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El matrimonio igualitario ha sido aprobado en todos los estados de México

Martes, 8 de noviembre de 2022
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43B5C8C3-5C17-4C7C-BE2C-80679E29DF7EA lo largo del 2022, culminando en este mes de octubre, los estados mexicanos que aún no habían legislado el matrimonio igualitario ya lo han implementado, de modo que ya forma parte del cuerpo legislativo de los 31 estados que componen la nación norteamericana, además de Ciudad de México, que fue el territorio pionero. Si bien el fallo de la Suprema Corte de Justicia de 2015 permitía de derecho el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país, el proceso de adaptación de las legislaciones y constituciones estatales para que no fuera necesario un procedimiento judicial ha sido lento, dada la imposibilidad política de que se aprobara una ley de ámbito nacional. Aunque desde la sentencia de la Suprema Corte de Justicia se incluyó a México en la lista de los países con matrimonio igualitario, actualmente 34, ahora ya forma parte definitivamente de ese grupo sin la acotación de «en parte de su territorio».

En marzo de este 2022, concluyó el proceso de modificaciones del estado de Yucatánpara adaptar su legislación a la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo llevada a cabo por el Congreso estatal en agosto de 2021. Así se iniciaba un año en el que, definitivamente, México se ha convertido en uno de los 34 países donde el matrimonio igualitario está legislado en todo su territorio.

El 30 de mayo, la Corte Suprema del estado de Veracruz declaraba la inconstitucionalidad de los artículos del Código Civil que impedían el matrimonio entre personas del mismo sexo. Días después, el Congreso estatal modificaba la ley en aplicación de la sentencia, teniendo efectos del 16 de junio.

El 18 de septiembre, el gobernador de Durango, Esteban Villegas Villarreal, firmaba un decreto que ordenaba a los registros tramitar las solicitudes de matrimonio de las parejas del mismo sexo. El 21 de septiembre, el Congreso estatal modificaba la legislación al respecto.

En un vertiginoso fin de carrera, el 11 de octubre el Congreso del estado de México aprobaba el matrimonio igualitario. El 19 lo hacía el Congreso del estado de Tabasco. El 25 el Congreso del estado de Guerrero y, finalmente, el 26 de octubre el Congreso de Tamaulipas convertía a ese estado en el 31º en otorgar a las parejas el mismo sexo el acceso a la institución del matrimonio. Las modificaciones legislativas aprobadas en los estados de México, Guerrero y Tamaulipas están aún pendientes del trámite de publicación en sus respectivos boletines oficiales.

De esta manera, México finalmente ha concluido el proceso de adaptación de las constituciones y legislaciones de ámbito estatal a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que en 2015 declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo. La sentencia llegó seis años después de su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México en 2009, que fue el primer territorio de América Latina donde se implementó, unos meses antes de su aprobación en Argentina.

No obstante, esa misma sentencia también declaraba inconstitucional la prohibición de la adopción a las parejas del mismo sexo. Sin embargo, los estados de Oaxaca, Baja California Sur, Tlaxcala, Sinaloa, Sonora, Zacatecas, Guanajuato, Yucatán, Estado de México, Tabasco y Guerrero aún no han modificado sus legislaciones para permitirla.

Aun así, tras la modificación legislativa en todos sus estados, México ya forma parte definitivamente de los 11 países del continente americano donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo su territorio.

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También se incluye de manera integral entre los 34 países del mundo donde existe la igualdad para las parejas LGTBI.

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El matrimonio igualitario en México

Como hemos señalado, Ciudad de México fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). El 12 de junio de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano. Previamente a esa definitiva sentencia, el matrimonio igualitario había sido aprobado en los estados de Quintana Roo, Coahuila y, tan solo un día antes, Chihuahua.

La capital mexicana abría así un camino que luego fueron siguiendo los 31 estados de la nación, un país federal en el que cada uno de esos estados goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que no permitían su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se celebraron bodas por orden judicial. En los estados que aún no celebraban matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes debían presentar un recurso de amparo, un trámite que aumentaba los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del entonces presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTBI.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se presentaron dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conllevaba una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas se aprobó.

Fuente Dosmanzanas

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El Estado de Yucatán aprueba, por fin, el matrimonio igualitario con una amplia mayoría y prohíbe las llamadas terapias de conversión

Martes, 31 de agosto de 2021
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matrimonio_igualitario_mexico_copyEl Congreso de Yucatán ha aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario.

El Estado sigue la estela de Sinaloa y Baja California, que también han avalado la unión entre parejas homosexuales este verano

El Congreso del Estado de Yucatán aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario con 20 votos a favor y cinco en contra. Hace solo tres semanas que Baja California tomó la misma decisión y también este verano, a finales de junio, la unión entre parejas homosexuales fue aceptada en Sinaloa. Con estas tres nuevas resoluciones son ya 22 de los 32 Estados mexicanos los que reconocen este derecho.

En una larga sesión de más de cuatro horas, los diputados de Yucatán han votado a favor de modificar el artículo 94 de la Constitución del Estado para replantear los términos: en vez de algo exclusivo entre un hombre y una mujer,  la reforma aprobada define el matrimonio como «una institución por medio de la cual se establece la unión jurídica, libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua» y abre la figura del concubinato a todas las parejas.

Yucatán se convierte en la última jurisdicción de México en adoptar una definición igualitaria del matrimonio (ya sea por vía puramente legislativa o por mandato judicial) tras Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua y Guerrero, Nayarit, Jalisco, Campeche, Colima, Michoacán, Morelos, Baja California, Puebla, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Baja California Sur, Aguascalientes, Tlaxcala y Sinaloa, esta última en junio de este mismo año. Los territorios mencionados albergan al 62% de la población del país

El camino hasta esta reforma no ha sido fácil en la península. En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) declaró inconstitucional prohibir el matrimonio entre parejas del mismo sexo por ir en contra del principio de no discriminación. Eso dejaba la responsabilidad en los congresos estatales, que debían modificar su legislación, pero varios de ellos se han negado a corregir sus códigos. Ese fue el caso de Yucatán.

En 2019, en una votación secreta, el Congreso yucateco rechazó el matrimonio homosexual. Pero el colectivo PTFY presentó un amparo contra el Poder Legislativo estatal por ir en contra del mandato de la SCJN y esta obligó a los legisladores a repetir la votación, que finalmente se ha desarrollado este miércoles. La resolución ha sido en esta ocasión aprobada con una amplia mayoría.

No podemos olvidar que, en 2019, Ricky Martin y diversas personalidades exigían al gobierno de Yucatán para que aprobase el matrimonio igualitario.

En la misma sesión, los diputados han prohibido las llamadas terapias de conversión, que tratan de modificar la orientación sexual, y han aprobado que el delito de feminicidio no prescriba. En este mismo sentido, los congresistas han establecido que en caso de asesinato de una mujer a manos de su pareja, la patria potestad de los hijos no sea para el agresor sino para los abuelos de los menores.

El matrimonio igualitario en México

En México, el matrimonio igualitario está en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Ciudad de México, de hecho, fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano.

La capital mexicana abría así un camino que luego han seguido otros estados de México, un país federal en el que cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial. En los estados que no celebran matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes deben presentar un recurso de amparo, un trámite que aumenta los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTB.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de que una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se han presentado dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conlleva una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas ha sido aprobada.

Con la entrada de Yucatán, Baja California y Sinaloa estos últimos tres meses, el mapa mexicano avanza en la igualdad, iniciada hace 11 años en Ciudad de México. Aunque todavía 10 Estados (Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Querétaro, Tabasco, Veracruz y Zacatecas) se resisten a reformar sus leyes. Las parejas homosexuales de estas entidades tienen que presentar un amparo para que los jueces aprueben la unión caso por caso, en vez de hacerlo con un trámite ante el Registro Civil.

Fuente Agencias/Cristianos Gays/Dosmanzanas

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Denuncian ante la ONU la desaparición de dos mujeres trans en Jalisco

Martes, 13 de octubre de 2020
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IMG_8352Por Georgina González

Karla García Duarte (22) y Kenia Duarte Pérez (20) son dos mujeres trans que no han sido localizadas desde el 18 de septiembre. Por primera vez, organizaciones solicitaron ante el Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (Comité CED) que el Estado mexicano actúe de manera urgente para localizarlas.

Karla y Kenia son amigas y el 18 de septiembre se dirigían a una fiesta en la colonia Mesa Colorada Oriente en el municipio de Zapopan. Esa noche se les vio por última vez.

“Yo quiero respuestas porque la espera creo que ya fue demasiado. Quien sea que vea a Kenia pues que me de informes, su familia la espera con ansias. Las queremos de regreso y vivas, así las queremos”, dice la madre de Kenia, Ana Lucía Duarte, en un video realizado por el medio independiente Zona Docs.

Necesidad de una perspectiva de género

Por sus desapariciones, el 1 de octubre se activó el Protocolo Alba. En mecanismo de los tres niveles de gobierno para la búsqueda y localización de niñas y mujeres en el territorio mexicano. Esta acción nunca antes vista se logró luego de la insistencia pública por parte de la organización Unión Diversa de Jalisco.

Por su parte, el 2 de octubre la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ) inició el acta de investigación 623/2020/IV y dictó medidas cautelares a las autoridades estatales con el objetivo de que las investigaciones se realicen con perspectiva de género.  Además, piden  se apeguen al protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual e identidad de género de las víctimas, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Que el agente del MP (Ministerio Público) desarrolle una perspectiva inclusiva en su actuación y valore que las víctimas pertenecen a un grupo históricamente discriminado y se aboque a las posibles líneas de investigación tendentes a la ejecución de un crimen de odio contra la población LGBTTTIQ+”, señaló la CEDHJ.

La fiscal especial de personas desaparecidas Blanca Trujilo comentó: “hemos realizado todas las acciones inmediatas para su localización y para la investigación de las circunstancias en que desaparecieron […] Estamos aplicando los protocolos, incluso el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

Denuncia ante la ONU

IMG_8353Por primera vez en la historia se presentó ante el Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (Comité CED) un caso donde se solicita la actuación urgente del Estado mexicano en la búsqueda y localización de dos mujeres trans.

Las organizaciones IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C. y Unión Diversa de Jalisco (UDJ) solicitaron al Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (Comité CED) emitir “Acciones Urgentes para que el Estado mexicano tome, de forma urgente, todas las medidas necesarias para buscar y localizar a dos mujeres trans desaparecidas en el estado de Jalisco”.

Las organizaciones decidieron acudir a las Naciones Unidas para denunciar los casos y exigir la pronta localización de Karla y Kenia, “debido al tiempo transcurrido desde la desaparición de las dos jóvenes y ante la ausencia de resultados en los procesos de búsqueda de las víctimas e investigación del delito”, señalan en un comunicado.

Además advierten al Comité CED sobre el contexto generalizado de desapariciones en el estado de Jalisco, en el que se registra oficialmente un total de 11 mil 263 casos de personas desaparecidas, siendo la segunda entidad federativa del país con el mayor número de casos.

También alertaron sobre la crisis de violencia en contra de la población LGBT+ en México. “Particularmente en contra de las mujeres trans, quienes viven en condiciones de extrema estigmatización, precarización y marginación como consecuencia de la violencia de género y de las desigualdades en las estructuras económicas y culturales”.

35 personas LGBT desaparecidas en México

En México hay 35 personas LGBT+ desaparecidas de las cuales 29 son mujeres trans, de acuerdo al registro del Centro de Apoyo a las Identidades Trans (CAIT). Los estados donde más se han presentado estas desapariciones son Sinaloa, Tamaulipas, Jalisco y Ciudad de México.

Estas desapariciones se dan en estados donde la violencia organizada se disputa por el control de territorios y bajo la presencia del ejército en las calles. Desde 2006 cuando el ex presidente, Felipe Calderón, instauró una estrategia de seguridad contra el narcotráfico, más de 73 mil personas están desaparecidas en México.

“Hay muchos casos de desaparición que quedan invisibilizados. Y es que las personas LGBT también valen y deberían de generarse estos mecanismos de búsqueda, intercambiar fichas (de búsqueda) con organizaciones que no son precisamente LGBT. Lo que nos une al final es el llamado por la localización de las desaparecidas, los desaparecidos, les desaparecides”, dijo para Presentes, Rocío Suárez, coordinadora del CAIT.

Fuente Agencia Presentes

(Pincha en las fotografías para agrandarlas)

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Universidad de Sinaloa (México) niega título a egresada trans

Lunes, 1 de julio de 2019
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Universidad-Autónoma-de-Sinaloa60774868_648313628976975_875661879383425024_nDurante casi tres años la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) se ha negado a emitir el título de Frida Bautista, una mujer trans egresada de dicha institución de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación.

La mujer transexual ha tenido que pasar por una serie de procesos legales que no terminan, mientras que la universidad se niega a reconocer su identidad a través de procedimientos que violentan sus derechos humanos.

“Obligarme a tramitar un título que ya existe, como si fuera la primera vez, no es respetar mi identidad de género señores, por más disposición y buena onda que como universidad tengan en aceptar mi trámite, eso que hacen es discriminación, es violencia, es transfobia institucional”, señala Frida sobre su experiencia.

El conflicto inició en 2017 cuando Frida, luego de un proceso de rectificación de acta de nacimiento, acudió ante la instancia educativa para solicitar la reposición de su título universitario, con la finalidad de que fuera emitido con el nombre que eligió y no con el que le fue asignado.

Sin embargo, las autoridades le dijeron que para hacer dicha operación tenía que “amparar” su nueva acta de nacimiento con un juicio resolutivo y un parte psiquiátrico; además de presentar el acta vieja y el acta nueva para “comprobar que se trataba de la misma persona”.

“Traté de explicarles que ninguna persona, sea o no transexual, posee 2 actas con diferentes nombres, pues eso es un delito federa(…) les enseñé la constancia donde la misma jueza del registro civil de Mazatlán hacía resguardo del acta primigenia”, narra Frida.

Además, agrega: “Les dije también que la nueva legislación con la cual obtuve la actual identidad genérica administrativa, derogaba por respeto a derechos humanos, el parte psiquiátrico y el juicio resolutivo. Pero me ignoraron, me maltrataron, y me dijeron que esos eran sus requisitos y punto

Tras la negativa de la institución, Frida se acercó a la Comisión de Derechos Humanos de Mazatlán, donde fue dirigida a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa; sin embargo, esta instancia se negó a tomar su caso argumentando de Frida radica en la Ciudad de México y no en Sinaloa.

Frida solicitó el apoyo gratuito de un abogado en las oficinas del Poder Judicial de la Federación de Mazatlán. La universidad se limitó a aceptar una carta por escrito donde ella hacía la misma solicitud, no obstante la  repuesta de la UAS fue la misma, aunada a la entrega de certificados nuevos de preparatoria y licenciatura, así com el pago de emisión de título.

“Es como si usted se hubiera muerto y hubiera vuelto a nacer”, fue la respuesta que le diola directora general de servicio escolares de la zona sur a Frida.

En octubre de 2018 Frida presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y fue hasta junio de 2019 que recibió una respuesta.

De acuerdo con la CNDH, Frida tiene que acudir al Instituto de la Defensoría Pública a buscar un abogado que tramite ante un juez un documento resolutivo, el cual de cuenta que su acta de nacimiento “no es falsa” y que aclaré que la resguardación de su acta primigenía es válida y legal.

“En estos meses de demanda ante la UAS, sólo esos 2 requisitos se pudieron suprimir con la flamante intervención de la CNDH. Todo lo demás, sobre eliminar mi expediente como estudiante y mejor hacerles uno nuevo, así como pagarles un trámite de primera vez (…) queda exactamente igual porque qué creen, la CNDH me dijo lo mismo: es como si se hubiera muerto y hubiera vuelto a nacer”, relata Frida.

Estas resoluciones, explica Frida, violan y vulneran sus derechos humanos; además, explica que todas las acciones que la CNDH presenta como vía de resolución implican un costo aproximado como de 30 mil pesos.

“Si respetaran la resolución de un juez ante mi acta, la reposición del título sólo me costaría 3 mil pesos más el viaje para tramitarlo. Llevo casi 3 años desempleada, porque no puedo comprobar ante las vacantes que soy licenciada”, señala Frida.

La mujer transexual señala que acudirá a realizar los próximos trámites a la defensoria pública, no sin reclacar que se trata de una violación a sus derechos humanos.

“Basta de decir que las personas trans morimos o cambiamos, infórmense y aprendan, somos las mismas personas haciendo ejercicio de nuestro propio cuerpo y su sexualidad, como lo ha hecho el resto de las personas no transexuales en las sociedades todo el tiempo. Y nadie les dicho nada ni les han puesto la lupa y el escarnio encima”, señala.

Lee la denuncia de Frida completa aquí.

Fuente Desastre.mx

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El Congreso de Sinaloa (México) vota contra el matrimonio igualitario

Martes, 25 de junio de 2019
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matrimonio_igualitario_mexico_copyDespués de una larga espera, hoy los diputados de Sinaloa votaron a favor o en contra del matrimonio igualitario. Estos fueron los resultados.

La iniciativa para aprobar el matrimonio igualitario en Sinaloa pasó muchos años «detenida» en el Congreso Estatal. La iniciativa llevaba 10 años en espera de su análisis, de acuerdo con el portal SDP Noticias, pues todas las legislaturas anteriores la habían pospuesto.

Pero el pasado 17 de junio, el dictamen fue aprobado por las tres comisiones encargadas del análisis: Puntos Constitucionales y Gobernación; Equidad, Género y Familia, y la de Derechos Humanos.

Hoy por la mañana, este martes 18 de junio, la iniciativa fue puesta a votación en el pleno del Congreso. Con 20 votos en contra y con 18 a favor, el derecho al matrimonio igualitario en Sinaloa fue negado por los legisladores. La decisión fue aplaudida por integrantes de los partidos políticos PAN y PRI, así como de los grupos religiosos que estaban presentes. Por su parte, integrantes de la comunidad LGBT+ y organizaciones aliadas externaron su rechazo a la negativa de aprobar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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Algunos diputados de Morena votaron en contra (Foto: Twitter congresosinaloa)

Mientras en el interior del inmueble se tomaba la decisión, varias personas pertenecientes a grupos religiosos y asociaciones en contra del matrimonio igualitario se manifestaron en la entrada al Congreso para exigir el acceso al edificio. Óscar Lara Esquer, hijo de un exdiputado, estaba entre los manifestantes.

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Grupos religiosos se manifestaron en contra del matrimonio igualitario. / Foto: El Sudcaliforniano

Durante los empujones entre los inconformes y los elementos de seguridad, Lara rompió uno de los cristales de la entrada. A través de un comunicado, el individuo aclaró que se trató de un «accidente», pues su única intención era entrar al Congreso:

«Fue accidental, lo que pasó es que habíamos cerca de 200 personas afuera queriendo entrar y no nos dejaban pasar y había muchos lugares abajo y arriba. efectivamente abrí la puerta y era muy frágil y estaba floja, por lo que entre los jaloneos y empujones de la gente, se quebró».

 

Sinaloa en cifras

De acuerdo con el informe Violencia extrema contra personas LGBTTT en México. Saldos del sexenio 2013-2018 de la organización Letra S, en 2018 fueron asesinados tres individuos en Sinaloa: dos eran personas trans y uno, gay. La mayoría de los casos se registraron en Culiacán.

Recientemente se registró la desaparición de la Reina trans del Carnaval de Guasave, Sinaloa, quien reapareció a los pocos días de que los familiares presentaron la denuncia correspondiente. La víctima presentaba signos de violencia. Esto pone de manifiesto que en Sinaloa también urge aprobar leyes que protejan a la comunidad LGBT+ y fomenten la no discriminación.

Lamentable que el Congreso de Sinaloa no haya aprobado el matrimonio igualitario.

Con información de SDP Noticias, Letra S, Línea Directa y Debate, vía Homosensual

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Reina de belleza transexual fue secuestrada en Sinaloa (México)

Sábado, 15 de junio de 2019
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divinaluke-0b6964575a9beb4042a6f71c4b9c26be-600x400Una mujer transgénero de nombre Koma Luque fue secuestrada en Guasave, Sinaloa, por dos hombres que la mantuvieron en cautiverio y la extorsionaron. La mujer de 31 años de edad narró que fue objeto de violencia.

La Fiscalía General del Estado (FGE) informó que el reporte de la desaparición de Luque fue presentado por su madre, sin embargo, tras su aparición el expediente fue cerrado y se espera que la mujer presente su denuncia por el supuesto secuestro del que fue objeto, como ha señalado en diferentes medios de comunicación.

El lunes de la semana pasada, Koma Luque, quien fue electa como la reina del carnaval local, fue privada de su libertad por dos hombres que le cubrieron el rostro mientras se encontraba caminando por el centro de Guasave.

Loque declaró que pasó 36 horas atada a una silla y que sus secuestradores la golpearon y extorsionaron.

Finalmente fue liberada la madrugada del martes pasado en un terreno agrícola. La mujer transexual caminó por la carretera buscando ayuda hasta que se encontró con personas que la auxiliaron y pudo llegar a su domicilio.

Debido a las heridas que le fueron provocadas, Koma fue internada en una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

Aurelia Leal López, presidenta municipal de Guasave, señaló que el caso de Luque no ha sido reportado ni denunciado ante las autoridades; sin embargo, indicó que el hecho debe ser investigado por la autoridad judicial.

Leal declaró que este caso, aunado al asesinato de la una mujer empresaria en pleno centro, da cuenta del estado en el que se encuentra el municipio, pues en menos de 15 años se han presentado diversos casos que han estremecido a los pobladores en cuanto al tema de criminalidad y seguridad.

Por su parte, Tiago Ventura Cárdenas, activista defensor de los derechos humanos, señaló que el caso de esta mujer transgénero tenía características propias de la transfobia y la homofobia, por lo que se se suma a otros hechos similares relacionados con el odio a las personas LGBT que han tenido lugar en Sinaloa en la última década.

Fuente Desastre.mx

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Dos mujeres trans asesinadas en México y otra herida grave.

Sábado, 23 de junio de 2018
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180618-violencia-contra-las-mujeresSi hace unos días hablábamos del asesinato de tres activistas LGTBI, las últimas noticias que nos llegan desde México no son menos atroces…

Este miércoles fue asesinada en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas una mujer transgénero centroamericana que se dedicaba al trabajo sexual y al activismo a favor de la diversidad sexual. Nataly Briyth Sánchez, quien era originaria de Cuyamel, Puerto Cortés, Honduras, llevaba varios años viviendo en la capital del estado huyendo de la violencia de la que era objeto en su país de origen por parte de las pandillas criminales.

En su estancia en el estado, Nataly rentaba una habitación en la avenida 3ª Poniente Norte, Número 662, en el centro de la ciudad. De acuerdo con las investigaciones, en ese lugar la joven mujer transgénero recibió este miércoles a uno de sus clientes, mismo que la atacó hasta asesinarla.

La mujer que le rentaba el cuarto a Nataly fue la encargada de reportar su agresión a la policía, pues escucho gritos provenientes de su habitación. La policía arribó al lugar de los hechos y pudo atrapar al agresor, ya que este se quedó encerrado en el cuarto, pues antes de ser agredida la mujer transgénero puso llave a la puerta por seguridad.

En un comunicado, la organización civil Diana Sacayán se exigió a las autoridades de la entidad que se castigue al responsable del asesinato: “El homicida fue capturado en flagrancia y está confeso, por lo que no hay nada más que investigar”.

De acuerdo con información difundida por la organización civil, en lo que va del año llevan contabilizados 5 asesinatos en contra de mujeres transgénero en el país; por lo que la asociación exhortó a los defensores de derechos humanos a alzar la voz para que el asesinato de la mujer transgénero centroamericana no quede impune.

“Nosotras no somos animales, nosotras necesitamos que el gobierno haga algo porque nos están matando como a un animal, sin derecho. Van cinco chicas trans que han asesinado en lo va del año. Queremos que no vayan a soltar a esa persona ya que puede pasar lo mismo con el caso de la chica comiteca, Itzel que por no tener pruebas suficientes lo dejaron en libertad”, denunció Fanny, presidenta de la asociación.

Asimismo, ese fin de semana una mujer transgénero que se dedica al trabajo sexual fue agredida a puñaladas por un hombre que la intercepto en las calles de Monterrey mientras ejercía su trabajo, el agresor escapó y la mujer fue enviada a un hospital donde se reportó estable.

A este suceso, desgraciadamente, se suma también el asesinato de una mujer trans en el Estado de Colima. El cuerpo de la mujer se encontraba atado de manos y presentaba signos de haber sufrido tortura. En cualquier caso, las autoridades no han aclarado si contaba con heridas de bala, aunque sí se sabe que su rostro habría sido repetidamente golpeado.

El hallazgo se realizó en la carretera libre a Armería-Manzanillo a la altura de la colonia Sagrado Corazón. Por el momento se desconoce la identidad de la víctima, así como el móvil que motivo el asesinato. Las autoridades no informaron si el cuerpo presenta heridas de bala, pero se pudo constatar que el cuerpo presentaba golpes en el rostro.

El lugar fue acordonado por elementos policiacos y a él arribó personal de servicios periciales con el fin de iniciar una investigación para determinar la identidad de la mujer asesinada así como las razones y los responsables de este crimen.

Este es uno de los crímenes de odio en contra de personas LGBT que acontecieron este fin de semana. Este domingo fueron asesinados tres activistas abiertamente homosexuales que defendían los derechos de las personas LGBT en el estado de Guerrero. De acuerdo Orlando Pastor, activista LGBT de Chilpancingo, los hombres fueron privados de su libertad por un grupo armado, asesinados y abandonados en las calles de Taxco, municipio del que eran originarios.

Con este último crimen, al menos van nueve mujeres trans asesinadas entre abril y junio en los Estados de Nuevo León, Sinaloa, Veracruz, Guerrero y la última de Colima.

Este mismo año, recogíamos en marzo los asesinatos de un estudiante gay y de una activista lesbiana. Isaac Luna García, un universitario de 19 años, fue asesinado el mes de febrero en ciudad de México, en lo que amigos y familiares están convencidos se trata de un crimen homófobo. Por otra parte, el cuerpo semienterrado y en avanzado estado de descomposición en Arroyo del Durazno (en el estado de Guanajuato), era identificado como el de María Guadalupe Hernández Flores, de 37 años, activista feminista y lesbiana que se encontraba desaparecida desde el pasado 11 de marzo. También nos hacíamos eco de los comentarios de odio contra otro estudiante homosexual fallecido y la agresión a una pareja estadounidense de hombres por ir cogidos de la mano.

Según datos del informe Violencia, Impunidad y Prejuicios. Asesinatos de personas LGBTTT en México 2013-2017, publicado por la organización civil Letra S Sida, Cultura y Vida Cotidiana, de enero de 2013 a diciembre de 2017 se registraron como mínimo 381 crímenes de odio en contra de personas LGBT en el país.

LGTBfobia y las elecciones federales de México

En este clima de inseguridad para el colectivo LGTB (entre otros), muy castigado por la violencia y el fanatismo, el país celebrará el próximo 1 de julio elecciones federales, sin que ninguno de los principales candidatos haya expresado un compromiso firme y claro en defensa de los derechos plenamente igualitarios.

Desde el Partido de la Revolución Democrática (PRD) «demandamos investigar el asesinato de estos jóvenes más allá de la idea de que se trata de un hecho más dentro de la ola de violencia que azota a varias regiones del país. Las autoridades deben tomar en cuenta los estereotipos negativos que pesan sobre las personas no heterosexuales y que muchas veces provocan homicidios». El PRD concurrirá a las elecciones dentro de la coalición Por México al Frente, encabezada por Ricardo Anaya, un candidato con un perfil bajo en relación al compromiso con el colectivo LGTB.

Fuente Proceso/Colima Noticias/ Desastre.mx/Dosmanznas.

Imagen tomada de Association of World Citizens.

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El obispo mexicano Jonás Guerrero Corona, se disculpa con Peña Nieto por sugerir que era homosexual

Jueves, 23 de junio de 2016
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cualicanTras el reconocimiento del matrimonio igualitario

“¿No será que (Peña Nieto) anda buscando ‘gavioto’ en vez de ‘gaviota’?

El obispo de Culiacán, Jonás Guerrero Corona, se disculpó con el presidente de México, Enrique Peña Nieto, por haber insinuado que el mandatario es homosexual por su impulso al reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Después de que en Sinaloa (noroeste de México) se realizó el primer matrimonio homosexual, el pasado 31 de mayo Guerrero aseguró que matrimonio sólo es posible entre hombre y mujer.

Ante feligreses católicos, el obispo dijo que el matrimonio homosexual “es un engaño aunque lo haya dicho el presidente de la República”.

“Es un error garrafal, otro engaño más. ¿No será que (Peña Nieto) anda buscando ‘gavioto’ en vez de ‘gaviota’?”, dijo el prelado, aludiendo al personaje de “La Gaviota” que interpretó en una telenovela la esposa del presidente, la actriz Angélica Rivera.

En una carta divulgada hoy por medios locales, Guerrero se disculpa con el mandatario.

“Ofrezco públicamente a usted y a su señora sincera y amplia disculpa por la desafortunada declaración que di en Los Mochis, Sinaloa”, dice la misiva.

“Reitero que un servidor y la diócesis de Culiacán que presido somos respetuosos de las instituciones civiles y sus representantes, y estamos comprometidos con una relación institucional de respeto y tolerancia con el Estado en función del bien común”, puntualizó.

Fuente Religión Digital/Agencias

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La Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional el veto a la adopción homoparental en Campeche

Sábado, 15 de agosto de 2015
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noticias_file_foto_1023518_1439452402Importante sentencia favorable a los derechos LGTB en México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, el más alto tribunal del país) ha considerado contraria a la Constitución la prohibición de adoptar menores a las parejas unidas civilmente, incluyendo las del mismo sexo, en el estado sudoriental de Campeche.

La Ley Reguladora de Sociedades de Convivencia entró en vigor a finales de 2013 en este estado de la península de Yucatán. Las parejas del mismo o de distinto sexo pueden desde entonces hacer uso de la misma para formalizar su unión, pero este mecanismo excluía explícitamente algunos derechos sí reconocidos a los matrimonios. Las personas que se unen civilmente mediante este procedimiento perdían automáticamente la patria potestad de sus hijos y tenían vetado el acceso a la adopción. Es por ello que la Comisión de Derechos Humanos de Campeche remitió un recurso de anticonstitucionalidad contra el artículo de la norma que consagraba estas limitaciones de derechos.

Los demandantes explicaban que la exclusión viola los derechos a la no discriminación y a la protección de la organización y desarrollo de la familia que recoge la Constitución mexicana. La SCJN admitió a trámite el recurso y la magistrada Margarita Luna, a principios de este mes, propuso la anulación del artículo por discriminatorio. En el Pleno había una práctica unanimidad (solo uno de los once jueces estaba en contra) en declarar la inconstitucionalidad de la norma, pero existían discrepancias en la argumentación.

Así, un grupo de cinco magistrados quería destacar la discriminación por razón de orientación sexual, ya que las “sociedades de convivencia” son la única alternativa reconocida en la legislación para las parejas del mismo sexo. Sin embargo, otros cuatro preferían considerarla una discriminación de tipo genérico de las parejas unidas civilmente frente a las casadas. Finalmente, la sentencia establece que la exclusión es contraria al interés superior del niño y ha sido adoptada por nueve votos a favor frente a uno en contra: el del juez Eduardo Medina.

El avance de los derechos LGTB en México

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse. Un proceso que en junio de este año recibía un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario.

Dos estados, Chihuahua y Guerrero, pueden considerarse ya de hecho parte de la lista de territorios en los que es posible sin restricciones el matrimonio igualitario, al haber implementado sus respectivos gobiernos órdenes ejecutivas en ese sentido como consecuencia de todo este proceso.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

En cuanto a la adopción, las parejas casadas, sean del mismo o de diferente sexo, pueden acceder en igualdad de condiciones desde la sentencia de la Suprema Corte de 2010. El fallo de esta semana tiene un claro precedente en la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila en 2011, tres años antes de que este mismo estado aprobara el matrimonio igualitario. Pero que ahora haya sido el máximo tribunal del país el encargado de fallar en la misma dirección debería suponer un avance claro en la seguridad jurídica de las familias homoparentales en todo el país.

Fuente Dosmanzanas, Cristianos Gays

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Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

Lunes, 15 de junio de 2015
Comentarios desactivados en Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

matrimonio_igualitario_mexico_copyLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado jurisprudencia determinando que son inconstitucionales los Códigos Civiles de los estados que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer cuyo fin último sea la procreación.

Paso de gigante en México, donde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha asentado la jurisprudencia favorable al matrimonio igualitario que a partir de ahora los tribunales mexicanos deberán seguir en aquellos amparos que les lleguen sobre la materia, con independencia de las leyes locales de cada estado. La decisión consolida de forma irreversible el lento pero imparable avance que se viene produciendo sentencia tras sentencia en ese país. Y es que, según el más alto tribunal mexicano, “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario.

Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de Derechos Humanos del máximo tribunal, indicó en una entrevista que el número de casos de matrimonios de un mismo sexo resueltos por la SCJN permitió que se estableciera una jurisprudencia.

De esta forma la jurisprudencia establece sobre el matrimonio que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”. Así, Bonifaz explicó que cualquier Código Civil que establezca que el matrimonio es sólo entre mujer y hombre, o que establezca que el fin de éste es la procreación, es inconstitucional, “porque hay otros propósitos del matrimonio, si sólo fuera la procreación no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud”.

La nueva jurisprudencia destaca que considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación, constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social.

“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, precisó, y añadió que “como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre ‘un solo hombre y una sola mujer’”.

Por su brevedad y claridad, reproducimos literalmente la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de México:

TESIS JURISPRUDENCIAL 46/2015

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. NO EXISTE RAZÓN DE ÍNDOLE CONSTITUCIONAL PARA NO RECONOCERLO

Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.

En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja.

Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

Una tesis que destaca por su sencillez (salvando las distancias, sorprende al compararla con la farragosa argumentación de la sentencia por la cual el Tribunal Constitucional de España dio validez a la ley española de matrimonio igualitario…). Y aunque la decisión, a día de hoy, no supone la extensión automática del matrimonio igualitario a todo el territorio mexicano de forma plena (las parejas a las que se deniegue su solicitud de matrimonio tendrán que acudir todavía a los tribunales, al menos mientras los estados no tomen decisiones como la que se acaba de adoptar en Chihuahua) supone desde luego un paso de gigante. Seguiremos atentos a la evolución del proceso.

Chihuahua acaba de convertirse en el cuarto estado de México en el que se aprueba el matrimonio igualitario.  El Gobernador César Duarte ha anunciado oficialmente que su administración “eliminará las trabas” a las parejas del mismo sexo que soliciten unirse en matrimonio. Se espera que las licencias comiencen a emitirse este viernes (12 de junio).

En 2013, a la pareja chihuahuense formada por Tony y Tómas se les permitió casarse por un juez de distrito en Ciudad Juárez después de haber sido rechazado inicialmente por el Registro Civil del Estado. Pero después de que la administración bloqueara su matrimonio, 26 parejas del mismo sexo acudieron a formalizar su petición de sus derechos a ser casadas. Todas estas parejas serán compensadas por los trámites legales. En febrero pasado ganaron el amparo después de que el Juzgado Octavo de Distrito declarase inconstitucional los artículos 134 y 135 del Código Civil del Estado de Chihuahua, porque impide los matrimonios igualitarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaba a punto de ordenar al Congreso local que legisle sobre los matrimonios igualitarios, y a las autoridades estatales a que indemnicen a las parejas a las que buscaron la protección de la justicia porque inicialmente se les negó el derecho a contraer nupcias. “Lo que menos quieren ya es que los amparos promovidos por los denunciantes lleguen hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, apunta Mario Trevizo, secretario general de Gobierno.

Las organizaciones Movimiento Integración de la Diversidad (Movid), Derechos Humanos Integrantes en Acción (DHIA) y el Centro Humanístico de Estudios Relacionados con la Orientación Sexual (CHEROS) anuncian en las redes sociales este gran avance, y manifiestan que lo celebrarán en la marcha del Orgullo LGBT del próximo 20 de junio.

Chihuahua se suma de esta forma a Coahuila, Quintana Roo y México, los estados que permiten el matrimonio igualitario en México.

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Un proceso que ahora sufre un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario. La tesis, por otra parte, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por si una discriminación.

Fuente El Economista y Dosmanzanas

 

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Suprema Corte de México respalda el matrimonio homosexual

Lunes, 20 de abril de 2015
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matrimonio_igualitario_mexico_copyLa Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las uniones entre personas del mismo sexo en el estado de Sinaloa al considerar discriminatorios los artículos 40 y 165 del Código Familiar de la entidad que restringen el matrimonio y el concubinato a la unión de un hombre con una mujer.

Por ese motivo la Primera Sala del máximo tribunal del país concedió el amparo a la pareja homosexual y se hizo un llamado a las autoridades de la entidad a no utilizar los artículos invalidados para negar beneficios a quienes promovieron dicho recurso jurídico.

Por otra parte, los ministros resolvieron reasumir su competencia para conocer un amparo en el que se cuestiona la constitucionalidad del Artículo 258 del Código Civil del estado de Jalisco, que define al matrimonio como la unión de un hombre con una mujer, excluyendo a las parejas del mismo sexo, lesionando así sus derechos esenciales.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) determinó que las normas que establecen el matrimonio y el concubinato como la unión entre un hombre y una mujer son discriminatorias, pues excluyen a parejas del mismo sexo.

Así, los ministros del alto tribunal declararon inconstitucionales las porciones normativas de los artículos 40 y 165 del Código Familiar del Estado de Sinaloa que regulan, respectivamente, el matrimonio y el concubinato como la unión de un hombre y una mujer.

Por mayoría de votos, los integrantes de la Sala estimaron que las normas impugnadas por una pareja “son claramente discriminatorias porque las relaciones que entablan las parejas homosexuales pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales del matrimonio y el concubinato y más ampliamente a los de la familia”.

Puntualizó que para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión de ambas instituciones.

En su sesión de este miércoles, la Sala de la Corte amparó a dos personas que se ostentaron como homosexuales en un juicio de amparo, al estimar inconstitucionales los citados preceptos, ya que mediante su enunciación se excluye a las parejas del mismo sexo.

Los ministros subrayaron que “la razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales, no es por descuido del legislador, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra”.

Agregó en su resolución que “la ausencia de los beneficios que el derecho asigna a la institución matrimonial es una consecuencia directa de la prolongada discriminación que ha existido hacia las parejas homosexuales por razón de su orientación sexual”.

En otro caso, la Sala reasumió su competencia para analizar la constitucionalidad del matrimonio en Jalisco, al no permitir la unión entre personas del mismo sexo.

A petición del ministro Arturo Zaldivar, la Sala del alto tribunal analizará la constitucionalidad del Código Civil estatal, bajo el principio de igualdad, el derecho a la identidad, al libre desarrollo de la personalidad y a la protección del desarrollo y organización de la familia.

Los ministros conocerán así de un amparo en revisión en el que dos personas impugnaron la constitucionalidad del Artículo 258 del citado Código, que regula el matrimonio como una institución por medio de la cual un hombre y una mujer deciden compartir un estado de vida.

Según los quejosos, esa disposición deja fuera a un determinado grupo de personas, como son los homosexuales, lo que lesiona sus derechos fundamentales, pues presentaron su solicitud de matrimonio ante la Oficialía del Registro Civil, que con fundamento en el artículo impugnado la consideró improcedente.

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Sentencias favorables al matrimonio igualitario en la mayoría de los estados de México

Jueves, 5 de marzo de 2015
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Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoAunque en los últimos meses los avances al norte del Río Grande han despertado mayor atención, lo cierto es que los Estados Unidos Mexicanos caminan a velocidad de crucero hacia el reconocimiento pleno del matrimonio igualitario. Este ya es realidad en el Distrito Federal (desde 2009) y en el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014), aprobada por sus respectivos órganos legislativos. Es más, en 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer. Pero es que además la inmensa mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, la más reciente de ellas -esta pasada semana- referida al estado de México, y que además insta al Congreso de dicho estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Sentencia tras sentencia y de forma sistemática los jueces mexicanos se han pronunciado a favor del matrimonio igualitario en la inmensa mayoría de los estados, en los que varias decenas de parejas del mismo sexo han conseguido ya ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación similar a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo matrimonio_igualitario_mexico_copyresidentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán.

Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

En todos estos estados las sentencias favorables al matrimonio igualitario han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas del mismo sexo a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Es el caso de la sentencia conocida esta semana pasada, en la que el más alto tribunal mexicano concedía amparo definitivo a cuatro parejas del Estado de México que llevan litigando desde febrero de 2013, y que además insta al Congreso del estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Este mismo lunes podría conocerse también la decisión del Tribunal Constitucional de Yucatán, estado en el que ya ha habido varias bodas entre personas del mismo sexo  -como consecuencia de los amparos judiciales referidos- pero en el que sigue vigente una reforma homófoba aprobada por el Congreso del estado en 2009 que elevaba a rango constitucional la prohibición del matrimonio igualitario.

Dicha prohibición ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional del estado, que bien podría dar un vuelco a la situación legal y ordenar al legislativo terminar con la discriminación.

homosexualesLo cierto es que la acumulación de sentencias está generando una situación cada vez más favorable al matrimonio igualitario. A diferencia de lo que sucede en Estados Unidos, por el momento estas son solo son de obligada ejecución para las parejas recurrentes, pero ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

También empiezan a conocerse sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez este un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Por último, son ya varias las iniciativas de aprobación del matrimonio igualitario en legislaturas estatales desencadenadas por la escalada judicial.

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Los corridos mexicanos salen del clóset: Escucha “Era diferente” de Los Tigres del Norte

Viernes, 31 de octubre de 2014
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105614_lesbiana300x203_principal¿Quién dijo que la música regional mexicana no podía ser gay? El grupo Los Tigres del Norte, compuesto por cinco varones abiertamente heterosexuales de Sinaloa, han sacado del clóset (del armario) a la música norteña. En su último trabajo “Realidades” incluye la canción “Era diferente” que cuenta la historia de una joven lesbiana, y que supone un antes y un después en la historia de este quinteto con una trayectoria de más de 46 años.

En una entrevista en el programa de “El Gordo y la Flaca” de Univision, Jorge Hernández, vocalista principal, asegura que nunca antes su grupo aborda una temática homosexual en un corrido (género musical). “Es la primera vez que hacemos algo así”, señala.

La letra exhorta a la tolerancia. Esto es lo que cuenta en los tres minutos que dura la canción. La trascribimos después del vídeo.

Eras mas linda, mas bella que luna de octubre, su voz era tan dulce trino de gorrión
Era la chica mas tierna de aquel viejo barrio, los hombre se peleaban su fiel corazón.

Ellos hacían sus apuestas para conquistarla, pero ningún muchacho se gano su amor
Ella eran tan diferente a las otras muchachas jamás le intereso el amor de algún varón.

Ella era diferente y a su mejor amiga le regalaba flores
Ella era diferente, pero así es la vida de algunos amores.

Dicen que el vuelo ideal es paloma y palomo y les parece rara otra forma de amor
Yo solo pienso que existen corrientes de aire y cada quien que aspire su viento mejor

Ella era diferente y a su mejor amiga le regalaba flores
Ella era diferente, pero así es la vida de algunos amores.

Los Tigres del Norte es una de las agrupaciones más reconocidas del género en América Latina, debido a su larga trayectoria y a sus éxitos a nivel mundial. Su repertorio musical incluye más de 55 discos grabados, y un total de aproximadamente 700 temas, incluyendo los elepés, discos compactos, cassetes, sencillos y remasterizados.

Fuente Ragap

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La Suprema Corte de México ve inconstitucional prohibir el matrimonio igualitario en dos nuevos estados: Baja California y Colima

Lunes, 30 de junio de 2014
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Suprema-Corte-de-Justicia-de-MéxicoProsigue el goteo de sentencias judiciales a favor del matrimonio igualitario en México, en un proceso que parece imparable. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hecho públicas este mes de junio dos sentencias que vuelven a considerar inconstitucional la prohibición de contraer matrimonio a parejas del mismo sexo en dos nuevos estados, Colima y Baja California.

La más reciente de las sentencias, conocida esta misma semana, es la de Baja California. La Suprema Corte examinaba el amparo interpuesto por Víctor Manuel Espinoza y Víctor Fernando Urías, una pareja gay a la que la Oficialía del Registro Civil de Mexicali negó el matrimonio, ya que la legislación del estado solo autoriza el matrimonio entre un hombre y una mujer, e incluso lo vincula con la perpetuación de la especie. El alto tribunal considera sin embargo que la exclusión del matrimonio a las parejas del mismo sexo atenta contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y de manera implícita genera una violación al principio de igualdad, al dar un trato diferenciado a parejas homoparentales respecto de las parejas heterosexuales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación niega además de forma expresa que la perpetuación de la especie o el formar una familia con hijos sea la finalidad jurídica del matrimonio.

Pocas semanas antes la Suprema Corte había emitido un fallo similar referido a otra pareja gay a la que la Oficialía del Registro Civil de Colima (estado de Colima) había negado también su derecho a contraer matrimonio.

La Suprema Corte de Justicia ha entrado en juego

Como regularmente venimos informando, sentencia tras sentencia la justicia mexicana se viene pronunciando a favor del matrimonio igualitario en un lento goteo. En marzo recogíamos como un juez federal de Michoacán ordenaba la celebración de un matrimonio entre dos mujeres. Michoacán seguía los pasos de Jalisco, cuya primera boda igualitaria se celebró en diciembre, y de Chihuahua, cuya primera boda se celebraba en noviembre. Sentencias similares se habían producido ya en otros estados, como Guanajuato, el estado de México, Morelos, Nuevo León, Sinaloa o Yucatán, y también en Baja California y Colima.

Podemos considerar sin embargo que se ha pasado ya a una nueva fase, al comenzar a conocerse sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia. Ya en diciembre de 2012 el más alto tribunal del país amparaba a tres pareja de Oaxaca, permitiendo que el primer matrimonio igualitario se celebrara hace más un año. Ahora se han conocido las sentencias referidas a Colima y Baja California. Y hace poco más de dos meses la Suprema Corte fallaba a favor de 39 personas homosexuales residentes en el estado de Oaxaca que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia especialmente importante, en tanto que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte, que tiene pendiente estudiar un recurso similar referido al estado de Sinaloa.

Una cascada de igualdad que comenzó en la capital

Como siempre que hablamos del reconocimiento de las parejas del mismo sexo en México, conviene recordar que el matrimonio igualitario y la adopción homoparental son legales en el Distrito Federal desde hace cuatro años y medio, donde fueron aprobados por su Asamblea Legislativa. Es más, la validez de los matrimonios celebrados en la capital mexicana es extensiva a todo el país, según reconoció en 2010 la Suprema Corte.

El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como han denunciado activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que lo han hecho leyes de unión civil al estilo de la vigente desde 2007 en Coahuila, como sucedió en julio del año pasado en la propia Colima o en octubre en Jalisco, parches jurídicos que posiblemente serán superados por la acumulación de jurisprudencia en favor del matrimonio igualitario en no demasiado tiempo.

Fuente Dosmanzanas

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México declara inconstitucional la prohibición del matrimonio homosexual en Oaxaca.

Viernes, 25 de abril de 2014
Comentarios desactivados en México declara inconstitucional la prohibición del matrimonio homosexual en Oaxaca.

papasgayImportantísima sentencia la emitida en México por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que obligará al estado de Oaxaca a permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo a todos sus ciudadanos. El más alto tribunal de justicia del país ha fallado a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca que solicitaron el correspondiente amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. La sentencia es histórica en tanto que, según el propio comunicado de la Corte expresa, “el agravio estudiado no fue la negativa de una autoridad civil para acceder a la solicitud de matrimonio de parejas del mismo sexo, sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”.

México avanza en la igualdad. La Justicia ha declarado inconstitucional la ley que prohíbe el matrimonio gay en el estado de Oaxaca. En el pleno celebrado ayer (22 de abril), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil estatal, que define al matrimonio como “un contrato entre un solo hombre y una sola mujer y que tiene por objeto perpetuar la especie”.

Por cuatro votos contra uno, la Sala consideró que se cuenta con interés legítimo para impugnar una ley si se demuestra que ésta causa una afectación personal, aunque no sea directa. El tribunal dio así la razón a los 39 ciudadanos residentes de Oaxaca que interpusieron un recurso de revisión de la norma. La Primera Sala de la Corte ya había declarado el artículo inconstitucional por discriminatorio” en tres sentencias anteriores, pero en todos esos casos, los querellantes habían acudido al Registro Civil para solicitar que se les uniera en matrimonio, y siempre recibieron respuesta negativa.

El artículo pierde ahora su valor jurídico. Esta decisión es vinculante a todas las autoridades del Estado de Oaxaca, por lo que no podrá ser utilizado para negar el matrimonio a parejas del mismo sexo.

Si bien la prohibición del matrimonio homosexual es ya inconstitucional en Oaxaca, todavía no existe una ley que permita el matrimonio o la unión civil entre personas del mismo sexo. Sin embargo, sí que pueden celebrarse matrimonios “por amparos” en el estado y son reconocidos los matrimonios celebrados en otras jurisdicciones, como ocurre en el resto de México.

Hasta la fecha, el matrimonio igualitario es legal en Distrito Federal y en Quintana Roo, y la unión civil igualitaria en los mismos, más Campeche, Coahuila, Colima y Jalisco.

Poru parte cuenta Dosmanzanas: Como regularmente venimos informando, sentencia tras sentencia la justicia mexicana se pronuncia a favor del matrimonio igualitario en un lento goteo que alcanza a todo el país. Hace poco más de un mes recogíamos como un juez federal de Michoacán ordenaba la celebración de un matrimonio entre dos mujeres a las que el Registro Civil negó su solicitud. Michoacán seguía así los pasos de Jalisco, cuya primera boda igualitaria se celebró a finales de diciembre, y de Chihuahua, cuya primera boda se celebraba en noviembre. Pero las sentencias judiciales a favor de parejas del mismo sexo que deseaban contraer matrimonio se han ido sucediendo en otros estados, como Baja CaliforniaColima, Guanajuato, el estado de México, Morelos, Nuevo León, Sinaloa o Yucatán.

Pero el caso de Oaxaca es sin duda especial, al involucrar a la Suprema Corte de Justicia. Ya en diciembre de 2012 el más alto tribunal del país amparaba a tres pareja de ese estado, permitiendo que el primer matrimonio igualitario se celebrara hace poco más un año. Una sentencia que en cierto modo fue la que abrió la puerta a que en otros estados jueces federales se pronunciaran en el mismo sentido. Ahora, casi año y medio después, también es una sentencia de la Suprema Corte referida a Oaxaca la que hace historia, al pronunciarse, ya no sobre los amparos de las parejas recurrentes, sino sobre el fondo del asunto, al considerar directamente inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario y abrir así la puerta a que todas las parejas puedan casarse.

La Suprema Corte de Justicia es clara. Si bien considera incuestionable que los Congresos estatales tienen libertad para regular el estado civil de las personas, esta “se encuentra limitada por los mandatos constitucionales y el reconocimiento de derechos humanos desde la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México, de conformidad con el artículo 1 constitucional”. La Suprema Corte, por otra parte, considera que “el reconocimiento público del matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la inconstitucionalidad en la enunciación en caso de no preverlo expresamente, sitúa a la dignidad del ser humano más allá de los meros efectos restitutivos y articula un entendimiento de dignidad que es fundamentalmente transformativo y sustantivo”.

Según el comunicado de la Corte, en cuanto a los efectos de la sentencia el amparo otorgado “vincula a todas las autoridades del Estado de Oaxaca, por lo que no podrán utilizar el artículo como base para negar a los quejosos beneficios o establecer cargas relacionados con la regulación del matrimonio. Por tanto, los quejosos no deben ser expuestos al mensaje discriminador de la norma, tanto en el presente como en el futuro”.

El caso de Oaxaca, previsiblemente, no será el último. Por lo pronto la propia Corte ya ha anunciado que estudiará un recurso similar referido al estado de Sinaloa.

Una cascada de igualdad que comenzó en la capital

Como siempre que hablamos del reconocimiento de las parejas del mismo sexo en México, conviene recordar que el matrimonio igualitario y la adopción homoparental son legales en el Distrito Federal desde hace ya más de cuatro años, donde fueron aprobados por su Asamblea Legislativa. Es más, la validez de los matrimonios celebrados en la capital mexicana es extensiva a todo el país, según reconoció en 2010 la Suprema Corte.

El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como han denunciado activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que lo han hecho leyes de unión civil al estilo de la vigente desde 2007 en Coahuila, como sucedió en julio en Colima o en octubre en Jalisco, parches jurídicos que todo apunta a que serán superados por la fuerza de la justicia en no demasiado tiempo.

Fuente DosmanzanasRagap

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Michoacán, otro estado de México en el que la justicia ordena celebrar un matrimonio entre personas del mismo sexo.

Miércoles, 12 de marzo de 2014
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MATRIMONIO-GAY-RUEDA-DE-PRELeemos en Dosmanzanas que un nuevo estado de México se sumará a la cada vez más larga lista de territorios de ese país en el que la justicia obliga a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo. En Michoacán, un juez federal ordenó la semana pasada que se celebre de forma inmediata la boda entre Alejandra Banderas y Claudia López, a las que el Registro Civil negó su solicitud de matrimonio dado a día de hoy el Código Civil del estado no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Michoacán sigue así los pasos de Jalisco, cuya primera boda igualitaria se celebró a finales de diciembre, y de Chihuahua, cuya primera boda se celebraba en noviembre (ya se ha celebrado de hecho una segunda, y en el momento en que se celebren cinco la jurisprudencia ya será firme). Pero las sentencias judiciales a favor del matrimonio igualitario se han ido sucediendo en muchos otros estados, como Baja CaliforniaColima, Guanajuato, el estado de México, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa o Yucatán. En el caso de Oaxaca, sin duda la sentencia que marcó la tendencia, fue la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación la que en diciembre de 2012 amparó de forma unánime a tres parejas, permitiendo que el primer matrimonio igualitario de ese estado se celebrara hace ahora un año.

Por el momento estos primeros amparos afectan solo a las parejas recurrentes, pero conforme se vayan acumulando y generando la suficiente jurisprudencia estado por estado el matrimonio igualitario será pronto un derecho que se podrá ejercer de forma extensa. La batalla judicial, además, apunta ya a la posible inconstitucionalidad de las leyes que limitan el matrimonio igualitario. En el caso de Sinaloa, por ejemplo, la norma que prohíbe casarse a dos personas del mismo sexo será debatida por la Suprema Corte de Justicia, de acuerdo a una decisión adoptada también la semana pasada. El alto tribunal puede emitir una sentencia de efecto limitado a las parejas recurrentes (como sucedió en Oaxaca) pero no se descarta una sentencia más genérica que abra el matrimonio a todas las parejas del mismo sexo del estado.

Un derecho que se extiende por todo México

No se trata de los primeros matrimonios entre personas del mismo sexo de México, ya que el matrimonio igualitario y la adopción homoparental son legales en el Distrito Federal desde hace ya más de cuatro años, donde fueron aprobados por su Asamblea Legislativa. Es más, la validez de los matrimonios celebrados en la capital mexicana es extensiva a todo el país, según reconoció en agosto de 2010 la Suprema Corte.

El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como han denunciado activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que lo han hecho iniciativas de aprobación de leyes de unión civil al estilo de la vigente desde 2007 en Coahuila, como sucedió en julio en Colima o en octubre en Jalisco.

En este contexto no es de extrañar que grupo de senadores decidiera hace meses promover en el Senado mexicano una propuesta de modificación del Código Civil Federal (que convive con los códigos civiles de los diversos estados) para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país. La propuesta partió del izquierdista PRD (Partido de la Revolución Democrática) y despertó adhesiones de senadores del PRI (Partido Revolucionario Institucional), gobernante a nivel federal.

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El estado de Coahuila, en México, aprueba la adopción por parejas del mismo sexo.

Sábado, 15 de febrero de 2014
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papasgaySe celebrarán ‘bodas simbólicas‘ en la localidad mexicana de Guadalajara

Informa Dosmanzanas de este nuevo paso hacia la igualdad legal de las familias LGTB en México. El Congreso de Coahuila, al norte del país, ha eliminado las restricciones legales a la adopción de hijos por parejas del mismo sexo, dando así cumplimiento a la orden que el Tribunal Superior de Justicia de ese estado dio ya hace más de dos años. Coahuila se convierte en la segunda entidad del país, tras el Distrito Federal, en permitir un proceso cuya validez legal a nivel federal ya fue reconocida en 2010 por la Suprema Corte de Justicia de México.

En concreto, el Congreso de Coahuila ha derogado el artículo 385-7 del Código Civil, que prohibía expresamente a las parejas del mismo sexo unidas civilmente adoptar en forma conjunta o individual, así como “compartir o encomendar la patria potestad o guardia y custodia de los hijos menores del otro”. Coahuila, conviene precisar, dispone de una legislación de uniones civiles entre personas del mismo sexo. Fue, de hecho, un estado pionero en reconocer derechos a las personas LGTB. El Congreso también ha reformado varias disposiciones de otras leyes para eliminar cualquier tipo de rastro discriminatorio en materia de adopción.

La reforma ha sido aprobada con los votos de 15 de los 25 diputados de la legislatura estatal, entre ellos 12 de los 15 diputados del PRI (Partido Revolucionario Institucional), el partido que en la actualidad gobierna el estado. El PAN (Partido de Acción Nacional), principal fuerza de la oposición, votó en contra. En este punto, conviene recordar que fue precisamente la homofobia del PAN la que dio lugar a la actual modificación legal. A principios de 2007, la mayoría del PRI en el Congreso de Coahuila aprobó el Pacto Civil de Solidaridad, incluyendo el ahora derogado artículo 385-7. Los representantes del PAN, opuestos a la ley, la recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia. El tribunal falló que todos los artículos de la ley eran constitucionales excepto el que prohibía a las parejas del mismo sexo adoptar, que era discriminatorio.

México, en ruta hacia la igualdad legal

bandera-méxicoLa noticia supone un paso más en el largo camino hacia la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo en México, un país del que continuamente nos llegan noticias de avances. No hace ni tres semanas que un juez federal fallaba a favor de una pareja gay del estado de Morelos que había recurrido la negativa a tramitar su solicitud su matrimonio, ordenando la celebración del mismo (prevista, en principio, para el 17 de mayo). Morelos se unirá ese día a la cada vez más amplia lista de estados mexicanos en los que ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo (los dos últimos, Jalisco y Chihuahua, en ambos casos como consecuencia de dos amparos judiciales favorables).

Pero las sentencias judiciales a favor del matrimonio igualitario se están reproduciendo en muchos otros estados del país, como Baja California, ColimaGuanajuato, el estado de MéxicoNuevo León, Oaxaca, Sinaloa o Yucatán. En este último estado el Gobierno decidió no recurrir, y de hecho en agosto se celebró la primera boda, mientras que en el caso de Oaxaca fue la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación la que en diciembre de 2012 amparó de forma unánime a tres parejas, permitiendo que el primer matrimonio igualitario de ese estado se celebrara hace menos de un año.

Por el momento estos primeros amparos afectan solo a las parejas recurrentes, pero conforme se vayan acumulando y generando la suficiente jurisprudencia en cada estado el matrimonio igualitario será pronto un derecho que se podrá ejercer de forma extensa. Un derecho que, recordemos, es ya una realidad plena en el Distrito Federal. En teoría también es posible ejercerlo en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como ya han denunciado ha denunciado el activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que se han aprobado leyes de unión civil al estilo de la vigente en Coahuila, como sucedió en julio en Colima o en octubre en Jalisco.

En este sentido, resulta revelador que un grupo de senadores haya decidido promover en el Senado mexicano una propuesta de modificación del Código Civil Federal (que convive con los códigos civiles de los diversos estados) para reconocer el matrimonio igualitario en todo el país. La propuesta ha partido del izquierdista PRD (Partido de la Revolución Democrática) pero también ha despertado adhesiones de senadores del PRI, gobernante a nivel federal.

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