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Importantísima sentencia en Perú: un juzgado ordena reconocer un matrimonio entre dos hombres celebrado en México

Miércoles, 11 de enero de 2017
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780x580-noticias-oscar-ugarteche-y-fidel-arocheÓscar Ugarteche y Fidel Aroche

Importantísima sentencia judicial la que se ha producido en Perú, donde el 7º Juzgado Constitucional de Lima ha ordenado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) el reconocimiento e inscripción del matrimonio celebrado en México por Óscar Ugarteche y Fidel Aroche.

“Estoy muy contento: estamos casados en México, pero el Perú parece un país musulmán y no reconoce los matrimonios fuera de su jurisprudencia, no se reconoce porque al registro no les parece la unión entre dos hombres (…). Nadie tiene por qué opinar sobre si les parece o no, solo deben inscribir y nada más, callarse la boca y dar fe de que yo, ciudadano peruano, me casé”, declara Óscar Ugarteche.

Ugarteche y Aroche contrajeron matrimonio en 2010 en Ciudad de México, de acuerdo a las leyes mexicanas. En enero de 2012 solicitó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) la inscripción de su matrimonio en Perú, siguiendo exactamente el mismo procedimiento que si su matrimonio hubiese sido entre personas de distinto sexo. Sin embargo, en su caso, el RENIEC la consideró improcedente por tratarse de un matrimonio de dos personas del mismo sexo. Óscar Ugarteche recurrió judicialmente, al considerar que la negativa violaba sus derechos constitucionales a la  igualdad y la no discriminación. Y es que Ugarteche sabe bien lo que tiene entre manos: se trata de un destacado economista, que ejerce la docencia universitaria tanto en Perú como en otros países, y que fue uno de los fundadores del histórico Movimiento Homosexual de Lima (MHOL).

Finalmente, el asunto recayó en el 7º Juzgado Constitucional de Lima, cuya titular es la jueza Mabina Saldaña, que ahora ha emitido su sentencia (fechada el 21 de diciembre, aunque ha sido esta semana cuando se ha hecho pública). Y esta no puede ser más clara: el RENIEC debe reconocer el matrimonio. La sentencia (a la que puedes acceder aquí) detalla 35 considerandos según los cuales declara fundada la demanda y ordena su inscripción. Recomendamos leerlos en su integridad, pero no nos resistimos a destacar algunos argumentos. En primer lugar, el tribunal reconoce que el Código Civil peruano define el matrimonio como una unión concertada “por un varón y una mujer”, pero recuerda que ninguna norma puede atentar contra los derechos constitucionales, que incluyen los principios de igualdad ante la ley y no discriminación. Además, el tribunal se remite a los tratados y acuerdos internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por Perú, y en este sentido hace mención expresa a los Principios de Yogyakarta, “los cuales extienden explícitamente la Declaración Universal de los Derechos Humanos a las personas homosexuales, bisexuales, transexuales y transgénero, cuyos derechos ya estaban incluidos implícitamente en el artículo segundo de la mencionada Declaración”.

El 7º Juzgado Constitucional de Lima recuerda además que en reiterada jurisprudencia “nuestro Tribunal Constitucional ha indicado que desde una perspectiva constitucional, debe indicarse que la familia, al ser un instituto natural, se encuentra inevitablemente a merced de los nuevos contextos sociales. Así, cambios sociales y jurídicos tales como la inclusión social y laboral de la mujer, la regulación del divorcio y su alto grado de incidencia, las grandes migraciones hacia las ciudades, entre otros aspectos, han significado un cambio en la estructura de la familia tradicional nuclear, conformada alrededor de la figura del pater familias. Consecuencia de ello es que se hayan generado familias con estructuras distintas a la tradicional, como son las surgidas de las uniones de hecho, las monopaternales o las que en doctrina se han denominado familias reconstituidas (Lo resaltado es agregado); debiendo resaltar que si bien es cierto el derecho a contraer matrimonio es diferente al de formar una familia, no debe existir impedimento para que pueda formarse una familia partiendo de un matrimonio homosexual, razón por la cual esta Judicatura considera que un homosexual está en todo su derecho de poder formar una familia, esto en virtud de las nuevas exigencias que se han ido presentando en los últimos tiempos, referidas a los derechos de las parejas homosexuales”.

El tribunal hace después un repaso de la legislación internacional sobre el matrimonio igualitario y recuerda que el demandante contrajo matrimonio en Ciudad de México, uno de los lugares en los que es posible hacerlo. En este sentido, el tribunal no entra a considerar “si se debe o no regular el matrimonio de personas del mismo sexo en nuestro país”, sino que deja claro que su sentencia se limita “a la labor jurisdiccional de verificar si es que se han vulnerado o no los derechos constitucionales del señor Ugarteche Galarza, al no permitírsele que se le reconozca su matrimonio celebrado en la ciudad de México”. Y en este aspecto lo tiene claro: “esta Judicatura considera que la razón en la cual se ha fundamentado la denegación del reconocimiento del matrimonio celebrado con el demandante en el extranjero, es por la única razón de que fue celebrado entre personas homosexuales, no constituyendo dicho argumento ser razonable y objetivo, por lo que resulta altamente discriminatorio y contrario tanto a nuestra Constitución, como a todos los dispositivos internacionales citados en la presente resolución”.

La sentencia, además, “considera necesario recordar que a la fecha no existe institución alguna, ya sea matrimonio homosexual, unión civil, u otra institución afín; que proteja o garantice el derecho de las parejas homosexuales a poder efectuar una unión que pueda ser reconocida por el ordenamiento jurídico, reconociéndole así la facultad de poder formar una familia, poder tener derechos sucesorios, y otra serie de derechos de los cuales sí gozan las parejas heterosexuales; razón por la cual son un sector de la población el cual a la fecha se encuentra desprotegido y en constante discriminación, al no habérseles reconocido derecho alguno; partiendo de la realidad de que existen dichas parejas en convivencia, y de que es su deseo protegerse el uno al otro”. Motivo por el cual “resulta factible que a falta de existencia de dicha institución, dichas personas puedan reclamar protección de sus derechos fundamentales por la vía judicial en virtud del contenido de nuestra Carta Política, puesto que no pueden estar a la espera de que se legisle a favor de ellos”.

“No es factible una oposición de cáracter religioso”

Especial importancia tiene el considerando 29º, según el cual “esta Judicatura considera pertinente recordar que no es factible una oposición de carácter religiosa al reconocimiento de un matrimonio homosexual, puesto que el Perú es un estado laico, es decir que es neutral en materia de religión por lo que no ejerce apoyo ni oposición explícita o implícita a ninguna organización o confesión religiosa; sin perjuicio del respeto que merecen las mismas”.

Finalmente, tras hacer una especial mención a la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos sobre el matrimonio igualitario, a la reciente condena a Colombia por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por no reconocer una pensión al sobreviviente de una pareja del mismo sexo o a la más antigua condena a Chile por parte de la misma Corte por no reconocer los derechos de una madre lesbiana, el 7º Juzgado Constitucional de Perú, “en atención a los considerandos anteriores y las normas glosadas”, estima que:

la pretensión del demandante sí resulta amparable, no siendo factible que sufra de algún tipo de discriminación en virtud de su orientación sexual, habiendo la parte demandada violentado los derechos constitucionales a la igualdad, no discriminación, y al libre desarrollo y bienestar; consideraciones por las cuales, de conformidad con lo establecido con los arts. 1°, 2° y 200° inc. 2 de la Constitución, arts. 1, 2, artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de nuestra Carta Magna, artículo 2° y 16° de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 23.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo VI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Impartiendo Justicia a Nombre de la Nación,

FALLO: Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por UGARTECHE GALARZA OSCAR, contra RENIEC Y SU PROCURADURIA, en consecuencia SE ORDENA a la entidad demandada cumpla con reconocer e inscribir el matrimonio celebrado por el demandante en el extranjero en el Registro Civil correspondiente. Notificándose.-

“La sentencia se fundamenta en tratados internacionales y experiencias comparadas y lo que el juzgado ha hecho es llegar a la conclusión de que no existían argumentos para no reconocer este matrimonio, sino que el no hacerlo vulneraba, más bien, el derecho universal a la igualdad”, afirma el parlamentario oficialista Alberto Belaunde, que es abiertamente homosexual.

“Estamos frente a una sentencia histórica que no solo reconoce la realidad de la existencia de matrimonios homosexuales de los que muchos peruanos hoy son parte, sino que constituye un paso rumbo al reconocimiento jurídico pleno de las familias homosexuales como tales», añade el activista Gio Infante, antiguo presidente del Movimiento Homosexual de Lima (Mhol), a cuya fundación contribuyera en 1982 el propio Ugarteche.

Pero no todas las voces celebran esta sentencia, Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, advierte que se trata de “una audacia propia de un juez liberal (…). Va más allá de la ley, pues el matrimonio en el Perú se sujeta a la Constitución y el código civil, que establecen que es la unión entre un hombre y una mujer”. De no haber apelación por parte del procurador público y la entidad que representa la sentencia se convertiría en definitiva, pero de prosperar una apelación, la pareja podría recurrir a la Corte Superior, teniendo como última opción la de acudir a la Comisión de Derechos Humanos.

El RENIEC apelará

La batalla legal no acaba aquí. El RENIEC ya ha hecho pública su casi segura intención de apelar la sentencia. “No depende de si estamos de acuerdo o no con los matrimonios homosexuales (…) Nuestro Código Civil, del año 1984, dice a la letra que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por una mujer y un varón legalmente aptos para ella”, ha declarado Benito Portocarrero, su gerente de Imagen Institucional. Es muy posible, de hecho, que el caso acabe ante el propio Tribunal Constitucional.

Pase lo que pase, de lo que no hay duda es de que después de mucho tiempo la lucha en favor de los derechos LGTB en Perú se encuentra en estos momentos en un momento clave. Hace solo unos días recogíamos que el Gobierno de ese país incluía como agravante en su Código Penal el que un delito se cometa por razones de orientación sexual o identidad de género y prohibía de forma expresa la discriminación por esta materia. Tras el cambio político ocurrido este año, además, parece que el clima se ha tornado ligeramente más favorable (lo explicábamos en esa misma entrada) y se ha reactivado una iniciativa parlamentaria que busca aprobar una ley de uniones civiles entre personas del mismo sexo. Estaremos muy atentos a lo que suceda.

Fuente Dosmanzanas/Universogay

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Ciudad de México, la localidad más violenta en agresiones a personas LGBT

Sábado, 12 de noviembre de 2016
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-a6728052-lEn los últimos 20 años, 36 de los 256 asesinatos de personas transgénero registrados en el país ocurrieron en la capital.

La comunidad trans decidió no celebrar su día internacional el próximo 13 de noviembre, como protesta. 

El papa Francisco avala desde la Plaza de San Pedro las movilizaciones homófobas de México

En esta ciudad de México se ha intentado disminuir la homofobia y la transfobia a través de campañas de sensibilización, pero entre 1995 y 2016, 36 de los asesinatos de personas transgénero han ocurrido en la capital, que a nivel nacional ocupa el primer lugar en agresiones de este tipo.

Algunos de los ataques que sufren cada día las personas LGBT, se entienden como un crimen que ocurre con gran frecuencia. La asociación civil Letra S ha documentado 1.310 asesinatos de odio hacia la población LGBT, según el diario Animal Político.

Diversas organizaciones aseguran que los asesinatos de personas transgénero se caracterizan, principalmente, por el alto grado de violencia con que se cometen, ya que dicho sector de la población es más vulnerable a determinados ataques violentos.

Los golpes, el usar armas blancas y recurrir a métodos de asfixia ha ocupado los primeros tres lugares en los métodos que se utilizan en las agresiones. Además, el grupo de edad más vulnerable de estas personas se encuentra entre los 18 y 39 años de edad.

En noviembre del año 2013 la Ciudad de México, se declaró gay friendly por sus políticas a favor de la comunidad LGBT; sin embargo, la realidad es otra. Un informe del consejo para eliminar la discriminación (Copred) ha destacado que un 74,9% de las personas transgénero han sido discriminadas.

Con respecto a las situaciones de discriminación que han vivido es la falta de de empleo y el no poder acceder a programas sociales por la ausencia de documentos oficiales, y aunque en la capital ya se puede hacer un solo trámite para cambiar de género, no todas han podido dar ese paso.

Como una medida de protesta en cuanto a este tema, la comunidad LGBT en general que habita en la localidad ha decidido no celebrar su día internacional el próximo 13 de noviembre, para hacer del mismo modo un llamado a los diferentes organismos internacionales a que puedan actuar en defensa de sus derechos.

Fuente Agencias, vía Cáscara Amarga

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Indignación entre activistas y colectivos LGTB ante 2 nuevos transexuales asesinados en méxico

Miércoles, 19 de octubre de 2016
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HomofobiaActivistas y colectivos LGTB culpan a Iglesia Católica y grupos reaccionarios por alentar el crimen de odio que ha llevado a la muerte de cinco personas transexuales en sólo dos semanas en México.

Activistas y colectivos LGTB de México consideran como «crímenes de odio» los asesinatos de hasta cinco personas transexuales de forma violenta en distintos puntos de México en las últimas dos semanas. Un clima que se habría generado como consecuencia a las manifestaciones en contra del matrimonio igualitario promovidas por la Iglesia Católica y grupos políticos reaccionarios. A las muertes de Paola Buen Pastor, Itzel Durán y Alessa Flores, habría que añadir la muerte de una cuarta persona este mismo viernes y la de una quinta víctima que no habría trascendido a los medios de comunicación hasta ahora.

Culpan a la Iglesia Católica y los grupos de derechas

Al igual que 9 organizaciones vinculadas con la ONU, que alertaban del creciente clima de odio generado por las Marchas por la Familia, muchos activistas y miembros de colectivos, no dudan en señalar que el aumento de la violencia contra las personas transexuales se ha incrementado pocos días después de que los representantes de la Iglesia Católica y los grupos políticos más reaccionarios se manifestaran en contra del colectivo LGTB. Según Roshell Terranova, muchas personas religiosas se tomas al pie de la letra los puntos de vista de sus máximos representantes «y pueden caer en el fanatismo y tranquilamente tomar vidas en nombre de Dios (…). Estamos indignadas por lo que está sucediendo, porque sigue habiendo crímenes de odio contra nuestra población; son transfeminicidios».

«Es una acusación que muchas lanzamos a la Iglesia Católica y a la derecha política, ya que están sembrando un clima de odio, de violencia y de ajusticiamiento que está propiciando este resurgimiento de la homofobia y la transfobia (…). Hay una suerte de desprecio social en contra de los transexuales, pero hay también hay impunidad y complicidad por parte de las autoridades de justicia de la Ciudad de México », declara Angie Rueda, doctora en ciencias sociales por la Universidad Iberoamericana y activista por los derechos humanos y contra la discriminación del colectivo LGTB a los medios de comunicación, señalando que el sector de las trabajadoras sexuales es uno de los más vulnerables.

«La burla o un golpe hasta crímenes de odio en los que son masacradas e incluso calcinadas, y como estos delitos no han sido tipificados a nivel estatal y federal, las personas trans no cuentan con mecanismos de acceso a la justicia», señala Jessica Marjane Durán, fundadora y coordinadora de la Red de Juventudes Trans México en un foro de la Universidad Iberoamericana, denunciando que las personas transexuales en México «no tienen acceso a una vida libre de violencia dentro del espacio público».

Hasta cinco casos en dos semanas

Vecinos de la colonia Sam Miguel Xico, en el Valle de Chalco, alertan a las autoridades alrededor de las 6:00 de la tarde del viernes, 14 de octubre, al escuchar los gritos de una joven transexual, todavía sin identificar, cuyo cuerpo sin vida era encontrado en la calle 17, esquina con la calle Poniente 1A, con el cráneo fracturado y el cuero cabelludo desprendido como consecuencia de un impacto de bala.

Este sería el quinto crimen a una persona transexual en sólo dos semanas después de que un medio local informara de que el martes, 11 de octubre, poco antes del mediodía, perdiera la vida, como consecuencia de varios disparos, otra persona transexual que responde al apodo de La Cheva, en la zona centro de Chihuahua, resultando también herida en el rostro su acompañante. La investigación policial todavía no ha conseguido determinar si se trataba de otro crimen de odio o de otra índole.

A finales de septiembre Paola Buen Rostro era asesinada en la ciudad de México, mientras que el 8 de octubre Itzel Durán perdía la vida de manera violenta en la misma puerta de su domicilio de Chiapas. Alessa Flores es encontrada el jueves, 13 de octubre, con «indicios de estrangulamiento» en un hotel ubicado en la calle Juan de Dios Peza, en la colonia Obrera de la delegación Cuauhtémoc, en la ciudad de México. En total, son hasta cinco asesinatos de personas transexuales en dos semanas en diversos puntos de México.

Fuente Universogay

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Asesinan a la activista transexual Alessa Flores en Ciudad de México

Sábado, 15 de octubre de 2016
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34648_alessa-flores-transexualAlessa Flores, una de las máximas referencias en la defensa de los derechos del colectivo transgénero y de las trabajadoras sexuales, ha sido hallada muerta este jueves en un céntrico hotel de Ciudad de México, capital del país azteca.

El asesinato de Alessa Flores es un importante varapalo para la comunidad LGTB mexicana que está viendo como en las últimas semanas sustituye un luto por otro.

Y es que el ataque mortal que ha sufrido esta histórica activista se ha convertido en el tercero que padece el colectivo transexual en las últimas dos semanas. El pasado 8 de octubre, Itzel Durán, joven transexual de 19 años, fallecía tras ser (presuntamente) atacada en su vivienda de Chiapas por dos hombres que terminaron apuñalándola. Además, el pasado 30 de septiembre Paola, otra mujer transexual de 25 años también fue asesinada en Ciudad de México.

El caso de Alessa Flores también está envuelto en misterio y violencia. El cuerpo de esta activista trans y trabajadora sexual ha sido encontrado en un céntrico hotel de Ciudad de México. Según la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, el cuerpo de Flores fue encontrado con “indicios de estrangulamiento”, de acuerdo con la Policía de Investigación (PDI).

34649_alessa-flores-activista-transexualLa víctima participó la semana pasada en el Foro Capital Transjóvenes, organizado por el Instituto de la Juventud, donde dio una charla sobre trabajo sexual que fue ovacionado:

El trabajo sexual está estigmatizado por la idea de vender el cuerpo, idea que los conservadores usan para descalificarlas porque las trabajadoras hacen su cuerpo público y las mujeres no son públicas, pero que esta idea está equivocada porque todos los trabajadores venden su cuerpo, lo mismo que un obrero, lo mismo que un oficinista”.

Alessa Flores también era miembro de la Red de Jóvenes Trans desde hacía tres años. Su papel activo en la organización quedaba reflejado en las numerosas mesa de discusión en las que participaba y los talleres que lideraba.

Movilizaciones contra la violencia

El activismo mexicano ha llorado al difundirse la noticia del homicidio que fue confirmada por Voces Feministas y Club Roshell a través de sus redes sociales.

La organización Voces Feministas hizo un ”un llamado urgente a tomar las calles este 1ro de noviembre y decirle al Estado feminicida ¡Ya no tenemos miedo, somos muchas y nos vamos a defender! y aseguró que ”desde la marcha por el Frente Nacional por la Familia, el número de asesinatos por crimenes de odio y por misoginia han aumentado de forma alarmante’‘.

Mientras que la Asociación Civil Club Roshel lamentó el asesinato y consideró a Alessa ”una víctima más de la Transfobia, jóven Trans que partió cuando no debía, conocida por la Comunidad y gente de Club Roshell”.

***

La Policía arresta al presunto homicida de Nuestra Belleza Gay 2015, Itzel Durán Castellanos, tres días después de que se su asesinato en Chiapas.

780x580-noticias-itzel-duran-castellanos-facebookLa noche del martes, 11 de octubre, Antonio N, de 25 años de edad, es detenido por la policía en su domicilio del barrio Belisario Domínguez, siendo acusado del delito de homicidio a Itzel Durán Castellanos, la joven transexual de sólo 19 años asesinada el pasado domingo, 9 de octubre en su propio domicilio con un arma blanca.

Según confirma la policía en un comunicado, la madrugada del sábado, 8 de octubre, con el objetivo de resolver unas rencillas, el presunto homicida se persona en el domicilio de la víctima, Itzel Durán, de tan sólo 19 años de edad, ubicada sobre la 3ª Calle Norte, entre la 3ª y 4ª avenida Poniente del barrio de la Cruz Grande, en Comitán. Pero las cosas salen como el sospechoso espera, por lo que apuñala a su víctima hasta en ocho ocasiones mediante un arma blanca, que recibe dos puñaladas en la clavícula derecha, una en el área de la cara posterior al cuello del lado izquierdo, una en la región occipital, una en la región escapular del lado izquierdo, una en el hombro izquierdo, una a la altura de la región mamaria y una más en la espalda.

Las autoridades siguen con la línea de investigación para esclarecer el móvil de un crimen que sucede sólo nueve días después del asesinato de Paola en México D.F., todavía sin resolver y sin que se haya detenido a nadie después de la liberación del principal sospechoso de su muerte, según han declarado testigos presenciales. Precisamente, para que no sucediera lo mismo con Itzel, y reclamando justicia también para que no quedara impune el crimen de Paola, la comunidad LGTB se manifestaba el domingo, 9 de octubre. «Yo soy Itzel, que mi muerte no quede impune», «Justicia para Itzel», «No más homofobia» o «Ni una muerta más», son algunas de las pancartas que se podían leer en una manifestación en la que se mostraba una fotografía de Itzel cuando se hacía con el título de Nuestra Belleza Elegancia 2015. Tras la manifestación, el cuerpo de Itzel era inhumado en las dependencias municipales.

Hace 7 meses, el 6 de marzo, era asesinada otra joven transexual en circunstancias similares, en la puerta de su domicilio, en el barrio de Cumpatá del municipio de Comitán, que sigue sin resolver. En julio, se confirmaba que los restos de uno de los dos cuerpos calcinados encontrados en la ciudad de Celaya, correspondían a Paulette González, la joven transexual de 24 años de edad, que fuera Reina de Belleza Gay de Nayarit 2015, que llevaba desaparecida desde el 1 de junio según habían denunciado sus familiares. Itzel Durán Castellanos se convertía en la segunda víctima de este tipo de homicidio en los últimos nueve días y la número veinte en lo que va de año. Ante estas alarmantes cifras, activistas y grupos en defensa de los derechos humanos suscribían a finales de agosto un manifiesto en apoyo a una denuncia interpuesta por RESPETRANS ante varias manifestaciones de odio contra las personas transexuales, iniciando la Campaña Internacional contra la transfobia en México, que sigue siendo más que necesaria.

En México han sido asesinadas 887 personas LGBTI entre 1995 y 2013.

México, 2° lugar en crímenes contra la comunidad lésbico-gay

Pese a que cada vez hay más países que aprueban leyes para proteger los derechos de sus ciudadanos LGBT, la homofobia sigue existiendo a lo largo y ancho del mundo. Existe, y lo que es peor, mata. Un buen ejemplo es México, un país en el que han sido asesinadas 887 personas LGBTI entre 1995 y 2013.

Así lo  denunciaban en mayo de 2014 las organizaciones LGBTI en la Cámara de los Diputados mexicana. Unos datos que sitúan a México en un triste segundo puesto en el listado de los países que más crímenes de odio tienen.

Según estas organizaciones, los estados donde más asesinatos se habían producido son el Distrito Federal, con 164 asesinatos, Estado de México, con 78 homicidios, Nuevo León con 64, y Michoacán y Jalisco, con 54 asesinados entre ambos.

Lo más penoso es que aunque la situación en México es mala, los asesinatos de LGBTI por buena parte del continente americano se suceden sin solución de continuidad. Como dato, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunció que sólo entre el último trimestre de 2013 y enero del 2014, en suelo americano se produjeron 58 asesinatos de mujeres transexuales y 58 de hombres gays.

La Comisión ya hizo un llamado a los miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) para que adopten medidas y emprendan acciones con el objetivo de frenar la violencia que sufren los miembros de la Comunidad LGBT. Los legisladores señalaron que aunque el Gobierno Federal ha emprendido acciones contra la homofobia y transfobia, estas no serán efectivas sin la coordinación adecuada con miembros de la sociedad civil.

“Es con sus voces que nos allegamos de los insumos necesarios para elaborar un proyecto más eficaz en el camino de la eliminación de la violencia contra esta comunidad en México“, señalaron.

Fuente Redacción Chueca/Universogay/Cristianos Gays

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Ajena a la tormenta homófoba, la Suprema Corte de Justicia de México reitera que prohibir el matrimonio igualitario es inconstitucional

Lunes, 3 de octubre de 2016
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Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sigue dictando justicia de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, ajena a todo el revuelo homófobo que vive México. En un nuevo pronunciamiento, la Primera Sala de la Corte ha resuelto tres amparos en el mismo sentido que viene haciendo en los últimos tiempos: determinando que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, en este caso en los estados de Nuevo León, Chiapas e Hidalgo.

El fallo tiene como objeto principal el amparo en revisión 1266/2015, referido al estado de Nuevo León, y reitera de forma expresa la inconstitucionalidad de los artículos 147 y 291 Bis de su Código Civil, que circunscriben las instituciones del matrimonio y el concubinato a la unión de un hombre y una mujer. Según el comunicado hecho público por la propia Corte, “al considerar que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo”. “Y, por lo mismo, la ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a parejas de distinto sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es la procreación, resulta violatoria del derecho a la igualdad y no discriminación, así como del mandato de protección a todo tipo de familias, previstos en la Constitución Federal”, insiste el texto.

Al tratarse además de la segunda ocasión consecutiva en la que se determina la inconstitucionalidad del artículo 147 del Código Civil para el estado de Nuevo León, la Suprema Corte ordena que se informe al Congreso de dicho estado sobre la existencia de tales precedentes.

“Finalmente, es de mencionar que en el mismo sentido y sesión se resolvieron los amparos en revisión 207 y 582, ambos de 2016, en los cuales se determinó la inconstitucionalidad de los preceptos correspondientes de las legislaciones del Estado de Chiapas e Hidalgo, que circunscriben el matrimonio y concubinato a parejas de distinto sexo”, añade el comunicado.

Lo cierto es que la SCJN ya ha dejado clara su postura cada vez que este tema llega a sus manos. De hecho, en 2015 emitió una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que debe seguir cualquier tribunal ante un amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

México: el matrimonio ya es una realidad 

No está de más precisar, para aquellos de nuestros lectores que no hayan seguido estrechamente la evolución del matrimonio igualitario en México pero que sí sepan de las recientes movilizaciones homófobas, que el matrimonio igualitario ya es una realidad en México desde hace años. El último estado en aprobarlo por vía legislativa, el pasado mayo, fue Colima, cuyo Congreso local respaldó por unanimidad una serie de reformas que adecuaban sus leyes a la jurisprudencia de la SCJN, que ya en 2014 había considerado inconstitucional prohibir el matrimonio en ese estado, y que un año después confirmó que la figura jurídica del “enlace conyugal”, que Colima había promovido para reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo, era discriminatoria. La aprobación formal del matrimonio igualitario en Colima tuvo lugar apenas unos días después de que lo hicieran Michoacán y Morelos y solo un par de semanas después de de Campeche.

Antes de esta última oleada, otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (en 2009, y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados allí era extensiva a todo el país), el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit (2015). El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

La acción de los tribunales, clave

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, de hecho, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, una histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes fueron reproduciéndose después en numerosas sentencias.

En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general, pese a que formalmente no se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Chihuahua y Guerrero, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones (en otro estado, Sonora, la directora del Registro Civil llegó a anunciar que las parejas del mismo sexo no tendrían ya que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Pero la gobernadora de Sonora la desautorizó después, confirmando que por el momento sí necesitarán la orden judicial en este estado).

El anuncio de Enrique Peña Nieto precipitó la reacción homófoba

Fue la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como hizo público en mayo pasado el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, la que precipitó la reacción homófoba a la que hemos asistido estas semanas. Peña Nieto anunció que promovería la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. El presidente mexicano también aseguró que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

A ya partir de ahí, el lamentable espectáculo de odio homófobo promovido muy especialmente desde la Iglesia católica mexicana, con el cardenal primado Norberto Rivera a la cabeza, que ha cristalizado en las multitudinarias manifestaciones de este mes de septiembre y que ha recibido incluso el espaldarazo del papa Francisco. Veremos quién gana finalmente el pulso, si el estado de derecho o el sector más ultraconservador de la sociedad mexicana.

Fuente Dosmanzanas

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Un grupo de “defensores de la familia” mexicanos increpa a varios activistas LGTB al grito de “Sieg Heil” y con el saludo fascista…

Viernes, 30 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en Un grupo de “defensores de la familia” mexicanos increpa a varios activistas LGTB al grito de “Sieg Heil” y con el saludo fascista…

nazis-mexico-homofobia-290x150Parece que el movimiento ciudadano en defensa de la familia en México amplia su base social… Así lo muestra un vídeo grabado el pasado sábado en la estación de metro Insurgentes de la capital mexicana al finalizar la marcha convocada por el “Frente Nacional de la Familia” contra el matrimonio igualitario (publicado originalmente en la página de Facebook de Guerrilla Ocupacional México).

Un grupo de ultraderechistas mexicanos, ataviados con indumentaria neonazi y portando banderas con la cruz céltica, hace el saludo romano, corea “Sieg Heil” e increpa y llama “podridos” a un grupo de activistas LGTB que se habían manifestado en el cercano Ángel de la Independencia, el punto de la capital en el que finalizaba la marcha homófoba. Cierto es que los activistas no se quedaron precisamente callados…

Y mientras, el cardenal Norberto Rivera sigue haciendo de las suyas…

El espectáculo ofrecido por este grupo de indeseables movería casi a la risa si no fuera por el contexto en el que se enmarca: la ola de odio que los sectores más conservadores de la sociedad mexicana, con el cardenal y arzobispo de México Norberto Rivera a la cabeza, están promoviendo contra el colectivo LGTB. El desencadenante: el compromiso hecho público en mayo pasado por el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país, en el que ya son varios los territorios que han aprobado el matrimonio igualitario y en el que su prohibición por los estados que aún no permiten su celebración es considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Una movilización de la que llevamos informando varias semanas, y que el pasado domingo recibió además el espaldarazo del propio papa Francisco, solo unas horas después de la gran manifestación de México D.F.

El último ejemplo de este discurso de odio ha sido la publicación en Desde la Fe, publicación dependiente de la arquidiócesis de México, de un artículo en el que se llegaba a afirmar que los homosexuales “son quienes más padecen y contagian enfermedades de transmisión sexual” o que un niño “tiene más posibilidades de sufrir abusos sexuales de un padre homosexual”. Artículo que hasta los propios ultraconservadores han debido pensar que se “pasaba de frenada”, dado que ya no está accesible…

Fuente Dosmanzanas

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El papa Francisco avala desde la Plaza de San Pedro las movilizaciones homófobas de México

Martes, 27 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en El papa Francisco avala desde la Plaza de San Pedro las movilizaciones homófobas de México

francisco-de-espaldasNinguna sorpresa por lo que a la capacidad de movilización de los homófobos se refiere: la gran marcha del denominado “Frente Nacional de la Familia” sobre México Distrito Federal ha sido en efecto un éxito. Al igual que sucediera hace dos semanas en las manifestaciones convocadas en las diferentes ciudades del país, decenas de miles de personas salieron a las calles este sábado, 24 de septiembre, para mostrar su oposición al matrimonio igualitario, en esta ocasión concentrados en la capital mexicana. Más sorprendente resulta el aval que la movilización, articulada en buena parte desde el sector más reaccionario de la Iglesia católica mexicana, ha recibido por parte del papa Francisco. Este mismo domingo el argentino ha querido expresar, durante su bendición dominical en la Plaza de San Pedro, su respaldo a la movilización homófoba. 

“Me asocio con mucho gusto a los obispos de México en el sostener el empeño de la Iglesia y de la sociedad civil a favor de la familia y de la vida, que en este tiempo exigen especial atención pastoral y cultural en todo el mundo”, ha declarado el papa en Roma. Unas palabras que, en el contexto actual, suponen un espaldarazo al sector más ultra de la Iglesia católica mexicana.

Como contamos hace dos semanas, México vive en estos momentos un proceso parecido al que ya vivieron España en 2005 o Francia en 2012 y 2013. Eslóganes, logos, argumentos y escenografía son los mismos. El “Frente Nacional por la Familia”, a imitación del Foro Español de la Familia en España o la Manif por Tous en Francia, se ha constituido en eje articulador de los sectores homófobos de la sociedad mexicana. El desencadenante: el compromiso hecho público en mayo pasado por el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país.

México es un país federal, en el cual cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. En este sentido, son ya varios los territorios que han aprobado el matrimonio igualitario (el primero fue el Distrito federal, allá por 2009. Fue, de hecho, el primer lugar de América Latina en hacerlo). Pero es que, además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración es considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial.

Es por eso que, cinco años después de que el Distrito Federal lo aprobase, y después de toda una cascada judicial de fallos favorables, Peña Nieto decidía este año que había llegado la hora de que la legislación se armonizase, de acuerdo a las directrices de la Suprema Corte, y que Constitución y leyes federales reconociesen expresamente el matrimonio igualitario en todo el país. Un movimiento que despertó, casi de forma inmediata, las iras de la Iglesia católica mexicana, que, pese a haberse opuesto estado a estado al avance de los derechos LGTB, no había conseguido, en un país socialmente muy conservador pero de tradición política laica, cristalizar un movimiento homófobo organizado… hasta ahora.

Las palabras de Francisco, un gesto hacia los conservadores

Este mes de julio nos hacíamos eco, por ejemplo, de las opiniones expresadas en Desde la Fe, publicación semanal dependiente de la arquidiócesis de México, que atacaba el matrimonio igualitario con argumentos del tipo de “el cuerpo humano no está diseñado para la relación homosexual” . La publicación también entraba directamente en política atacando a Peña Nieto, al que acusaba de “conceder prestaciones y compensaciones multimillonarias a once ministros del Poder Judicial [en referencia a la Corte Suprema de Justicia] apoltronados y envueltos en carísimas togas de seda de más de medio millón de pesos, que encubren su pragmatismo y favoritismo por ideologías que dinamitan instituciones del Derecho, vulnerando preciadísimos valores sociales como el Matrimonio entre un hombre y una mujer, la protección de la familia o el respeto a la vida de los niños en el seno materno”. Una campaña de odio en toda regla que la Iglesia católica mexicana ha continuado promoviendo desde las páginas de Desde la Fe, que hace un par de semanas publicaba un lamentable artículo en defensa de las “terapias reparadoras” de la homosexualidad titulado “No se nace homosexual”.

PAG3-1_0¿Pero quién se encuentra detrás de toda esta movilización? Al frente de la arquidiócesis de México se sitúa Norberto Rivera, cardenal primado de México, conocido opositor a los derechos LGTB y un personaje especialmente siniestro. Fue acusado en su momento de encubrir varios casos de abusos sexuales a menores por parte del sacerdote Nicolás Aguilar, además de haber sido uno de los grandes protectores de Marcel Maciel (el fundador de los Legionarios de Cristo, otro personaje despreciable, ya fallecido, acusado también de múltiples abusos sexuales).

En julio ya mencionábamos que en el seno de la Iglesia mexicana parecía estar librándose una batalla soterrada entre sus sectores conservador, del que Rivera es máximo representante, y progresista, que cuenta por ejemplo entre sus filas con el obispo de Saltillo, José Raúl Vera, que siempre ha mostrado una especial sensibilidad hacia la realidad LGTB (hace un par de años recogíamos su mediático bautizo a la hija de una pareja de mujeres) y que en la visita que Francisco realizó hace pocos meses a México mostró una especial complicidad con el pontífice. Francisco, de hecho, acaba de nombrar un nuevo nuncio en México, Franco Coppola, cuya misión, según aseguraba el diario El País, es lidiar “con los sectores más inmovilistas del episcopado de México” y “dar un nuevo impulso a la regeneración de la conservadora Iglesia mexicana”. 

Por eso produce especial desazón ver que ahora el papa, pudiendo haber optado por abstenerse y no hacer mención explícita a lo que está sucediendo, ha querido mostrar un gesto de apoyo al sector más conservador de la Iglesia católica mexicana, que ha sido capaz de armar contra los derechos LGTB una movilización que jamás se ha visto contra la pobreza, el narcotráfico, la corrupción o la violencia brutal que vive el país. Sea por conveniencia (no querer enfrentarse a un reforzado Rivera), sea por convencimiento, las palabras de Francisco suponen la enésima muestra de oposición a los derechos LGTB. Su “¿quien soy yo para juzgar?” parece cada vez más un recuerdo remoto.

Fuente Dosmanzanas

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El Frente Orgullo Nacional MX cumple su amenaza de revelar sacerdotes homosexuales

Sábado, 24 de septiembre de 2016
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b791c2db13bca0ddcb388b8e8e4b84b9_articleEl Frente Orgullo nacional de México (FONMX) cumple su amenaza de revelar los nombres de supuestos sacerdotes homosexuales mexicanos al persistir las manifestaciones para protestar contra la legalización del matrimonio homosexual y la posibilidad de la adopción por parte de parejas del mismo sexo.

El jueves, 22 de septiembre, Cristian Galarza, como portavoz del FONMX, difunde en rueda de prensa una lista con los nombres de hasta 38 religiosos católicos que supuestamente han mantenido relaciones homosexuales consensuadas, «pero también hay casos de abuso sexual (…). No condenamos la homosexualidad, sino la doble moral de quienes convocan a marchas contra el matrimonio entre parejas del mismo sexo». Se trata de una respuesta a las Marchas por la Familia promovidas por el Frente Nacional por la Familia, que tienen una segunda marcha prevista para este sábado, día 24, después de la del 10 de septiembre.

«Ser homosexual para nosotros, no es algo vergonzoso, lo vergonzoso es la falta de honestidad», aclaran desde el FONMX, donde han recibido varios testimonios de hombres «cansados de la doble moral de los jerarcas de la Iglesia Católica», quienes han decidido «sacar a la luz relaciones amorosas que mantuvieron con algunos de ellos». La responsabilidad de la veracidad de sus relatos es de cada uno de los delatores, aunque desde FONMX se sienten en la obligación de proteger sus identidades. Los testimonios proceden de todos los estados de México, Puebla, Veracruz, Yucatán, Nuevo León, Azcapotzalco, Xochimilco y Ciudad de México.

Sacerdotes fuera del armario

De entre la lista de clérigos destacan los nombres de altos cargos de la iglesia como monseñor Juan Carlos Guerrero Ugalde, coordinador de la Vicaría para los Laicos de la Arquidiócesis Primada de México, señalado por un ex trabajador suyo y de otros miembros del clero que asegura comprobó su homosexualidad. Ex rector de la Basílica de Guadalupe, también monseñor Diego Monroy Ponce ha sido señalado por una persona que asegura haber sido su amante secreto.

A pesar de haber calificado como si de una plaga se tratara a las madres solteras el arzobispo de la arquidiócesis de Xalapa, Hipólito Reyes Larios, no tiene problema para mantener encuentros sexuales clandestinos con personas de su mismo sexo. Aunque uno de los nombres que más revuelo ha causado es el de Hugo Valdemar, portavoz de la arquidiócesis, quien siente un profundo resentimiento hacia las personas que viven libremente su sexualidad.

División de opiniones en el colectivo

La lista se publica dos días antes de la segunda manifestación convocada por el Frente Nacional por la Familia, que tiene prevista marchar en México D.F. el próximo sábado, 24 de septiembre. «Respondimos a una provocación. Nuestros derechos no son negociables, no tendríamos que estar luchando por tener a nuestras parejas», señala Rocío Jaramillo, integrante de FONMX. Sin embargo, no todos los activistas han respondido de la misma manera, como Flypy Morales de Franco, presidenta de la Asociación Civil por un Veracruz sin Discriminación, quien considera que la decisión de salir del armario es personal, aunque sí ha coincidido en señalar al doble moral de unas personas que viven de una manera de puertas a fuera, para hacer todo lo contrario de lo que predican puertas a dentro.

La activista Kenly Pacheco Morales anticipa que FONMX también se concentrará el sábado, en el Ángel de la Independencia, punto al que está prevista la llegada de la marcha del Frente Nacional por la Familia, aunque han asegurado que «no habrá confrontación (…). Los recibiremos con consignas de amor, por nuestra parte no habrá violencia», tal y como han acordado con Patricia Mercado, secretaria de gobierno de la Ciudad de México.

Con toda probabilidad hasta allí llegará también Alan Alexis, coordinador de HomoVox MX, un movimiento formado por personas homosexuales que defienden el matrimonio entre un hombre y una mujer y el derecho de los niños a tener un padre y una madre, quien ha expresado públicamente su apoyo al Frente Nacional por la Familia, alentando a sus seguidores a unirse a la Marcha por la Familia.

Fuente Universogay

 

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Iglesia católica y sectores homófobos reproducen en México el modelo de oposición al matrimonio igualitario ya ensayado en España y Francia

Jueves, 15 de septiembre de 2016
Comentarios desactivados en Iglesia católica y sectores homófobos reproducen en México el modelo de oposición al matrimonio igualitario ya ensayado en España y Francia

frente-nacional-por-la-familia-homofobia-mexico-300x163Ampliamos la noticia que ya dimos hace tres días con este buen resumen de Dosmanzanas:

Sensación de déjà vu. Se trata, al fin y al cabo, de la misma estrategia que se ejerció en 2005 en España o en 2012 y 2013 en Francia: la articulación de un movimiento ciudadano, supuestamente espontáneo y transversal, “independiente” de la Iglesia católica, en contra del matrimonio igualitario disfrazado de “defensa de la familia”. Los mismos logos. La misma utilización de niños que necesitan “un papá y una mamá”. Las mismas manifestaciones multitudinarias. El mismo odio.

Miles de personas participaron este sábado en las numerosas manifestaciones contra el matrimonio igualitario convocadas en diversas ciudades de México por el autodenominado “Frente Nacional por la Familia”, una organización que, a imitación del Foro Español de la Familia en España o la Manif por Tous en Francia, se ha constituido en eje articulador de los sectores homófobos de la sociedad mexicana. El desencadenante: el compromiso hecho público en mayo pasado por el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país.

Conviene recordar, en este punto, que México es un país federal, en el cual cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. En este sentido, son ya varios los territorios que han aprobado el matrimonio igualitario (el primero fue el Distrito federal, allá por 2009. Fue, de hecho, el primer lugar de América Latina en hacerlo). Pero es que, además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración es considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial.

Es por eso que, cinco años después de que el Distrito Federal lo aprobase, y después de toda una cascada judicial de fallos favorables, Peña Nieto decidía este año que había llegado la hora de que la legislación se armonizase, de acuerdo a las directrices de la Suprema Corte, y que Constitución y leyes federales reconociesen expresamente el matrimonio igualitario en todo el país. Un movimiento que despertó, casi de forma inmediata, las iras de la Iglesia católica mexicana, que, pese a haberse opuesto estado a estado al avance de los derechos LGTB, no había conseguido, en un país socialmente muy conservador pero de tradición política laica, cristalizar un movimiento homófobo organizado.

Este mes de julio nos hacíamos eco, por ejemplo, de las opiniones expresadas en Desde la Fe, publicación semanal dependiente de la arquidiócesis de México, que atacaba el matrimonio igualitario con argumentos del tipo de “el cuerpo humano no está diseñado para la relación homosexual” . La publicación también entraba directamente en política atacando a Peña Nieto, al que acusaba de “conceder prestaciones y compensaciones multimillonarias a once ministros del Poder Judicial [en referencia a la Corte Suprema de Justicia] apoltronados y envueltos en carísimas togas de seda de más de medio millón de pesos, que encubren su pragmatismo y favoritismo por ideologías que dinamitan instituciones del Derecho, vulnerando preciadísimos valores sociales como el Matrimonio entre un hombre y una mujer, la protección de la familia o el respeto a la vida de los niños en el seno materno”. Una campaña de odio en toda regla que la Iglesia católica mexicana ha continuado promoviendo desde las páginas de Desde la Fe, que este mismo domingo publicaba un lamentable artículo en defensa de las “terapias reparadoras” de la homosexualidad titulado “No se nace homosexual”.

“Frente Nacional por la Familia”: odio disfrazado de defensa de la familia

Finalmente, los homófobos mexicanos acababan por adoptar el mismo modelo que ya se ensayó en España en 2005 (torpemente) o en Francia en 2012-2013 (con bastante más éxito, aunque no consiguiese paralizar la aprobación del matrimonio igualitario): la articulación de un “movimiento civil”, supuestamente al margen de la Iglesia católica, que en lugar de utilizar argumentos religiosos dice ser un movimiento transversal en defensa de la familia. En México, en concreto, su principal demanda es la modificación de la Constitución mexicana para proteger “a la familia” y “a los niños”. Esta es su propuesta de modificación (en negrita, el nuevo texto que se añadiría a su artículo 4):

El varón y la mujer, siendo diferentes y complementarios entre sí, son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.

La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida y apoyada por la sociedad y el Estado, a fin de que su entorno les garantice a todos sus miembros las condiciones necesarias para alcanzar un óptimo desarrollo.

Se reconoce el derecho del varón y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia. El matrimonio no podrá celebrarse sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes.

El matrimonio es una institución de interés público y el fundamento natural de la familia; como tal debe ser protegido por el Estado, como un compromiso público que toman libremente un varón y una mujer, para amarse, fundar una familia y educar a sus hijos hasta que alcancen la mayoría de edad.

Todo matrimonio o concubinato tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará por el desarrollo integral de la familia, siendo este el principio que guiará el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de todas las leyes, programas y políticas públicas de los tres órdenes (niveles) de gobierno de los tres Poderes de la Unión.

Los padres tienen el derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos; incluyendo la correspondiente al desarrollo de las aptitudes intelectuales, morales y religiosas, la educación sexual, las actitudes y virtudes.

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

A fin de garantizar el respeto del interés superior de la niñez, todos los niños y niñas tienen el derecho a crecer en su familia, bajo el cuidado y protección de su padre y su madre. En el caso de orfandad de padre y madre de un menor o si fuese privado de manera definitiva de su familia de origen, se deberá asegurar su cuidado y protección por un padre y una madre adoptivos. El Estado no puede por ninguna causa privar deliberadamente a un niño de este derecho.

Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir al Estado el cumplimiento de estos derechos y principios.

En definitiva, una reforma que bloquearía de forma definitiva la igualdad jurídica de las personas LGTB, tanto por lo que se refiere al matrimonio igualitario como a la homoparentalidad y los derechos de las familias LGTB.

Éxito de movilización en las calles

Las protestas homófobas de este sábado en México, y eso es innegable, ha sido un éxito de participación. Lejos del “más de un millón de personas” del que hablan los medios ultraconservadores, pero multitudinarias. Como lo fue la gran manifestación homófoba del 18 de junio de 2005 en Madrid, o como lo fueron las diversas movilizaciones de la Manif pour tous en Francia. Miles de personas han salido a las calles de las más importantes ciudades mexicanas. Una movilización que se repetirá el próximo 24 de septiembre en la capital del país, donde el Frente Nacional por la Familia quiere congregar a una gran multitud y exhibir músculo ante un Peña Nieto que políticamente se encuentra sensiblemente debilitado por otras muchas razones al margen del debate sobre el matrimonio igualitario.

Nadie duda de que lo conseguirá. Si algo ha quedado contrastado a lo largo de estos últimos años es la gran fortaleza del movimiento homófobo. Está por ver si en el caso de México, apoyada en una sociedad fuertemente conservadora, esa fuerza será suficiente para contrarrestar su potente tradición laica. En el caso francés, por ejemplo, no pudo detener la aprobación del matrimonio igualitario, pero sí pudo congelar el avance de otros derechos LGTB, como la posibilidad de que las mujeres lesbianas puedan recurrir a la reproducción asistida. “No quiero que se diga que la izquierda promueve debates sociales para distraer la atención, como fue el caso durante el debate sobre el matrimonio igualitario. La vociferación de la Manif pour tous lo paralizó todo. No quiero verme impotente en todo lo que tengo que hacer por lanzar un debate sobre la PMA [procréation médicalement assistée, o reproducción asistida], declaraba hace unos meses la nueva ministra de la Familia, la socialista Laurence Rossignol…

La imagen del día: un niño frente a una de las manifestaciones

Pese a todo, la imagen del pasado sábado que posiblemente pasará a la historia será la del niño que en Celaya (estado de Guanajuato) hizo ademán de “detener” a los manifestantes homófobos. Una instantánea tomada por el fotógrafo Manuel Rodríguez y compartida en su muro de Facebook, que a lo largo de este lunes ha acabado por hacerse viral y ser recogida por numerosos medios internacionales:

Rodríguez, según ha contado, lo alcanzó corriendo y pudo hablar brevemente con el niño. “Pensé que era un niño jugando. Al llegar le pregunté: ‘¿por qué lo hiciste?’. Y él contestó que tenía un familiar que era gay y que no le gustaba que lo odien”, ha explicado. “Intenté grabarlo pero inmediatamente una mujer desde la calle le llamó la atención y lo retiró del lugar”, ha añadido.

Desconocemos en este momento si la historia que contó el niño a Manuel Rodríguez es 100% verdadera. En cualquier caso, la potencia de la imagen y el eco que ha alcanzado seguro que ha amargado el lunes a más de un manifestante…

Fuente Dosmanzanas

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La Iglesia de México promueve una manifestación contra el matrimonio igualitario

Jueves, 28 de julio de 2016
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SuazoHan convocado para el próximo 10 de septiembre una marcha nacional para exigir al presidente Enrique Peña Nieto que retire la reforma propuesta para aprobar el matrimonio igualitario.

A través de un comunicado, José Manuel Suazo Reyes (en la fotografía), portavoz de la arquidiócesis de ciudad de Xalapa, en el estado de Veracruz, al este del país, indicó que esta manifestación ha sido convocada por el Frente Nacional por la Familia (FNF) y esperan que miles de personas se manifiesten en Ciudad de México.

“Existe una gran inconformidad y desacuerdo con la propuesta presidencial enviada el 17 de mayo de 2016 que busca reformar la Constitución y el Código Civil Federal con disposiciones que afectan la figura del matrimonio entre un hombre y una mujer, la adopción de niños, el derecho de los padres en la educación de sus hijos y el sistema educativo entre otros”, afirma el comunicado.

Asimismo, el 24 de septiembre se llevará a cabo otra manifestación para exigir a los diputados federales que debatan el paquete de iniciativas presidenciales, “pues es conveniente tomar conciencia de las implicaciones y de los riesgos que se corren con este paquete de iniciativas en caso de ser aprobadas”, escribe.

Suazo Reyes agregó que sería perverso “imponer” ahora los criterios de una ideología que busca “destruir la familia” y “acabar con los valores humanos”.

“El ejecutivo propuso también cambiar el Código Civil y todas las formas de identidad de los ciudadanos. Eso significa que en los documentos de identidad, una persona ya no sería sólo hombre o mujer, sino una infinidad de opciones. Se anunció también que hay que cambiar los libros de texto y los programas escolares para asegurarse que todos los niños del país sean adoctrinados con la mentalidad que está tratando de imponer”, concluyó.

Fuente Agencias/Cáscara Amarga

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El estado mexicano de Colima aprueba por unanimidad de sus diputados el matrimonio igualitario

Martes, 31 de mayo de 2016
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Congreso-de-ColimaOtro nuevo estado mexicano acaba de aprobar por unanimidad de sus diputados la reforma de su Código Civil para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo. Se trata de Colima, en la costa del Pacífico. La aprobación ocurre pocos días después de que el presidente de México, Enrique Peña Nieto, anunciase su intención de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. Una reforma que pondrá punto final a la peculiar situación de México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponen matrimonio igualitario. A este paso, habrá que ver si a este paso la reforma federal no se aprueba con matrimonio igualitario en todos los estados… 

Una tras otra, como fichas de dominó, las legislaciones de los estados mexicanos van cayendo del lado de la igualdad: a la lista de estados cuyas legislaciones ya son igualitarias se acaban de unir esta semana Colima, cuyo Congreso local ha aprobado por unanimidad una serie de reformas que adecuan sus leyes a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ya en el año 2014 había considerado inconstitucional prohibir el matrimonio en ese estado, y que un año después confirmó que la figura jurídica del “enlace conyugal”, que Colima había promovido para reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo, era discriminatoria.

Es por eso que el Congreso de Colima ha abordado las correspondientes reformas, tanto de la Constitución del estado, para eliminar de la definición de matrimonio el que este tenga que ser contraído “entre un hombre y una mujer” (reforma que fue votada a principios de mes), como del Código Civil, que a partir de ahora adopta un lenguaje neutro en su articulado. Esta última reforma fue aprobada el pasado miércoles, 25 de mayo, por 24 votos a favor y ningún voto en contra (un diputado estaba ausente).

La aprobación formal del matrimonio igualitario en Colima tiene lugar apenas unos días después de que hicieran lo propio los estados de Michoacán y de Morelos, y solo un par de semanas después de que lo hiciera el estado de Campeche. Antes de esta última oleada, otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

La acción de los tribunales, clave

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Acelerón de los estados tras el anunció de Peña Nieto

Faltaba sin embargo el empujón final: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como anunciaba este mes de mayo Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también aseguraba que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

En cualquier caso, la iniciativa presidencial debe ser todavía discutida y aprobada por el Congreso mexicano, lo que se demorará sin duda un tiempo. Es por eso que es buena noticia que los estados continúen actualizando por su cuenta sus legislaciones matrimoniales para acabar cuanto antes con la desigualdad jurídica. De hecho, tras Michoacán, Morelos y Colima se espera que a corto plazo hagan lo propio Chiapas y el estado de México.

Fuente Dosmanzanas

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A la espera de que sea ley en todo el país, los estados mexicanos de Michoacán y Morelos aprueban ya el matrimonio igualitario

Miércoles, 25 de mayo de 2016
Comentarios desactivados en A la espera de que sea ley en todo el país, los estados mexicanos de Michoacán y Morelos aprueban ya el matrimonio igualitario

matrimonio_igualitario_mexico_copyHace pocos días recogíamos el anuncio del presidente de México, Enrique Peña Nieto, coincidente con la celebración del Día Internacional contra la LGTBfobia, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. Una reforma que pondrá punto final a la peculiar situación que vive México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponen matrimonio igualitario. Pues bien, a esa lista se han sumado esta semana dos nuevos estados: Michoacán y Morelos.

Una tras otra, como fichas de dominó, las legislaciones de los estados mexicanos van cayendo del lado de la igualdad: a la lista de estados cuyas legislaciones ya son igualitarias se acaban de unir esta misma semana Michoacán, en la costa oeste, por 27 votos a favor y 8 abstenciones, sin votos en contra (se abstuvieron los siete representantes del PAN y una sola diputada del PRI) y Morelos, en el centro del país, por 20 votos a favor y solo 6 en contra (PAN y Encuentro Social, una formación  democristiana).

Precisamente la semana pasada, días antes del anuncio presidencial, dábamos cuenta de la aprobación del matrimonio igualitario en el estado de Campeche (península de Yucatán). Antes de Campeche otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

La acción de los tribunales, clave

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Faltaba el empujón final: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como anunciaba a principios de esta semana Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también aseguraba que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

En cualquier caso, la iniciativa presidencial debe ser todavía discutida y aprobada por el Congreso mexicano, lo que se demorará sin duda un tiempo. Es por eso que es buena noticia que los estados continúen actualizando por su cuenta sus legislaciones matrimoniales para acabar cuanto antes con la desigualdad jurídica (la social es ya otro cantar…).

Fuente Dosmanzanas

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Tras años de lucha: el presidente de México anuncia que el matrimonio igualitario será ley en todo el país

Jueves, 19 de mayo de 2016
Comentarios desactivados en Tras años de lucha: el presidente de México anuncia que el matrimonio igualitario será ley en todo el país

-a6728052-lEl presidente de México, Enrique Peña Nieto, aprovechó la celebración del Día Internacional contra la LGTBfobia (oficialmente en México “Día Nacional contra la Homofobia”para anunciar sendas iniciativas de reforma tanto de la Constitución mexicana (en su artículo cuarto) como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. La reforma pondrá punto final a la peculiar situación que vivía México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponían de hecho de matrimonio igualitario, y en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha declarado la inconstitucionalidad de prohibirlo. De hecho, a día de hoy, incluso en los territorios mexicanos que no han aprobado una ley al respecto es posible la celebración de matrimonios tras recurrir a un amparo judicial.

El máximo mandatario del país azteca fue uno de los políticos más activos en esta señalada fecha y a lo largo del día realizó una valiosa campaña contra la LGTBfobia en sus perfiles personales de Twitter y Facebook.

El gobierno de Peña Nieto ya había lanzado un programa nacional por la igualdad y la no discriminación en el año 2014 y se ha comprometido a seguir combatiendo la discriminación con nuevas campañas informativas y revisando los contenidos anacrónicos de los planes educativos para adaptarlos a las nuevas realidades.  Lo mejor estaba por llegar. De este modo, Peña Nieto Enrique Peña Nieto, anunció una nueva iniciativa para tratar de modificar la Constitución y el Código Civil y que el matrimonio entre personas del mismo sexo pueda ser reconocido en todo el país.

El Gobierno de México anunció este martes una propuesta para reformar la Constitución con el fin de reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. El presidente, Enrique Peña Nieto, firmó una iniciativa en este sentido en el Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia que, dijo, servirá para consolidar el criterio emitido el pasado año por la Suprema Corte de Justicia, que consideró inconstitucionales las leyes estatales que prohíban el matrimonio homosexual.

Con una modificación del artículo 4 constitucional, se reconocerá como “un derecho humano que las personas puedan contraer matrimonio sin discriminación alguna”, dijo el gobernante, rodeado de miembros de ONG defensoras de la diversidad sexual. “Es decir, que los matrimonios se realicen sin discriminación por motivos de origen étnico, discapacidad, condición social, salud, religión, género o preferencias sexuales“, añadió el mandatario.

matrimonio_igualitario_mexico_copyDe esta forma, “quedaría implícito el matrimonio igualitario en nuestra Constitución” y se evitaría la diferencia entre estados existente hoy día, afirmó. Junto a este decreto, Peña Nieto presentó una segunda iniciativa para que en el Código Civil Federal se asegure el matrimonio entre personas del mismo sexo y se utilice un lenguaje que no sea discriminatorio.

En el marco de esta propuesta también se contempla que los cónsules, en calidad de jueces del registro civil, puedan expedir actas de nacimiento con una nueva identidad de género. También pidió a la Cancillería que en la emisión de pasaportes no se pongan trabas a la actas de nacimiento que presentan cambio de sexo.

El mandatario ordenó a la Consejería Jurídica revisar “los distintos ordenamientos” que contienen todavía lenguajes discriminatorios dentro de un paquete de reformas para fomentar la justicia cotidiana. Dijo que espera trabajar de la mano con las organizaciones civiles para crear “a la brevedad un paquete de reformas que modifique mucho el ámbito de la Justicia”.

Por último, abundó en el deseo de convertir a México en un “actor global” en la lucha por los derechos del colectivo LGBT, y dijo que la nación formará parte de un grupo de análisis sobre esta temática en las Naciones Unidas. El presidente se mostró confiado en que en México todos, “sin importar la condición sexual, étnica o preferencia sexual, tengan la oportunidad de realizarse plenamente y la oportunidad de ser feliz”.

Esta era la primera ocasión en que el mandatario se reúne con ONG y miembros de la sociedad civil para festejar este Día Nacional de Lucha Contra la Homofobia, que declaró en 2014. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) organizó un foro para evaluar la homofobia en el país, que según algunos informes se ubica en el segundo del mundo por número de crímenes de odio contra la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT).

Según un reporte de la ONG Letra S basado en medios de comunicación, de 1995 a la fecha se han registrado 1.310 homicidios homófobos en México.

Hace solo unos días que informamos de la aprobación, por aplastante mayoría de su Congreso local, del matrimonio igualitario en el estado de Campeche (península de Yucatán). Se trataba del quinto territorio mexicano (noveno, de facto) con matrimonio igualitario. Antes de Campeche otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

La acción de la justicia, clave

enrique-peña-nieto-asume-presidencia-mexico-11-300x300-1En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

El broche final

Solo faltaba el empujón final, que ha acabado llegando como fruta madura: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como acaba de anunciar Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también ha asegurado que se revisarán todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN. Sin duda, una fantástica noticia.

Os dejamos con un breve reportaje de TV Azteca Puebla que incluye parte del discurso en el que Peña Nieto hizo el anuncio:

Fuente Agencias/Dosmanzanas

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El estado mexicano de Campeche aprueba el matrimonio igualitario con un solo voto en contra de su Congreso local

Lunes, 16 de mayo de 2016
Comentarios desactivados en El estado mexicano de Campeche aprueba el matrimonio igualitario con un solo voto en contra de su Congreso local

congreso-sesion-campeche-144431El estado mexicano de Campeche ha aprobado, por aplastante mayoría de su Congreso local (34 votos a favor de 35 posibles, solo uno en contra) la reforma de su Código Civil para hacer posible el matrimonio entre personas del mismo sexo. Se trata del quinto territorio mexicano (noveno, de facto) con matrimonio igualitario, si bien por vía judicial las bodas son posibles ya en todo el país.

Votaron a favor del matrimonio igualitario (después de la correspondiente tramitación parlamentaria y a petición del gobernador Alejandro Moreno Cárdenas para armonizar el Código Civil local con la jurisprudencia federal) casi todos los diputados del Congreso de Campeche, incluyendo los representantes de los tres principales partidos mexicanos: el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido de Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD). También votaron a favor los diputados del Partido Verde Ecologista y del Partido Nueva Alianza. De los tres representantes del Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), dos votaron a favor y solo una, Adriana Avilez, votó en contra, aduciendo principios morales personales. El suyo fue el único voto que impidió que la decisión fuera unánime.

Antes de Campeche, estado situado en la península de Yucatán, solo tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (desde 2009), el norteño el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (en diciembre de 2015). Y ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó, por cierto, que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también era ya posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado mes de enero, por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

Un escenario judicial favorable

En Campeche, conviene precisar, ya se habían celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial, como por otra parte ya ha sucedido en la inmensa mayoría de los estados mexicanos. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se han reproducido luego en amparos a parejas de numerosos estados. En dos de ellos, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace pocos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Oposición católica y evangélica

El avance del matrimonio igualitario en México no se está produciendo, precisamente, sin resistencias tanto de la Iglesia católica como de los grupos evangélicos, como demostraron las protestas que tuvieron lugar frente al Congreso de Campeche coincidiendo con la aprobación de su ley de matrimonio igualitario (“arderán en el infierno”, amenazaron los congregados a los diputados locales).

Afortunadamente, no son pocos los políticos mexicanos, incluso de ideas conservadoras, que se mantienen leales a una tradición laica que parece aguantar mejor en México que en otros lugares de América Latina en los que la frontera entre la política y las confesiones religiosas tiende a debilitarse (muy especialmente ante la pujanza que el movimiento evangélico está adquiriendo en la región).

Fuente Dosmanzanas

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Personas con VIH establecen plan de acción para México

Sábado, 30 de enero de 2016
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1353817En el marco del Encuentro Nacional de Liderazgo Positivo llevado a cabo en Ciudad de México el pasado mes de diciembre, en el que participaron 130 personas con VIH de 30 diferentes entidades de la República, las y los participantes establecieron una serie de acciones programáticas a corto y mediano plazo para hacer frente a la epidemia del VIH en todo el país.

Se buscará implementar dichas acciones programáticas en todas las entidades, además de generar diálogos y establecer agendas de trabajo con legisladores y actores clave en la respuesta al VIH.

Entre las acciones convenidas se encuentra el impulsar el empoderamiento de las personas con VIH y sida para así generar una cultura de denuncia de violaciones a derechos humanos. También se revisarán leyes, códigos, reglamentos y bandos de policía y buen gobierno, con el fin de identificar los obstáculos en materia de derechos humanos que enfrentan las personas con VIH y sida. Además, se pretende promover la modificación o derogación de normatividades federales y estatales en materia penal, civil, laboral o de otra índole que criminalicen a las personas con VIH y que obstaculicen el ejercicio de sus derechos humanos.

De igual forma, se estableció la necesidad de vigilar los casos de discriminación y criminalización de personas con VIH y sida a través de los mecanismos de observación en los estados; asegurar el mayor involucramiento de las personas afectadas en programas de prevención, detección y atención del VIH y el sida, y transversalizar el enfoque de género, juventud, desarrollo e inclusión social en los programas gubernamentales enfocados al VIH.

Además, las y los participantes se propusieron trabajar en el diseño de un marco normativo de planes y programas con presupuesto específico sobre derechos sexuales y reproductivos, con enfoque de las distintas poblaciones afectadas por la epidemia. Así también se pretende desarrollar, desde las organizaciones de la sociedad civil, en conjunto con la Secretaría de Salud a nivel federal y estatales, una guía que permita sensibilizar a actores clave en la construcción de las nuevas masculinidades y que responda a las necesidades de salud de las mujeres con VIH y la población trans con VIH, incluidas las y los trabajadoras sexuales.

Buscar aliados en otros sectores

Para cumplir con las acciones planteadas, las y los participantes en el encuentro indicaron que se requiere del apoyo de otros actores estratégicos dentro y fuera de la respuesta al VIH, tales como organismos de derechos humanos, legisladores locales y federales, medios de comunicación y, sobre todo el respaldo de las autoridades sectoriales de salud, de educación y del trabajo.

El objetivo de dichas acciones es retomar el tema del VIH, que ha tendido a la invisibilidad en los últimos años, y reposicionar el trabajo en la materia que realizan las personas con VIH.

Fuente NotieSe

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Declarada inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario en Jalisco

Viernes, 29 de enero de 2016
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matrimonio.jpgMagnífica noticia la que nos llega desde México. En una votación unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha aprobado este martes invalidar el artículo 260 del Código Civil del estado de Jalisco, que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer. La acción de inconstitucionalidad había sido promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Así lo ha hecho saber la SCJN en un comunicado oficial:

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 28/2015, de manera unánime, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que una porción impugnada del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco era inconstitucional ya que atentaba contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y, de manera implícita generaba una violación al principio de igualdad, porque a partir de ese propósito se daba un trato diferenciado a parejas homoparentales respecto de las parejas heterosexuales, al excluir de la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo.

En esta ocasión, y a diferencia de otras que hemos recogido en el pasado, la sentencia de la SCJN supone que todas las parejas del mismo sexo que lo deseen podrán contraer matrimonio en Jalisco sin necesidad de recurrir ya a amparo alguno. Esto es así porque la SCJN se pronuncia en respuesta a una acción de inconstitucionalidad que ha sido promovida dentro del plazo legal tras un nuevo acto legislativo (en este caso, el artículo 260 del Código Civil fue reformado en marzo por el Congreso de Jalisco, reforma publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 4 de abril de 2015). Y aunque la reforma no se refería expresamente a esta cuestión, sí permitía que se iniciase la acción de inconstitucionalidad.

En cambio, en las anteriores sentencias que han establecido la inconstitucionalidad de normas similares en otros estados la SCJN se ha pronunciado en respuesta a amparos presentados por particulares. Este mecanismo solo ampara a dichos particulares pero no supone, como tal, la invalidación de la norma.

Seis estados (más el Distrito Federal) con matrimonio igualitario sin trabas

Jalisco se convierte así en el sexto estado mexicano con matrimonio igualitario pleno (además del Distrito Federal, que no es propiamente un estado). Ello ha sido así por decisión de sus órganos legislativos en el Distrito Federal (desde 2009), en el norteño el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014) y en el estado de Nayarit, en la costa del Pacífico (cuyo Congreso local lo aprobó por aplastante mayoría hace poco más de un mes). Y ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó, por cierto, que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país.

El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer. En otros dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales son los que han decidido, como consecuencia de las diversas sentencias judiciales, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario, por lo que pueden considerarse de facto parte de la lista.

Y un escenario judicial favorable en el resto

En el resto de estados también se celebran bodas entre personas del mismo sexo, pero solo después de que las parejas reciban el correspondiente amparo judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la Suprema Corte y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron luego en múltiples amparos a particulares a lo largo y ancho del país, a los que tanto los jueces federales como la propia SCJN daban la razón (especialmente importante fue la sentencia emitida en abril de 2014 a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca).

Un proceso que recibió en noviembre el espaldarazo definitivo con la decisión de la SCJN de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que se les presente sobre la materia. La tesis no solo expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario, sino que cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos ya ha pedido la extensión a todo el país

Especialmente encomiable ha resultado en el caso del estado de Jalisco la actuación de la CNDH, una entidad gubernamental autónoma (que puede considerarse equivalente a las Defensorías del Pueblo de otros países) y que es una de las que cuenta con capacidad legal para promover acciones de inconstitucionalidad. Una actuación acorde con su función, la de defender los derechos humanos, que la ha llevado a defender de una forma clara y ejemplar el matrimonio igualitario.

Este pasado diciembre, de hecho, el organismo emitía una recomendación oficial a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de todos los estados del país para que adecuasen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar. “Este Organismo Nacional enfatiza que la orientación sexual no puede ser un criterio relevante para diferenciar el acceso al disfrute del derecho de protección a la familia que se encuentra consagrado en nuestra Constitución, el cual puede ser el mismo, tanto para las parejas del mismo sexo como las heterosexuales. Solamente el Distrito Federal y Coahuila han modificado sus códigos civiles y/o familiares para permitir el matrimonio igualitario y, si bien es cierto que algunos gobiernos estatales han intentado regular el acceso a las parejas del mismo sexo a uniones civiles con la creación de figuras jurídicas diferenciadas del matrimonio, tales como ‘sociedad de convivencia’, ‘pacto civil de solidaridad’, ‘enlace conyugal’, resultan discriminatorias pues generan regímenes distintos de derecho para regular una situación equivalente”, expresaba entonces la CNDH.

Todo un ejemplo a seguir por organismos equivalentes de otros países…

Fuente Dosmanzanas

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La Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional el veto a la adopción homoparental en Campeche

Sábado, 15 de agosto de 2015
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noticias_file_foto_1023518_1439452402Importante sentencia favorable a los derechos LGTB en México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, el más alto tribunal del país) ha considerado contraria a la Constitución la prohibición de adoptar menores a las parejas unidas civilmente, incluyendo las del mismo sexo, en el estado sudoriental de Campeche.

La Ley Reguladora de Sociedades de Convivencia entró en vigor a finales de 2013 en este estado de la península de Yucatán. Las parejas del mismo o de distinto sexo pueden desde entonces hacer uso de la misma para formalizar su unión, pero este mecanismo excluía explícitamente algunos derechos sí reconocidos a los matrimonios. Las personas que se unen civilmente mediante este procedimiento perdían automáticamente la patria potestad de sus hijos y tenían vetado el acceso a la adopción. Es por ello que la Comisión de Derechos Humanos de Campeche remitió un recurso de anticonstitucionalidad contra el artículo de la norma que consagraba estas limitaciones de derechos.

Los demandantes explicaban que la exclusión viola los derechos a la no discriminación y a la protección de la organización y desarrollo de la familia que recoge la Constitución mexicana. La SCJN admitió a trámite el recurso y la magistrada Margarita Luna, a principios de este mes, propuso la anulación del artículo por discriminatorio. En el Pleno había una práctica unanimidad (solo uno de los once jueces estaba en contra) en declarar la inconstitucionalidad de la norma, pero existían discrepancias en la argumentación.

Así, un grupo de cinco magistrados quería destacar la discriminación por razón de orientación sexual, ya que las “sociedades de convivencia” son la única alternativa reconocida en la legislación para las parejas del mismo sexo. Sin embargo, otros cuatro preferían considerarla una discriminación de tipo genérico de las parejas unidas civilmente frente a las casadas. Finalmente, la sentencia establece que la exclusión es contraria al interés superior del niño y ha sido adoptada por nueve votos a favor frente a uno en contra: el del juez Eduardo Medina.

El avance de los derechos LGTB en México

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse. Un proceso que en junio de este año recibía un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario.

Dos estados, Chihuahua y Guerrero, pueden considerarse ya de hecho parte de la lista de territorios en los que es posible sin restricciones el matrimonio igualitario, al haber implementado sus respectivos gobiernos órdenes ejecutivas en ese sentido como consecuencia de todo este proceso.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

En cuanto a la adopción, las parejas casadas, sean del mismo o de diferente sexo, pueden acceder en igualdad de condiciones desde la sentencia de la Suprema Corte de 2010. El fallo de esta semana tiene un claro precedente en la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila en 2011, tres años antes de que este mismo estado aprobara el matrimonio igualitario. Pero que ahora haya sido el máximo tribunal del país el encargado de fallar en la misma dirección debería suponer un avance claro en la seguridad jurídica de las familias homoparentales en todo el país.

Fuente Dosmanzanas, Cristianos Gays

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Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

Lunes, 15 de junio de 2015
Comentarios desactivados en Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

matrimonio_igualitario_mexico_copyLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado jurisprudencia determinando que son inconstitucionales los Códigos Civiles de los estados que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer cuyo fin último sea la procreación.

Paso de gigante en México, donde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha asentado la jurisprudencia favorable al matrimonio igualitario que a partir de ahora los tribunales mexicanos deberán seguir en aquellos amparos que les lleguen sobre la materia, con independencia de las leyes locales de cada estado. La decisión consolida de forma irreversible el lento pero imparable avance que se viene produciendo sentencia tras sentencia en ese país. Y es que, según el más alto tribunal mexicano, “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario.

Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de Derechos Humanos del máximo tribunal, indicó en una entrevista que el número de casos de matrimonios de un mismo sexo resueltos por la SCJN permitió que se estableciera una jurisprudencia.

De esta forma la jurisprudencia establece sobre el matrimonio que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”. Así, Bonifaz explicó que cualquier Código Civil que establezca que el matrimonio es sólo entre mujer y hombre, o que establezca que el fin de éste es la procreación, es inconstitucional, “porque hay otros propósitos del matrimonio, si sólo fuera la procreación no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud”.

La nueva jurisprudencia destaca que considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación, constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social.

“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, precisó, y añadió que “como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre ‘un solo hombre y una sola mujer’”.

Por su brevedad y claridad, reproducimos literalmente la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de México:

TESIS JURISPRUDENCIAL 46/2015

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. NO EXISTE RAZÓN DE ÍNDOLE CONSTITUCIONAL PARA NO RECONOCERLO

Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.

En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja.

Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

Una tesis que destaca por su sencillez (salvando las distancias, sorprende al compararla con la farragosa argumentación de la sentencia por la cual el Tribunal Constitucional de España dio validez a la ley española de matrimonio igualitario…). Y aunque la decisión, a día de hoy, no supone la extensión automática del matrimonio igualitario a todo el territorio mexicano de forma plena (las parejas a las que se deniegue su solicitud de matrimonio tendrán que acudir todavía a los tribunales, al menos mientras los estados no tomen decisiones como la que se acaba de adoptar en Chihuahua) supone desde luego un paso de gigante. Seguiremos atentos a la evolución del proceso.

Chihuahua acaba de convertirse en el cuarto estado de México en el que se aprueba el matrimonio igualitario.  El Gobernador César Duarte ha anunciado oficialmente que su administración “eliminará las trabas” a las parejas del mismo sexo que soliciten unirse en matrimonio. Se espera que las licencias comiencen a emitirse este viernes (12 de junio).

En 2013, a la pareja chihuahuense formada por Tony y Tómas se les permitió casarse por un juez de distrito en Ciudad Juárez después de haber sido rechazado inicialmente por el Registro Civil del Estado. Pero después de que la administración bloqueara su matrimonio, 26 parejas del mismo sexo acudieron a formalizar su petición de sus derechos a ser casadas. Todas estas parejas serán compensadas por los trámites legales. En febrero pasado ganaron el amparo después de que el Juzgado Octavo de Distrito declarase inconstitucional los artículos 134 y 135 del Código Civil del Estado de Chihuahua, porque impide los matrimonios igualitarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaba a punto de ordenar al Congreso local que legisle sobre los matrimonios igualitarios, y a las autoridades estatales a que indemnicen a las parejas a las que buscaron la protección de la justicia porque inicialmente se les negó el derecho a contraer nupcias. “Lo que menos quieren ya es que los amparos promovidos por los denunciantes lleguen hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, apunta Mario Trevizo, secretario general de Gobierno.

Las organizaciones Movimiento Integración de la Diversidad (Movid), Derechos Humanos Integrantes en Acción (DHIA) y el Centro Humanístico de Estudios Relacionados con la Orientación Sexual (CHEROS) anuncian en las redes sociales este gran avance, y manifiestan que lo celebrarán en la marcha del Orgullo LGBT del próximo 20 de junio.

Chihuahua se suma de esta forma a Coahuila, Quintana Roo y México, los estados que permiten el matrimonio igualitario en México.

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Un proceso que ahora sufre un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario. La tesis, por otra parte, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por si una discriminación.

Fuente El Economista y Dosmanzanas

 

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Cinco años de matrimonio igualitario en México D.F., primera jurisdicción de América Latina que lo aprobó

Martes, 10 de marzo de 2015
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1166755El jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, entregó las actas de matrimonio y cortó el pastel de bodas con las parejas.

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio igualitario, en diciembre de 2009, de la ley que hacía posible el matrimonio entre personas del mismo sexo en la capital de México. Se trataba, no lo olvidemos, de la primera ley de matrimonio igualitario de América Latina. Las primeras bodas no se celebraron sin embargo hasta marzo de 2010, una vez que la ley estuvo formalmente en vigor. Cinco años después, aquel momento histórico ha sido conmemorado por el jefe del gobierno capitalino con una boda colectiva. La conmemoración coincide además con una nueva sentencia favorable al matrimonio igualitario en uno de los pocos estados que aún no contaba con ella: Chiapas.

Son más de 5.400 parejas del mismo sexo las que han ejercido ya su derecho a contraer matrimonio en el Distrito Federal. Veintiuna de ellas lo hacían este 4 de marzo, cinco años después de la entrada en vigor de la ley que lo hace posible, en una ceremonia colectiva que tuvo lugar en presencia del jefe de gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera. “Nos da mucho gusto que sea en esta ciudad donde pueda concretarse esto que es una realidad, una ciudad que ha reconocido la necesidad de cambiar la mentalidad”, afirmaba Mancera, quien por cierto resaltó el hecho de que la tasa de divorcio entre parejas del mismo sexo sea solamente del 1%. “Las parejas precisamente que hoy están celebrando el quinto aniversario del matrimonio civil igualitario son las parejas que menos índice de divorcios tienen en nuestra ciudad”, destacó.

La capital mexicana abría hace cinco años un camino que el resto del país aún está transitando. En 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en la capital era extensiva a todo el país. Al Distrito Federal se han sumado además los estados de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer, y Coahuila, cuyo Congreso aprobaba por aplastante mayoría la segunda ley de matrimonio igualitario del país el pasado septiembre.

Pero es que además la gran mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, que por el momento solo han sido de obligada ejecución para las parejas recurrentes pero que han permitido ya a decenas de ellas casarse. Hace pocos días hacíamos una recapitulación de la situación, coincidiendo con la que hasta entonces era la última de ellas (referida al estado de México), pero este 4 de marzo se sumaba un estado más…

Chiapas: la justicia da amparo a 51 parejas del mismo sexo

Efectivamente, la justicia federal daba finalmente amparo a 51 parejas del mismo sexo del estado de Chiapas, al considerar contrarios a la Constitución mexicana tres artículos del Código Civil del estado que les impiden contraer matrimonio. La solicitud de amparo se remonta a 2013, año en que se inició el acopio de documentación. “Continuando con el criterio de la Primera Sala en el amparo 152/2013, este juzgado debe considerar que lo que procede es declarar la inconstitucionalidad de las porciones normativas de entre un hombre y una mujer contenidas en los artículos 144, 145 y 298 del Código Civil del Estado de Chiapas”, expresa el fallo. En cuanto les sea entregado por escrito el dictamen, las 51 personas firmantes del amparo y sus parejas estarán cobijadas por la ley federal para contraer matrimonio civil.

La resolución del amparo 152/2013 a la que hace alusión el tribunal no es otra que la importante sentencia emitida en abril de 2014 por la Suprema Corte de Justicia de México, que falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” era inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”.

Dos años antes, en 2012, la Suprema Corte había abierto en cualquier caso el camino judicial amparando a tres parejas, también de Oaxaca, a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación que luego se ha reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en otros estados, varios de ellos confirmados además por la Suprema Corte de Justicia. De hecho, ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

En solo unos días se han sumado también el estado de México (con una contundente sentencia de la Suprema Corte, que pone fin a un largo litigio judicial e insta al Congreso del estado a acabar con la discriminación) y ahora Chiapas. El largo camino a la igualdad, abierto hace cinco años, parece cada vez más despejado.

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Sentencias favorables al matrimonio igualitario en la mayoría de los estados de México

Jueves, 5 de marzo de 2015
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Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoAunque en los últimos meses los avances al norte del Río Grande han despertado mayor atención, lo cierto es que los Estados Unidos Mexicanos caminan a velocidad de crucero hacia el reconocimiento pleno del matrimonio igualitario. Este ya es realidad en el Distrito Federal (desde 2009) y en el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014), aprobada por sus respectivos órganos legislativos. Es más, en 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer. Pero es que además la inmensa mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, la más reciente de ellas -esta pasada semana- referida al estado de México, y que además insta al Congreso de dicho estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Sentencia tras sentencia y de forma sistemática los jueces mexicanos se han pronunciado a favor del matrimonio igualitario en la inmensa mayoría de los estados, en los que varias decenas de parejas del mismo sexo han conseguido ya ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación similar a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo matrimonio_igualitario_mexico_copyresidentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán.

Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

En todos estos estados las sentencias favorables al matrimonio igualitario han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas del mismo sexo a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Es el caso de la sentencia conocida esta semana pasada, en la que el más alto tribunal mexicano concedía amparo definitivo a cuatro parejas del Estado de México que llevan litigando desde febrero de 2013, y que además insta al Congreso del estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Este mismo lunes podría conocerse también la decisión del Tribunal Constitucional de Yucatán, estado en el que ya ha habido varias bodas entre personas del mismo sexo  -como consecuencia de los amparos judiciales referidos- pero en el que sigue vigente una reforma homófoba aprobada por el Congreso del estado en 2009 que elevaba a rango constitucional la prohibición del matrimonio igualitario.

Dicha prohibición ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional del estado, que bien podría dar un vuelco a la situación legal y ordenar al legislativo terminar con la discriminación.

homosexualesLo cierto es que la acumulación de sentencias está generando una situación cada vez más favorable al matrimonio igualitario. A diferencia de lo que sucede en Estados Unidos, por el momento estas son solo son de obligada ejecución para las parejas recurrentes, pero ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

También empiezan a conocerse sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez este un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Por último, son ya varias las iniciativas de aprobación del matrimonio igualitario en legislaturas estatales desencadenadas por la escalada judicial.

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