Corte chilena rechaza recursos de 39 apoderados del Biobío contra los derechos de los estudiantes LGBTI
La Corte de Apelaciones de Santiago sentenció que las circulares y documentos del Mineduc a favor de estudiantes lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) obedecen al interés superior del niño.
La undécima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el jueves en forma unánime dos recursos de protección presentados el pasado 13 de junio por 39 madres y padres de la Región del Biobío contra la Superintendencia de Educación, hecho que fue aplaudido por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).
Los recursos fueron presentados por los abogados Alfredo Alejandro Celis Ahumada y Jessica Concha Arias, quienes alegaron que la resolución 768 del Ministerio de Educación a favor de los niños y niñas y trans, así como el documento “Orientaciones para la inclusión de personas gay, lesbianas, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) en el sistema educativo chileno”, violentan la Constitución y el interés del niño y de la niña
En representación de padres y apoderados de las localidades de Cañete, Lebu, Arauco, Hualpén ,Coronel y Contulmo, los abogados calificaron de ilegales las políticas Mineduc en tanto, a su juicio, violentan el derecho a la libertad de conciencia de los niños, niñas y estudiantes pertenecientes al sistema educativo chileno y porque la Superintendencia de había excedido en sus facultades.
En un fallo unánime, el ministro Jorge Zepeda, el fiscal judicial Jorge Norambuena y el abogado (i) Rodrigo Rieloff, señalaron todo lo contrario y rechazaron el recurso.
Para el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) “con este fallo triunfó la igualdad y la no discriminación en el sistema educacional chileno, al tiempo que fracasó una estrategia legal de odio de un grupo de personas que manipuladas por supuestos pastores buscaban negar derechos a niños y niñas en razón de su orientación sexual o identidad de género”.
“Quizás lo más significativo es que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso en virtud del interés superior del niño. Por tanto, se validan las políticas a favor de niños y niñas LGBTI. Más aún, se exige a los opositores a este grupo humano que dejen de usar como excusa a los niños/as, e incluso a sus propios hijos, para imponer sus creencias y discursos de odio, pues eso es lo que violenta el interés superior de los niños y niñas”, apuntó Jiménez
“Esperamos que los padres, madres y apoderados de la Región del Biobío lean este fallo y no se dejan manipular por sectores que sólo promueven violencia”, finalizó el Movilh, luego de saberse que los 39 madres y padres que presentaron los recursos lo hicieron en nombre de sus hijos.
El fallo
En el fallo se enfatiza que la Superintendencia de Educación actuó, “dentro de la esfera de sus atribuciones legales” e “inspirada en una serie de principios que emanan de un concepto integral de los derechos humanos, en que los mismos no se limitan a reconocer y amparar un catálogo de derechos y garantías reconocidos constitucionalmente en forma taxativa, si no que fluyen más allá a partir de todo aquello que propenda a reconocer en su esencia las diversidades de la naturaleza humana y el debido respeto por estas”.
Más aún, redondeó la sentencia, “habiéndose establecido que existe un deber de los órganos del Estado, entre éstos, la Superintendencia de Educación, de promover y respetar los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana y que, dentro de estos derechos podemos encontrar – protegido por tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por nuestra República– la debida protección de las personas contra tratos discriminatorios basados en su orientación sexual e identidad de género, forzoso es concluir que la decisión de la autoridad recurrida en orden a dictar las instrucciones y recomendaciones” mencionadas son ilegales. Leer más…





























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