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La sentencia del aborto abre el camino a la derogación del derecho constitucional al matrimonio igualitario en Estados Unidos

Martes, 28 de junio de 2022
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8C6AC0F8-3581-4443-AA64-12B1A4241365El derecho constitucional de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio peligra en Estados Unidos, después de que la mayoría conservadora del Tribunal Supremo de ese país haya revertido el derecho de las mujeres y hombres gestantes a la interrupción voluntaria del embarazo. En una opinión concurrente con la decisión de sus otros cinco compañeros, el juez Clarence Thomas ha expresado su voluntad explícita de abordar de la misma manera cualquier caso que llegue ante el Supremo y que permita reconsiderar el fallo que en 2015 hizo extensivo el matrimonio igualitario a todo el país. 

Las parejas del mismo sexo tienen reconocido en Estados Unidos su derecho constitucional a contraer matrimonio en todo el país, por encima de la legislación de cada estado. Así lo decidió el Supremo en 2015 al fallar sobre el caso Obergefell v. Hodges. La historia que en concreto dio lugar a la sentencia fue la de Jim Oberfegefell, recurrente del estado de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción (el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales y no pudo celebrar su consecución).

Según detalla expresamente Clarence Thomas en su opinión concurrente al fallo sobre el aborto, una mayoría conservadora podría revertir la sentencia de Obergefell v. Hodges en el mismo sentido que ha hecho con Roe v. Wade, la sentencia que en 1973 declaró que el derecho al aborto tenía protección constitucional. Detalles aparte, tanto el matrimonio igualitario como el aborto, junto a otras cuestiones que han sido legalizadas para todo el país por el Tribunal Supremo, como el uso de anticonceptivos o la legalidad de las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, han sido consideradas protegidas por la Constitución en sucesivas sentencias no porque el texto de esta haga mención expresa a ellas, sino porque se consideran amparadas por su 14ª enmienda, que garantiza el derecho de todos los ciudadanos al «debido proceso» y a la protección igualitaria de sus derechos con independencia de la jurisdicción en la que residan.

Según Clarence Thomas, todas estas sentencias deben ser reconsideradas porque han dado lugar a decisiones «erróneas» que deben ser literalmente corregidas.

Con la composición actual, el matrimonio igualitario podría ser derogado por 6 a 3

Si tenemos en cuenta la diferente composición del Tribunal Supremo de Estados en 2015 y ahora vemos que este riesgo es cierto:

  • Tres de los cuatro jueces que en su momento votaron contra el matrimonio igualitario siguen en activo: Samuel Alito, John Roberts y el propio Clarence Thomas. El cuarto, Antonin Scalia, falleció en 2016.
  • De los que votaron a favor siguen en activo otros tres (Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Stephen Breyer). Este último se retirará en breve, aunque ya cuenta con una sustituta confirmada, Ketanji Brown Jackson, de convicciones progresistas.
  • Las otras tres posiciones del Tribunal que han sido renovadas desde entonces están ocupadas por jueces ultraconservadores, propuestos por Donald Trump y confirmados por un Senado de mayoría republicana. Estas tres sustituciones son las que han desplazado el Tribunal a posiciones cercanas a las de la derecha religiosa. Neil Gorsuch sustituyó a Scalia, gracias a las malas artes de los republicanos (el Senado demoró durante casi un año la sustitución para evitar confirmar al candidato de Barack Obama). Brett Kavanaugh sustituyó a Anthony Kennedy, que se retiró en 2018 (él fue precisamente el ponente de Obergefell v. Hodges). Y la ultraconservadora y católica militante Amy Coney Barrett sustituyó a la progresista Ruth Bather Ginsburg, fallecida en septiembre de 2020, apenas dos meses antes de las elecciones que perdieron los republicanos. Pero claro, entonces los republicanos se apresuraron a dejar atada la sustitución de forma inmediata, a diferencia de lo que hicieron cuatro años antes cuando bloquearon el derecho de Obama a nominar al sustituto de Scalia.

En definitiva, el derecho constitucional al matrimonio igualitario podría ser derogado por 6 a 3 si alguna sentencia que lo desafiara llegara al Supremo con su compsición actual. Incluso si el actual presidente del Supremo, John Roberts, que en los últimos tiempos se ha alineado con la minoría progresista en algunos temas concretos, decidiese cambiar su posición respecto a la de 2016, habría una mayoría de 5 a 4.

Por supuesto, todo esto es una mera hipótesis… Por un lado, día de hoy no hay sobre la mesa ningún litigio judicial relativo al matrimonio igualitario con potencial de llegar a corto o medio plazo ante el Tribunal Supremo. Por otro, está por ver qué harían Gorsuch y Kavanaugh ante dicha situación. Pero lo que hoy día sabemos también es que los enemigos de los derechos LGTBI son incansables y cuentan con grandes recursos financieros, y que la situación actual de la política estadounidense, donde todo apunta a que los republicanos recuperarán el control del Senado en las elecciones del próximo noviembre, no es precisamente halagüena.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos declara ilegal la discriminación en el trabajo por orientación sexual o identidad de género

Jueves, 18 de junio de 2020
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Tribunal-Supremo-de-los-Estados-Unidos-destacadaEl Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha declarado contrario al Acta de Derechos Civiles de 1964 la discriminación en el trabajo de las personas LGTB. Para ello ha unido tres casos distintos, que afectaban a dos trabajadores homosexuales y a una trabajadora trans, todos ellos despedidos por su orientación sexual o identidad de género. El alto tribunal considera que han sido discriminados puesto que el despido se ha producido por razón de su sexo, dado que no habría tenido lugar si hubieran pertenecido a un sexo diferente. Se trata de la mayor victoria para los derechos de las personas LGTB estadounidenses desde la declaración de inconstitucionalidad de la prohibición del matrimonio igualitario en 2016. La nota amarga es que dos de los demandantes no podrán celebrar esta importante victoria, pues ambos han fallecido durante el proceso.

Se trata de una de las decisiones más importantes sobre los derechos LGTB en la historia de los Estados Unidos. Según el dictamen del Tribunal Supremo del 15 de junio, «un empleador que despide a un individuo por ser homosexual o transexual lo hace por rasgos o acciones que no habría cuestionado en miembros de un sexo diferente. El sexo juega un papel necesario e indiscutible en la decisión, exactamente lo que el título VII prohíbe».

Efectivamente, el título VII del Acta de Derechos Civiles protege contra la discriminación en las relaciones laborales «por motivos de raza, color, religión, sexo u origen nacional». En este caso, ha sido el sexo el factor contemplado por todos los implicados. La Fiscalía, en representación de la Administración Federal, y dos de los jueces del Tribunal Supremo se ciñen a la literalidad de la ley y estiman que solo está amparada la discriminación entre hombres y mujeres. Pero para la defensa de los litigantes y la mayoría del tribunal el espíritu de la ley es más amplio. Según la sentencia, «los que adoptaron la Ley de Derechos Civiles podrían no haber previsto que su trabajo llevaría a este resultado en particular. Pero los límites de la imaginación de los redactores no dan ninguna razón para ignorar las exigencias de la ley. Solo la palabra escrita es la ley, y todas las personas tienen derecho a su beneficio».

Jueces-del-Tribunal-Supremo-de-los-Estados-Unidos-desde-2018La sentencia ha sido sorprendente, dado el cariz conservador de la composición del Tribunal Supremo. Pero en esta ocasión, a los cuatro jueces liberales (Ruth Bader Ginsburg, Stephen Breyer, Sonia Sotomayor y Elena Kagan) se han unido los conservadores John Roberts (presidente del tribunal) y Neil Gorsuch, el primer juez nombrado por Donald Trump durante su presidencia. Gorsuch, además, ha sido el ponente de la sentencia. Han emitido voto particular en contra de la sentencia los jueces Samuel Alito y Clarence Thomas, que abogaban por la literalidad de la ley. También se ha opuesto el juez Brett Kavanaugh, el último en incorporarse al tribunal y nombrado por Donald Trump, que defendía la separación de poderes y estimaba que debía ser el poder legislativo quien modificase el Acta de Derechos Civiles, si bien defendía que este cambio debía producirse.

Los casos implicados

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos unificó en un solo caso tres apelaciones que consideró que tenían factores comunes. El caso tomó el nombre de uno de los demandantes, Bostock contra el condado de Clayton, Georgia.

Gerald-BostockGerald Bostock era un funcionario del tribunal de menores del condado de Clayton, dentro del área metropolitana de Atlanta. A principios de 2013, se unió a una liga de softball para gais y la promovió en el trabajo. En abril de 2013, el condado de Clayton llevó a cabo una auditoría de los fondos controlados por Bostock y lo despidió por «conducta impropia de un empleado del condado».

Bostock, sin embargo, estaba convencido de que el condado utilizaba este subterfugio como pretexto para despedirlo por ser gay, e interpuso una demanda por discriminación en el lugar de trabajo en 2016 ante el Tribunal de Distrito Norte de Georgia. El condado solicitó que la demanda fuese desestimada, petición que fue aceptada por el juez, al estimar que el título VII del Acta de Derechos Civiles no incluye la protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual, según la jurisprudencia asentada en el Undécimo Circuito de Apelaciones, que ya había fallado en contra de demandas semejantes anteriormente. A pesar de ello, Bostock apeló al Undécimo Circuito, cuyo panel de tres jueces confirmó el fallo del Tribunal de Distrito en 2018.

Donald-ZardaEl segundo caso implicaba a Donald Zarda, un empleado de la compañía de paracaidismo Altitude Express, que había sido despedido tras comentarle a una de las clientes que era gay, con el propósito de que se sintiera cómoda mientras él le ajustaba el traje de seguridad. El marido de la cliente puso una queja y Altitude Express despidió a Donald Zarda por «comportamiento inapropiado en el trabajo». Zarda interpuso una demanda ante el Tribunal de Distrito, que falló en su contra. Posteriormente, recurrió el fallo ante el Segundo Circuito de Apelaciones, cuyo panel de tres jueces confirmó la sentencia desfavorable del Tribunal de Distrito. Zarda falleció en un accidente en Suiza en octubre de 2014, pero su familia decidió proseguir con el caso. Presentaron una petición para que decidiera el pleno del tribunal del Segundo Circuito, que en esta ocasión revertió su dictamen  anterior y dictó sentencia favorable a Zarda, al estimar que «dado que la orientación sexual es una cuestión de sexo y el sexo es una característica protegida por el título VII, se deduce que la orientación sexual también está protegida».

Aimee-StephensEl tercer caso afectaba a Aimee Stephens, una mujer trans que trabajaba como empleada en una funeraria. Cuando se inició la relación laboral, Aimee Stephens aún se presentaba públicamente como perteneciente al género que le fue asignado al nacer. Pero en 2013 tomó la decisión de vivir su vida plenamente con su género real y así lo comunicó al dueño de la funeraria, informándole de que en el futuro acudiría al trabajo con el uniforme femenino. Apelando a sus convicciones religiosas, el empleador despidió a Aimee Stephens por no vestirse apropiadamente en el trabajo. Stephens decidió denunciarlo ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo, con la convicción de que había sido despedida por ser una mujer trans. La comisión la apoyó y presentó demanda ante el Tribunal de Distrito, que falló en su contra y confirmó el despido. Sin embargo, el Sexto Circuito de Apelaciones falló a su favor, dictaminando que la «discriminación por sexo» del título VII incluye a las personas trans.

Los tres casos fueron llevados ante el Tribunal Supremo por parte del demandante en el primero de ellos y de la Fiscalía en los otros dos. Tras la unificación de casos y las audiencias que tuvieron lugar en 2019, el alto tribunal confirmó las sentencias del Segundo y Sexo Circuito y revocó la del Undécimo Circuito.

Lamentablemente, Aimee Stephens falleció en un hospital en mayo de 2020, sin poder conocer una sentencia de tanta importancia para el colectivo trans, que se había producido gracias a su lucha.

Satisfacción por la sentencia

Los grupos de defensa de los derechos LGTB han expresado su profunda satisfacción por una sentencia histórica para los derechos de las minorías sexuales.

Kevin Jennings , director ejecutivo de Lambda Legal, declaraba lo siguiente: «Por fin. Hoy, la ley, la justicia y la equidad están de nuestro lado. El más alto tribunal de nuestra nación ha confirmado lo que Lambda Legal ha argumentado durante años, que la discriminación contra los trabajadores LGBTQ es ilegal. Tenemos un largo camino por recorrer para asegurar los plenos e innegables derechos civiles de las personas LGBTQ, especialmente los de nuestra comunidad que son negros, indígenas y personas de color para quienes su orientación sexual o identidad de género es solo una de las muchas barreras para la igualdad de oportunidades en este país. Pero la victoria de hoy es un paso necesario en el camino hacia la igualdad de justicia para todos sin salvedades o condiciones».

Sarah Kate Ellis, presidenta de GLAAD, emitía un comunicado en el que afirmaba: «La histórica decisión del Tribunal Supremo confirma lo que no debería haber sido ni siquiera un debate: los americanos LGBTQ deberían poder trabajar sin miedo a perder sus trabajos por ser quienes son. La decisión nos da la esperanza de que como país podemos unirnos por el bien común y continuar la lucha por la aceptación de las personas LGBTQ. Especialmente en un momento en el que la Administración Trump está haciendo retroceder los derechos de las personas trans y la violencia antitrans continúa plagando nuestra nación, esta decisión es un paso hacia la afirmación de la dignidad de las personas trans, y de todas las personas LGBTQ».

También han dado a conocer las palabras del único demandante superviviente de los tres, Gerald Bostock. «No hay palabras para describir lo eufórico que estoy», afirmaba, «cuando me despidieron hace siete años, estaba devastado. Pero esta pelea se convirtió en mucho más que yo. Estoy sinceramente agradecido al Tribunal Supremo, a mis abogados, a las organizaciones de defensa como GLAAD, y a todos los que me apoyaron en esta lucha. Hoy podemos ir a trabajar sin el temor de ser despedidos por lo que somos y por lo que amamos. Sin embargo, hay más trabajo por hacer. La discriminación no tiene cabida en este mundo, y no descansaré hasta que tengamos derechos iguales para todos».

Por su parte, el presidente Donald Trump, en una mesa redonda de la Casa Blanca sobre temas de la tercera edad, calificó la decisión de «muy poderosa» y añadió que «ellos han dictaminado y nosotros viviremos con su decisión. De eso se trata, viviremos con la decisión del Tribunal Supremo».

Fuente Dosmanzanas

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Los republicanos consolidan la mayoría conservadora en el Tribunal Supremo y amenazan muy seriamente el avance los derechos civiles de las personas LGTB en Estados Unidos

Martes, 9 de octubre de 2018
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brett-kavanaugh-y-donald-trumpBrett Kavanaugh ya es juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Poco han importado las acusaciones de abuso sexual en el pasado. Poco ha importado la movilización progresista en su contra. Lo que cuenta en este caso es la Presidencia y el Senado, y el Partido Republicano recuperó el control simultáneo de ambas instituciones en las elecciones de 2016. Salvo conjunciones circunstanciales inesperadas, el sector más conservador de la sociedad estadounidense se hace con la rama judicial del Gobierno durante lustros, quizá décadas, y podrá modelar a su antojo la jurisprudencia en sentido restrictivo en materias como el acceso al aborto o el fin de la discriminación legal de las personas LGTB. La confirmacion de Kavanaugh supone posiblemente el éxito más importante de la presidencia de Donald Trump, cuya elección en 2016 se confirma como una auténtica tragedia para los derechos civiles de las minorías.

Tras la jubilación el pasado 31 de julio del juez Anthony Kennedy como miembro del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, Donald Trump designó su candidato a ocupar la plaza, como es su atribución. Eligió a Brett Kavanaugh, un juez de 53 años, que fue designado por el entonces presidente George W. Bush para ocupar plaza en la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, donde ya emitió conflictivos dictámenes en materia de empleo, medio ambiente o consumo, destacándose siempre por su conservadurismo y su apoyo a las grandes corporaciones. Durante su carrera, ha sido frecuentemente criticado por el partidismo de sus valoraciones, sin ocultar su apoyo declarado al Partido Republicano. Ya desde un primer momento su candidatura fue celebrada por grupos ultraconservadores y fuertemente LGTBIfobos como la American Family Association (AFA),  la National Organization for Marriage (NOM), Americans for Prosperity (AFP) o Judicial Crisis Network. Desde el activismo LGTBI, sin embargo, se ha acogido con gran preocupación.

Para que el nombramiento del candidato presidencial sea efectivo, debe ser corroborado por el Senado. Por ello, Brett Kavanaugh se está sometiendo al escrutinio de los senadores, que pueden interrogarle acerca de sus opiniones respecto a diversos asuntos. En la sesión del 6 de septiembre, el juez fue interpelado por la senadora demócrata por California Kamala Harris, que le preguntó sobre cuestiones como el derecho de las mujeres al aborto, la influencia rusa en la política estadounidense, el derecho a portar armas o su propia nominación.

Pero la senadora también le formuló la siguiente pregunta: «Mi pregunta es muy específica. ¿Puede comentar su opinión personal sobre si Obergefell se decidió correctamente? Es un sí o no. Por favor». Obergefell es como se conoce a la sentencia del Tribunal Supremo que instauró el matrimonio igualitario en los Estados Unidos, por el nombre de uno de los demandantes. Kavanaugh, sin embargo, evitó dar una respuesta directa e hizo referencia a una reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre un pastelero que discriminó a una pareja del mismo sexo: «En Masterpiece Cakeshop, que creo que es relevante para su pregunta, el juez Kennedy escribió en la opinión de la mayoría: “Los días de discriminación contra gais y lesbianas estadounidenses o de tratar a los gais y lesbianas estadounidenses como inferiores en dignidad y valor han terminado”».

Tras ese circunloquio, se produjo el siguiente y revelador diálogo:

—Senadora Harris: «Han terminado. ¿Está de acuerdo con esa afirmación?».

—Juez Kavanaugh: «Ese es el precedente con el que el Tribunal Supremo estuvo de acuerdo…».

—Senadora Harris: «Señor, le estoy pidiendo su opinión. Usted es el candidato en este momento, por lo que, como prueba de su capacidad para servir en tribunal más alto de nuestro país, le hago una pregunta muy específica. O está dispuesto a responder o no, y si no está dispuesto a responder, podemos seguir adelante. ¿Cree que Obergefell fue decidido correctamente?

—Juez Kavanaugh: «Todos los jueces han declinado, como cuestión de independencia judicial, responder preguntas sobre esa jurisprudencia. Siguiendo el precedente establecido por la jurisprudencia, todos han declinado».

Posteriormente, el candidato fue interrogado por el senador demócrata por Nueva Jersey Cory Booker, que también quiso saber su opinión sobre el matrimonio igualitario y la discriminación de las personas LGTBI. El senador estaba interesado en saber su «opinión moral» sobre las leyes que permiten despedir a una persona debido a su orientación sexual, que están en vigor en la mayoría de los estados, o acerca de si los ciudadanos LGTBI deben temer porque sus matrimonios con personas del mismo sexo vayan a quedar invalidados. El juez se escudó en que había casos pendientes sobre discriminación laboral para no emitir una opinión, por lo que el senador Booker cambió de táctica.

Kavanaugh formaba parte del equipo del entonces presidente George W. Bush cuando este propuso enmendar la Constitución para impedir el matrimonio entre personas del mismo sexo. El senador Booker quiso saber cuál fue su opinión entonces al respecto. El juez respondió que no recordaba, y que, además, desde 2004 las opiniones acerca de ese asunto habían cambiado mucho, en clara referencia al cambio de criterio al respecto del posterior presidente Barack Obama. El senador entonces quiso saber su opinión actual, y se produjo el siguiente diálogo, no menos esclarecedor que el anterior:

—Senador Booker: «Pero usted tendrá una opinión. No necesito a Obama o a Cheney, tan solo, ¿me quiere dar su opinión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo?»

—Juez Kavanaugh: «No recuerdo…».

—Senador Booker: «No le estoy preguntando por su opinión de entonces, le estoy preguntando por su opinión de ahora. ¿Recuerda su opinión actual sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo?».

—Juez Kavanaugh: «Bueno, el Tribunal Supremo en Obergefell…».

—Senador Booker: «Señor, su opinión. No he conseguido su historial. No sé si ha llevado a cabo matrimonios entre personas del mismo sexo. No sé si ha acudido a un matrimonio entre personas del mismo sexo».

—Juez Kavanaugh: «Soy juez, aplico la ley».

—Senador Booker: «¿Ha celebrado un matrimonio gay? ¿Ha presidido uno? ¿Ha oficiado un matrimonio gay?».

—Juez Kavanaugh: «No lo he hecho».

—Senador Booker: «¿Pero no quiere decirme su opinión sobre este asunto?».

—Juez Kavanaugh: «Aplico la ley».

Esta constante elusión de las preguntas referentes a los derechos de las personas LGTBI ha desagradado profundamente a los defensores de los derechos civiles. Chad Griffin, presidente de Human Rights Campaign, opinaba al respecto que «la negativa de Brett Kavanaugh a responder preguntas muy básicas y muy directas sobre el histórico fallo del Tribunal Supremo que establece la igualdad matrimonial en todo el país es alarmante y completamente inaceptable. La decisión de Obergefell es una ley establecida. Si este candidato no puede ni siquiera afirmar eso o corroborar la igualdad fundamental de las personas LGTB y de nuestras familias, no se le debe otorgar ni se le debe garantizar un nombramiento de por vida para el máximo tribunal de nuestra nación».

Las acusaciones de abuso sexual no detienen su confirmación

El proceso de confirmación de Kavanaugh en el Senado no terminó sin embargo ahí. De forma inesperada vieron la luz al menos tres acusaciones de abuso sexual contra Kavanaugh. La más sólida de ellas fue la que protagonizó la profesora universitaria Christine Blasey Ford, que acusó al juez de haber abusado de ella en 1982, cuando ella tenía 15 años y él 17 (y se encontraba borracho).

Ford llegó a declarar ante el Comité Judicial del Senado, pero la ausencia de pruebas más allá de su propio testimonio (la otra persona presente durante el supuesto abuso, un amigo de Kavanaugh, aseguró no recordar ya nada de lo sucedido aquella noche) y el cierre de filas de los senadores republicanos dejaron en vía muerta la acusación. El FBI acabó de darle la puntilla, al concluir, tras una investigación de solo una semana (durante la cual ni Kavanaugh, ni Christine Blasey Fold ni las otras mujeres que lo acusaban fueron interrogados) que no existían pruebas que la sustentasen.

Finalmente, Kavanaugh fue confirmado por el Senado este sábado. De los dos únicos votos dudosos entre los republicanos, los de las senadoras Susan Collins y Lisa Murkowski (sobre el papel reacias a votar a un juez que seguramente contribuirá a aumentar las restricciones al aborto), Kavanaugh recibió el «sí» de  Collins y la abstención de Murkowski. Esta última, senadora por Alaska, en realidad tenía intención de votar «no», pero finalmente llegó a un compromiso con otro senador republicano, Steve Daines, que ayer sábado quería asistir a la boda de su hija, para abstenerse de votar y de esa forma no obligarlo a acudir a Washington. Por parte de los demócratas Kavanaugh recibió un solo voto, el del Joe Manchin, un demócrata conservador que dentro de un mes opta a la reelección como senador por Virginia Occidental, un estado en el que Donald Trump obtuvo en 2016 casi el 70% del voto popular. Su voto, en cualquier caso, era irrelevante. Kavanaugh fue confirmado finalmente por 50 votos a favor y 48 en contra, y ya es juez del Supremo tras haber jurado su cargo en una ceremonia

La nueva composición del Tribunal Supremo

Kavanaugh sustituye como juez del Supremo a Anthony Kennedy, cuyo voto ha sido el que en la mayoría de ocasiones desempataba entre conservadores y liberales. En este sentido, y pese a sus credenciales conservadoras en otras materias, Kennedy ha destacado por ser un firme defensor de los derechos civiles, significándose especialmente en cuanto a los derechos de gais, lesbianas y bisexuales. Las cuatro grandes sentencias del alto tribunal que abrieron el camino de la igualdad de derechos de ese colectivo lo tienen a él como ponente.

Con la sustitución de Kennedy por Kavanaugh, un conservador duro, el Supremo queda constituido como sigue: el bando liberal está formado por Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan (estas dos últimas propuestas por el presidente Barack Obama). El bando conservador lo integran John G. Roberts (actual presidente del Supremo y con voto de calidad), Clarence Thomas, Samuel Alito, Neil Gorsuch (que también fue nombrado por Donald Trump tras ganar las elecciones presidenciales, en este caso después de la sucia maniobra de los republicanos, que al controlar ya el Senado se negaron durante todo el año 2016 a cubrir esa vacante con el candidato designado por Obama) y el propio Kavanaugh.

Por supuesto que a lo largo de los próximos años pueden acontecer circunstancias inesperadas que den la vuelta a la situación, pero conviene tener en cuenta que Ruth Bader Ginsburg, considerada la jueza más progresista del Supremo, cuenta ya con 85 años de edad y un estado de salud delicado, lo que hace prever que su retiro sea también próximo y deba nombrarse otro sustituto (aunque ella misma ha sugerido que su intención es permanecer en el puesto al menos otros cinco años). Y que tras Ginsburg, el juez de mayor edad es Breyer, también de la minoría liberal, que cuenta con 80 años.

El temor a que un Tribunal Supremo de holgada mayoría conservadora, con la visión más restrictiva de la Constitución y reacia a defender los derechos civiles de las minorías, sea quien tenga que decidir sobre cuestiones fundamentales durante lustros, quizá décadas, es ya una realidad. Por mencionar solo un ejemplo, entre los casos que el Supremo debe decidir en próximos meses se encuentra el caso Zarda, cuya resolución determinará muy posiblemente si el Titulo VII de la Ley de Derechos Civiles, que prohíbe la discriminación laboral por motivos de raza, color, religión, sexo u origen nacional, impide también la discriminación laboral por razones de orientación sexual (lo explicamos con detalle en esta entrada de marzo). A día de hoy, con Kavanaugh en el Supremo, el pesimismo es mayúsculo.

Fuente Dosmanzanas

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La jubilación del juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Anthony Kennedy amenaza los derechos conquistados por las personas LGTB

Miércoles, 11 de julio de 2018
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anthony-mcleod-kennedy-9362868-1-402El juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Anthony Kennedy ha anunciado su próxima jubilación, que tendrá lugar el próximo 31 de julio. Eso permitirá al presidente Donald Trump elegir a su sustituto, que posteriormente deberá ser convalidado por un Senado con mayoría republicana, inclinando aún más la balanza de fuerzas en el Tribunal Supremo del lado más conservador. Anthony Kennedy, a pesar de pertenecer también a esa sección, se ha destacado, sin embargo, por ser un firme defensor de los derechos civiles, significándose especialmente en cuanto a los derechos de gais, lesbianas y bisexuales. Las cuatro grandes sentencias del alto tribunal que abrieron el camino de la igualdad de derechos de ese colectivo lo tienen a él como ponente. Los grupos más reaccionarios ya están preparando estrategias para revertir esas sentencias, con la expectativa de la nueva composición del tribunal. Las decisiones futuras del Tribunal Supremo respecto a cuestiones como las leyes tránsfobas vigentes en municipos o estados, o la denegación de prestación de servicios a las personas LGTB escudándose en las creencias religiosas, quedarán en manos de jueces ultraconservadores.

El juez Anthony Kennedy, que cumplirá 82 años el próximo mes de julio, ha anunciado su retirada por jubilación como miembro del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Nombrado por el presidente Ronald Reagan en el año 1988, forma parte del sector conservador del alto tribunal. Sin embargo, en materia de derechos civiles se ha mostrado siempre favorable a la protección constitucional de la igualdad ante la ley para todos los ciudadanos. Así lo ha evidenciado en materias como el derecho a la libre decisión de la mujer sobre su embarazo o el respeto a los derechos de las personas LGTB, respecto a los cuales ha debido decidir en cuatro ocasiones fundamentales, que han pasado a formar parte de la historia de la lucha del colectivo estadounidense. En todas ellas, además, ha sido el ponente:

Romer vs. Evans o la protección contra la discriminación

romer-vs-evansEn 1992, los ciudadanos de Colorado votaron mayoritariamente a favor de una enmienda a la Constitución de ese estado, que impediría que los ciudadanos homosexuales o bisexuales pudieran solicitar a las instituciones públicas el ser considerados como minoría, y poder reclamar que se adoptasen a su favor las oportunas medidas antidiscriminatorias.

Por una mayoría de 6 votos contra 3, en mayo de 1996 el Tribunal Supremo dictaminó que esa enmienda violaba la Constitución de los Estados Unidos, pues impedía que las personas de una determinada orientación sexual pudieran denunciar cualquier discriminación arbitraria de la que fueran objeto. Según explicaba el juez Kennedy en la sentencia, «la enmienda es a la vez demasiado angosta y demasiado amplia. En ella se identifica a las personas por tan solo un rasgo, y luego se les deniega la protección en todos los ámbitos. La inhabilitación para ejercer el derecho a solicitar protección a un tipo determinado de personas no tiene precedentes en nuestra jurisprudencia».

La sentencia abrió el camino para que las leyes estatales y federales pudieran incluir medidas contra la discriminación de los ciudadanos por razón de la orientación sexual.

Lawrence vs. Texas o el fin de la penalización de la homosexualidad

lawrence-vs-texas-300x185En 1998, John Lawrence y Tyron Garner fueron detenidos en el domicilio del primero de ellos, en la ciudad de Houston. Se les acusaba de vulnerar la ley contra la «conducta homosexual» vigente en el estado de Texas, que penalizaba que dos personas del mismo sexo mantuvieran sexo oral o anal, aunque la relación sexual tuviera lugar en la intimidad de un domicilio particular, y aunque esas prácticas sí estuvieran permitidas para las parejas heterosexuales.

Tras una larga batalla legal, llena de apelaciones y sentencias contradictorias, el caso terminó en manos del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. No había precedentes halagüeños respecto a la doctrina del alto tribunal, pues en 1986 el panel de jueces entonces en activo había validado las leyes contra la sodomía del estado de Georgia. Pero sí que existía el precedente favorable de Romer vs. Evans y su declaración de inconstitucionalidad de las leyes que impidieran la protección contra la discriminación.

Afortunadamente, en una sentencia histórica fechada en junio de 2003, con ponencia de Anthony Kennedy, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó, por una mayoría de 6 votos contra 3, que las leyes contra la sodomía vigentes en varios de los estados vulneraban la Constitución de los Estados Unidos. No solo se declaraba inconstitucional que el Estado interfiera en las relaciones sexuales privadas y consensuadas entre adultos, sino que establecía que esos derechos a la intimidad y a la privacidad debían ser disfrutados igualmente por las parejas de distinto o del mismo sexo.

Lawrence vs. Texas supuso el fin de la penalización de las relaciones homosexuales en los Estados Unidos, convirtiéndose en el mayor avance en los derechos de las personas LGTB en ese país hasta la fecha.

US vs. Windsor o el reconocimiento federal de los derechos LGTB

ediewindsor-cropwebEdith (familiarmente «Edie») Windsor, de 83 años, no pudo acogerse a una serie de beneficios para los matrimonios en materia de herencia a la muerte de su esposa, Thea Spyer, en 2009, lo que la obligó a desembolsar 360.000 dólares en impuestos. Y ello pese a que Windsor y Spyer, pareja durante 44 años, se casaron en Canadá en 2007 y el estado de Nueva York reconoció su matrimonio (aunque Nueva York solo celebra matrimonios entre personas del mismo sexo desde 2011, antes ya reconocía los celebrados fuera de su territorio).

De todo ello era responsable la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo. Windsor reclamó que el no reconocimiento de su matrimonio por la administración federal violó las garantías de igualdad de protección contenidas en la Constitución de los Estados Unidos.

Tras una ardua batalla legal, el caso llegó a manos del Tribunal Supremo, que falló a su favor en una histórica sentencia fechada el 26 de junio de 2013, por una diferencia de 5 votos a favor y 4 en contra. El fallo, de nuevo con el juez Kennedy como redactor, dictaminaba que la sección 3 de la DOMA violaba las garantías de igualdad contenidas en la 5ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, lo que suponía que los matrimonios entre personas del mismo sexo pasasen a ser inmediatamente reconocidos por la administración federal, independientemente del lugar en el que se hubieran celebrado, en ámbitos como el fiscal, el migratorio o las pensiones.

US vs. Windsor allanó así el camino para la que sería la sentencia definitiva que reconocía la igualdad de las parejas del mismo sexo, que llegaría dos años después.

Obergefell vs. Hodges o la legalización del matrimonio igualitario

obergefell-vs-hodges-300x200Los nueve jueces del Tribunal Supremo tuvieron que discernir en esta ocasión si las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito se ajustaban a la Constitución de los Estados Unidos. Las cuatro parejas recurrentes reclamaban el derecho a contraer matrimonio en su estado de residencia, o a ver reconocido el contraído en otro estado donde fuera legal. Las sentencias afectaban a los estados de Tennessee, Michigan, Kentucky y Ohio y se trataban de las únicas por parte de una Corte de Apelaciones que habían dictaminado en contra del derecho al matrimonio igualitario.

Todas ellas se aunaron en el caso Obergefell v. Hodges, que hacía referencia al recurrente de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción. Lamentablemente, el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales.

El 26 de junio de 2015, de nuevo por una mayoría de 5 votos contra 4, el Tribunal Supremo declaraba inconstitucionales todas las leyes que prohibían el matrimonio igualitario. El argumento y fallo final del dictamen, firmado por el juez Kennedy, rezaba así:

Ninguna unión es más profunda que el matrimonio, ya que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, dedicación, sacrificio y familia. En la formación de una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que eran. Como algunos de los demandantes de estos casos han demostrado, el matrimonio representa un amor que puede incluso perdurar más allá de la muerte. Sería malinterpretar a estos hombres y mujeres afirmar que faltan al respeto a la idea del matrimonio. Su demanda se produce porque la respetan, la respetan tan profundamente que tratan de poder llevarla a cabo ellos mismos. Su esperanza es no estar condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho.

La sentencia de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito queda invalidada.

Con esta última sentencia no solo se legalizaba el matrimonio igualitario en todo el territorio estadounidense, sino que además se reconocía la discriminación histórica sufrida por gais, lesbianas y bisexuales con estas palabras del juez Kennedy:

Durante gran parte del siglo XX la homosexualidad fue tratada como una enfermedad. Mientras tanto, la intimidad entre personas del mismo sexo había sido largamente condenada como inmoral por el propio Estado en la mayoría de las naciones occidentales, una creencia que a menudo se encarnaba en la ley penal. El sexo entre dos hombres o dos mujeres sigue siendo un crimen en muchos Estados, y a los gais y lesbianas se les ha prohibido el acceso a la mayor parte del empleo público, se les ha excluido del servicio militar, de las leyes de inmigración, han sido objetivos de la policía y se les ha impedido el derecho de asociación.

La futura composición del Tribunal Supremo

us-news-supremecourt-1-abaCon el retiro de Anthony Kennedy, la composición del Tribunal Supremo queda, en un principio, equilibrada entre el sector conservador y liberal. Entre los miembros liberales se contaría a los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan (estas dos últimas propuestas por el presidente Barack Obama). El bando conservador lo integrarían los jueces John G. Roberts (actual presidente del Supremo y con voto de calidad), Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch (nombrado por el presidente Donald Trump).

Ese equilibrio lo romperá quien ocupe el cargo que ha dejado vacante el juez Kennedy. El nombramiento del nuevo miembro del Tribunal Supremo es una atribución del presidente Trump, aunque su decisión debe ser convalidada posteriormente por el Senado. Al estar este en manos de la mayoría republicana, es más que probable que el candidato presidencial sea respaldado sin problema alguno.

Donald Trump ya ha anunciado que anunciará su candidato el próximo 9 de julio, semanas antes de que sea efectivo el retiro del juez Kennedy. Según sus declaraciones, está barajando entre un grupo de quince posibles opciones, entre las que se contaría a dos mujeres.

Desde el Partido Demócrata se ha solicitado al presidente del Senado que aplace cualquier votación al respecto hasta que se celebren las próximas elecciones legislativas en el mes de noviembre, que, según las encuestas, devolverían el control de la cámara a los liberales. Piden que sea coherente con lo que él mismo defendió cuando el anterior presidente, Barack Obama, propuso a un candidato al Tribunal Supremo tras el fallecimiento del juez Antonin Scalia. El presidente del Senado aplazó la decisión hasta que se celebraron las elecciones presidenciales, con el argumento de que así el nuevo candidato tendría el respaldo de los votantes. Sin embargo, la petición ha sido desestimada de inmediato, ante el temor de que los demócratas hagan la propio si obtienen la mayoría en la cámara y aplacen la decisión del nombramiento hasta unas nuevas elecciones presidenciales. Según Mitch McConnell, líder de la mayoría republicana en el Senado, la votación sobre el candidato del presidente Trump al Tribunal Supremo tendrá lugar en el próximo mes de octubre.

Ciertamente, la mayoría republicana no se ha detenido ante nada para lograr sus objetivos. Cuando Donald Trump se presentó su candidato, Neil Gorsuch, tras ganar las elecciones, se rompió la regla de que la convalidación por el Senado fuera por una mayoría de tres cuartas partes, y se aprobó su nombramiento con mayoría simple, pues ocupan 51 de los 100 escaños del Senado. La única esperanza para los liberales es, por una parte, el delicado estado de salud del senador republicano John McCain, que le impediría acudir a la votación, y, por otro, la renuencia de dos senadoras republicanas, Susan Collins y Lisa Murkowski, a votar a un candidato opuesto al derecho a la interrupción del embarazo. Ambas han declarado que votarán de manera independiente sobre este asunto, pero también se ha dado a conocer que las dos han mantenido recientemente una reunión con Donald Trump para dialogar sobre este asunto.

El cargo de juez del Tribunal Supremo es vitalicio, por lo que el candidato que apruebe finalmente el Senado permanecerá previsiblemente en su cargo durante un largo período, pues, según los rumores, la media de edad de los candidatos valorados por el presidente ronda los 50 años. Por otra parte, la jueza Ruth Bader Ginsburg (de corte liberal) cuenta ya con 85 años de edad y un estado de salud delicado, lo que hace temer que su retiro sea también próximo y deba nombrarse otro sustituto. Existe pues, el temor fundado a que Tribunal Supremo de holgada mayoría ultraconservadora, con la visión más restrictiva de la Constitución y reacia a defender los derechos civiles de las minorías, sea quien tenga que decidir sobre cuestiones fundamentales durante décadas.

La amenaza para los derechos LGTB

Este nuevo escenario en el más alto tribunal de los Estados Unidos, cuyas decisiones son de altísima relevancia, ha causado entusiasmo entre los sectores de la sociedad más opuestos a los derechos de las minorías sexuales. Así, desde la asociación ultraconservadora Liberty Counsel se emitía un comunicado en el que se afirmaba que «con la jubilación del juez Kennedy habrá una nueva justicia que tendrá un gran impacto en el futuro de los Estados Unidos. Si el juez Kennedy es reemplazado por una persona que sea fiel al texto original y al significado de la Constitución, entonces solo será cuestión de tiempo que cambien varias decisiones horribles, incluidas el aborto y el matrimonio entre personas del mismo sexo».

Por su parte, Brian Brown, presidente de la altamente LGTBfoba National Organization for Marriage (NOM) ha solicitado donaciones para financiar una campaña que lleve de nuevo hasta el Tribunal Supremo la cuestión del matrimonio igualitario. Su propósito es que la nueva mayoría conformada tras el nombramiento del candidato del presidente Trump revierta la sentencia favorable al matrimonio igualitario, y se vuelva a la situación anterior, en la que serían los estados quienes legislarían respecto al matrimonio de manera independiente.

La amenaza para los derechos civiles que supone la nueva composición del Tribunal Supremo estadounidense puede tener consecuencias drásticas. Quedan pendientes de resolver conflictos que afectan a colectivos tan sensibles como el de las personas trans, que se enfrentan a leyes estatales y locales que tratan de impedir que puedan vivir de acuerdo con su identidad de género. También pueden llegar al alto tribunal recursos contra las sanciones a establecimientos y negocios que discriminen a las personas LGTBI escudándose en las convicciones religiosas de sus dueños (la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre un asunto semejante se limitaba exclusivamente a ese caso).

Tampoco hay que olvidar que, a diferencia de lo que sucede en otras jurisdicciones, las decisiones del Tribunal Supremo de los Estados Unidos son reversibles. Como hemos visto en el caso de Lawrence vs. Texas, la sentencia que declaró inconstitucionales las leyes estatales contra la sodomía revirtió una anterior que las había declarado conformes a la Constitución. El peligro de pérdida de derechos conquistados, como el mismo matrimonio igualitario, la protección contra la discriminación o, incluso, la no injerencia del Estado en las prácticas sexuales consensuadas entre adultos, está sobre la mesa.

Fuente Dosmanzanas

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Una pareja gay denuncia a una imprenta por enviarles un panfleto homófobo sobre el pecado y la fe en lugar de su recordatorio de boda

Lunes, 22 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Una pareja gay denuncia a una imprenta por enviarles un panfleto homófobo sobre el pecado y la fe en lugar de su recordatorio de boda

pareja-gay-demanda-imprenta-panfletos-homofobos-boda-696x522Aunque residen en Australia, Stephen Heasley y Andrew Birg, de 39 y 31 años de edad, son naturales de Pensilvania, donde deciden contraer matrimonio con el objetivo de estar cerca de sus familias. Cuando se encuentran ultimando los preparativos para el enlace, en septiembre del año pasado, solicitan 100 copias de un programa de mano a Vistaprint. En lugar de lo que habían pedido, reciben 80 copias de un folleto de propaganda cristiana, motivo por el que este martes, 16 de enero, presentan una denuncia federal en Massachucetts contra la empresa de impresión, alegando que se los enviaron en forma de ataque y amenaza por ser homosexuales.

Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en Pensilvania (Estados Unidos) el pasado mes de septiembre. El día previo a la ceremonia recibieron el paquete de la imprenta en el que, supuestamente, se encontraban los recordatorios de boda que habían encargado. Sin embargo, en lugar de estos, la imprenta de Massachusetts Vistaprint les envió un panfleto con mensajes homófobos como: «Tentación comprensiva: luchen la buena batalla de la fe», es el titular del panfleto que recibe la pareja, en lugar del programa en tonos azules y dorados que habían solicitado en el que explicaban los eventos del día de su boda, junto con los nombres de los miembros de su familia. A la pregunta «¿Si tu egocentrismo es lo que te atrae al pecado, ¿qué puedes hacer para evitar la tentación?», responden unos versículos bíblicos cristianos para resistir los tres tipos de tentación de Satanás: «La lujuria de la carne es lo que atrae a nuestro cuerpo de una manera pecaminosa», dice el primero, «la Lujuria de los Ojos es lo que nos atrae al pecado cuando lo miramos», afirma el segundo, y «orgullo de la vida es lo que atrae nuestra autoestima de una manera que nos dirige a ser egocéntricos», concluye el tercero. “Es un acto de rebelión contra la santidad de Dios”, “Satanás seduce a tu carne con malos deseos” o “el pecado es el resultado de tu fracaso en resistir la tentación”, entre otras lindezas. En un principio, los afectados lo achacaron a un lamentable error. Sin embargo, esta misma semana han decidido denunciar su caso ante Tribunal de Distrito de Massachusetts por incumplimiento de contrato y dolor emocional. Vistaprint se ha disculpado y ha anunciado una investigación interna.

Stephen Heasley y Andrew Borg se casaron en septiembre el condado de Butler, al oeste de Pensilvania, porque el primero es oriundo de allí; aunque actualmente se han trasladado a Sídney (Australia). Michael J. Willemin, el letrado de la pareja, argumenta en la demanda que “los panfletos, claramente enviados para amenazar y atacar al Sr. Heasley y al Sr. Borg, porque son homosexuales, advierten de que ‘Satanás seduce a tu carne con malos deseos’”. Willemin también alega que “este caso presenta un ejemplo particularmente atroz de una empresa que se niega a proporcionar servicios iguales a los miembros de la comunidad LBGTQ”.

Por ello, finalmente, los afectados han decidido denunciar lo sucedido ante los tribunales estadounidenses por incumplimiento de contrato y daños morales así como porque Vistaprint se negó a hacerse cargo del error y tuvieron que pagar 80$ por la impresión y el envío urgente de los dípticos de la boda. En la demanda, a la que ha tenido acceso el New York Daily News, Andre y Stephen, además de reclamar el dinero y una indemnización han señalado que el envío de esos panfletos tenían una clara intención de odio y pretendían comparar su relación con la “tentación de Satán“. Según han explicado Heasley y Borg a través de un comunicado: “nuestro objetivo es responsabilizar a Vistaprint por el daño que han causado y dar una voz a otras personas que puedan haber sido victimizadas de manera similar, ayudar a prevenir que esto le suceda a otra persona y enviar un mensaje de que habrá consecuencias por actos de odio perpetrados contra otros…, declara la pareja en un comunicado.

En la demanda explican que se sintieron «emocionalmente devastados por la conducta intimidante y discriminatoria de Vistaprinst», calificando el envío como un acto «atroz y despreciable» que les lleva a sentirse amenazados porque esas personas tienen la dirección donde viven sus familiares, lo que les lleva a sentir vulnerables a cualquier otra agresión de carácter homofóbico. «Nos casábamos en una granja familiar en lo que entendemos por ser una parte bastante conservadora y rural de Pensilvania. Si las personas malintencionadas decidieran enfocarse en nuestra boda e invitados, tendríamos muy pocas opciones para escapar o buscar refugio», declara Heasley.

Fundada por Robert Keane en Holanda, Vitsaprint es una empresa que distribuye artículos promocionales y de impresión que ofrece sus servicios a autónomos, PYMES y particulares. Vistaprint, la imprenta a la que realizaron el encargo de sus recordatorios de boda, es una compañía multinacional que opera en más de 120 países de todo el mundo. En Estados Unidos tiene su sede en Massachusetts, aunque su centro mundial está radicado en los Países Bajos y su oficina europea de marketing se encuentra en la ciudad de Barcelona (siendo esta última “la base de Vistaprint para las iniciativas de marketing de la compañía en Europa”).

Mediante un comunicado, la compañía justifica que “acabamos de enterarnos de este incidente en las últimas horas. Entendemos lo molesto que sería para cualquier persona recibir materiales como estos la noche anterior a su boda e inmediatamente hemos lanzado una investigación interna”. La empresa también añade que “Vistaprint nunca discriminará a los clientes por su orientación sexual. Nos enorgullecemos de ser una empresa que celebra la diversidad y permite a los clientes de todo el mundo personalizar los productos para sus eventos especiales”.

Vistaprint de ninguna manera aprueba, y no tolera, la discriminación contra ninguno de nuestros clientes en función de su raza, religión, género u orientación sexual. Alentamos a los miembros de la comunidad LGBTQ a usar nuestros servicios para ayudar a celebrar sus eventos de la vida durante muchos años, y han publicado miles de invitaciones de boda, programas y otro contenido para parejas del mismo sexo”, declara Trynka Shimerman, directora ejecutiva de Vistaprint al día siguiente, 17 de enero, asegurando que han iniciado una investigación para saber el origen y las causas del envío, prometiendo una «acción enérgica» contra cualquier empleado responsable de tal acción. Asimismo, se comprometen a «planificar cómo podemos usar nuestra plataforma de marca global para compartir un mensaje de apoyo para el matrimonio entre personas del mismo sexo y la igualdad en todo el mundo».

Este es el recordatorio de boda que Stephen Heasley y Andrew Borg encargaron a Vistaprint:

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Y este es el que recibieron un día antes del enlace en su domicilio:

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Discriminación empresarial hacia contrayentes del mismo sexo

No es la primera vez que en los Estados Unidos una empresa protagoniza un caso de discriminación hacia contrayentes del mismo sexo en el marco de su boda. Hace poco más de un mes, precisamente, llegaba al Tribunal Supremo de este país la disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja homosexual.

El caso se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado: en este estado, la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Fuente | Pink News, vía Dosmanzanas/Universogay

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La disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja gay llega al Tribunal Supremo de los Estados Unidos

Viernes, 8 de diciembre de 2017
Comentarios desactivados en La disputa sobre si una pastelería puede negarse a elaborar una tarta nupcial para una pareja gay llega al Tribunal Supremo de los Estados Unidos

14356040517645El Tribunal Supremo de EE.UU. se niega a tomar en consideración un caso de discriminación hacia matrimonios homosexuales en Houston y abre la puerta a la desigualdad jurídica de las parejas homosexuales.

El mismo Tribunal está estos días escuchando los argumentos del caso del pastelero homófobo de Colorado que podría sentar la base para el blindaje de la Ley de Libertad Religiosa.

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos escuchó este martes los argumentos de las partes en el caso Masterpiece Cakeshop v. Colorado Civil Rights Commission, un nuevo desafío judicial de los conservadores estadounidenses al matrimonio igualitario. En este caso, el Supremo estadounidense deberá decidir si el pastelero Jack Phillips tiene derecho a discriminar a una pareja del mismo sexo y no elaborar su pastel de boda, pese a que la normativa de su estado (Colorado) prohíbe a los negocios privados discriminar a sus clientes por razón de orientación sexual.

El caso se remonta a varios años atrás. Ya en 2013 mencionamos la historia en esta misma página. Dave Mullins y Charlie Craig acudieron a Masterpiece Cakeshop, una pastelería de Denver que hace tartas de boda personalizadas, para que elaborara su pastel. El dueño del negocio, Jack Phillips, se negó, argumentando razones religiosas. Mullins y Craig denunciaron lo sucedido al Departamento de Derechos Civiles de Colorado: en este estado, la denegación de servicios basada en la orientación sexual de los clientes está expresamente prohibida. Tan solo están exentas las confesiones religiosas en lo que respecta a sus ceremonias, pero dado que una pastelería no es una iglesia, el Departamento de Derechos Civiles dio la razón a la pareja. Se inició así una larga batalla legal que ha acabado ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Aunque pueda resultar anecdótico, el caso tiene una gran importancia legal, dado que una sentencia de Supremo favorable a Phillips abriría la puerta a que multitud de negocios en todo el país pudiesen discriminar a las parejas del mismo sexo con independencia de que en sus estados existan leyes locales que las protegen contra la discriminación en la prestación de bienes y servicios. Es importante, en este sentido, tener en cuenta los argumentos de los abogados de Phillips. La línea de defensa del pastelero no se basa propiamente en que su “libertad religiosa haya sido violada (hay pronunciamientos anteriores del Supremo que consideran que la libertad religiosa no justifica casos de discriminación en el ámbito de la prestación de servicios no religiosos) sino en el derecho a la libertad de expresión, expresamente protegido por la 1ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Phillips argumenta que diseñar un pastel de boda es un proceso “creativo”, y que hacerlo para una pareja del mismo sexo supone forzarlo a expresar ideas con las que no está de acuerdo.

cake400x300_0Argumentos retorcidos, pero que en caso de ser tenidos en cuenta por el Tribunal Supremo facilitarían que todos aquellos negocios con un componente “creativo” pudiesen discriminar a las parejas del mismo sexo. Las posiciones, en este sentido, aparecen divididas al 50% tras conocerse las preguntas y solicitudes de aclaración que los jueces del Supremo han dirigido a las partes en la jornada de ayer. Los analistas consideran más que probable que los cuatro miembros conservadores del Supremo (Samuel Alito, Neil Gorsuch, John Roberts y Clarence Thomas) se inclinen por dar la razón al pastelero, mientras que los cuatro miembros considerados de sensibilidad progresista (Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Elena Kagan y Sonia Sotomayor) lo harían a favor de la Comisión de Derechos Civiles de Colorado.

El voto que desharía el empate sería el de Anthony Kennedy, un juez “bisagra” cuyo posicionamiento en favor del matrimonio igualitario ya resultó clave en el pasado. En el año 2013, su votó en el caso United States v. Windsor hizo posible derribar por 5 votos contra 4 la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act, la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo). Una sentencia que todos coinciden allanó definitivamente el camino para que dos años después, al resolver el caso Obergefell v. Hodges, el Supremo legalizase el matrimonio igualitario en todo el país, también con los votos de Kennedy (ponente de la sentencia) y de los cuatro jueces progresistas. Está por ver, en este caso, cual será la decisión de Kennedy, que en la jornada de este martes se mostró ambivalente y dio muestras de empatizar con argumentos de las dos partes.

En septiembre, conocíamos que de cara a la resolución del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, la administración de Donald Trump apoya al empresario pastelero condenado por violar la Ley Contra la Discriminación de Colorado al negarse a hacer una tarta de bodas para una pareja del mismo sexo y en octubre publicábamos que un grupo de populares chefs y reconocidos pasteleros y propietarios de restaurantes reclaman al Tribunal Supremo que falle contra el el pastelero de Denver, Jack Phillips.  

El Supremo rechaza pronunciarse sobre un fallo discriminatorio en Texas

0001298Lo que suceda con el caso del pastelero de Colorado, será, pues, de gran importancia. Muy especialmente después de que el pasado lunes el Tribunal Supremo rechazase revisar una decisión judicial adoptada en junio por la conservadora Corte Suprema de Texas, y que daba la razón a dos activistas anti-LGTB que demandaron a la ciudad de Houston por extender los beneficios que concedía a los cónyuges de distinto sexo de sus empleados a los cónyuges del mismo sexo. El mismo Tribunal se ha negado a aceptar un caso (Pidgeon contra Turner) y ese movimiento ha dejado claro, a pesar de haber legalizado el matrimonio igualitario, no las tienen todas consigo sobre la igualdad de derechos entre las parejas homosexuales y las heterosexuales. Jack Pidgeon y Larry Hicks denunciaron a la ciudad de Houston cuando la entonces alcaldesa, Annise Parker, anunció que ofrecería a los cónyuges del mismo sexo de los empleados públicos los mismos beneficios que tenían los cónyuges de los empleados heterosexuales.

Tras un proceso legal bastante largo y complicado el Tribunal Supremo de Texas se posicionó a favor de esa demanda y dictaminó que las parejas homosexuales no tienen por qué recibir los mismos beneficios y derechos que las parejas heterosexuales. Y eso a pesar de que en la sentencia del Supremo del país que legalizó el matrimonio igualitario se dejó claro que las parejas homosexuales podían casarse “en los mismos términos y condiciones que las heterosexuales“. Curiosamente en la misma semana de enero en la que Texas mantenía la discriminación el Supremo del país dictaminaba -otra vez- que en un caso sobre los derechos de los padres homosexuales (Pavan contra Smith) que los matrimonios homosexuales han de tener los mismos derechos y beneficios que los heterosexuales.

La Corte Suprema de Texas consideró entonces que la sentencia sobre el caso Obergefell v. Hodges, que hizo extensivo el matrimonio igualitario a todo el país, no obliga necesariamente a tratar igual a los matrimonios entre personas del mismo y de distinto sexo. No sorprende saber que hubo un juez del Supremo de EE.UU. que votó en contra de esa sentencia igualitaria y no fue otro que Neil Gorsuch, que fue puesto ahí por… Donald Trump.

El caso, cuyo origen se remonta en realidad a una fecha anterior a la de la sentencia del Supremo sobre el matrimonio igualitario, no está de todas formas cerrado: al rechazar el Supremo revisarlo (sin pronunciarse en ningún sentido sobre la cuestión de fondo), el asunto volverá de nuevo a los tribunales de Texas, donde continuará la litigación. Y aunque los activistas LGTB consideran que la justicia acabará dandoles la razón, la negativa del Tribunal Supremo a resolverlo de forma definitiva en este momento arroja dudas sobre hasta dónde está dispuesto a llegar el más alto tribunal estadounidense en defensa de sus propias decisiones sobre el matrimonio igualitario.

Y es que al negarse a juzgarlo y al no hacer ningún comentario al respecto han sentado un precedente tremendamente preocupante y es que -tras los cambios de Trump- podrían estar de acuerdo en que los matrimonios homosexuales no han de tener los mismos derechos.

Como explica la presidenta de la GLAAD, Sarah Kate Ellis, “el Tribunal Supremo acaba de dejar que prevalezca una preocupante sentencia del Supremo de Texas que recorta de forma clara los derechos de las parejas homosexuales casadas. La abnegación del mayor tribunal del país abre la puerta a una embestida de demandas contra los derechos de las personas LGTB+ en todas las instancias.

Huelga decir que si después de esto el Supremo de EE.UU. decide sentenciar a favor del pastelero de Colorado y proteger así la “libertad religiosa” la situación de las parejas homosexuales en EE.UU. volvería a ser tremendamente complicada.

Seguiremos atentos a lo que suceda. La decisión definitiva sobre el pastel de bodas, en cualquier caso, no se conocerá hasta la primavera de 2018.

Fuente LGTBQ Nation, vía Dosmanzanas/EstoyBailando/Cristianos Gays

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El Supremo de Estados Unidos decidirá si es legal o no la discriminación de un adolescente trans al que no permiten usar el baño de chicos

Jueves, 3 de noviembre de 2016
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4194699w-640x640x80El Tribunal Supremo de los Estados Unidos anunció este viernes que revisará el caso de Gavin Grimm, el adolescente trans al que se le ha prohibido usar el baño de chicos de su instituto. La decisión del Tribunal Supremo, aunque desde un punto de vista jurídico no hará otra cosa que dirimir un conflicto de legitimidades, marcará posiblemente la evolución de los derechos LGTB en Estados Unidos en los próximos años. Las perspectivas, en este caso, son bastante más inciertas que cuando se dirimió la cuestión del matrimonio igualitario. 

Recordemos en primer lugar el caso que el Tribunal Supremo va a revisar. Tras salir del armario como chico, Gavin Grimm comenzó a usar los baños que corresponden a su identidad masculina en su instituto de Gloucester (Virginia). Aparentemente ello no le supuso problema alguno con sus compañeros, pero en cuanto la noticia llegó a oídos de los padres un grupo de ellos solicitó al Consejo Escolar del Condado que se le habilitase un baño separado de los que usan el resto de estudiantes.

El joven, forzado a usar un baño distinto al que le corresponde como chico y asistido por la ACLU (American Civil Liberties Union), demandó al instituto ante la justicia federal en junio de 2015, al considerar que la medida suponía una violación del Título IX, la ley federal que desde principios de los años setenta prohíbe a toda institución educativa que reciba fondos del Gobierno discriminar por razón de sexo. Ya en abril de 2014, de hecho, el Departamento de Educación de Estados Unidos había publicado un documento aclarando que las protecciones derivadas del Título IX se extendían también a los estudiantes LGTB.

Cuando el juez federal Robert Doumar estudió el caso en primera instancia denegó la petición de Gavin, pero el joven apeló. Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito (con jurisdicción sobre los estados de Virginia, Virginia Occidental, Maryland, Carolina del Norte y Carolina del Sur) le dio la razón, por 2 votos contra 1, al considerar que el derecho del adolescente a usar los baños que corresponden a su identidad de género sí podía considerarse amparado por la legislación federal que prohíbe la discriminación por razón de sexo en las escuelas (si bien la Corte de Apelaciones reconocía en en su argumentación que la equivalencia jurídica entre “sexo” e “identidad de género” no está bien clarificada). Lo que hizo la Corte de Apelaciones fue devolver el caso al juez Doumar al considerar que este debía evaluar el caso de una forma más detallada a la luz de lo expuesto en el fallo (que puedes consultar íntegramente aquí). Doumar, finalmente, emitió una orden para que Gavin Grimm pudiese utilizar el baño que corresponde a su identidad masculina.

Una decisión que el Consejo Escolar del Condado de Gloucester apeló directamente al Tribunal Supremo, solicitando de este que con carácter urgente la orden quedase temporalmente invalidada en tanto se desarrollase el proceso legal. Algo a lo que el Tribunal Supremo accedió por 5 votos contra 3, gracias al voto decisivo de Stephen Breyer, uno de los miembros del bloque “progresista”, que en este caso se unió a los cuatro jueces de perfil más conservador. recordemos, el Tribunal Supremo de Estados Unidos está formado solo por 8 miembros, dado que tras el inesperado fallecimiento de Antonin Scalia el Partido Republicano, que controla el Senado, se ha negado a ratificar a Merrick Garland, el candidato propuesto por Barack Obama, al menos hasta que tengan lugar las elecciones presidenciales.

En caso de que Breyer se hubiera alineado con el resto de jueces progresistas habría habido un empate, con lo cual hubiera prevalecido, al menos temporalmente, la decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito.

El papel de la administración Obama

barack-obamaEn paralelo a todo este proceso, el propio departamento federal de Educación emitía el pasado mayo una instrucción que estipulaba que en efecto prohibir a los estudiantes trans usar las instalaciones que corresponden a su identidad de género supone una violación del Título IX. Aquel documento, que puedes descargar en su integridad aquí, tenía un carácter informativo y aclaratorio, y enumeraba las diferentes casuísticas que a juicio de la administración federal quedan cubiertas por el Título IX (y cuyo incumplimiento, por tanto, podría suponer la retirada de fondos federales) y aquellas que no. Según este documento queda cubierto, por ejemplo, el uso de baños públicos y vestuarios. También el que, en aquellos casos en los que de forma excepcional las escuelas convoquen actividades separadas por sexos (que de forma general están prohibidas en este tipo de centros), los estudiantes transgénero puedan acudir a las que corresponden a su identidad de género.

La acción de la administración Obama, conviene precisar, no venía desencadenada directamente por el caso de Gavin Grimm, sino que tenía lugar en el contexto de la aprobación por Carolina del Norte de su infame ley antiLGTB, gracias al control republicano de dicho estado. Un texto que prohíbe a los ayuntamientos y condados del estado establecer nuevas medidas contra la discriminación de las personas LGTB y deroga las previamente existentes (como la que ya había sido aprobada en la ciudad de Charlotte, que amparaba a lesbianas, gais, bisexuales y transexuales ante cualquier tipo de discriminación de que fueran objeto en lugares donde se ofrecen servicios, como comercios, restaurantes, hoteles o taxis). Entre las medidas prohibidas, la de permitir a las personas transexuales que puedan utilizar los aseos correspondientes a su identidad de género en cualquier centro público. Una ley contra la que la propia fiscal general de Estados Unidos, Loretta Lynch, ha interpuesto una demanda.

Finalmente, para complicar aún más la cosa, el juez federal Reed O’Connor, de Forth Worth (Texas), emitía en agosto una medida cautelar que dejaba en suspenso la instrucción emitida por el departamento de Educación, como respuesta a la demanda presentada por representantes de 13 estados. O’Connor consideró que el Gobierno estadounidense se excedió en sus funciones al obligar a los estados a elegir entre desobedecer la normativa federal (exponiéndose a perder fondos públicos) o acatarla, lo cual, en su opinión, contradice estatutos y textos regulatorios a nivel de los estados.

El Supremo decidirá… elecciones mediante

Esa es, más o menos, la situación de fondo en este momento. Ahora el Supremo ha decidido aceptar la apelación del Consejo Escolar del Condado de Gloucester referida al caso de Gavin Grimm para su discusión. El Consejo Escolar argumenta que en este caso la justicia federal ha actuado de forma inadecuada al asumir sin más la interpretación que una agencia federal hace de una regulación que ni siquiera tiene rango de ley.

Se trata, según los analistas, del caso de mayor perfil político de los que el Tribunal Supremo ha decidido aceptar desde el fallecimiento de Scalia. De ahí que sea previsible que genere una gran polémica. Entre otras cosas, debido al actual contexto político estadounidense.

Por lo pronto, la discusión del caso, y las correspondientes audiencias a las partes, no tendrá lugar hasta el año 2017. Lo que significa que no sabemos qué habrá sucedido entonces con el puesto vacante del Supremo. En el caso, absoluto descartable, de que Donald Trump se haga con la presidencia en las elecciones del 8 de noviembre y los republicanos mantengan el control del Senado, es muy posible que dicha vacante sea ocupada por un juez fuertemente conservador y contrario a los derechos LGTB (es de hecho, una de las promesas electorales de Trump, que ha llegado a defender el nombramiento de jueces que deshagan la sentencia de 2015 sobre el matrimonio igualitario). Pero incluso en el caso de que no sea así, y dicha plaza la ocupe finalmente Merrick Garland, el candidato propuesto por Obama y que lleva meses pendiente de confirmación), la discusión se prevé ajustada.

La estrategia del “pánico transexual”, transfondo de la polémica

images4Pocos dudan de que nos encontramos ante un caso especialmente trascendente. Los grupos opuestos a los derechos LGTB en Estados Unidos han encontrado en el “pánico transexual en los baños” el argumento que estaban buscando para relanzar su lucha en territorios en los que no cuentan con una ventaja social clara. Una estrategia que ensayaron con gran éxito en Houston, posiblemente la ciudad más abiertamente pro-LGTB del estado de Texas, donde una vergonzante campaña contra el uso de los baños femeninos por las mujeres transexuales consiguió tumbar en referéndum la normativa antidiscriminatoria que la ciudad había aprobado.

Meses después esta misma estrategia volvía a conseguir un éxito sonado en Carolina del Norte, donde la absurda polémica sobre los baños enmascaraba, como explicamos arriba, la aprobación de lo que es todo un paquete de medidas legales encaminadas a hacer posible la discriminación de las personas LGTB en muy diversos aspectos. Medidas que están encontrando, eso sí, una cada vez mayor contestación social y que pueden suponerle a Carolina del Norte la pérdida de importantes inversiones económicas (por ejemplo, la NBA ha decidido llevarse a otro estado la celebración del All-Star Game de 2017).

Si la decisión del Supremo es favorable al Consejo Escolar del Distrito de Gloucester y avala la discriminación tránsfoba de Gavin Grimm, esta estrategia habrá conseguido, de hecho, una victoria muy importante para el bando conservador. Si además esta se produjera en un contexto político hostil a los derechos LGTB (esperemos a los resultados del próximo 8 de noviembre…) las consecuencias podrían ser muy negativas.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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El Supremo de los Estados Unidos impide a un adolescente trans usar el baño que corresponde a su identidad mientras decide si acepta el caso

Sábado, 6 de agosto de 2016
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Gavin_Grimm_insert_courtesy_Gavin_GrimmGavin Grimm

Malas noticias, al menos de momento. Por primera vez, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos se ha pronunciado (de forma indirecta) sobre la polémica que rodea en ese país el uso de los baños y otras instalaciones públicas por parte de las personas transexuales. Y lo ha hecho prohibiendo temporalmente a un adolescente trans que pueda usar el baño de chicos de su instituto. La decisión, adoptada por 5 votos a 3, supone mantener el statu quo jurídico a la espera de que el Supremo adopte una decisión sobre el fondo del asunto, posiblemente en próximos meses.

En este caso el voto decisivo ha sido el de Stephen Breyer, uno de los miembros del bloque “progresista”, que se ha unido a los cuatro jueces de perfil más conservador y ha dado la razón al Consejo Escolar del Distrito de Gloucester, en Virginia. El Consejo Escolar había solicitado con carácter urgente que el permiso para que Gavin Grimm pudiese utilizar el baño que corresponde a su identidad de género, emitida por el juez federal Robert Doumar, quedase temporalmente invalidada en tanto se desarrolla el proceso legal.

La orden de Doumar se producía tras el importante pronunciamiento de la Corte federal de Apelaciones del 4º Circuito, con sede en Richmond (Virginia), que el pasado mes de abril había dado la razón al adolescente. Se trataba de una decisión también provisional, pero que entonces se inclinaba del lado de Gavin: la Corte de Apelaciones consideró que el derecho del adolescente a usar los baños que corresponden a su identidad de género (en este caso masculina) sí podía considerarse amparado por la legislación federal que prohíbe la discriminación por razón de sexo en las escuelas.

La historia de Gavin

Tras salir del armario como chico, Gavin Grimm comenzó a usar los baños que corresponden a su identidad masculina en su instituto de Gloucester. Aparentemente ello no le supuso problema alguno con sus compañeros, pero en cuanto la noticia llegó a oídos de los padres un grupo de ellos solicitó al consejo escolar del condado que se le habilitase un baño separado de los que usan el resto de estudiantes.

El joven, forzado a usar un baño distinto al que le corresponde como chico y asistido por la ACLU (American Civil Liberties Union), demandó al instituto ante la justicia federal en junio de 2015, al considerar que la medida suponía una violación del Título IX, la ley federal que desde principios de los años setenta prohíbe a toda institución educativa que reciba fondos del Gobierno discriminar por razón de sexo. Ya en abril de 2014, de hecho, el Departamento de Educación de Estados Unidos había publicado un documento aclarando que las protecciones derivadas del Título IX se extendían también a los estudiantes LGTB.

Cuando el juez Robert Doumar estudió en caso en primera instancia denegó la petición de Gavin, pero el joven apeló. Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito (con jurisdicción sobre los estados de Virginia, Virginia Occidental, Maryland, Carolina del Norte y Carolina del Sur) le dio la razón, por 2 votos contra 1, aun reconociendo en su argumentación que la equivalencia jurídica entre “sexo” e “identidad de género” no está bien clarificada. La Corte de Apelaciones devolvió el caso al juez federal de distrito al considerar que este debía evaluar el caso de una forma más detallada a la luz de los argumentos expuestos en el fallo (que puedes consultar íntegramente aquí). El resto ya lo sabemos…

La decisión del Supremo: un revés temporal

De hecho, si ahora Stephen Breyer hubiera unido su voto al de las otras tres jueces del bloque progresista se hubiera registrado un empate, con lo cual la posición de la Corte de Apelaciones, la más alta de las que han valorado el caso, hubiese prevalecido. Pero no ha sido así. El propio Stephen Breyer, sin embargo, ha querido dejar claro, en un voto particular, que el suyo era un voto “de cortesía” hasta que el Supremo decida si revisa el fondo del asunto, algo que no ocurrirá previsiblemente hasta octubre. Si decide hacerlo, el statu quo se mantendrá hasta que haya una decisión final.

Si finalmente el Supremo decide no revisar el caso, finaliza la suspensión temporal: prevalece la posición del tribunal más alto que ha valorado el caso (la Corte de Apelaciones) y Gavin, en teoría, podría volver a usar el baño de chicos. “Lo que es triste”, ha declarado Joshua Block, abogado de la ACLU, “es que hay una posibilidad muy seria de que incluso si Gavin gana el caso la decisión no llegue a tiempo”. Y es que Gavin Grimm, que tiene ya 17 años, comenzará este otoño su último curso en el instituto.

La estrategia del “pánico transexual”, transfondo de la polémica

Si la decisión que la Corte de Apelaciones tomó en abril fue recibida con satisfacción por el colectivo LGTB estadounidense, lo sucedido ahora supone un cierto jarro de agua fría. No conviene olvidar que los grupos opuestos a los derechos LGTB en Estados Unidos parecen haber encontrado en el “pánico transexual en los baños” el argumento que estaban buscando para relanzar su lucha, al menos en los estados más conservadores en los que los republicanos gozan de mayoría.

Una estrategia que ensayaron con éxito en Houston (Texas), donde una vergonzante campaña contra el uso de los baños femeninos por las mujeres transexuales consiguió tumbar en referéndum la normativa antidiscriminatoria que la ciudad había aprobado. Meses después esta misma estrategia volvía a conseguir un éxito sonado en Carolina del Norte, donde la absurda polémica sobre los baños enmascaraba la aprobación de lo que es todo un paquete de medidas legales encaminadas a hacer posible la discriminación de las personas LGTB en muy diversos aspectos. Medidas que están encontrando, eso sí, una cada vez mayor contestación social y que pueden suponerle a Carolina del Norte la pérdida de importantes inversiones económicas (hace solo unos días recogíamos, por ejemplo, como la NBA ha decidido llevarse a otro estado la celebración del All-Star Game de 2017).

Fuente Dosmanzanas

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Fallece el juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia, enemigo pertinaz de los derechos LGTB

Jueves, 18 de febrero de 2016
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supreme-court-justices-john-roberts-antonin-scaliaEl juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia ha fallecido a los 79 años, mientras disfrutaba unos días de asueto en un rancho de Texas. De convicciones fuertemente conservadoras, el juez Scalia se ha significado por su pertinaz rechazo a cualquier avance en los derechos de las personas LGTB, al fallar en contra de los mismos en todas las ocasiones en que la discriminación del colectivo LGTB ha llegado a instancias del Tribunal Supremo. Queda ahora en manos del presidente Barack Obama, que debe proponerlo, y del Senado estadounidense, que debe corroborarlo, el nombramiento de su sucesor.

Las autoridades federales anunciaban el fallecimiento el pasado sábado 13 de febrero del juez del Tribunal Supremo de los Estados Unidos Antonin Scalia. El magistrado se encontraba en un rancho del oeste de Texas, al que había llegado la víspera para participar en una fiesta de carácter privado junto a otras cuarenta personas. Según las mismas fuentes, la investigación llevada a cabo permitiría considerar que el fallecimiento se ha debido a causas naturales.

Antonin Scalia fue propuesto para ser miembro del Tribunal Supremo por Ronald Reagan en 1986. Desde entonces ha destacado por su fuerte conservadurismo y por pertenecer al grupo de jueces “textualistas”, es decir, aquellos que interpretan la constitucionalidad o no de una materia en función de la literalidad del texto de la Constitución de Estados Unidos o, en su defecto, en función de lo que consideran que eran las intenciones originales de los padres de la Constitución en el momento de ser redactada. Así, estiman que asuntos como la pena de muerte, la prohibición del aborto o calificar como delito la sodomía son perfectamente constitucionales, ya que han formado parte de la tradición jurídica estadounidense desde el primer momento, incluso en vida de los padres de la Constitución, sin que estos expresaran dudas al respecto.

Él mismo declaró en 2012 que le resultaba “absolutamente fácil” sentenciar en contra de cuestiones como el derecho al aborto o “la sodomía homosexual”, cuya penalización justificaba en que “durante doscientos años ha sido un delito en todos los estados”. Esta aseveración se ha visto repetidamente respaldada por sus votos discrepantes en todos los casos dilucidados por el Tribunal Supremo en materia de derechos LGTB en los últimos años.

Romer vs. Evans o la protección contra la discriminación

En 1992, los ciudadanos de Colorado votaron mayoritariamente a favor de una enmienda a la Constitución de ese estado, que impediría que los ciudadanos homosexuales o bisexuales pudieran solicitar a las instituciones públicas el ser considerados como minoría, y poder reclamar que se adoptasen a su favor las oportunas medidas antidiscriminatorias.

Por una mayoría de 6 votos contra 3, en mayo de 1996 el Tribunal Supremo dictaminó que esa enmienda violaba la Constitución de los Estados Unidos, pues impedía que las personas de una determinada orientación sexual pudieran denunciar cualquier discriminación arbitraria de la que fueran objeto. Según la sentencia, “la enmienda es a la vez demasiado angosta y demasiado amplia. En ella se identifica a las personas por tan solo un rasgo, y luego se les deniega la protección en todos los ámbitos. La inhabilitación para ejercer el derecho a solicitar protección a un tipo determinado de personas no tiene precedentes en nuestra jurisprudencia”.

El juez Antonin Scalia discrepó de la sentencia, señalando en sus argumentos que “la enmienda constitucional que aquí nos ocupa no es la manifestación de un deseo de dañar a los homosexuales, a priori, sino más bien es un modesto intento por parte de los residentes de Colorado, aparentemente tolerantes, de preservar las costumbres sexuales tradicionales contra los esfuerzos de una minoría poderosa políticamente de revisar esas costumbres por medio del uso de las leyes”.

El magistrado justificaba repetidamente que se tratase de conservar en las leyes la desaprobación a la homosexualidad, bien sea penalmente o, como en el caso de Colorado, evitando la igualdad ante la ley de los homosexuales. Para el juez Scalia, que hacía así toda una declaración de principios y de prejuicios, el problema era que quienes participan de la conducta homosexual tienden a residir en un número desproporcionado en ciertas comunidades, disponen de altos ingresos y se preocupan por los derechos homosexuales mucho más ardientemente que el público en general, tienen un poder político mucho mayor que el que les corresponde por su número, tanto a nivel local como a nivel estatal. Es bastante comprensible que dediquen ese poder político para lograr no solo una tolerancia social a regañadientes, sino la aceptación social plena de la homosexualidad”.

Lawrence vs. Texas o el fin de la penalización de la homosexualidad

En 1998, John Lawrence y Tyron Garner fueron detenidos en el domicilio del primero de ellos, en la ciudad de Houston. Se les acusaba de vulnerar la ley contra la “Conducta Homosexual” vigente en el estado de Texas, que penalizaba que dos personas del mismo sexo mantuvieran sexo oral o anal, aunque la relación sexual tuviera lugar en la intimidad de un domicilio particular, y aunque esas prácticas si se les estuvieran permitidas a las parejas heterosexuales.

Tras una larga batalla legal, llena de apelaciones y sentencias contradictorias, el caso terminó en manos del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. No había precedentes halagüeños respecto a la doctrina del alto tribunal, pues en 1986 el panel de jueces entonces en activo había validado las leyes contra la sodomía del estado de Georgia. Pero sí que existía el precedente favorable de Romer vs. Evans y su declaración de inconstitucionalidad de las leyes que impidieran la protección contra la discriminación.

Afortunadamente, en una sentencia histórica fechada en junio de 2003, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictaminó, por una mayoría de 6 votos contra 3, que las leyes contra la sodomía vigentes en varios de los estados vulneraban la Constitución de los Estados Unidos. No solo se declaraba inconstitucional que el Estado interfiera en las relaciones sexuales privadas y consensuadas entre adultos, sino que establecía que ese derecho a la intimidad y a la privacidad debía ser disfrutado igualmente por las parejas de distinto o del mismo sexo.

Uno de los tres jueces discrepantes fue, de nuevo, Antonin Scalia. En esta ocasión, en su argumentación denunciaba que la sentencia formaba parte de la, para él, bien conocida “agenda homosexual”, en la que estarían involucrados los más afamados bufetes de abogados. El juez justificaba su discrepancia en que “muchos estadounidenses no quieren que las personas que se dedican abiertamente a la conducta homosexual sean sus socios en los negocios, monitores de sus hijos, maestros en las escuelas de sus hijos, o formen parte del servicio doméstico. Ellos ven estas leyes como una protección para sí mismos y sus familias de un estilo de vida que creen que es inmoral y destructivo”. Finalmente llegaba a afirmar que la discriminación en este caso se trataba de “un derecho constitucional” al igual que lo era en cuestiones como el asesinato, el bestialismo, el incesto o la crueldad con los animales.

A pesar de los argumentos de Scalia, en la práctica, Lawrence vs. Texas supuso el fin de la penalización de las relaciones homosexuales en los Estados Unidos, convirtiéndose en el mayor avance en los derechos de las personas LGTB en ese país hasta la fecha.

US vs. Windsor o el reconocimiento federal de los derechos LGTB

Edith (familiarmente “Edie”) Windsor, de 83 años, no pudo acogerse a una serie de beneficios para los matrimonios en materia de herencia a la muerte de su esposa Thea Spyer en 2009, lo que la obligó a desembolsar 360.000 dólares en impuestos. Y ello pese a que Windsor y Spyer, pareja durante 44 años, se casaron en Canadá en 2007 y el estado de Nueva York reconoció su matrimonio (aunque Nueva York solo celebra matrimonios entre personas del mismo sexo desde 2011, antes ya reconocía los celebrados fuera).

De todo ello era responsable la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo. Windsor reclamó que el no reconocimiento de su matrimonio por la administración federal violó las garantías de igualdad de protección contenidas en la Constitución de los Estados Unidos. Leer más…

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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos aprueba el matrimonio igualitario y reconoce la discriminación histórica de gais, lesbianas y bisexuales

Sábado, 27 de junio de 2015
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court5Por una mayoría de 5 votos favorables a 4, el plantel de jueces del Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha dictaminado que el matrimonio es un derecho constitucional del que no se puede excluir a las parejas del mismo sexo. El espíritu de la sentencia puede resumirse en su resolución final, en la que los magistrados favorables estiman que las parejas demandantes reclamaban “igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho”. Contra esta argumentación, la minoría disidente alude a argumentos caducos como el relacionar matrimonio y procreación o el socavamiento de la libertad religiosa.

Las previsiones más optimistas se han visto cumplidas y la más alta instancia judicial de los Estados Unidos, su Tribunal Supremo, intérprete máximo de la Constitución, ha dictaminado que las parejas del mismo sexo de todo el país tienen el derecho constitucional a contraer matrimonio, sea cual sea el estado en el que residan. Así, el matrimonio igualitario alcanza a todos aquellos estados donde las leyes que lo prohibían aún estaban vigentes o pendientes de resolución judicial definitiva: Dakota del Norte, Dakota del Sur, Nebraska, Kansas, Texas, Misuri, Arkansas, Luisiana, Mississippi, Alabama, Georgia, Tennessee, Kentucky, Ohio y Michigan. La sentencia también afectará a otros territorios vinculados a las decisiones del Tribunal Supremo, como Puerto Rico.

Los nueve jueces del Tribunal Supremo debían discernir si las sentencias desfavorables al matrimonio igualitario de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito se ajustaban a la Constitución de los Estados Unidos. Las cuatro parejas recurrentes reclamaban el derecho a contraer matrimonio en su estado de residencia, o a ver reconocido el contraído en otro estado donde era legal. Afectaban a sentencias de los estados de Tennessee, Michigan, Kentucky y Ohio.

Todas ellas se aunaron en el caso Obergefell v. Hodges, que finalmente fue aceptado por el Tribunal Supremo para su consideración a principios de año. El caso hacía referencia al recurrente de Ohio, a quien se había denegado el reconocimiento de su matrimonio celebrado en Maryland, un estado que sí permitía casarse a las parejas del mismo sexo. Aunque la pareja consiguió una sentencia favorable de un tribunal federal, la Fiscalía de Ohio recurrió ante la Corte de Apelaciones del 6ª Circuito, que anuló tanto esa sentencia como las que habían tenido lugar en los otros estados de su jurisdicción.  Lamentablemente, el marido de Jim Obergefell, John Arthur, murió de una enfermedad terminal en plena lucha por sus derechos constitucionales.

El ponente de la sentencia ha sido el juez Anthony Kennedy (el mismo del fundamental y precursor caso Windsor), a quien se han unido con su voto favorable los jueces Stephen Breyer, Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor y Elena Kagan. El juez Kennedy establece que el matrimonio es un derecho fundamental, y que “la identificación y protección de los derechos fundamentales es una parte perdurable de la obligación judicial de interpretar la Constitución”. Prohibir ese derecho fundamental a un grupo determinado de ciudadanos vulnera la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, que ampara el derecho al debido proceso y la igual protección ante la ley: ”Ningún estado podrá dictar ni dar efecto a una ley que limite los privilegios o exenciones de los ciudadanos de los Estados Unidos; ningún tribunal de cualquiera de los estados podrá privar a una persona de su vida, su libertad o propiedad sin el debido proceso legal; ni podrá denegar a una persona dentro de su jurisdicción la igual protección ante las leyes. Si los estados permiten que las personas se casen con otras personas del sexo opuesto de su elección, deben permitir que las personas hagan la misma elección con cónyuges del mismo sexo”.

Discriminación histórica

No obstante, algunos esperaban que los fundamentos del fallo hicieran referencia a la orientación sexual como merecedora del más alto escrutinio, el mismo que merecen el sexo, la raza o el origen étnico. Eso hubiera significado que ninguna ley, mandato u ordenanza podría discriminar, ni siquiera por omisión, a los ciudadanos de los Estados Unidos en base a su orientación sexual. Sin embargo, la sentencia únicamente se ha ceñido al derecho al matrimonio y a la vulneración de la igual protección ante la ley en ese ámbito.

Aunque el dictamen contiene un detalle que no se ha pasado por alto: el juez Kennedy califica la orientación sexual de gais, lesbianas y bisexuales como “de naturaleza inmutable”, incidiendo más tarde en que “los psiquiatras y otros expertos han reconocido que la orientación sexual es una expresión normal de la sexualidad humana y es inmutable”. Esta calificación da fin a cualquier debate jurídico sobre la elección arbitraria de la orientación sexual y abre la puerta a que en futuros casos se le estipule el más alto escrutinio, pues la cuestión de la “naturaleza inmutable” ha sido fundamental para que le fuera reconocido al sexo o a la raza. A nadie se le escapa tampoco la relevancia que podrá tener en la lucha contra las terribles “terapias reparadoras”.

Pero el factor principal para designar a un grupo como merecedor del más alto escrutinio es el hecho de que haya sido históricamente discriminado. El juez Kennedy lo establece sin duda alguna: ”Durante gran parte del siglo XX la homosexualidad fue tratada como una enfermedad. Mientras tanto, la intimidad entre personas del mismo sexo había sido largamente condenada como inmoral por el propio Estado en la mayoría de las naciones occidentales, una creencia que a menudo se encarnaba en la ley penal. El sexo entre dos hombres o dos mujeres sigue siendo un crimen en muchos Estados, y a los gais y lesbianas se les ha prohibido el acceso a la mayor parte del empleo público, se les ha excluido del servicio militar, de las leyes de inmigración, han sido objetivos de la policía y se les ha impedido el derecho de asociación”. La repercusión que este argumento pueda tener en futuras sentencias, de este u otro tribunal, es indudable.

Finalmente, la sentencia se fundamenta en el derecho a la igual dignidad de todos los ciudadanos, sin excepción, y en la decisión de no excluir a ninguna persona de un derecho fundamental, la institución del matrimonio, que no hace sino engrandecerse al poder acoger a todos los ciudadanos:

Ninguna unión es más profunda que el matrimonio, ya que encarna los más altos ideales de amor, fidelidad, dedicación, sacrificio y familia. En la formación de una unión matrimonial, dos personas se convierten en algo más grande de lo que eran. Como algunos de los demandantes de estos casos han demostrado, el matrimonio representa un amor que puede incluso perdurar más allá de la muerte. Sería malinterpretar a estos hombres y mujeres afirmar que faltan al respeto a la idea del matrimonio. Su demanda se produce porque la respetan, la respetan tan profundamente que tratan de poder llevarla a cabo ellos mismos. Su esperanza es no estar condenados a vivir en soledad, excluidos de una de las instituciones más antiguas de la civilización. Piden igual dignidad a los ojos de la ley. La Constitución les otorga ese derecho.

La sentencia de la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito queda invalidada.

Votos discrepantes

Los votos contrarios a la sentencia han partido de los jueces John G. Roberts (actual presidente del Supremo), Antonin Scalia, Clarence Thomas y Samuel Alito, como la mayoría de los expertos había previsto. Han presentado sus argumentos en cuatro opiniones de disenso, que ocupan dos tercios de los 103 folios que componen la sentencia.

La más profusa, elaborada por el juez Roberts, ha sido firmada también por Scalia y Thomas, e incide en viejos argumentos como el de relacionar matrimonio con procreación: “el matrimonio es una solución socialmente organizada para el problema de lograr que las personas permanezcan unidas y cuiden a sus hijos, pues el mero deseo de tener hijos y el sexo que hace posible que haya niños, no lo resuelve”. No sabemos si ese criterio es aplicable a las parejas heterosexuales que no puedan o no quieran procrear.

También echa mano el juez Roberts de la definición del matrimonio que ofrece la primera edición del diccionario Webster, como argumento de  peso: “la unión legal de por vida entre un hombre y una mujer”. Al parecer, al Webster aún no había llegado el divorcio. Pero su argumento fundamental es que no se trata de una cuestión de índole constitucional, sino de una decisión que debería poder tomar el pueblo mediante votación, aunque suponga la discriminación de parte de la ciudadanía. Así lo evidencia en su sorprendente conclusión final: “Si se encuentra usted entre los muchos estadounidenses, cualquiera que sea su orientación sexual, que están a favor de la expansión de los matrimonios del mismo sexo, por supuesto que celebrará la decisión de hoy. Celebrará el logro de una meta deseada. Celebrará la oportunidad de una nueva expresión del compromiso con su pareja. Celebrerá la disponibilidad de nuevos beneficios. Pero no celebrará la Constitución. No tenía nada que ver con eso”.

El juez Scalia llega tan lejos como para negar que el propio tribunal al que pertenece pueda dictar resolución alguna: “Un sistema de gobierno que subordina a las personas a un comité de nueve magistrados no electos no merece llamarse una democracia”, una clara referencia a que la mayoría de las legislaciones contra el matrimonio igualitario habían sido convalidadas mediante referéndum. Scalia asevera que no es un intolerante mientras califica a sus colegas firmantes de la sentencia favorable de “narcisistas pretenciosos”.

El juez Clarence Thomas considera que la cuestión del matrimonio entre personas del mismo sexo debería haberse limitado a una cuestión política, no judicial. También teme que la decisión mayoritaria socave la libertad religiosa. Aunque lo más sorprendente es que el siguiente argumento provenga del único miembro afroamericano del alto tribunal: “El corolario de este principio es que la dignidad humana no puede ser socavada por el gobierno. Los esclavos no perdieron su dignidad (más de lo que pierden su humanidad) porque el gobierno permitiera que fueran esclavizados. Los detenidos en campos de internamiento no perdieron su dignidad  porque el gobierno les confinara allí. Y a quienes les niegan beneficios gubernamentales ciertamente no pierden su dignidad porque el gobierno se los niegue. El gobierno no puede conceder la dignidad, y no la puede quitar”.

Finalmente, el juez Samuel Alito se muestra muy preocupado por que los partidarios de los derechos LGTB utilicen los argumentos de la mayoría del tribunal respecto a la discriminación histórica del colectivo para vilipendiar a quienes quieran discriminarles: Serán utilizados para vilipendiar a los estadounidenses que no estén dispuestos a asentir a la nueva ortodoxia. En sus fundamentos, la mayoría del tribunal compara las leyes tradicionales de matrimonio a las leyes que negaban la igualdad de trato para los afroamericanos y las mujeres. Las implicaciones de esta analogía serán explotadas por aquellos que están decididos a acabar con todo vestigio de disidencia”.

Fuente Dosmanzanas

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Tras escuchar argumentos a favor y en contra del matrimonio igualitario, el Supremo de Estados Unidos mantiene el suspense

Jueves, 30 de abril de 2015
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SCOTUSScheduledLos nueve miembros del Tribunal Supremo de los Estados Unidos han escuchado este martes 28 de abril los argumentos orales a favor y en contra de la inconstitucionalidad de prohibir a las parejas del mismo sexo contraer matrimonio. Como es habitual en estos casos, los analistas han examinado con lupa todas y cada una de las preguntas que los magistrados han hecho a las partes. No parece haber sorpresas: el juez que según las previsiones inclinará la balanza hacia uno u otro lado, Anthony Kennedy, ha hecho observaciones comprometidas para las dos partes. También lo ha hecho John Roberts, a priori alineado con los conservadores. El proceso, como hemos señalado en entradas anteriores, puede significar la definitiva extensión del matrimonio igualitario a todo el país o la regresión hacia una situación de profunda desigualdad jurídica en función del estado en el que se viva.

El Tribunal Supremo anunciaba en enero que en este primer semestre de 2015 revisaría el fallo de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, con sede en Cincinnati, que en noviembre de 2014 decidió sobre los recursos a cuatro sentencias favorables al matrimonio igualitario emitidas por cuatro jueces federales en los estados de Kentucky, Michigan, Ohio y Tennessee.  En los dos primeros casos, las sentencias se referían a parejas del mismo sexo a las que no se les permite contraer matrimonio, mientras que en Ohio y Tennessee las sentencias obligaban a reconocer matrimonios ya celebrados en otros estados. La Corte de Apelaciones del 6º Circuito, sin embargo, falló en sentido contrario, al considerar que la decisión o no de autorizar el matrimonio igualitario corresponde a los estados y no es una cuestión que deba dirimirse en base a argumentos constitucionales (en concreto a los derechos al debido proceso y a la igual protección recogidos en la 14ª enmienda a la Constitución de los Estados Unidos), como sí han considerado el resto de circuitos que se han pronunciado hasta el momento  (el Décimo, el Cuarto y el Séptimo) y casi todos los jueces federales que han fallado ya sobre el asunto.

Los equipos legales de las parejas demandantes decidieron recurrir directamente al Tribunal Supremo. De las apelaciones presentadas, el alto tribunal decidió dar respuesta a dos cuestiones:

  1. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado autorice un matrimonio entre dos personas del mismo sexo?
  2. ¿La Decimocuarta Enmienda requiere que un estado reconozca el matrimonio entre dos personas del mismo sexo, cuando dicho matrimonio ha sido legalmente autorizado y tenido lugar fuera de ese estado?

A priori: resultado muy ajustado (5-4 a favor, 5-4 en contra…)

¿Cuál es el equilibrio de poder, en este caso? La mejor referencia es la de junio de 2013, cuando el Tribunal Supremo, por 5 votos contra 4, consideró que la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo, violaba las garantías de igualdad contenidas en la 5ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.

En aquella ocasión fallaron a favor los cuatro jueces considerados de perfil liberal (Stephen Breyer, Elena Kagan, Ruth Ginsburg y Sonia Sotomayor) y Anthony Kennedy, cuyo voto resultó decisivo y que fue, de hecho, el ponente de la sentencia. En contra fallaron los cuatro jueces de perfil más conservador (Samuel Alito, Antonin Scalia, Clarence Thomas y el actual presidente del Supremo, John Roberts).

Tras los argumentos orales… ¿Dos posibles votos oscilantes?

court5Pero, ¿qué ha pasado este martes? Sin entrar en mucho detalle, los analistas señalan que, a tenor de las preguntas que han hecho a las partes, la clave estará en dos jueces: el propio Anthony Kennedy, cuyo voto podría volver a ser el decisivo, y John Roberts, que hace dos años prefirió inclinarse en contra de los intereses de los matrimonios del mismo sexo. Ambos han hecho preguntas incómodas para los dos partes.

Anthony Kennedy ha provocado cierta inquietud en los partidarios del matrimonio igualitario al considerar, al dirigirse a Mary Bonauto, abogada de las parejas, que el matrimonio ha sido entendido durante “milenios” como una unión entre un hombre y una mujer. “Es difícil para el Tribunal llegar y decir ahora: ‘bueno, nosotros lo sabemos mejor’”. Kennedy, sin embargo, también se mostraba inquisitivo con John Bursch, que representaba a los estados que prohíben el matrimonio igualitario, al que le pedía explicar por qué el hecho de que dos personas del mismo sexo puedan casarse pone en peligro el matrimonio tradicional. También se ha mostrado preocupado por cómo la prohibición del matrimonio igualitario afecta a los hijos de parejas homosexuales. Kennedy ha afirmado además que “el propósito fundamental del matrimonio es dignificar a las parejas, algo que se niega a las parejas del mismo sexo”.

John Roberts, por su parte, ha mostrado también su preocupación por lo que ha considerado un cambio profundo de la institución del matrimonio, pero por otro lado ha pedido explicaciones a los contrarios al matrimonio igualitario. “Si Sue ama a Joe y Tom ama a Joe, y Sue puede casarse con él pero Tom no… ¿Por qué no estamos hablando de una situación de discriminación sexual?”, se ha preguntado.

Más previsibles han sido las manifestaciones del resto de magistrados, tanto de los más conservadores como de los más liberales. Entre estos últimos han destacado algunos comentarios de Ruth Ginsburg, uno de los votos seguros a favor del matrimonio igualitario, que ha destacado que ya en el pasado la definición de matrimonio ha cambiado, pasando de ser una institución en la que había una parte dominante y otra subordinada a ser una institución igualitaria entre las partes.

En definitiva, nada está claro. El resultado podría ser un 5-4 a favor de la inconstitucionalidad de prohibir el matrimonio igualitario (sería el resultado más coherente con el de hace dos años sobre la DOMA), un 5-4 en contra, o incluso un 6-3 a favor, en caso de que Kennedy mantenga argumentaciones alineadas con la sentencia que él mismo redactó en 2013 y Roberts decida dar la sorpresa.

La solución, a finales de junio…

Fuente Dosmanzanas

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