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Mujer trans hace historia representando a Pakistán en las Naciones Unidas

Viernes, 21 de febrero de 2020
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aisha-mughal-1024x768Aisha Mughal (R) en la convención de las Naciones Unidas (Twitter)

Una mujer de Pakistán se ha convertido en la primera persona abiertamente trans en participar en una convención de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer en Ginebra.

Aisha Mughal, que trabaja con el Ministerio de Derechos Humanos en Pakistán, fue una de las delegadas del país en la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW).

La delegación fue dirigida por el Ministerio de Derechos Humanos del país, que también completó una revisión del 5º Informe periódico de la CEDAW de la ONU en Pakistán.
La experta en derechos trans Aisha Mughal elogia a Pakistán por el progreso.

Escribiendo en Twitter después de la convención, Mughal elogió a su país por darle un lugar en la mesa. “Estoy realmente agradecido con mi jefe por creer en mí y por hacerme parte de la delegación del gobierno de Pakistán ante la CEDAW de la ONU, escribió Mughal. Reconozco los esfuerzos de mi gobierno para integrar la comunidad transgénero de Pakistán”.

En declaraciones a SAMAA TV, Mughal dijo: “Muchas mujeres transgénero han asistido a estas convenciones antes pero representaban a las sociedades civiles.Esta fue la primera vez que un transgénero era miembro de una delegación gubernamental.Reconozco los esfuerzos de mi gobierno para integrar la comunidad transgénero de Pakistán”.

Elogió el historial de su país en materia de derechos trans y dijo: “Pakistán se ha convertido en un ejemplo para todo el mundo. Con todo el apoyo del gobierno, me siento orgullosa de ser una mujer transgénero paquistaní”.

El logro de Mughal se produce solo semanas después de que Pakistán extendió la atención médica gratuita a las personas trans en un movimiento histórico. Todas las personas trans en Pakistán ahora serán elegibles para recibir tratamiento médico gratuito, incluida la atención relacionada con la transición.

El gobierno le está dando a las personas trans una tarjeta de salud especial que les dará acceso a un plan de seguro de salud gubernamental existente, que se introdujo en 2015 para proporcionar tarjetas de salud para aquellos que ganan menos de $ 2 por día, aunque las personas trans no enfrentarán esa prueba financiera .

El primer ministro, Imran Khan, dijo que su gobierno estaba “asumiendo la responsabilidad” de las personas trans, que dicen que se les niega el tratamiento de forma rutinaria y que pueden ser hostigados o ridiculizados por el personal del hospital y los pacientes. También planea establecer salas de hospital separadas para pacientes trans, según el Dr. Zafar Mirza, un asistente especial de Khan para los servicios de salud.

Las luces y sombras del colectivo LGTB de Pakistán

En 2019, se abría una escuela pública para personas trans y ayudarles a obtener un empleo estable. A lo largo del año 2018, las personas transgénero consiguieron varios logros en la lucha por sus derechos en Pakistán: Se produjeron avances históricos en los derechos de las personas de zonas tribales y transgéneroCinco mujeres trans concurrieron como candidatas en las elecciones generales de Pakistán. El  Gobierno contrataba por primera vez a una mujer transMarvia Malik, hacía historia al convertirse en la primera presentadora transgénero de un noticiario de la cadena Kohenor, en el mes de abril; pocas semanas después abre sus puertas Gender Guardian School, un centro educativo orientado a la capacitación laboral de las persona trasngénero en Lahore; al que sigue la aprobación de la Ley de Personas Transgénero, que otorga amplia protección legal a las personas transgénero al prohibir la discriminación por parte de empresarios, tanto públicos como privados.  La Asamblea Nacional de Pakistán aprobaba el pasado mes de mayo la Ley de Protección de Derechos de las Personas Transgénero. Una norma que reconoce el derecho a decidir sobre la propia identidad de género y prohíbe la discriminación laboral y en otros ámbitos y que fue presentada en la cámara baja del parlamento bicameral pakistaní en agosto de 2017 por la diputada Naeema Kishwar. En el articulado se agrupan bajo el término «persona transgénero»realidades diversas como las personas intersexuales, los eunucos (varones de nacimiento sometidos a castración), los hombres y mujeres transexuales y «cualquier persona cuya identidad o expresión de género difiera de las normas sociales y las expectativas culturales basadas en el sexo que se les asignó al nacer».

A pesar del gran avance de la nueva ley, las condiciones de vida de la comunidad LGTB en Pakistán son muy duras. Las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo siguen siendo ilegales a día de hoy en este país. El Código Penal se remonta a 1860, cuando formaba parte de la India colonial y ambos Estados compartían la ley de sello británico. Tal y como reza el texto en su artículo 377, están perseguidos los «delitos antinaturales», que cometerá «quien voluntariamente tenga relaciones sexuales carnales contra el orden de la naturaleza con cualquier hombre, mujer o animal».

Los condenados por estos «delitos» «serán castigados con pena de prisión de por vida o con pena de prisión de cualquiera de las dos categorías por un término que no podrá ser inferior a dos años ni superior a diez años; también será responsable de multa». La ilegalidad de las relaciones homosexuales ha provocado, aparte de injustas persecuciones motivadas por la orientación sexual, situaciones tan ridículas como la censura de una fotografía de dos hombres besándose en la portada internacional del New York Times distribuida en Pakistán el 29 de enero de 2016.

En la parte norte de Pakistán, los miembros de la comunidad transgénero siguen viviendo de forma muy insegura después de repetidos ataques a manos de personas cisgénero. La Dirección de Derechos Humanos de Khyber-Pakhtunkhwa se ha tomado muy en serio el peligroso incremento de los incidentes de violencia contra las personas transgénero, por lo que ha ordenado a todos los departamentos interesados a que compartan a diario su investigación sobre el asesinato de personas transgénero.

En cambio, como publicó también dosmanzanas en su momento, ya en julio de 2009 la Corte Suprema de Pakistán daba un paso hacia un cierto reconocimiento oficial de las personas transgénero y a finales de ese mismo año ordenaba que se reconociera oficialmente la existencia de un «tercer sexo». Este mismo año, el senador Babar Awan presentaba en la cámara alta un proyecto de ley similar al aprobado ahora para proteger al colectivo trans y que también contenía disposiciones antidiscriminatorias. En marzo de 2017, una histórica sentencia condenaba a cadena perpetua a los dos asesinos de una mujer trans.

No obstante, la igualdad real de las personas trans también sigue estando muy lejana, ya que todavía son vulnerables a los abusos físicos y verbales, tienen que soportar la actitud humillante de los policías, médicos en los hospitales y funcionarios públicos y los informes de palizas y otras formas de violencia dirigidas contra estas personas son comunes. Cuatro hombres quemaban viva a una mujer transgénero al resistirse a ser agredida sexualmente. En abril de 2018 recogíamos el asesinato de Sheena, una mujer trans de origen afgano, que no pudo recuperarse tras ser víctima de cinco disparos. Shena era en la quincuagésimo sexta persona trans muerta como consecuencia del odio tránsfobo en Pakistán desde 2015. Y en junio, una mujer transgénero era ‘secuestrada y torturada’ por una banda… Entre ese año y 2017, además, contabilizaron un mínimo de 1.131 casos de violencia contra este colectivo (208 de los cuales corresponden al año pasado).

Fuente Pink News/Cristianos Gays

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Comité de la ONU pide a Chile que apruebe la Ley de Identidad de Género, el matrimonio igualitario y la adopción homoparental

Martes, 20 de marzo de 2018
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cedaw-768x576Y exige además reformar la Ley Zamudio y terminar con abusos contra mujeres en razón de su orientación sexual o identidad de género, tras informe enviado por el Movilh, Miles y Amanda Jofré al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw)

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas expresó ayer a Chile su preocupación por la discriminación y abusos que padecen en nuestro país las personas en razón de su orientación sexual e identidad de género, recomendado una serie de medidas legislativas y de políticas públicas que fueron parte de un informe enviado al referente internacional por el Movimiento de Integración y Liberación (Movilh)  en alianza con la Corporación Miles y el Sindicato Amanda Jofré.

“Valoramos profundamente que el Cedaw tomara nota de lo que denunciamos. Más aún que lo propuesto en nuestro informe fuese exigido a Chile. La situación de las mujeres lesbianas, bi y trans en Chile es grave, con debilidades en el terreno legislativo y de las políticas públicas, lo cual fue ampliamente recogido por el Cedaw”, indicó el Movilh.

“Doble es el mérito del Cedaw, pues recomienda a Chile avanzar en la Ley de Identidad de Género, el matrimonio igualitario, la adopción homoparental y la reforma a la ley Ley Zamudio, por lo cual usaremos este texto para las reuniones que tengamos con las autoridades, a objeto de que entiendan que nuestras demandas, son también compartidas por la ONU”, finalizó el Movilh

Las preocupaciones

En sus observaciones finales, el Cedaw expresó su preocupación porque “el proyecto de Ley de identidad de género sigue pendiente”, “la Ley 20.609 (2012) sobre discriminación sigue siendo de alcance limitado y no incluye una definición integral de discriminación contra la mujer”.

Esto implica, añadió el Cedaw, una “falta de implementación efectiva de la Ley 20.609, junto con la carencia de un mecanismo judicial para juzgar los casos de discriminación” lo cual da paso a “un aumento en el número de casos de discriminación contra mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales”.

El Cedaw criticó además “la falta de disposiciones legislativas claras que prohíban los procedimientos médicos innecesarios a los lactantes intersexuales y los niños hasta que alcancen una edad en la que puedan dar su consentimiento libre, previo e informado”, así como “el apoyo inadecuado y la falta de recursos efectivos para las personas intersexuales, que se han sometido a procedimientos quirúrgicos médicamente innecesarios, a una edad muy temprana, a menudo con consecuencias irreversibles, lo que resulta en sufrimiento físico y psicológico a largo plazo”.

Basado en el informe del Movilh, Miles y el Sindicato Amanda Jofré, al Cedaw también le preocupó “el uso reportado de violencia por parte de agentes del Estado contra las mujeres lesbianas, bisexuales y transgénero, la falta de datos sobre enjuiciamientos y condenas en tales casos”, y “las barreras discriminatorias que enfrentan las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales al acceder al sistema judicial”

Muy especialmente expresó preocupación porque “la legislación actual no incluye disposiciones claras con respecto a los derechos de filiación y los derechos de los padres para las parejas del mismo sexo; y no permite los procedimientos de adopción que reconocen a ambos padres”, todos aspectos denunciados por el Movilh, Miles y Amanda Jofré al Cedaw.

Recomendaciones

En ese sentido, el Cedaw recomendó a Chile:

“Adoptar el proyecto de Ley de Identidad de Género con las enmiendas propuestas” por la sociedad civil organizada.

-“Adoptar el proyecto de Ley sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo (Boletín núm. 11422-07) y garantizar la protección de la filiación y los derechos de los padres”.

“Adoptar medidas legislativas claras que prohíban explícitamente la realización de tratamientos quirúrgicos u otros tratamientos médicos innecesarios a niños intersex hasta que alcancen una edad en la que puedan dar su consentimiento libre, previo e informado; proporcionar a las familias con niños intersex un asesoramiento y apoyo adecuados; y asegurar que se brinde información a los profesionales médicos sobre la prohibición legal de intervenciones quirúrgicas u otras intervenciones médicas innecesarias para niños intersexuales”.

“Acelerar la aprobación del proyecto de ley sobre el derecho de Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Boletín No. 11077-07) y asegurar que la ley reconozca la interseccionalidad entre violencia y discriminación, afectando particularmente a las mujeres migrantes, mujeres indígenas, mujeres con discapacidad y mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales

-“Modificar la Ley Nº 20.480 para ampliar la definición de femicidio a fin de incluir todas las muertes motivadas por motivos de género e intensificar las medidas para prevenir los femicidios y garantizar la investigación, levantamiento y condena de los perpetradores”

“Proporcionar capacitación en profundidad para el poder judicial y otras autoridades estatales para abordar la discriminación y violación de derechos experimentados por lesbianas, bisexuales , mujeres transgénero e intersexuales.

“Establecer procesos para eliminar las resoluciones y prácticas discriminatorias contra las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales dentro del sistema de justicia”

“Garantizar que las víctimas de discriminación y violencia de género tengan acceso a recursos oportunos y efectivos que puedan consistir en la restitución, indemnización o rehabilitación, y alentar a las mujeres a denunciar incidentes de violencia de género, incluida la violencia doméstica, y garantizar que todos los casos de violencia contra la mujer se investigan efectivamente y que los autores son debidamente procesados”.

“Mejorar la coordinación con el Congreso Nacional y la sociedad civil e incluir plenamente a los grupos desfavorecidos las mujeres en el diseño y la implementación de políticas y programas públicos, en línea con el artículo 2 de la Ley N ° 20.609”

“Adoptar una estrategia general dirigida a las mujeres, los hombres, las niñas y los niños para superar la cultura machista y estereotipos discriminatorios sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. También recomienda que esta estrategia aborde las formas de discriminación contra las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad, las mujeres indígenas, las mujeres afrodescendientes y las mujeres migrantes, así como las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales”

“Abordar la falta de medidas de protección para garantizar la dignidad y la integridad de las mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales, incluso sensibilizando a la opinión pública sobre sus derechos, en cooperación con la sociedad civil, y adoptar medidas para prevenir los delitos de odio y garantizar investigaciones, enjuiciamientos, condenas y el suministro de una reparación adecuada a las víctimas, incluida la reparación y la indemnización” y

“Asegurar el acceso efectivo a la justicia para personas intersexuales que se han sometido a tratamientos quirúrgicos u otros tratamientos médicos innecesarios sin su consentimiento previo y considerar el establecimiento de un fondo de compensación estatal”.

Fuente MOVILH

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Denuncian en Naciones Unidas los abusos del Estado de Chile contra mujeres trans y lesbianas

Viernes, 23 de febrero de 2018
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mujeres-768x383Miles, Movilh y el Sindicato Amanda Jofré denunciaron las torturas en Gendarmería contra mujeres trans y la ausencia de programas focalizados para atender a bisexuales, lesbianas o transgéneros que son víctimas de violencia.

En una comunicación conjunta con la Corporación por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Miles) y el Sindicato Trans Amanda Jofré, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció ante Naciones Unidas una serie de atropellos que en Chile padecen las mujeres lesbianas, bisexuales y trans.

La denuncia se hizo llegar al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) de Naciones Unidas, el cual analizará el desempeño de Chile en la materia en el marco de su 69 período de sesiones, a desarrollarse en Suiza entre hoy  y el 9 de marzo próximo.

En su informe los organismos denunciaron los continuos abusos y torturas que padecen en manos de gendarmes las mujeres trans recluidas en diversos centros penitenciarios, así como la carencia de presupuestos, servicios o programas estatales focalizados para la promoción de los derechos humanos de ese sector social, como también de las lesbianas y bisexuales.

“La situación en Gendarmería es alarmante, en menos de dos años los tribunales han dictado nueve fallos que demuestran golpizas, insultos, negación de medicamentos y total rechazo al respeto a la identidad de género. Hemos tocado todas las puertas para revertir esta situación, pero no fuimos escuchados. De ahí que recurriéramos a la ONU”, dijo el Movilh.

A la par se reportó que “las Casas de Acogida o Centros para Las Mujeres no brindan ayuda a mujeres, trans, mientras que sus funcionarios/as no están capacitados para atender y/u orientar lesbianas o bisexuales que sufren violencia intrafamiliar o en manos de sus parejas”.

“También informamos a la ONU que Chile carece de un protocolo de atención en salud para resguardar los derechos de las mujeres, bisexuales y lesbianas que atienda a sus realidades específicas. La atención está pensada, diseñada y ejecutada sólo para mujeres heterosexuales”, redondeó el Movilh.

A la par se denunció que Chile no ha aprobado el matrimonio igualitario, ni la ley de identidad de género ni ha reformado la Ley Antidiscriminatoria 20.609, pese a ser ambas medidas compromisos internacionales.

Por último se reportó que la Ley Nº 20.480 sobre Tipificación del Delito de Femicidio no considera a las mujeres trans, y que la Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar no es clara sobre los derechos de las personas LGBTI.

Las organizaciones denunciantes esperan que en función de su denuncia, la ONU haga recomendaciones y/o exigencias a Chile para mejorar la calidad de vida de las mujeres lesbianas, bisexuales o trans.

Fuente MOVILH

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El Constitucional de Perú deniega el cambio de nombre a una mujer transexual.

Viernes, 9 de mayo de 2014
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Transamerica-937012883-large-e1314482563960El Tribunal basa su sentencia en que “el Derecho no puede abandonar la realidad científica de que el sexo de la persona es su sexo biológico”.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por P.E.M.M. contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), en la que solicitaba el cambio de sexo legal en su DNI y partida de nacimiento.

Decepcionante decisión del Tribunal Constitucional del Perú, que ha declarado infundada la demanda de amparo interpuesta por una mujer transexual contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de ese país (RENIEC). La mujer, que en el pasado se sometió a cirugía de reasignación y a la que otro tribunal ya concedió el cambio de nombre, solicitaba que le fuera reconocido además el cambio de sexo en su Documento Nacional de Identidad y en su partida de nacimiento. El alto tribunal peruano niega el cambio entre otros motivos porque ello supondría “admitir el matrimonio entre personas del mismo sexo”.

El Tribunal Constitucional de Perú afirma que la demandante “no presenta un caso de intersexualidad o hermafroditismo que, al momento de registrar su sexo, haya ocasionado un error que deba ser rectificado. Se trata de una persona transexual, es decir, de alguien que muestra una incongruencia entre lo psíquico y lo orgánico en relación a su sexo, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica dentro de los trastornos de la personalidad y del comportamiento”.

Según el Constitucional peruano, el hecho de que una mujer transexual solicite el cambio de sexo en los documentos oficiales “puede identificarse con aquellas tendencias que intentan romper con el modelo que afirma que el Derecho debe proteger jurídicamente lo que viene dado por la naturaleza humana, para ir hacia un modelo conforme al cual el género es siempre construido culturalmente y no debe respetar necesariamente la naturaleza. Se trata, pues, de una discusión filosófica-jurídica sobre los modelos que adopte el ordenamiento jurídico en las relaciones entre naturaleza y cultura, biología y Derecho, que no está cerrada”. Según afirma el tribunal, “mientras no haya certeza científica de que la cirugía transexual es el tratamiento más eficaz para el transexualismo y que, realizada ella, debe prevalecer legalmente el sexo psicológico sobre el biológico, el Derecho no puede abandonar la realidad científica de que el sexo de la persona es su sexo biológico”.

“Supondría admitir el matrimonio entre personas del mismo sexo”

El Constitucional peruano va incluso más allá de la mera reducción de la realidad transexual a una condición patológica, al considerar que admitir el cambio de sexo “acarrearía, entre otras importantes consecuencias, admitir el matrimonio de personas del mismo sexo, pues P.E.M.M. [la demandante] podría reclamar cuanto sea inherente a la condición legal de mujer, y un transexual operado, a pesar del cambio externo, sigue teniendo el mismo sexo cromosómico. De esta forma, el TC estaría introduciendo en nuestro ordenamiento jurídico el matrimonio entre personas del mismo sexo, incurriendo en un activismo judicial que contravendría los principios de separación de poderes”.

El Constitucional peruano, afortunadamente, sí ratifica la posibilidad de que las personas transexuales puedan cambiar su nombre como una forma de proteger ”el derecho a la identidad”: “este TC es del criterio, sostenido ya en la STC 2273-2005-PHC/TC, que en tutela del derecho a la identidad puede admitirse el cambio de prenombre, pero mantenerse intangible un elemento de identidad como el sexo de la persona”.

Dos magistrados se oponen a la opinión mayoritaria

La decisión del Tribunal Constitucional peruano no fue unánime, sino que fue adoptada por mayoría de cuatro magistrados contra dos. Estos últimos consideran que en el derecho internacional ya existen “diversas fuentes normativas que efectúan el reconocimiento de otros elementos distintos al biológico en la conformación de la identidad sexual (entre otros, el CEDAW [Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, a la que está adherida Perú], el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos), es decir, reconocen a la ‘identidad de género’ como una identidad conformada por elementos distintos al biológico (psicológicos, sociales y culturales)”.

Los dos magistrados disidentes argumentaron que el derecho fundamental a la identidad posee una faceta estática (que no cambia con el devenir del tiempo) pero también una faceta dinámica, que cambia de acuerdo a la evolución y maduración de la persona; y que, en tal perspectiva, “la autonomía moral del sujeto solo puede ser respetada si el ordenamiento jurídico admite el reconocimiento de su identidad tal y como ésta es experimentada y vivida por el sujeto, y no conforme es impuesta por la sociedad”.

La demandante señalaba en su demanda que, mediante un proceso judicial de cambio de nombre, obtuvo que este fuera cambiado de un prenombre masculino (J. L.) a uno femenino (P. E).

En la demanda de amparo correspondiente, P.E. sostuvo que la “teoría del sexo psicosocial” considera la “subjetividad” del sexo al mismo nivel que el sexo biológico por lo que si el sexo morfológico no coincide con el psicológico, debe prevalecer este último.

Sin embargo, el Colegiado respondió que P.E.M.M. no presenta un caso de intersexualidad o hermafroditismo que, al momento de registrar su sexo, haya ocasionado un error que deba ser rectificado.

“Se trata de una persona transexual, es decir, de alguien que muestra una incongruencia entre lo psíquico y lo orgánico en relación a su sexo, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica dentro de los trastornos de la personalidad y del comportamiento, indica el fallo del Tribunal Constitucional.

En este sentido, el fallo señala también que “mientras no haya certeza científica de que la cirugía transexual es el tratamiento más eficaz para el transexualismo y que, realizada ella, debe prevalecer legalmente el sexo psicológico sobre el biológico, el Derecho no puede abandonar la realidad científica de que el sexo de la persona es su sexo biológico.

El Tribunal advirtió asimismo que declarar fundado el pedido de la parte demandante “acarrearía, entre otras importantes consecuencias, admitir el matrimonio de personas del mismo sexo”.

Agrega que en ese contexto P.E.M.M. podría reclamar cuanto sea inherente a la condición legal de mujer, “y un transexual operado, a pesar del cambio externo, sigue teniendo el mismo sexo cromosómico”.

Apenas conocida la decisión del TC, esta fue debatida y ampliamente comentada en las redes sociales de Facebook y Twitter.

Fuente Dosmanzanas Cáscara Amarga

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