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Hungría culmina la villanía: prohíbe que las personas trans e intersexuales puedan modificar legalmente el género asignado al nacer

Jueves, 21 de mayo de 2020
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13968854263210El Parlamento de Hungría, ampliamente dominado por las fuerzas de derecha, ha culminado la villanía. Por 133 votos a favor y 59 en contra, ha aprobado una ley «ómnibus» que incluye la prohibición de que las personas trans e intersexuales puedan modificar legalmente el género que les fue asignado en el momento del nacimiento. La medida supone, posiblemente, el ataque más grave a los derechos LGTBI en un país de la Unión Europea desde la fundación de la que se supone es una alianza de estados de derecho.

Lo adelantábamos a principios de abril: el vice primer ministro húngaro, Zsolt Semjén, había presentado un proyecto de ley que incluía una modificación de la normativa correspondiente al registro civil para impedir que una persona pudiese modificar sus datos registrales, incluyendo el sexo asignado al nacer, en razón de su identidad de gzsoénero. Se trataba, de hecho, de la primera reforma legislativa tras la asunción, el pasado 30 de marzo, de poderes extraordinarios por parte del primer ministro Viktor Orbán con la excusa de la crisis producida por el coronavirus. Un movimiento que contó con el visto bueno de la Asamblea Nacional húngara, un parlamento unicameral en el que el partido de Orbán (Fidesz) y sus aliados cuentan con una más que cómoda mayoría absoluta.

Tan solo un día después, coincidiendo con la celebración del Día de la Visibilidad Trans, el vice primer ministro presentó un proyecto de ley de amplio espectro, con reformas que afectan a todo tipo de materias. Entre ellas, en la sección 33, aparece una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que permitía el cambio del género en los datos registrales y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación. En este sentido, se trataba de un marco jurídico más avanzado que, por ejemplo, el vigente en España, que sí marca como norma (con solo unas pocas excepciones) la necesidad de un tratamiento hormonal.

Finalmente, este 19 de mayo, solo dos días después de la conmemoración del Día Internacional contra la LGTBIfobia, la Asamblea Nacional ha aprobado la ley que incluye, entre otras medidas, la sección 33. Según un comunicado de condena hecho público por las organizaciones ILGA Europa, IGLYO, Transgender Europe y OII Europe (Organisation Intersex International Europe) lo ha hecho por 133 votos a favor (precisamente los que reúnen el Fidesz y sus aliados del Partido Popular Demócrata Cristiano) y 57 en contra.

Un ataque sin precedentes a los derechos LGTBI en la Unión Europea

Se trata, muy posiblemente, del mayor órdago lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea. Un órdago que, desde que fue anunciado, ha recibido una respuesta tibia por parte de resto de países de una Unión Europea y de la propia institución comunitaria. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se mostraba por ejemplo preocupada por la respuesta húngara a la crisis del coronavirus y aseguraba estar «monitorizando las medidas» adoptadas, pero sin referirse explícitamente a la anunciada marcha atrás en los derechos de las personas trans e intersexuales. El Parlamento Europeo, por su parte, incluía en una resolución del pasado 17 de abril en la que demandaba una «acción coordinada de la Unión Europea para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias», un punto (el 48) en el que entre otras cuestiones rechazaba «enérgicamente» los «ataques a los derechos de las personas transgénero e intersexuales en Hungría». Preocupación y rechazo, sí, pero sin más valor que el meramente declarativo.

También nos hicimos eco en su momento de la carta que un grupo de eurodiputados dirigió al Gobierno húngaro reclamando dar marcha atrás en sus intenciones. El texto (que puedes ver aquí), además de señalar que la negativa a reconocer legalmente la identidad de género de las personas trans e intersexuales contraviene diferentes resoluciones tanto del Parlamento Europeo como del Consejo de Europa, explicaba que la propia Corte Constitucional húngara falló en 2018 en favor de este derecho. Lamentablemente, la carta estaba firmada solo por 63 diputados en el Parlamento Europeo, menos de un 10% de sus miembros.

Ahora Orbán ha culminado el órdago. Al margen de la evolución interna de los acontecimientos en Hungría (habrá que ver si la Corte Constitucional húngara se pronuncia en algún momento) nosotros nos preguntamos si la Unión Europea hara algo o seguirá limitándose a condenar, rechazar, lamentar, monitorizar… Estaremos atentos.

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Y esto es lo que tenemos en España… Santiago Abascal con Orban, mientras Pablo Casado apoya a Orban se niega a firmar con 13 partidos conservadores de la UE que piden expulsar a Orbán por imponer una corona-dictadura en Hungría

Fuente Dosmanzanas

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63 eurodiputados reclaman al Gobierno húngaro que dé marcha atrás en su proyecto de negar el reconocimiento de la identidad de género a las personas trans

Martes, 21 de abril de 2020
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Parlamento-EuropeoEl pasado viernes, el Parlamento Europeo incluyó, en una amplia resolución referida a la respuesta europea al coronavirus, una referencia expresa al ataque a los derechos de las personas trans e intersexuales que el Gobierno húngaro ha pergeñado con esta excusa. Por otra parte, un grupo de 63 eurodiputados ha dirigido una carta al Gobierno húngaro en la que solicitan que dé marcha atrás en su proyecto de negar el reconocimiento legal de la identidad de género de las personas trans y de las personas intersexuales. Solo cuatro de ellos son españoles. 

Hace un par de semanas informamos de que el Gobierno húngaro ha presentado un proyecto de ley que incluye una modificación de la normativa correspondiente al registro civil con objeto de impedir que las personas trans (así como las personas intersexuales en desacuerdo el sexo que les fue asignado al nacer) puedan modificar sus datos registrales en razón de su identidad de género. Se trata de la primera reforma legislativa tras la asunción de poderes extraordinarios por parte del primer ministro Viktor Orbán, con la excusa de la crisis producida por el coronavirus. La reforma, de amplísimo calado, aparece sin embargo «disimulada» como un apartado más (el 33) más dentro de un proyecto de ley de amplio espectro, con reformas que afectan a todo tipo de materias.

Se trata, muy posiblemente, del mayor órdago lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea. La respuesta expresa del resto de países y de la propia institución comunitaria es, por el momento, tibia, más allá de advertencias genéricas sobre la evolución del Estado de derecho en Hungría. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se ha mostrado por ejemplo preocupada por la respuesta húngara a la crisis del coronavirus y ha asegurado estar «monitorizando las medidas» adoptadas, pero sin referirse explícitamente a la anunciada marcha atrás en los derechos de las personas trans).

Por el momento, lo único que nos consta que el Parlamento Europeo incluyó en su resolución de este viernes 17 de abril en la que demanda una «acción coordinada de la Unión Europea para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias», un punto (el 48) en el que entre otras cuestiones «rechaza enérgicamente toda tentativa de retroceder en lo relativo a la salud y los derechos sexuales y reproductivos y los derechos de las personas LGBTI y, en este contexto, condena las tentativas de penalizar más severamente la asistencia en caso de aborto, estigmatizar a las personas seropositivas por HIV y reducir el acceso de los jóvenes a la educación sexual en Polonia, así como los ataques a los derechos de las personas transgénero e intersexuales en Hungría». Un rechazo que se agradece, pero que por el momento no tiene más valor que el meramente declarativo.

Más interesante nos resulta, como termómetro de la preocupación real que esta cuestión genera entre los eurodiputados, la carta que un grupo de ellos ha dirigido al Gobierno húngaro reclamando que dé marcha atrás en sus intenciones. El texto (que puedes ver aquí), además de señalar que la negativa a reconocer legalmente la identidad de género de las personas trans e intersexuales contraviene diferentes resoluciones tanto del Parlamento Europeo como del Consejo de Europa, explica que la propia Corte Constitucional húngara falló en 2018 en favor de este derecho. De hecho, la legislación aún vigente en Hungría contempla que sus ciudadanos pueden adaptar sus datos legales a su identidad de género con un informe médico al respecto pero sin están obligados a acreditar, por ejemplo, que se han sometido a tratamiento hormonal o a cirugía de reasignación. En este sentido, se trata de un marco jurídico más avanzado que, por ejemplo, el vigente en España, que sí marca como norma (con solo unas pocas excepciones) la necesidad de un tratamiento hormonal.

Lamentablemente, la carta está firmada solo por 63 diputados en el Parlamento Europeo, menos de un 10% de sus miembros. Solo cuatro de ellos son españoles. Se trata de los socialistas Juan Fernando López Aguilar y Mónica Silvana González (del grupo Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas), el diputado de Catalunya en Comú Ernest Urtasun (grupo Verdes/Alianza Libre Europea) y el diputado de Junts per Catalunya Antoni Comín (no inscrito). Ello no le quita valor, pero nos hubiera gustado ver más firmas respaldándola.

Fuente Dosmanzanas

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El Ministerio de Justicia alemán prepara un proyecto de ley para prohibir las cirugías de «normalización» en menores intersexuales

Lunes, 27 de enero de 2020
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bmjv_2017_Office_Farbe_deChristine LambrechtChristine Lambrecht (SPD)

El ministerio de Justicia y Protección al Consumidor alemán está preparando un proyecto de ley para prohibir las cirugías mal llamadas de «normalización» genital en menores intersexuales. La medida es una de las pocas promesas concretas en materia LGTBI del acuerdo de gran coalición entre los democristianos de la CDU/CSU y los socialdemócratas del SPD firmado en febrero de 2018. La ministra Christine Lambrecht (SPD) ha enviado un texto preliminar a los colectivos para que se pronuncien sobre su contenido. La oposición democrática saluda la reforma pero sigue reclamando la reforma de la ley de identidad de género.

La organización Aktion Transsexualität und MenschenrechtAcción Transexualidad y Derechos Humanos») hizo público el texto que el ministerio de Justicia les había remitido el jueves pasado, junto a otros colectivos LGTBI, para que expresen su opinión sobre su contenido. La propuesta contempla la prohibición en el Código Civil alemán de la esterilización de menores de 14 años, a no ser que esté en riesgo la vida. A partir de esa edad, será la propia persona la que podrá autorizar una operación de ese tipo.

La medida es una de los pocos compromisos concretos, en materia LGTBI, que asumió el acuerdo que renovó la gran coalición tras las elecciones de septiembre de 2017. Los tres partidos de la oposición democrática han saludado la reforma pero critican el retraso en su tramitación. Los Verdes también reclaman un fondo para indemnizar a las víctimas de intervenciones de «normalización» no deseadas y ejecutadas sin su consentimiento. FDP, Die Linke y Verdes recuerdan también la necesidad de reformar la ley sobre transexualidad para incorporar los principios de despatologización y autodeterminación de género.

La prohibición de las cirugías de modificación genital en menores intersexuales es una reivindicación de los colectivos LGTBI que recogió el Parlamento Europeo en su informe sobre derechos fundamentales en la Unión aprobado en marzo de 2018. Concretamente, en su punto 68, la cámara «pide a la Comisión que recopile datos sobre, y que oriente a los Estados miembros sobre las mejores prácticas para proteger los derechos fundamentales de estas personas; lamenta que siga practicándose la cirugía de ‘normalización’ genital en niños intersexuales en los Estados miembros de la Unión Europea pese a no ser necesaria desde el punto de vista médico y a que los procedimientos médicos en niños les causan un trauma psicológico a largo plazo».

Fuente Dosmanzanas

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El Parlamento de Islandia aprueba la despatologización de las identidades trans y añade una tercera opción de sexo legal

Martes, 2 de julio de 2019
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isAlthingi-300x226Ampliamos la noticia de la que hablábamos el pasado día 27 de junio. El Parlamento de Islandia ha aprobado una reforma de la ley de identidad de género que incluye el reconocimiento, por primera vez, de una tercera opción de sexo legal. La medida se adoptó sin votos en contra y adopta el principio de autodeterminación de género para la modificación registral del sexo de las personas trans, un procedimiento que estará disponible también para menores de edad. El activismo lamenta que no se hayan abordado asuntos como la prohibición de las cirugías de «normalización» en menores intersexuales. La ley, que ha contado con el apoyo de la Primera Ministra Katrín Jakobsdóttir,  reafirma la autonomía del cuerpo de cada individuo en la sociedad; también busca designar un grupo de trabajo que trate el estatus de las personas intersex.

La ley de identidad de género aprobada en 2012 contempló la creación de una unidad de disforia de género en el Hospital Universitario Nacional de Islandia, con la capacidad de llevar a cabo operaciones de reasignación. El proceso de reconocimiento de la nueva identidad legal se extendía durante 18 meses y se exigía una justificación de haber vivido de acuerdo con el género escogido durante al menos 12 meses. A continuación, un comité de expertos decidía sobre el diagnóstico de disforia de género y, en caso positivo, aprobaba la modificación registral del sexo y la expedición de los nuevos documentos de identidad. El texto no requería someterse a una operación de reasignación.

El proyecto de ley elaborado por el Gobierno islandés, de coalición entre el Movimiento Verde de Izquierda, el conservador Partido de la Independencia y el agrarista Partido Progresista, actualiza el texto de 2012 para adaptarlo a las demandas de despatologización y autodeterminación de género de la comunidad trans. El Parlamento islandés aprobó la reforma el pasado 19 de junio por 45 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones. Quince diputados no estaban presentes en el momento de la votación.

La medida adopta el principio de autodeterminación de género y elimina la necesidad de un diagnóstico de disforia de género para acceder a la modificación registral del sexo legal. Los trámites se simplifican y se acortan en el tiempo, y el procedimiento también estará disponible para los menores de edad, siempre que cuenten con la autorización de un progenitor. Como novedad, también se introduce una tercera opción de sexo legal «X», que ya existe en otros países europeos como Alemania (donde se denomina «diverso»), Austria o Malta.

A pesar de los avances, el activismo ha lamentado que el texto aprobado por el Parlamento no contemple la prohibición de las cirugías de «normalización» en menores intersexuales. El proyecto presentado por el Gobierno sí incluía la medida, que desapareció de la versión final. Un comité de expertos discutirá durante los próximos doce meses sobre un texto legislativo que aborde las necesidades de las personas intersexuales. Otro de los puntos que ha sido criticado se refiere al dilatado periodo de tiempo, de hasta 18 meses, que habrá que esperar para poder registrarse bajo el sexo legal «X».

En cualquier caso, la norma coloca a Islandia en el grupo de cabeza de los países con legislaciones más avanzadas en cuanto a reconocimiento de la autodeterminación de género. En Europa, países como DinamarcaGreciaIrlandaMalta, BélgicaNoruega   también han aprobado normas similares en los últimos años. En España, la ley 3/2007 ha envejecido de forma prematura: sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. En el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.

Fuente Dosmanzanas

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El Colegio de Médicos de Las Palmas permitirá a sus facultativos identificarse como personas no binarias

Lunes, 10 de junio de 2019
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 BAF05A91-C528-481A-9EE5-D93FF79BF22D 6C6DDD79-2012-44B2-AE7B-6661D2080080El Colegio de Médicos de Las Palmas se ha convertido en la primera institución española de este tipo que ha introducido la diversidad de identidades de género en su ficha colegial. Desde el pasado mes de mayo, existe una nueva casilla de identidad que será de cumplimentación voluntaria, pudiéndose elegir entre: hombre, mujer o no binaria. Dosmanzanas ha podido charlar sobre esta iniciativa con Joana Cabrera, médica de familia, activista trans y representante del Colectivo Gamá LGTB de Canarias.

Se trata de un gesto con el que el Colegio de Médicos de Las Palmas, del que es socia la propia Cabrera, se abre al reconocimiento de la diversidad de identidades de género. «Ahora mismo hay mucha ignorancia de las realidades trans, lo que además hace que no nos vean», explica a Dosmanzanas Joana Cabrera. «Tienen que dejar de pensar en las personas trans como pacientes y romper con la presunción de cisexualidad en la comunidad trans, dando un paso más allá de la legalidad. El Colegio de Médicos de Las Palmas ha sentado un precedente poniendo en el foco a las personas trans que son comunidad médica, con el reflejo que esto ha tenido además en los medios especializados. El resto de colegios habrán podido leerlo y deberán analizarse, y además el personal médico trans que está inscrito en esos colegios también podrá decir: ‘oigan, que estos son mis derechos y ya alguien se atrevió a dar el paso por primera vez’».

Cabrera recuerda que, por desgracia, las personas no binarias «no existen» en los registros: «La mayoría de los formularios se centran en las posibilidades legales: hombre o mujer. Muchas veces es, además, una pregunta que ni suma ni resta, pero obliga a meter en un cajón a personas que no encajamos en ninguno de los dos».

Asimismo, la médica lamenta que, hasta ahora, las personas trans solo puedan modificar la información en sus documentación «si cumplen con todos los requisitos impuestos» —dos años de hormonación, ser mayor de edad, tener la nacionalidad española y contar con su diagnóstico de disforia—. «Es lo que sigue pasando en el resto de Colegios, y quienes no cumplen, no pueden cambiarlo. En el Colegio de Médicos de Las Palmas este problema no existe ya porque la casilla de la identidad de género la modifica cada persona, reconociéndose así la libre autodeterminación del género, con la opción hombre, mujer o no binaria», añade.

La también representante del Colectivo Gamá LGTB de Canarias tiene claro que, aunque de momento carezca de validez legal —ya que la identidad no binaria sigue sin tener reconocimiento legal en España—, el paso dado por el Colegio de Médicos de Las Palmas es un gesto cargado de simbolismo. «La ruptura simbólica de la dicotomía de género por parte de una de las instituciones que más lo ha fomentado es muy importante, porque además sirve de formación para la comunidad médica, tan poco conocedora de este campo de la realidad. Que se les caiga el velo de los ojos es importante y puede empujar para que cambien las cosas en la atención sanitaria a las personas trans», apunta esperanzada.

Cabe recordar que, en 2013, en Alemania entró en vigor la norma que permite a los padres decidir qué sexo debe figurar en el certificado de nacimiento de sus hijos —también pueden decidir que ese campo del certificado quede en blanco, sin registrar sexo alguno—. ¿Llegará a aprobar el Gobierno español una medida así? «Aún es un debate abierto en los colectivos LGTB qué queremos pedir a nivel legislativo, si esa tercera casilla o que se elimine la mención del sexo en el DNI (como se eliminó en su momento el estado civil, por poner un ejemplo)», explica Cabrera«De todos modos, hay que tener cuidado y diferenciar entre la no obligatoriedad de inscribir a bebés intersex como hombres o mujeres hasta que se identifiquen con un género, y otra que la identidad no binaria sea reconocida como opción en la documentación. Lo corporal y lo identitario son dos realidades que no tienen por qué converger, por mucho que a mucha gente le cueste verlo».

Fuente Dosmanzanas

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Las autoridades austriacas expiden el primer pasaporte con un sexo legal «X», diferente a hombre y mujer

Lunes, 27 de mayo de 2019
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intersex-e1526561926241Las autoridades austriacas han emitido los primeros documentos que recogen un sexo legal diferente a hombre y mujer. Alex Jürgen se han convertido en la primera persona a la que el Estado austriaco reconoce su identidad de género no binaria con la categoría «X» en su pasaporte y «diverso» en su partida de nacimiento. Ha pasado un año desde la sentencia del Tribunal Constitucional que abrió la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de sexo legal.

En marzo del año pasado, el Tribunal Constitucional de Austria emitía un fallo preliminar a favor de Alex Jürgen, una persona intersexual que no se identifica ni como varón (sexo que le fue asignado) ni como mujer, y que pide que el dato que figura en el registro civil sea modificado y se incluye una tercera opción de género o, en su defecto, que dicho dato sea eliminado. El alto tribunal considera que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo, tal y como sucede por ejemplo (aunque no solo) con muchas personas intersexuales.

Tres meses después, el Constitucional emitía la sentencia firme en la que confirmaba los puntos expuestos en el fallo preliminar. El texto aseguraba que no era necesaria la redacción de una nueva ley, sino que bastaba con una «interpretación acorde a la Constitución» de la legislación existente. Los jueces del alto tribunal basaron también su fallo en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que considera que el derecho a la propia identidad de género está englobada en el derecho a la autodeterminación personal, y decretaron que el registro del sexo de una persona en su certificado de nacimiento interfiere con ese derecho.

Casi un año más tarde, Alex Jürgen ha podido recoger por fin los documentos conformes a su identidad de género no binaria. En su nuevo pasaporte, su sexo está registrado como «X», y en la partida de nacimiento, como «diverso». Los activistas denuncian, sin embargo, que el Gobierno de coalición entre los conservadores del ÖVP y la extrema derecha del FPÖ pone trabas a la inscripción de recién nacidos con la tercera opción de género. Celebran, en cualquier caso, la «histórica» primera expedición de un documento de identidad con un tercer sexo legal.

Además de Austria, varios estados norteamericanos y países como Australia en 2011, Canadá y Malta en 2017 o Alemania el año pasado han dado pasos en el reconocimiento legal de las personas intersexuales y de género no binario. En el caso alemán, a diferencia del austriaco, sí fue necesaria una reforma de la ley para adaptarla a la nueva situación. La posibilidad de registrarse bajo un tercer sexo legal o de dejar en blanco el campo correspondiente ha sido regulada de diferentes formas en países como Pakistán, IndiaNepal,  Nueva Zelanda. Un tribunal de Holanda también abrió la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de género el año pasado.

El reconocimiento y las necesidades específicas de las personas intersexuales, de hecho, es un asunto sobre el que se han posicionado tanto el Parlamento Europeo como el Consejo de Europa, a favor de la prohibición de las cirugías de “asignación” en menores como principal objetivo.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Tribunal Arbitral del Deporte avala la discriminación a Caster Semenya: deberá medicarse por sus niveles de testosterona si quiere seguir compitiendo.

Lunes, 6 de mayo de 2019
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Vergonzosa decisión del Tribunal Arbitral del Deporte (también conocido como TAS, sus siglas en francés), el órgano que dirime las disputas deportivas, que da la razón a la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) en su disputa con la atleta Caster Semenya. La IAAF, recordemos, ha implementado un nuevo reglamento que tiene como fin impedir que la sudafricana pueda competir a no ser que se medique para rebajar sus niveles de andrógenos, que de forma natural ella sintetiza en mayor cantidad que la mayoría de las mujeres. Semenya, una luchadora nata, se niega a medicarse y anuncia que dará la batalla ante la justicia.

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha fallado en contra de la medallista de oro Caster Semenya, quien cuestionó la implementación de reglas que limitarían los niveles de testosterona de las atletas femeninas.

El histórico fallo del 1 de mayo, presentado por la tricampeona mundial sudafricana, se produce tras una larga y amarga disputa sobre las normas propuestas por la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) el año pasado.

Según el reglamento, la IAAF establece que las atletas femeninas con una supuesta diferencia de desarrollo sexual (DSD), tendrán que someterse a restricciones de testosterona. La ONU condenó ese trato como un “procedimiento médico innecesario, humillante y perjudicial”.

En reacción a la decisión, la atleta simplemente tuiteó un gráfico que decía: “a veces es mejor reaccionar sin reacción”.

 

La sentencia del TAD establece: “Las normas del DSD son discriminatorias, pero la mayoría de los miembros del Panel consideraron que… dicha discriminación es un medio necesario, razonable y proporcionado para lograr el objetivo de la IAAF de preservar la integridad del atletismo femenino en las pruebas restringidas”.

En respuesta a la decisión, la IAAF se mostró “agradecida al Tribunal de Arbitraje Deportivo por su detallada y rápida respuesta” y “satisfecha de que el reglamento se considerara un medio necesario, razonable y proporcionado para lograr el objetivo legítimo de la IAAF de preservar la integridad del atletismo femenino”.

Semenya, de 28 años, que tiene naturalmente altos niveles de testosterona, ahora tendrá que someterse a terapia hormonal durante al menos seis meses antes de competir en cualquier competición. Las reglas estipulan que las corredoras con el llamado DSD que compiten en pruebas entre los 400 metros y una milla tendrán que someterse al procedimiento.

Una declaración de la IAAF en febrero explicaba las propuestas: “Si un atleta del DSD tiene testículos y niveles masculinos de testosterona, obtiene los mismos aumentos en tamaño y fuerza ósea y muscular y en hemoglobina que un hombre cuando atraviesa la pubertad, que es lo que da a los hombres tal ventaja de rendimiento sobre las mujeres. Por lo tanto, para preservar la competencia justa en la categoría femenina, es necesario exigir a los atletas del DSD que reduzcan su testosterona a niveles femeninos antes de competir a nivel internacional”.

¿Y si gana?

Se sugirió que, si el veredicto iba en contra de la IAAF, el atletismo podría haber introducido una categoría “abierta” en la que los hombres y las mujeres podrían, en teoría, competir uno al lado del otro, y una categoría “protegida” basada en los niveles hormonales, en lugar del género.

Su equipo legal argumentó que sus ventajas no son diferentes de otras variaciones genéticas que se celebran en el deporte, y que “su don genético debe ser celebrado, no discriminado”. También mantuvieron: “Su caso trata de los derechos de las mujeres que nacen como mujeres, son criadas y socializadas como mujeres, a las que se les permite competir en la categoría femenina sin discriminación”.

Finalmente, dijeron que el requisito de la IAAF de que los DSD tomen supresores hormonales para reducir la testosterona es éticamente incorrecto y plantea potencialmente un riesgo para la salud.

Una amarga disputa por los atletas de DSD. El caso Semenya dividió las opiniones en todo el mundo del atletismo. Una de las personas con las opiniones más abiertas en contra del caso fue la corredora de maratón Paula Radcliffe. Radcliffe dijo que el fallo podría dar a los atletas intersexuales y transgéneros una ventaja injusta y, en última instancia, poner fin al deporte femenino. El ex corredor de maratón afirmó que si la apelación de Semenya tuviera éxito, los entrenadores podrían comenzar a buscar mujeres con niveles de testosterona igualmente altos. “Sería ingenuo pensar que si esta regla no se aprobara, no habría algunas personas, gerentes o federaciones, que buscarían activamente a chicas con esta condición y dirían:’Bien, van a hacer este deporte y este evento para que podamos ganar'”, dijo a Sky News el jueves (18 de abril).

Mientras que el presidente de la IAAF, Lord Sebastian Coe, explicó la decisión de presentar las propuestas: “Ningún atleta individual ha sido el objetivo de la creación del reglamento. Necesitamos crear categorías de competición dentro de nuestro deporte que aseguren que el éxito esté determinado por el talento, la dedicación y el trabajo duro, en lugar de por otros factores que no se consideran justos o significativos, como las enormes ventajas físicas que un adulto tiene sobre un niño, o que un atleta masculino tiene sobre una atleta femenina”, dijo.

Los críticos del desafío legal de Semenya, como Radcliffe, argumentan que “abriría la puerta a los casos de los atletas trans”, que actualmente tienen que bajar sus niveles de testosterona para completar. Radcliffe ha defendido anteriormente la prohibición de que los atletas trans compitan en deportes de élite.

Joanna Harper, que asesora al Comité Olímpico Internacional (COI) sobre regulaciones para atletas trans, ha dicho a The Guardian que “el COI está esperando a ver qué pasa en el caso Semenya” antes de anunciar los límites de testosterona para los atletas trans en los juegos de Tokio 2020.

A lo largo del caso, Semenya ha dicho:“Sólo quiero correr naturalmente, como nací”. Llevamos siguiendo la carrera de Caster Semenya desde hace años y muy especialmente los numerosos episodios de discriminación a los que se ha tenido que enfrentar. La atleta sudafricana, abiertamente lesbiana, fue la ganadora de los 800 metros lisos en los campeonatos mundiales de 2009 y 2017, así como el oro en la misma categoría en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro en 2016. Sin embargo, ya desde sus inicios sus logros han sido discutidos. Primero fue debido a una supuesta intersexualidad que llegó a ser investigada por la IAAF (la cuestión, por cierto, fue tratada en su momento con una evidente falta de respeto por parte de cierta prensa). Finalmente, Semenya volvía a la competición, después de que la IAAF concluyera que no había razón para impedirle participar en la competición como la mujer que era. Y ello pese a las críticas irrespetuosas de algunas de sus rivales. Críticas que la sudafricana siempre ha rechazado. «Dios me hizo como soy y me acepto así», aseguraba en una entrevista gracias a la que fue portada de la revista sudafricana You en 2009.

Sin embargo, su hiperandrogenismo natural la ha mantenido en el punto de mira de la organización que gobierna el atletismo mundial, hasta el punto de promover una nueva normativa para mujeres con «desarrollo sexual diferente» sospechosamente ajustada a sus circunstancias personales, obviando el hecho de que tanto hombres como mujeres sintetizan de forma natural tanto estrógenos como testosterona, y que la obliga a medicarse si quiere seguir compitiendo. Nuevas normas que ahora el TAS ve adecuadas pese a reconocerlas como discriminatorias al considerarla «necesarias, razonables y proporcionadas» para preservar la integridad del atletismo femenino. Algo que ella rechaza y que combatirá en los tribunales de justicia, lo que seguramente la impedirá participar en los próximos Mundiales de Atletismo, que se celebrarán en Doha (Catar) a finales de septiembre.

Es cierto que el caso de Caster Semenya ha puesto sobre la mesa la problemática que supone casar la diversidad de género existente en la vida real con la concepción binaria de las competiciones tradicionales. Pero no es menos cierto el tufillo discriminatorio hacia una deportista privilegiada por su físico. Son muchos los que estos días se preguntan por qué a nadie se le ha ocurrido poner límites, por ejemplo, al nadador Michael Phelps, cuyo organismo genera menos ácido láctico de lo habitual, y de hecho se le considera un «prodigio genético» mientras que a Semenya se le veta.

¿Será que Semenya es mujer, africana, negra y lesbiana, nos atrevemos a sugerir?

Fuente Cromosomax

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El Gobierno holandés propone suprimir la necesidad de informes médicos o psicológicos para que las personas trans puedan ver reconocida su identidad

Martes, 16 de abril de 2019
Comentarios desactivados en El Gobierno holandés propone suprimir la necesidad de informes médicos o psicológicos para que las personas trans puedan ver reconocida su identidad

Bandera_HOLANDA__49c8a61235e0e[1]El Gobierno holandés ha propuesto una reforma de la legislación sobre identidad de género que facilitará a las personas trans la modificación de sus datos oficiales de acuerdo al principio de autodeterminación de género. La propuesta ha sido saludada por los colectivos trans y LGTB holandeses, que sin embargo la consideran insuficiente por lo que se refiere a los menores de 16 años y a las personas intersexuales y de género no binario.

Desde 2014, las personas trans mayores de 16 años pueden modificar sus datos registrales sin necesidad de someterse a cirugía de reasignación, como sucedía anteriormente. Sin embargo continúan necesitando el informe de un especialista para solicitar el cambio. La propuesta que el Gobierno holandés ha presentado al Parlamento suprime la necesidad de dicho informe. La nueva norma abriría además la puerta a que los menores de 16 años pudiesen solicitar el cambio, algo que hasta ahora no pueden hacer, aunque en este caso la petición deberá hacerse ante un tribunal. El Gobierno holandés también ha prometido avanzar en la supresión de la declaración obligatoria del género en aquellos casos en los que esta no se considera necesaria.

Los colectivos LGTBI holandeses han saludado la propuesta, que consideran una mejora sobre la situación actual, pero consideran que hay aspectos insatisfactorios. En un posicionamiento conjunto, las organizaciones Transgender Netwerk Nederland (organización que defiende los derechos de las personas trans), NNID (colectivo holandés de personas intersexuales) y COC Nederland (sin duda el colectivo LGTB holandés más conocido) consideran que la obligación de los menores de 16 años de someterse a un proceso judicial supone una violación del principio de autodeterminación de género y critican que la propuesta no resuelva el problema que supone la declaraicón obligatoria de género a personas intersexuales y a personas de género no binario. Estos colectivos reclaman que la solución definitiva pasa por la abolición total de la declaración obligatoria del género en los documentos oficiales, que consideran perfectamente posible.

Hay que tener en cuenta que en mayo de 2018 un tribunal holandés falló en favor de una persona intersexual de 56 años que solicitaba no ser reconocida ni como de género masculino ni como de género femenino. La sentencia pedía además al Parlamento holandés modificar la ley para permitir registrarse como de género «no determinado».  La sentencia aludía en su argumentación tanto a los principios de Yogyakarta como a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por lo que al principio de autodeterminación de género se refiere.

Autodeterminación de género, una demanda imparable

Son diversos los países de nuestro entorno que de una forma u otra han actualizado sus legislaciones en un sentido favorable al principio de autodeterminación de género, como GreciaIrlanda, DinamarcaMalta, BélgicaNoruega o Portugal.

Por lo que se refiere a la problemática que supone la declaración de género en documentos oficiales para muchas personas intersexuales y para las personas de género no binario, la sentencia holandesa que mencionábamos arriba no es la única. Hace ahora un año recogíamos la noticia de que el Tribunal Constitucional de Austria emitía un fallo preliminar en favor de una persona intersexual que no se identificaba ni como varón ni como mujer, en el que basándose también en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideraba que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo.

Meses antes, era el Tribunal Constitucional alemán el que ordenó al Parlamento que a lo largo de 2018 regulase el derecho a la propia identidad de género cuando esta no es binaria. También en este caso la batalla jurídica la emprendió una persona intersexual. Según los jueces del alto tribunal alemán, el derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 2 de la Constitución de Alemania incluye la protección de la propia identidad y expresión de género. Además, negarles el reconocimiento a las personas que no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino constituye una discriminación por razón de género prohibida por la Constitución alemana. El tribunal ni siquiera consideraba satisfactoria la ley aprobada en 2013, que abría la posibilidad de dejar en blanco el campo del género. El motivo es que esta opción daba a entender que las personas afectadas carecen de género, cuando la realidad es que su género no se corresponde con los dos binarios. En agosto de 2018, finalmente, Alemania aprobaba la norma que permite a las personas intersexuales y no binarias de ese país registrar su género legal con la opción de «diverso». Los activistas LGTB alemanes, sin embargo, mantiene su disconformidad con que para inscribirse bajo esta opción de género sea necesaria la presentación de un informe médico, un requisito que consideran inconstitucional por seguir patologizando a las personas intersexuales o de género no binario.

Con este tipo de sentencias parece que se abre en Europa una vía que ya es una realidad en otros lugares del mundo. Australia en 2011 o Canadá en 2017 ya han introducido medidas de ese tipo. La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como Pakistán, IndiaNepal.

España, atrasada

En España, mientras tanto, la ley 3/2007 no ha sido todavía actualizada, por lo que sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. Y en el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.

 si bien no fue hasta noviembre cuando el pleno del Congreso aprobó iniciar la reforma de la ley de identidad de género y despatologizar la transexualidad, con la oposición del PP. La Mesa del Congreso, controlada por PP y Ciudadanos, ha mantenido paralizado el proceso mediante sucesivas ampliaciones del plazo de presentación de enmiendas (cuatro, en este caso) y no ha sido hasta febrero cuando la Mesa del Congreso desbloqueó su avance. Estamos en agosto, y la proposición sigue sin ser aprobada.

Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha registró en pasado marzo, también en el Congreso, una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Se trata de una propuesta legislativa que va más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta de los «morados» contempla además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades.

Antes de la convocatoria de elecciones generales, se tramitaba en el Congreso una proposición socialista que eliminaba la necesidad del diagnóstico médico o psicológico para proceder a la rectificación registral y facilitaba el acceso a esta de las personas extranjeras y de los menores transexuales (sin necesidad de intervención judicial). La iniciativa fue registrada en febrero de 2017, si bien no fue hasta noviembre de ese año cuando el pleno del Congreso  aprobó iniciar la reforma de la ley de identidad de género y despatologizar la transexualidad, con la oposición del PP. La Mesa del Congreso, controlada por PP y Ciudadanos se dedicó a bloquear durante meses diversas iniciativas legislativas con lo que mantuvo paralizado el proceso mediante sucesivas ampliaciones del plazo de presentación de enmiendas (cuatro, en este caso) y no fue hasta febrero de 2018 cuando la Mesa del Congreso desbloqueó su avance. No llegó a ser aprobada.

Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea registró en el Congreso una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Era una propuesta legislativa que iba más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta contemplaba además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Alemania: recurso de inconstitucionalidad contra una ley de paridad por ignorar la existencia de personas no binarias

Jueves, 14 de febrero de 2019
Comentarios desactivados en Alemania: recurso de inconstitucionalidad contra una ley de paridad por ignorar la existencia de personas no binarias

600px-Piraten-Rainbow-Signet.svgEl reconocimiento legal de las personas de género no binario en Alemania abre un nuevo debate sobre la legislación de igualdad de género. El parlamento del estado federado de Brandeburgo, en la parte oriental del país, aprobó la semana pasada una ley de paridad que obliga a los partidos a presentar listas electorales con el mismo número de mujeres y de hombres. El Partido Pirata ha anunciado que presentará un recurso de inconstitucionalidad contra la norma por ignorar la existencia de personas de género no binario. A ellos se han unido las juventudes liberales (FDP). Una sentencia del Tribunal Constitucional de Karlsruhe, trasladada a ley en diciembre del año pasado, introdujo «diverso» como tercera opción de sexo legal.

En noviembre de 2017, el Constitucional federal emitía una sentencia histórica al fallar a favor de Vanja, una persona que solicitaba la inscripción de su sexo legal como «inter/diverso». Según los jueces del alto tribunal, el derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 2 de la norma fundamental alemana incluye la protección de la propia identidad y expresión de género, que es una condición indispensable para poder ejercer dicho derecho. Además, negarles el reconocimiento a las personas que no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino constituye una discriminación por razón de género prohibida por la Constitución.

El Constitucional dio de plazo hasta el 31 de diciembre de 2018 al Bundestag para que regulara el derecho a la identidad de género de todos los ciudadanos. El Gobierno federal presentó un proyecto de ley en agosto del año pasado. El término para designar la nueva opción de sexo legal fue «diverso», que se añadió a los existentes de «masculino» y «femenino». Sigue estando disponible la posibilidad de dejar en blanco el registro del sexo. Cuatro meses después de su aprobación en el Consejo de Ministros y apenas dos semanas antes de que expirara el plazo fijado por el Constitucional, ambas cámaras del Parlamento alemán daban su visto bueno a la medida y entraba en funcionamiento la nueva opción de sexo legal.

La entrada en vigor de la ley federal ha abierto el debate sobre los efectos de algunas normas de igualdad de género. En concreto, sobre una ley de paridad en el estado federado de Brandeburgo, aprobada la semana pasada, que obliga a las formaciones políticas a presentar listas con el mismo número de hombres que de mujeres. El texto recibió los votos favorables de SPD y Linke, en el Gobierno regional, y de Los Verdes desde la oposición. El Partido Pirata, que carece de representación en el Parlamento, ha anunciado la presentación de un recurso contra la norma ante el Tribunal Constitucional de Brandeburgo.

La formación, a la que se han unido los Jóvenes Liberales del FDP, considera que la nueva ley vulnera la libertad de organización de los partidos y el derecho al sufragio pasivo y es discriminatoria contra las personas de género no binario. Según el portavoz de los Piratas para políticas queer, Zoey Matthies, el texto aprobado por el Parlamento de Brandeburgo ignora la sentencia del Tribunal Constitucional federal sobre el reconocimiento de un tercer sexo legal y podría forzarles a manifestar su género a personas que preferirían no revelarlo.

Se abre un interesante debate sobre los efectos y la extensión de las leyes de igualdad de género, en particular las de paridad, en los países que reconocen un tercer sexo legal. Se trata de medidas que han adoptado países como Australia en 2011 o Canadá y Malta el año pasado. En   California, ya han introducido medidas de ese tipo.  El Tribunal Constitucional de Austria y Holanda han abierto la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de género en 2018 . La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como Pakistán, IndiaNepal,  y Nueva Zelanda. Siendo normas relativamente recientes, probablemente surjan debates parecidos en otros países.

Fuente Dosmanzanas

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La atleta sudafricana Caster Semenya protagoniza un spot de Nike

Martes, 18 de septiembre de 2018
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CasterSemenya_1465732cNike está lanzando varios spots con deportistas de élite, dentro de su campaña publicitaria por el 30 aniversario del famoso Just Do It. Una de las figuras elegidas es la atleta sudafricana Caster Semenya. La compañía deportiva, con anterioridad, ya ha elegido a competidores LGTBI como protagonistas de sus anuncios. Es el caso de Chris Mosier, el primer atleta trans en competir bajo el nuevo reglamento del COI (en 2016) o la futbolista abiertamente lesbiana Megan Rapinoe. La visibilización ahora de Semenya a través de una de las grandes compañías de ropa deportiva es una buena noticia para la comunidad LGTBI y un reconocimiento a su propia trayectoria en la alta competición. Y es que pocos atletas de los Juegos Olímpicos han tenido que soportar el escrutinio que Semenya ha experimentado en los últimos años.

«¿Sería más fácil para tí si yo no fuera tan rápida? ¿Sería más sencillo si dejase de ganar? ¿Te sentirías más cómodo si me msotrase menos orgullosa? ¿Preferirías que no hubiese trabajado tan duro? ¿O simplemente si no corriese? ¿O si hubiese elegido otro deporte? ¿O si no hubiese dado mis primeros pasos? Pues lo siento, porque nací para hacer esto», es el mensaje con múltiples lecturas que contiene el vídeo que la atleta Caster Semenya protagoniza para Nike, después de que lo hiciera dos años antes el deportista trans Chris Mosier (quien, por cierto, debutó en España). El nuevo spot se ha interpretado como un tributo a Semenya, especialmente en respuesta a las continuas críticas en torno a su hiperandrogenismo y al nuevo reglamento sospechosamente selectivo de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo, que parecía ideado para acabar con su exitosa carrera deportiva.

Este es el vídeo del spot:

Cuando publicamos el balance de resultados de los deportistas abiertamente LGTBI en los Juegos de Río de 2016 (el 47% de ellos logró colgarse una medalla), nos hicimos eco de la enésima polémica en la que se vio envuelta la atleta sudafricana Caster Semenya, abiertamente lesbiana. La carrera de Semenya, que en Río obtuvo el oro como corredora de 800 metros, siempre ha sido discutida por algunos debido a una supuesta intersexualidad, realidad con la que ella no se siente identificada. Semenya, a

la que al nacer le fue asignado el sexo femenino, siempre ha tenido una identidad femenina, más allá de sus circunstancias físicas. «Dios me hizo como soy y me acepto así», aseguraba la deportista en una entrevista gracias a la que fue portada de la revista sudafricana You en 2009. En ella apareció luciendo un clásico look femenino. Su oro y su tesón deportivo la convirtieron en una magnífica abanderada de Sudáfrica durante la ceremonia de clausura en Río 2016.

La lucha de Caster Semenya contra la discriminación

La de Caster Semenya es una historia de lucha en el alto nivel competitivo (hasta aquí, común a cualquier deportista de élite), pero también de lucha contra la discriminación por cuestionamiento de su identidad. Semenya volvía a la competición en verano de 2010, después de que la Asociación Internacional de Federaciones Internacionales de Atletismo pusiera fin a la investigación sobre su supuesta intersexualidad y decidiera que no había razón para impedirle participar en la competición como mujer. Algo que no gustó a sus competidoras.

Una de las intervenciones más desafortunadas en la polémica fue, por cierto, la de la atleta española Mayte Martínez, contrincante de Semenya en la final de los 800 metros. «Si me ponen a Semenya y diez hombres delante no sabría decir que ella es la mujer», llegó a manifestar la española, que acabó la carrera en séptima posición. Por una avalancha de declaraciones LGTBIfóbicas como esta, Caster Semenya se planteó rechazar la medalla mundial de 800 metros, aunque las autoridades deportivas de su país la convencieron de que no lo hiciera.

También en España, en 2009 destacados medios generalistas se sumaron a cuestionar la feminidad de Semenya. «¿Ganó ella o él?» titulaba El Mundo. «Pendiente de un control para determinar su verdadero sexo», subtitulaba. Peor aún era el inicio de su crónica: «A la chica, o lo que sea, hay algo que le motiva más que el atletismo…». Algo más serio era el tratamiento que daba El País a la noticia, aunque el redactor no resistía caer en la tentación de referirse a Semenya como «la adolescente surafricana que parece un chico y corre como un hombre con toda la barba». ABC hacía una crónica neutra de la victoria de Semenya pero cargaba las tintas en el titular, que ya desde el principio predispone al lector: «Semenya redobla las sospechas con una abusiva victoria en 800». Tampoco La Razón se quedaba atrás. «Semenya, un oro muy sospechoso», titulaba. Algo más neutros fueron entonces los tratamientos en El Periódico o en La Vanguardia.

Fuente Dosmanzanas

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Nueva York introduce una tercera opción de género en sus partidas de nacimiento

Martes, 18 de septiembre de 2018
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padres-e-hijos-3Esta histórica decisión permitirá también que los padres de nenes intersesuales o que simplemente no quieren influir en el género de sus hijos los registren con el género X.

El consejo municipal de Nueva York aprobó el pasado miércoles un proyecto de ley para reconocer la identidad de género de las personas intersexuales y no binarias. A partir del 1 de enero de 2019, se podrá modificar el registro del género en las partidas de nacimiento con una tercera categoría, «X», que se unirá a las ya existentes de «masculino» y «femenino». Para ello no será necesaria la presentación de ningún tipo de certificado médico. La ciudad se unirá a otros territorios de Estados Unidos que ya ofrecen esta posibilidad.

La ciudad de Nueva York sigue marcando la senda de la inclusión. Este miércoles el Concejo Municipal aprobó una ley con 41 votos a favor y 6 en contra (se registraron cuatro ausencias) que permitirá a los padres elegir la designación “X” para sus recién nacidos y que los adultos que no se sienten identificado como masculino ni femenino cambien el género de sus actas de nacimiento, sin que exista como requisito una declaración jurada de un médico o profesional de la salud metal. Es decir, de ahora en adelante las personas nacidas en Nueva York tienen la posibilidad de incluir el Gender X en sus actas de nacimiento.

La medida la había propuesto el presidente del Consejo, Corey Johnson, en junio de este año. Tres meses después, el legislativo de la ciudad y el departamento de Salud le han dado su visto bueno. En el Consejo Municipal obtuvo 40 votos a favor y seis en contra (se registraron cuatro ausencias). Johnson ha expresado su satisfacción y agradeció a la comunidad LGTBI su trabajo para conseguir la aprobación del proyecto.  “Hoy es un día histórico para Nueva York en su papel como campeón mundial de la inclusión y la igualdad, afirmó Corey Johnson, presidente del Concejo Municipal y representante del partido Demócrata. “Los neoyorquinos ya no necesitarán una nota de su médico para cambiar su género en sus actas de nacimiento y ya no serán tratados como si su identidad fuera un problema médico”, ha destacado.

El alcalde de Nueva York, Bill de Blasio, también se ha felicitado por la próxima entrada en vigor de una normativa para que las personas de género no binario puedan «vivir con la dignidad y el respeto que se merecen».

Por su parte, Carrie Davis, una activista transgénero que presidió una junta de asesores para el cambio de género, dijo que la ley es “excepcionalmente crucial durante esta época de peligro e incertidumbre con respecto a la atención médica y los derechos humanos para los estadounidenses transgénero en todo el país”.

La ciudad de Nueva York se une así a otras jurisdicciones de Estados Unidos que han aprobado medidas similares que permiten a sus ciudadanos que cambien el género en sus actas de nacimiento sin una nota de su médico. Sin embargo, es menos común la posibilidad de que los padres elijan una opción neutra para su recién nacidos en sus actas de nacimiento, Así, los estados de California, Washington y Nueva Jersey. Un tribunal de Oregón también sentenció a favor del derecho a registrarse con un género no binario, y el legislativo de este estado aprobó el año pasado una ley para introducir la opción de género «X» en los permisos de conducción. Normas parecidas están en vigor en Maine y en Washington D.C. Cabe destacar que en Estados Unidos no existe un documento nacional de identidad, y se suele utilizar el permiso de conducción con función identificativa.

Ahora en Nueva York los padres con hijos intersexuales o por padres que quieren que sus hijos elijan su género más adelante podrán hacer uso de este recurso y de esta forma respetar el derecho a su identidad autopercibida.

Esta ley entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2019 y se espera que el alcalde demócrata Bill Blasio apruebe próximamente la propuesta de ley.

Hasta 2014 los ciudadanos de Nueva York que deseaban cambiar el género en sus actas de nacimiento debían someterse previamente a una cirugía de cambio de sexo.

Posteriormente, vino la ley Johnson la cual permitía que las personas cambiaran sus actas de nacimiento sin la cirugía, pero seguía siendo necesario que un médico emitiera un documento. Este nuevo instrumento legal obvia ese requisito.

En el resto del mundo, varios países han adoptado medidas de reconocimiento legal de las personas intersexuales y de género no binario, como Australia en 2011 o Canadá y Malta el año pasado. El Gobierno alemán introdujo recientemente un proyecto de ley para añadir «diverso» como nueva categoría de género legal. La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género ha sido regulada de diferentes formas en países como  Pakistán, la India o Nepal. Tribunales de Austria y Holanda también han abierto la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de género este mismo año.

Fuente Universogay/Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Parlamento de Luxemburgo aprueba un proyecto de ley que simplifica la modificación registral del nombre y el sexo

Miércoles, 1 de agosto de 2018
Comentarios desactivados en El Parlamento de Luxemburgo aprueba un proyecto de ley que simplifica la modificación registral del nombre y el sexo

camara-diputados-luxemburgoLa Cámara de Diputados, el parlamento unicameral de Luxemburgo, aprobó el miércoles pasado un proyecto de ley que simplifica los trámites para modificar el nombre y el sexo legales. La norma, adoptada por abrumadora mayoría, permitirá la inscripción de los nuevos datos personales mediante una solicitud al Ministerio de Justicia y elimina el requisito de presentar informes psiquiátricos o someterse a tratamientos hormonales, intervenciones médicas y esterilización. En el caso de menores de edad, será necesario el consentimiento parental.

El texto aprobado coloca a Luxemburgo en el cada vez más numeroso grupo de países que incorporan a sus legislaciones el principio de autodeterminación de género. La nueva ley elimina de forma explícita la necesidad de haberse sometido a tratamientos médicos, operaciones quirúrgicas o esterilización. La persona interesada solo tendrá que enviar una solicitud motivada al ministerio de Justicia para reclamar la modificación del nombre y el sexo legal. Deberá justificar, eso sí, que utiliza la identidad de género especificada en su vida privada y laboral.

Para el cambio del nombre y el sexo legal de un menor de edad, sin embargo, será necesario el consentimiento de sus progenitores. Si hay desacuerdo decidirá un tribunal, salvo si se trata de un menor de cinco años, en cuyo caso siempre se tendrá que pronunciar la justicia. La norma también será aplicable a los extranjeros que hayan residido al menos un año en el país.

La tramitación del proyecto de ley, que presentó el Gobierno luxemburgués en mayo de 2017, se ha prolongado durante más de un año. Finalmente, la Cámara de Diputados le ha dado luz verde por 57 votos a favor frente a tres en contra, los de los representantes del derechista Partido Reformista de Alternativa Democrática (ADR). Las formaciones de la coalición de Gobierno entre liberales, socialistas y verdes han sumado también el apoyo de los democristianos y la izquierda anticapitalista.

Por delante de España

La nueva normativa coloca a Luxemburgo por delante de España, cuya ley 3/2007 ha envejecido de forma prematura, como antes ya suciedese con  GreciaIrlanda, DinamarcaMalta, Bélgica, Noruega, o Portugal,  en Europa. En el continente americano destaca el antecedente de Argentina, cuya ley fue de hecho una de las pioneras en el proceso de desmedicalización del reconocimiento legal de la identidad de género. Nepal, por su parte, ha introducido en su nueva Constitución el derecho a decidir libremente el sexo que figura en los documentos oficiales, aunque desconocemos cómo se está implementando.

En España sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Y aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. Y en el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.

En el Congreso se presentó una proposición socialista que elimina la necesidad del diagnóstico médico o psicológico para proceder a la rectificación registral y facilita el acceso a esta de las personas extranjeras y de los menores transexuales (sin necesidad de intervención judicial), la iniciativa fue registrada en febrero de 2017 por el grupo socialista del Congreso , si bien no fue hasta noviembre cuando el pleno del Congreso aprobó iniciar la reforma de la ley de identidad de género y despatologizar la transexualidad, con la oposición del PP. La Mesa del Congreso, controlada por PP y Ciudadanos, ha mantenido paralizado el proceso mediante sucesivas ampliaciones del plazo de presentación de enmiendas (cuatro, en este caso) y no ha sido hasta febrero cuando la Mesa del Congreso desbloqueó su avance. Estamos en agosto, y la proposición sigue sin ser aprobada.

Por otra parte, el grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha registró en pasado marzo, también en el Congreso, una proposición de ley «sobre la protección jurídica de las personas trans y el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género». Se trata de una propuesta legislativa que va más allá de la proposición socialista, referida al proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. La propuesta de los «morados» contempla además medidas en los ámbitos sanitario, social y laboral, educativo, del deporte o de los medios de comunicación, entre otros, por lo que puede considerarse una versión estatal de algunas de las leyes integrales de transexualidad ya aprobadas en varias comunidades.

Fuente Dosmanzanas

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Los activistas pro derechos de las personas intersex se muestran preocupados por las nuevas directrices de la Organización Mundial de la Salud, que agrega incluso un nuevo diagnóstico para niños intersex.

Viernes, 22 de junio de 2018
Comentarios desactivados en Los activistas pro derechos de las personas intersex se muestran preocupados por las nuevas directrices de la Organización Mundial de la Salud, que agrega incluso un nuevo diagnóstico para niños intersex.

intersexuales-accidente-naturaleza_NACIMA20130925_0004_6Los activistas pro derechos de las personas intersex se muestran preocupados por las nuevas directrices de la Organización Mundial de la Salud, que agrega incluso un nuevo diagnóstico para niños intersex.

La decisión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de retirar la transexualidad de su lista de enfermedades mentales fue ampliamente elogiada por activistas del todo el mundo.

Aunque otras personas expresaron sus críticas al respecto por considerar que la ubicación ahora en el apartado de “desorden de identidad de género” continuaba perpetuando la estigmatización.

Sin embargo, poco se ha hablado de la situación de las personas intersexuales en esta nueva revisión realizada por la OMS. Los activistas intersex han expresado su preocupación por la 11ª revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (ICD), un documento clave utilizado por los Gobiernos de todo el mundo como base para sus políticas y prácticas de salud.

OII Europe, uno de los principales grupos de defensa intersex en el continente, destaca que la OMS no eliminó la clasificación de intersexualidad como un desorden, a pesar de las críticas al ICD por parte de los organismos de derechos humanos y las personas intersexuales.

Dan Christian Ghattas, director Ejecutivo de OII Europe, declaró tras la decisión de la OMS dada a conocer el lunes 18 de junio. “Es la primera vez desde 1992 que se revisa el ICD. En una nota positiva, las identidades trans se eliminaron finalmente del capítulo de salud mental. Sin embargo, a pesar de que los expertos intersex que trabajan con la OMS en el proceso, las personas con variaciones de las características sexuales están siendo patologizadas y se les llama trastornos.

Asimismo, agregó “estamos muy preocupados de que la OMS haya dejado pasar la oportunidad de despatologizar a las personas intersexuales y trabajar para la disminución de las violaciones de los derechos humanos que enfrentan las personas intersex en los entornos médicos”.

Intersex es el término utilizado para referirse a personas con variaciones de características físicas, como cromosomas u órganos reproductores, que no se ajustan como tradicionalmente definidos como “masculino” o “femenino”.

Además de no eliminar la intersexualidad como enfermedad, otros activistas intersexuales criticaron un nuevo diagnóstico agregado por la OMS que se enfoca directamente en el tratamiento de niños intersexuales.

Muchas personas intersexuales son operadas de manera no consensual poco después del nacimiento o como niños pequeños con el fin de darles genitales binarios “masculinos” o “femeninos”, que se ha demostrado que causan angustia significativa más adelante en la vida.

Kitty Anderson, la copresidenta de OII Europe, criticó el ICD actualizado por el nuevo diagnóstico que ahora podría aumentar el número de niños intersex operados sin su consentimiento.

Anderson dijo: “La ICD-11 establece un nuevo diagnóstico, llamado “Incongruencia de género de la infancia”, al que se oponen fuertemente los expertos trans e intersexuales.

“En 2015, un grupo de expertos intersex ya señaló el hecho de que este diagnóstico no tiene utilidad médica y conlleva el riesgo de promover el estigma y la discriminación, indicó Anderson.

Y agregó: “Para los niños intersexuales, los procedimientos de ‘normalización‘ a menudo se justifican por el ‘imperativo‘ de crear congruencia corporal, por ejemplo, al eliminar órganos ‘incongruentes’ o hacerlos ‘congruentes’ con las estereotípicas anatomías masculinas y femeninas.

“Estamos muy preocupados por las prácticas que pueden evolucionar sobre la base de este diagnóstico”.

Desde 2009, los Órganos de Tratados de Derechos Humanos de las Naciones Unidas han pedido a los Estados Miembros de la ONU que detengan las violaciones de los derechos humanos de las personas intersexuales en la sociedad y en entornos médicos.

En 2017, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE) emitió la resolución “Promover los derechos humanos y eliminar la discriminación contra las personas intersexuales, y pidió a los Estados miembros que pusieran fin a la patologización y el tratamiento médico nocivo, incluidas las cirugías y otros tratamientos médicos.

Todavía muchos bebés y niños intersexuales, pero también adolescentes y adultos intersexuales, son sometidos a cirugías invasivas e irreversibles y otros tratamientos médicos sobre la base de tener una así llamada malformación” o “trastorno. En la mayoría de los casos, estas intervenciones no son deseadas por la persona intersexual y, en el caso de los bebés y niños, la mayoría de ellas son diferibles hasta que la persona pueda tomar una decisión informada.

Nos quedamos sin palabras de que la OMS parece no tener en cuenta la posición de los organismos internacionales de derechos humanos y ni siquiera su propia opinión”, dice Miriam van der Have, copresidenta de Oll Europe.

Loé Petit, miembro de la Junta Directiva de OII Europa, agrega: La cirugía genital no deseada en individuos intersexuales se ha denominado mutilación genital intersexual (IGM). Es revelador que no encontremos mención de los problemas de salud que enfrentan los sobrevivientes de IGM como resultado de estas intervenciones en la ICD-11″.

Fuente Universogay

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Extienden el primer certificado de nacimiento como intersexual a una persona en los Estados Unidos

Martes, 22 de mayo de 2018
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640x0-noticias-sara-kelly-keenanSara Kelly Keenan - Foto: Uso permitido

El Departamento de Salud de Nueva York extiende el primer certificado de nacimiento en el que se atribuye el género como intersexual a Sara Kelly Keenan, una persona de 55 años de edad con genes masculinos, genitales femeninos y órganos reproductivos internos mixtos.

Si bien habitualmente se refiere a sí misma en femenino, Sara Kelly Keenan, de 55 años de edad actualmente, nace con genes masculinos, genitales femeninos y órganos reproductivos internos mixtos. Tras conocer hace 10 años su condición de intersexual, hace historia el pasado martes, 15 de mayo, cuando recibe un certificado de nacimiento del Departamento de Salud de Nueva York en el que no se le identifica ni con género femenino ni masculino, sino como intersexual, en el que es el primer certificado de esta naturaleza extendido en los Estados Unidos.

Cuando Keenan nace es entregada en adopción, siendo un médico y sus padres adoptivos quienes deciden mantener en secreto que es intersexual emitiendo un certificado de nacimiento en el que se le identifica con el género masculino, para rectificarlo tres semanas después y cambiarlo al femenino. Si bien a los 16 años de edad comienza una terapia de reemplazo hormonal después de que le diagnosticaran que su cuerpo no es capaz de segregar hormonas femeninas, no le revelan que es una persona intersexual hasta que tiene 40 años de edad.

«No hay nada acerca de ser intersexual que deba esconderse o avergonzarse. Quería cambiarlo para que los niños en el futuro tengan una experiencia diferente a la que yo tuve.Y parte de eso es sacar a los intersexuales de las sombras de la vergüenza, hablar de ello simplemente como otra forma en que los humanos están hechos. Como un bebé hermafrodita abandonado, mucha gente tomó decisiones por mí, incluido mi sexo y mi nombre sin mi consentimiento o consultar. Fue muy enriquecedor para mí regresar a la escena del crimen» declara Keenan, quien está convencida de que «no todas las personas intersexuales elegirán identificarse legalmente como intersexual, y no todos los padres optarán por que su niño intersexual se identifique como intersexual en los documentos de nacimiento. Pero para aquellos que lo hacen, la opción debe existir».

«El Departamento de Salud ha interpretado que nuestra regla de género indica que una persona puede modificar su certificado de nacimiento para que se refleje ‘intersexual’ en su certificado de nacimiento con evidencia documental apropiada de un médico con licencia de los EE. UU.», declara Julien A. Martínez, asistente de Higiene Mental del Departamento de Salud, asegurando que «el Departamento continuará trabajando con los socios de la comunidad a medida que adoptemos cambios para reflejar con mayor precisión el sexo de una persona».

El caso de Keenan refleja un cambio en la forma en que reconocer la identidad de género, que sumado a la resolución de Jamie Shupe, residente de Oregón que se convierte en la primera persona que consigue cambiar legalmente su género a no binario, contribuyendo ambas a allanar el camino para otras personas en su misma situación.

Nepal, Australia y Nueva Zelanda son algunos de los pocos países que ya permiten a las personas no identificar su género en el pasaporte. Desde 2010, las personas transexuales pueden cambiar el género de su pasaporte, mediante certificado médico, en los Estados Unidos, pero no en ninguna otra documentación legal.

Fuente Universogay/Cristianos Gays

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Un nuevo reglamento sospechosamente selectivo de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo puede acabar con la carrera de Caster Semenya

Lunes, 7 de mayo de 2018
Comentarios desactivados en Un nuevo reglamento sospechosamente selectivo de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo puede acabar con la carrera de Caster Semenya

CasterSemenya_1465732cLas mujeres y personas intersexuales que quieran competir en las caslificacioens femeninas de atletismo, deberán cumplir la nueva regulación de la asociación Internacional de Federaciones de Atletismo que rebajan a 5 nanomoles los niveles en sangre de testosterona, lo que afecta directamente a atletas como Caster Semanya.

El Consejo de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF por sus siglas en inglés: International Association of Athletics Federations ) aprueba en el pasado mes de marzo las nuevas regulaciones de lo que denominan Regulaciones de Elegibilidad que se refieren a cualquier atleta que tenga una Diferencia de Desarrollo Sexual de cara a su clasificación en competiciones femeninas, que daban a conocer este jueves, 26 de abril.

«Como Federación Internacional para nuestro deporte, tenemos la responsabilidad de garantizar la igualdad de condiciones para los atletas. Como muchos otros deportes, elegimos tener dos clasificaciones para nuestra competencia: eventos masculinos y eventos femeninos. Esto significa que debemos ser claros acerca de los criterios de competencia para estas dos categorías. Nuestra evidencia y datos muestran que la testosterona, producida naturalmente o insertada artificialmente en el cuerpo, proporciona importantes ventajas de rendimiento en atletas femeninas», declara Sebastian Coe, presidente de la IAAF.

Según estas nuevas regulaciones, que entrarán en vigor el 1 de noviembre y reemplazarán los reglamentos previos, se refieren a las atletas con hiperandrogenismo, que deben ser reconocidas por ley con el género femenino o inteserxual, debiendo reducir su nivel de testosterona en sangre a menos de cinco nanomoles con hormonas y durante un período continuado de al menos seis meses mediante o mientras aspiren a ser clasificadas en alguna competición internacional.

Los niveles de testosterona en las niñas son de 0,12 a 1,79 nmol, muy bajos en comparación a los de los niños, que se disparan al llegar a la pubertad alcanzando de 7.7 a 29.4 nmol por litro, no siendo superiores a los 5 nmol en las niñas adolescentes a no ser que tengan algún tumor o alguna Diferencia de Desarrollo sexual (DSD por sus siglas en inglés: Differences of Sexual Development), por lo que podrían desarrollar la misma testosterona que los varones, lo que les permitiría mejorar significativamente su rendimiento deportivo.

«Las últimas investigaciones que hemos llevado a cabo y los datos que hemos compilado demuestran que hay una ventaja de rendimiento en atletas con DSD en las distancias recorridas por esta regla (…). Hemos visto en una década y más investigaciones que 7.1 de cada 1000 atletas de élite en nuestro deporte tienen niveles elevados de testosterona, la mayoría se encuentran en los eventos restringidos cubiertos por estas regulaciones (…). El tratamiento para reducir los niveles de testosterona es un suplemento hormonal similar a la píldora anticonceptiva tomada por millones de mujeres en todo el mundo. Ningún atleta se verá obligado a someterse a cirugía. Es responsabilidad del atleta, en estrecha consulta con su equipo médico, decidir sobre su tratamiento», explica el Dr. Stephane Bermon del Departamento de Medicina y Ciencias de la IAAF.

Desde la IAAF defienden la necesidad de este tipo de regulaciones para garantizar una competencia justa y significativa dentro de la clasificación femenina, en beneficio de la amplia clase de atletas femeninas. De ninguna manera tienen la intención de juzgar o cuestionar el sexo o la identidad de género de ninguna atleta, para lo que considera esencial respetar y preservar la dignidad y privacidad de los atletas con DSD, y por lo tanto todos los casos que surjan bajo estas regulaciones deben ser manejados y resueltos de manera justa, consistente y confidencial, reconociendo la naturaleza sensible de tales asuntos. Cualquier violación de la confidencialidad, discriminación indebida y / o estigmatización por motivos de sexo o identidad de género equivaldría a una violación grave del Código de Conducta de Integridad de la IAAF y dará como resultado una acción disciplinaria apropiada contra la parte infractora. En el reglamento también se describe en detalle el proceso mediante el cual un panel de expertos en los campos de la endocrinología, la ginecología, la genética y la pediatría, se encargará de evaluar cada caso de forma anónima.

Por muy nobles que parezcan las intenciones de la IAAF, lo cierto es que estas nuevas regulaciones han causado indignación en países como Sudáfrica, particularmente porque parecen diseñadas en función de Caster Semenya, medalla de oro en 800 metros femeninos en Rio 2016, quien no podría revalidar su título en la misma categoría actualmente a no ser que rebajara sus niveles de testosterona. A título personal, el Dr. Bermon se manifiesta a favor de una tercera categoría para los atletas intersexuales, lo que afirma tiene la «sensación de que algún día sucederá, y probablemente en cinco o diez años (…). Mi sensación es que el público no está preparado para esto. No queremos estigmatizar a los atletas. También debemos tener en cuenta las sensibilidades religiosas y culturales. Así que, básicamente, estoy a favor, pero es necesario que haya algunos cambios opinión pública».

El Caso Caster Semenya

Llevamos siguiendo la carrera de Caster Semenya desde hace años y muy especialmente los numerosos episodios de discriminación a los que viene enfrentándose. Como se afirma más arriba, el último es el reciente reglamento de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF). La nueva política sobre hiperandrogenismo, que entrará en vigor el próximo 1 de noviembre y que todavía puede acoger modificaciones, solo se aplicaría (según la redacción original) a las carreras de 800 y 1500 metros; casualmente en las que compite la prominente atleta sudafricana. «Este es uno de los temas más difíciles que mi Consejo y yo estamos discutiendo», admite Sebastian Coe, presidente de la IAAF. Semenya, abiertamente lesbiana, fue la ganadora en 800 metros lisos en los mundiales de 2009 y 2017, así como el oro en la misma categoría en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016. Algunos expertos consideran que este nuevo reglamento es «sospechosamente selectivo» y «sexista».

Cuando publicamos el balance de resultados de los deportistas abiertamente LGTB en los Juegos de Río de 2016 (el 47% de ellos logró colgarse una medalla), nos hicimos eco de la enésima polémica en la que se vio envuelta la atleta sudafricana Caster Semenya, abiertamente lesbiana. La carrera de Semenya, que en Río obtuvo el oro como corredora de 800 metros, siempre ha sido discutida por algunos debido a una supuesta intersexualidad, realidad con la que ella no se siente identificada. Semenya, a la que al nacer le fue asignado el sexo femenino, siempre ha tenido una identidad femenina, más allá de sus circunstancias físicas. «Dios me hizo como soy y me acepto así», aseguraba la deportista en una entrevista gracias a la que fue portada de la revista sudafricana You en 2009. En ella apareció luciendo un clásico look femenino. Su oro y su tesón deportivo la convirtieron en una magnífica abanderada de Sudáfrica durante la ceremonia de clausura en Río 2016.

Es sabido que Semenya presenta de forma natural niveles más elevados de andrógenos que otras mujeres. Por ello, choca que el presidente de la IAAF, Sebastian Coe, diga que «ningún atleta con hiperandrogenismo ha hecho trampa» pero a renglón seguido traten de aplicar una nueva política que perjudicaría a una de las más prominentes corredoras con niveles elevados de andrógenos, como es Caster Semenya. En este sentido, algunos expertos califican dicho reglamento (que todavía es susceptible de ser modificado y cuya fecha prevista de entrada en vigor se ha fijado para el próximo 1 de noviembre) como sospechosamente selectivo y «sexista».

La profesora de la Universidad de Pensilvania Jaime Schultz, especializada en la historia de la mujer en los deportes, explica que la nueva política de la IAAF parte de un estudio financiado por esta misma organización de 2017 en el que se recoge que, supuestamente, las mujeres con un alto nivel de testosterona tendrían una ventaja sobre sus competidoras en cinco pruebas: 400 metros (ventaja del 2.7%), carrera de obstáculos de 400 metros (ventaja del 2.8%), carrera de 800 metros (1.8%), lanzamiento de martillo (4.5%) y salto con pértiga (2.9%). «Sin embargo, sin explicación, las nuevas directrices omiten tanto el salto con pértiga como el martillo, donde las mujeres con alta testosterona ostensiblemente disfrutan de la mayor ventaja y agregan la carrera de 1500 metros femeninos, aunque no fue una de las pruebas en las que la testosterona parecía importar», resalta Schultz.

Esta experta considera discriminatoria estas clasificaciones porque «nadie sugiere que los hombres con niveles bajos de testosterona deberían ser elegibles para la competición femenina. De hecho, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) permite que los hombres diagnosticados con niveles bajos de testosterona soliciten una exención para tomar testosterona sintética, una sustancia prohibida, porque tienen una necesidad médica […] Esto significa que la testosterona no trata solo de mejorar el rendimiento, sino también de la salud y el bienestar. Pero solo cuando se trata de hombres».

Cabe recordar el caso de la ciclista trans Kristen Worley, que llegó hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Ontario en Canadá, denunciando «discriminación sexual», por no permitirle el uso suficiente de testosterona sintética durante su carrera deportiva. «Es un problema que pensemos que las mujeres tienen estrógeno y los hombres tienen testosterona»decía Worley«Tenemos que educar a las personas para que entiendan que ambos sexos tienen estas hormonas, pero a diferentes niveles». Finalmente, Worley llegó a un acuerdo con Cycling Canada, Ontario Cycling Association y Union Cycliste Internationale para evitar la referida discriminación y «adoptar políticas y directrices basadas en investigaciones científicas objetivas».

En este sentido, la profesora Schultz concluye que «quizás la IAAF debería considerar un compromiso similar. Hasta entonces, podemos quedarnos con un deporte sin Caster Semenya, o al menos la mismo Caster Semenya, que continúa estableciendo nuevos estándares de excelencia en atletismo femenino».

La lucha de Caster Semenya contra la discriminación

La de Caster Semenya es una historia de lucha en el alto nivel competitivo (hasta aquí, común a cualquier deportista de élite), pero también de lucha contra la discriminación por cuestionamiento de su identidad. Semenya volvía a la competición en verano de 2010, después de que la Asociación Internacional de Federaciones Internacionales de Atletismo pusiera fin a la investigación sobre su supuesta intersexualidad y decidiera que no había razón para impedirle participar en la competición como mujer. Algo que no gustó a sus competidoras.

Una de las intervenciones más desafortunadas en la polémica fue, por cierto, la de la atleta española Mayte Martínez, contrincante de Semenya en la final de los 800 metros. «Si me ponen a Semenya y diez hombres delante no sabría decir que ella es la mujer», llegó a manifestar la española, que acabó la carrera en séptima posición. Por una avalancha de declaraciones LGTBfóbicas como esta, Caster Semenya se planteó rechazar la medalla mundial de 800 metros, aunque las autoridades deportivas de su país la convencieron de que no lo hiciera.

También en España, en 2009 destacados medios generalistas se sumaron a cuestionar la feminidad de Semenya«¿Ganó ella o él?» titulaba El Mundo«Pendiente de un control para determinar su verdadero sexo», subtitulaba. Peor aún era el inicio de su crónica: «A la chica, o lo que sea, hay algo que le motiva más que el atletismo…». Algo más serio era el tratamiento que daba El País a la noticia, aunque el redactor no resistía caer en la tentación de referirse a Semenya como «la adolescente surafricana que parece un chico y corre como un hombre con toda la barba». ABC hacía una crónica neutra de la victoria de Semenya pero cargaba las tintas en el titular, que ya desde el principio predispone al lector: «Semenya redobla las sospechas con una abusiva victoria en 800». Tampoco La Razón se quedaba atrás. «Semenya, un oro muy sospechoso», titulaba. Algo más neutros fueron entonces los tratamientos en El Periódico o en La Vanguardia.

 Fuente Dosmanzanas

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California se prepara para debatir una ley que protege a los bebés interesexuales de cirugías quirúrgicas

Miércoles, 11 de abril de 2018
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interact-youth-robyn-iad2016Presentada en febrero ante el Senado, California se prepara para debatir una ley con la que pretende proteger a los bebés intersexuales de cirugías de asignación de género prematuras con la intención de que sea cada persona quien determine su propio género a medida que va identificándose con uno u otro. 

Uno de entre cada 1500 o 2000 bebés nace con anormalidades físicas u hormonales que difuminan las líneas de su sexo. Bebés intersexuales que antaño era habitual que entre sus padres y un médico se le «asignara» un determinado género, practicándoles cirugías que determinaban la manera en la que iba a ser criado, pero que no necesariamente siempre termina siendo el género con el que se identifican al llegar a la edad adulta. Con el nombre de SCR 110, la senadora Scott Wiener presenta esta semana una resolución con la intención de prohibir este tipo de operaciones quirúrgicas prematuras a bebés intersexuales, permitiendo que sea cada persona quien determine su propio género a medida que va creciendo, en consonancia con la declaración de la Comisión de Derechos Humanos de San Francisco, que ya solicitaba el fin de estas intervenciones hace una década.

«California ha sido durante mucho tiempo líder para todas las personas, y podemos liderar el camino para apoyar a los niños intersexuales y a sus familias (…). Los bebés que nacen sanos no deben ser forzados a una cirugía médicamente innecesaria, y nuestra comunidad sanitaria necesita ayudar a las familias a adoptar un enfoque más medido para la cirugía. Con el tiempo, a medida que el niño crece y puede tomar sus propias decisiones, ese es el momento apropiado para analizar las opciones médicas», declara Wiener en un comunicado.

«California debería proteger a los más vulnerables entre nosotros, los niños (…). Lo que les está sucediendo a estos niños es una violación de la ética médica y una violación de sus derechos humanos (…). No le digo a nadie que necesita tratamiento cuando están sanos, y eso es exactamente lo que está sucediendo con los niños intersexuales y los bebés intersexuales en sus hospitales en este momento. Los médicos engañan a los padres al creer que esta es la única opción», sostiene la Doctora Suegge Tamar-Mattis, médico de familia y fundadora de InterACT Advocates for Intersex Youth además de profesora adjunta de la Escuela de Derecho de la Universidad Berkely de California, quien ella misma es intersexual, como también lo son otros de los principales defensores de esta resolución que ya fue presentada al Senado a finales de febrero, pero que ha estado siendo revisada por un comité antes de ser debatida.

Fuente Universogay

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El Tribunal Constitucional de Austria abre la puerta al derecho a registrarse bajo una tercera opción de género

Miércoles, 28 de marzo de 2018
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constitucional_austriacoBuena noticia para los derechos de las personas intersexuales y de género no binario. Solo unos meses después de que el Tribunal Constitucional alemán fallase a favor de una persona intersexual que solicitaba ser inscrita legalmente con un género distinto a los dos tradicionales, ahora es el Tribunal Constitucional de Austria el que ha emitido un fallo preliminar en favor de otra persona intersexual que no se identifica ni como varón (sexo que le fue asignado) ni como mujer, y que pide que el dato que figura en el registro civil sea modificado y se incluye una tercera opción de género o, en su defecto, que dicho dato sea eliminado.  

El Tribunal Constitucional de Austria, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de que el derecho a la propia identidad de género está englobada en el derecho a la autodeterminación personal, considera que el registro del sexo de una persona en su certificado de nacimiento interfiere con ese derecho. En ese sentido, el alto tribunal austriaco considera que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo, tal y como sucede por ejemplo (aunque no solo) con muchas personas intersexuales.

El Tribunal Constitucional austriaco, de hecho, considera que en Austria no existe una obligación constitucional de registrar el sexo, aunque la Constitución tampoco lo prohíbe. En este sentido, los magistrados consideran que si el Estado opta por hacerlo convierte un aspecto de la vida privada de las personas en público, por lo que debe respetarse la libertad de estas para que el dato se acomode a su identidad de género y/o demorar dicho acto hasta que la persona sea autónoma para decidirlo.

Por lo que se refiere a la posibilidad de un tercera opción de género, el Tribunal Constitucional austriaco considera que la normativa actual es demasiado rígida, al permitir solo que la persona sea registrada como varón o como mujer, y que ello no permite la manifestación de identidades no binarias, como es el caso de la persona demandante. Como limitación, eso sí, el alto tribunal determina que las posibles opciones alternativas deben mantener una relación real con la vida social de la persona y no ser imaginarias.

El Constitucional austriaco, por último, da un importante varapalo a las cirugías de asignación en menores intersexuales, al pronunciarse en contra de la realización de intervenciones médicas que tengan como finalidad atribuir un sexo determinado a la persona (salvo que dicha intervención tenga una justificación médica suficiente) hasta que esta tenga la capacidad de decidir por sí misma.

Como hemos mencionado arriba, se trata de un fallo preliminar. Se abre ahora un plazo de varias semanas para que el Gobierno austriaco haga las alegaciones que considere pertinentes, tras lo cual el Tribunal emitirá en junio su decisión definitiva. En cualquier caso, la rotundidad del fallo, aunque sea provisional, ha sido saludado por los colectivos LGTBI austriacos. “Es el primero de este tipo en Austria. Es un caso pionero para los derechos de las personas intersexuales”, ha declarado por ejemplo el abogado Helmut Graupner, presidente del colectivo Rechtskomitee LAMBDA (RKL), y que ha asesorado a la persona demandante.

Cabe recordar, además, que en estos momentos el Tribunal Constitucional de Austria es una de las cortes constitucionales europeas más favorables a los derechos de las personas LGTBI: hace solo unas semanas, por ejemplo, decretaba que la exclusión de las parejas del mismo sexo en el acceso al matrimonio es discriminatoria, fijando la entrada en vigor de la igualdad matrimonial el 1 de enero de 2019, si el Parlamento austriaco no aprueba una ley para hacerla efectiva antes.

Alemania: el Gobierno debe adaptar la legislación este año

Como decíamos al comenzar la entrada, hace pocos meses el Tribunal Constitucional alemán dio de plazo al Parlamento para que antes del 31 de diciembre de 2018 regule el derecho a la propia identidad de género cuando esta no es binaria. También en este caso la batalla jurídica la emprendió una persona intersexual, disconforme en este caso con su género legal femenino. Según los jueces del alto tribunal alemán, el derecho al libre desarrollo de la personalidad recogido en el artículo 2 de la Constitución de Alemania incluye la protección de la propia identidad y expresión de género. Además, negarles el reconocimiento a las personas que no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino constituye una discriminación por razón de género prohibida por la Constitución. El tribunal tampoco consideró satisfactoria la ley aprobada hace cuatro años, que abría la posibilidad de dejar en blanco el campo del género. El motivo es que esta opción da a entender que las personas afectadas carecen de género, cuando la realidad es que su género no se corresponde con los dos binarios.

Con un espíritu muy similar al de la sentencia austriaca, el Constitucional alemán ofreció dos posibles salidas a los legisladores: introducir una tercera opción de género que reconozca en positivo a las personas que no se identifican con los dos binarios (aunque no dio ninguna indicación sobre cómo denominarlo) o eliminar toda referencia al género en el registro civil y los documentos oficiales.

Con las sentencias alemana y austriaca parece que se abre en Europa una vía que ya es una realidad en otros lugares del mundo. Australia en 2011 o Canadá en 2017California, también en 2017ya han introducido medidas de ese tipo. La posibilidad de registrarse bajo un tercer género o de dejar en blanco el género también ha sido regulada de diferentes formas en países como Pakistán, IndiaNepal,  Nueva Zelanda y que Alemania había anunciado.

El reconocimiento y las necesidades específicas de las personas intersexuales, de hecho, es un asunto sobre el que se han posicionado tanto el Parlamento Europeo como el Consejo de Europa, a favor de la prohibición de las cirugías de “asignación” en menores como principal objetivo.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Parlamento Europeo exige la prohibición de las “terapias de conversión”

Lunes, 5 de marzo de 2018
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27773_europarlamento-bandera-lgtbEl Parlamento Europeo apoya, con mayoría aplastante, una enmienda que condena las “terapias de conversión” y exige a los estados miembro que las prohíban.

También han exigido educación escolar que prevenga la discriminación y hacen un llamamiento por la despatologización de las identidades trans. 

El Parlamento Europeo ha aprobado este 1 de marzo, con considerable retraso, el informe sobre los derechos fundamentales en la Unión en 2016. El texto da cuenta de la situación de la población LGTBI e insta a los países miembros a que apliquen las medidas oportunas para acabar con la discriminación. El informe insiste de nuevo en la necesidad del reconocimiento supraestatal de las uniones entre personas del mismo sexo, así como aboga por la despatologización de la transexualidad y la prohibición de las terapias reparadoras de la orientación sexual.

Las personas LGTB+ somos lo que somos y no podemos “curarnos” ni “cambiar” puesto que no hay nada que curar ni cambiar. Esto, que parece una obviedad, es algo que muchos grupos conservadores no acaban de entender. Uno de esos grupos, por cierto, es el Partido Popular de Javier Maroto, que para no apoyar la Ley LGTBI de Podemos presentó la suya propia en la que eliminaron la prohibición de las “terapias de conversión”.

Habrá que ver qué dice ahora el Partido Popular después de que el Parlamento Europeo haya votado con una amplísima mayoría (435 votos contra 109) un texto que condena esas “terapias” como peligrosas e insta a los países miembros a prohibirlas.

El Parlamento Europeo acoge la iniciativa que prohíbe las terapias de conversión LGTBI y la patologización de las identidades trans, y urge a todos los Estados Miembros a adoptar medidas similares que respeten y pongan el alza el derecho a la identidad de género y a la expresión de género.“, dice el texto; que se aprobó como enmienda al informe anual sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea.

Las terapias de conversión en menores están prohibidas en nueve de los Estados Unidos (y cada vez son más los que toman esa decisión), así como en Suiza, Malta, Taiwan, dos provincias canadienses y el estado australiano de Victoria.

Pero el texto aprobado por el P.E. también condena la discriminación contra las personas LGTB+ y urge a “la inclusión en el currículum escolar de educación sobre el valor de la tolerancia“, en el que se traten temas como la lucha contra la LGTBfobia y otras formas de discriminación. Además también pide a la Comisión y a los Estados Miembro que garanticen la libre circulación de las parejas homosexuales y sus familias; y exigen que “se reconozca el cambio de género [de las personas trans] y se provea un acceso rápido, accesible y transparente a los procedimientos de reconocimiento legal del género sin requisitos médicos como la cirugía o la esterilización“.

El 6 de julio de 2017 se anunció en sesión plenaria del Parlamento Europeo la presentación del informe sobre la situación de la ciudadanía en relación a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea durante el 2016. Sin embargo, hasta el 1 de febrero de este 2018 no se inició el proceso de aprobación en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior quien, tras las enmiendas oportunas dio su respaldo el día 13 del mismo mes. El informe fue presentado a debate en la sesión plenaria del Parlamento del 28, y finalmente fue sometido a votación el pasado 1 de marzo.

Del texto definitivo fue ponente fue el luxemburgués Frank Engel, perteneciente al Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos). Tras el debate y la toma en consideración de nuevas enmiendas, fue aprobado por 429 votos a favor, 135 en contra y 69 abstenciones. La resolución, que no es vinculante, insta a la Comisión Europea y los Estados miembros a que apliquen las medidas oportunas en asuntos como los derechos de inmigrantes y refugiados, la protección a la infancia, la igualdad entre hombres y mujeres o la lucha contra la discriminación de las minorías. En cuanto a este último asunto, recuerda las obligaciones contraídas con estos dos artículos:

El Parlamento Europeo (…)

50.  Observa que la propuesta de Directiva sobre igualdad de trato de 2008 sigue todavía pendiente de la aprobación del Consejo; reitera su llamamiento al Consejo para que adopte su posición lo antes posible;

52.  Recuerda que los derechos humanos son universales y que las minorías no deben sufrir discriminaciones; hace hincapié en que los derechos de las minorías son parte inalienable del principio del Estado de Derecho; señala que existe un riesgo mayor de violación de los derechos de las minorías cuando no se respeta el Estado de Derecho;

Respecto a los derechos de las personas LGTBI, el Parlamento lamenta la discriminación que aún sufren las personas LGTBI, e incide en la condena de las terapias reparadoras de la homosexualidad, en la necesidad urgente de despatologización de la transexualidad y en las violaciones de los derechos humanos a las que se enfrentan las personas intersexuales en todas las esferas de la vida. Estos son los artículos relacionados (las negritas son nuestras):

El Parlamento Europeo (…)

59.  Anima a incluir la educación sobre los valores de la tolerancia en los planes de estudios escolares para dotar a los niños de los instrumentos que necesitan para identificar todas las formas de discriminación, con independencia de que se dirija contra los musulmanes, los judíos, los africanos, la población romaní o las personas LGBTI o contra cualquier otra minoría;

60.  Pide a la Comisión que comparta las mejores prácticas de los Estados miembros para abordar los estereotipos de género en la escuela;

61.  Lamenta que las personas LGBTI sean víctimas de acoso e intimidación y sufran discriminación en diferentes aspectos de sus vidas;

62.  Condena todas las formas de discriminación contra las personas LGBTI; anima a los Estados miembros a que adopten leyes y políticas de lucha contra la homofobia y la transfobia;

63.  Anima a la Comisión Europea a que presente un programa que garantice la igualdad de derechos y oportunidades de todos los ciudadanos respetando las competencias de los Estados miembros, y a que supervise una transposición y aplicación adecuadas de la legislación de la Unión relativa a las personas LGBTI; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que trabajen en estrecha cooperación con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan a favor de los derechos de las personas LGBTI;

64.  Insta a los Estados miembros que han adoptado legislación relativa a las uniones y/o los matrimonios del mismo sexo a que reconozcan las normas adoptadas por otros Estados miembros con efectos similares; recuerda la obligación de los Estados miembros de aplicar en su totalidad la Directiva 2004/38/CE, incluidas las parejas del mismo sexo y sus hijos; acoge con satisfacción que cada vez más Estados miembros hayan introducido o adaptado sus leyes sobre cohabitación, unión civil y matrimonio para superar las discriminaciones basadas en la orientación sexual que han sufrido las parejas del mismo sexo y sus hijos, y pide a otros Estados miembros que introduzcan una legislación similar; insta a la Comisión a que presente una propuesta para el reconocimiento mutuo pleno de los documentos acreditativos del estado civil en toda la Unión que incluya el reconocimiento jurídico de género, los matrimonios y las uniones de hecho registradas, a fin de reducir las trabas administrativas y jurídicas discriminatorias a las que se enfrentan los ciudadanos a la hora de ejercer sus derechos a la libre circulación;

65.  Acoge con satisfacción las iniciativas por las que se prohíben las terapias de conversión LGBTI y se prohíbe la patologización de las identidades trans e insta a todos los Estados miembros a que adopten medidas similares que respeten y apoyen el derecho a la identidad de género y la expresión de género;

66.  Lamenta que las personas transgénero sigan siendo consideradas enfermas mentales en la mayoría de los Estados miembros y pide a estos Estados que revisen sus clasificaciones nacionales de los trastornos mentales y que desarrollen modelos alternativos de acceso exentos de estigma, garantizando al mismo tiempo que todas las personas transexuales puedan acceder al tratamiento médico necesario; lamenta el hecho de que, en la actualidad, varios Estados miembros sigan imponiendo a las personas transgénero requisitos, como la intervención médica para que se reconozca su cambio de género (también en los pasaportes y documentos de identidad oficiales) y la esterilización forzosa como condición para la reasignación de género; señala que estos requisitos constituyen claramente violaciones de los derechos humanos; pide a la Comisión que oriente a los Estados miembros sobre los mejores modelos de legislación en materia de reconocimiento del género de Europa; pide a los Estados miembros que reconozcan el cambio de género y faciliten el acceso a procedimientos de reconocimiento legal de género rápidos, accesibles y transparentes, sin requisitos médicos como la cirugía, la esterilización o el consentimiento psiquiátrico;

67.  Acoge con satisfacción la iniciativa demostrada por la Comisión al promover que la identidad transgénero deje de considerarse una patología en el marco de la revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial de la Salud; pide a la Comisión que redoble los esfuerzos dirigidos a evitar que la inconformidad de género en la infancia se convierta en un nuevo diagnóstico de la CIE;

68.  Pide a la Comisión que recopile datos sobre, y que oriente a los Estados miembros sobre las mejores prácticas para proteger los derechos fundamentales de estas personas; lamenta que siga practicándose la cirugía de «normalización» genital en niños intersexuales en los Estados miembros de la Unión Europea pese a no ser necesaria desde el punto de vista médico y a que los procedimientos médicos en niños les causan un trauma psicológico a largo plazo;

69.  Pide a los Estados miembros que apliquen plenamente la Directiva sobre los derechos de las víctimas y que identifiquen y colmen las lagunas existentes en sus sistemas de protección de los derechos de las víctimas, prestando especial atención a los grupos vulnerables, como los derechos de los niños, de los grupos minoritarios o de las víctimas de delitos motivados por el odio.

En el debate, participaron algunos de los eurodiputados españoles. Teresa Jiménez-Becerril Barrio (del Partido Popular) expresó su voto favorable y calificó de acertado el informe en su denuncia de la situación de las mujeres víctimas de violencia de género, de la trata, de los colectivos LGTB víctimas del odio o de los migrantes, aunque lamentó la falta de menciones a los derechos de las víctimas del terrorismo, recordando los últimos atentados sufridos en distintas ciudades europeas. Juan Fernando López Aguilar (del Partido Socialista Obrero Español) describió el paisaje de los derechos fundamentales en Europa como «oscuro, señalado por el populismo, el nacionalismo extremo, el odio al diferente, la estigmatización del otro y el discurso del odio que conduce a la xenofobia y al racismo» y abogó por la lucha contra todo tipo de discriminación. Por último, Ramon Tremosa i Balcells (del PDeCAT) dedicó toda su intervención a la situación política de Cataluña.

Estos fueron los votos de los eurodiputados españoles:

  • A favor:
    • Grupo Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa:
      • Beatriz Becerra Basterrechea (Independiente), Izaskun Bilbao Barandica (PNV), Enrique Clavet Chambon, (Independiente), María Teresa Giménez Barbat (no afiliada), Javier Nart Peñalver (Ciudadanos), Maite Pagazaurtundúa Ruiz (UPyD) y Ramon Tremosa i Balcells (PDeCAT).
    • Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica:
      • Xabier Benito Ziluaga (Podemos), Tania González Peñas (Podemos), Lola Sánchez Caldentey (Podemos), Estefanía Torres Martínez (Podemos) y Miguel Urbán Crespo (Podemos).
    • Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos):
      • Pilar Ayuso González (PP), Agustín Díaz de Mera García Consuegra (PP), Rosa Estaràs Ferragut (PP), Santiago Fisas Ayxelà (PP), Francesc Gambús i Millet (no inscrito), Esteban González Pons (PP), Luis de Grandes Pascual (PP), Esther Herranz García (PP), Teresa Jiménez-Becerril Barrio (PP), Verónica Lope Fontagné (PP), Antonio López-Istúriz White (PP), Gabriel Mato Adrover (PP), Francisco José Millán Mon (PP) y José Ignacio Valcárcel Siso (PP).
    • Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europeo:
      • Clara Eugenia Aguilera García (PSOE), Inés Ayala Sender (PSOE), José Blanco López (PSOE), Soledad Cabezón Ruiz (PSOE), Jonás Fernández Álvarez (PSOE), Iratxe García Pérez (PSOE), Eider Gardiazabal Rubial (PSOE), Enrique Guerrero Salom (PSOE), Sergio Gutiérrez Prieto (PSOE), Ramón Jáuregui Atondo (PSOE), Juan Fernando López Aguilar (PSOE), Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández (PSOE) y Elena Valenciano Martínez-Orozco (PSOE).
  • En contra:
    • Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos):
      • Pilar del Castillo Vera (PP) y José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra (PP).
  • Abstenciones:
    • Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica:
      • Javier Couso Permuy (IU), Paloma López Bermejo (IU), María Lidia Senra Rodríguez (Alternativa galega de esquerda en Europa) y Ángela Vallina de La Noval (IU).

Las diputadas Terry Reintke y Malin Björk, copresidenta y vicepresidenta respectivamente del Intergrupo LGTBI del Parlamento Europeo, hacían la siguiente declaración:

A pesar del gran progreso en muchos países durante la última década, la discriminación contra las personas LGTBI sigue siendo una realidad en la Unión Europea. Las personas LGBTI deben permanecer libres de discriminación, intimidación y violencia. Se debe garantizar su derecho a la autodeterminación y se debe proteger su integridad física.

Este informe es una evaluación clave para salvaguardar los derechos fundamentales en la Unión Europea. Ahora contamos con el Consejo de Europa y la Comisión Europea para seguir trabajando en la protección y salvaguarda de los derechos de las personas LGTBI en todas las áreas de la vida.

Por su parte, la vicepresidenta de la formación, Sirpa Pietikäinen, hacía la siguiente reflexión sobre las terapias de conversión LGTBI:

Actualmente, solo el Reino Unido, Malta y algunas regiones de España han prohibido explícitamente las terapias de conversión LGBTI. El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de Derechos Humanos ya han condenado la práctica de las terapias de conversión en varios países.

Hoy, por primera vez, el Parlamento Europeo toma una posición contra las terapias de conversión LGBTI. Este informe es un ejemplo de cómo la Unión Europea puede estar a la vanguardia de la lucha por los derechos fundamentales.

“No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras. “Terapias” reparadoras: no solo inútiles, también peligrosas

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. Precisamente en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas. Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. La Asociación Americana de Psicología, por ejemplo, hizo ya en 2009 un llamamiento a los psicólogos para que las abandonasen definitivamente tras revisar la evidencia científica disponible y concluir que ya no resulta posible sostener que un paciente puede cambiar su orientación sexual a través de terapia, mientras que los daños potenciales de tales intervenciones pueden ser graves, incluyendo depresión y tendencias suicidas. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

Fuente Pink News, vía EstoyBailando/Dosmanzanas/Cristianos Gays

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La ley LGTBI valenciana prohibirá las terapias para cambiar la orientación sexual y prevé multas de hasta 45.000 euros

Sábado, 3 de marzo de 2018
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inclusion-agencia-valenciana-igualdad-alberto_ediima20180227_0484_5La norma reconoce el derecho a la igualdad y la no discriminación, defiende a las familias “en plural” y considera la diversidad sexual como un valor, con medidas en el ámbito educativo, sanitario y de la seguridad.

El anteproyecto de la Ley Valenciana para la Igualdad de las Personas Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales e Intersexuales (LGTBI) garantizará el derecho a la igualdad real y efectiva de estos colectivos, prohibirá el uso de “métodos, programas o terapias de aversión” destinados a modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas y recogerá multas de hasta 45.000 euros en los casos de incumplimiento de la normativa.

El borrador de la ley, presentado este martes ante entidades y colectivos de personas LGTBI de la Comunitat Valenciana por parte del secretario autonómico de Inclusión, Alberto Ibáñez, reconoce el derecho a la igualdad y la no discriminación, defiende a las familias “en plural” y considera la diversidad sexual como un valor, con medidas en el ámbito educativo, sanitario y de la seguridad.

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Representantes del Consell, los grupos políticos y diferentes colectivos que han participado en la presentación del anteproyecto de ley LGTBi

Entre las novedades de la ley valenciana respecto a las aprobadas por otras comunidades, está el tratamiento a los intersexuales, colectivo al que se dedica un capítulo específico de la ley, que sitúa “a la vanguardia” a la Comunitat Valenciana, y para el cual prevé unidades de referencia que atiendan a estas personas con un itinerario individual de atención sanitaria integral.

La nueva legislación prestará una atención integral real y efectiva a las víctimas de violencia por LGTBIfobia, con un protocolo específico para ello, y establecerá sanciones por incumplimiento de la ley por vulneración de los derechos de estas personas.

Fuente Texto y Fotos El Diario.es, vía Cáscara Amarga

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Merkel y Schulz pactan una nueva gran coalición que no contempla las principales reivindicaciones de los colectivos LGTBI alemanes

Sábado, 10 de febrero de 2018
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e383e489b22333e1b295a9f95be8337e7e5e96ee-jpg_1718483346Más de cuatro meses después del varapalo electoral a ambas formaciones, los democristianos de Angela Merkel y los socialdemócratas de Martin Schulz han alcanzado un acuerdo para gobernar los próximos cuatro años en una nueva gran coalición. Como ya ocurrió tras las elecciones de 2013, el documento consensuado prácticamente solo contiene referencias vagas al respeto de la diversidad afectivo-sexual y de género. Las principales reivindicaciones del activismo, sobre derechos trans, lucha contra la LGTBfobia o refugiados, se han quedado fuera del pacto firmado por la CDU/CSU y el SPD.

Nuevo Gobierno en Alemania. Las elecciones de septiembre del año pasado castigaron a los dos principales partidos, que habían gobernado juntos desde 2013, y abrieron las puertas del Bundestag a la extrema derecha de AfD. Angela Merkel intentó un acuerdo a tres entre democristianos, liberales y verdes, pero tras el fracaso de de las conversaciones se dirigió a los socialdemócratas para pedirles que se replantearan su rechazo inicial a repetir una gran coalición con la canciller. Largas semanas de encuentros a varias bandas que han cristalizado en un documento (PDF) que todavía debe ser ratificado por los afiliados del SPD.

Ya durante las negociaciones, la Federación de Gais y Lesbianas de Alemania (LSVD) redactó una propuesta (PDF) con sus principales reivindicaciones a los partidos del futuro Gobierno. Pues bien, ninguno de sus puntos se encuentra claramente recogido en el acuerdo, que dedica apenas quince líneas de sus 179 páginas a la comunidad LGTBI. En el apartado de Familia, los partidos de la gran coalición manifiestan de manera genérica su “respeto” por la diversidad de género y la igualdad de derechos y obligaciones y su disposición a luchar contra la homofobia y la transfobia. Uno de los pocos compromisos concretos es la prohibición de las cirugías de “normalización” en menores intersexuales, salvo en casos de riesgo para la vida.

La segunda mención a la realidad LGTBI se encuentra en el capítulo de Derechos. La CDU/CSU y el SPD se comprometen a implementar las reformas que aún sean necesarias para garantizar el acceso al matrimonio de las parejas del mismo sexo, que lleva vigente desde octubre del año pasado. También reivindican la labor de la fundación Magnus Hirschfeld, tras conocerse que en su patronato se sentará una diputada de la extrema derecha de AfD que defiende posturas ferozmente LGTBfobas.

Y eso es todo: ni una palabra sobre asuntos decisivos como la reforma de la Constitución para incluir la orientación sexual y la identidad de género en el artículo que prohíbe la discriminación. Una carencia chocante si se tiene en cuenta que la CDU/CSU sí que accedió a hablar sobre este tema con el FDP y los Verdes, antes de que naufragara esa opción de Gobierno. Ausente está, de igual modo, la reforma de la ley de identidad de género para eliminar el requisito previo de un dictamen judicial, una larga reivindicación de las personas trans. Tampoco se da marcha atrás en la decisión de calificar a los países del Magreb como “seguros, también para los refugiados LGTBI. Ni se pondrá en marcha un nuevo plan federal de lucha contra la LGTBfobia.

El panorama, por tanto, no se presenta especialmente alentador para la comunidad. Parece que el SPD se conforma con la aprobación del matrimonio igualitario en la pasada legislatura y ha preferido dar la batalla en otros asuntos de su programa electoral. Este resultado decepcionante marcará probablemente los próximos cuatro años, puesto que la experiencia muestra que las mayorías parlamentarias tienen menos peso que los pactos de Gobierno. Basta recordar que la igualdad matrimonial solo se logró in extremis, a pesar del predominio de las fuerzas favorables a la misma. Aunque el nuevo Bundestag conserva en teoría una mayoría pro-LGTB (si se suman los escaños de SPD, FDP, Linke y Verdes), alcanzar un acuerdo de coalición satisfactorio en esta materia habría sido crucial.

Fuente Dosmanzanas

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