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La sentencia del aborto abre el camino a la derogación del derecho constitucional al matrimonio igualitario en Estados Unidos

Martes, 28 de junio de 2022
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8C6AC0F8-3581-4443-AA64-12B1A4241365El derecho constitucional de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio peligra en Estados Unidos, después de que la mayoría conservadora del Tribunal Supremo de ese país haya revertido el derecho de las mujeres y hombres gestantes a la interrupción voluntaria del embarazo. En una opinión concurrente con la decisión de sus otros cinco compañeros, el juez Clarence Thomas ha expresado su voluntad explícita de abordar de la misma manera cualquier caso que llegue ante el Supremo y que permita reconsiderar el fallo que en 2015 hizo extensivo el matrimonio igualitario a todo el país. 

Las parejas del mismo sexo tienen reconocido en Estados Unidos su derecho constitucional a contraer matrimonio en todo el país, por encima de la legislación de cada estado. Así lo decidió el Supremo en 2015 al fallar sobre el caso Obergefell v. Hodges. La historia que en concreto dio lugar a la sentencia fue la de Jim Oberfegefell, recurrente del estado de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción (el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales y no pudo celebrar su consecución).

Según detalla expresamente Clarence Thomas en su opinión concurrente al fallo sobre el aborto, una mayoría conservadora podría revertir la sentencia de Obergefell v. Hodges en el mismo sentido que ha hecho con Roe v. Wade, la sentencia que en 1973 declaró que el derecho al aborto tenía protección constitucional. Detalles aparte, tanto el matrimonio igualitario como el aborto, junto a otras cuestiones que han sido legalizadas para todo el país por el Tribunal Supremo, como el uso de anticonceptivos o la legalidad de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, han sido consideradas protegidas por la Constitución en sucesivas sentencias no porque el texto de esta haga mención expresa a ellas, sino porque se consideran amparadas por su 14ª enmienda, que garantiza el derecho de todos los ciudadanos al «debido proceso» y a la protección igualitaria de sus derechos con independencia de la jurisdicción en la que residan.

Según Clarence Thomas, todas estas sentencias deben ser reconsideradas porque han dado lugar a decisiones «erróneas» que deben ser literalmente corregidas.

Con la composición actual, el matrimonio igualitario podría ser derogado por 6 a 3

Si tenemos en cuenta la diferente composición del Tribunal Supremo de Estados en 2015 y ahora vemos que este riesgo es cierto:

  • Tres de los cuatro jueces que en su momento votaron contra el matrimonio igualitario siguen en activo: Samuel Alito, John Roberts y el propio Clarence Thomas. El cuarto, Antonin Scalia, falleció en 2016.
  • De los que votaron a favor siguen en activo otros tres (Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Stephen Breyer). Este último se retirará en breve, aunque ya cuenta con una sustituta confirmada, Ketanji Brown Jackson, de convicciones progresistas.
  • Las otras tres posiciones del Tribunal que han sido renovadas desde entonces están ocupadas por jueces ultraconservadores, propuestos por Donald Trump y confirmados por un Senado de mayoría republicana. Estas tres sustituciones son las que han desplazado el Tribunal a posiciones cercanas a las de la derecha religiosa. Neil Gorsuch sustituyó a Scalia, gracias a las malas artes de los republicanos (el Senado demoró durante casi un año la sustitución para evitar confirmar al candidato de Barack Obama). Brett Kavanaugh sustituyó a Anthony Kennedy, que se retiró en 2018 (él fue precisamente el ponente de Obergefell v. Hodges). Y la ultraconservadora y católica militante Amy Coney Barrett sustituyó a la progresista Ruth Bather Ginsburg, fallecida en septiembre de 2020, apenas dos meses antes de las elecciones que perdieron los republicanos. Pero claro, entonces los republicanos se apresuraron a dejar atada la sustitución de forma inmediata, a diferencia de lo que hicieron cuatro años antes cuando bloquearon el derecho de Obama a nominar al sustituto de Scalia.

En definitiva, el derecho constitucional al matrimonio igualitario podría ser derogado por 6 a 3 si alguna sentencia que lo desafiara llegara al Supremo con su compsición actual. Incluso si el actual presidente del Supremo, John Roberts, que en los últimos tiempos se ha alineado con la minoría progresista en algunos temas concretos, decidiese cambiar su posición respecto a la de 2016, habría una mayoría de 5 a 4.

Por supuesto, todo esto es una mera hipótesis… Por un lado, día de hoy no hay sobre la mesa ningún litigio judicial relativo al matrimonio igualitario con potencial de llegar a corto o medio plazo ante el Tribunal Supremo. Por otro, está por ver qué harían Gorsuch y Kavanaugh ante dicha situación. Pero lo que hoy día sabemos también es que los enemigos de los derechos LGTBI son incansables y cuentan con grandes recursos financieros, y que la situación actual de la política estadounidense, donde todo apunta a que los republicanos recuperarán el control del Senado en las elecciones del próximo noviembre, no es precisamente halagüena.

Fuente Dosmanzanas

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La jubilación del juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Anthony Kennedy amenaza los derechos conquistados por las personas LGTB

Miércoles, 11 de julio de 2018
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anthony-mcleod-kennedy-9362868-1-402El juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Anthony Kennedy ha anunciado su próxima jubilación, que tendrá lugar el próximo 31 de julio. Eso permitirá al presidente Donald Trump elegir a su sustituto, que posteriormente deberá ser convalidado por un Senado con mayoría republicana, inclinando aún más la balanza de fuerzas en el Tribunal Supremo del lado más conservador. Anthony Kennedy, a pesar de pertenecer también a esa sección, se ha destacado, sin embargo, por ser un firme defensor de los derechos civiles, significándose especialmente en cuanto a los derechos de gais, lesbianas y bisexuales. Las cuatro grandes sentencias del alto tribunal que abrieron el camino de la igualdad de derechos de ese colectivo lo tienen a él como ponente. Los grupos más reaccionarios ya están preparando estrategias para revertir esas sentencias, con la expectativa de la nueva composición del tribunal. Las decisiones futuras del Tribunal Supremo respecto a cuestiones como las leyes tránsfobas vigentes en municipos o estados, o la denegación de prestación de servicios a las personas LGTB escudándose en las creencias religiosas, quedarán en manos de jueces ultraconservadores.

El juez Anthony Kennedy, que cumplirá 82 años el próximo mes de julio, ha anunciado su retirada por jubilación como miembro del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Nombrado por el presidente Ronald Reagan en el año 1988, forma parte del sector conservador del alto tribunal. Sin embargo, en materia de derechos civiles se ha mostrado siempre favorable a la protección constitucional de la igualdad ante la ley para todos los ciudadanos. Así lo ha evidenciado en materias como el derecho a la libre decisión de la mujer sobre su embarazo o el respeto a los derechos de las personas LGTB, respecto a los cuales ha debido decidir en cuatro ocasiones fundamentales, que han pasado a formar parte de la historia de la lucha del colectivo estadounidense. En todas ellas, además, ha sido el ponente:

Romer vs. Evans o la protección contra la discriminación

romer-vs-evansEn 1992, los ciudadanos de Colorado votaron mayoritariamente a favor de una enmienda a la Constitución de ese estado, que impediría que los ciudadanos homosexuales o bisexuales pudieran solicitar a las instituciones públicas el ser considerados como minoría, y poder reclamar que se adoptasen a su favor las oportunas medidas antidiscriminatorias.

Por una mayoría de 6 votos contra 3, en mayo de 1996 el Tribunal Supremo dictaminó que esa enmienda violaba la Constitución de los Estados Unidos, pues impedía que las personas de una determinada orientación sexual pudieran denunciar cualquier discriminación arbitraria de la que fueran objeto. Según explicaba el juez Kennedy en la sentencia, «la enmienda es a la vez demasiado angosta y demasiado amplia. En ella se identifica a las personas por tan solo un rasgo, y luego se les deniega la protección en todos los ámbitos. La inhabilitación para ejercer el derecho a solicitar protección a un tipo determinado de personas no tiene precedentes en nuestra jurisprudencia».

La sentencia abrió el camino para que las leyes estatales y federales pudieran incluir medidas contra la discriminación de los ciudadanos por razón de la orientación sexual.

Lawrence vs. Texas o el fin de la penalización de la homosexualidad

lawrence-vs-texas-300x185En 1998, John Lawrence y Tyron Garner fueron detenidos en el domicilio del primero de ellos, en la ciudad de Houston. Se les acusaba de vulnerar la ley contra la «conducta homosexual» vigente en el estado de Texas, que penalizaba que dos personas del mismo sexo mantuvieran sexo oral o anal, aunque la relación sexual tuviera lugar en la intimidad de un domicilio particular, y aunque esas prácticas sí estuvieran permitidas para las parejas heterosexuales.

Tras una larga batalla legal, llena de apelaciones y sentencias contradictorias, el caso terminó en manos del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. No había precedentes halagüeños respecto a la doctrina del alto tribunal, pues en 1986 el panel de jueces entonces en activo había validado las leyes contra la sodomía del estado de Georgia. Pero sí que existía el precedente favorable de Romer vs. Evans y su declaración de inconstitucionalidad de las leyes que impidieran la protección contra la discriminación.

Afortunadamente, en una sentencia histórica fechada en junio de 2003, con ponencia de Anthony Kennedy, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó, por una mayoría de 6 votos contra 3, que las leyes contra la sodomía vigentes en varios de los estados vulneraban la Constitución de los Estados Unidos. No solo se declaraba inconstitucional que el Estado interfiera en las relaciones sexuales privadas y consensuadas entre adultos, sino que establecía que esos derechos a la intimidad y a la privacidad debían ser disfrutados igualmente por las parejas de distinto o del mismo sexo.

Lawrence vs. Texas supuso el fin de la penalización de las relaciones homosexuales en los Estados Unidos, convirtiéndose en el mayor avance en los derechos de las personas LGTB en ese país hasta la fecha.

US vs. Windsor o el reconocimiento federal de los derechos LGTB

ediewindsor-cropwebEdith (familiarmente «Edie») Windsor, de 83 años, no pudo acogerse a una serie de beneficios para los matrimonios en materia de herencia a la muerte de su esposa, Thea Spyer, en 2009, lo que la obligó a desembolsar 360.000 dólares en impuestos. Y ello pese a que Windsor y Spyer, pareja durante 44 años, se casaron en Canadá en 2007 y el estado de Nueva York reconoció su matrimonio (aunque Nueva York solo celebra matrimonios entre personas del mismo sexo desde 2011, antes ya reconocía los celebrados fuera de su territorio).

De todo ello era responsable la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo. Windsor reclamó que el no reconocimiento de su matrimonio por la administración federal violó las garantías de igualdad de protección contenidas en la Constitución de los Estados Unidos.

Tras una ardua batalla legal, el caso llegó a manos del Tribunal Supremo, que falló a su favor en una histórica sentencia fechada el 26 de junio de 2013, por una diferencia de 5 votos a favor y 4 en contra. El fallo, de nuevo con el juez Kennedy como redactor, dictaminaba que la sección 3 de la DOMA violaba las garantías de igualdad contenidas en la 5ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, lo que suponía que los matrimonios entre personas del mismo sexo pasasen a ser inmediatamente reconocidos por la administración federal, independientemente del lugar en el que se hubieran celebrado, en ámbitos como el fiscal, el migratorio o las pensiones.

US vs. Windsor allanó así el camino para la que sería la sentencia definitiva que reconocía la igualdad de las parejas del mismo sexo, que llegaría dos años después.

Obergefell vs. Hodges o la legalización del matrimonio igualitario

obergefell-vs-hodges-300x200Los nueve jueces del Tribunal Supremo tuvieron que discernir en esta ocasión si las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito se ajustaban a la Constitución de los Estados Unidos. Las cuatro parejas recurrentes reclamaban el derecho a contraer matrimonio en su estado de residencia, o a ver reconocido el contraído en otro estado donde fuera legal. Las sentencias afectaban a los estados de Tennessee, Michigan, Kentucky y Ohio y se trataban de las únicas por parte de una Corte de Apelaciones que habían dictaminado en contra del derecho al matrimonio igualitario.

Todas ellas se aunaron en el caso Obergefell v. Hodges, que hacía referencia al recurrente de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción. Lamentablemente, el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales.

El 26 de junio de 2015, de nuevo por una mayoría de 5 votos contra 4, el Tribunal Supremo declaraba inconstitucionales todas las leyes que prohibían el matrimonio igualitario. El argumento y fallo final del dictamen, firmado por el juez Kennedy, rezaba así:

Ninguna unión es más profunda que el matrimonio, ya que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, dedicación, sacrificio y familia. En la formación de una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que eran. Como algunos de los demandantes de estos casos han demostrado, el matrimonio representa un amor que puede incluso perdurar más allá de la muerte. Sería malinterpretar a estos hombres y mujeres afirmar que faltan al respeto a la idea del matrimonio. Su demanda se produce porque la respetan, la respetan tan profundamente que tratan de poder llevarla a cabo ellos mismos. Su esperanza es no estar condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho.

La sentencia de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito queda invalidada.

Con esta última sentencia no solo se legalizaba el matrimonio igualitario en todo el territorio estadounidense, sino que además se reconocía la discriminación histórica sufrida por gais, lesbianas y bisexuales con estas palabras del juez Kennedy:

Durante gran parte del siglo XX la homosexualidad fue tratada como una enfermedad. Mientras tanto, la intimidad entre personas del mismo sexo había sido largamente condenada como inmoral por el propio Estado en la mayoría de las naciones occidentales, una creencia que a menudo se encarnaba en la ley penal. El sexo entre dos hombres o dos mujeres sigue siendo un crimen en muchos Estados, y a los gais y lesbianas se les ha prohibido el acceso a la mayor parte del empleo público, se les ha excluido del servicio militar, de las leyes de inmigración, han sido objetivos de la policía y se les ha impedido el derecho de asociación.

La futura composición del Tribunal Supremo

us-news-supremecourt-1-abaCon el retiro de Anthony Kennedy, la composición del Tribunal Supremo queda, en un principio, equilibrada entre el sector conservador y liberal. Entre los miembros liberales se contaría a los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan (estas dos últimas propuestas por el presidente Barack Obama). El bando conservador lo integrarían los jueces John G. Roberts (actual presidente del Supremo y con voto de calidad), Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch (nombrado por el presidente Donald Trump).

Ese equilibrio lo romperá quien ocupe el cargo que ha dejado vacante el juez Kennedy. El nombramiento del nuevo miembro del Tribunal Supremo es una atribución del presidente Trump, aunque su decisión debe ser convalidada posteriormente por el Senado. Al estar este en manos de la mayoría republicana, es más que probable que el candidato presidencial sea respaldado sin problema alguno.

Donald Trump ya ha anunciado que anunciará su candidato el próximo 9 de julio, semanas antes de que sea efectivo el retiro del juez Kennedy. Según sus declaraciones, está barajando entre un grupo de quince posibles opciones, entre las que se contaría a dos mujeres.

Desde el Partido Demócrata se ha solicitado al presidente del Senado que aplace cualquier votación al respecto hasta que se celebren las próximas elecciones legislativas en el mes de noviembre, que, según las encuestas, devolverían el control de la cámara a los liberales. Piden que sea coherente con lo que él mismo defendió cuando el anterior presidente, Barack Obama, propuso a un candidato al Tribunal Supremo tras el fallecimiento del juez Antonin Scalia. El presidente del Senado aplazó la decisión hasta que se celebraron las elecciones presidenciales, con el argumento de que así el nuevo candidato tendría el respaldo de los votantes. Sin embargo, la petición ha sido desestimada de inmediato, ante el temor de que los demócratas hagan la propio si obtienen la mayoría en la cámara y aplacen la decisión del nombramiento hasta unas nuevas elecciones presidenciales. Según Mitch McConnell, líder de la mayoría republicana en el Senado, la votación sobre el candidato del presidente Trump al Tribunal Supremo tendrá lugar en el próximo mes de octubre.

Ciertamente, la mayoría republicana no se ha detenido ante nada para lograr sus objetivos. Cuando Donald Trump se presentó su candidato, Neil Gorsuch, tras ganar las elecciones, se rompió la regla de que la convalidación por el Senado fuera por una mayoría de tres cuartas partes, y se aprobó su nombramiento con mayoría simple, pues ocupan 51 de los 100 escaños del Senado. La única esperanza para los liberales es, por una parte, el delicado estado de salud del senador republicano John McCain, que le impediría acudir a la votación, y, por otro, la renuencia de dos senadoras republicanas, Susan Collins y Lisa Murkowski, a votar a un candidato opuesto al derecho a la interrupción del embarazo. Ambas han declarado que votarán de manera independiente sobre este asunto, pero también se ha dado a conocer que las dos han mantenido recientemente una reunión con Donald Trump para dialogar sobre este asunto.

El cargo de juez del Tribunal Supremo es vitalicio, por lo que el candidato que apruebe finalmente el Senado permanecerá previsiblemente en su cargo durante un largo período, pues, según los rumores, la media de edad de los candidatos valorados por el presidente ronda los 50 años. Por otra parte, la jueza Ruth Bader Ginsburg (de corte liberal) cuenta ya con 85 años de edad y un estado de salud delicado, lo que hace temer que su retiro sea también próximo y deba nombrarse otro sustituto. Existe pues, el temor fundado a que Tribunal Supremo de holgada mayoría ultraconservadora, con la visión más restrictiva de la Constitución y reacia a defender los derechos civiles de las minorías, sea quien tenga que decidir sobre cuestiones fundamentales durante décadas.

La amenaza para los derechos LGTB

Este nuevo escenario en el más alto tribunal de los Estados Unidos, cuyas decisiones son de altísima relevancia, ha causado entusiasmo entre los sectores de la sociedad más opuestos a los derechos de las minorías sexuales. Así, desde la asociación ultraconservadora Liberty Counsel se emitía un comunicado en el que se afirmaba que «con la jubilación del juez Kennedy habrá una nueva justicia que tendrá un gran impacto en el futuro de los Estados Unidos. Si el juez Kennedy es reemplazado por una persona que sea fiel al texto original y al significado de la Constitución, entonces solo será cuestión de tiempo que cambien varias decisiones horribles, incluidas el aborto y el matrimonio entre personas del mismo sexo».

Por su parte, Brian Brown, presidente de la altamente LGTBfoba National Organization for Marriage (NOM) ha solicitado donaciones para financiar una campaña que lleve de nuevo hasta el Tribunal Supremo la cuestión del matrimonio igualitario. Su propósito es que la nueva mayoría conformada tras el nombramiento del candidato del presidente Trump revierta la sentencia favorable al matrimonio igualitario, y se vuelva a la situación anterior, en la que serían los estados quienes legislarían respecto al matrimonio de manera independiente.

La amenaza para los derechos civiles que supone la nueva composición del Tribunal Supremo estadounidense puede tener consecuencias drásticas. Quedan pendientes de resolver conflictos que afectan a colectivos tan sensibles como el de las personas trans, que se enfrentan a leyes estatales y locales que tratan de impedir que puedan vivir de acuerdo con su identidad de género. También pueden llegar al alto tribunal recursos contra las sanciones a establecimientos y negocios que discriminen a las personas LGTBI escudándose en las convicciones religiosas de sus dueños (la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre un asunto semejante se limitaba exclusivamente a ese caso).

Tampoco hay que olvidar que, a diferencia de lo que sucede en otras jurisdicciones, las decisiones del Tribunal Supremo de los Estados Unidos son reversibles. Como hemos visto en el caso de Lawrence vs. Texas, la sentencia que declaró inconstitucionales las leyes estatales contra la sodomía revirtió una anterior que las había declarado conformes a la Constitución. El peligro de pérdida de derechos conquistados, como el mismo matrimonio igualitario, la protección contra la discriminación o, incluso, la no injerencia del Estado en las prácticas sexuales consensuadas entre adultos, está sobre la mesa.

Fuente Dosmanzanas

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Donald Trump afirma ahora que el matrimonio igualitario es un tema decidido por el Supremo… y que su opinión es ya “irrelevante”

Miércoles, 16 de noviembre de 2016
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160225024115_sp_melania_trump_640x360_getty_nocreditMeses después de amenazar con revertir la histórica decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre el matrimonio igualitario proponiendo en el futuro a nuevos jueces del alto tribunal dispuestos a valorar de nuevo la cuestión, Donald Trump ha asegurado, en su primera entrevista televisada tras ganar las elecciones presidenciales, que ya no considera necesario reabrir el tema. Una postura relativamente conciliadora, en la línea de sus declaraciones de los últimos días (mucho más templadas que las de los meses previos) y que de haber manifestado abiertamente durante las elecciones primarias seguramente hubiesen complicado mucho su elección como candidato republicano a la Casa Blanca. El activismo LGTB estadounidense, en cualquier caso, desconfía profundamente de las intenciones del presidente electo. Razones no le faltan.

Las declaraciones de Trump sobre el matrimonio igualitario se produjeron en una entrevista al programa 60 Minutes, de la CBS, en la que el presidente electo apareció rodeado de su actual familia. Preguntado sobre el miedo que su elección ha despertado en las minorías, Trump negó que tuvieran razones para ello, y culpó directamente a la prensa de ser la instigadora de ese miedo. Lesley Stahl, la entrevistadora, quiso profundizar más en concreto sobre sus intenciones sobre el colectivo LGBTQ. Donald Trump, como respuesta, le recordó que él mismo se había referido al colectivo LGBTQ en la convención repúblicana. “A todo el mundo le pareció genial. Yo les apoyo”, añadió.

Recordemos, en este punto, cuál fue la referencia exacta de Trump al colectivo LGBTQ en su discurso de aceptación de la nominación republicana: “Como vuestro presidente, haré todo lo que esté en mi mano para proteger a nuestros ciudadanos LGBTQ de la violencia y la opresión de una ideología extranjera llena de odio, creedme”. Esa fue la única referencia. Un recurso, en definitiva, a la islamofobia, pero que sirvió a algunos medios de comunicación generalistas para presentar a Trump como un político sensible a los derechos de este colectivo. Activistas LGTB como Michelangelo Signorile alertaron entonces de lo equivocado de esta percepción.

Tras recordar Trump esta referencia, Lesley Stahl se refirió, ya más en concreto, al matrimonio igualitario. “¿Apoya usted el matrimonio igualitario?”, le preguntó. “Es irrelevante, porque ya ha sido decidido por el Supremo. Es ley. Ya está hecho”, respondió. “¿Entonces, incluso si usted promueve un juez que…?”, trató de indagar Stahl, en referencia a la afirmación de Trump de que promovería jueces que en un futuro revirtieran la decisión. “Estos casos ya han sido visto por el Supremo. Han sido resueltos. Para mí está bien así”, zanjó Trump:

https://www.youtube.com/watch?v=jDVX8oj8h1c

No hubo más referencia a los derechos LGTB en la entrevista. Ni una palabra, por ejemplo, sobre la próxima decisión que el Tribunal Supremo debe tomar en esta materia, referida al derecho de un adolescente trans a usar en su instituto los aseos que se corresponden a su identidad de género. En cualquier caso, las declaraciones de Trump sobre el matrimonio igualitario suponen un titular potente, que ha sido recibido con precaución y escepticismo por el activismo LGTB estadounidense.

Es fácil entender las razones de este escepticismo. La reversibilidad del matrimonio igualitario nunca ha sido el mayor temor del activismo, dado que para ello sería necesario que el Tribunal Supremo se desdijera a sí mismo, y ello después de que Trump hubiese propuesto al menos a dos nuevos jueces (en este momento solo hay una vacante, la que dejó al fallecer el conservador Antonin Scalia, que de hecho ya fue uno de los que se opusieron a la decisión mayoría del Supremo en 2015) o que culminase con éxito una iniciativa de reforma de la Constitución de los Estados Unidos para incluir una definición excluyente de matrimonio (muy improbable a día de hoy). Lo que más preocupa en realidad al activismo LGTB son los más que probables (estos sí…) retrocesos en materia de políticas antidiscriminatorias, promovidas por el ala más conservadora del Partido Republicano, que recordemos, se presentó este año a las elecciones con la plataforma más abiertamente anti-LGTB de su historia.

Así por ejemplo el que será vicepresidente de Trump, Mike Pence anunciaba hace pocas semanas que una de las primeras medidas que Trump adoptaría sería anular las órdenes ejecutivas federales que impiden discriminar a las personas LGTB. Obama, recordemos, ha promovido dos importantes órdenes antidiscriminatorias que obligan tanto a las empresas que tengan o que aspiren a firmar contratos con la administración federal (firmada en 2014) como a las escuelas que reciben fondos federales (emitida hace pocos meses, como reacción a la ley LGTBfoba de Carolina del Norte, y que se encuentra en estos momentos sometida a escrutinio judicial). Otra iniciativa que posiblemente los republicanos intentarán promover será la denominada First Amendment Defense Act (FADA), una propuesta legislativa que prohibiría sancionar, con independencia de las regulaciones antidiscriminatorias de los estados, a todas aquellas personas y negocios que que se nieguen a prestar servicios a parejas del mismo sexo en base a motivos religiosos. En definitiva, una norma que haría virtualmente inútiles las regulaciones antidiscriminatorias de los estados en materia LGTB, y que el propio Donald Trump anunció en campaña que no tendría inconveniente en rubricar en caso de prosperar en el Congreso.

El próximo vicepresidente, un homófobo contrastado

Pence-rf-bill-signingPor desgracia, todos los analistas auguran a Mike Pence un papel mucho más activo en la futura administración federal que el de sus predecesores. Una muy mala noticia en clave LGTB, dado su perfil homófobo. Recordemos que su momento de mayor protagonismo como gobernador de Indiana vino precisamente de la mano de su oposición a los derechos LGTB: en marzo de 2015 sancionaba orgulloso una ley, aprobada por la legislatura del estado (bajo control republicano) cuyo objetivo era impedir que entes locales o el propio estado pudiesen aprobar normativas antidiscriminatorias que afectasen a la “libertad religiosa”, eufemismo que suponía la legalización de la discriminación contra las personas LGTB. Un acto en el que Pence quiso rodearse de numerosos líderes religiosos, algunos de ellos virulentamente homófobos (ver foto, a la derecha).

La norma provocó una intensísima reacción social en su contra, que amenazó con afectar seriamente la economía del estado y que de hecho dejó muy tocada su imagen. Mike Pence se vio obligado a promover una norma adicional que clarificase los límites de la ley e impidiese la discriminación en la prestación de servicios a personas por motivos de orientación sexual.

No es, por desgracia, el único antecedente homófobo de Pence, un político cercano a la derecha religiosa que en las primarias republicanas apoyó sin fisuras a Ted Cruz. Opuesto al aborto, a la investigación con células madre, negacionista del cambio climático y cercano al creacionismo, en el año 2000, durante su campaña para ser elegido congresista, llegó a proponer que se utilizasen fondos destinados a ayudar a personas con VIH para sufragar a organizaciones que promovieran las “terapias reparadoras” entre aquellos que quisiesen modificar su orientación sexual.

fuente Dosmanzanas

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El Supremo de Estados Unidos decidirá si es legal o no la discriminación de un adolescente trans al que no permiten usar el baño de chicos

Jueves, 3 de noviembre de 2016
Comentarios desactivados en El Supremo de Estados Unidos decidirá si es legal o no la discriminación de un adolescente trans al que no permiten usar el baño de chicos

4194699w-640x640x80El Tribunal Supremo de los Estados Unidos anunció este viernes que revisará el caso de Gavin Grimm, el adolescente trans al que se le ha prohibido usar el baño de chicos de su instituto. La decisión del Tribunal Supremo, aunque desde un punto de vista jurídico no hará otra cosa que dirimir un conflicto de legitimidades, marcará posiblemente la evolución de los derechos LGTB en Estados Unidos en los próximos años. Las perspectivas, en este caso, son bastante más inciertas que cuando se dirimió la cuestión del matrimonio igualitario. 

Recordemos en primer lugar el caso que el Tribunal Supremo va a revisar. Tras salir del armario como chico, Gavin Grimm comenzó a usar los baños que corresponden a su identidad masculina en su instituto de Gloucester (Virginia). Aparentemente ello no le supuso problema alguno con sus compañeros, pero en cuanto la noticia llegó a oídos de los padres un grupo de ellos solicitó al Consejo Escolar del Condado que se le habilitase un baño separado de los que usan el resto de estudiantes.

El joven, forzado a usar un baño distinto al que le corresponde como chico y asistido por la ACLU (American Civil Liberties Union), demandó al instituto ante la justicia federal en junio de 2015, al considerar que la medida suponía una violación del Título IX, la ley federal que desde principios de los años setenta prohíbe a toda institución educativa que reciba fondos del Gobierno discriminar por razón de sexo. Ya en abril de 2014, de hecho, el Departamento de Educación de Estados Unidos había publicado un documento aclarando que las protecciones derivadas del Título IX se extendían también a los estudiantes LGTB.

Cuando el juez federal Robert Doumar estudió el caso en primera instancia denegó la petición de Gavin, pero el joven apeló. Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito (con jurisdicción sobre los estados de Virginia, Virginia Occidental, Maryland, Carolina del Norte y Carolina del Sur) le dio la razón, por 2 votos contra 1, al considerar que el derecho del adolescente a usar los baños que corresponden a su identidad de género sí podía considerarse amparado por la legislación federal que prohíbe la discriminación por razón de sexo en las escuelas (si bien la Corte de Apelaciones reconocía en en su argumentación que la equivalencia jurídica entre “sexo” e “identidad de género” no está bien clarificada). Lo que hizo la Corte de Apelaciones fue devolver el caso al juez Doumar al considerar que este debía evaluar el caso de una forma más detallada a la luz de lo expuesto en el fallo (que puedes consultar íntegramente aquí). Doumar, finalmente, emitió una orden para que Gavin Grimm pudiese utilizar el baño que corresponde a su identidad masculina.

Una decisión que el Consejo Escolar del Condado de Gloucester apeló directamente al Tribunal Supremo, solicitando de este que con carácter urgente la orden quedase temporalmente invalidada en tanto se desarrollase el proceso legal. Algo a lo que el Tribunal Supremo accedió por 5 votos contra 3, gracias al voto decisivo de Stephen Breyer, uno de los miembros del bloque “progresista”, que en este caso se unió a los cuatro jueces de perfil más conservador. recordemos, el Tribunal Supremo de Estados Unidos está formado solo por 8 miembros, dado que tras el inesperado fallecimiento de Antonin Scalia el Partido Republicano, que controla el Senado, se ha negado a ratificar a Merrick Garland, el candidato propuesto por Barack Obama, al menos hasta que tengan lugar las elecciones presidenciales.

En caso de que Breyer se hubiera alineado con el resto de jueces progresistas habría habido un empate, con lo cual hubiera prevalecido, al menos temporalmente, la decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito.

El papel de la administración Obama

barack-obamaEn paralelo a todo este proceso, el propio departamento federal de Educación emitía el pasado mayo una instrucción que estipulaba que en efecto prohibir a los estudiantes trans usar las instalaciones que corresponden a su identidad de género supone una violación del Título IX. Aquel documento, que puedes descargar en su integridad aquí, tenía un carácter informativo y aclaratorio, y enumeraba las diferentes casuísticas que a juicio de la administración federal quedan cubiertas por el Título IX (y cuyo incumplimiento, por tanto, podría suponer la retirada de fondos federales) y aquellas que no. Según este documento queda cubierto, por ejemplo, el uso de baños públicos y vestuarios. También el que, en aquellos casos en los que de forma excepcional las escuelas convoquen actividades separadas por sexos (que de forma general están prohibidas en este tipo de centros), los estudiantes transgénero puedan acudir a las que corresponden a su identidad de género.

La acción de la administración Obama, conviene precisar, no venía desencadenada directamente por el caso de Gavin Grimm, sino que tenía lugar en el contexto de la aprobación por Carolina del Norte de su infame ley antiLGTB, gracias al control republicano de dicho estado. Un texto que prohíbe a los ayuntamientos y condados del estado establecer nuevas medidas contra la discriminación de las personas LGTB y deroga las previamente existentes (como la que ya había sido aprobada en la ciudad de Charlotte, que amparaba a lesbianas, gais, bisexuales y transexuales ante cualquier tipo de discriminación de que fueran objeto en lugares donde se ofrecen servicios, como comercios, restaurantes, hoteles o taxis). Entre las medidas prohibidas, la de permitir a las personas transexuales que puedan utilizar los aseos correspondientes a su identidad de género en cualquier centro público. Una ley contra la que la propia fiscal general de Estados Unidos, Loretta Lynch, ha interpuesto una demanda.

Finalmente, para complicar aún más la cosa, el juez federal Reed O’Connor, de Forth Worth (Texas), emitía en agosto una medida cautelar que dejaba en suspenso la instrucción emitida por el departamento de Educación, como respuesta a la demanda presentada por representantes de 13 estados. O’Connor consideró que el Gobierno estadounidense se excedió en sus funciones al obligar a los estados a elegir entre desobedecer la normativa federal (exponiéndose a perder fondos públicos) o acatarla, lo cual, en su opinión, contradice estatutos y textos regulatorios a nivel de los estados.

El Supremo decidirá… elecciones mediante

Esa es, más o menos, la situación de fondo en este momento. Ahora el Supremo ha decidido aceptar la apelación del Consejo Escolar del Condado de Gloucester referida al caso de Gavin Grimm para su discusión. El Consejo Escolar argumenta que en este caso la justicia federal ha actuado de forma inadecuada al asumir sin más la interpretación que una agencia federal hace de una regulación que ni siquiera tiene rango de ley.

Se trata, según los analistas, del caso de mayor perfil político de los que el Tribunal Supremo ha decidido aceptar desde el fallecimiento de Scalia. De ahí que sea previsible que genere una gran polémica. Entre otras cosas, debido al actual contexto político estadounidense.

Por lo pronto, la discusión del caso, y las correspondientes audiencias a las partes, no tendrá lugar hasta el año 2017. Lo que significa que no sabemos qué habrá sucedido entonces con el puesto vacante del Supremo. En el caso, absoluto descartable, de que Donald Trump se haga con la presidencia en las elecciones del 8 de noviembre y los republicanos mantengan el control del Senado, es muy posible que dicha vacante sea ocupada por un juez fuertemente conservador y contrario a los derechos LGTB (es de hecho, una de las promesas electorales de Trump, que ha llegado a defender el nombramiento de jueces que deshagan la sentencia de 2015 sobre el matrimonio igualitario). Pero incluso en el caso de que no sea así, y dicha plaza la ocupe finalmente Merrick Garland, el candidato propuesto por Obama y que lleva meses pendiente de confirmación), la discusión se prevé ajustada.

La estrategia del “pánico transexual”, transfondo de la polémica

images4Pocos dudan de que nos encontramos ante un caso especialmente trascendente. Los grupos opuestos a los derechos LGTB en Estados Unidos han encontrado en el “pánico transexual en los baños” el argumento que estaban buscando para relanzar su lucha en territorios en los que no cuentan con una ventaja social clara. Una estrategia que ensayaron con gran éxito en Houston, posiblemente la ciudad más abiertamente pro-LGTB del estado de Texas, donde una vergonzante campaña contra el uso de los baños femeninos por las mujeres transexuales consiguió tumbar en referéndum la normativa antidiscriminatoria que la ciudad había aprobado.

Meses después esta misma estrategia volvía a conseguir un éxito sonado en Carolina del Norte, donde la absurda polémica sobre los baños enmascaraba, como explicamos arriba, la aprobación de lo que es todo un paquete de medidas legales encaminadas a hacer posible la discriminación de las personas LGTB en muy diversos aspectos. Medidas que están encontrando, eso sí, una cada vez mayor contestación social y que pueden suponerle a Carolina del Norte la pérdida de importantes inversiones económicas (por ejemplo, la NBA ha decidido llevarse a otro estado la celebración del All-Star Game de 2017).

Si la decisión del Supremo es favorable al Consejo Escolar del Distrito de Gloucester y avala la discriminación tránsfoba de Gavin Grimm, esta estrategia habrá conseguido, de hecho, una victoria muy importante para el bando conservador. Si además esta se produjera en un contexto político hostil a los derechos LGTB (esperemos a los resultados del próximo 8 de noviembre…) las consecuencias podrían ser muy negativas.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Fallece el juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia, enemigo pertinaz de los derechos LGTB

Jueves, 18 de febrero de 2016
Comentarios desactivados en Fallece el juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia, enemigo pertinaz de los derechos LGTB

supreme-court-justices-john-roberts-antonin-scaliaEl juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia ha fallecido a los 79 años, mientras disfrutaba unos días de asueto en un rancho de Texas. De convicciones fuertemente conservadoras, el juez Scalia se ha significado por su pertinaz rechazo a cualquier avance en los derechos de las personas LGTB, al fallar en contra de los mismos en todas las ocasiones en que la discriminación del colectivo LGTB ha llegado a instancias del Tribunal Supremo. Queda ahora en manos del presidente Barack Obama, que debe proponerlo, y del Senado estadounidense, que debe corroborarlo, el nombramiento de su sucesor.

Las autoridades federales anunciaban el fallecimiento el pasado sábado 13 de febrero del juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia. El magistrado se encontraba en un rancho del oeste de Texas, al que había llegado la víspera para participar en una fiesta de carácter privado junto a otras cuarenta personas. Según las mismas fuentes, la investigación llevada a cabo permitiría considerar que el fallecimiento se ha debido a causas naturales.

Antonin Scalia fue propuesto para ser miembro del Tribunal Supremo por Ronald Reagan en 1986. Desde entonces ha destacado por su fuerte conservadurismo y por pertenecer al grupo de jueces “textualistas”, es decir, aquellos que interpretan la constitucionalidad o no de una materia en función de la literalidad del texto de la Constitución de Estados Unidos o, en su defecto, en función de lo que consideran que eran las intenciones originales de los padres de la Constitución en el momento de ser redactada. Así, estiman que asuntos como la pena de muerte, la prohibición del aborto o calificar como delito la sodomía son perfectamente constitucionales, ya que han formado parte de la tradición jurídica estadounidense desde el primer momento, incluso en vida de los padres de la Constitución, sin que estos expresaran dudas al respecto.

Él mismo declaró en 2012 que le resultaba “absolutamente fácil” sentenciar en contra de cuestiones como el derecho al aborto o “la sodomía homosexual”, cuya penalización justificaba en que “durante doscientos años ha sido un delito en todos los estados”. Esta aseveración se ha visto repetidamente respaldada por sus votos discrepantes en todos los casos dilucidados por el Tribunal Supremo en materia de derechos LGTB en los últimos años.

Romer vs. Evans o la protección contra la discriminación

En 1992, los ciudadanos de Colorado votaron mayoritariamente a favor de una enmienda a la Constitución de ese estado, que impediría que los ciudadanos homosexuales o bisexuales pudieran solicitar a las instituciones públicas el ser considerados como minoría, y poder reclamar que se adoptasen a su favor las oportunas medidas antidiscriminatorias.

Por una mayoría de 6 votos contra 3, en mayo de 1996 el Tribunal Supremo dictaminó que esa enmienda violaba la Constitución de los Estados Unidos, pues impedía que las personas de una determinada orientación sexual pudieran denunciar cualquier discriminación arbitraria de la que fueran objeto. Según la sentencia, “la enmienda es a la vez demasiado angosta y demasiado amplia. En ella se identifica a las personas por tan solo un rasgo, y luego se les deniega la protección en todos los ámbitos. La inhabilitación para ejercer el derecho a solicitar protección a un tipo determinado de personas no tiene precedentes en nuestra jurisprudencia”.

El juez Antonin Scalia discrepó de la sentencia, señalando en sus argumentos que “la enmienda constitucional que aquí nos ocupa no es la manifestación de un deseo de dañar a los homosexuales, a priori, sino más bien es un modesto intento por parte de los residentes de Colorado, aparentemente tolerantes, de preservar las costumbres sexuales tradicionales contra los esfuerzos de una minoría poderosa políticamente de revisar esas costumbres por medio del uso de las leyes”.

El magistrado justificaba repetidamente que se tratase de conservar en las leyes la desaprobación a la homosexualidad, bien sea penalmente o, como en el caso de Colorado, evitando la igualdad ante la ley de los homosexuales. Para el juez Scalia, que hacía así toda una declaración de principios y de prejuicios, el problema era que quienes participan de la conducta homosexual tienden a residir en un número desproporcionado en ciertas comunidades, disponen de altos ingresos y se preocupan por los derechos homosexuales mucho más ardientemente que el público en general, tienen un poder político mucho mayor que el que les corresponde por su número, tanto a nivel local como a nivel estatal. Es bastante comprensible que dediquen ese poder político para lograr no solo una tolerancia social a regañadientes, sino la aceptación social plena de la homosexualidad”.

Lawrence vs. Texas o el fin de la penalización de la homosexualidad

En 1998, John Lawrence y Tyron Garner fueron detenidos en el domicilio del primero de ellos, en la ciudad de Houston. Se les acusaba de vulnerar la ley contra la “Conducta Homosexual” vigente en el estado de Texas, que penalizaba que dos personas del mismo sexo mantuvieran sexo oral o anal, aunque la relación sexual tuviera lugar en la intimidad de un domicilio particular, y aunque esas prácticas si se les estuvieran permitidas a las parejas heterosexuales.

Tras una larga batalla legal, llena de apelaciones y sentencias contradictorias, el caso terminó en manos del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. No había precedentes halagüeños respecto a la doctrina del alto tribunal, pues en 1986 el panel de jueces entonces en activo había validado las leyes contra la sodomía del estado de Georgia. Pero sí que existía el precedente favorable de Romer vs. Evans y su declaración de inconstitucionalidad de las leyes que impidieran la protección contra la discriminación.

Afortunadamente, en una sentencia histórica fechada en junio de 2003, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó, por una mayoría de 6 votos contra 3, que las leyes contra la sodomía vigentes en varios de los estados vulneraban la Constitución de los Estados Unidos. No solo se declaraba inconstitucional que el Estado interfiera en las relaciones sexuales privadas y consensuadas entre adultos, sino que establecía que ese derecho a la intimidad y a la privacidad debía ser disfrutado igualmente por las parejas de distinto o del mismo sexo.

Uno de los tres jueces discrepantes fue, de nuevo, Antonin Scalia. En esta ocasión, en su argumentación denunciaba que la sentencia formaba parte de la, para él, bien conocida “agenda homosexual”, en la que estarían involucrados los más afamados bufetes de abogados. El juez justificaba su discrepancia en que “muchos estadounidenses no quieren que las personas que se dedican abiertamente a la conducta homosexual sean sus socios en los negocios, monitores de sus hijos, maestros en las escuelas de sus hijos, o formen parte del servicio doméstico. Ellos ven estas leyes como una protección para sí mismos y sus familias de un estilo de vida que creen que es inmoral y destructivo”. Finalmente llegaba a afirmar que la discriminación en este caso se trataba de “un derecho constitucional” al igual que lo era en cuestiones como el asesinato, el bestialismo, el incesto o la crueldad con los animales.

A pesar de los argumentos de Scalia, en la práctica, Lawrence vs. Texas supuso el fin de la penalización de las relaciones homosexuales en los Estados Unidos, convirtiéndose en el mayor avance en los derechos de las personas LGTB en ese país hasta la fecha.

US vs. Windsor o el reconocimiento federal de los derechos LGTB

Edith (familiarmente “Edie”) Windsor, de 83 años, no pudo acogerse a una serie de beneficios para los matrimonios en materia de herencia a la muerte de su esposa Thea Spyer en 2009, lo que la obligó a desembolsar 360.000 dólares en impuestos. Y ello pese a que Windsor y Spyer, pareja durante 44 años, se casaron en Canadá en 2007 y el estado de Nueva York reconoció su matrimonio (aunque Nueva York solo celebra matrimonios entre personas del mismo sexo desde 2011, antes ya reconocía los celebrados fuera).

De todo ello era responsable la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo. Windsor reclamó que el no reconocimiento de su matrimonio por la administración federal violó las garantías de igualdad de protección contenidas en la Constitución de los Estados Unidos. Leer más…

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos aprueba el matrimonio igualitario y reconoce la discriminación histórica de gais, lesbianas y bisexuales

Sábado, 27 de junio de 2015
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court5Por una mayoría de 5 votos favorables a 4, el plantel de jueces del Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha dictaminado que el matrimonio es un derecho constitucional del que no se puede excluir a las parejas del mismo sexo. El espíritu de la sentencia puede resumirse en su resolución final, en la que los magistrados favorables estiman que las parejas demandantes reclamaban “igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho”. Contra esta argumentación, la minoría disidente alude a argumentos caducos como el relacionar matrimonio y procreación o el socavamiento de la libertad religiosa.

Las previsiones más optimistas se han visto cumplidas y la más alta instancia judicial de los Estados Unidos, su Tribunal Supremo, intérprete máximo de la Constitución, ha dictaminado que las parejas del mismo sexo de todo el país tienen el derecho constitucional a contraer matrimonio, sea cual sea el estado en el que residan. Así, el matrimonio igualitario alcanza a todos aquellos estados donde las leyes que lo prohibían aún estaban vigentes o pendientes de resolución judicial definitiva: Dakota del Norte, Dakota del Sur, Nebraska, Kansas, Texas, Misuri, Arkansas, Luisiana, Mississippi, Alabama, Georgia, Tennessee, Kentucky, Ohio y Michigan. La sentencia también afectará a otros territorios vinculados a las decisiones del Tribunal Supremo, como Puerto Rico.

Los nueve jueces del Tribunal Supremo debían discernir si las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito se ajustaban a la Constitución de los Estados Unidos. Las cuatro parejas recurrentes reclamaban el derecho a contraer matrimonio en su estado de residencia, o a ver reconocido el contraído en otro estado donde era legal. Afectaban a sentencias de los estados de Tennessee, Michigan, Kentucky y Ohio.

Todas ellas se aunaron en el caso Obergefell v. Hodges, que finalmente fue aceptado por el Tribunal Supremo para su consideración a principios de año. El caso hacía referencia al recurrente de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción.  Lamentablemente, el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales.

El ponente de la sentencia ha sido el juez Anthony Kennedy (el mismo del fundamental y precursor caso Windsor), a quien se han unido con su voto favorable los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan. El juez Kennedy establece que el matrimonio es un derecho fundamental, y que “la identificación y protección de los derechos fundamentales es una parte perdurable de la obligación judicial de interpretar la Constitución”. Prohibir ese derecho fundamental a un grupo determinado de ciudadanos vulnera la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que ampara el derecho al debido proceso y la igual protección ante la ley: ”Ningún estado podrá dictar ni dar efecto a una ley que limite los privilegios o exenciones de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún tribunal de cualquiera de los estados podrá privar a una persona de su vida, su libertad o propiedad sin el debido proceso legal; ni podrá denegar a una persona dentro de su jurisdicción la igual protección ante las leyes. Si los estados permiten que las personas se casen con otras personas del sexo opuesto de su elección, deben permitir que las personas hagan la misma elección con cónyuges del mismo sexo”.

Discriminación histórica

No obstante, algunos esperaban que los fundamentos del fallo hicieran referencia a la orientación sexual como merecedora del más alto escrutinio, el mismo que merecen el sexo, la raza o el origen étnico. Eso hubiera significado que ninguna ley, mandato u ordenanza podría discriminar, ni siquiera por omisión, a los ciudadanos de los Estados Unidos en base a su orientación sexual. Sin embargo, la sentencia únicamente se ha ceñido al derecho al matrimonio y a la vulneración de la igual protección ante la ley en ese ámbito.

Aunque el dictamen contiene un detalle que no se ha pasado por alto: el juez Kennedy califica la orientación sexual de gais, lesbianas y bisexuales como “de naturaleza inmutable”, incidiendo más tarde en que “los psiquiatras y otros expertos han reconocido que la orientación sexual es una expresión normal de la sexualidad humana y es inmutable”. Esta calificación da fin a cualquier debate jurídico sobre la elección arbitraria de la orientación sexual y abre la puerta a que en futuros casos se le estipule el más alto escrutinio, pues la cuestión de la “naturaleza inmutable” ha sido fundamental para que le fuera reconocido al sexo o a la raza. A nadie se le escapa tampoco la relevancia que podrá tener en la lucha contra las terribles “terapias reparadoras”.

Pero el factor principal para designar a un grupo como merecedor del más alto escrutinio es el hecho de que haya sido históricamente discriminado. El juez Kennedy lo establece sin duda alguna: ”Durante gran parte del siglo XX la homosexualidad fue tratada como una enfermedad. Mientras tanto, la intimidad entre personas del mismo sexo había sido largamente condenada como inmoral por el propio Estado en la mayoría de las naciones occidentales, una creencia que a menudo se encarnaba en la ley penal. El sexo entre dos hombres o dos mujeres sigue siendo un crimen en muchos Estados, y a los gais y lesbianas se les ha prohibido el acceso a la mayor parte del empleo público, se les ha excluido del servicio militar, de las leyes de inmigración, han sido objetivos de la policía y se les ha impedido el derecho de asociación”. La repercusión que este argumento pueda tener en futuras sentencias, de este u otro tribunal, es indudable.

Finalmente, la sentencia se fundamenta en el derecho a la igual dignidad de todos los ciudadanos, sin excepción, y en la decisión de no excluir a ninguna persona de un derecho fundamental, la institución del matrimonio, que no hace sino engrandecerse al poder acoger a todos los ciudadanos:

Ninguna unión es más profunda que el matrimonio, ya que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, dedicación, sacrificio y familia. En la formación de una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que eran. Como algunos de los demandantes de estos casos han demostrado, el matrimonio representa un amor que puede incluso perdurar más allá de la muerte. Sería malinterpretar a estos hombres y mujeres afirmar que faltan al respeto a la idea del matrimonio. Su demanda se produce porque la respetan, la respetan tan profundamente que tratan de poder llevarla a cabo ellos mismos. Su esperanza es no estar condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho.

La sentencia de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito queda invalidada.

Votos discrepantes

Los votos contrarios a la sentencia han partido de los jueces John G. Roberts (actual presidente del Supremo), Antonin Scalia, Clarence Thomas y Samuel Alito, como la mayoría de los expertos había previsto. Han presentado sus argumentos en cuatro opiniones de disenso, que ocupan dos tercios de los 103 folios que componen la sentencia.

La más profusa, elaborada por el juez Roberts, ha sido firmada también por Scalia y Thomas, e incide en viejos argumentos como el de relacionar matrimonio con procreación: “el matrimonio es una solución socialmente organizada para el problema de lograr que las personas permanezcan unidas y cuiden a sus hijos, pues el mero deseo de tener hijos y el sexo que hace posible que haya niños, no lo resuelve”. No sabemos si ese criterio es aplicable a las parejas heterosexuales que no puedan o no quieran procrear.

También echa mano el juez Roberts de la definición del matrimonio que ofrece la primera edición del diccionario Webster, como argumento de  peso: “la unión legal de por vida entre un hombre y una mujer”. Al parecer, al Webster aún no había llegado el divorcio. Pero su argumento fundamental es que no se trata de una cuestión de índole constitucional, sino de una decisión que debería poder tomar el pueblo mediante votación, aunque suponga la discriminación de parte de la ciudadanía. Así lo evidencia en su sorprendente conclusión final: “Si se encuentra usted entre los muchos estadounidenses, cualquiera que sea su orientación sexual, que están a favor de la expansión de los matrimonios del mismo sexo, por supuesto que celebrará la decisión de hoy. Celebrará el logro de una meta deseada. Celebrará la oportunidad de una nueva expresión del compromiso con su pareja. Celebrerá la disponibilidad de nuevos beneficios. Pero no celebrará la Constitución. No tenía nada que ver con eso”.

El juez Scalia llega tan lejos como para negar que el propio tribunal al que pertenece pueda dictar resolución alguna: “Un sistema de gobierno que subordina a las personas a un comité de nueve magistrados no electos no merece llamarse una democracia”, una clara referencia a que la mayoría de las legislaciones contra el matrimonio igualitario habían sido convalidadas mediante referéndum. Scalia asevera que no es un intolerante mientras califica a sus colegas firmantes de la sentencia favorable de “narcisistas pretenciosos”.

El juez Clarence Thomas considera que la cuestión del matrimonio entre personas del mismo sexo debería haberse limitado a una cuestión política, no judicial. También teme que la decisión mayoritaria socave la libertad religiosa. Aunque lo más sorprendente es que el siguiente argumento provenga del único miembro afroamericano del alto tribunal: “El corolario de este principio es que la dignidad humana no puede ser socavada por el gobierno. Los esclavos no perdieron su dignidad (más de lo que pierden su humanidad) porque el gobierno permitiera que fueran esclavizados. Los detenidos en campos de internamiento no perdieron su dignidad  porque el gobierno les confinara allí. Y a quienes les niegan beneficios gubernamentales ciertamente no pierden su dignidad porque el gobierno se los niegue. El gobierno no puede conceder la dignidad, y no la puede quitar”.

Finalmente, el juez Samuel Alito se muestra muy preocupado por que los partidarios de los derechos LGTB utilicen los argumentos de la mayoría del tribunal respecto a la discriminación histórica del colectivo para vilipendiar a quienes quieran discriminarles: Serán utilizados para vilipendiar a los estadounidenses que no estén dispuestos a asentir a la nueva ortodoxia. En sus fundamentos, la mayoría del tribunal compara las leyes tradicionales de matrimonio a las leyes que negaban la igualdad de trato para los afroamericanos y las mujeres. Las implicaciones de esta analogía serán explotadas por aquellos que están decididos a acabar con todo vestigio de disidencia”.

Fuente Dosmanzanas

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Tras escuchar argumentos a favor y en contra del matrimonio igualitario, el Supremo de Estados Unidos mantiene el suspense

Jueves, 30 de abril de 2015
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SCOTUSScheduledLos nueve miembros del Tribunal Supremo de los Estados Unidos han escuchado este martes 28 de abril los argumentos orales a favor y en contra de la inconstitucionalidad de prohibir a las parejas del mismo sexo contraer matrimonio. Como es habitual en estos casos, los analistas han examinado con lupa todas y cada una de las preguntas que los magistrados han hecho a las partes. No parece haber sorpresas: el juez que según las previsiones inclinará la balanza hacia uno u otro lado, Anthony Kennedy, ha hecho observaciones comprometidas para las dos partes. También lo ha hecho John Roberts, a priori alineado con los conservadores. El proceso, como hemos señalado en entradas anteriores, puede significar la definitiva extensión del matrimonio igualitario a todo el país o la regresión hacia una situación de profunda desigualdad jurídica en función del estado en el que se viva.

El Tribunal Supremo anunciaba en enero que en este primer semestre de 2015 revisaría el fallo de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, con sede en Cincinnati, que en noviembre de 2014 decidió sobre los recursos a cuatro sentencias favorables al matrimonio igualitario emitidas por cuatro jueces federales en los estados de Kentucky, Michigan, Ohio y Tennessee.  En los dos primeros casos, las sentencias se referían a parejas del mismo sexo a las que no se les permite contraer matrimonio, mientras que en Ohio y Tennessee las sentencias obligaban a reconocer matrimonios ya celebrados en otros estados. La Corte de Apelaciones del 6º Circuito, sin embargo, falló en sentido contrario, al considerar que la decisión o no de autorizar el matrimonio igualitario corresponde a los estados y no es una cuestión que deba dirimirse en base a argumentos constitucionales (en concreto a los derechos al debido proceso y a la igual protección recogidos en la 14ª enmienda a la Constitución de los Estados Unidos), como sí han considerado el resto de circuitos que se han pronunciado hasta el momento  (el Décimo, el Cuarto y el Séptimo) y casi todos los jueces federales que han fallado ya sobre el asunto.

Los equipos legales de las parejas demandantes decidieron recurrir directamente al Tribunal Supremo. De las apelaciones presentadas, el alto tribunal decidió dar respuesta a dos cuestiones:

  1. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado autorice un matrimonio entre dos personas del mismo sexo?
  2. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado reconozca el matrimonio entre dos personas del mismo sexo, cuando dicho matrimonio ha sido legalmente autorizado y tenido lugar fuera de ese estado?

A priori: resultado muy ajustado (5-4 a favor, 5-4 en contra…)

¿Cuál es el equilibrio de poder, en este caso? La mejor referencia es la de junio de 2013, cuando el Tribunal Supremo, por 5 votos contra 4, consideró que la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, violaba las garantías de igualdad contenidas en la 5ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.

En aquella ocasión fallaron a favor los cuatro jueces considerados de perfil liberal (Stephen Breyer, Elena Kagan, Ruth Ginsburg y Sonia Sotomayor) y Anthony Kennedy, cuyo voto resultó decisivo y que fue, de hecho, el ponente de la sentencia. En contra fallaron los cuatro jueces de perfil más conservador (Samuel Alito, Antonin Scalia, Clarence Thomas y el actual presidente del Supremo, John Roberts).

Tras los argumentos orales… ¿Dos posibles votos oscilantes?

court5Pero, ¿qué ha pasado este martes? Sin entrar en mucho detalle, los analistas señalan que, a tenor de las preguntas que han hecho a las partes, la clave estará en dos jueces: el propio Anthony Kennedy, cuyo voto podría volver a ser el decisivo, y John Roberts, que hace dos años prefirió inclinarse en contra de los intereses de los matrimonios del mismo sexo. Ambos han hecho preguntas incómodas para los dos partes.

Anthony Kennedy ha provocado cierta inquietud en los partidarios del matrimonio igualitario al considerar, al dirigirse a Mary Bonauto, abogada de las parejas, que el matrimonio ha sido entendido durante “milenios” como una unión entre un hombre y una mujer. “Es difícil para el Tribunal llegar y decir ahora: ‘bueno, nosotros lo sabemos mejor’”. Kennedy, sin embargo, también se mostraba inquisitivo con John Bursch, que representaba a los estados que prohíben el matrimonio igualitario, al que le pedía explicar por qué el hecho de que dos personas del mismo sexo puedan casarse pone en peligro el matrimonio tradicional. También se ha mostrado preocupado por cómo la prohibición del matrimonio igualitario afecta a los hijos de parejas homosexuales. Kennedy ha afirmado además que “el propósito fundamental del matrimonio es dignificar a las parejas, algo que se niega a las parejas del mismo sexo”.

John Roberts, por su parte, ha mostrado también su preocupación por lo que ha considerado un cambio profundo de la institución del matrimonio, pero por otro lado ha pedido explicaciones a los contrarios al matrimonio igualitario. “Si Sue ama a Joe y Tom ama a Joe, y Sue puede casarse con él pero Tom no… ¿Por qué no estamos hablando de una situación de discriminación sexual?”, se ha preguntado.

Más previsibles han sido las manifestaciones del resto de magistrados, tanto de los más conservadores como de los más liberales. Entre estos últimos han destacado algunos comentarios de Ruth Ginsburg, uno de los votos seguros a favor del matrimonio igualitario, que ha destacado que ya en el pasado la definición de matrimonio ha cambiado, pasando de ser una institución en la que había una parte dominante y otra subordinada a ser una institución igualitaria entre las partes.

En definitiva, nada está claro. El resultado podría ser un 5-4 a favor de la inconstitucionalidad de prohibir el matrimonio igualitario (sería el resultado más coherente con el de hace dos años sobre la DOMA), un 5-4 en contra, o incluso un 6-3 a favor, en caso de que Kennedy mantenga argumentaciones alineadas con la sentencia que él mismo redactó en 2013 y Roberts decida dar la sorpresa.

La solución, a finales de junio…

Fuente Dosmanzanas

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El matrimonio igualitario es una realidad en Alabama y provoca la rebelión de los enemigos de los derechos LGTB

Sábado, 14 de febrero de 2015
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250px-Seal_of_Alabama.svgEste lunes 9 de febrero empezaron a celebrarse las primeras bodas entre parejas del mismo sexo en el estado de Alabama, una vez que había finalizado la suspensión temporal dictada por la juez Granade cuanto dictaminó la inconstitucionalidad de las leyes estatales que las prohibían. Sin embargo, el presidente de la Corte Suprema del estado, el fundamentalista cristiano Roy Moore, ha decidido rebelarse contra los tribunales federales y ha ordenado a los jueces de familia que no emitan licencias de matrimonio a las parejas del mismo sexo. Debido a la controversia legal generada, gran parte de los condados han decidido no facilitar licencias de matrimonio a ninguna pareja, sean del mismo o de distinto sexo. Por su parte, la Corte de Apelaciones del 11º Circuito ha decidido dejar en suspenso el proceso de apelación de los casos de Florida y Alabama, hasta la decisión definitiva del Tribunal Supremo de los Estados Unidos respecto al matrimonio igualitario.

La juez Callie V. S. Granade dictaminó el pasado 23 de enero sobre el caso de la pareja formada  por Cari Searcy y Kimberly McKeand, que habían contraído matrimonio en California pero residen actualmente en Alabama. Cari quería adoptar a la hija de Kimberly, amparándose en las leyes estatales que permiten la adopción del hijo del cónyuge, pero el estado sureño ni reconocía su matrimonio ni les permitía contraerlo, debido a la prohibición expresa que figura en su propia Constitución.

La juez falló a favor de las demandantes, resolviendo que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo establecida por las leyes de Alabama, violaba el derecho a la igual protección y al debido proceso recogidos en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. En el fallo también se recogía su suspensión cautelar hasta el 9 de febrero, con el fin de dar tiempo a la Fiscalía a preparar una posible apelación ante la Corte de Apelaciones del 11º Circuito.

El lunes 26, la misma juez resolvió sobre la demanda presentada por James Strawser y John Humphrey contra la administración de Alabama, por no permitirles contraer matrimonio. El fallo recogió los mismos argumentos que la sentencia previa, estableciendo la inconstitucionalidad de la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en el estado de Alabama. Al igual que en el fallo precedente, la sentencia fue suspendida cautelarmente hasta el lunes 9 de febrero.

La administración de Alabama presentó inmediatamente una moción de suspensión permanente de ambas sentencias ante la Corte de Apelaciones del 11º Circuito, que fue denegada mediante una escueta resolución que no ofrecía explicaciones. La Fiscalía procedió entonces a interponer la misma moción ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, específicamente ante la oficina del juez Clarence Thomas, uno de los miembros más conservadores del alto tribunal y encargado de supervisar el 11º Circuito de apelaciones.

El juez Thomas decidió someter al pleno del Tribunal Supremo la moción, que fue desestimada el mismo día 9, cuando vencía la suspensión temporal de la juez Granade. La resolución contó con los votos en contra, como en casos anteriores, del propio juez Thomas y del juez Antonin Scalia. Como en el caso de Florida, el alto tribunal denegaba por segunda vez suspender una sentencia favorable al matrimonio igualitario antes de que se haya resuelto su recurso por la Corte de Apelaciones correspondiente.

Rebelión del presidente de la Corte Suprema de Alabama

Por lo tanto, el 9 de febrero comenzaron a celebrarse las primeras bodas entre parejas del mismo sexo en el estado de Alabama. Aunque previamente había tenido lugar una controversia con la asociación mayoritaria de jueces de familia, que se había mostrado reacia a acatar la sentencia de la juez Granade. Incluso su portavoz había declarado que estimaba que el fallo solo era aplicable a las parejas demandantes. Ello hizo que la juez Granade, a instancia de las partes, emitiera una orden en la que clarifica su sentencia, en la que dejaba claro que era la misma Constitución de los Estados Unidos la que obligaba a la emisión de licencias de matrimonio a las parejas del mismo sexo. Tras la clarificación, la Asociación de Jueces de Familia rectificó su postura, y su presidente declaró que se emitirían licencias de matrimonio a las parejas que las solicitasen en cuanto la suspensión temporal de la sentencia de la juez Granade concluyese.

6a00d8341c730253ef01b7c7401cd5970b-800wiPero el presidente de la Corte Suprema de Alabama, Roy Moore, tras conocer que las mociones de suspensión habían sido rechazadas, decidió actuar en contra de la decisión de la justicia federal. El mismo lunes emitió una resolución en la que ordenaba que ningún juez de familia expedirá o reconocerá una licencia de matrimonio que sea incompatible con el artículo 1, sección 36.03, de la Constitución de Alabama”. Dicho artículo es el que describe el matrimonio como la unión sagrada de un hombre y una mujer y prohíbe expresamente tanto el matrimonio como las uniones civiles entre personas del mismo sexo en el estado.

El juez Moore ya había hecho llegar, en cuanto tuvo conocimiento de la sentencia del tribunal federal, un escrito al gobernador de Alabama en el que le instaba a “seguir defendiendo y apoyando la Constitución de Alabama con respecto al matrimonio, tanto por el bienestar de este estado como para nuestra posteridad. Tenga en cuenta que yo estoy con usted para detener la tiranía judicial y las opiniones ilegales emitidas sin autoridad constitucional”. Por esta misiva, en la que se rebelaba claramente contra la autoridad federal, se le interpuso una queja ante el Comité Judicial de Ética.

El gobernador Robert Bentley, sin embargo, declaraba que no pondría ningún impedimento para que se cumpliera la sentencia de la justicia federal, aparte de presentar las correspondientes apelaciones. Bentley recordaba el ominoso pasado de Alabama, cuando el estado se rebeló contra las decisiones judiciales que ponían fin a las leyes de segregación racial: “No quiero que Alabama sea vista como lo que era hace 50 años, cuando una ley federal fue desafiada. No voy a hacer eso”.

La carrera del juez Roy Moore ha estado salpicada de polémica por su afán de imponer sus creencias cristianas en el ejercicio de sus cargos. También es conocido por su implacable oposición a la igualdad de derechos de las personas LGTB. En 2003 tuvo que cesar en el cargo de presidente de la Corte Suprema, que retomó en 2012, por oponerse a que se retirara del edificio del alto tribunal un monumento dedicado a los Diez Mandamientos de la religión cristiana, que él mismo había ordenado instalar subrepticiamente una noche. En 2014, declaraba en una conferencia ante un grupo antiabortista que la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que protege el derecho a la libertad religiosa y de expresión, solo debe aplicarse a los cristianos. En el mismo discurso afirmó que el matrimonio entre personas del mismo sexo ocasionará “la destrucción definitiva de nuestro país”.

La beligerancia del juez Moore contra los derechos LGTB ha sido aclamada por organizaciones fuertemente LGTBfobas como National Organization for Marriage (NOM), Focus On The Family o el Ku Klux Klan, que califican las acciones del magistrado de “alzamiento contra la tiranía judicial”.

División en los condados

Tori_Sission_and_Shante_Wolfe_insert_courtesy_Human_Right_CampaignLa inaudita orden del juez Moore ha ocasionado una fuerte controversia legal. En los condados más poblados, como Montgomery y Jefferson, se acataba la sentencia del tribunal federal y se celebraban las primeras bodas, como la de Kelli y Lisa Day, que se unían en matrimonio en el condado de Montgomery tras 20 años de convivencia y cuatro hijos en común.

Sin embargo, las parejas del mismo sexo no han sido tan afortunadas en la mayoría de los condados. En un principio, en 51 de los 67 condados que componen el estado de Alabama se ha rehusado emitir licencias de matrimonio a estas parejas. Uno de ellos ha sido Mobile, cuya denegación ha ocasionado la presentación de una demanda ante el tribunal de la juez Granade, que ha  establecido la audiencia preliminar para este 12 de febrero. Según U. W. Clemon, antiguo juez de distrito, “si un tribunal [federal] cursa una orden y alguien se niega a cumplirla, entonces se puede dictaminar el desacato al tribunal, lo que podría suponer una multa o el encarcelamiento hasta que se acate la orden”.

Quizás por temor a estas repercusiones, algunos de los condados han cambiado su decisión inicial, en un lento goteo, y han empezado a cumplir con el mandato judicial. Llevados por el mismo temor, según señala la organización de defensa de los derechos LGTB Equality Alabama, gran número de los condados “rebeldes” han suspendido la emisión de licencias de matrimonio a todas las parejas, sean del mismo o distinto sexo, con el fin de cumplir con la orden del juez Moore pero evitando las posibles demandas por discriminación.

Al finalizar la jornada de este miércoles 11 de febrero, desde la web de Human Right Campaign se ofrecían los siguientes datos: 23 condados cumplían con la ley y expedían licencias de matrimonio a las parejas del mismo o distinto sexo que las solicitaban; 18 condados desobedecían el mandato judicial y rehusaban facilitar licencias únicamente a las parejas del mismo sexo; finalmente, en 26 condados no se emitía ninguna licencia de matrimonio.

Suspendido el proceso de apelación en Florida y Alabama

La Corte de Apelaciones del 11º Circuito ha cursado una orden por la que establece la suspensión del proceso de apelación de las sentencias favorables al matrimonio igualitario de Florida y Alabama. Según la orden, el proceso no continuará hasta que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos decida al respecto, tras darse a conocer su decisión de considerar en este periodo de sesiones las sentencias desfavorables de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito.

Se prevé, según los expertos, que el alto tribunal falle sobre el matrimonio igualitario a finales de junio. Mientras tanto, debido a la decisión de no suspender las sentencias de los correspondientes tribunales federales, se seguirán celebrando matrimonios entre parejas del mismo sexo tanto en Alabama como en Florida.

Fuente Dosmanzanas

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Recordatorio

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