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Denuncian en Naciones Unidas los abusos del Estado de Chile contra mujeres trans y lesbianas

viernes, 23 de febrero de 2018
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mujeres-768x383Miles, Movilh y el Sindicato Amanda Jofré denunciaron las torturas en Gendarmería contra mujeres trans y la ausencia de programas focalizados para atender a bisexuales, lesbianas o transgéneros que son víctimas de violencia.

En una comunicación conjunta con la Corporación por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Miles) y el Sindicato Trans Amanda Jofré, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció ante Naciones Unidas una serie de atropellos que en Chile padecen las mujeres lesbianas, bisexuales y trans.

La denuncia se hizo llegar al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas, el cual analizará el desempeño de Chile en la materia en el marco de su 69 período de sesiones, a desarrollarse en Suiza entre hoy  y el 9 de marzo próximo.

En su informe los organismos denunciaron los continuos abusos y torturas que padecen en manos de gendarmes las mujeres trans recluidas en diversos centros penitenciarios, así como la carencia de presupuestos, servicios o programas estatales focalizados para la promoción de los derechos humanos de ese sector social, como también de las lesbianas y bisexuales.

“La situación en Gendarmería es alarmante, en menos de dos años los tribunales han dictado nueve fallos que demuestran golpizas, insultos, negación de medicamentos y total rechazo al respeto a la identidad de género. Hemos tocado todas las puertas para revertir esta situación, pero no fuimos escuchados. De ahí que recurriéramos a la ONU”, dijo el Movilh.

A la par se reportó que “las Casas de Acogida o Centros para Las Mujeres no brindan ayuda a mujeres, trans, mientras que sus funcionarios/as no están capacitados para atender y/u orientar lesbianas o bisexuales que sufren violencia intrafamiliar o en manos de sus parejas”.

“También informamos a la ONU que Chile carece de un protocolo de atención en salud para resguardar los derechos de las mujeres, bisexuales y lesbianas que atienda a sus realidades específicas. La atención está pensada, diseñada y ejecutada sólo para mujeres heterosexuales”, redondeó el Movilh.

A la par se denunció que Chile no ha aprobado el matrimonio igualitario, ni la ley de identidad de género ni ha reformado la Ley Antidiscriminatoria 20.609, pese a ser ambas medidas compromisos internacionales.

Por último se reportó que la Ley Nº 20.480 sobre Tipificación del Delito de Femicidio no considera a las mujeres trans, y que la Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar no es clara sobre los derechos de las personas LGBTI.

Las organizaciones denunciantes esperan que en función de su denuncia, la ONU haga recomendaciones y/o exigencias a Chile para mejorar la calidad de vida de las mujeres lesbianas, bisexuales o trans.

Fuente MOVILH

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La Política de igualdad y de género del Poder Judicial de Chile incorpora a las personas LGBTI

martes, 20 de febrero de 2018
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tribunales-de-justiciaSostiene que los principios de igualdad y no discriminación abarcan a las categorías de orientación sexual e identidad de género, lo cual fue festejado por el Movilh.

La Política de Igualdad de Género y No Discriminación del Poder Judicial lanzada el pasado 2 de febrero apunta a erradicar todo tipo de abusos contra las mujeres, además de incorporar a la orientación sexual y la identidad de género como categorías protegidas, lo cual fue aplaudido por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

“Valoramos profundamente la sensibilidad del Poder Judicial en torno los derechos LGBTI y que se ha traducido en hechos concretos en los últimos años. Sostener en su nueva política que la igualdad y la no discriminación incorpora los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) es hacerse cargo de la universalidad de los derechos humanos, lo cual aplaudimos”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Anunció que, “en este mismo contexto en un nuevo estudio que lanzaremos en 2018 daremos cuenta sobre los cambios que ha experimentado el Poder Judicial en los últimos 26 años en torno a los derechos humanos LGBTI”

La nueva política del Poder Judicial

La nueva Política de Igualdad de Género y No Discriminación surgió de una investigación interna efectuada el 2015 y el 2016 y de diversos talleres donde participaron representantes del sector, lo cual fue la base para realizar un diagnóstico y propuestas tendientes a eliminar los problemas que afectan a las mujeres y a las personas LGBTI.

Ya en su introducción la Política resalta que si a las exclusiones padecidas por las mujeres, “sumamos las de aquellas personas que tienen una orientación sexual distinta a la heterosexual, que vivencian de manera interna un género distinto al sexo que les asignaron al nacer o cuya expresión de identidad es distinta a la determinada por su biología, entre otros, las manifestaciones de violencia y discriminación se multiplican”.

Redondea que aún cuando “los compromisos internacionales de Derechos Humanos firmados por nuestro país han puesto los derechos a la igualdad y no discriminación en el nivel más alto de nuestro ordenamiento jurídico, existe aún una brecha entre los derechos proclamados y su efectivo ejercicio”.

Así, y alineado con la misión, visión y ejes fundamentales del Plan Estratégico 2015-2020 del Poder Judicial, la nueva Política se plantea como fin “garantizar la igualdad de género y la no discriminación en todo el quehacer del Poder Judicial” y como propósito “promover la incorporación de la igualdad de género y la no discriminación en la atención de usuarios y usuarias y en el ejercicio de la labor jurisdiccional, con miras a garantizar un efectivo acceso a la justicia a toda la población, así como el establecimiento de relaciones igualitarias entre quienes integran este Poder del Estado”.

“Materializar las obligaciones y estándares internacionales de derechos humanos en materia de igualdad, no discriminación y acceso a la justicia, supone una transformación cultural que lleva a eliminar los estereotipos que encasillan a las personas de acuerdo a su sexo biológico en roles, comportamientos, atributos y actividades, los que pueden obstaculizar su participación en todas las esferas de la vida social, política, económica y cultural y el ejercicio de sus derechos fundamentales en condiciones desigualdad”, sostiene la Política.

En tal sentido, la Política “se hace cargo y reconoce, además, que la convergencia o superposición del género con otras múltiples formas de discriminación, como pueden ser la edad, la discapacidad, la raza, el origen étnico, la clase social, la orientación sexual, la identidad de género, la religión, la condición de migrantes, entre otros factores, aumenta el riesgo de que algunas personas sean víctimas de discriminación compuesta, lo que obliga al Estado y, en este caso, al sistema de administración de justicia, a adoptar todas las medidas de protección que sean necesarias para evitar violaciones de sus derechos humanos en base a esta combinación de uno o más factores con su sexo”.

Para su quehacer, la Política considera como principios fundamentales la igualdad, la no discriminación de género, el enfoque de género con acceso a la justicia, la no violencia de género y la participación e inclusión.

“El Principio de Igualdad refiere al goce y ejercicio efectivo de los derechos humanos de las personas, independiente de su sexo, género identidad de género y/u orientación sexual, y el acceso a los bienes y servicios indispensables para el diseño y ejecución de su proyecto de vida, incluyendo aquellos de carácter judicial. Este principio reconoce la importancia de la adopción de aquellas medidas que resulten apropiadas para garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones a todas las personas”, sostiene la política.

Además, “para los efectos de la presente Política, el Principio de No Discriminación de Género refiere a la prohibición de toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, género, identidad de género y/u orientación sexual, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil de las personas independientemente de su estado civil o cualquiera otra condición”.

Como ejes estratégicos se incorporan, por último, actividades para la no discriminación, el enfoque de género, la no violencia y el desarrollo de capacitaciones.

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El Gobierno chileno compromete nuevas gestiones por el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género antes del 11 de marzo

martes, 13 de febrero de 2018
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omar-jara-768x513Se busca votar antes del término de Gobierno la idea de legislar el matrimonio y que la identidad de género llegue a Comisión Mixta, en el marco del Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que el Estado firmó ante la CIDH.

El vocero (s) del Gobierno, Omar Jara, abordó ayer con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) los compromisos del Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que el Estado firmó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Con la sola presentación del proyecto de ley de matrimonio igualitario el Estado solo cumple a medias el ASA, pues deben agilizarse su trámite legislativo. En ese sentido, el Gobierno comprometió que hará las gestiones para que la Comisión de Constitución del Senado vote la idea de legislar en marzo próximo, antes del cambio de gobierno”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez

Añadió que en relación a la ley de identidad de género “el compromiso en el ASA es darle tramitación legislativa continua. Por tanto, el proceso continuará en marzo, cuando el Ejecutivo gestionará que el proyecto sea votado en Sala del Senado y luego pase a comisión mixta”.

La reunión tuvo lugar luego de que medios difundieron que a juicio del Ejecutivo sus compromisos en torno al matrimonio igualitario estaban resueltos con la sola presentación del proyecto de ley, a lo cual el Movilh reaccionó precisando que “lo firmado por el Estado ante la CIDH es que hará todas las gestiones necesarias para la aprobación de la norma y, por tanto, el proceso y el compromiso no se acaba hasta que se transforme en ley. Lo mismo ocurre en en el caso de la ley de identidad de género. Por tanto, este proceso va incluso más allá del gobierno actual”.

El Movilh apuntó que en marzo “enviaremos nuestro informe a la CIDH sobre los grados de cumplimiento del ASA, cuyo evaluación final sobre la actual administración estatal dependerá que las regiones que realice el Ejecutivo hasta el día 11 de ese mes y, por cierto, de los resultados de las medidas.

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INDH condena insultos homofóbicos contra dirigentes del Movilh

martes, 13 de febrero de 2018
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indhInsultos fueron propinados por una representante de la Codepu.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) condenó hoy los insultos homofóbicos que una representante de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo, Codepu, lanzó en una reunión contra dirigentes del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

En una carta dirigida al presidente del Movilh, Ramón Gómez, la directora del INDH, Consuelo Contreras, enfatizó que “repudiamos y condenamos cualquier forma de agresión en todos sus tipos y manifestaciones, especialmente las que sufrieron los señores Rolando Jiménez y Diego Ríos del Movilh por dichos homofóbicos el pasado 29 de enero en el Hotel Gran Palace”.

En relación a la propuesta del Movimiento LGBTI de generar un protocolo contra la homofobia o la transfobia, Contreras añadió que “agradecemos como INDH y tomamos en consideración la idea de Movilh para trabajar en la elaboración de una manual y protocolo cuya finalidad sea erradicar cualquier forma de violencia en toda su expresión que empañe la sana convivencia que como agrupaciones, organizaciones y corporaciones de derechos humanos tenemos el deber moral de dar el ejemplo”.

La reacción, que tuvo lugar luego de que Movilh solicitara un pronunciamiento, fue valorada por Gómez, “en tanto da la relevancia que amerita a un hecho tan grave como es que personas que se dicen defensoras de los derechos humanos desacrediten o insulten a otras en razón de su orientación sexual”. “Exigimos a la Codepu que esté a la altura de las circunstancias y sancione a la responsable de estos abusos, en vez de silenciarlos o ser cómplice de los mismos”, finalizó Gómez.

El pasado 29 de enero una representante de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo señaló en referencia a los dirigentes del Movilh, Rolando Jiménez y Diego Ríos, que “con estos maricones no se puede”, en el marco de una discusión por la destitución del abogado Branislav Marelic como director del INDH.

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Chile: Presentan inédita demanda contra la Catedral Evangélica y un pastor por homofobia

lunes, 12 de febrero de 2018
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59b9411bcd49b0575c5a6280Luego de que a colectividad religiosa acusara al Movilh promover la pedofilia y la prostitución infantil.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) presentó una inédita demanda contra la Catedral Evangélica y el director de Comunicaciones del Concilio Nacional de Iglesias Evangélicas, Cristián Nieto, por afirmar que dicha organización LGBTI promueve la pedofilia y la prostitución infantil.

La demanda por indemnización de perjuicios fue presentada en el 25 Juzgado Civil de Santiago, donde el Movilh alegó que los dichos de Nieto difundidos por la Catedral Evangélica en sus redes sociales constituyen una injuria motivada por homofobia, lo cual daña a la organización.

En un discurso dado en la Catedral Evangélica, Nieto sostuvo que el “Movilh está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida. Ustedes se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón a cambio de mantener esa relación sexual con ese adúltero (sic), o ese pecador? ¿Comprándose a ese niño?”.

En su demanda el Movilh sostuvo que tal injuria provoca daño moral, además de incitar al odio y la discriminación, lo cual violenta diversos artículos del Código Civil, de la Ley Antidiscriminatoria y de tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile.

“Esperamos que se haga justicia y que los tribunales fallen a nuestro favor sancionando a la Iglesia y al Pastor y exigiéndoles que eviten incurrir nuevamente en estos discursos de odio. Ya es habitual que en este país personas u grupos supuestamente amparados en una religión acusen a activistas o movimientos LGBTI de abusar de niños. Esta situación es intolerable y debe erradicarse de raíz”, sostuvo el Movilh

“Antes no recurrimos como Movilh a Tribunales, pues no nos habían injuriado directamente, a diferencia del Pastor Nieto que acusa explícitamente a nuestra organización con el respaldo de la Catedral. Los hechos son claros y esperamos justicia”, finalizó la organización.

Fuente MOVILH

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Corrigen al Gobierno: “el compromiso del Estado ante la CIDH es presentar e impulsar la ley de matrimonio igualitario”

lunes, 12 de febrero de 2018
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matrimonioigualitario-768x432Este luego de que el vocero subrogante, Omar Jara, dijera que el compromiso era solo presentar la iniciativa al Congreso. El Movilh lamentó  la “falta de voluntad política del Comisión de Constitución del Senado y las imprecisiones del Ejecutivo sobre sus compromisos en torno al matrimonio igualitario”.

Con sorpresa y molestia reaccionó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, (Movilh) luego de que el vocero (s) de Gobierno, Omar Jara, sostuviera que el Ejecutivo cumplió con sus compromisos sobre al matrimonio igualitario al enviar el proyecto al Congreso Nacional “El proceso de participación de la sociedad civil (en la etapa pre-legislativa) y el ingreso del proyecto fue lo que hizo el Gobierno de la presidenta Bachelet, porque ese, insisto, era el compromiso que había asumido el Gobierno” dijo Jara.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, señaló que “lamentamos profundamente que el señor Jara no leyese el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que el Estado firmó con nuestra organización ante al Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD), pues el compromiso asumido en mucho mayor que la presentación del proyecto de ley”.

Añadió que “en el ASA el Estado reconoce que la prohibición del matrimonio igualitario violenta los derechos humanos. En ese sentido, junto a la presentación de la iniciativa, el Gobierno se comprometió a impulsar, dentro de sus competencias, el debate legislativo. Por tanto, mientras no se cumpla ese impulso, el compromiso está cumplido a medias. Aquí el mínimo para esta etapa era que se votara la idea de legislar”.

En tal contexto, el Movilh acusó a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado de “total falta de voluntad política para legislar sobre la materia. Las comisiones también tienen poder para decidir qué poner o no en tabla y los esfuerzos que hicieron desde ingresado el proyecto de ley son nulos”.

“Aquí llamamos al Ejecutivo, al futuro Gobierno y al Congreso Nacional a cumplir con los compromisos internacionales del Estado y, muy particularmente, a avanzar con celeridad. Si se reconoce en el ASA que prohibir el matrimonio igualitario es una violación a los derechos humanos, lo lógico es actuar en consecuencia”, finalizó Jiménez.

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Chile: Carabineros son capacitados en derechos humanos de las personas LGBTI

miércoles, 7 de febrero de 2018
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carabinerosEn otro ángulo, la Universidad Pedro de Valdivia organizó un foro sobre la ley de Identidad de Género.

Funcionarios de carabineros de la comuna de Quinta Normal fueron capacitados por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en derechos humanos de las personas lesbianas, gays bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) con el objetivo de promover la no discriminación en los procedimientos policiales.

La charla fue dictada por el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, a los funcionarios de la Subcomisaría Carrascal, donde se abordaron temáticas como la identidad de género, la expresión de género, la orientación sexual y las conductas sexuales.

También fueron tratados los avances jurídicos y legislativos y las nuevas políticas públicas que hacen referencia a la identidad de género.

En otro ángulo, el Movilh participó de la charla “Ley de identidad de género, análisis de la situación actual y perspectiva a futuro”, organizada el pasado 24 de enero por la Universidad Pedro de Valdivia.

En la ocasión, el vocero del Movilh, Oscar Rementería, compartió el panel con la decana Carmen Parra Mundaca, ahondándose en los contenidos del proyectos de ley así como el debate que ha generado en el espacio público.

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Exigen al INDH protocolo contra la homofobia y la transfobia

miércoles, 7 de febrero de 2018
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indhLuego de que activistas del Movilh  fueran tratados de “maricones” en una reunión convocada por el INDH.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), solicitó hoy a la directora del Instituto Nacional Derechos Humanos (INDH) medidas para prevenir y erradicar de la homofobia de las reuniones a la cual convoca la entidad.

Esto, luego de el pasado 29 de enero una representante de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo, Codepu, señalara en referencia a los dirigentes del Movilh, Rolando Jiménez y Diego Ríos, que “con estos maricones no se puede”.

Los hechos ocurrieron en una reunión convocada en el Hotel Gran Palace por la directora del INDH, Consuelo Contreras, con el fin de abordar la destitución como cabeza de la entidad del abogado Branislav Marelic.

“Es alarmante que un espacio convocado por el INDH sea escenario de insultos, más aún cuando las ofensas tienen una connotación homofóbica. Es un deber ético y legal del INDH garantizar que los espacios a los cuales cita estén libres de cualquier tipo de violencia”, sostuvo el presidente del Movilh, Ramón Gómez.

En carta dirigida a Contreras, el Movilh expresó que “doble es nuestro malestar pues al denunciar en la misma reunión estos hechos el señor Jiménez, usted no tomó postura al respecto, ni tampoco llamó a erradicar este tipo de agresiones, lo cual es preocupante”. “Ningún conflicto, debate, discusión o diferencia, cualquiera sea la naturaleza de ésta, justifica recurrir a ofensas, menos a calificativos abiertamente homofóbicos que dañan la dignidad de las personas en razón de su orientación sexual”, añadió.

En ese sentido, el Movilh pidió a la directora del INDH “una condena clara y por escrito a este abuso” y “la generación de una circular, protocolo o carta donde se establezca que la discriminación no será tolerada en ningún espacio convocado por el INDH, haciendo clara referencia a todas las categorías protegidas por la Ley Zamudio”

También el Movilh pidió a Contreras “que nos haga llegar en breve el nombre de la representante de Codepu responsable de este discurso de odio, para enviar nuestro reclamo formal a tal institución”, y que entregue el “acta completa de la reunión del 29 de enero, y en caso de existir, el audio con la grabación de esa cita”.

Con tales antecedentes en mano, el Movilh evaluará que otro tipo de acciones tomar.

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Chile: Presentan recurso contra Gendarmería por nuevos abusos contra internos LGBTI

martes, 6 de febrero de 2018
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075Los obligan a desnudarse y a ejecutar sentadillas, además de ofenderlos en razón de su identidad y orientación sexual. En un poco más de un año tribunales han dictado 8 fallos contra Gendarmería por torturas, discriminación y abusos a internos LGBTI.

Un nuevo caso de discriminación y abusos por parte de Gendarmería de Chile ha quedado al descubierto luego de que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentara un recurso a favor de una interna trans y su pareja, ambos recluidos en el Centro Penitenciario de La Serena, denunció hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Los hechos afectaron a la interna trans P.M.O.L y a su pareja, B.E.C.A, quienes el pasado 26 de diciembre fueron insultados por 7 gendarmes, entre esos los identificados como “Mayor Navarrete” y “Mayor Bandera”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “sin razón alguna el Mayor Navarrete obligó a P.M.O.L a desnudarse y A efectuar sentadillas, pese a que la Corte Suprema ha sido clara en indicar que estos actos son ilegales y que las internas trans merecen ser tratadas como mujeres, debiendo sólo ser desnudadas por personal femenino y en casos muy excepcionales de seguridad”

Junto a ello, el gendarme indicó a P.M.L.O que era un “caballo culiao. Sácate la ropa no ma. Al final igual eres hombre y nosotros mandamos acá”.

Cuando B.E.C.A indicó al gendarme que estaba cometiendo una ilegalidad, los abusos siguieron, pues también lo obligaron a desnudarse y a efectuar sentadillas, además de amenazarlo. “Mira hijo de perra yo tengo perros matones arriba (otros módulos). Te voy a mandar a detonar”, dijo el gendarme.

En el recurso de amparo contra el director Regional de Gendarmería, Víctor Vera Bustos, se alegó que los abusos descritos violentan la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Chile, en particular porque privan del derecho a la libertad personal, la seguridad individual y la integridad psicológica.

Por estos y otros hechos el Movilh se reunió ayer con el subdirector nacional técnico de Gendarmería Alejandro Arévalo, a quien “le expresamos nuestro malestar y preocupación por los abusos. Lamentablemente esta institución no garantiza derechos humanos básicos, ha sido responsable de torturas, discriminación y tratos crueles. Esperamos que esta vez tengan la decencia de dar de baja a los responsables”, dijo Jiménez.

Por último el dirigente del Movilh recordó que en un poco más de un año ha habido 8 fallos de tribunales, entre esos dos de la Corte Suprema, que han confirmado brutales abusos contra los internos LGBTI y han acogido los recursos de amparo, además de obligar a Gendarmería a implementar medidas que “todo indica la institución no está cumpliendo, pues no respeta la identidad de género, ni la orientación sexual de las personas, siendo sus actos permanentemente ilegales”.

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Chile: Manifiesto por un Derecha liberal afirma que las democracias avanzan al matrimonio igualitario

viernes, 2 de febrero de 2018
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obtieneimagenLa iniciativa es impulsada por la diputada Marcela Sabat para promover corrientes más liberales al interior de RN. Cuatro parlamentarios electos han adherido hasta ahora. El Movilh valoró la iniciativa.

La diputada Marcela Sabat lanzó una manifiesto para promover una derecha más liberal al interior de Renovación Nacional, contando hasta ahora con la adhesión de los parlamentarios electos Sebastián Torrealba, Andrés Longton, José Miguel Castro y Aracely Leuquén, informó hoy La Tercera.

El texto, denominado “Hacia una centroderecha liberal y solidaria”, destaca por abordar temas como la diversidad familiar, la laicidad y el matrimonio igualitario.

“Los invitamos a reflexionar en la necesidad de promover un concepto de familia (e instituciones ad hoc) mucho más amplio, tolerante e inclusivo. Todas las centroderechas en democracias avanzadas han dado pasos importantes en asuntos como el matrimonio igualitario”, indica el manifiesto.

Añade que “si no modernizamos y adecuamos nuestro ideario y plataforma política, podemos perder la adhesión de chilenos moderados con ideas de centro manifestada en la segunda vuelta presidencial”“La sociedad chilena ha demostrado un nivel de madurez que hace inviable la imposición ‘desde arriba’ de fundamentalismos ideológicos de cualquier orientación”, apunta el manifiesto.

Quienes “adherimos a este documento somos parte de una nueva generación en la centroderecha. Con humildad, queremos invitar a nuestro sector a iniciar un diálogo respetuoso, pero al mismo tiempo franco. Una conversación amplia desde la centroderecha que nos ayude a repensar nuestro proyecto político para ofrecerles a los chilenos un horizonte o imaginario compartido basado en principios y líneas de acción que representen el Chile del mañana en donde todos sientan que tienen cabida”, señala.

Por su lado el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) dio hoy “la más grata bienvenida” al manifiesto. “Promover el debate sobre la laicidad, la diversidad familiar y el matrimonio igualitario, entre otros temas expuestos en el manifiesto, es un aporte para ampliar miradas, enriquecer visiones y por cierto ir avanzando hacia una comprensión más integral de los derechos humanos y de los sectores históricamente discriminados, por lo cual aplaudimos esta iniciativa”, dijo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez. “Deseamos lo mejor a esta propuesta y esperamos que se sumen muchos parlamentarios de RN a la misma. Por sobre todo, esperamos que estos esfuerzos luego tengan traducción concreta y lógica en el Congreso Nacional”, finalizó el Movilh.

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El Hospital chileno Sótero del Río lanza programa sobre identidad de género

viernes, 2 de febrero de 2018
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maxresdefaultLa iniciativa brinda atención especializada a personas trans y tiene entre sus desafíos efectuar cirugías de reasignación corporal en el transcurso del 2018.

El Hospital Sotero del Río, que dirige el doctor Claudio Farah Meza, lanzó ayer un Programa de Identidad de Género para brindar atención especializada a personas trans, siendo la medida festejada por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

En una ceremonia efectuada en el auditorio Salvador Díaz del hospital, y que contó con la asistencia del director de Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, Antonio Infante, se precisó que el programa se viene gestando desde junio del 2017, logrando atender a la fecha unas 65 personas, 12 de la cuales son menores de 18 años. El promedio etario es de 25 años.

A la fecha, el Hospital ha brindado acompañamiento a las personas trans y las ha derivado a lugares donde pueden recibir mayor información, obteniendo además financiamiento para los procesos de hormonización

Para el 2018 el recinto aspira a cumplir con todas las exigencia de las circulares del Minsal sobre atención a personas trans, efectuar talleres para los/as usuarios/as, capacitar a funcionarios/as e incorporar la prestaciones quirúrgicas.

“Damos la bienvenida a este importante plan que viene a resolver una demanda muy sentida por la población trans, en tanto influye directamente en su calidad de vida. Felicitamos a todos quienes hicieron posible iniciar este hermoso proceso de respeto a los derechos humanos”, indicó el Movilh.

Junto a Farah Meza e Infante intervinieron ayer durante el lanzamiento la matrona Cynthia Aránguiz, la trabajadora social Laura Toledo y la doctora Constanza Bartolucci, quienes junto a la psicóloga Janet Noseda contribuyeron a implementar al programa

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Ex vocalista de t.A.T.u, Lena Katina, es distinguida por su aporte a los derechos LGBTI

lunes, 29 de enero de 2018
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lena-768x576El Movilh la destacó por promover la igualdad en condiciones adversas, en clara referencia a la homofobia estatal de Rusia.

La cantante y ex vocalista del dúo ruso t.A.T.u, Lena Katina, fue distinguida ayer por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) por su aporte a la igualdad de derechos para las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI).

La artista, quien esta noche se presentará en Bal Le Duc, fue premiada “por enviar mensajes de aliento y apoyo a las personas LGBTI en condiciones tan adversas como lo es Rusia, cuyo Estado es abiertamente homofóbico y prohíbe en varias localidades cualquier expresión favorable a la diversidad sexual y de género”, sostuvo el dirigente del Movilh, Diego Ríos.

En una reunión de 40 minutos sostenida ayer la artista se mostró feliz con el reconocimiento y dijo tener la intención de seguir colaborando con la causa LGBTI.

bernardita-300x300lenamovilh-300x225La cita contó con la participación del fans club de Katina, instancia que en Chile encabeza la joven Bernardita Recabarren.

Conviene precisar que en junio del 2013 la artista envió desde Rusia un mensaje de apoyo al Movilh, lo cual fue un gran acto de valentía.

Esto, porque en ese mismo mes la Duma Rusa había aprobado por 436 votos (en una cámara de 450 diputados)  una polémica ley que impide las marchas del Orgullo, así como entregar y difundir cualquier mensaje positivo sobre la homosexualidad o la transexualidad durante un plazo de 100 años, hecho que ha dado la vuelta al mundo.

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Chile: Cámara de Diputados aprueba por amplia mayoría la Ley de Identidad de Género

jueves, 25 de enero de 2018
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camara-diputados-768x432En el caso de los mayores de edad se mejoró el proceso para cambiar el nombre y sexo legal. Los niños, niñas y adolescentes si bien fueron incorporados en la norma, por falta de quórum no se reguló el mecanismo para la rectificación de su partida de nacimiento.

La Cámara de Diputados aprobó hoy en general por 68 votos a favor y 35 en contra el Proyecto de Ley de Identidad de Género, despachándolo al Senado para su tercer trámite constitucional, avance que fue valorado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), aún cuando calificó a la jornada como “agridulce y contradictoria para los derechos de niños, niñas y adolescentes”.

En efecto, a durante la votación en particular se rechazó por 68 votos contra 28 y 7 abstenciones un artículo que sólo permitía el cambio de nombre y sexo legal a los mayores de 18 años, incorporándose así a niños, niñas y adolescentes.

leydegeneromovilh-300x225Sin embargo, y por falta de quórum, también fue rechazado el artículo que define los pasos que deben seguir los menores de 18 años para rectificar su partida de nacimiento.

En otras palabras, los niños, niñas y adolescentes fueron incorporados en la ley, pero, en el peor de los escenarios, quedaron en tierra de nadie. O, si se quiere ver desde una mirada optimista, pasaron a ser regulados de la misma manera que los mayores de 18 años, es decir, permitiéndoles cambiar su nombre y sexo legal con un trámite simple en el Registro Civil y con su sola voluntad. Tal ambigüedad, que vuelve agridulce la jornada de hoy, deberá resolverla una Comisión Mixta.

Como indicó la vocera de Gobierno, Paula Narváez, “es posible interpretar que tal como quedo aprobado el proyecto de ley, toda persona independiente de su edad puede acceder a un procedimiento administrativo para el cambio de sexo registral (…) hoy no vamos a dar juicio taxativo porque sigue en proceso, en el trámite que siguen los señores parlamentarios observarán que pueden considerarse ciertas diferencias entre artículos que lleven a interpretaciones distintas y por eso entiendo que haya confusión en esto”.

Con todo, el Movilh resaltó que “hoy avanzamos un poco más en dignidad y se acerca la plena igualdad de derechos para el sector social más discriminado de la diversidad sexual y de género, como es la población trans”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, añadió que “este es un día especial y lo dedicamos a todas las personas trans que han sido atropelladas en sus familias, discriminadas en sus escuelas; vulneradas en sus trabajos y hasta agredidas y asesinadas en la vía pública. A estas víctimas del odio recordamos hoy y a las sobrevivientes les decimos que vendrán tiempos mejores”. “Reconocer la identidad de género, es reconocer derecho a una familia, al trabajo, a la educación, a salud, a una mejor calidad de vida”, apuntó Jiménez.

El Movilh calificó además “al 23 de enero como un día especial para la diversidad sexual y de género: se cumplen 3 años del fallecimiento de Pedro Lemebel, “Una Mujer Fantástica” es nominada a los Premios Oscar como mejor película extranjera y dimos un nuevo paso a favor de los derechos trans”.

El proyecto de ley

votacion-1(Pincha en la fotografía para ampliar)

La iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados afirma que el “derecho a la identidad de género consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, de solicitar la rectificación de éstos (…) Se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento”.

Luego se establece que la “expresión de género”, el “libre desarrollo de la persona”, y el “ser reconocida e identificada conforme a su identidad” son “garantías” de la ley, al igual que la prohibición de exigir readecuaciones corporales para el ejercicio de algún derecho.

Al mismo tiempo se definen como principios del derecho a la identidad de género a “la no patologización”, a la “no discriminación arbitraria”, a la “confidencialidad”, a la “dignidad en el trato”, al “interés superior del niño” y a la “autonomía progresiva”.

Junto con prohibirse toda discriminación basada en la identidad de género o la expresión de género, así como la negación en el acceso a la salud, se modifica la Ley Zamudio. Esto, para agregar a la “expresión de género” como nueva categoría protegida de tal norma.

En el marco de ello, las personas mayores de 18 años sin vínculo matrimonial podrán solicitar su cambio de nombre y sexo legal una sola vez en cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual deberá resolver siempre a favor en un plazo de 45 días. Los casados y casadas podrán efectuar el trámite en tribunales de familia

Los menores de 18 años, en cambio, si bien quedaron incorporados, no se sabe a que proceso deberán acogerse para rectificar su partida de nacimiento, pues el artículo que regulaba ello fue rechazado.

Diputado Mirosevic          

vlado_mirosevic-300x169La aprobación del proyecto de ley estuvo cruzada esta jornada por expresiones de odio de grupos evangélicos que junto con interrumpir con gritos en reiteradas ocasiones la sesión, se manifestaron afuera y al interior del Congreso Nacional con varios carteles donde acusaban que la identidad de de género era una ideología y que el proyecto de ley vulnera el derecho de los padres o madres a educar a sus hijos e hijas.

Tantos fueron los disturbios provocados en Sala, que debieron ser desalojados.

Por otro lado, y en plena sesión, el diputado Vlado Mirosevic tuvo la gentileza y generosidad de ceder su espacio y del Partido Liberal para leer el siguiente discurso del Movilh:

“Una década exacta ha pasado desde la presentación en este Congreso Nacional del primer proyecto de Ley de Identidad de Género, una iniciativa a la que siguieron otras con un objetivo compartido: mejorar la calidad de la vida de un sector históricamente incomprendido y discriminado.

Estamos en presencia de un debate maduro, de largo aliento, donde el Poder Judicial ha ido experimentando elogiables transformaciones, pues acepta el cambio de nombre y sexo legal de los mayores de 18 años y permite incluso que niños, niñas y adolescentes también accedan a este derecho con exigencias similares a las del proyecto que hoy se discute. El resultado salta a la vista: en 2006 sólo siete personas modificaron su nombre y sexo legal, mientras que en 2017 más de 65 lo hicieron.

Pese a todo, los jueces y juezas son consciente de que este proceso es engorroso y por ello respaldan que mayores de 18 años lo efectúen en el Registro Civil y los niños, niñas y adolescentes en tribunales de familia.                                                                               

En tanto, el Gobierno de la presidenta Bachelet junto con impulsar el proyecto que hoy se discute, lo ha cambiado y mejorado radicalmente a través de indicaciones pues en su versión original mantenía judicializado el trámite para todos los casos, sin cambios de relevancia a la situación actual.

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara ha hecho lo suyo, pues a través de sus parlamentarios y de otros diputados mejoró en otros muchos aspectos la iniciativa, desarrollando en poco tiempo una gran labor.

Es tiempo ahora de que la Sala de la Cámara de Diputados abra la puerta a la dignidad y derechos de las personas trans.

Estimados diputados y diputadas, las lesbianas, gays y bisexuales, y muchos otros sectores discriminados, vivimos en un paraíso si nos comparamos con la población trans.

Negar u obstaculizar el derecho a ser identificados como somos o nos sentimos es una violación a los derechos humanos y así lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para la cual es especialmente deleznable esta situación cuando afecta a niños y niñas trans, quienes experimentan un círculo vicioso de exclusiones y discriminación que provoca traumas y los marca para toda la vida.

Que te llamen y traten con un nombre y sexo que no identifica es lo que provoca disforia. La disforia no es sinónimo de transexualidad. La disforia es un verdadero trastorno sociocultural del cual la sociedad debe curarse. Ello pasa por educarse, derribar mitos y prejuicios y por empatizar, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de todas las personas.

Una niñez feliz es un futuro prometedor. Los invitamos a regalar esta posibilidad a través del poder que les otorga su cargo de elección popular.

Movimiento de Integración y Liberación Homosexual, (Movilh)”

Fuente MOVILH

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Chile: La Moneda abre nuevo sumario por escandaloso caso de homofobia en sus dependencias

lunes, 22 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Chile: La Moneda abre nuevo sumario por escandaloso caso de homofobia en sus dependencias

amenaza1-768x403Un trabajador encontró en su escritorio una hoja clavada con un cuchillo, mientras en otra oportunidad le dejaron papeles con excrementos en sus mochila.

El Ministro Secretario General de la Presidencia, Gabriel de la Fuente, informó al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) que se abrió un nuevo sumario para dar con los responsables de los brutales ataques homofóbicos padecidos en La Moneda por el trabajador José Miguel Lucero, hecho denunciado ayer por El Mostrador.

“Junto con repudiar los hechos y solidarizar con el trabajador, De la Fuente nos indicó además que los antecedes del caso ya están en manos de la Policía de Investigaciones y que están a la espera de un fiscal”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Ayer el Movilh se contactó con De la Fuente y envío una carta a la presidenta Michelle Bachelet, donde pidió reabrir un nuevo sumario, luego que el primero no arrojará resultados, además de solicitar que las personas a quienes Lucero identifica como responsables, y que trabajan con La Moneda, no tuviesen contacto alguno con la víctima.

“Sobre este punto el ministro nos señaló que también se adoptaron medidas. A la par, ayer hablamos con el trabajador afectado a quien le expresamos toda nuestra solidaridad. Nos parece muy lamentable que un primer sumario, como él nos cuenta, quedará en nada, porque se trata de hechos escandalosos y gravísimos. Esperamos que la situación se corrija ahora”, finalizó Jiménez.

Este martes se conoció públicamente por El Mostrador que el Gestor de facturas de la Unidad de Compras del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, José Miguel Lucero, viene padeciendo desde el 2016 abusos anónimos en razón de su orientación sexual.

Al afectado tiene identificado al menos a unos de los responsables y, pese a ello, siguió trabajando en espacios donde se veían la cara todos los días, incrementando la vulnerabilidad y sensación de impunidad en la víctima.

Fue el 26 de febrero 2016 cuando Lucero inició su trabajo como gestor de facturas en La Moneda y pocos meses después comenzaron los acosos

En mayo un dirigente de la Asociación de Funcionarios, identificado como Manuel O. le tiraba papeles sobre el escritorio, le pegaba portazos y le decía que no hacía bien su pega, denunció el afectado. Otro día le dejaron papeles higiénicos con excremento en su mochila.

En una nueva oportunidad recibió una carta donde se indicaba que “esta es la última advertencia, no habrá otra carta (SIC). Ándate de la Segpres o te vamos a matar, conocemos todo sobre ti, te queremos muerto, con nosotros no se juega maricón reculiao, donde te pillemos te matamos reconcha de tu madre, te queremos bien muerto y lejos de aquí, eres una mierda de persona (Sic)”.

El 28 de noviembre del 2017 recibió la amenaza más grave. Encontró en su escritorio, un papel clavado con un chuchillo donde se indicaba “Muerte al fleto Lucero”.

El Ministerio Secretaría General de la Presidencia tomó conocimientos de los abusos a comienzos del 2016 y tras un sumario no hubo responsable, ni tampoco, según el denunciante, fue citado para dar su opinión en el marco de estas investigaciones.

Tras los abusos del 2017, la cartera entregó los datos a la PDI y al Ministerio Público, pero sin abrir un nuevo nuevo sumario, mientras que este año el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) envió un oficio al Gobierno solicitando antecedentes.

En tanto ayer el Movilh sostuvo que “frente a hechos de esta naturaleza, y al margen de cual sea el resultado de todo sumario o investigación, lo que corresponde es resguardar la integridad psicológica del denunciante” “Mientras no se aclaren estos hechos, debe alejarse al supuesto victimario de la víctima. Es lo mínimo que se puede hacer para contener y prevenir. La sensación se impunidad produce un doble daño en quienes padecen homofobia”, apuntó el Movilh

Fuente MOVILH

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Informan en Chile: Sala de la Cámara de Diputados sobre el Proyecto de Ley de Identidad de Género

sábado, 20 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Informan en Chile: Sala de la Cámara de Diputados sobre el Proyecto de Ley de Identidad de Género

sergio_ojeda-768x432Tras un gran trabajo coordinado por el diputado Sergio Ojeda, el proyecto se votará el próximo martes en sala.

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, Sergio Ojeda (DC), informó hoy en Sala sobre los contenidos del Proyecto de Ley de Identidad de Género que despachó la instancia que dirige.

En una sesión que contó con la asistencia de la ministra vocera de Gobierno, Paula Narváez, Ojeda comentó que el proyecto permite a los mayores de 18 años cambiar su nombre y sexo legal con un trámite administrativo en el Registro Civil sin requisitos de por medio y sin la exigencia de ningún certificado médico.

Del mismo modo, posibilita que los menores de 18 años soliciten su cambio de nombre y sexo en tribunales de familia, trámite que deberán realizar con el consentimiento de sus padres, madres o de quien los tenga bajo cuidado. En este caso, deberán aportarse certificados o testimonios que acrediten la identidad de género. En relación a las personas casadas, el trámite también se realizará en tribunales de familia.

El proyecto considera además a la expresión de género como una categoría protegida y reforma la Ley Zamudio para que también ahí sea incorporada.

Por último la Comisión aprobó como principios de los derechos de las personas trans a la no discriminación, la confidencialidad y la dignidad en el trato, el interés superior del niño y la autonomía progresiva, además de estipularse que la discordancia entre el sexo asignado al nacer y el sexo auto-percibido no constituye enfermedad, ni patología.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez; quien ha participado de toda las sesiones sobre la iniciativa desde el 2013 a la fecha; precisó desde el Congreso Nacional que “tras la información entregada hoy por Ojeda, el proyecto quedó listo para su votación el próximo martes en Sala. Desde ya llamamos a los parlamentarios a votar la igualdad, la no discriminación y por los derechos de niños, niñas, adolescentes ya adultos trans”.

“Felicitamos el trabajo del diputado Ojeda, y a toda la Comisión que preside, pues en solo 7 meses perfeccionó un proyecto que originalmente era deficiente y que estuvo más de cuatro años estancando en el Senado. Este es un gran trabajo de la Comisión de DDHH”, finalizó.

Fuente MOVILH

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Comisión de DDHH de la Cámara incorpora a niños y niñas trans en la Ley de Identidad de Género

lunes, 15 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Comisión de DDHH de la Cámara incorpora a niños y niñas trans en la Ley de Identidad de Género

trans-infancia-768x435Además se eliminaron la exigencias de certificados médicos para mayores de 18 años.

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados aprobó hoy el cambio de nombre y sexo legal de niños, niñas y adolescentes, así como de las personas casadas, incorporando tales derechos en el Proyecto de ley de Identidad de Género que tramita.

En concreto, la Comisión de DDHH aprobó 8 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones que los niños y niñas trans y personas casadas puedan cambiar su nombre y sexo legal por trámite judicial, ante los tribunales de familia.

“Estamos felices y emocionados, pues de todas, esta es la indicación más significativa para los derechos de las personas trans. Una infancia feliz, armónica, sin presiones, es un futuro mejor. Con esta indicación se busca mejorar la calidad de vida desde la más tierna infancia”, sostuvo el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Añadió que “no hay que generar alarmas cuando se avanza en el respeto a los derechos de niños o niñas, menos en este caso, pues los tribunales, y las corte chilenas, ya han fallado a favor de demandas de este tipo. Sólo el año pasado el juez Luis Fernández permitió el cambio de nombre sexo legal de una niña de 5 años. Una ONG ultraconservadora se querelló contra él por eso, y la justicia rechazó esta acción transfóbica por ser improcedente”.

En esta jornada la Comisión también aprobó que las personas de 18 años puedan cambiar su nombre y sexo social en el Registro Civil sin exigencias de certificados médicos o psiquiátricos, así como que se notifique al conviviente civil o esposa/a la rectificación de la partida de nacimiento.

El proyecto original no contemplaba a los niños y niñas y mantennía judicializado el proceso para los mayores de 18 años, por lo que se inició una activa movilización, a tal punto que en la solución amistosa que el Estado firmó con el Movilh se incorporó como un compromiso una ley integral a favor de los derechos trans.

La Comisión de DDHH continuará con la revisión el lunes, hasta total despacho, proyectándose que la votación en sala ocurra el 23 de enero.

Fuente MOVILH

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Histórico: Corte Interamericana de DDHH insta a los Estados a aprobar el matrimonio igualitario y la Ley de Identidad de Género

viernes, 12 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Histórico: Corte Interamericana de DDHH insta a los Estados a aprobar el matrimonio igualitario y la Ley de Identidad de Género

corte-interamericanaLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, por sus siglas) insta a los países que integran el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo con los mismos derechos que los de las personas heterosexuales, animándoles a legislar de manera secular, más que religiosa.

La entidad sostiene que la ausencia de estas normas violenta la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De todos los países de América, es el más obligado es Chile tras firmar un solución amistosa que lo obliga con la aprobación de ambas leyes.

«Con este pronunciamiento de la Comisión, Chile aparece entonces como el país más obligado de la región a impulsarlo. Es decir, el próximo gobierno debe sí o sí cumplir la solución amistosa, no hacerlo significará sin duda una sanción mayúscula de la Corte, tras su último pronunciamiento», declara Rolando Jiménez, desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual en Chile, mientras que Juan Enrique Pi, presidente de la Fundación Iguales, también en Chile, considera que «la Comisión Interamericana ha zanjado, desde la perspectiva de los Derechos Humanos, la discusión sobre el matrimonio igualitario y la identidad de género. Con esta opinión, ha concluido que el principio de igualdad prevalece por sobre las consideraciones religiosas o personales; y que las personas trans tienen derecho a rectificar sus documentos de identidad a través de un trámite expedito y no patologizante».


Antecedentes generales y la homo/tranfobia

Identidad y expresión de género

Matrimonio igualitario y familia


La Corte Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer su pronunciamiento más revolucionario y progresista en materia de igualdad para las personas lesbianas, gays, bisexales trans e intersex, para las parejas del mismo sexo y para las familias homoparentales, “lo cual tiene especial implicancias para el Estado de Chile dado los compromisos internacionales asumido en torno a tales temas”, enfatizó el Movilh

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El pronunciamiento conocido públicamente ayer, fue firmado el pasado 24 de noviembre por el presidente de la Corte, Roberto Caldas, por el secretario Pablo Saaavedra, y los magistrados Eduardo Ferrer, Eduardo Vio, Humberto Sierra, Elizabeth Odio, Eugenio Zaffaroni yPatricio Pazmiño.

El texto surgió luego de que el 18 de mayo del 2016 la República de Costa Rica consultara a la Corte respecto a los alcances e interpretación de tres artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos en relación a los derechos LGBTI.

Se trató de los artículos 11.2 (“Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación”), 18 (Toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos) y 24 (Todas las personas son iguales ante la ley.  En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley)

Tras presentar una glosa con diversos conceptos y dar un contexto sobre los alcances de la no discriminación, la Corte concluyó que esos y otros artículos de la Convención garantizan los derechos de las personas LGBTI, siendo deber entonces de los Estados avanzar hacia el matrimonio igualitario y a la implementación de leyes y medidas que reconozcan sin condicionamientos la identidad de género de todas las personas trans, incluidas las de niños y niñas. Caso contrario, los Estados violentan e incumplen la Convención Americana de Derechos Humanos.

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El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, replicó que “este es un hecho histórico, que marca un antes y un después en la manera como la Corte decía a los países de América que debían entender el matrimonio, la familia y los derechos de las personas trans e intersex. Se transforma e una obligación la aprobación del matrimonio igualitario y la Ley de Identidad de Género

Añadió que “para Chile es particularmente relevante, pues es el único Estado de América que firmó un solución amistosa (con nuestra organización) ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, comprometiéndose a aprobar el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género. Con este pronunciamiento de la Corte, Chile aparece entonces  como el país más obligado de la región a impulsarlo. Es decir, el próximo Ejecutivo y Legislativo deben sí o sí cumplir la solución amistosa. No hacerlo significará sin duda una sanción mayúscula de la Corte, tras su último pronunciamiento”.


Antecedentes generales y la homo/tranfobia

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En un extenso documento de 89 páginas, la Corte señala que “su opinión apunta la tutela efectiva de los derechos” de las personas LGBTI que “han sido históricamente víctimas de discriminación estructural, estigmatización, diversas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales” .

Para contribuir a la comprensión del fenómeno, el texto parte con una glosa donde define conceptos como el sexo, el sexo asignado al nacer, el sistema binario del género/sexo, la intersexualidad, el género, la identidad de género, la expresión de género, transgénero o persona trans, persona transexual, persona travesti, persona cisgénero, orientación sexual, homosexualidad, persona heterosexual, lesbiana, gay, homofobia y transfobia, lesbofobia, bisexual, cisnormatividad, hetenormatividad y LGBTI.

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Luego se centra en la discriminación social y familiar y en las múltiples exclusiones que puede padecer una persona LGBTI, así como el severo impacto de los discursos de odio.

Las personas LGBT “típicamente sufren de discriminación en la forma de estigma social, exclusión y prejuicios que permean en el ámbito laboral, comunitario, educativo y en las instituciones de salud. Generalmente, la estigmatización se aplica al amparo de la cultura, la religión y la tradición. No obstante, las interpretaciones en que se basan esas prácticas “no son ni inmutables ni homogéneas” , indica la Corte”.

“La Corte no omite hacer notar que la discriminación contra las personas LGBTI a menudo se ve exacerbada por otros factores tales como el sexo, el origen étnico, la edad, la religión, así como por factores socioeconómicos como la pobreza y el conflicto armado”, sostiene.

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“Adicionalmente a lo anterior (…) los discursos discriminatorios y las consiguientes actitudes que responden a ellos, con base en los estereotipos de heteronormatividad y cisnormatividad que con distintos grados de radicalización, acaban generando la homofobia, lesbofobia y transfobia que impulsan los crímenes de odio, dice la Corte.

Acusa además elementos “prejuiciosos incluso dentro del núcleo familiar. Esto no se produce en otras formas de discriminación, para las cuales la persona conoce el motivo discriminante desde su infancia y es apoyada por su núcleo familiar con el que incluso lo comparte. La contradicción valorativa en que se sumerge el adolescente es particularmente lesiva de su integridad psíquica en el momento de evolución de su personalidad que hace a su identidad y proyecto de vida, lo que en ocasiones determina no sólo conductas autolesivas sino incluso es causa de suicidios adolescente”.

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Apunta que la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género está prohibida por la Convención de DDHH.

“La Corte Interamericana deja establecido que la orientación sexual y la identidad de género, así como la expresión de género son categorías protegidas por la Convención. Por ello está proscrita por la Convención cualquier norma, acto o práctica discriminatoria basada en la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual, su identidad de género y/o su expresión de género”, indica la entidad

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En enfatiza que la falta de un consenso al interior de algunos países sobre el respeto pleno por los derechos de ciertos grupos o personas que se distinguen por su orientación sexual, su identidad de género o su expresión de género, reales o percibidas, no puede ser considerado como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural que estos grupos o personas han sufrido. El hecho de que ésta pudiera ser materia controversial en algunos sectores y países, y que no sea necesariamente materia de consenso no puede conducir al Tribunal a abstenerse de decidir, pues al hacerlo debe remitirse única y exclusivamente a las estipulaciones de las obligaciones internacionales contraídas por decisión soberana de los Estados a través de la Convención Americana” .

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Puntualizó que un derecho que le está reconocido a las personas no puede ser negado o restringido a nadie, y bajo ninguna circunstancia, con base en su orientación sexual, identidad de género o expresión de género. Lo anterior violaría el artículo 1.1. de la Convención Americana”.


Identidad y expresión de género

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En relación a los derechos de las personas trans e intersex, la Corte se pronunció a favor de que el proceso de cambio de nombre y sea legal sea expedito, sin costos económicos, sin exigencias de ningún tipo e incorporando en el proceso a niños, niñas y adolescentes.

El cambio de nombre, la adecuación de la imagen, así como la rectificación a la mención del sexo o género, en los registros y en los documentos de identidad, para que estos sean acordes a la identidad de género auto- percibida, un derecho protegido por el artículo 18 (derecho al nombre), pero también por los artículos 3 (derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica), 7.1 (derecho a la libertad), 11.2 (derecho a la vida privada) de la Convención Americana. Como consecuencia de lo anterior, de conformidad con la obligación de respetar y garantizar los derechos sin discriminación (artículos 1.1 y 24 de la Convención), y con el deber de adoptar las disposiciones de derecho interno (artículo 2 de la Convención), los Estados están en la obligación de reconocer, regular, y establecer los procedimientos adecuados para tales fines”, indica la Corte

Explica que los “estados cuentan con la posibilidad de establecer y decidir sobre el procedimiento más adecuado de conformidad con las características propias de cada contexto y de su derecho interno, los trámites o procedimientos para el cambio de nombre, adecuación de la imagen y rectificación de la referencia al sexo o género, en los registros y en los documentos de identidad para que sean acordes con la identidad de género auto-percibida”.

Sin embargo para tales efectos los estados independientemente de su naturaleza jurisdiccional o materialmente administrativa, deben cumplir con los requisitos señalados en esta opinión, a saber: a) deben estar enfocados a la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida; b) deben estar basados únicamente en el consentimiento libre e informado del solicitante sin que se exijan requisitos como certificaciones médicas y/o psicológicas u otros que puedan resultar irrazonables o patologizantes; c) deben ser confidenciales. Además, los cambios, correcciones o adecuaciones en los registros, y los documentos de identidad no deben reflejar los cambios de conformidad con la identidad de género; d) deben ser expeditos, y en la medida de lo posible, deben tender a la gratuidad, y e) no deben exigir la acreditación de operaciones quirúrgicas y/o hormonales.

“Dado que la Corte nota que los trámites de naturaleza materialmente administrativos o notariales son los que mejor se ajustan y adecúan a estos requisitos, los Estados pueden proveer paralelamente una vía administrativa, que posibilite la elección de la persona”, indica la corte.

En relación a los menores de 18 años para la Corte “se entiende que las consideraciones relacionadas con el derecho a la identidad de género (…) también son aplicables a los niños y niñas que deseen presentar solicitudes para que se reconozca en los documentos y los registros su identidad de género auto-percibida. Este derecho debe ser entendido conforme a las medidas de protección especial que se dispongan a nivel interno de conformidad con el artículo 19 de la Convención, las cuales deben diseñarse necesariamente en concordancia con los principios del interés superior del niño y de la niña, el de la autonomía progresiva, a ser escuchado y a que se tome en cuenta su opinión en todo procedimiento que lo afecte, de respeto al derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo, así como al principio de no discriminación. Por último, resulta importante resaltar que cualquier restricción que se imponga al ejercicio pleno de ese derecho a través de disposiciones que tengan como finalidad la protección de las niñas y niños, únicamente podrá justificarse conforme a esos principios y la misma no deberá resultar desproporcionada. En igual sentido, resulta pertinente recordar que el Comité sobre Derechos del Niño ha señalado que “todos los adolescentes tienen derecho a la libertad de expresión y a que se respete su integridad física y psicológica, su identidad de género y su autonomía emergente”

En lo que respecta a los certificados médicos, psicológicos o psiquiátricos que se suelen requerir en este tipo de procedimientos, la Corte entiende que además de tener un carácter invasivo y poner en tela de juicio la adscripción identitaria llevada a cabo por la persona, descansan en el supuesto según el cual tener una identidad contraria al sexo que fue asignado al nacer constituye una patología. Es así como ese tipo de requisitos o certificados médicos contribuyen a perpetuar los prejuicios asociados con la construcción binaria de géneros masculino y femenino”, añade.

En concordancia con lo anterior, el procedimiento de solicitud de cambio de nombre, adecuación de la imagen y rectificación de la referencia al sexo o género, en los registros y documentos de identidad, no podrá requerir que se lleven a cabo intervenciones quirúrgicas totales o parciales ni terapias hormonales, esterilizaciones o modificaciones corporales para sustentar el requerimiento, para otorgar lo solicitado o para probar la identidad de género que motiva dicho procedimiento, por cuanto podría ser contrario al derecho a la integridad personal contenido en el artículo 5.1 y 5.2 de la Convención Americana. En efecto, someter el reconocimiento de la identidad de género de una persona trans a una operación quirúrgica o a un tratamiento de esterilización que no desea, implicaría condicionar el pleno ejercicio de varios derechos, entre ellos, a la vida privada (artículo 11.2 de la Convención), a escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia (artículo 7 de la Convención), y conllevaría a la renuncia del goce pleno y efectivo de su derecho a la integridad personal”, advierte la Corte.

“La Corte entiende que la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, en consecuencia, su reconocimiento por parte del Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas transgénero, incluyendo la protección contra la violencia, tortura, malos tratos, derecho a la salud, a la educación, empleo, vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión, y de asociación (…) la falta de reconocimiento de la identidad puede implicar que la persona no cuente con constancia legal de su existencia, dificultando el pleno ejercicio de sus derecho, añade.

El nombre como atributo de la personalidad, constituye una expresión de la individualidad y tiene por finalidad afirmar la identidad de una persona ante la sociedad y en las actuaciones frente al Estado. Con él se busca lograr que cada persona posea un signo distintivo y singular frente a los demás, con el cual pueda identificarse y reconocerse como tal. Se trata de un derecho fundamental inherente a todas las personas por el solo hecho de su existencia. Además, esta Corte ha indicado que el derecho al nombre reconocido en el artículo 18 de la Convención y también en diversos instrumentos internacionales constituye un elemento básico e indispensable de la identidad de cada persona, sin el cual no puede ser reconocida por la sociedad ni registrada ante el Estado”, apunta.

Esta Corte sostiene que la fijación del nombre, como atributo de la personalidad, es determinante para el libre desarrollo de las opciones que le dan sentido a la existencia de cada persona, así como a la realización del derecho a la identidad. No se trata de un agente que tenga por finalidad la homologación de la persona humana, sino por el contrario es un factor de distinción. Es por ello que cada persona debe tener la posibilidad de elegir libremente y de cambiar su nombre como mejor le parezca. Es así como la falta de reconocimiento al cambio de nombre de conformidad con esa identidad auto-percibida, implica que la persona pierde total o parcialmente la titularidad de esos derechos y que si bien existe y puede hallarse en un determinado contexto social dentro del Estado, su existencia misma no es jurídicamente reconocida de acuerdo a un componente esencial de su identidad”, dice.

“La falta de reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas transgénero contribuye a reforzar y perpetuar comportamientos discriminatorios en su contra . Lo anterior puede también ahondar su vulnerabilidad a los crímenes de odio, o a la violencia transfóbica y psicológica la cual constituye una forma de violencia basada en razones de género, guiada por la voluntad y el deseo de castigar a las personas cuya apariencia y comportamiento desafían los estereotipos de género. Del mismo modo, la falta de reconocimiento de su identidad de género puede conllevar a violaciones de otros derechos humanos, por ejemplo, torturas o maltratos en centros de salud o de detención, violencia sexual, denegación del derecho de acceso a la salud, discriminación, exclusión y bullying en contextos de educación, discriminación en el acceso al empleo o en el seno de la actividad profesional, vivienda y acceso a la seguridad social”, puntualizó

 


Matrimonio igualitario y familia

En relación a las parejas del mismo sexo, Corte concluyó que el matrimonio igualitario y las familias homoparentales son derechos garantizados en la Convención Americana de Derechos Humanos.

En ese sentido, “los Estados deben garantizar el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, para asegurar la protección de los todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales. Para ello, podría ser necesario que los Estados modifiquen las figuras existentes, a través de medidas legislativas, judiciales o administrativas, para ampliarlas a las parejas constituidas por personas del mismo sexo. Los Estados que tuviesen dificultades institucionales para adecuar las figuras existentes, transitoriamente, y en tanto de buena fe impulsen esas reformas, tienen de la misma manera el deber de garantizar a las parejas constituidas por personas del mismo sexo, igualdad y paridad de derechos respecto de las de distinto sexo, sin discriminación alguna”, dice

“Para el Tribunal, no existe duda de que –por ejemplo– una familia monoparental debe ser protegida del mismo modo que dos abuelos que asumen el rol de padres respecto de un nieto. En el mismo sentido, indiscutiblemente la adopción es una institución social que permite que, en determinadas circunstancias, dos o más personas que no se conocen se conviertan en familia. Asimismo (…) una familia también puede estar conformada por personas con diversas identidades de género y/o orientación sexual. Todas estas modalidades requieren de protección por la sociedad y el Estado, pues (…) la Convención no protege un modelo único o determinado de familia”

Con respecto al artículo 17.2 de la Convención, añade que “la Corte considera que si bien es cierto que éste de manera literal reconoce el “derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y fundar una familia”, esa formulación no estaría planteando una definición restrictiva de cómo debe entenderse el matrimonio o cómo debe fundarse una familia. Para esta Corte, el artículo 17.2 únicamente estaría estableciendo de forma expresa la protección convencional de una modalidad particular del matrimonio. A juicio del Tribunal, esa formulación tampoco implica necesariamente que esa sea la única forma de familia protegida por la Convención Americana”

En el mismo sentido, enfatiza que una interpretación restrictiva del concepto de “familia” que excluya de la protección interamericana el vínculo afectivo entre parejas del mismo sexo, frustraría el objeto y fin de la Convención. La Corte recuerda que el objeto y fin de la Convención Americana es “la protección de los derechos fundamentales de los seres humanos, sin distinción alguna”.

Por tanto esta Corte no encuentra motivos para desconocer el vínculo familiar que parejas del mismo sexo pueden establecer por medio de relaciones afectivas con ánimo de permanencia, que buscan emprender un proyecto de vida conjunto, típicamente caracterizado por cooperación y apoyo mutuo. A juicio de este Tribunal, no es su rol distinguir la valía que tiene un vínculo familiar respecto de otro. No obstante, esta Corte estima que sí es obligación de los Estados reconocer estos vínculos familiares y protegerlos de acuerdo a la Convención.

La entidad va más lejos al sostener que “sería una distinción artificial afirmar que una pareja del mismo sexo no puede gozar de un vínculo familiar como lo podría hacer una pareja heterosexual. (…) la Corte considera que el alcance de la protección del vínculo familiar de una pareja de personas del mismo sexo trasciende las cuestiones vinculadas únicamente a derechos patrimoniales. Como fue constatado por este Tribunal, las implicaciones del reconocimiento de este vínculo familiar permean otros derechos como los derechos civiles y políticos, económicos, o sociales así como otros internacionalmente reconocidos. Asimismo, la protección se extiende a aquellos derechos y obligaciones establecidos por las legislaciones nacionales de cada Estado que surgen de los vínculos familiares de parejas heterosexuales”

En síntesis “la Convención Americana protege, en virtud del derecho a la protección de la vida privada y familiar (artículo 11.2), así como del derecho a la protección de la familia (artículo 17), el vínculo familiar que puede derivar de una relación de una pareja del mismo sexo. La Corte estima también que deben ser protegidos, sin discriminación alguna con respecto a las parejas entre personas heterosexuales, de conformidad con el derecho a la igualdad y a la no discriminación (artículos 1.1 y 24), todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar protegido entre personas del mismo sexo. Sin perjuicio de lo anterior, la obligación internacional de los Estados trasciende las cuestiones vinculadas únicamente a derechos patrimoniales y se proyecta a todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos, así como a los derechos y obligaciones reconocidos en el derecho interno de cada Estado que surgen de los vínculos familiares de parejas heterosexuales”.

En uno de sus párrafos más revolucionarios “la Corte reitera su jurisprudencia constante en cuanto a que la presunta falta de un consenso al interior de algunos países respecto del respeto pleno por los derechos de las minorías sexuales no puede ser considerado como un argumento válido para negarles o restringirles sus derechos humanos o para perpetuar y reproducir la discriminación histórica y estructural que estas minorías han sufrido”

Establecer un trato diferente entre las parejas heterosexuales y aquellas del mismo sexo en la forma en que puedan fundar una familia –sea por una unión marital de hecho o un matrimonio civil– no logra superar un test estricto de igualdad pues, a juicio del Tribunal, no existe una finalidad que sea convencionalmente aceptable para que esta distinción sea considerada necesaria o proporcional”, redondea

“La Corte advierte que para negar el derecho de acceder a la institución del matrimonio, típicamente se esgrime como argumento que su finalidad es la procreación y que ese tipo uniones no cumplirían con tal fin. En este sentido, la Corte estima que esa afirmación es incompatible con el propósito del artículo 17 de la Convención, a saber la protección de la familia como realidad social. Asimismo, la Corte considera que la procreación no es una característica que defina las relaciones conyugales, puesto que afirmar lo contrario sería degradante para las parejas –casadas o no– que por cualquier motivo carecen de capacidad generando el interés en procrear. (85)

Por otro lado, añade, el significado de la palabra “matrimonio” al igual que la de “familia” ha variado conforme al paso de los tiempos, Si bien la etimología es siempre ilustrativa, nadie pretende una imposición semántica de la etimología, pues de lo contrario se debería igualmente excluir del lenguaje otra numerosa cantidad de vocablos cuya semántica se aparta de su etimología”.

“Aunado a lo anterior, la evolución del matrimonio da cuenta de que su actual configuración responde a la existencia de complejas interacciones entre aspectos de carácter cultural, religioso, sociológico, económico, ideológico y lingüístico. En ese sentido, la Corte observa que en ocasiones, la oposición al matrimonio de personas del mismo sexo está basada en convicciones religiosas o filosóficas. El Tribunal reconoce el importante rol que juegan dichas convicciones en la vida y en la dignidad de las personas que la profesan; no obstante, éstas no pueden ser utilizadas como parámetro de convencionalidad puesto que la Corte estaría impedida de utilizarlos como una guía interpretativa para determinar los derechos de seres humanos. En tal sentido, el Tribunal es de la opinión que tales convicciones no pueden condicionar lo que la Convención establece respecto de la discriminación basada en orientación sexual. Es así como en sociedades democráticas debe existir coexistencia mutuamente pacífica entre lo secular y lo religioso; por lo que el rol de los Estados y de esta Corte, es reconocer la esfera en la cual cada uno de éstos habita, y en ningún caso forzar uno en la esfera de otro”.

Más aún, “a consideración del Tribunal, crear una institución que produzca los mismos efectos y habilite los mismos derechos que el matrimonio, pero que no lleve ese nombre carece de cualquier sentido, salvo el de señalar socialmente a las parejas del mismo sexo con una denominación que indique una diferencia sino estigmatizante, o por lo menos como señal de subestimación. Conforme a ello, existiría el matrimonio para quienes, de acuerdo al estereotipo de heteronormatividad, fuesen considerados “normales” en tanto que otra institución de idénticos efectos pero con otro nombre, se indicaría para quienes fuesen considerados “anormales” según el mencionado estereotipo”

Por otra parte, “el Tribunal entiende que del principio de la dignidad humana deriva la plena autonomía de la persona para escoger con quién quiere sostener un vínculo permanente y marital, sea natural (unión de hecho) o solemne (matrimonio). Esta elección libre y autónoma forma parte de la dignidad de cada persona y es intrínseca a los aspectos más íntimos y relevantes de su identidad y proyecto de vida (artículos 7.1 y 11.2). Además, la Corte considera que siempre y cuando exista la voluntad de relacionarse de manera permanente y conformar una familia, existe un vínculo que merece igualdad de derechos y protección sin importar la orientación sexual de sus contrayentes (artículos 11.2 y 17) “

Dado que estas reformas son fruto de una evolución jurídica, judicial o legislativa, que va abarcando otras zonas geográficas del continente y se recoge como interpretación progresiva de la Convención, se insta a esos Estados a que impulsen realmente y de buena fe las reformas legislativas, administrativas y judiciales necesarias para adecuar sus ordenamientos, interpretaciones y prácticas internos.”, finalizó.


https://www.youtube.com/watch?v=s3iXy_D8d2w

El Sistema de Naciones Unidas dijo estar listo para seguir apoyando a Costa Rica en la tarea de construir un país «igualitario y sin discriminación donde se garantice no dejar a nadie atrás».

 La representación de la ONU en Costa Rica aplaudió la opinión consultiva «histórica para la región» americana emitida hoy por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en la que afirma que es obligación de los Estados garantizar el matrimonio homosexual.

«Naciones Unidas Costa Rica felicita el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su responsabilidad de reconocer los derechos civiles y patrimoniales de las parejas del mismo sexo» en ese país, indica en su pronunciamiento.

La oficina en San José de la Organización de las Naciones Unidas también felicitó al Gobierno costarricense, especialmente a la vicepresidenta Ana Helena Chacón, quien lideró el proceso de solicitud de opinión a la CorteIDH, y además destacó el apoyo de la Defensoría de los Habitantes de la República en el proceso.

Felicitó asimismo a las organizaciones de la sociedad civil y activistas LGBTI, «por haber tomado el liderazgo de consultar a la Corte sobre los temas y facilitar una resolución histórica para Costa Rica y la región». «Este pronunciamiento es de acatamiento obligatorio debido a que el país ha ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos en 1969. Los principios de igualdad y no discriminación son la base de los Derechos Humanos, los cuales necesitan de garantías y acciones afirmativas y son también principios fundamentales en la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible», agregó.

 El Sistema de Naciones Unidas dijo estar listo para seguir apoyando a Costa Rica en la tarea de construir un país «igualitario y sin discriminación donde se garantice no dejar a nadie atrás».

La opinión consultiva de la CorteIDH indica que «el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo«.

Otro punto resolutivo señala que «es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las (…) constituidas con parejas heterosexuales».

La CorteIDH también declaró que está tutelado el derecho de las personas a cambiar su nombre de acuerdo con su identidad de género.

En mayo pasado se llevó a cabo una audiencia en la que el Gobierno de Costa Rica solicitó a la Corte Interamericana la opinión consultiva. También le preguntó sobre el matrimonio homosexual y si los Estados deben reconocer y facilitar el cambio de nombre de acuerdo con la identidad de género.

El Gobierno costarricense ha celebrado el criterio de la CorteIDH y ha anunciado que explorará las vías necesarias para implementarlo.

Aunque no tuviera una legislación al respecto, Costa Rica reconoce la unión de hecho entre dos personas del mismo sexo desde junio de 2015, llegando su presidente, Luis Guillermo Solís, a aprobar un decreto mediante el que asegura el despido de cualquier funcionario que ejerza discriminación contra un miembro del colectivo LGBT. En su apuesta por la igualdad, en mayo de 2016, el país centroamericano eleva una consulta a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, por sus siglas), sobre el derecho de las personas transgénero a ser reconocidas legalmente por su identidad de género y los derechos que deberían estar reconocidos para las parejas del mismo sexo. Este martes, 9 de enero, la CIDH responde animando no sólo a Costa Rica a reconocer el matrimonio igualitario, sino que extiende su petición a todos los países Latinoamericanos.

«Todos los derechos patrimoniales que se derivan del vínculo familiar de parejas del mismo sexo deben ser protegidos, sin discriminación alguna con respecto a las parejas heterosexuales», declara el tribunal continental con sede en San José, instando al reconocimiento legal del matrimonio igualitario a todos los países que integran el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, señalando que la orientación sexual y la identidad de género están protegidos por la Convención Americana de Derechos Humanos.

La CIDH considera además que no basta con crear una ley que reconozca el matrimonio entre personas del mismo sexo, dando la posibilidad de crear «una distinción fundada en la orientación sexual de las personas, que resultaría discriminatoria», sino que estas uniones deben abarcar todos los derechos reconocidos a las parejas de distinto sexo. Si bien reconocen que algunos países deben vencer dificultades institucionales para conseguir este objetivo, dados los criterios religiosos que prevalecen en algunos partidos políticos por encima de los derechos civiles, de ahí que destaquen que «en sociedades democráticas debe existir coexistencia mutuamente pacífica entre lo secular y lo religioso», animando a que no se produzcan interferencia entre ambas esferas.

«Creemos que es muy positivo, que deja claro que no hacen falta ni siquiera reformas legales, que ya el marco legal que existe en el país entendido de una manera ampliada desde el principio de progresividad de los derechos, pues significaría que se conozcan los mismos derechos para las familias heterosexules a las familias del mismo sexo y que se reconozca y se respete el derecho a la identidad, entendido como un derecho que va más allá del sexo o el nombre asignado por nacimiento, sino que tiene un criterio legal y es una decisión de las personas asumir la identidad social con la que se sienten representado», declara Jhon Vega, candidato del Partido de los Trabajadores, quien si bien aplaude esta resolución, se muestra escéptico ante lo que vaya a hacer el gobierno de Costa Rica, por lo que anima a la comunidad LGBT a movilizarse para ejercer presión.

Fuente MOVILH/Universogay/Cáscara Amarga

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Acusan “berrinche transfóbico” contra Evópoli por apoyar la Ley de Identidad de Género

miércoles, 10 de enero de 2018
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francisco-velasquez-pdvsa-chile-ev-oacute-poli-ratifica-a-francisco-undurraga-como-presidente-del-partidoLuego de que el diputado Felipe Kast votará a favor del proyecto de ley, el Movilh llamó a los opositores a los derechos de las personas trans a no disfrazar con supuestas diferencias políticas su desprecio a la diversidad sexual y de género

Diversos parlamentarios se lanzaron en picada en los últimos días contra Evópoli y el diputado Felipe Kast, a raíz del respaldo dado por el congresista el pasado miércoles a la Ley de Identidad de Género que tramita la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara.

El senador RN Manuel José Ossandón, calificó como una “mala señal” el voto a favor de la ley porque, según él, para el presidente electo, Sebastián Piñera, “ese proyecto es un muy malo” (Emol, 4 de enero)

La opinión fue compartida ayer en La Segunda por otros parlamentarios. “Si bien no hay órdenes de partido, si hubo una orientación por parte del presidente  frente a un mal proyecto”, sostuvo el senador RN, Francisco Chahuán.

El diputado Ignacio Urrutia (UDI), añadió que  “tengo la esperanza de los gustitos personales no se sigan dando y que no empecemos a jugarse la personal antes de que asuma Piñera, mientras que el parlamentario Jorge Ulloa (UDI), calificó al respaldo de Kast como un  “grueso error. Es Lamentable”

Aunque sin una crítica directa a Evópoli, el diputado José Antonio Kast, también se está movilizando contra el proyecto de Ley de Identidad de Género, esta vez solicitando que su votación no se realice durante la visita del Papa. “Yo soy contrario a la ley, uno es hombre o mujer. Creo en la disforia de género, pero no creo que requiera legislarse sobre esto”, dijo hoy a Tele13 Radio.

En este contexto, el presidente de Evópoli, Francisco Undurraga (en la fotografía), explicó que “Piñera nunca ha impuesto una posición valórica. Desde los inicios de esta campaña siempre ha señalado que cada uno de los partidos, sus diputados y senadores de la coalición tienen libertad de acción para votar como estimen conveniente (…) en el caso de Evópoli, tenemos solo un diputado y vamos a apoyar esa ley”.

Luego, Felipe Kast añadió que me parece muy sorprendente y lamentable que algunos se espanten por el hecho que haya algunos que creamos de verdad en la libertad”. Para Piñera esto “no es tema”. “Es increíble la capacidad que tienen algunos de inventar noticias”, dijo ayer a Tele13 Radio “Es muy importante aprobar la idea de legislar un proyecto de ley muy importante donde personas que quieren emprender su vida de acuerdo a su convicción personal tienen que ir ante un juez, no pueden hacer cambio registral si es que no están operadas, y por lo tanto hay una inequidad tremenda”, apuntó el diputado.

El diputado electo, y secretario general de RN, Mario Desbordes, compartió la mirada de libertad de acción. “En materia valórica, los parlamentarios deben votar en conciencia, no caben órdenes de partido ni mucho menos órdenes de coalición. Cada uno tiene derecho a defender su postura y votar en consecuencia”, dijo hoy en su twitter.

Por su lado, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) expresó ayer su respaldo a Evópoli y al diputado Felipe Kast. “Por actuar pensando en el país Felipe Kast  es criticado por los mismos q rechazaron Ley Zamudio, AUC y todo lo que busca más y mejores derechos en Chile. Animamos a seguir así, necesitamos una derecha moderna, liberal y sin prejuicios” sostuvo el vocero del Movilh, Óscar Rementería.

Puntualizó que “estamos en presencia de un berrinche tranfóbico por parte de parlamentarios de la Derecha que tienen la inmoral convicción de que las personas trans son de segunda categoría, que no merecen derechos, lo cual es repudiable. Llamamos a los opositores a los derechos de las personas trans a no disfrazar su desprecio a la diversidad sexual y de género con disputas políticas y partidarias».

Fuente  MOVILH

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Chile: El Obispo de Magallanes rechaza la Ley de Identidad de Género con antecedentes falsos

lunes, 8 de enero de 2018
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1951956El religioso dijo que el proyecto de ley no es parte del parte programa presidencial de Bachelet y negó la iniciativa llevara mucho tiempo de tramitación. Por su lado, la fanática CitizenGo, la misma que trajo el Bus del Odio a Chile, inició una campaña contra el proyecto, asociándolo a violaciones.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) llamó hoy al obispo de Magallanes, Bernardo Bastres Florence,  a “sincerar su profundo rechazo a la Ley de Identidad de Género y al reconocimiento a la dignidad de las personas trans, en vez de camuflar con mentiras sus intereses”.

La reacción tuvo lugar luego de Bastres señalara a La Prensa Austral que “más allá de lo que uno pueda pensar, estos proyectos necesitan mucho tiempo de discusión, porque estamos legislando en cuestiones que tienen que ver con personas”, esto en abierta crítica a la suma urgencia con que cuenta el proyecto de ley

El Movilh replicó que “este obispo sabe que el proyecto de ley de identidad de género es uno de los que más tiempo lleva debatiéndose en el Congreso Nacional. Sin ir más lejos, suma casi cinco años de tramitación. Es decir, más atrasado no puede estar y es para corregir la demora, que se le da suma urgencia”. “Que el obispo omita este antecedente demuestra su interés por manipular y distorsionar la realidad, lo cual llega a un nivel escandalosa falsedad cuando dice que este proyecto no era parte del programa presidencial de Bachelet”, redondeó el Movilh

“Este proyecto no estaba en el programa de la Presidenta Michelle Bachelet, por lo que parece poco serio que se le haya dado discusión inmediata (…) es importante que los partidos que están en el gobierno sean coherentes con el programa que presentaron al país”, dijo Bastres

El presidente del Movilh, Ramón Gómez, enfatizó que “este proyecto sí es parte del programa presidencial de Bachelet. Más aún, es parte de los compromisos internacionales que el Estado de Chile asumió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) al firmar una solución amistosa con nuestra organización”. “Si Bastres no puede dar el ejemplo promoviendo la igualdad y no discriminación a las persona trans, lo mínimo que puede hacer es hablar con la verdad. ¿O es que para la Iglesia mentir ya no es pecado””, apuntó Gómez.

En tanto la fanática plataforma Citizen Go, la misma que trajo a Chile el Bus del Odio, iniciaron una campaña contra la ley, invitando a las personas a enviar una carta de rechazo a los parlamentarios de la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados, donde se tramita la iniciativa.

“El Lobby LGTB, Movilh, parece tener prisa por aprobar este proyecto antes de la entrada del nuevo gobierno. El mismo Rolando Jiménez afirmó tras la primera vuelta que la Ley de Identidad de Género “era una realidad”, “, afirman Citizen Go.

Añaden que “el proyecto de ley es especialmente peligroso porque viola la patria potestad y el derecho de los menores a la protección de sus padres; desoye la voz de la ciencia que señala que en el 93% de los casos los problemas de identidad de género de menores desaparecen en la adolescencia o en la juventud; y Genera inseguridad jurídica porque permitiría que cualquiera con su mera expresión de voluntad ‘cambiara de sexo’. ¿Un violador que se siente mujer será trasladado a la cárcel de mujeres?, ¿un deportista que afirme sentirse mujer, acudirá a la competición femenina”

Ante ello el Movilh replicó que “los delirios y el fanatismo de Citizen Go son evidentes con sus propias acciones o dichos, una violencia extrema, basada en prejuicios e ignorancia y que demuestran por si sola necesidad de le ley de identidad de género”.

Fuente MOVILH

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Chile: Comisión de DDHH de la Cámara aprueba en general la Ley de Identidad de Género

viernes, 5 de enero de 2018
Comentarios desactivados en Chile: Comisión de DDHH de la Cámara aprueba en general la Ley de Identidad de Género

cconstitucion-lig-movilh-f-tPuedes pinchar sobre la fotografía para ampliarla

Por 8 votos contra 4. La sesión estuvo marcada por una polémica intervención de la líder del Bus del Odio, Marcela Aranda, quien negó que su hija fuese trans.  

Por 8 votos contra 4 la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios de la Cámara de Diputados aprobó hoy (3 de Enero) en general el proyecto de Ley de Identidad de Género, luego de que el gobierno diera “discusión inmediata” a la tramitación

Votaron a favor el presidente de la Comisión, Sergio Ojeda (DC), y los/as diputados/as Hugo Gutiérrez (PC), Loreto Carvajal (PPD), Felipe Kast (Evópoli), René Saffirio (Indp), Raúl Saldivar (PS), Roberto Poblete, (IND) y Felipe Letelier (PPD). En contra se pronunciaron Juan Antonio Coloma (UDI), Diego Paulsen (RN), Jorge Sabag (DC) y Jaime Bellolio (UDI).

En la ocasión, Coloma criticó al Ejecutivo por impulsar la norma, lo que ocurre “única y exclusivamente por el problema fundamental que ha tenido esta administración que no es otro que estar manejado por la calle y por movimientos intolerantes como el Movilh”, dijo.

En la sesión estuvo la vocera de Gobierno, Paula Narváez, quien anunció el próximo martes se votará en particular la iniciativa, con la intención de que pase a Sala el 16 de enero. Tras ello, el debate seguiría en Comisión Mixta.

Entre otros puntos, la próxima semana se votará la incorporación de los niños y niñas trans en la norma, la posibilidad de que las personas casadas puedan cambiar su nombre y sexo legal y el término de todo requisito para que los mayores de 18 años rectifiquen su partida de nacimiento

El dirigente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh),Rolando Jiménez festejó que “se ha dado una señal a favor de una ley necesaria e importante para garantizar dignidad a las personas trans. Se  trata de algo tan básico como respetar el nombre y el sexo que identifica a las personas, pero que tiene un impacto cotidiano en la calidad de vida y en acceso a los derechos de educación, salud o trabajo”.

La sesión en la Cámara estuvo marcada por la intervención de la líder del Bus del Odio, Marcela Aranda, quien sin éxito pidió que su ponencia fuese secreta. En la ocasión, Aranda negó que su hija, Carla González Aranda, fuese trans, y la trató en todo momento como hombre, además de asociar a la transexualidad con trastornos y abusos sexuales. A la par dio a conocer el nombre legal de su hija y habló aspectos de su vida privada, apoyada en un power point que tituló “Mi hijo, ¿transgénero?, ¿disforia de género?”.

Además, Aranda acusó en repetidas oportunidades al Movilh, y en especial a Jiménez, de ser “los responsables” de la transexualidad de su hija, así como de haber abusado de su familia por haber ayudado a la joven a iniciar los trámites para el cambio de su nombre y sexo legal.

Portando materiales educativos elaborados por el Movilh y proyectando el twitter de la organización, añadió que “este proyecto es peligroso para su salud porque está definiendo un derecho que no se puede definir, no define lo que es género, y separa la biología de la construcción cultural, y eso no se puede hacer“. En relación a Carla sostuvo que “su vida ha sido dura, no puedo contarla porque es privada, pero corresponde a una de las causas de disforia de género”. “Marcela Aranda, no tiene ética, ni moral. Su sola intervención demuestra porque es necesaria la Ley de Identidad de Género”, finalizó Jiménez

Esta jornada también expuso contra la ley la esposa del diputado José Antonio Kast,  Pía Adriasola, mientras que a favor se pronunció la concejala Zuliana Araya.

Fuente MOVILH

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