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La llamada de Jesús al seguimiento.

Sábado, 16 de octubre de 2021
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La llamada de Jesús al seguimiento convierte al discípulo en un individuo aislado. Quiéralo o no, debe decidirse, y debe decidirse solo. No se trata de una elección personal, por la que pretende convertirse en un individuo aislado; es Cristo quien transforma al que llama en individuo. Cada uno es llamado individualmente. Debe seguir individualmente. Temeroso de encontrarse solo, el hombre busca protección entre las personas y cosas que le rodean. De un solo golpe descubre todas sus responsabilidades y se aferra a ellas. Quiere tomar sus decisiones al abrigo de estas responsabilidades, no desea encontrarse solo, frente a frente con Jesús, ni quiere tener que decidirse mirándole solo a él. Pero ni el padre ni la madre, ni la mujer ni los hijos, ni el pueblo ni la historia pueden proteger en este momento al que ha sido llamado. Cristo quiere aislar al hombre, que no debe ver más que al que le ha llamado.

En la llamada de Jesús se ha consumado la ruptura con los datos naturales entre los que vive el hombre. No es el seguidor quien consuma esta ruptura, sino Jesús mismo en el momento en que llama. Cristo ha liberado al hombre de las relaciones inmediatas con el mundo, para situarlo en relación inmediata consigo mismo. Nadie puede seguir a Cristo sin reconocer y aprobar esta ruptura ya consumada. No es el capricho de una vida llevada según la propia voluntad, sino Cristo mismo quien conduce al discípulo a la ruptura. […]

Todos se lanzan aislados al seguimiento, pero nadie queda solo en el seguimiento. A quien osa convertirse en individuo, basándose en la Palabra de Jesús, se le concede la comunión de la Iglesia. Se halla en una fraternidad visible que le devuelve centuplicadamente lo que perdió. ¿Centuplicadamente? Sí, porque ahora lo tiene sólo por Jesús, todo lo tiene por el mediador, lo que significa, por otra parte, “con persecuciones”. “Centuplicadamente” “con persecuciones”, es la gracia de la comunidad que sigue a su maestro bajo la cruz. Esta es, pues, la promesa hecha a los seguidores de convertirse en miembros de la comunidad de la cruz, de ser pueblo del mediador, pueblo bajo la cruz.

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Dietrich Bonhoeffer,
El precio de la gracia. El seguimiento,
Sígueme, Salamanca 51999, pp. 57.63

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"Migajas" de espiritualidad, Espiritualidad , , , ,

Fray Marcos: Del Jesús real al Cristo imaginado (I).

Sábado, 16 de octubre de 2021
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rosto-de-jesus-na-multidaoINTRODUCCIÓN

Vamos a tomar conciencia del abismo que los seguidores de Jesús traspasaron al dar el salto de Jesús de Nazaret y a Cristo divinizado. Mi pretensión es que tomemos conciencia del hecho, no de dar una explicación convincente. El salto fue inevitable desde el momento que en la experiencia pascual vivieron un realidad de Jesús que no se puede deducir de lo que habían visto y oído de él.

Los evangelios dan por supuesto que hubo una continuidad entre Jesús y la primera comunidad de sus seguidores. Dan por sentado que el domingo de Pascua antes de amanecer se apareció Jesús a las mujeres y por la tarde se apareció a los apóstoles ya reunidos. Nada más lejos de  la realidad. Sus seguidores eran todos galileos y como nos dicen los evangelistas, todos lo abandonaron y huyeron.

Naturalmente se marcharon a Galilea. Tanto Jesús como sus seguidores eran todos galileos, habían venido a la fiesta. Si no hubiera pasado nada al día siguiente todos habían vuelto a sus casas. Los acontecimientos adelantaron la vuelta. El domingo por la mañana, aún no habían dejado de correr huyendo de la quema.

Pero si no hubo continuidad, ¿cómo se explica ese paso desconcertante? ¿Cómo pudieron pasar de la experiencia del fracaso más rotundo a verlo como triunfo absoluto? Ese paso no tiene explicación posible. Fue consecuencia de una serie de factores que concluyeron en ese convencimiento de que aquel Jesús con el que convivieron durante tres años, era mucho más de lo que habían pensado. El problema surge cuando tratan de comunicar a los demás ese “plus” que descubrieron en Jesús en la experiencia pascual.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que nunca hubiera pasado por la cabeza de un judío la idea de un hombre divinizado si no se hubieran encontrado con gran número de hombres divinizados en las culturas y religiones del entorno. Sobre todo en los grandes imperios de Mesopotamia, Egipto, Grecia y Roma, se había divinizado a cientos de personajes que se habían vistos como extraordinario. La divinización no fue un invento de los cristianos, fue una imitación de otras religiones. ¿Cómo entendieron ellos ese lenguaje que utilizaron?

¿No os parece un poco ingenuo seguir pensando que todos esos casos no son más que engaños y que solo el nuestro responde a una realidad objetiva y trascendente? La divinización de Jesús es un intento de decir de él todo lo que estaban viviendo las primeras comunidades de seguidores. Para hablar de lo que había de sobrehumano en Jesús no tuvieron más remedio que aprovechar los relatos ya disponibles y utilizar un lenguaje que pudieran entender los que no habían tenido la experiencia.

Ellos no se equivocaron al actuar de ese modo porque no tenían otra opción.  Nos equivocamos nosotros cuando hemos dado sentido real y físico a esas expresiones míticas. No hay ningún inconveniente en seguir hablando de Jesús como Señor, Mesías, Hijo de Dios, etc. con tal de que lo entendamos como apuntes que nos lanzan más allá de los sentidos y la razón pudieron descubrir en él.

El mensaje de Jesús no fue entregado en unas tablas de piedra, como los diez mandamientos. Fue un utopía irrealizable y por lo tanto, ilusionante y frustrante a la vez. A la hora de trasmitir esa propuesta no nos debe extrañar que se dieran infinidad de interpretaciones. Es más, todo lo que ha llegado a nosotros son interpretaciones y nosotros tenemos que seguir intentando nuevas interpretaciones más acordes con la persona del Jesús real.

Lo que fue Jesús es imposible meterlo en conceptos, por eso se intentó una y otra vez hablar de él por medio de metáforas, signos, mitos… Jesús fue seguramente el ser humano más extraordinario de la historia, pero la comprensión de su figura estuvo limitada por los condicionamientos de sus seguidores. Al ser todos judíos, se vieron en la necesidad de interpretarlo según su religión y su cultura.

¿Podemos conocer con certeza algo del Jesús real que anduvo por Galilea? Directamente no. No se conserva absolutamente nada de él. Tampoco escribió sobre Jesús nadie que le conociera personalmente. Los primeros escritos que han llegado a nosotros sobre él son de Pablo y fueron escritos unos veinte años después de su muerte. Pero Pablo no quiso saber nada de Jesús real, más bien presumía de no haberle conocido. Pablo empezó la cas por el tejado, predicando directamente a Cristo glorificado. Es imposible que Pablo nos lleve a descubrir el Jesús de Nazaret.

Los evangelios se escribieron medio siglos después de su muerte y son recuerdos de recuerdos de los que vivieron con él. La trasmisión oral está sujeta a limitaciones, sea por alteraciones involuntarias sea por la voluntad de cambiar lo recibido para acomodarlo a nuevas situaciones. Los evangelios sí tienen como fondo al Jesús de carne y hueso, pero tampoco se preocupan de lo que sucedió o de lo que dijo sino de cómo entendieron las primeras comunidades su mensaje.

A pesar de todo, quedan en los escritos sobre Jesús muchas huellas del Jesús real. Durante los últimos siglos se han hecho cientos de estudios muy concienzudos sobre Jesús, tratando de separar la interpretación de los seguidores de lo que pudo ser su vida real Y su mensaje. Por medio de la exégesis hemos podido adivinar no tanto lo que fue Jesús es sí cuanto lo que podemos afirmar que fue añadido de sus seguidores. Esto nos permite escapar de la trampa de creer que lo que dicen los escritos del NT es históricamente verdad.

En esta charla iremos repasando distintas oposiciones entre Jesús y Cristo. La primera opción es siempre Jesús de Nazaret, el hombre de carne y hueso que nación de unos padres en una familia; que perteneció a un pueblo concreto y a una cultura determinada; que practicó una religión estricta durante toda su vida y que finalmente quiso purificarla de todas las adherencias espurias que la habían alejado de sus orígenes. Jesús no podía pensar en una nueva religión, solo pretendió una nueva manera de vivir la relación con Dios y con los demás.

El segundo término del contraste es un mito, Cristo. Al decir mito no quiero decir mentira. Quiero decir que es una creación mental nuestra. Nos asusta esta manera de hablar porque tenemos una idea equivocada de mito. El mito es un intento de llegar más allá de las posibilidades de nuestra capacidad racional. Intenta explicar lo inexplicable, comprender lo incomprensible, verbalizar lo que está más allá de toda palabra y de todo concepto.

Lo que fue Jesús nunca podremos comprenderlo racionalmente. Cristo es el intento de ir más allá de todo lo que se puede comprender de Jesús. Al ir más allá de la realidad del Jesús terreno, trata de llevarnos hasta los límites de lo humano para adentrarnos en lo divino. No estoy criticando la mitificación de Jesús. Lo que intento es tomar conciencia de que el mito no pretende crear una nueva realidad sino descubrir en Jesús lo que había de Dios.

1.- Del judaísmo al cristianismo

Antes de tratar lo que pudo pasar entre el Jesús real y lo que dijeron de él las primeras comunidades cristianas, puede ser interesante dilucidar como era el judaísmo de su tiempo y en qué se diferencia de él el primer cristianismo. El  cambio a una nueva religión ni fue inmediato ni fue drástico. Jesús no fue cristiano sino judío y murió judío, los primeros cristianos también eran todos judíos y ni se les ocurrió pensar en otra religión. Vivieron su religión desde la perspectiva de Jesús al que vieron como el Mesías anunciado por el AT. Leer más…

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College of William & Mary dedica un edificio que lleva el nombre del historiador gay John Boswell,

Sábado, 16 de octubre de 2021
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1 YZmy4hh3-e1VZF2xKlt_NwEl College of William & Mary dedicó un edificio académico al historiador John Boswell, el erudito detrás de un libro pionero de 1980 que reveló partes de la historia católica premoderna donde había una mayor tolerancia hacia las personas LGBTQ.

Boswell era un alumno de la universidad. Katherine Rowe, presidenta de William y Mary, comentó: “John Boswell transformó el panorama intelectual para los académicos LGBTQ + y cambió profundamente nuestra comprensión de la historia LGBTQ +”.

Un libro innovador ayudó a inspirar el movimiento por la igualdad en el matrimonio

Publicado el 1 de septiembre de 2021

Por Lou Chibbaro Jr.

Funcionarios del College of William & Mary en Williamsburg, Virginia, llevaron a cabo una ceremonia el 18 de agosto. 30 dedicando uno de sus edificios académicos que renombró John E. Boswell Hall en honor al historiador gay, profesor de la Universidad de Yale y erudito y defensor ampliamente reconocido de los derechos LGBTQ.

Entre otros logros, Boswell, un alumno de William & Mary, se hizo ampliamente conocido como el autor de su histórico libro de 1980, “Cristianismo, tolerancia social y homosexualidad“. El libro citó hallazgos descubiertos por Boswell de que la Iglesia Católica antes del siglo XII mostró signos de simpatía por la homosexualidad en lugar de condenarla.

John_Boswell_Hall_dedication_ceremony_insert_coutesy_Jeff_TrammellDe izquierda a derecha, James Boswell, primo de John Boswell; Wray Boswell, su hermano; La presidenta de William & Mary, Katherine Rowe; La hermana de Boswell, Patricia Boswell; y el profesor Jay Watkins de William & Mary.

John Boswell transformó el panorama intelectual para los académicos LGBTQ + y cambió profundamente nuestra comprensión de la historia LGBTQ +”, dijo la presidenta de William & Mary, Katherine A. Rowe. “John nos da un modelo de cómo ser reflexivos, cómo pensar constantemente en el futuro, como estudiantes y maestros”, dijo Rowe.

Según el defensor de los derechos LGBTQ Jeff Trammell, ex rector de William & Mary y presidente de su Junta de Visitantes, Boswell “obtuvo su título de historia de William & Mary y salió para cambiar el mundo”.

índiceTrammell agregó: “Su investigación y sus escritos crearon la base para el matrimonio igualitario y un trato más justo para los estadounidenses LGBTQ en general. Es apropiado que la universidad pública más antigua del país rinda homenaje a este distinguido alumno y su legado “.

El abogado de derechos LGBTQ, Evan Wolfson, dijo que el libro de Boswell “Cristianismo, tolerancia social y homosexualidad ” tuvo un profundo impacto en su vida poco antes de comenzar la facultad de derecho, lo que lo llevó a dedicar gran parte de su carrera profesional como defensor de la igualdad en el matrimonio.

“Más allá de la evidencia de que el amor gay no siempre ha sido oprimido o estigmatizado, lo que la historia [de Boswell] me enseñó fue que si las cosas hubieran sido diferentes alguna vez, podríamos hacerlas diferentes nuevamente”, dijo Wolfson.

Fuente The Washington Blade

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“Si eres chica y te gustan las chicas, no pasa nada, se tú misma”. Biel, el niño cuyo mensaje se ha hecho viral en Instagram

Sábado, 16 de octubre de 2021
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biel-el-nino-y-su-emocionante-mensaje-sobre-la-homosexualidad-360x240Tenemos la suerte de escuchar a Biel. Un niño que tiene las cosas muy claras, la diversidad sexual es una realidad y no pasa nada con ella, al contrario. Intenta empoderar a gays y lesbianas con un discurso muy tierno que termina por emocionarlo a él mismo.

Un video que apareció en Instagram pero rápidamente se trasladó a otras redes sociales se ha hecho viral por su protagonista y el mensaje que ha mandado a todos. Biel, es un niño que tiene las cosas muy claras y hablando a cámara mientras su madre le graba dijo: ” Si eres una chica y te gustan las chicas, no pasa nada. Si se ríen porque eres gay no les hagas caso, se como eres siempre. Tú se tú mismo”.

Normalmente no solemos ver a niños con las ideas tan claras. Pero está claro que no es tan difícil hacerlo. No es tan difícil educar a nuestros hijos en el amor y en el respeto a la diversidad. No solo estamos creando a una persona decente, también estamos contribuyendo a hacer un mundo mejor. Porque ese niño será un adulto que va influir en otros adultos.

El colectivo LGTB+ y muchas personas que apoyan al colectivo, han celebrado como mensajes tan normales son cada vez más comunes entre los niños. Siempre se ha demostrado que los niños son respetuosos y diversos por naturaleza, y que son los adultos los que terminan educando a sus hijos en unos valores que no respetan la diversidad. Por eso momentos como estos en los que se ve como un niño tiene las ideas tan claras con respecto a la diversidad y realidad LGTB+ es un motivo de esperanza hacia un cambio generacional mucho más inclusivo y acorde a la realidad que vivimos.

 

Por supuesto, su mensaje lleno de amor se ha hecho viral. Su madre ha agradecido todos los comentarios recibidos con otro post, en el que decía:

Hola a todos !!!!!

Biel y sus Papás os damos las gracias por todos los mensajes que nos estáis mandando de felicidad, la verdad que no me esperaba tanto apoyo por vuestra parte .Nosotros estamos educando lo mejor que sabemos a nuestro hijo e inculcándole los valores necesarios para el día a día y su futuro .
Os agradecemos todas las cosas bonitas que le habéis dicho a Biel .

 

Fuente Facebook/Cromosomax/Oveja Rosa

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Detenciones arbitrarias contra comunidad LGTBI en Uganda y un proyecto de ley para endurecer la represión

Sábado, 16 de octubre de 2021
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Bandera-de-UgandaContinúa la represión policial contra la comunidad LGTBI en Uganda, aunque finalmente las sentencias liberen sin cargos a los detenidos, algunos de los cuales incluso deben ser indemnizados por conculcarse sus derechos constitucionales. En dos ocasiones, la policía detuvo a sendos grupos de jóvenes en refugios para personas LGTBI tras presentarse denuncias por llevar a cabo actos homosexuales o celebrar una «boda gay». Sin embargo, los cargos finalmente presentados en ambos casos fueron los de «propagación negligente de enfermedades» por violar la normativa impuesta en la lucha contra la COVID-19, un subterfugio con el objetivo de conseguir un castigo en los tribunales ante la falta de pruebas para los delitos que perseguían. Mientras tanto, el Parlamento aprobó en primera lectura el Proyecto de Ley de Delitos Sexuales, que agrava las penas para las personas que mantengan relaciones con personas de su mismo sexo, incluyendo a las mujeres, y establece su inclusión permanente en un registro público de delincuentes sexuales. 

Uganda-denunciantes-torturasDemandantes por torturas en prisión

La primera de las redadas se produjo en la mañana del 29 de marzo de 2020, cuando la policía entró en un albergue para jóvenes LGTBI sin hogar en Kyengera, a las afueras de la capital Kampala y detuvo a los 23 jóvenes varones allí presentes. Según denuncia el Foro por la Concienciación y la Promoción de los Derechos Humanos (HRAPF), al menos dos de ellos fueron agredidos. Tras dejar en libertad a tres de los arrestados, los restantes veinte fueron puestos a disposición judicial y enviados a prisión provisional, acusados de desobediencia y de transmisión negligente de enfermedades, en aplicación de las normas de distanciamiento social impuestas por la pandemia de COVID-19 prohíben las reuniones de más de cinco personas.

Sin embargo, la actuación policial partió de las denuncias de los vecinos del barrio, que acusaban a los jóvenes de llevar a cabo actos homosexuales, ofreciendo como prueba de su acusación el «amaneramiento anormal» de los refugiados. La policía sometió a los jóvenes detenidos al «paseo de la vergüenza», al conducirles a través del barrio, a la vista de todos, hasta la comisaría de Nkonkonjeru.

Finalmente, 19 de los detenidos fueron encarcelados, sin posibilidad de conseguir un abogado debido a las restricciones por la pandemia y, por lo tanto, sin poder solicitar la libertad bajo fianza. Así permanecieron durante 50 días, en condiciones infrahumanas. Según sus abogados, cuando finalmente pudieron visitarles en la prisión para encargarse de su defensa, entre los detenidos se dieron casos de desnutrición, disentería, malaria y tifus. Tampoco se proporcionó el tratamiento necesario a los prisioneros que conviven con el VIH, no por falta de medios, sino por el criterio de las autoridades de la prisión de no dar ningún medicamento a los prisioneros VIH positivos. Dadas estas circunstancias, algunos de los jóvenes detenidos han presentado una demanda por las torturas y el trato degradante de que fueron objeto durante su permanencia en prisión.

Uganda-detenidos-liberados-mayo-2020Liberación tras 50 días

Pasados esos 50 días, un juez dictaminó la puesta en libertad sin cargos de los 19 detenidos. Además, se estableció una indemnización para cada uno de ellos de 1341 dólares (1160 euros), por habérseles impedido su derecho a un abogado y a la solicitud de libertad bajo fianza. Según el magistrado, el derecho a un «juicio justo» no puede ser conculcado y debe garantizarse incluso en situaciones de emergencia como la pandemia de la COVID-19.

Una nueva redada en un refugio LGTBI con 42 detenidos

El 31 de mayo de este 2021 se produjo en la localidad de Nansana un hecho semejante. La policía irrumpió en el albergue para jóvenes LGTBI sin hogar Happy Family Youth Uganda Limited, alegando que estaba teniendo lugar en su interior la ceremonia de una «boda gay». Según el portavoz policial, permanecían en el local un total de 38 varones y 6 mujeres, los hombres estaban maquillados y se encontraron lo que parecían regalos y también preservativos sin usar.

Uganda-detenidos-31-mayo-2021Detenidos el 31 de mayo de 2021

Se procedió a la detención de 42 de los presentes y su traslado a la comisaría de Nansana. Según denuncia HRAPF, al menos 17 de ellos fueron sometidos allí a inspecciones anales sin su consentimiento, algo considerado como una forma de tortura.

Sin embargo, ante el tribunal los cargos presentados fueron, como en el caso anterior, por violar la normativa establecida para la lucha contra la COVID-19 en cuanto al número de personas reunidas y la falta de distancia social. En concreto, la acusación fue la de «llevar a cabo un acto negligente que pueda propagar una infección o enfermedad».

En esta ocasión, los detenidos contaron desde el primer momento con la presencia de los abogados de HRAPF, que solicitaron de inmediato la libertad bajo fianza. Al ser concedida, permanecieron en prisión tan solo unos pocos días. Según declaraciones de HRAPF, el trato por parte de las autoridades de la cárcel fue correcto, quizás por temor a una nueva demanda. Sin embargo, fueron maltratados por la policía durante su detención y también por otros prisioneros, particularmente por los que se consideran líderes.

Finalmente, el 23 de septiembre tuvo lugar la audiencia en el tribunal de Nansana, tras la que se dictó sentencia absolutoria, quedando los 42 acusados definitivamente en libertad sin cargos.

Nuevo Código Penal y registro público de condenados por homosexualidad

El pasado mes de mayo, el Parlamento de Uganda aprobó el Proyecto de Ley de Delitos Sexuales, que incluye entre los actos punibles las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo.

El Código Penal en vigor establece penas de prisión, que pueden llegar a la cadena perpetua, para aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El nuevo proyecto de ley especifica en su artículo 11 que los delitos punibles serán «la penetración del ano de otra persona con un órgano sexual o cualquier otro objeto» y «un acto sexual entre personas del mismo sexo». Esto supone la inclusión inequívoca de las mujeres dentro de este tipo de delitos y el fin de cualquier ambigüedad sobre el significado de «contra natura».

El texto aprobado también establece la creación de un registro permanente de delincuentes sexuales en el que se incluirán a todos los condenados por los delitos establecidos en el proyecto de ley. El registro será accesible para agencias de seguridad, compañías de seguros médicos, centros educativos, arrendadores, bancos y el público en general.

Yoweri-Museveni-presidente-UgandaYoweri Museveni,

Tras la aprobación por el Parlamento el proyecto de ley fue remitido al presidente Yoweri Museveni, para su promulgación. Sin embargo, en el mes de agosto Museveni decidió devolver el texto para su reconsideración. Según la vicepresidenta del Parlamento, Anita Among, el presidente había señalado que varios de los delitos incluidos en el proyecto de ley ya estaban sancionados por el Código Penal. Asimismo, Museveni apuntó que la Comisión de Reformas Legislativas había propuesto varias enmiendas al texto dirigidas a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Parlamentarios que nunca fueron consideradas.

A la agrupación de colectivos de activistas LGTBI Sexual Minorities Uganda (SMUG) le preocupa que el proyecto de ley aumente el ambiente fuertemente homófobo en la sociedad ugandesa. Según SMUG, el artículo 11 vulnera los derechos y la protección de las minorías estipulados en la Constitución de la República de Uganda.

La difícil situación de la comunidad LGTBI en Uganda

La situación de las personas LGTBI en Uganda es muy complicada. Como señalábamos anteriormente, el artículo 145 del Código Penal castiga con penas que pueden llegar hasta la cadena perpetua a aquellos que «tengan conocimiento carnal contra natura con otra persona». El mero intento de mantener relaciones homosexuales o lo que se denominan «prácticas indecentes» se castiga con hasta siete años de prisión. En 2017, el Orgullo LGTBI de Uganda tuvo que ser cancelado tras amenazar el Gobierno de este país africano con detenciones masivas. Unas amenazas que, unidas al antecedente de 2016 (cuando la policía ugandesa interrumpió la celebración y detuvo a varios activistas), llevaban a los activistas LGTBI ugandeses a dar prioridad a su seguridad.

Pero la durísima normativa no parece satisfacer a los LGTBIfobos. La presidenta del Parlamento, Rebecca Kadaga, insistía en 2016 en reintroducir un proyecto de ley que endurecía el trato penal a la homosexualidad, con la pretensión de establecer la pena de muerte en determinados casos, y a la cual ella misma llegó a llamar «un regalo de Navidad». El proyecto había sido aprobado por el Parlamento en diciembre de 2013, pero finalmente fue invalidado por el Tribunal Constitucional a causa de una falta de procedimiento: se había votado sin el quórum necesario. El nuevo Proyecto de Ley de Delitos Sexuales de 2021, pendiente de revisión por el Parlamento, trata de recuperar muchos de los aspectos del frustrado en 2016.

Lo que no dejan de sucederse son los ataques a la libertad de reunión y asociación. En 2015, de hecho, se aprobó una ley, y esa sí está en vigor, que permite al gobierno tener un control férreo sobre las ONG y asociaciones del país, pudiendo no autorizar sus actividades e incluso disolverlas si no se adecuan al «interés público» o si son «contrarias a la dignidad del pueblo de Uganda». Las asociaciones LGTBI ya avisaron de su peligro, ya que los activistas que trabajen en una organización que no cuente con el visto bueno del gobierno pueden llegar a ser encarcelados. Ello supone llevar la lucha por los derechos LGTBI a la ilegalidad.

Por fortuna, el Tribunal Constitucional de Uganda aliviaba un poco la presión a finales de 2016, al declarar contraria a derecho la normativa que impedía a determinados grupos, marcados en la ley como «inmorales o socialmente inaceptables», la posibilidad de reclamar ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades en los casos de discriminación. Entre los colectivos señalados se encontraban el de las personas LGTBI (para quienes fue diseñada especialmente la norma), los trabajadores del sexo o las personas que viven con el VIH.

Pero conviene tener en cuenta que no todo depende del marco jurídico: la sociedad civil ugandesa también es fuente de ataques homófobos. Un ejemplo es el intento de linchamiento a un grupo de hombres homosexuales o los ataques que reciben los activistas que intentan llevar adelante la lucha. En octubre del año pasado recogíamos nuevos casos de violencia social y policial espoleada por las declaraciones de un ministro que animaban a reabrir el debate sobre la pena de muerte para las relaciones entre personas del mismo sexo.

En abril del pasado año, tras huir de Uganda, un refugiado gay se ahorcaba junto a la sede de la ACNUR en Nairobi (Kenia). Otro refugiado contaba: “Cuando eres gay en Uganda, no se te considera una persona”. Quedaba demostrado que el colectivo LGTB+ en Uganda sufre un aislamiento continuo…

En 2019, el ministro de seguridad de Uganda había llamado “terroristas” a las personas LGBT+ en un visceral ataque contra un candidato presidencial y sus partidarios. Pero, en un paso màs de esta escalada homófoba, el gobierno de Uganda anuncio que las condenas con pena de muerte volverán a ser vigentes, cinco años después de que las anularan. Según fuentes, con esto quieren frenar el aumento de relaciones sexuales no naturales del país.

En agosto, una mujer LGTBI que buscó asilo en el Reino Unido y fue deportada a Uganda -donde el sexo gay es ilegal- ha contado cómo fue perseguida y violada en grupo a causa de su sexualidad. La mujer, conocida sólo como PN, regresó al Reino Unido el lunes 5 de agosto después de que el Tribunal Supremo dictaminara que la decisión de rechazar su solicitud de asilo era ilegal.

La valiente e importantísima labor del activismo LGTB de este país se veía reconocida, en todo caso, a finales de 2017, cuando el Gobierno Vasco reconocía con el Premio René Cassin 2017 el activismo LGTB de la asociación africana Sexual Minorities Uganda.

En fin, si ponemos en el buscador el nombre de Uganda… el horror es cotidiano.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Córdoba (Argentina): condenaron a un joven acusado de transmitir el VIH a su pareja

Sábado, 16 de octubre de 2021
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vih-imagenLo sentenciaron a tres años y medio de prisión efectiva por “lesiones gravísimas”. Rechazo de organizaciones especializadas en VIH-Sida.

Un joven de 22 años fue condenado ayer en Córdoba a tres años y seis meses de prisión, acusado de haber transmitido el virus de la inmunodeficiencia adquirido (VIH) a una ex pareja. El juez Enrique Buteler, de la Cámara Sexta del Crimen, basó la sentencia en la figura penal de “lesiones gravísimas”, a pesar de rechazar la imputación por “contagio de enfermedad venérea” –prevista en el artículo 18 de la ley de Profilaxis 12331– con que llegó a juicio.

La denunciante y el hoy condenado habían mantenido una relación entre 2018 y 2019. A mediados de 2018, ella quedó embarazada y los estudios prenatales detectaron que vivía con VIH, aunque luego los análisis realizados al bebé darían resultado negativo.

La fiscal Bettina Croppi del fuero de Violencia Familiar, quien tuvo a cargo la investigación y ordenó la detención del acusado, había solicitado en su alegato la pena de cuatro años y ocho meses de prisión. A su turno, la abogada defensora Susana Lucero pidió la absolución, por considerar que no se probó la transmisión del virus ni que el acusado supiera que vivía con VIH.

“No debió haber sido condenado”, manifestó la letrada a Presentes. “El supuesto contagio no se pudo comprobar. El propio perito médico especialista en infectología de Tribunales dijo que no es posible determinar quién trasmite a quién, en general y en este caso en particular”, señaló Lucero. Y explicó: “Su pareja se enteró de que era portadora de VIH el 29 de agosto de 2018 y él se hizo el análisis el 5 de septiembre, de modo que no podía saber que era portador. Esa es la única prueba fehaciente en esta causa”.

Su defendido tiene 22 años y podría recuperar la libertad en marzo o abril próximos, ya que desde septiembre de 2019 está alojado con prisión preventiva en el penal de Bouwer. Para Lucero, es “otra de las lamentables injusticias de esta causa. La prisión preventiva debe ser un recurso excepcional. Este muchacho es de condición muy humilde y mal podría entorpecer la investigación ni mucho menos fugarse. A dónde, si no tiene un peso partido por la mitad”.

Ante la consulta periodística, la fiscal Croppi se excusó de hacer declaraciones hasta que se den a conocer los fundamentos, el 28 de octubre próximo. Al iniciarse el juicio, en declaraciones a Radio Universidad y Cba 24N, manifestó que se trataba de una persona “acusada de vivir con una enfermedad venérea, como es el HIV, y haberla contagiado sabiendo que la tenía”.

Un retroceso de treinta años

Para el abogado Matías Muñoz, de la Asociación Ciclo Positivo, especializada en VIH-Sida, la sentencia “es un papelón, porque se condena por un delito de lesiones cuando al mismo tiempo se absuelve por el delito de la ley de profilaxis por insuficiencia de pruebas”.

“Qué significa esto: a una persona la absuelven de un delito por que no se pudo probar que lo cometió y sin embargo la condenan por un delito que es consecuencia del supuesto delito anterior. Ahí hay un disparate penal. Entendemos que el fallo responde a las presiones de la fiscalía y mediáticas y es un retroceso en el respeto a los derechos humanos y las garantías constitucionales”, cuestionó Muñoz.

El director del Programa Provincial de VIH/SIDA y ETS, Diosnel Bouchet, informó a Presentes que al enterarse del proceso penal se contactaron con los actores judiciales para que “pudieran tomar parte en el asunto con todos los elementos” y que aguardan una reunión con el Ministerio de Justicia para “tener más elementos y una opinión más clara” sobre la sentencia.

No obstante, manifestó: “La ley 23798 (Ley Nacional de Sida) establece que cada uno es libre de comunicar su diagnóstico a quien quiera. También se supone que la transmisión del VIH ocurre en relaciones consentidas entre adultos, donde ambas partes en ejercicio de las libertades individuales deben cuidarse. Pero parece que la condena fue por lesiones, no por la transmisión del VIH”.

“En términos generales, poner a la persona con VIH en un plano de criminal es un retroceso tremendo en la lucha por los derechos humanos, que nos retrotrae a principios de los 90. Por otro lado, el mensaje a la comunidad es que esto no genere más discriminación, fobia y enclaustramiento en relación al VIH-Sida, sino que aprovecho la oportunidad para que si alguien en la comunidad ha tenido una relación desprotegida se acerque, se testee, se asesore sobre salud sexual e inicie prácticas sexuales saludables”, añadió el funcionario.

Por su parte, Ignacio Maglio, coordinador del área de promoción de derechos de fundación Huésped y miembro del consejo directivo de la Red Bioética Unesco, manifestó: “En relación a la sentencia queremos aguardar los fundamentos para cuestionar bien. De todas maneras, la Ley de Profilaxis prácticamente quedó en desuetudo (caduca e inaplicable). Hablaba de enfermedades venéreas, una calificación biologicista y absolutamente machista, porque lo venéreo viene de la mujer, de Venus. Hoy se habla de enfermedades de transmisión sexual”.

Además, destacó que la Ley Nacional de Sida y su decreto reglamentario 1244/91 “muy sabiamente establecen que la confidencialidad, la privacidad y la protección de la intimidad de las personas con VIH son derechos esenciales que nunca deben ser puestos en duda. No hay ninguna previsión de que una persona esté obligada a revelar su estatus serológico a nadie, ni a su pareja, ni al dentista, ni a los médicos, porque las medidas de bioseguridad son universales y obligatorias”.

Un juicio gemelo

En julio de 2003, otro hombre fue condenado en Rosario a tres años de prisión en suspenso por una situación similar. El juez Ernesto Genesi consideró que al ocultar a su pareja que vivía con VIH y transmitirle el VIH incurría en el delito de “lesiones gravísimas” con “dolo eventual”, lo que suponía que el acusado había mantenido relaciones aun conociendo el riesgo que implicaba. La mujer también quedó embarazada y dio a luz un bebé, cuyos análisis dieron resultado negativo.

Fue el primer fallo que aplicó ese criterio en el país, cuestionado por especialistas y organizaciones con trabajo en VIH-Sida: se lo consideró discriminatorio hacia las personas con VIH y violatorio de su intimidad, al pretender que una persona que vive con el virus estaba obligada a comunicarlo.

Penalización: más daños que beneficios

En agosto de 2008, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA) declaró: “No hay datos que indiquen que por medio de la aplicación general de la legislación penal a la transmisión del VIH se consiga la justicia penal o se prevenga la transmisión del virus. Esta aplicación más bien corre el riesgo de socavar la salud pública y los derechos humanos”. Con ese fundamento, ONUSIDA instó a los gobiernos a “limitar la penalización a los casos de transmisión intencionada, por ej., cuando una persona conoce su estado serológico positivo con respecto al VIH, actúa con intención de transmitirlo o, efectivamente, lo transmite”. Además, recomendó adecuar la legislación penal relativa a la transmisión del VIH para que resulte “coherente con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos”.

En el caso que finalizó ayer con una condena a prisión efectiva, la instrucción se basó en una norma que data de 1936, la ley de Profilaxis de las Enfermedades Venéreas 12331, que en su artículo 18 establece: “Será reprimido con la pena establecida en el artículo 202 del Código Penal, quien, sabiéndose afectado de una enfermedad venérea transmisible, la contagia a otra persona”. “Eso es lo que todo el tiempo se quiso probar con este chico, al pretender que por ser varón la contagió y la puso en riesgo –señala la abogada Lucero–. Yo quiero desentrañar la cuestión de la responsabilidad compartida. Cada persona adulta debe hacerse cargo de su propio cuerpo, y no se puede culpar a uno porque al tener relaciones no se hayan cuidado”.

El 13 de febrero de 2012, la Declaración de Oslo sobre la Criminalización del VIH señaló en su artículo 1 que “la criminalización de la no revelación del estatus VIH, de la exposición potencial y de la transmisión no intencional está generando más daños que beneficios en términos de impacto en la salud pública y en los derechos humanos”. El punto 8 es elocuente: “Las leyes penales no cambian el comportamiento enraizado en cuestiones sociales complejas, especialmente el comportamiento basado en el deseo y que sufre el impacto del estigma asociado al VIH. Ese comportamiento se cambia asesorando y apoyando a las personas que viven con VIH con el objetivo de lograr salud, dignidad y empoderamiento”.

Fuente Agencia Presentes

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