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Chile: Derechos de personas trans hacen historia en la Corte Suprema y en el sistema de educación superior

Viernes, 1 de junio de 2018
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640x0-noticias-pantallazo-de-twitter-de-movilh-1Por un lado la Corte Suprema autorizó el cambio de nombre y sexo legal de una persona trans sin necesidad de cirugías. Por otro, el Demre permitirá a estudiantes trans rendir la PSU con su nombre y sexo social, mientras la UC, la Usach y la Chile ya implementaron medidas en similar sentido.

Los derechos de las personas trans siguen avanzando en Chile tras inéditos pronunciamientos de la Corte Suprema y del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) que marcan un antes y un después en el quehacer de los sistema de justicia y de enseñanza, en forma respectiva.

En efecto, ayer la Cuarta Sala Corte Suprema dictaminó que una persona trans pueda cambiar su nombre y sexo legal sin necesidad de someterse a cirugías, mientras que el DEMRE  autorizó que los estudiantes trans podrán postular a la rendición de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) con su nombre y sexo social, lo cual a juicio del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) refleja un nuevo clima social y cultural que es favorable para quienes tienen una identidad de género diversa.

El fallo de la Corte

Con el voto en contra del magistrado Ricardo Blanco, los jueces Haroldo Brito, Andrea Muñoz y los abogados Leonor Etcheberry y Rodrigo Correa, anularon dos sentencias previas  que se habían negado a cambiar el sexo legal de una persona trans.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez explicó que “esta sentencia es un hito, pues si bien ya existen fallos de tribunales que han posibilitado la rectificación de la partida de nacimiento sin exigir cirugías, es la primera sentencia donde la Corte Suprema refrenda este principio. Esto significa, en la praxis, que desde ahora todos los tribunales deberán autorizar el cambio de nombre y sexo legal sin cirugías”·

Añadió que “tras este gran e histórico fallo de la Suprema se esconde el sufrimiento de una persona que debió sortear tres instancias judiciales para que se reconociera su derecho, así como el esfuerzo de una gran abogada y persona, como lo es Lorena Lorca”, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile con años de trayectoria en demandas de rectificación de partida de nacimiento

En el fallo se estableció que exigir cirugías para el cambio de nombre y sexo legal “sería quedarnos en una visión reduccionista que equipara el sexo en términos jurídicos, con solo una de sus exteriorizaciones, en este caso, la presencia de órganos genitales externos masculinos, obviando los mandatos constitucionales y valoraciones legales más importantes en desmedro de la identidad personal del involucrado”.

La Suprema explicó que “aún cuando nuestro ordenamiento jurídico no regula expresamente esta situación, la interpretación de la normativa vigente conduce a sostener, razonablemente, que no es posible rectificar el nombre de una persona sin que éste a su vez corresponda al sexo ahí señalado, de lo contrario la norma del artículo 31 inciso segundo del Registro Civil estaría siendo violentada

En clara crítica a los dos fallos previos de tribunales, la Suprema estableció que “los jueces de instancia cometen un error al señalar que no existiendo norma que regule y autorice la materia, el cambio de nombre y sexo legal de las personas transexuales ha quedado entregado al criterio personal de cada juez en lo civil que conoce del caso, toda vez que la interpretación de las leyes nacionales, como ha señalado reiteradamente nuestra jurisprudencia, debe ser efectuada a la luz de los principios constitucionales y legales, comenzando por el derecho a la identidad y la dignidad de las personas que se encuentran en estrecha vinculación, razón por la cual la primera le pertenece a todas las personas sin discriminación”.

“Las personas transgénero, deben ser siempre tratadas con pleno respeto y garantías a sus derechos humanos consagrados en los distintos instrumentos internacionales. Aunque la categoría ‘identidad de género’ no esté explícitamente mencionada en los tratados internacionales ratificados por Chile, la Corte Interamericana de Derechos Humanos la ha entendido subsumida en ‘cualquier otra condición social’”, puntualizó la sentencia.

PSU para todos y todas

Por su lado, del Demre precisó que “a partir del Proceso de Admisión 2019”, el cual inicia el próximo 4 de junio, “los/las postulantes trans que se inscriban para la Prueba de Selección Universitaria, podrán ser llamados por su nombre social durante la rendición”.

En una guía difundida en el sitio oficial del Demre se explica que “en la ficha de inscripción PSU”, se podrá incluir el nombre social, el cual “será con el que se te identificará en la lista de llamado de la sala en que te corresponda rendir” la prueba.

Con todo, explicó el Demre, “tu nombre legal seguirá figurando en los documentos oficiales y en nuestro sistema para efectos de inscripción, entrega de puntajes, selección y matrícula mientras no se produzca el cambio de la partida de nacimiento”, trámite que debe efectuarse en tribunales.

Para el Movilh “este avance, más el pronunciamiento de la Suprema, habla de un clima social, cultural, académico y jurídico a favor de los derechos trans, que marca un antes y un después para la calidad de vida de este grupo humano. Sin duda, sus condiciones de vida están comenzando a mejorar, y seguirán por ese camino, lo cual emociona y refuerza la lucha para la plena igualdad social”.

Sin ir más lejos, el pasado lunes el director de asuntos estudiantiles de la Universidad Católica, William Young, anunció que los alumnos y alumnas trans podrán inscribir su nombre social en su tarjeta universitaria y correo institucional.

Tal medida se sumó a las anunciadas a comienzos de mayo por la Universidad de Chile, la cual informó que los estudiantes trans podrán inscribirse con su nombre y sexo social en todos sus registros y ser tratados según su géneros en cualquier tipo de comunicación.

En tanto, la Universidad de Santiago anunció hoy que el pasado 25 de mayo  “aprobó la normativa sobre uso del nombre social para estudiantes transgénero en los registros, documentación,  comunicaciones verbales y escritas de esta Casa de Estudios”

“El uso del nombre social se implementará en los documentos internos, tanto en ámbitos curriculares y extracurriculares, tales como: citaciones, memorandos, registros, listados, notas, actas, padrones electorales, constancias de asistencia, entre otros”, señaló la Usach en un comunicado

Notas relacionadas:

Fallo completo de la Suprema aquí

Fuente MOVILH

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Corte Suprema respalda la filiación y adopción homoparental

Martes, 10 de octubre de 2017
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 corte_suprema-1024x576En un informe sobre el proyecto de ley de matrimonio igualitario que entregó al Senado. El texto destaca que la aprobación de la norma es un compromiso internacional de Chile ante la CIDH.

Por 10 pronunciamientos contra 5 el Tribunal Pleno de la Corte Suprema entregó al Senado un informe favorable a los derechos de filiación y adopción homoparental contemplados en el proyecto de ley de matrimonio igualitario.

Esto luego de que el presidente del Senado, Andrés Zaldívar, consultara al máximo tribunal sobre aquellas normas del proyecto que modifican el artículo 30 de la Ley 4.808 sobre Registro Civil y el artículo 24 de la ley 19.620 sobre adopciones de menores, referidos al orden de los apellidos de los hijos/as de matrimonios entre personas del mismo sexo.

El proyecto de la presidenta Michelle Bachelet postula que serán los progenitores quienes decidirán el orden de los apellidos de su primer hijo en común. En el caso de los futuros hijos, el proyecto obliga a seguir la misma regla del primero. Ambas propuestas fueron aceptadas por la Suprema.

“La norma en análisis no merece reparos en cuanto otorga al juez o jueza que conozca del procedimiento de adopción, la atribución de determinar el orden de los apellidos del adoptado, sujetándola a la voluntad de los progenitores, por cuanto resulta una mención necesaria, en el contexto en que se encuentran los adoptantes y razonable, por cuanto no se advierte por qué se habría de sustituir a los progenitores en aquella decisión”, dice el Informe.

Explica que en la actualidad el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil exige que el apellido paterno vaya primero, pero “la adopción por parte de cónyuges del mismo sexo, genera la necesidad de establecer una regla que determine la forma de resolver el punto, lo que se verifica a través de la modificación propuesta”.

El presidente subrogante Milton Juica y el ministro Lamberto Cisternas se manifestaron a favor de las normas consultadas por el Senado, mientras que los jueces Sergio Muñoz Gajardo, Haroldo Brito Cruz, Andrea Muñoz Sánchez y Jorge Dahm Oyarzún apoyaron la totalidad del proyecto de ley, refiriéndose ampliamente al mismo.

Por su lado, los ministros Guillermo Silva Gundelach, Juan Fuentes Belmar, Ricardo Blanco Herrera y Manuel Valderrama Rebolledo presenciaron la sesión que trató el tema, pero no incluyeron consideraciones específicas en el informe despachado al Senado.

Por último, los/as ministros/as Héctor Carreño Seaman, Carlos Künsemüller Loebenfelder, Rosa Egnem Saldías, Arturo Prado Puga y Patricio Valdés Aldunate se pronunciaron contra la decisión de informar, argumentando un tecnicismo. A su juicio, “ninguna de las normas consultadas queda comprendida en los términos del artículo 77 de la Constitución Política de la República”, la cual faculta a la Suprema a emitir opinión sobre determinados proyectos de ley.

Ministros Muñoz G, Brito, Muñoz S y Dahm

Tales magistrados analizaron en detalle el proyecto de ley de matrimonio igualitario, destacando o resaltando varios puntos del Mensaje Presidencial que lo encabeza.

En ese sentido, sostuvieron que en el Mensaje se establece que el proyecto de ley busca terminar “con discriminaciones odiosas que, sustentadas en prejuicios y arbitrariedades, actualmente impiden que estas personas adquieran el vínculo matrimonial”.

De esa manera, señala la Suprema al citar el Mensaje, se daría fin a “la discriminación estructural que sufren las familias formadas por parejas homosexuales, y que afecta todas sus interacciones con la sociedad; en tanto el matrimonio no es, ni ha sido jamás, una simple regulación de la propiedad, la herencia y la procreación (…) Es en ese sentido, indica que para cumplir con el deber moral, jurídico y con el mandato constitucional se hace necesario extender a las parejas homosexuales, la que se estima como “la más alta forma jurídica de protección a la familia”, esto es, el matrimonio y su estatuto”.

Los ministros recuerdan además que el proyecto de ley “se dicta en el contexto del compromiso que el Estado de Chile ha adoptado de velar para que la legislación promueva la dignidad de todas las personas sin distinción por su orientación sexual o identidad de género, con ocasión del acuerdo de Solución Amistosa, arribado ante al Comisión Interamericana de Derechos Humanos con las personas que indica y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, Movilh. Tiene presente, asimismo, las obligaciones internacionales que surgen a propósito de la sentencia en el Caso Atala Riffo, que constituye un referente a nivel global sobre no discriminación por orientación sexual y en cuanto al reconocimiento de nuevas formas de hacer familia por parte de personas homosexuales

Pero los ministros no solo recordaron o resaltaron lo señalado por el Mensaje del proyecto de ley, pues también emitieron opiniones propias.

A su juicio “las modificaciones al Código Civil lo que hacen es adaptar su lenguaje para darle un carácter igualitario a la institución del matrimonio”

En tal contexto comparten “la conveniencia de establecer una regla que vincule a los progenitores con la decisión que tomaron, en relación al orden de los apellidos, cuando inscribieron a su primer hijo común. Ello va en beneficio de interés superior del niño o de la niña en la medida que contribuye a hacerlo sentir parte de una familia con un mismo origen en relación a los otros hermanos, lo que reafirmará su identidad. Por otra parte, es una regla que concilia este interés de los hijos con la autonomía de la voluntad de los progenitores en la medida que les da la oportunidad que sean ellas o ellos quienes decidan el orden de los apellidos que llevarán sus hijos comunes, ero una vez ejercida dicha facultad deben someterse a esa decisión en beneficio de los niños”.

En este plano, Muñoz y Dahm advirtieron, por último, que de aprobarse el matrimonio igualitario se provocará desigualdad en relación a las parejas heterosexuales, las cuales no pueden decidir el orden de apellidos de los hijos. Por ello, dichos ministros aconsejaron aprobar un proyecto de ley (. (boletín 10.396) que termina con este problema que afecta a las parejas de distinto sexo

Reacción del Movilh

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) festejó ayer los pronunciamientos de la Suprema y en especial de los ministros Sergio Muñoz, Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Jorge Dahm

“En su informe los ministros reconocen y respetan la diversidad familiar, lo cual sin duda servirá como argumento para el avance del matrimonio igualitario y la adopción homoparental en el Congreso Nacional”

El organismo añadió que “el informe cumple además con el compromiso internacional que asumió el Estado de Chile ante CIDH. Esperamos que el Legislativo se ponga también a la altura de estas circunstancias. En la actualidad es muy claro que el Poder Ejecutivo y Judicial están más avanzados que el Legislativo en materia de igualdad de derechos para la diversidad sexual y de género”

Fuente MOVILH

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Presidente de la Corte Suprema chilena aborda con el Movilh el matrimonio igualitario y los derechos de los niños trans

Sábado, 27 de mayo de 2017
Comentarios desactivados en Presidente de la Corte Suprema chilena aborda con el Movilh el matrimonio igualitario y los derechos de los niños trans

reunionTambién se trató la Ley de Identidad de Género y todos los contenidos del Acuerdo por la Igualdad que el Estado asumió ante la CIDH.

El presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, dialogó hoy con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) sobre las diversas demandas y propuestas de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales, así como sobre los recientes fallos de tribunales relativos al tema.

En la cita de una hora se abordó especialmente el Acuerdo por la Igualdad que el Estado se selló con el Movilh con la mediación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En dicho Acuerdo el Estado se comprometió a legalizar el matrimonio igualitario, aprobar la ley de identidad de género, permitir la adopción homoparental y mejorar y reformar el Acuerdo de Unión Civil y la Ley Zamudio, entre otros temas.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, comentó que “en una conversación muy franca y grata, Dolmestch enfatizó que ha existido un importante cambio al interior de tribunales que es favorable a los derechos LGBTI, donde las nuevas generaciones juegan un rol de primer orden. Coincidimos en que han surgido nuevas interpretaciones de los jueces que son cada vez más favorables a nuestros derechos, sin discriminaciones basadas en la orientación sexual o la identidad de género”.

En ese sentido, en la cita se trataron los fallos de tribunales y de la Corte Suprema sobre el libro “Nicolás tiene dos papás”, sobre la homo-parentalidad, sobre la identidad de género y sobre los derechos de los niños y jóvenes trans. Especialmente se abordó el fallo del magistrado del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, Luis Fernández, quien autorizó el cambio de nombre y sexo legal de una menor de 5 años.

“Aprovechamos la ocasión para expresar nuestro reconocimiento a Fernández y para lamentar que la ONG cristiana Comunidad y Justicia, presentará un demanda por prevaricación contra él por autorizar el cambio de nombre y sexo legal de una niña”, dijo Jiménez.

“Dolmestch fue muy claro en explicar que la prevaricación implica acusar a un juez de ilegalidad. En este contexto, y basado en los antecedentes preliminares sobre el caso que le aportamos, el presidente de la Corte Suprema ve muy difícil que la demanda contra Fernández prospere”, dijo Jiménez.

El dirigente puntualizó que “con la reunión de hoy, Dolmestch ha dado una gran señal de apertura y de respeto a las personas LGBTI, lo cual valoramos profundamente. El Poder Judicial ha venido cambiando para mejor en torno a nuestros derechos humanos y la cita de esta jornada es como un símbolo de tales transformaciones”.

Fuente MOVILH

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La Justicia de Chile ordena a una clínica privada a reconocer y respetar la identidad sexual de una niña trans

Viernes, 18 de noviembre de 2016
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clinica_alemanaDefensores de los derechos de las personas LGTB han festejado la resolución, calificándola de un “hito para los derechos de niñas y niños transgéneros”.

La Corte Suprema chilena ha ratificado un fallo que ordena a una clínica privada de Santiago de Chile a reconocer la identidad de género de una niña en la ficha médica, aún cuando la menor no ha cambiado su nombre y sexo legales en el registro civil.

La activista trans del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Paula Dinamarca, precisó que “este fallo marca un hito para los derechos de las niñas y niños trans, pues obliga a respetar la identidad de género desde la más tierna infancia. Y para ello, el fallo argumenta que el interés superior del niño exige respetar la identidad de género, tanto si hubiese o no efectuado un cambio en la partida de nacimiento. Es todo un avance”. También añadió que “desde 2013 el Ministerio de Salud exige a los servicios de salud respetar la identidad de género de las personas trans, por tanto el rechazo de esta clínica a esta exigencia tiene más que merecida su sanción”.

Dinamarca comentó que “fue el pasado 13 de enero cuando la Clínica Alemana notificó por correo electrónico a la familia de la niña que no cambiaría los datos de su ficha médica, aún cuando así lo habían solicitado los padres. Esta medida se mantuvo firme en reuniones posteriores de los padres con representantes de la Clínica”.

En efecto, el 27 de enero anterior, la jefa de atención al cliente de la Clínica Alemana, María Francisca Geisse, señaló por carta a la familia de la niña que “no es posible acceder a la solicitud de la modificación de datos de la ficha clínica y atenciones de urgencia”, pues la información de los pacientes “se asocia a su cédula de identidad”.

Teniendo en consideración la igualdad ante la ley, la no discriminación y el interés superior del Niño, derechos garantizados en la Constitución, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y la Convención sobre los Derechos del Niño, en forma respectiva, la Corte Suprema finalmente desestimó la postura de la Clínica Alemana,

El Comité de los Derechos Niño de la ONU “espera que los Estados interpreten el término ‘desarrollo’ como un concepto holístico que abarca el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del niño”, señaló la Corte al citar la Observación General Número 5 del órgano internacional.

“La actuación de la Clínica Alemana, en orden a no incorporar en sus diversos registros a la niña, con su nueva identidad, establecida por sentencia ejecutoriada, sólo porque no se ha materializado la inscripción correspondiente en el Servicio de Registro Civil e Identificación (…) resulta completamente infundada, especialmente si se tiene en cuenta que la referida inscripción sólo tiene un sentido de publicidad, la que en caso alguno puede prevalecer sobre la dignidad de la persona, el interés superior del niño y la garantía constitucional de la igualdad; derechos todos que se han conculcado por la recurrida con su negativa caprichosa y antojadiza que sin duda la torna arbitraria, por lo que la acción de protección será acogida”, puntualizó la corte.

Fuente MOVILH

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Transexuales solicitan por primera vez directamente al Registro Civil el cambio de nombre y sexo legal pero este se niega

Lunes, 18 de enero de 2016
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transregistro-e1452874015894-1024x768Álex Martínez y Paula Dinamarca

Dos transexuales presentaron la primera solicitud efectuada hasta ahora en Chile, después de que la Corte Suprema indicara que el cambio de nombre y sexo legal debe realizarse en el Registro Civil pero la entidad no acogió la solicitud, señalando que está inhabilitada legalmente.

El Registro Civil se declaró hoy inhabilitado legalmente para cambiar el sexo y nombre legal de un hombre, Alex Martínez, y de una mujer trans, Paula Dinamarca, con lo cual el Estado ha “contravenido las recomendaciones de la Corte Suprema, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de variadas relatorías de la ONU”, señaló hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Martínez y Dinamarca llegaron a eso de las 11:00 horas a la oficina Central del Registro Civil en Santiago y tras consultas a variados funcionarios la repuesta fue una sola: no acogerían su solicitud de cambio de la partida de nacimiento.

“Es muy triste y doloroso que te nieguen el derecho a ser identificado como tú quieres. Yo soy un hombre, así me relaciono con mi entorno, así me ven las personas, pero mi cédula de identidad dice otra cosa. En vez de resolverse esto rápidamente, me envían a tribunales a hacer el trámite como si hubiese cometido un delito”, dijo Martínez.

Dinamarca añadió que “se ha hecho oídos sordos a los derechos humanos de las personas trans. ¿Por qué alguien debería llamarme con un nombre que me menoscaba? El nombre que aparece en mi cédula me humilla, violenta mi dignidad, y el Estado se lava las manos ante esta situación”.

En este contexto, la abogada del Movilh, Melisa Manfredi precisó que próximamente presentará un recurso de protección por estos hechos, teniendo como aval un informe de la Corte Suprema, que dice que el cambio de nombre y sexo legal debe realizarse en el Registro Civil, así como recomendaciones de la CIDH y de la ONU, instancias que exigen que el trámite sea rápido y ágil, lo cual no garantizan los tribunales chilenos.

En efecto, el pasado 20 de noviembre, y en el marco de la tramitación de la Ley de Identidad de Género, la Corte Suprema señaló en un informe enviado al Senado que la rectificación de la partida de nacimiento debía efectuarse en el Registro Civil porque ello “resguarda en mayor medida la dignidad de las personas al no exponerla a un procedimiento judicial”.

A ello se suma que en la actualidad la Ley 17.344 sobre cambio de nombres y apellido, permite a las personas cambiar su identidad legal, si la otorgada al nacer resulta ridícula, “risibles o menoscaba moral o materialmente”.

El tema fue incluso abordado por el dirigente del Movillh, Rolando Jiménez, con el director nacional del Registro Civil, Luis Acevedo. “Él nos ha reiterado que están de acuerdo con que el trámite se realice en el Registro Civil, pero claro, argumenta que están de manos atadas por la ley actual que les niega esta facultad”, dijo Jiménez.

“Aquí entonces es el Estado como conjunto el responsable de estos hechos, y si tribunales no acogen el recurso de protección que presentaremos, por cierto que recurriremos a organismos internacionales, nuevamente iríamos al extranjero a buscar la justicia en nuestro propio país”, apuntó Jiménez.

El organismo añadió  que “desde el 2003 que venimos diciendo a todos los gobiernos que el Registro Civil está de acuerdo con nuestra demanda, pero no escuchan”.

Fuente MOVILH

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Un juez prohíbe emitir licencias de matrimonio a homosexuales en Alabama

Sábado, 9 de enero de 2016
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_Justice-Roy-S-MooreX400X300_0El presidente de la Corte Suprema de Alabama (EE UU) ordenó a los jueces de ese estado que no emitan licencias de matrimonio a las parejas del mismo sexo.

El juez recordó en su orden que el Supremo de Alabama confirmó en marzo pasado la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.

El presidente de la Corte Suprema de Alabama (EE UU) ordenó a los jueces de ese estado que no emitan licencias de matrimonio a las parejas del mismo sexo, pese a que las bodas entre homosexuales son legales en todo el país desde el año pasado.

Roy S. Moore, presidente del Supremo de Alabama, emitió una orden administrativa con esa prohibición.

El juez recordó en su orden que el Supremo de Alabama confirmó en marzo pasado la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo vigente en el estado.

Moore argumentó que existe “confusión e incertidumbre” entre los jueces del estado sobre el “efecto” en las “órdenes existentes” en Alabama tras el histórico fallo con el que el Tribunal Supremo de Estados Unidos legalizó en junio pasado el matrimonio entre parejas del mismo sexo en todo el país.

Con ese fallo, el matrimonio entre homosexuales se convirtió en un derecho constitucional en Estados Unidos, lo que obliga a los trece estados que entonces todavía lo prohibían a permitir que las personas del mismo sexo puedan casarse en su jurisdicción.

En septiembre pasado, una funcionaria de Kentucky, Kim Davis, estuvo encarcelada durante cinco días por negar licencias de matrimonio a parejas homosexuales en ese estado.

Davis se convirtió en un símbolo nacional de oposición a las bodas homosexuales por motivos religiosos y fue recibida por el papa Francisco aunque después tuvo que matizar su postura.

Fuente Agencias

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Presidente de la Corte Suprema e Chile: el matrimonio igualitario “es una deuda del Estado con las parejas del mismo sexo”

Miércoles, 9 de diciembre de 2015
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corte-suprema-movilhLa opinión fue compartida por el ministro Jorge Dahm. Ambos acusaron en el Congreso existe “una añosa obcecación de blindar la institución del matrimonio ante los embates de la realidad”

El presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, y el magistrado Jorge Dahm “efectuaron una férrea defensa del matrimonio igualitario en un informe que enviaron, nada más, ni nada menos, que a una conocida opositora de este derecho, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Jacqueline Van Rysselberghe”, destacó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

En efecto, la opinión minoritaria de los magistrados quedó expuesta en un informe sobre el Proyecto de Ley de Identidad de Género que la propia Van Rysselberghe había solicitado a la Corte Suprema y que dicha entidad emitió el pasado 23 de noviembre, luego de una sesión donde participaron 13 jueces.

En su téngase presente, Muñoz y Dahm expresaron su claro desacuerdo a la idea de que el proyecto de Ley de Identidad de Género anule el matrimonio de las personas que soliciten el cambio de nombre y sexo legal, medida impulsada por Van Rysselberghe y que el Movilh ha calificado de “homofóbica y transfóbica

Para Muñoz y Dahm, “la opción que ha tomado pues el legislador en el presente proyecto es bastante clara: no sólo confirma la añosa obcecación de blindar la institución del matrimonio ante los embates de la realidad, sino que también pretende borrar todo vestigio del matrimonio que pudiera quedar entre personas del mismo sexo”.

A juicio de los magistrados “pocas veces fue tan evidente la deuda del Estado chileno en materia de matrimonio igualitario”, pues el solicitante de cambio de nombre y sexo legal perdería “el estado civil de casado, cuestión que resulta de toda lógica en un país como Chile, donde el matrimonio está reservado para las personas de distinto sexo”

Sin embargo, lamentan “la desmedrada situación en la que quedarían quienes estando unidos por vínculo matrimonial, lo pierden porque uno de ellos hace valer su derecho a rectificar su nombre y/o sexo”. Puntualizaron que su opinión “pretende poner de relieve no otra cosa que la deuda del Estado chileno con las parejas del mismo sexo”.

El Movilh felicitó “esta potente declaración a favor del matrimonio igualitario que refleja el gran cambio cultural a favor de la igualdad plena. Muñoz y Dahm, claramente han recordado la responsabilidad que en el retraso al matrimonio igualitario ha tenido el Congreso Nacional”

En relación a la Ley de Identidad de Género, el Movilh añadió que “seguiremos luchando porque se elimine la “absurda medida de que las personas trans deban anular su matrimonio si es que cambian su nombre y sexo legal”

El Movilh enfatizó que “la pretensión del legislador de anular la unión de quienes rectifiquen su nombre y sexo para imposibilitar el reconocimiento del matrimonio igualitario no tiene lógica, es ridícula y se basa en la ignorancia, pues previene un aspecto que jamás ocurrirá”

El Movilh explicó que “en la actualidad los únicos que pueden casarse son hombres y mujeres y eso seguirá siendo así mientras no exista el matrimonio igualitario. Hay muchas personas transexuales (hombres o mujeres) que tras cambiar su nombre y sexo legal se han casado sin ningún problema en Chile. En otras palabras, no hay ninguna manera que el cambio de sexo y nombre legal de una persona transexual derive en matrimonio igualitario, porque la orientación sexual no es lo mismo que la identidad de género”.

Informe completo de la Corte Suprema aquí

Fuente MOVILH

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Corte Suprema de Chile respalda que cambio de nombre y sexo legal de mayores de edad se tramite en el Registro Civil

Miércoles, 2 de diciembre de 2015
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TribjusticiaclAñade que las personas casadas, los niños,  las niñas y los adolescentes deberían efectuar el trámite en los tribunales de familia. De la misma manera, advierte la necesidad de que los funcionarios judiciales sean capacitados en identidad de género.

El segundo informe de la Corte Suprema sobre el proyecto de Ley de Identidad de Género se pronunció a favor de que las personas mayores de edad rectifiquen su nombre y sexo legal en el Registro Civil, mientras que en relación a niños/as, adolescentes y casados consideró que el trámite debe realizarse en tribunales de familia.

Así quedó establecido en una sesión del pasado 20 de noviembre, donde participaron el presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz y los/as ministros/as Milton Juica, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Haroldo Brito, Rosa Maggi, Rosa Egnem, Ricardo Blanco, Gloria Chevesich, Andrea Muñoz, Carlos Cerda, Manuel Valderram y Jorge Dahm.

En la ocasión, los magistrados precisaron que en la propuesta de ley existen “problemas de coherencia que deberían subsanarse adecuando la técnica de redacción”, pues si bien se agregaron aspectos para mejorar el deficiente proyecto original, los artículos que permanecieron entraron en colisión con los nuevos.

En el informe, fechado el 23 de noviembre, se explicó que en la nueva versión del proyecto de ley basta la sola voluntad de la personas para solicitar la rectificación de nombre y sexo, sin la posibilidad de que el juez exija certificados médicos o pruebas, con lo cual se está en presencia de “un procedimiento de la jurisdicción no contenciosa” que debería ser visto por el Registro Civil.

“Por estar radicada fundamentalmente la gestión en la voluntad del o la peticionaria interesada es que el procedimiento puede quedar asignado a una gestión administrativa ante el oficial del Registro Civil, con lo cual se resguarda en mayor medida la dignidad de las personas al no exponerla a un procedimiento judicial, reservando la sede judicial a los casos que exista oposición de la autoridad administrativa o la solicitud esté referida a menores de edad”, precisó la Suprema

Explicó que “de ningún aspecto se debe convencer al juez, dado que no se requiere persuadirlo de la identidad de género de quien acude a él en busca de un pronunciamiento”, por tratarse de “una vivencia interna e individual”.

En este campo, sin embargo, la Corte advierte una “paradoja”, pues junto con defender la idea de la “vivencia personal que no requiere de pruebas”, el proyecto de ley establece en uno de sus artículo que el juez puede solicitar por oficio mayores antecedentes sobre la solicitud de rectificación.

Matrimonio y niños

En relación a los menores de 18 años,  la Corte sostuvo que en virtud del “cambio al articulado (original) del proyecto de ley“, “parece razonable considerar que el tribunal competente para conocer de la rectificación del nombre y/o sexo en base al reconocimiento de la identidad de género, sea el tribunal con competencia en materia de familia”, por estar ahí radicados los asuntos sobre niños, niñas adolescentes.

Explica que con anterioridad la Corte había estimado que la rectificación de nombre y sexo fuese vista por un juez civil, pero dado que el actual proyecto es radicalmente distinto al original, abarcando a mayores y menores de edad “puede tener una justificación racional la asignación de la competencia a los tribunales de familia”

Redondeó que una “oposición de la autoridad administrativa”, podría ocurrir si uno de las personas que solicita la rectificación de sexo y nombre está casada con otra. Ello, luego de que la Comisión de Derechos Humanos del Senado aprobara una indicación “transfóbica y denigrante impulsada por la senadora Jacqueline Van Rysselbergue, que anula el matrimonio de quienes cambien su nombre y sexo legal”, recordó el Movilh.

La Suprema sugiere que de mantenerse dicha prohibición, las rectificaciones sean vistas por tribunales de familia, pues “requiere que se resuelvan una serie de asuntos patrimoniales y jurídicos” el matrimonio.

Además “las personas que han contraído matrimonio no pueden ser afectadas en sus derechos por un acontecimiento posterior en el cual no ha consentido y que puede quede radicado en la voluntad de solo uno de los cónyuges. Ante la falta de reglamentación en tal sentido, a los menos resulta indispensable que se otorgue la posibilidad de sustituir el régimen matrimonial por el Acuerdo de unión Civil”, dijo. Puntualizó que para una correcta aplicación de la ley, se requerirá “capacitar e instruir a los funcionarios, profesionales y jueces” en identidad de género.

La activista trans del Movilh, María Isabella Aguayo, señaló, por último, que “festejamos a la Corte Suprema por apoyar nuestra antigua demanda sobre la realización de los trámites en el Registro Civil, aspecto que fuimos los primeros en poner sobre la mesa ante las autoridades legislativas y gubernamentales, llegando a contar con el tiempo con cada vez mayores respaldos”.

Fuente MOVILH

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Boom de matrimonios entre personas del mismo sexo en los EE.UU. desde su aprobación por el Tribunal Supremo

Viernes, 13 de noviembre de 2015
Comentarios desactivados en Boom de matrimonios entre personas del mismo sexo en los EE.UU. desde su aprobación por el Tribunal Supremo

noticias_file_foto_1026049_1447062737Desde que la Corte Suprema dictaminó el pasado 26 de junio que el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en los 50 estados norteamericanos, 96.000 parejas se han casado, según un análisis publicado por el Instituto Williams de la Escuela de Derecho de la Universidad de California, UCLA. El impacto de la decisión Obergefell v. Hodges es clara: En el primer semestre de 2015, las parejas del mismo sexo que decidían contraer matrimonio era sólo del 6% del compendio total de bodas celebradas. De julio a octubre, las parejas del mismo sexo casadas aumentó hasta el 11% del total de los matrimonios.

“Estos datos dejan claro que pronto el deseo de casarse de la mayoría de las parejas del mismo sexo en los Estados Unidos. Eso significa que más niños estadounidenses pueden beneficiarse de la estabilidad y la seguridad económica que el matrimonio puede ofrecerles”, dijo Gary J. Gates Blachford-Cooper, Académico y Director de la Investigación del Instituto Williams.

“También significa que será más fácil para más familias adoptar niños ya que son los más vulnerables del país y proporcionarles hogares estables y llenos de amor”, añadió Gates.

El informe de la UCLA indica que en 2013, año en que el alto tribunal denegó la Ley de Defensa del Matrimonio interpuesto para evitar las bodas entre personas del mismo sexo, se estima que 230.000 parejas homoparentales se casaron, es decir, el 21 por ciento de todas las parejas del mismo sexo. Desde octubre, 486.000 parejas del mismo sexo se han casados, el 45 por ciento de son del mismo sexo.

El principal impulsor del caso a favor del matrimonio homosexual fue Jim Obergefell, quien perseguía que el Supremo le reconociera como viudo de su compañero durante 21 años, John Arthur, ya fallecido. El pasado 26 de junio de 2015 la Corte Suprema de los Estados Unidos resolvió el caso Obergefell, estableciendo el derecho de personas del mismo sexo a contraer matrimonio al rango constitucional a nivel federal. La Corte Suprema reiteró que el derecho a contraer matrimonio ampara a las parejas del mismo sexo y se aplica a todos los estados en virtud de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución federal.

Foto principal: El actor Matt Dallas y el músico Blue Hamilton son una de las parejas que se casaron / Instagram de Matt Dallas

Fuente Ragap

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Jueza de la Corte Suprema de EE UU preside boda homosexual

Lunes, 19 de octubre de 2015
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ingrid_duran_and_sonia_sotomayor_courtesy_catherine_pino-600x450La pareja trabaja activamente por los derechos de los hispanos y de los gays.

La jueza de la Corte Suprema de Estados Unidos Sonia Sotomayor presidió la boda de una pareja del mismo sexo que es propietaria de una firma de consultoría en Washington enfocada en los derechos de los hispanos y de los gays.

Ingrid Duran y Catherine Pino son las fundadoras de la firma de consultoría D&P Creative Strategies. Kathleen Arbert, portavoz de la Corte Suprema, dijo que la magistrada ofició en su boda el sábado en Washington. Arberg indicó que Sotomayor es amiga de la pareja.

Es la primera vez que ella preside una boda así. Sus colegas Ruth Bader Ginsburg y Elena Kagan, así como la jueza retirada Sandra Day O’Connor, también han presidido bodas entre homosexuales.

Las tres juezas en funciones formaron parte de la decisión mayoritaria del máximo tribunal que extendió los matrimonios entre personas del mismo sexo a todo el país.

Fuente Cáscara amarga

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Manifestantes protestan contra la legalización del matrimonio homosexual en Estados Unidos

Martes, 28 de abril de 2015
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manifestacion_contra_matrimonio_gay_capitolio_eeuuTampoco nosotros nos vamos a callar: Una vez más, los dirigentes de las diferentes iglesias que se dan de tortas a diario, se unen en el odio homófobo…

Miles de personas se manifestaron este sábado contra el matrimonio homosexual frente al Capitolio en Washington a tres días de que la Corte Suprema se decida sobre su legalidad en todo Estados Unidos. Algunos habían viajado desde fuera de la ciudad para mostrar su apoyo a la causa contra el matrimonio gay.

“No nos vamos a callar, no estamos solos”, declaró el presidente de la Conferencia Episcopal estadounidense, monseñor Joseph Kurtz.

“En los meses y años por venir, que nuestra paciencia y nuestro amor puedan abrir las mentes y los corazones abrirlos espíritus sobre lo que es el matrimonio“, agregó, en declaraciones que fueron traducidas simultáneamente al español debido a la fuerte presencia de integrantes de la comunidad hispanohablante.

Además de los representantes de la Iglesia católica, había delegados de distintas Iglesias rotestantes y de la Iglesia Ortodoxa en la manifestación, en la que se exhibían pancartas en las que se leía: “Un niño necesita de un padre y una madre”, o “Marcha por la verdad“.

Citando la Biblia, Hiram García, de 49 años, de Filadelfia, dijo a la AFP que la legalización de los matrimonios homosexuales crearía “una sociedad sin Dios, donde las personas están lejos de Dios.” Caroll Skinner, de 64 años, estuvo de acuerdo, y dijo que llegó a la manifestación para hacer una declaración. “Sus relaciones son uniones, no matrimonios“, dijo Skinner. El sacerdote ortodoxo Hans Jacobse advirtió que “la sociedad se derrumbará” si se legalizaron las uniones del mismo sexo. “El matrimonio comienza con Dios, no con el estado”, dijo.

El matrimonio entre personas del mismo sexo ya es legal en 37 de los 50 estados de la Unión, así como en Washington D.C. Algunos expertos dicen que parece inevitable que el máximo tribunal de la nación va a reconocer el matrimonio gay.

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La Corte Suprema de EE. UU. decidirá en abril si legaliza el matrimonio igualitario en todo el país

Lunes, 9 de marzo de 2015
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gay_marriage_alabamaLa Corte Suprema de Estados Unidos anunció el jueves que, además de examinar la legalidad del matrimonio igualitario, también tratará la polémica sobre las inyecciones letales.

Según el calendario distribuido a la prensa, estos dos asuntos están entre los temas más importantes que el máximo tribunal abordará en el período 2014-2015.

La Corte decidirá el 28 de abril si los las parejas del mismo sexo pueden casarse en todo el país, lo que abrirá la vía a una decisión histórica en uno de los temas más polémicos de la sociedad estadounidense.

El matrimonio igualitario es legal en 36 de los 50 estados de Estados Unidos, pero está prohibido en otros 14. La Corte Suprema responderá si la Constitución, que garantiza igual protección para todos, requiere que el matrimonio entre personas del mismo sexo sea reconocido en todo el país de la misma forma que el contraido por parejas heterosexuales.

Al día siguiente, el alto tribunal debatirá la polémica en torno a la inyección letal en Estados Unidos, donde varias ejecuciones resultaron problemáticas por el uso de productos que no han sido homologados. La decisión en este tema podría significar una moratoria de las ejecuciones en todo el país.

Bloquean una ley contra el matrimonio igualitario en Nebraska

La decisión respondió a la demanda presentada por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU).

Nebraska se une a los Estados de EE.UU que legitima el matrimonio igualitario. Recientemente, una corte federal puso fin a la ley que vetaba este tipo de uniones en la región estadounidense. El próximo día 9 de marzo comenzará a aplicarse esta ley en favor de la igualdad y todos los funcionarios y organismos públicos de Nebraska tendrán la obligación de celebrar estas ceremonias. El fallo fue emitido por el juez Joseph Bataillon que ha sido calificado por algunos sectores contrarios como “juez activista”.

Bataillon afirmó que “se ordena que todos los funcionarios estatales relevantes traten a las parejas del mismo sexo de igual modo que las personas de sexos opuestos en el contexto de procesar una licencia de matrimonio o determinar los derechos, protecciones, obligaciones y beneficios del matrimonio”. Las críticas no se han hecho esperar. Por su parte, el gobernador Pete Ricketts aseguró que la prohibición de los matrimonios igualitarios había sido apoyada por un 70% de la población de Nebraska. “La definición del matrimonio es un tema a decidir por la gente de Nebraska y un juez activista no debería reemplazar la voluntad de la gente por sus preferencias políticas personales” aseguró Ricketts.

El fallo de Bataillon respondía así a las peticiones de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) que celebró la decisión como un avance hacia la igualdad y la integración. Bataillon argumentó además su fallo asegurando que la prohibición busca alentar las uniones biológicas familiares “ha sido rechazado por la mayoría de las cortes e incluso por la Suprema Corte de Justicia”.

La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos ya había eliminado la prohibición de celebrar los matrimonios igualitarios en Alabama, algo que facilitó la toma de esta misma decisión en Nebraska. El fallo de los magistrados del máximo tribunal judicial desautorizó las leyes estatales que prohibían tales uniones.

Actualmente, Estados Unidos cuenta con 37 estados, que aumentarán a 38 en el momento en el que el fallo de Nebraska se haga efectivo, en los que el matrimonio entre personas del mismo sexo se encuentra legitimado.

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Canal+ estrena un documental sobre la batalla por el matrimonio igualitario en California

Viernes, 6 de febrero de 2015
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prop_8Filmado durante 5 años, el documental narra la batalla legal que consiguió tumbar la Proposición 8 y permitió el reconocimiento del matrimonio entre parejas del mismo sexo en California.

La película sigue a los demandantes, dos parejas de homosexuales, y a sus familias, que se hallaron en el centro de la polémica.

En mayo de 2008 la Corte Suprema de California legalizó el matrimonio para parejas del mismo sexo. Alrededor de 18.000 parejas se casaron en los meses sucesivos. Pero todo dió un giro y 6 meses después, debido a la presión de una coalición de fuerzas conservadoras, California aprobaba en referéndum la llamada Proposición 8 (52,5% a favor, 47,5% en contra), que modificó la Constitución de ese Estado, eliminando el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio e invalidando los matrimonios de ese tipo ya celebrados. Comenzó entonces una batalla legal sin precedentes hasta lograr que el Supremo desestimara el resultado del referéndum y reconociera el derecho constitucional de igualdad ante la ley.

Dirigido por Ben Cotner y Ryan White, fue ganador del Premio del Público en el SXSW 2014 y Premio a la Mejor Dirección en el Festival de Cine de Sundance.

El documental se estrena en televisión el próximo miércoles 18 de febrero en CANAL+ 1 a las 23:35h.

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El Tribunal Supremo de EE. UU. decidirá si abrir de nuevo el debate sobre el matrimonio igualitario a nivel federal

Miércoles, 14 de enero de 2015
Comentarios desactivados en El Tribunal Supremo de EE. UU. decidirá si abrir de nuevo el debate sobre el matrimonio igualitario a nivel federal

1354912789_0El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en 36 de los 50 estados del país.

La constitucionalidad del matrimonio igualitario podría ser de nuevo discutida a nivel nacional en EE.UU. Todo el mundo esperaba que el pasado viernes la Corte Suprema del país se pronunciara sobre la posibilidad de prohibir este tipo de uniones o si las prohibiciones resultan inconstitucionales.

Los argumentos de distintos Estados que se negaban a legalizar el matrimonio homosexual han sido rechazados en varias ocasiones por distintos organismos públicos, la Corte Suprema entre ellos. Sin embargo, las cosas parecen haber dado un giro. En noviembre del pasado 2014 un tribunal de apelación confirmó la prohibición del matrimonio igualitario en cuatro estados: Michigan, Ohio, Tennessee y Kentucky. El analista Lyle Denniston afirmó que “la división está creciendo entre los tribunales federales de apelación, lo que aumenta la probabilidad de que la Corte Suprema intervenga ahora”. Nueve jueces de la Corte Suprema estadounidense tratarán de responder ahora a la pregunta de si la Constitución de Estados Unidos garantiza a las parejas del mismo sexo el derecho a casarse.

La Corte Suprema se negó a abordar este tema y abrir el debate en octubre de 2014. Después de no haberse pronunciado el viernes pasado, se espera que el próximo día 16 de enero, día en el que se reunirán los jueces del Supremo a puerta cerrada, los estadounidenses puedan saber si queda o no abierto el debate relativo al matrimonio entre personas del mismo sexo. En este caso, la decisión final podría llegar en junio de este mismo año.

El matrimonio igualitario se encuentra legalizado en 36 de los 50 estados del país. Ya en el año 2013 se eliminó la limitación del matrimonio entendido como una unión entre hombre y mujer, algo que trajo consigo el reconocimiento de muchos derechos para el colectivo homosexual, como la sucesión de bienes. A partir de ese momento, la legalización del matrimonio igualitario experimentó una gran evolución, pasando rápidamente de los 9 a los 36 estados.

Chad Griffin, presidente de Human Rights Campaign, la organización más importante en defensa de los gays y lesbianas afirmó que ” el 70 % de los estadounidenses, es decir, cerca de 216 millones de personas, viven en un Estado donde se autoriza el matrimonio para todos”.

Fuente Cáscara amarga

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El Gobernador de Michigan anula más de 300 matrimonios homosexuales

Martes, 18 de noviembre de 2014
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snydersosgay-1818537El tema del matrimonio homosexual acapara gran parte de la actualidad política en Estados Unidos, por desgracia esta vez debido a un acto homófobo contra el colectivo LGBT. El Gobernador de Michigan, Rick Snyder, dijo que su administración tratará las más de 300 bodas homosexuales que se realizaron como “si nunca hubiesen existido, después de que el juez Bernard Friedman haya prohibido jurídicamente los matrimonios homosexuales.

Esto ha supuesto que más de 300 parejas que se casaron en el breve espacio en el que fue legal el matrimonio se queden en un limbo legal. Por desgracia, el gobernador ha decido, en un acto homófobo y retrogrado, hacer como si nunca hubiesen sucedido estas uniones después de haberlas anulado.
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Un escrito de los abogados del estado en la corte deja clara la decisiónpara preservar los beneficios del matrimonio y para las futuras generaciones de niños, la unión de un hombre y una mujer en el matrimonio será el único acuerdo reconocido como legal para cualquier propósito. La anterior decisión no se puede cumplir, por lo tanto quedan sin efecto ni validez las uniones realizadas hasta la fecha. Nunca existieron.
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Esta nueva decisión será apelada ante la Corte Suprema de Estados Unidos, que están dispuestos a estudiar el caso y tomar una nueva decisión
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Fuente Ragap

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Un juez federal declara inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario en Carolina del Sur

Sábado, 15 de noviembre de 2014
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1dDC7Q.AuSt.74El juez federal Richard Mark Gergel ha dictaminado que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo establecida en las leyes de Carolina del Sur viola la Constitución de los Estados Unidos. La sentencia ha quedado en suspenso hasta el próximo 20 de noviembre, tiempo ofrecido a la administración del estado para que pueda presentar recurso. El fiscal general de Carolina del Sur ha comunicado que apelará el fallo del juez ante la Corte de Apelaciones del 4º Circuito.

Carolina del Sur (Estados Unidos) está más cerca de poder celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo. Un tribunal federal ha admitido a trámite el recurso contra la prohibición del matrimonio gay en este estado, el único del Cuarto Circuito de Apelaciones que todavía mantiene esta oposición a los enlaces igualitarios.

La jueza Michelle Childs mantiene que los demandantes han presentado argumentos suficientes y pueden seguir adelante con su demanda contra el fiscal superior del estado. Lo decidió el este lunes (10 de noviembre), según revela la prensa local.

El recurso fue presentado por una pareja de lesbianas, Katherine Bradacs y Tracie Goodwin (en la fotografía con sus tres hijos), dos militares casadas en Washington DC, que demandan al estado para que reconozca su unión. Mantienen que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, que vulneran sus derechos y la igualdad ante la ley. La pareja había denunciado a la gobernadora y al fiscal general.

La jueza no se ha pronunciado sobre este caso, pero señala que “la demanda plantea cuestiones constitucionales federales y no debe ser trasladada a un tribunal estatal”.

Childs dictamina que la negativa de la Corte Suprema de Estados Unidos a escuchar una apelación de una decisión del Tribunal del Cuarto Circuito de Apelaciones, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo en Virginia “establece que, de ser probados, la falta de reconocimiento de un matrimonio entre personas del mismo sexo legal fuera de estado y sus correspondientes derechos va en contra de la Decimocuarta Enmienda. Esta enmienda incluye, entre otras, la Cláusula del Debido Proceso y la Cláusula de Protección Igualitaria.

La decisión del alto tribunal en este caso abrió el camino para acabar con la prohibición del matrimonio gay en otros estados del circuito.

Childs ha desestimado la decisión contra la gobernadora Nikki Haley como acusada en la demanda, pero mantiene que la acusación puede continuar contra el Procurador General Alan Wilson. Wilson, por su parte, dice que este caso pertenece es competencia de la justicia del estado, no a nivel federal.

En Carolina del Sur existen otros tres recursos presentados contra la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, si bien los jueces de momento solo se han pronunciado en este.

Carolina del Sur era el único estado dependiente de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito en el que aún no se había dictado sentencia sobre el derecho al matrimonio igualitario. Esta Corte de Apelaciones ya había respaldado el fallo favorable a los enlaces entre personas del mismo sexo en Virginia, en el que se establecía que su prohibición violaba el derecho a la igual protección recogido en la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. Contra esta decisión se presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, sin que fuera admitido a trámite.

Por ello, al igual que ocurrió recientemente en el caso de Carolina del Norte, el juez Gergel se ha limitado en su exposición a acatar esta jurisprudencia, indicando que los argumentos en contra del matrimonio igualitario presentados por la fiscalía de Carolina del Sur ya habían sido desestimados en la disposición de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito en el caso de Virginia. Esa disposición, en palabras del juez, “establece, sin lugar a dudas, el derecho de los demandantes a contraer matrimonio como parejas del mismo sexo”.

El juez, sin embargo, ha querido garantizar el derecho a la apelación de la administración de Carolina del Sur, dictando una suspensión temporal de su sentencia hasta el próximo 20 de noviembre, a semejanza de lo que establecieron los jueces que dictaminaron en los casos de Wyoming y Kansas. El fiscal general del estado sureño, Alan Wilson, ya ha comunicado su intención de recurrir ante la Corte de Apelaciones del 4º Circuito. El fiscal cree que es su obligación defender las leyes estatales siempre que haya un camino viable para ello, y la reciente decisión contraria al matrimonio entre personas del mismo sexo de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito crea un conflicto que, según el fiscal, debe ser dirimido por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, objetivo final de su apelación.

Rechazada la suspensión de la sentencia de Kansas (ACTUALIZACIÓN)

g232141_u82512_sonia-sotomayor-time-magazineEn Kansas hubo una sentencia favorable al matrimonio igualitario, que quedó en suspenso hasta las 5 de la tarde del 11 de noviembre para que pudieran formalizarse los recursos. Las primeras bodas de parejas del mismo sexo, por tanto, deberían haber empezado a celebrarse este jueves 12 de noviembre.

Pero la Fiscalía General presentó una solicitud de suspensión permanente de la sentencia ante Corte de Apelaciones del 10º Circuito, que fue rechazada. Sin embargo, la administración de Kansas recurrió esta decisión ante la juez del Tribunal Supremo Sonia Sotomayor, supervisora del 10º Circuito, que decidió suspender cautelarmente la sentencia hasta que el panel completo del alto tribunal decidiera al respecto. Esta medida garantista era semejante a la que tomó el juez Anthony M. Kennedy en el caso de Idaho, que finalmente se resolvió con la desestimación de la solicitud de suspensión.

Y, efectivamente, antes de acabar la jornada de este 12 de noviembre, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha emitido una orden por la que rehúsa la suspensión de la sentencia que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo en Kansas, que ya es de total aplicación. Como novedad respecto a casos anteriores, en la orden se aclara que la decisión se ha tomado con los votos en contra de los jueces Scalia y Thomas, lo que quizás pueda servir de pista para futuras decisiones del alto tribunal sobre este asunto.

Una lista cada vez mayor y una situación cada vez más compleja

Con la incorporación definitiva de Kansas, el matrimonio igualitario ya es completamente legal en 33 estados de los Estados Unidos. En Carolina del Sur, como ya hemos visto, la sentencia favorable está suspendida cautelarmente, aunque su Corte de Apelaciones correspondiente ya ha sentado jurisprudencia favorable. Únicamente restaría Montana como estado cuya Corte de Apelaciones (el 9º Circuito) ha dictaminado a favor de los enlaces entre personas del mismo sexo, pero donde aún no se ha dictado sentencia sobre este asunto en un tribunal federal.

En Ohio, Michigan, Kentucky y Tennesse, las sentencias favorables dictadas por los jueces federales han sido revocadas por la Corte de Apelaciones del 6º Circuito, la única en dictaminar en contra de la igualdad de derechos de las personas LGTB. Este dictamen será recurrido ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, según han comunicado los equipos legales que defienden a las parejas del mismo sexo demandantes.

En otros estados existen sentencias favorables de jueces federales que aún están pendientes de ser revisadas por las correspondientes Cortes de Apelación, como es el caso de Florida  (11º Circuito), Texas (5º Circuito) y Misuri (8º Circuito). Por el momento solo ha habido un estado en el que un juez federal ha considerado constitucional prohibir el matrimonio igualitario: Luisiana, sentencia que también debe ser revisada por la Corte de Apelaciones (también, en este caso, la del 5º Circuito). En Arkansas, finalmente, es la Corte Suprema del estado la que debe revisar una decisión favorable al matrimonio igualitario emitida por un juez estatal, no federal.

Los estados donde el matrimonio entre personas del mismo sexo ya está plenamente vigente son, en este momento, Alaska, Arizona, California, Carolina del Norte, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawaii, Idaho, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Maine, Maryland, Massachusetts, Minnesota, Nevada, New Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Nuevo México, Oklahoma, Oregón, Pensilvania, Rhode Island, Utah, Virginia, Virginia Occidental, Vermont, Washington, Wisconsin y Wyoming. A ellos hay que sumar el Distrito de Columbia y 10 jurisdicciones tribales.

Fuente Ragap y Dosmanzanas

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El Tribunal de Apelación de Singapur determina que la penalización de las relaciones homosexuales es constitucional

Viernes, 31 de octubre de 2014
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noticias_file_foto_887105_1414585165Malas noticias desde el sudeste asiático. El Tribunal de Apelación de Singapur (la más alta instancia judicial del país) decidió este miércoles que la sección 377-A del Código Penal, que establece la criminalización de las relaciones homosexuales masculinas, se ajusta a la Constitución de la ciudad-estado, y deja su posible derogación en manos del legislativo.

La Corte Suprema de Singapur ha dictaminado hoy (29 de octubre) que la ley que tipifica como delito las relaciones sexuales entre los hombres es constitucional, en respuesta a dos apelaciones presentadas por tres hombres que denunciaban que esta norma infringía los derechos humanos. La comunidad LGBT venía solicitando durante los últimos meses que se le reconocieran ciertos derechos, si bien se enfrentaban a una nación tradicionalmente conservadora como es esta república asiática. Este tribunal es el encargado de ratificar la constitucionalidad de las leyes en el país.

Tan Eng Hong por un lado, y la pareja formada por Lim Meng Suang y Kenneth Chee Mun-Leon por otro, fueron los percusores de la iniciativa que buscaba derogar la ley que castiga con penas de hasta dos años de prisión a los hombres que practicasen “actos indecentes graves en público o en privado”, y donde incluyen el sexo gay. Sostienen que esta ley homófoba viola sus derechos a la igualdad, a la vida y a la libertad individual, una postura que la corte no comparte. Esta decisión judicial supone un duro golpe para ellos.

El artículo en cuestión es, como en otros muchos países, una herencia de la época colonial británica, y había sido recurrido por un hombre y una pareja gays. Tan Eng Hong fue llevado ante la justicia en 2010 tras ser descubierto practicando sexo oral con otro hombre en los baños de un centro comercial. Hong se enfrentaba entonces a una posible pena de dos años de cárcel, aunque con posterioridad se decidió acusarlo de un delito no contra la sección 377-A, sino contra la sección 294, que castiga de forma genérica los actos obscenos en lugares públicos, lo que rebajaba la amenaza de cárcel a tres meses como máximo. Pese a todo, su abogado M. Ravi decidió solicitar la declaración de inconstitucionalidad de la sección 377-A para acabar con la posibilidad de persecución penal de los hombres homosexuales. La Alta Corte rechazó valorar el caso al no haber sido finalmente aplicada la mencionada sección. Sin embargo, dos años después, el Tribunal de Apelación reconoció el derecho del demandante a acudir a la justicia para preguntar si la sección 377-A es constitucional o no. “Esta provisión afecta las vidas de una porción nada insignificante de nuestra comunidad de una manera muy real e íntima”, expresaba la sentencia. “Un efecto indeseado de la 377-A es que puede convertir en criminales a las víctimas”, añadía.

El segundo caso ante la justicia singapurense es el de la pareja formada por Gary Lim y Kenneth Chee, que presentaron una demanda ante la Alta Corte de Singapur en 2012 con el objetivo de que la criminalización de las relaciones homosexuales masculinas fuera declarada inconstitucional. Lim y Chee, aunque no se sentían directamente amenazados por una penalización que en la práctica no se aplica cuando las relaciones homosexuales tienen lugar en privado, denunciaban sentirse etiquetados como “criminales y que cualquiera pueda denunciarles con la ley en la mano.

El tribunal señala que la ley, conocida como la Sección 377A del Código Penal, pasó una prueba para determinar si cumple con el derecho constitucional de igualdad, según apunta AP.  Ahora, el Tribunal de Apelación ha rechazado ambas demandas, arguyendo que la sección 377-A no viola el derecho a la vida y la libertad recogido en la Constitución de Singapur, porque este artículo se refiere a la protección frente al encarcelamiento ilegal y no al derecho a la privacidad y la autonomía personal. En cuanto a la no discriminación, según el juez, las categorías de género, sexo y orientación sexual no están protegidas por la Carta Magna, a diferencia de la religión, la raza o el lugar de nacimiento. El Tribunal afirma “entender los profundos sentimientos de los demandantes”, pero no hay nada que este tribunal pueda hacer para ayudarles. Su solución está, en todo caso, en el ámbito legislativo”, apunta en relación a la sentencia el juez Andrew Phang Boon Leong, uno de los que han rechazado el recurso y traslada el “remedio” de esta situación a la “esfera legislativa”. El abogado M. Ravi ha lamentado una decisión que, según él, supone “un enorme paso atrás para los derechos humanos en Singapur”.

M. Ravi, abogado de Tan, sostiene que esta decisión judicial supone un retroceso para los derechos humanos en Singapur. “Esta ley absurda y discriminatoria criminaliza el aspecto central de la identidad de las personas, en este caso, de los hombres homosexuales”, expresa en un comunicado. “Esta desigualdad de trato en la ley se basa en el odio por el odio, y la discriminación por la discriminación, y nada más”, añade.

La medida no afecta a las relaciones sexuales entre mujeres.

Una sociedad muy conservadora

Singapur es una ciudad-estado del sudeste asiático, con una economía capitalista fuertemente desarrollada. Poblada por diferentes grupos étnicos y religiosos, la mayor parte de su población es de origen chino, aunque hay una elevada proporción de malayos e indios. La religión más practicada es el budismo, si bien existen importantes minorías musulmana y cristiana. Es, en cualquier caso, una sociedad globalmente muy conservadora.

Singapur no despenalizó hasta 2007 tanto el sexo oral como el sexo anal, pero sólo para heterosexuales. Las relaciones homosexuales masculinas siguen penalizadas como actos de indecencia” de acuerdo a la ya mencionada sección 377-A del Código Penal, aunque en la práctica no se persiguen, siempre y cuando se practiquen, como se dijo arriba, en privado. De hecho, en 2006 se anunció una reforma para despenalizarlas que nunca se llegó a materializar. Tímidamente empieza además a surgir un movimiento en favor de los derechos de las personas LGTB (hace cinco años hacíamos referencia a una concentración en su apoyo). Y el año pasado salía del armario el primer político abiertamente gay del país.

Foto: Edificio Corte Suprema de Singapur

Fuente Ragap y Dosmanzanas

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Obama: “Pienso que la Constitución pide que el matrimonio gay sea legal en los 50 estados”

Jueves, 23 de octubre de 2014
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Obama-and-gay-marriageEl Presidente de EEUU, Barack Obama, ha arrojado, en sus últimas declaraciones, una luz de esperanza y felicidad para el colectivo LGBT estadounidense. Obama ha expresado con claridad que piensa que todas las parejas del mismo sexo deberían poder casarse en los 50 estados que conforman Estados Unidos en virtud a la Constitución norteamericana y sus valores. Además, también ha dejado claro que el matrimonio gay debería estar bajo el poder de la Cláusula de Protección de la Igualdad.

En declaraciones a The New YorkerObama ha dicho que la mejor decisión que ha tomado el Tribunal Supremo desde que él asumió el cargo ha sido el de no pronunciarse sobre el matrimonio gay y el reciente rechazo que ha mostrado ante los recursos que se presentaron contra las uniones homosexuales en cinco estados. Esto provocó que en esos cinco estados (Virginia, Oklahoma, Utah, Wisconsin e Indiana) se pudieran oficiar bodas de manera inmediata. Lo que describió como “una poderosa señal de los cambios que han tenido lugar en toda la sociedad, la ley debe amoldarse  a estos cambios, y ponerse al día. La Cláusula de Protección de la Igualdad no garantiza el matrimonio homosexual en los 50 estados, esto debe cambiar.
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Hay que recordar que el matrimonio gay en Estados Unidos es legal en una treintena de estados y en el distrito de Columbia..
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Prosiguió hablando sobre el tribunal superior “como todos sabéis, el Tribunal Superior y la Corte siempre se ha regido por distintas estrategias, nunca se sabe con certeza como va actuar. Pero esta vez, tras este avance de la sociedad, es posible que se generen cambios, y de una manera menos controvertida y más duradera. Depende de la postura que tomen los miembros de los partidos. Pero creo que será posible tarde o temprano”.
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Parece que la libertad en el matrimonio homosexual está un poco más cerca que antes con estas últimas declaraciones del siempre tolerante  Presidente Obama, que muestra su clara intención de convertir América del Norte en un país en el que la tolerancia, el respeto y la libertad del colectivo LGBT estén a la orden del día en todos los estados.
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Fuente Ragap

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Juez de EEUU otorga prestación social a un gay viudo de Arizona

Lunes, 15 de septiembre de 2014
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Un juez federal de Arizona (suroeste de Estados Unidos) decidió este viernes que un hombre homosexual tiene derecho a recibir las ayudas sociales para viudos, a pesar de que el gobierno estatal no reconoce los matrimonios gays.

Fred McQuire se casó este verano (boreal) con George Martínez, su compañero durante 45 años, en la vecina California, donde están permitidas las bodas entre personas del mismo sexo.

Martínez falleció en agosto y las leyes de Arizona impidieron que McQuire se inscribiera como esposo en el certificado de defunción y recibir una pensión.

Pero el juez John Sedwick ordenó el viernes a las autoridades estatales “preparar, emitir y aceptar lo más rápido posible un certificado de defunción” en el que McQuire aparezca como viudo.

El magistrado también especificó que la pensión del hombre, que tiene problemas de salud, debe pasar de los $1,300 actuales a los $4,000.

“George estaría muy orgulloso”, dijo McQuire en un comunicado citado por el diario Arizona Republic.

La decisión judicial no levanta sin embargo la prohibición de matrimonios entre personas del mismo sexo en Arizona, aunque el juez Sedwick dejó claro que la restricción no durará mucho tiempo más dado lo que ha sucedido en otros estados.

“Solo un tribunal de Nevada (oeste) y dos en Luisiana (sur) han mantenido estas prohibiciones”, dijo.

La Corte Suprema de Estados Unidos declaró en junio de 2013 que las parejas del mismo sexo deben recibir los mismos beneficios y protecciones que las parejas heterosexuales.

Fuente El Nuevo Herald

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Iglesias norteamericanas también solicitan al Supremo de EE UU que se pronuncie sobre el matrimonio igualitario

Martes, 9 de septiembre de 2014
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Stop Homofobia - ICMEl mes pasado, los abogados de tres parejas de gays y lesbianas de Utah pidieron formalmente a la Corte Suprema asumir la apelación de un fallo favorable sobre el matrimonio homosexual en Utah. (Archivo/EFE/Antonio Lacerda)

La petición también incluye a la Conferencia Estadounidense de Obispos Católicos, la Asociación Nacional de Evangélicos, la Comisión de Religión y Ética de la Convención Bautista del Sur y la Iglesia Luterana-Sínodo de Missouri.

Utah.-La iglesia mormona y cuatro organizaciones religiosas pidieron a la Corte Suprema de Estados Unidos que intervenga y resuelva de una vez por todas la cuestión de si los estados pueden prohibir el matrimonio gay.

La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días informó en un comunicado emitido el viernes que se sumó a una petición al alto tribunal para que falle sobre el caso del matrimonio en Utah.

La petición también incluye a la Conferencia Estadounidense de Obispos Católicos, la Asociación Nacional de Evangélicos, la Comisión de Religión y Ética de la Convención Bautista del Sur y la Iglesia Luterana-Sínodo de Missouri.

Todas defienden que el matrimonio es entre un hombre y una mujer.

“Ha llegado la hora de acabar con el debate nacional que nos divide en cuanto a si la Constitución ordena el matrimonio entre personas del mismo sexo”, señala el documento.

Múltiples organizaciones y entidades gubernamentales de ambos bandos del debate han presentado documentos similares pidiendo a la corte que aborde el tema.

Los grupos religiosos instaron a la Corte Suprema de Justicia a hacerlo sobre la base de la tradición y de la libertad religiosa para defender el supuesto derecho de un estado a denegar a las parejas gays y lesbianas la posibilidad de casarse.

“La inseguridad jurídica es especialmente gravosa para las organizaciones religiosas y los creyentes cada vez más enfrentados a cuestiones espinosas”, dice el documento. “¿Están en su derecho de abstenerse de participar en, reconocer o facilitar los matrimonios entre personas del mismo sexo, en contra de sus convicciones religiosas, blindadas adecuadamente por la Primera Enmienda y otras protecciones legales? ¿O se necesita más legislación para proteger las libertades religiosas en estas y otras áreas delicadas?

El mes pasado, los abogados de tres parejas de gays y lesbianas de Utah pidieron formalmente a la Corte Suprema asumir la apelación de un fallo favorable sobre el matrimonio homosexual en Utah.

Los demandantes dijeron que pidieron la revisión a pesar de que ganaron en los tribunales de apelación federal debido a que quieren que el alto tribunal dé su opinión sobre si las prohibiciones estatales al matrimonio entre personas del mismo sexo violan la Constitución.

La Corte Suprema no tiene la obligación de tomar el caso de Utah, ni los otros.

Fuente Primera Hora

Cristianismo (Iglesias), Homofobia/ Transfobia., Iglesia Anglicana, Iglesia Bautista, Iglesia Católica, Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (Mormones), Iglesia Luterana , , , , , , , , ,

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