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El Estado de Yucatán aprueba, por fin, el matrimonio igualitario con una amplia mayoría y prohíbe las llamadas terapias de conversión

Martes, 31 de agosto de 2021
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matrimonio_igualitario_mexico_copyEl Congreso de Yucatán ha aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario.

El Estado sigue la estela de Sinaloa y Baja California, que también han avalado la unión entre parejas homosexuales este verano

El Congreso del Estado de Yucatán aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario con 20 votos a favor y cinco en contra. Hace solo tres semanas que Baja California tomó la misma decisión y también este verano, a finales de junio, la unión entre parejas homosexuales fue aceptada en Sinaloa. Con estas tres nuevas resoluciones son ya 22 de los 32 Estados mexicanos los que reconocen este derecho.

En una larga sesión de más de cuatro horas, los diputados de Yucatán han votado a favor de modificar el artículo 94 de la Constitución del Estado para replantear los términos: en vez de algo exclusivo entre un hombre y una mujer,  la reforma aprobada define el matrimonio como «una institución por medio de la cual se establece la unión jurídica, libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua» y abre la figura del concubinato a todas las parejas.

Yucatán se convierte en la última jurisdicción de México en adoptar una definición igualitaria del matrimonio (ya sea por vía puramente legislativa o por mandato judicial) tras Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua y Guerrero, Nayarit, Jalisco, Campeche, Colima, Michoacán, Morelos, Baja California, Puebla, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Baja California Sur, Aguascalientes, Tlaxcala y Sinaloa, esta última en junio de este mismo año. Los territorios mencionados albergan al 62% de la población del país

El camino hasta esta reforma no ha sido fácil en la península. En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) declaró inconstitucional prohibir el matrimonio entre parejas del mismo sexo por ir en contra del principio de no discriminación. Eso dejaba la responsabilidad en los congresos estatales, que debían modificar su legislación, pero varios de ellos se han negado a corregir sus códigos. Ese fue el caso de Yucatán.

En 2019, en una votación secreta, el Congreso yucateco rechazó el matrimonio homosexual. Pero el colectivo PTFY presentó un amparo contra el Poder Legislativo estatal por ir en contra del mandato de la SCJN y esta obligó a los legisladores a repetir la votación, que finalmente se ha desarrollado este miércoles. La resolución ha sido en esta ocasión aprobada con una amplia mayoría.

No podemos olvidar que, en 2019, Ricky Martin y diversas personalidades exigían al gobierno de Yucatán para que aprobase el matrimonio igualitario.

En la misma sesión, los diputados han prohibido las llamadas terapias de conversión, que tratan de modificar la orientación sexual, y han aprobado que el delito de feminicidio no prescriba. En este mismo sentido, los congresistas han establecido que en caso de asesinato de una mujer a manos de su pareja, la patria potestad de los hijos no sea para el agresor sino para los abuelos de los menores.

El matrimonio igualitario en México

En México, el matrimonio igualitario está en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Ciudad de México, de hecho, fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano.

La capital mexicana abría así un camino que luego han seguido otros estados de México, un país federal en el que cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial. En los estados que no celebran matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes deben presentar un recurso de amparo, un trámite que aumenta los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTB.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de que una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se han presentado dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conlleva una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas ha sido aprobada.

Con la entrada de Yucatán, Baja California y Sinaloa estos últimos tres meses, el mapa mexicano avanza en la igualdad, iniciada hace 11 años en Ciudad de México. Aunque todavía 10 Estados (Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Querétaro, Tabasco, Veracruz y Zacatecas) se resisten a reformar sus leyes. Las parejas homosexuales de estas entidades tienen que presentar un amparo para que los jueces aprueben la unión caso por caso, en vez de hacerlo con un trámite ante el Registro Civil.

Fuente Agencias/Cristianos Gays/Dosmanzanas

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Ajena a la tormenta homófoba, la Suprema Corte de Justicia de México reitera que prohibir el matrimonio igualitario es inconstitucional

Lunes, 3 de octubre de 2016
Comentarios desactivados en Ajena a la tormenta homófoba, la Suprema Corte de Justicia de México reitera que prohibir el matrimonio igualitario es inconstitucional

Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sigue dictando justicia de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, ajena a todo el revuelo homófobo que vive México. En un nuevo pronunciamiento, la Primera Sala de la Corte ha resuelto tres amparos en el mismo sentido que viene haciendo en los últimos tiempos: determinando que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, en este caso en los estados de Nuevo León, Chiapas e Hidalgo.

El fallo tiene como objeto principal el amparo en revisión 1266/2015, referido al estado de Nuevo León, y reitera de forma expresa la inconstitucionalidad de los artículos 147 y 291 Bis de su Código Civil, que circunscriben las instituciones del matrimonio y el concubinato a la unión de un hombre y una mujer. Según el comunicado hecho público por la propia Corte, “al considerar que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo”. “Y, por lo mismo, la ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a parejas de distinto sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es la procreación, resulta violatoria del derecho a la igualdad y no discriminación, así como del mandato de protección a todo tipo de familias, previstos en la Constitución Federal”, insiste el texto.

Al tratarse además de la segunda ocasión consecutiva en la que se determina la inconstitucionalidad del artículo 147 del Código Civil para el estado de Nuevo León, la Suprema Corte ordena que se informe al Congreso de dicho estado sobre la existencia de tales precedentes.

“Finalmente, es de mencionar que en el mismo sentido y sesión se resolvieron los amparos en revisión 207 y 582, ambos de 2016, en los cuales se determinó la inconstitucionalidad de los preceptos correspondientes de las legislaciones del Estado de Chiapas e Hidalgo, que circunscriben el matrimonio y concubinato a parejas de distinto sexo”, añade el comunicado.

Lo cierto es que la SCJN ya ha dejado clara su postura cada vez que este tema llega a sus manos. De hecho, en 2015 emitió una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que debe seguir cualquier tribunal ante un amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

México: el matrimonio ya es una realidad 

No está de más precisar, para aquellos de nuestros lectores que no hayan seguido estrechamente la evolución del matrimonio igualitario en México pero que sí sepan de las recientes movilizaciones homófobas, que el matrimonio igualitario ya es una realidad en México desde hace años. El último estado en aprobarlo por vía legislativa, el pasado mayo, fue Colima, cuyo Congreso local respaldó por unanimidad una serie de reformas que adecuaban sus leyes a la jurisprudencia de la SCJN, que ya en 2014 había considerado inconstitucional prohibir el matrimonio en ese estado, y que un año después confirmó que la figura jurídica del “enlace conyugal”, que Colima había promovido para reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo, era discriminatoria. La aprobación formal del matrimonio igualitario en Colima tuvo lugar apenas unos días después de que lo hicieran Michoacán y Morelos y solo un par de semanas después de de Campeche.

Antes de esta última oleada, otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (en 2009, y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados allí era extensiva a todo el país), el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit (2015). El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

La acción de los tribunales, clave

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, de hecho, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, una histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes fueron reproduciéndose después en numerosas sentencias.

En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general, pese a que formalmente no se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Chihuahua y Guerrero, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones (en otro estado, Sonora, la directora del Registro Civil llegó a anunciar que las parejas del mismo sexo no tendrían ya que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Pero la gobernadora de Sonora la desautorizó después, confirmando que por el momento sí necesitarán la orden judicial en este estado).

El anuncio de Enrique Peña Nieto precipitó la reacción homófoba

Fue la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como hizo público en mayo pasado el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, la que precipitó la reacción homófoba a la que hemos asistido estas semanas. Peña Nieto anunció que promovería la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. El presidente mexicano también aseguró que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

A ya partir de ahí, el lamentable espectáculo de odio homófobo promovido muy especialmente desde la Iglesia católica mexicana, con el cardenal primado Norberto Rivera a la cabeza, que ha cristalizado en las multitudinarias manifestaciones de este mes de septiembre y que ha recibido incluso el espaldarazo del papa Francisco. Veremos quién gana finalmente el pulso, si el estado de derecho o el sector más ultraconservador de la sociedad mexicana.

Fuente Dosmanzanas

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