscribir al 3º hijo de un matrimonio de mujeres si no prueban que fue concebido mediante reproducción asistida

Martes, 25 de octubre de 2016
Comentarios desactivados en El Registro Civil de Denia se niega a inscribir al 3º hijo de un matrimonio de mujeres si no prueban que fue concebido mediante reproducción asistida

matrimonio_lesbianasEl matrimonio junto a dos de sus hijos Brenda y María José, con sus hijos. | Change.org

El juez del Registro Civil lo deniega porque no han certificado que fue concebido con reproducción asistida.

Afirma que otros dos hijos de la pareja ya están inscritos y figuran como hermanos.

“A ningún matrimonio heterosexual que acuda al Registro Civil se le solicita papel alguno”.

El juez encargado del Registro Civil de Dénia (Alicante) ha rechazado la solicitud de un matrimonio de mujeres para inscribir a nombre de ambas el hijo que dio a luz una de ellas, al no certificar que fue concebido tras un proceso de reproducción asistida.

Más de diez años después de la aprobación del matrimonio igualitario, la discriminación contra las parejas del mismo sexo sigue muy presente en nuestro sistema jurídico, sobre todo en lo que se refiere a las cuestiones relacionadas con la parentalidad. Así lo demuestra el calvario por el que están atravesando María José Torres y Brenda Kelleher, un matrimonio de mujeres, a cuyo tercer hijo el juez encargado del Registro Civil de Denia ha denegado inscribir como hijo de ambas.

El niño, tercero de la pareja, nació el pasado 30 de junio en el Hospital de Denia (Alicante). Como primer obstáculo, la pareja se encontró con que el sistema telemático de inscripción en el Registro Civil no aceptaba la opción de dos madres. Por eso se acercaron a las oficinas del Ayuntamiento de Benidoleig, la localidad en la que ahora residen (en su anterior localidad de residencia, Atzaneta del Maestrat, en Castellón, no tuvieron problemas para registrar a sus dos primeros hijos mediante este procedimiento). Sin embargo, la funcionaria que les atendió no quiso hacer el trámite y y las envió al Registro Civil de Denia. Allí se encontraron con la negativa del juez encargado. “Nos pidieron que si queríamos inscribir a Lennon con sus dos mamás, igual que están sus hermanos, debíamos demostrar cómo Brenda, mi mujer, se había quedado embarazada. Es un requisito que no reclaman a ninguna pareja heterosexual. Imagínate qué cara se le quedaría a un padre si le preguntaran cómo ha sido concebido a su hijo”, ha declarado María José al diario Levante.

José María Zaragozá, juez encargado del Registro Civil de Denia, consideró que para demostrar que María José también era la madre el matrimonio debía aportar un certificado o un informe de la clínica en la que Brenda había sometido a inseminación. Algo que la pareja considera que viola su intimidad. “Ninguna pareja heterosexual tiene que pasar por esto. A ningún hombre se le reclama que pruebe su paternidad biológica ni que revele que su mujer se ha sometido a técnicas de reproducción asistida”, asegura María José.

Así consta en un auto del juez, de fecha 22 de agosto, en la que el juez concluye que el niño “únicamente” debe figurar en el registro Civil con el nombre de la madre gestante, al no haber acreditado la otra miembro de la pareja que haya sido engendrado como consecuencia de las técnicas de reproducción asistida.

En el auto, se detalla que la solicitante acudió al registro a inscribir al bebé como del matrimonio, aunque sin la “certificación o informe de centro autorizado que acreditase el alumbramiento ha sido fruto de un proceso de reproducción asistida”.

Según el auto, la mujer se negó a aportarlo esgrimiendo tres argumentos: el artículo 44/5 de la Ley de Registro Civil, las “presunciones de paternidad de los hijos matrimoniales” y la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres. Dado traslado del expediente al fiscal, se mostró disconforme con la solicitud.

El juez explica que a Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida regula específicamente la filiación de los hijos nacidos mediante este proceso, y establece que cuando una mujer esté casada con otra, esta última podrá manifestar que consiente que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge.

En el auto, el juez señala que este apartado, introducido por la disposición adicional de la Ley 3/2007, trató de salir al paso de problemas que se planteaban hasta ese momento ya que, según la resolución de la Dirección General de 2008, “aun partiendo del principio incuestionable de que las parejas del mismo sexo no deben ser objeto de discriminación, los efectos atribuidos a las mismas no podían llegar, en ausencia de tal reforma, al extremo de que se estableciese doblemente, por la sola declaración de las interesadas, la maternidad tanto respecto de la mujer que hubiese dado a luz como respecto de la mujer casada con ella”.

Según el juez, lo que se hace entonces es introducir “una ficción legal (en cuanto no basada en la realidad biológica)” en la legislación “cuando la inseminación es heteróloga” y añade que para que la ficción “pueda entrar en juego” y “ser aplicable”, deben concurrir “todos los requisitos necesarios para ello, entre los que indudablemente se encuentra que la gestación haya sido consecuencia del uso de técnicas de reproducción asistida, lo cual, obviamente, deberá acreditarse“. Asimismo, considera que no son aplicables las presunciones del Código Civil porque “responden a un esquema normativo distinto” ni la negativa puede tener cobertura en la Ley de Registro Civil, ni existe la discriminación invocada “pues se trata de supuestos de hecho distintos”.

Por su parte, el matrimonio -formado por Brenda y María José, casadas desde 2007- ha iniciado una campaña de recogida de firmas a través de la plataforma Change.org en la que explican que sus otros dos hijos ya están inscritos legalmente a nombre de las dos en su libro de familia hace ya siete años. Sin embargo, en el caso del tercer hijo, nacido el 30 de julio, explican que ha tenido que ser inscrito por decisión del Registro Civil de Dénia solo a nombre de una, la madre gestante, “como si se tratara de una madre soltera y en un libro de familia diferente del de sus otros dos hermanos”.

Así lo explica también la pareja en la petición que ha puesto en marcha en la plataforma change.org:

La decisión del Registro Civil de Denia se basa en que no hemos entregado un papel que pruebe que el niño fue gestado empleando técnicas de reproducción asistida. Sin embargo, a ningún matrimonio heterosexual que acuda al Registro Civil se le solicita papel alguno que pruebe o bien la paternidad biológica (prueba de ADN) o, en el caso en que el marido no sea el padre biológico, como puede ser cuando un marido es infértil, el certificado que demuestre que la esposa se ha sometido a técnicas de reproducción asistida. Así pues, en pos de la igualdad de género y la igualdad de derechos entre matrimonios homosexuales y heterosexuales, pedimos que se nos apliquen las mismas presunciones de filiación matrimonial que se les aplican a los matrimonios heterosexuales. Somos una familia y mientras L. esté legalmente inscrito con solo una de sus madres estará desprotegido, ya que esta situación legal niega sus vínculos con su madre María José, sus dos hermanos, así como con toda esa parte de su familia. En caso que le pasara algo a Brenda, L. quedaría como un niño sin progenitores, cuando en realidad tiene dos madres”.

La pareja, además de la petición en change.org, ha presentado ya el correspondiente recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

Por lo pronto, la unidad familiar que conforman María José, Brenda y sus hijos está partida en dos. Tienen dos libros de familia: uno de ellos, de las dos madres con sus dos primeros hijos. Otro, de Brenda con el tercer hijo, que por el momento solo tiene reconocida una madre legal, con la consecuente desprotección que ello le supone. Se da además la circunstancia de que Brenda es de nacionalidad irlandesa, con todos los problemas administrativos añadidos. La pareja se niega en redondo a iniciar un proceso de adopción de Lennon por parte de María José, la alternativa que les han propuesto si no quieren presentar la documentación que demuestre que Brenda se sometió a reproducción asistida (conviene recordar, en este punto, que el artículo 7.3 de la ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida estipula que Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta última podrá manifestar conforme a lo dispuesto en la Ley del Registro Civil que consiente en que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge”).

Entendemos que la petición de María José y Brenda es perfectamente lógica. ¿Qué preocupación tiene el juez? ¿Acaso quiere descartar qué el hijo gestado por Brenda haya podido ser fruto de una relación sexual heterosexual? En este caso, ¿a las parejas casadas heterosexuales de Denia, cuando acuden a inscribir a su hijo al Registro, se les exige una prueba de ADN que demuestre que el marido es el padre? Si la respuesta a esta segunda pregunta es no, queda claro que la intromisión en la intimidad de esta familia obedece pura y simplemente una discriminación por razón de orientación sexual.

Fuente Dosmanzanas/Cáscara amarga/Change.org

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Por primera vez una mujer transexual consigue cambiar su nombre en Panamá

Miércoles, 18 de mayo de 2016
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200x200-noticias-candy-pamela-gonzalez-arosemena-facebookCandy Pamela se convierte en la primera mujer transexual que consigue cambiar su nombre en su documentación legal en Panamá.

Por medio de la resolución 221/DNRC del 6 de mayo, la Secretaría de la Dirección Nacional del Registro Civil de Panamá concedía la autorización a Candy Pamela González Arosemena para realizar los trámites y permitirle actualizar los datos de su cédula de identidad acorde con su identidad de género, un trámite que ya ha completado.

«Esa resolución está abriendo las puertas para realizar todos los cambios que vendrán, es decir, documentos como pasaporte, licencia de conducir o carné de salud, todo esto con la autorización que dio el Tribunal Electoral», explicaba en rueda de prensa Mónica Sánchez, la Defensora del Pueblo, quien habla del largo periplo por el que ha tenido que pasar Candy Pamela al ser el primer caso de estas características en el país centroamericano.

«Las personas transexuales nacen con su sexo, pero por medio de comportamientos, apariencias y estereotipos que impone la sociedad, mantenemos una vida distinta para la cual nosotras hemos nacido», explica Candy Pamela con respecto a su identidad de género. Activista de una organización de derechos humanos, denuncia que a sus 22 años ha sufrido la discriminación laboral en diferentes empresas de hostelería, que ha resuelto montando su negocio propio, trabajando actualmente también como modelo.

Su cambio de nombre no ha sido celebrado de la misma manera por todos, pero no ha dudado en responder a las críticas señalando que «ante todo somos seres humanos (…). Realmente me parecen hipócritas las personas religiosas que digan y critican algo cuando realmente Dios es amor, por eso tienen que respetar y amar al prójimo ». En este sentido, a quien si agradece su apoyo incondicional a lo largo de todos estos años de lucha es a sus padres.

En la rueda de prensa también ha explicado que todavía no está pensando en una operación para completar su transición porque para ella «no es tan importante tener unos genitales, no te hacen más o menos mujer», pero este hecho ha servido para que algunos medios hayan aprovechado para la mofa, tildándola de travesti, una actitud que no ha dudado en criticar y condenar.

Fuente Universogay

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