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Hito: con acto desagravio en La Moneda el presidente Boric reconoce lesbofobia estatal contra la docente Sandra Pavez y le pide disculpas

Lunes, 11 de septiembre de 2023
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Hoy se cumplen 50 años del Golpe de Estado en Chile que provocó el suicidio del legítimo Presidente de la república Salvador Allende tras el bombardeo del palacio de la Moneda e inició una sangrienta dictadura que asesinó a miles de ciudadanos y ciudadana. Pues bien, amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983  bajo la dictadura de Pinochet y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

El pasado 7 de septiembre, En el marco del cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó a Chile por discriminación, luego de que con el patrocinio del Movilh la profesora denunciara al Estado por prohibirle hacer clases en razón de su orientación sexual, el Presidente de la república Gabriel Boric reconoció públicamente la responsabilidad del Estado en este acto de lesbofobia. Esperamos, sentados, a que la Iglesia  católica haga lo mismo…

sandra-pavez-boric-movilhCon una ceremonia en el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda el presidente de la República, Gabriel Boric, en representación del Estado, realizó hoy un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por la lesbofobia que sufrió la docente Sandra Pavez, quien en 2007 fue impedida por siempre de realizar clases de religión solo por ser lesbiana.

El acto de reconocimiento es parte de la condena que en febrero del 2022 dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos  (Corte IDH) contra el Estado de Chile, tras una denuncia internacional interpuesta por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en representación de la docente ante la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH).

“En mi calidad de Presidente de la República y representante del Estado reconozco la responsabilidad que le cabe al Estado chileno por el trato discriminatorio que recibiste Sandra, motivado por tu orientación sexual y que afectó tu dignidad como persona”, dijo Boric

“A Sandra le ofrezco ante Chile disculpas públicas y el compromiso de seguir trabajando arduamente para erradicar toda forma de discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género para que nunca más en Chile alguien tenga que vivir lo que tú y tu entorno vivieron”, expresó en la ceremonia que contó con la presencia de los ministros de Educación, Nicolás Cataldo,  de Relaciones Exteriores, Alberto van Klaveren Stork,  y de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, así como de la diputada Emilia Schneider, entre otras autoridades.

sandra.familia-boric-movilhA su vez, la profesora Pavez sostuvo que “creo que se ha hecho justicia, en especial porque ya hay un precedente para que nunca más un/a docente pueda pasar por lo mismo. Agradezco al Movilh, la organización que me apoyó todos estos años, y en especial a su dirigente Rolando Jiménez”.

Para la vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, “hoy se hace, de una u otra manera, algo de justicia para la docente Pavez, quien vio vulnerados sus derechos humanos más básicos sin que ninguna autoridad del Estado le expresara alguna vez solidaridad y apoyo, dejándola abandonada y sin posibilidad de ejercer nunca más su profesión, pues en 2021 jubiló”.

Añadió que, “en torno a este caso, el Estado aún debe cumplir con aspectos claves de la sentencia, como la capacitación en temáticas LGBTIQA+ a todos los profesionales que evalúen docentes, así como la derogación o modificación total del Decreto 924 del Mineduc, una norma heredada de la Dictadura que permitió prohibir a la docente Pavez  ejercer como profesora, una labor que antes del 2007 había desarrollado durante 22 años de manera intachable”

En su sentencia, la Corte CIDH enfatizó que las libertades de educación y de religión en ningún caso pueden usarse para discriminar a las personas LGBTIQA+, ni que tampoco el derecho de los padres y madres a escoger la educación para sus hijos/as puede dar paso a violaciones a los derechos humanos.  Añadió que al prohibirse a Pavez ejercer su profesión, el Estado chileno vulneró sus derechos “a la igualdad y no discriminación, a la libertad personal, a la vida privada y al trabajo”.

El caso es uno de los más emblemáticos en Chile para los derechos LGBTIQ+, no solo por la condena contra el Estado, sino porque en su afán de impedir a Pavez ejercer clases, todas las iglesias del país se unieron por primera vez en su historia contra sus derechos presentando escritos conjuntos ante la Corte IDH, los cuales felizmente  fueron desestimados por  el órgano internacional.

El caso

sandra-pavez-ministros-movilh-768x576Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Lo anterior, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983  bajo la dictadura de Pinochet y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Vergonzosamente, el Estado y las diferentes Iglesias se unieron por primera vez para negar derechos en razón de la orientación sexual de las personas.

En respuesta el Movilh denunció a Chile por lesbofobia ante la Comisión Interamericana de DDHH. Más de una década  después, la CIDH acogió la denuncia del Movilh y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente fue representada por el abogado pro bono, Ciro Colombara, entre otros que se sumaron tras la condena, al final del proceso.

Finalmente, el 4 de febrero del 2022 la Corte Interamericana de DDHH condenó a Chile por lesbofobia, exigiendo entre otras medidas, el acto de reparación efectuado hoy por Boric.

Fuente MOVILH/Cristianos Gays

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Publicaron sentencia contra Chile por lesbofobia en El Mercurio en el Día Internacional de los DDHH

Martes, 13 de diciembre de 2022
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DFD43DEB-CE99-48BC-A74E-3391742055AELa Corte Interamericana de DDHH exigió a Chile publicar el fallo en un diario de circulación nacional, tras la condena por la discriminación  que sufrió la docente Sandra Pavez, impedida desde el 2007 de dictar clases solo por ser lesbiana.

En el marco del cumplimiento de la sentencia de Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que condenó a Chile por lesbofobia luego de impedirle a la docente Sandra Pavez ejercer como docente en nuestro país solo por ser lesbiana, el Estado se verá en la obligación de publicar este sábado en El Mercurio el fallo.

Tras una petición del Movilh, que representa a Sandra Pavez, el fallo será publicado en el diario de circulación nacional el 10 de diciembre, el Día Internacional de los Derechos Humanos, de manera que “el Estado dé una señal concreta a favor de los derechos LGBTIQA+ en este especial día, que además coincide con el primer aniversario de la promulgación de la ley de matrimonio igualitario”, sostuvo el activista Rolando Jiménez.

Jiménez, quien ha representado en el espacio público a Pavez desde que en 2007 fuera impedida por un fallo de la Corte Suprema de dictar clases de religión solo por ser lesbiana, sostuvo que “con esta medida el Estado avanza en el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH, la cual fue enfática en señalar que ninguna religión o iglesia puede impedir que un/a docente dicte clases en Chile en razón de su orientación sexual o identidad de género”.

“Esperamos que un gobierno, que ha dicho apoyar los derechos LGBTIQA+, cumpla cada uno de las exigencias de la Corte IDH, generando las condiciones que aprovechen este fallo como una oportunidad para implementación de medidas contra la homo/lesbo/bi/transfobia en el sistema educacional”, dijo la vocera del Movilh, Daniela Andrade.

Añadió que “todos los gobiernos están obligados a cumplir sentencias. En el caso del gobierno del presidente Boric, que ha dicho levantar las banderas LGBTIQANB+, el desafío por cierto debe ser mayor. Caso contrario, no se notaría su aporte específico a favor de la inclusión, ni tampoco se entendería que quienes ahora están en el poder, hicieran publicidad con nuestros derechos mientras eran candidatos/as”, añadió.

Antecedentes del caso

Tras 15 años de lucha jurídica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó el pasado 4 de febrero a Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez (64) dictar clases de religión solo por ser lesbiana, tras una prohibición ordenada en primera instancia por la Iglesia Católica y que luego fue refrendada por la Corte Suprema, mientras que el Ejecutivo y el Legislativo de la época guardaron total silencio frente al abuso.

En tal sentido, la Corte INDH obligó al Estado a publicar “en el plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, en un tamaño de letra legible y adecuado: a) el resumen oficial de la presente Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en el Diario Oficial; b) el resumen oficial de la presente Sentencia elaborado por la Corte, por una sola vez, en un diario de amplia circulación nacional, y c) la presente sentencia en su integridad, disponible por un período de un año, en un sitio web oficial del Estado, de una manera accesible al público y desde la página de inicio del sitio web”.

Además el Estado fue obligado a indemnizar a Sandra, lo que ya ocurrió, mientras otras exigencias de fondo de la sentencia están pendientes, como son la celebración de “un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional”, “crear e implementar, en el plazo de dos años, un plan de capacitación a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente en establecimientos educativos públicos sobre el alcance y contenido del derecho a la igualdad y no discriminación” y reformar el Decreto 924 del Ministerio de Educación, el cual fue creado por la dictadura de Augusto Pinochet y se mantiene vigente bajo la administración del presidente Boric.

“Hasta ahora, el Estado se ha mostrado favorable a cumplir con muchos de los aspectos de la sentencia y estamos discutiendo los alcances  sobre la capacitación “a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente en establecimientos educativos públicos”. Esperamos que el Estado, y en especial este Gobierno, deje al margen interpretaciones conservadoras de la sentencia, entienda los alcances del fallo y se afirme en los propios principios que dice representar. Solo así  la capacitación será dirigida para todas las personas que evalúan docentes y no solo para algunas, lo cual tendría un negativo y desigual impacto en la educación y en el respeto a los derechos de estudiantes y docentes LGBTIQA+ en Chile”, finalizó Andrade.

Fuente MOVILH

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División de DDHH de la Cancillería y Movilh inician coordinaciones para cumplir acuerdos internacionales pro derechos LGBTIQA+

Martes, 26 de julio de 2022
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1740DB8F-A210-456F-9772-F9ED5E3FE0A1Se avanzará en el cumplimiento de la condena contra Chile por lesbofobia y en los compromisos que asumió el Estado ante la CIDH para generar leyes y políticas públicas que prevengan y erradiquen la discriminación por orientación sexual o identidad de género.

El director la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Tomás Pascual Ricke, y el funcionario Camilo Godoy Peña., se reunieron ayer con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) para coordinar trabajos conjuntos que permitan a Chile cumplir con los compromisos internacionales a favor de la igualdad de las personas LGBTIQA+.

En concreto, se abordaron la condena que emitió la Corte Interamericana de DDHH (Corte IDH) contra Chile por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez dictar clases solo por ser lesbiana, así como el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) que firmó el Estado en 2016 ante la Comisión Interamericana de DDHH (CIDH), donde nuestro país comprometió cambios legislativos y la implementación de políticas públicas para prevenir y erradicar la homo/transfobia.

Entre otros, la condena por el Caso Pavez obliga a Chile eliminar normativas que permitan a las iglesias impedir la docencia  de personas LGBTIQA+, así como capacitar a quienes evalúan profesores/as en el pleno respeto a los derechos humanos de quienes tienen una identidad de género u orientación sexual diversa. En tanto, en el ASA Chile comprometió la derogación del artículo 365 del Código Penal, una institucionalidad antidiscriminatoria y políticas sociales, laborales y de salud en favor de las mujeres lesbianas, bi, trans, intersex o pansexuales,  entre otros puntos.

En la  reunión, Pascual Ricke informó que en torno a la Condena del Caso Pavez, la Cancillería, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Mineduc ya se encuentran dialogando, por lo que próximamente se realizará el trabajo de coordinación con el Movilh, que para estos efectos representa a la docente.

En torno a el ASA, Pascual Ricke reiteró la disponibilidad de la canciller Antonia Urrejola de continuar con su cumplimiento, luego de que el Movilh decidiera terminar con el trato bajo la pasada administración gubernamental debido a reiteradas faltas con el Acuerdo.

“Estamos conformes con la señales y noticias que nos ha dado  la División de Derechos Humanos de la Cancillería, pues coinciden con nuestras demandas y sensibilidades. Junto al Caso Pavez y el ASA, esperamos también avanzar en otras coordinaciones con la Cancillería que vayan en beneficio de los abusos estatales que sufren las personas LGBTIQA+ en países donde ser de la diversidad sigue siendo considerado un delito”, señaló el Encargado de DDHH del Movilh, Ramón Gómez

Fuente MOVILH

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Fallo sobre docente Pavez: medios y grupos anti-derechos acusan que Corte IDH «socavó la libertad religiosa» mientras las iglesias guardan silencio

Viernes, 27 de mayo de 2022
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HomofobiaAdemás, entre los mismos representantes de los grupos anti-derechos hay diferencias, pues para al menos uno dice que no se socavó la libertad religiosa. Por su lado, el Movilh, lamentó las nuevas reacciones lesbofóbicas y repudió que los grupos y medios ultraconservadores desinformen a creyentes.

Distintas y contradictorias han sido las reacciones de medios y grupos ultra-conversadores contra la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó al Estado de Chile por prohibir durante 15 años a la docente Sandra Pavez dictar clases de religión solo por ser lesbiana, mientras las iglesias que se movilizaron contra profesora han guardado total silencio luego de fracasar su arremetida de odio.

Con un tono alarmista el medio InfoVaticana, señaló que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sentenciado que las decisiones de los padres de familia respecto a cómo y quién debe impartir la educación religiosa a sus hijos pueden ser ignoradas”

Añadió que “la sentencia en el caso Pavez contra Chile podría tener amplias implicaciones para toda América, y es una desilusión para la coalición de múltiples comunidades religiosas que intervino en el caso a favor de la autonomía religiosa y los derechos de los padres”

Acto seguido acusó que con la sentencia se “socava la libertad religiosa. El fallo (…) rompió con el consenso internacional que reconoce la selección de profesores como parte inherente de la autonomía de las comunidades religiosas. Esta decisión podría afectar directamente a una mayoría de los niños del continente que reciben su educación a través de escuelas financiadas con fondos públicos.  El fallo del tribunal también implica que los católicos, judíos, musulmanes, evangélicos o cualquier otro grupo religioso no pueden garantizar que los designados para enseñar esa religión vivan de acuerdo con lo que enseñan.”

InfoVaticana se lamentó además de que la  Corte no considerara una activa movilización de las iglesias contra el derecho de Pavez a dictar clases de religión.

“A lo largo del caso, una amplia coalición de organizaciones y comunidades religiosas se ha unido para defender este derecho fundamental  (libertad religiosa) y pedir al Tribunal que defienda las leyes del Estado. Esta coalición incluía a las comunidades judía, musulmana, ortodoxa, anglicana y protestante de Chile, así como al presidente del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM), quienes conjuntamente presentaron un histórico escrito en conjunto ante la Corte en 2021. Además, más de 30.000 personas presentaron una petición conjunta a la Corte solicitando que esta defienda el derecho de los padres a que sus hijos sean educados de acuerdo con sus convicciones”, recordó en referencia a la inédita unidad que las altas jerarquías de las iglesias alcanzaron el año pasado solo para que la Corte IDH se pronunciara contra Pavez.

La postura del medio fue refrendada por  el Director Adjunto de ADF Internacional, Robert Clarke, para quien “esto es un golpe para los padres, y para las comunidades religiosas a las que pertenecen. La sentencia socava su derecho a decidir quién enseñará la educación religiosa confesional en su nombre y ayudará a criar a sus hijos en esa fe. La decisión no se ajusta al derecho internacional, que protege claramente la autonomía de las comunidades religiosas, y constituye una excepción si se compara con casos similares decididos en otros tribunales de derechos humanos”

La opinión de Clarke no es del todo compartida por otro integrante de la misma instancia.

El Director de Área para América Latina y el Caribe de ADF Internacional, Tomás Henríquez, sostuvo en primera instancia a través del mismo medio que  “estamos en absoluto desacuerdo con la decisión alcanzada por esta Corte que se aparta por completo de la posición adoptada por la mayoría de los Estados de la región, así como en los precedentes consolidados de otros organismos internacionales de derechos humanos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El fallo de hoy aísla a la Corte Interamericana entre otros tribunales internacionales, y amenaza con socavar los derechos de los padres y las comunidades religiosas de toda América.”

Sin embargo, se retractó luego en el El Mercurio señalando que la sentencia reafirmó que “los padres e hijos tienen derecho a la educación de religiosa” y que “a los niños no se les obligará a instruirse en una religión o convicciones contra los deseos de sus padres”, pues a su juicio la “Corte afirma que no cabe duda de que las comunidades religiosas pueden designar a quienes van a impartir la enseñanza sobre su propio credo”.

Para el Movilh, “estas contradicciones entre los integrantes de una misma agrupación anti-derechos demuestran la fragilidad de sus argumentos, así como sus inmorales intenciones de desinformar a creyentes, en un escenario donde las altas jerarquías de las iglesias, hasta ahora, han sido más oportunistas y hábiles, pues han guardado silencio, asumiendo de una vez y sin chistar que ya no podrán impedir a personas dictar clases de religión solo por ser LGBTIQA+”

En concreto, la sentencia de la Corte prohibió a todos los Estados de América discriminar en razón de su orientación sexual o identidad de género a cualquier docente, en especial a los de religión, además de obligar a Chile a reformar el Decreto 924 del Mineduc, en tanto ha sido utilizado por las iglesias para prohibir a profesores/as ejercer solo por ser LGBTQA+, como ocurrió con Pavez.

La libertad religiosa y el derecho de padres y madres  a educar a sus hijos/as en ningún caso puede dar paso a la discriminación o violación a los derechos humanos de ninguna  persona, incluidas las LGBTIQA+. Eso ha dicho la Corte, y ese fue el gran fracaso de las iglesias. Todo lo demás, son campañas de desinformación de medios y grupos anti-derechos que públicamente se contradicen entre ellos mismos” , finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos condena al Estado chileno por impedir dar clases de religión a una profesora lesbiana

Lunes, 25 de abril de 2022
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DFD43DEB-CE99-48BC-A74E-3391742055AELa Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado al Estado chileno por impedir desde 2o07 a la profesora Sandra Pavez dar clases de religión solo por ser lesbiana. «Estoy muy contenta porque desde ahora, con esta sentencia, en ningún país de América los docentes, y en particular las profesoras y profesores de religión, ya no podrán ser discriminados por su orientación sexual o identidad de género. La libertad religiosa y el derecho de los padres y madres a educar a sus hijos/as, ya no podrán usarse como excusa para discriminar a las personas LGBTIQA+. Esto es un momento histórico no para mí, sino para todas las personas discriminadas», ha declarado Pávez tras conocer el fallo.

Resumimos la historia de discriminación que hay detrás de la histórica sentencia. En julio de 2007 la Iglesia católica revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le permitía dar clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde ejercía como profesora desde 1985. Lo hizo por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, aún en el cargo. La razón era que se había hecho público que Sandra Pavez es lesbiana y mantenía una relación con otra mujer, habiéndose negado además a someterse a «terapias» psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para intentar revertir su orientación sexual. La Iglesia católica actuó amparada en un decreto del Ministerio de Educación chileno (el Decreto 924) dictado en 1983 bajo la dictadura de Augusto Pinochet, que faculta a la Iglesia a decidir quién puede o no impartir la asignatura, aunque se trate de un colegio público.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (MOVILH) luchó en los tribunales chilenos por el derecho de Sandra Pavez a continuar ejerciendo su trabajo, pero finalmente la decisión de la Iglesia católica fue ratificada por la Corte Suprema de Chile en abril de 2008 (en su momento recogimos la noticia). Sandra Pavez y el MOVILH no se rindieron y elevaron el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que casi 15 años después ha fallado a su favor.

En la sentencia, cuyo texto íntegro puedes descargar aquí y cuyo resumen oficial puedes descargar aquí, la CIDH reconoce que las autoridades religiosas chilenas cuentan con autonomía amplia a la hora de otorgar un certificado de idoneidad para dictar clases de religión que derivan del derecho a la libertad religiosa. Sin embargo, precisa que, al ser una asignatura que al fin y al cabo forma parte de los planes educativos de la escuela chilena deben adecuarse a los otros derechos y obligaciones vigentes en materia de igualdad y no discriminación. En ese sentido, la Corte advierte que el Decreto 924 hace una delegación incondicionada de la facultad de otorgar certificados de idoneidad a personas para ejercer la docencia religiosa en establecimientos públicos sin que exista una vía clara para impugnar este tipo de decisiones. En este sentido, reconoce que la decisión de conceder o no el certificado de idoneidad por parte de las autoridades religiosas debe estar sujeta a un control posterior por parte de las autoridades estatales o a recursos idóneos y efectivos ante las autoridades jurisdiccionales para proteger y salvaguardar los derechos de las personas contra actos discriminatorios o arbitrarios contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En este sentido, la CIDH constata que en el caso de Sandra Pavez la decisión de retirarle el certificado de idoneidad fue producto de un trato diferente basado en su orientación sexual, viéndose afectados sus derechos a la libertad personal y a la vida privada y vulnerándo el principio de igualdad y no discriminación. Esa afectación, podemos leer en el resumen oficial de la sentencia, «se produjo también porque su vida sexual fue objeto de intromisiones por parte de la Vicaría que la habría exhortado a terminar su vida homosexual, y porque se condicionó su permanencia en el cargo de profesora de religión católica a su sometimiento a terapias médicas o psiquiátricas». Por otra parte, la CIDH considera que el derecho al trabajo de Sandra Pavez también se vio comprometido «en la medida que, a través de la reasignación de funciones que sufrió Sandra Pavez Pavez, se menoscabó su vocación docente y ello constituyó una forma de desmejora laboral en la medida que ella se vio impedida de continuar dictando clases de religión católica».

Por lo que se refiere a la responsabilidad del Estado chileno, la Corte concluye que la víctima careció de recursos idóneos y efectivos para impugnar los efectos de la decisión de revocación de su certificado de idoneidad y sostiene que las autoridades judiciales internas no efectuaron un adecuado control de convencionalidad sobre el acto del colegio mediante el cual se separó a Sandra Pavez Pavez de su cargo de profesora de religión católica. Por esos motivos, se vulneraron también los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial.

En razón de estas violaciones, la CIDH ha ordenado diversas medidas de reparación integral a Chile, que incluyen tanto una indemnización compensatoria a Sandra Pavez como el establecimiento de garantías de que un caso así no puede volver a repetirse, para lo cual el Estado chileno deberá implementar un plan de capacitación permanente a las personas encargadas de evaluar la idoneidad del personal docente y adecuar la normatividad sobre recursos, procedimiento y competencia judicial para impugnar decisiones de los centros educativos públicos en torno al nombramiento o remoción de profesores de religión.

Satisfacción del MOVILH y felicitación del presidente de Chile, Gabriel Boric

El dirigente del MOVILH, Rolando Jiménez, ha destacado la satisfacción del colectivo por la decisión de la CIDH pese al enorme retraso. «Estamos en presencia de un acto de justicia frente a unos de los abusos más brutales sufridos por una persona en razón de su orientación sexual o identidad de género en Chile», ha declarado. Jiménez ha añadido que «en un hecho inédito en el mundo, Sandra Pavez ha vencido al Estado, pero también a todas las iglesias del país que el año pasado se unieron por primera vez en su historia para incidir en la Corte Interamericana con el fin de que negara derechos a la docente en virtud de una supuesta libertad religiosa. La Corte ha sido clara, el Estado no puede discriminar en razón de la orientación sexual o identidad de género, ni tampoco puede permitir a las iglesias hacerlo. Esta es una sentencia histórica, de doble triunfo, sobre los abusos religiosos y estatales».

Un dato muy relevante es que tras conocerse la sentencia, el nuevo presidente de Chile, Gabriel Boric, ha felicitado personalmente a Pavez. «Valoro mucho que el presidente me llamara, me felicitara y mostrara su compromiso de cumplir con la sentencia. Esta es una justa y buena noticia de parte de un presidente por quien voté», ha declarado la profesora, que en estos 15 años, y según ella misma ha declarado, no había recibido ningún tipo de apoyo gubernamental. La sentencia también ha sido recibida favorablemente por el actual ministro de Educación, el abiertamente gay Marco Antonio Ávila, que ha anunciado la próxima revisión del Decreto 924 en la línea de lo señalado por la CIDH.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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Cinco horas durará el juicio contra el Estado de Chile por discriminar a la docente Sandra Pavez en razón de su orientación sexual

Miércoles, 12 de mayo de 2021
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corte-Interamericana-Movilh-820x394Corte Interamericana

Arranca hoy miércoles a las 10:00 A.M y continuará el jueves. El Movilh dio a conocer el programa. Los abogados colaboradores del Movilh y representantes la docente, Ciro Colombara y Branislav Marelic, explicaron el juicio y su transcendencia para la población LGBTIQ+.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) dio hoy a conocer el programa del juicio por lesbofobia contra Chile que tendrá lugar en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) los próximos miércoles y jueves, al tiempo que los abogados colaboradores de la organización y representantes de la docente Sandra Pavez ; los juristas Ciro Colombara y Branislav Marelic; explicaron los alcances del inédito proceso donde Estado e Iglesias se unirán por primera vez para negar derechos en razón de la orientación sexual de las personas.

El juicio será abierto a las 10:00 horas de este miércoles 12 de mayo por la presidente de la Corte IDH, Elizabeth Odio Benito; tras lo cual la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dispondrá de 20 minutos para presentar el caso de Pavez, a quien un fallo de la Corte Suprema le impide desde el 2007 hacer clases en Chile solo por ser lesbiana.

Luego se procederá al interrogatorio de Pavez, contando con 20 minutos el Estado de Chile y otros 20 los representantes de la docente. En tanto, durante la declaración pericial de Rodrigo Uprimny Yepes se contará con 10 minutos para la presentación, 10 minutos para la CIDH, 15 minutos para los representantes de Pavez y 15 minutos para el Estado. Además, durante la declaración pericial de José Luis Lara Arroyo, habrá 10 minutos para la presentación; 15 para el Estado y 15 para los representantes de Pavez.

El juicio continuará el jueves 13 de mayo a las 10:00 horas, siendo abierta nuevamente por la presidenta de la Corte IDH. Luego se dará paso  a la declaración de  pericial de Estefanía Esparza Reyes, con 10 minutos de presentación, 15 para la CIDH, 15 para el Estado de Chile y 15 para los representantes de Pavez.

Finalmente, los representantes de Pavez dispondrán de 30 minutos para los alegatos,  al igual que el Estado de Chile, con 5 minutos adicionales de derecho a réplica para ambas partes. A esto seguirán 20 minutos para las observaciones de la CIDH y el cierre de la audiencia por parte de la presidenta de la Corte INDH.

El juicio tendrá lugar en un contexto donde todas las iglesias de Chile se han movilizado de forma inédita con unidad para que la Corte IDH falle contra Pavez, desenlace que también busca el Estado. “Nunca antes Estados e iglesias se habían unido motivados para legalizar la homofobia en un juicio internacional. Es un hecho tan impactante, como doloroso, que revictimiza a Sandra”, señaló el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

El abogado colaborador del Movilh, Branislav Marelic, precisó que “el Caso de Sandra Pavez es muy importante para Chile porque aborda la discriminación por orientación sexual de una funcionaria pública; que es una profesora que no pudo ejercer su cargo de docente de religión por su orientación sexual”

Añadió que “esto se debe al Decreto 924 del Mineduc, vigente hasta la época, que faculta a las iglesias para quitar la idoneidad de los profesores de religión en el sistema público. Y a la víctima, en este caso, se le quitó la idoneidad solamente por ser lesbiana y nunca más pudo ejercer su trabajo de profesora de religión. Es una discriminación por donde se le mire. Por eso, este caso es muy importante y se va a resolver en la Corte Interamericana en Costa Rica”.

En tanto el abogado de Pavez, Ciro Colombara, apuntó que “durante décadas el  Movilh ha luchado por los derechos de la comunidad LGBTIQ+ en Chile y también a nivel internacional. Durante toda su vida la profesora de religión Sandra Pavez luchó porque se respetase su dignidad y su orientación sexual como una persona lesbiana”

Añadió que  “los derechos de Sandra Pavez, los derechos de la comunidad LGBTIQ+, fueron violados  el Estado de Chile hace mucho años atrás al discriminarla en su calidad de profesora de religión. El caso llegó hace 13 años al sistema interamericano de derechos humanos y hoy finalmente llega al tribunal más alto de derechos humanos la corte Interamericana, que va a dictar un fallo que va a reparar la dignidad de Sandra Pavez y va a reconocer los derechos de la Comunidad LGBTIQ+, como ha luchado el Movilh durante décadas”.

Fuente MOVILH

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¿Ut unum sint? Sí, lo son contra las personas LGTBI aunque sean incapaces de celebrar juntos la Eucaristía. ¡Fariseos! Jerarcas católicos, evangélicos, ortodoxos, anglicanos, musulmanes y judíos emprenden cruzada lesbofóbica contra docente Sandra Pavez

Martes, 11 de mayo de 2021
Comentarios desactivados en ¿Ut unum sint? Sí, lo son contra las personas LGTBI aunque sean incapaces de celebrar juntos la Eucaristía. ¡Fariseos! Jerarcas católicos, evangélicos, ortodoxos, anglicanos, musulmanes y judíos emprenden cruzada lesbofóbica contra docente Sandra Pavez

HomofobiaPresentaron un escrito ante la Corte Interamericana de DDHH a objeto que se siga impidiendo  a la docente Pavez hacer clases en Chile solo por ser lesbiana. Junto con repudiar la cruzada de odio, el Movilh denunció que el primer cura que impidió a Pavez ejercer la docencia  abusó de un niño.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) alertó hoy que las principales religiones de Chile se unieron para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) mantenga la medida que le impide a la docente Sandra Pavez hacer clases en Chile desde el 2007 solo por ser lesbiana.

En efecto, altos representantes de la Iglesias Católica, Ortodoxa, Anglicana, Evangélica, Musulmana y Judía presentaron un escrito ante la Corte IDH a objeto de que esta falle contra Pavez.

La demanda presentada por Pavez ante la Corte INDH busca que el Estado de Chile sea sancionado por impedirle durante 14 años hacer clases de religión en un colegio laico, en el marco de un juicio internacional que tendrá lugar los próximos miércoles y jueves.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, precisó que “estamos ante un acto de lesbofobia sin precedentes, donde Estado y religiones se unirán por primera vez en su historia en un juicio internacional para negar la igualdad de derechos en razón de la orientación sexual de una persona. Este poderoso abuso, revictimiza una vez a la docente Pavez y explicita un odio desmesurado y virulento contra las personas LGBTIQ+. Toda nuestra solidaridad con Sandra”.

“Esperamos que la Corte INDH respete el Estado laico, la Convención Americana de los Derechos Humanos y falle a favor del Pavez, sancionando a Chile por esta abierta vulneración de derechos que es avalada por las principales iglesias del país de la mano del Estado”, apuntó Jiménez.

“A quienes hablan de moral y emprenden esta arremetida contra la docente Pavez, es bueno recordarles que quien primero le impidió hacer clases en Chile en 2007 fue  el entonces Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, el mismo que confesó haber abusado de un niño. Esta es la hipocresía que estamos enfrentando, esta es la inmoralidad de todos quienes han recurrido ante la Corte IDH contra Pavez. Estos son  los que, en síntesis, nada dijeron contra un cura abusador de niños, pero hoy se levantan contra una docente de trayectoria intachable y querida por toda la comunidad educativa”, relató Jiménez.

Adelantó, por último, que próximamente, y antes del juicio, “Pavez expondrá públicamente su punto de vista , el mismo que ha sido censurado por quienes hoy dan alta tribuna a esta cruzada homofóbica de las iglesias, como es el caso de El Mercurio, un diario que sistemáticamente omite cualquier mención al Movilh, habla de Sandra sin indicar que es lesbiana y oculta el el abuso que sufrió, obviando el ejercicio de un  periodismo serio, objetivo y responsable.”.

La presentación lesbofóbica ante la Corte IDH contra Pavez fue firmada por el presidente de la Celam y arzobispo de Trujillo, Santiago Silva; el presidente de la Conferencia Episcopal de Chile, Santiago Silva; el arzobispo de Santiago; Celestino Aós; el arzobispo Metropolitano de a Iglesia Ortodoxa de Chile, Sergio Abad; el presidente de la Unión Evangélica  Nacional de Chile, Emiliano Soto; el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González; el Arzobispo de la Iglesia Anglicana de Chile, Héctor Zabala; el secretario ejecutivo de la Mesa Ampliada de Organizaciones Evangélicas, Francisco Javier Rivera; el presidente del directorio de la Comunidad Musulmana de Chile, Fuad Musa, y el representante de la Comunidad Judía de Chile, Eduardo Waingortin.

El caso

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. “A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, recordó Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Más de una década  después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente ha sido representada por el Movilh.

Fuente MOVILH

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Histórico: Fijan fecha del juicio internacional contra Chile por discriminar a docente Sandra Pavez en razón de su orientación sexual

Viernes, 7 de mayo de 2021
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Sandra-Pavez-Jucio-CIDH-Movilh-768x768El Movilh comunicó que tras un proceso de 14 años el juicio final tendrá lugar la próxima semana en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “De ganar, Sandra vencerá a la lesbofobia del Estado y triunfará sobre la homofobia de las iglesias, un hecho inédito”, sostuvo el activista Rolando Jiménez.

Tras un proceso que se ha extendido por 14 largos años, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) comunicó hoy que los próximos 12 y 13 de mayo a las 10:00 horas el Estado de Chile será sometido a juicio por la Corte Interamericana de Derecho Humanos (Corte IDH) por prohibir desde el 2007 a la docente y ex monja Sandra Pavez ejercer clases de religión en nuestro país solo por ser lesbiana.

De esa manera, el juicio tendrá lugar en el Mes contra la Homofobia y la Transfobia que se conmemora en todo el mundo. En la ocasión Sandra será acompañada por Ciro Colombara, Branislav Marelic;  abogados pro bono que apoyan diversas causas del Movilh, y el histórico activista gay Rolando Jiménez.

Jiménez sostuvo que “estamos llegando al final de una larga lucha. Han sido 14 años de sufrimientos y discriminación para Sandra, quien pese a ser una profesora intachable fue impedida en 2007 de ejercer solo porque a juicio de  la Iglesia Católica su orientación sexual es incompatible con la docencia, apreciación que luego compartieron los tribunales de primera instancia y la Corte Suprema al fallar que por ser lesbiana nunca más podría ingresar a las aulas”.

Pavez, añadió Jiménez, “sufrió este abuso luego de ejercer durante más de dos décadas su profesión, ganándose el cariño y el respeto de toda la comunidad educativa, incluidos colegas, estudiantes, apoderados y directivos que hace más de una década se movilizaron junto a nosotros para revertir la determinación de la Iglesia. Ello no fue posible, y el resultado ha sido desastroso: Sandra nunca más ingresó a las aulas, su estado de salud se ha visto severamente empeorado con el correr de los años y, como si poco fuera poco, se encuentra a punto de jubilar. El daño causado por el Estado de Chile, en alianza con la Iglesia Católica, es brutal e inhumano”.

Esperamos que este  gigantesco acto de lesbofobia sea reparado por la Corte IDH sancionando a Chile por discriminación, invasión a la vida privada y negación de los derechos al trabajo y a la protección judicial” apuntó el dirigente.

Jiménez puntualizó que “de ganar, Sandra vencerá a la lesbofobia del Estado y triunfará sobre la homofobia de las iglesias, un hecho inédito a nivel mundial. De perder, lo cual esperamos no ocurra, estaremos en presencia del acto lesbofóbico más cruel e injusto ocurrido en el sistema internacional de derechos humanos”.

El caso

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. “A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, recordó Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. Más de una década  después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario y demandó a Chile ante la Corte IDH, en el marco de un proceso donde la docente ha sido representada por los abogados pro bono Ciro Colombara y Branislav Marelic, lo cuales han representdo diversas causas del Movilh.

Fuente MOVILH

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Poderoso grupo estadounidense impulsa campaña lesbofóbica para que Corte Interamericana falle contra profesora chilena

Lunes, 1 de marzo de 2021
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45519B38-9386-4B9F-B5AF-4C8BC2EBD64ELa iniciativa, impulsada por ADF Internacional y denunciada por el Movilh, tiene lugar ante el inminente fallo de la Corte IDH que podría sancionar al Estado por impedir desde el 2007 a la docente Sandra Pavez hacer clases en Chile solo por ser lesbiana.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció hoy que el poderoso grupo conservador estadounidense ADF Internacional inició esta semana una “campaña lesbofóbica” para que la Corte Interamericana  de Derechos Humanos falle contra la docente Sandra Pavez (en la fotografía), quien desde el 2007 no puede hacer clases en Chile solo en razón de su orientación sexual.

La campaña tiene lugar ante el inminente fallo de la Corte IDH, luego de que el 11 de septiembre del 2019, y tras 12 años de investigaciones, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizará al Estado de Chile por vulnerar la vida privada, la autonomía y el derecho al trabajo de Pavez, acusando que ésta fue víctima de desamparo legal, desigualdad y discriminación.

Ante el  próximo fallo de la Corte IDH; que podría sancionar por primera vez a un Estado por homofobia religiosa; ADF Internacional comenzó el pasado martes a recolectar firmas llamando a que la sentencia sea desfavorable para Pavez.

El histórico dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, señaló que se trata de “una abierta campaña lesbofóbica que daña la dignidad de la docente utilizando argumentos falsos para perpetuar esta dolorosa discriminación que ha mantenido a Pavez fuera de las aulas durante 24 años”.

La petición redactada por ADF Internacional, y que será presentada ante la Corte IDH con el apoyo de diversas firmas, señala que “la autonomía de las comunidades religiosas y el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa acorde con sus convicciones se encuentra en juego en el caso de Sandra Pavez”

La misiva añade que Pavez “en 2008 llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que le dio la razón afirmando que tiene derecho a hacer clases de religión católica aun contra la objeción de su iglesia, y que las comunidades de fe no pueden requerir de los profesores una conducta de vida fiel a sus creencias, ni aun en los colegios privados”.

“Hoy el caso se encuentra ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y se espera una decisión durante 2021. De su decisión dependerá si las escuelas Católicas, Judías, Musulmanas, Evangélicas o de cualquier otra denominación podrán procurar que sus educadores religiosos guarden sus deberes de fidelidad hacia la fe que voluntariamente dicen profesar, y si los Estados respetarán el derecho de los padres a que sus hijos reciban una educación religiosa que sea acorde con sus convicciones. Esperamos que la Corte no ignore el derecho humano básico a la libertad de religión”, apunta la carta de ADF Internacional.

Jiménez denunció que “con esta campaña nuevamente se aprecia como los grupos ani-derechos distorsionan la verdad, buscan legitimar la discriminación y el odio contra las personas LGBTIQ+ e intentan torpedear el Estado laico, todo en el marco de una irracional y peligrosa lesbofobia”.

“Confiamos en que la Corte IDH se ajustará a la Convención Americana de Derechos Humanos  y fallará a favor de Pavez, una profesional intachable que durante más de 20 años dictó clases y se ganó el cariño de compañeros/as de trabajo, directivos, apoderados y estudiantes, siendo siempre elogiada y nunca cuestionada por la comunidad educativa. Solo la  Iglesia Católica, y luego la Suprema, fueron el obstáculo para que Pavez siguiera enseñando”, apuntó Jiménez.

El caso se remonta al  25 de julio del 2007 cuando por orden del entonces obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz,  el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde ejercía desde 1985.

Lo anterior luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, sacerdotes visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual”, señaló Jiménez.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra, incluso en colegios laicos.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2008 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924.

Tras ello Pavez, con el patrocinio de los abogados Ciro Colombara, Branislav Marelic y el Movilh, denunció a Chile ante la CIDH.

Fuente MOVILH

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Histórico: CIDH responsabiliza a Chile por violación a DDHH cometida por el Estado y la Iglesia contra ex monja y docente lesbiana

Viernes, 27 de septiembre de 2019
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movilh-sandra_pavezTras 11 años de investigaciones, la Comisión Interamericana resolvió a favor de Sandra Pavez, quien desde el 2007 no puede hacer clases de religión en Chile por decisión de la Iglesia Católica y del Poder Judicial. Así, en un hecho inédito una mujer lesbiana obtiene un primer triunfo sobre el Estado y la Iglesia al mismo tiempo.

 En un hecho histórico, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado de Chile como “responsable” de vulnerar la igualdad, la vida privada y la no discriminación al prohibir desde el 2007 que la docente Sandra Pavez pueda ejercer clases de religión en nuestro país solo por ser lesbiana, hecho que fue comunicado y valorado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), organismo que representa a la maestra.

De esa manera, la CIDH desestimó los argumentos de libertad religiosa emanados desde la Cancillería, concluyendo tras 11 años de investigación que el “Estado de Chile es responsable por violación a la vida privada y autonomía, al principio de igualdad y no discriminación, al acceso a la función pública en condiciones de igualdad, al trabajo, a contar con decisiones motivadas y a la protección judicial, (derechos) establecidos en los artículos 11.2, 24, 23.1 c), 26, 8.1 y 25.1 de la Convención Americana en relación con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento”.

Por estas razones la CIDH decidió denunciar al Estado de Chile ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que finalmente resolverá las sanciones que pesarán sobre nuestro país.

“Estoy tranquila y emocionada porque se avanza en justicia. Hace 12 años que me arrebataron la docencia, una profesión que ejercí por más de dos décadas. Confío en que la Corte hará justicia con las sanciones”, sostuvo Pavez, cuyo proceso judicial fue representado en Chile por el Movilh, mientras ante la CIDH se contó con el especial respaldo de los abogados Ciro Colombara y Branislav Marelic.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, dijo que “la determinación de la Comisión es histórica por muchos motivos: por garantizar y exigir la no discriminación laboral, por decir que los abusos contra docentes LGBTI son caldo de cultivo para agresiones contra estudiantes LGBTI, por aclarar que la libertad religiosa no es argumento para excluir por orientación sexual o identidad de género y por considerar inaceptable que el Estado pretenda exculparse de responsabilidades en torno a un poder que el mismo entregó a las iglesias”.

“Estamos sin duda en presencia de una resolución con impacto internacional para los derechos LGBTI por todas las aristas que aborda. Nuestro reconocimiento para Sandra, por vencer a dos gigantes responsables históricos de de la homofobia y la transfobia: la Iglesia y el Estado. Estamos seguros de que este triunfo será reeditado en la Corte Interamericana de DDHH”, apuntó Jiménez.

La discriminación

Por orden del obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, el 25 de julio del 2007 el Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le iba a permitir seguir haciendo clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

Esto, luego de que la maestra confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. A tanto llegó el acoso de la Iglesia, que en diversas ocasiones, incluidas las noches, curas visitaron el domicilio de Sandra para obligarla a revertir su homosexualidad, llegando al extremo de decirle que había dañado la memoria de su fallecida madre con su orientación sexual.

El clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, un instrumento dictado en 1983 y aún vigente que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir la cátedra.

Por tal razón el Movilh presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2018 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924. 11 años después, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vino a decir lo contrario.

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La Comisión Interamericana de DDHH

A continuación se reproducen de manera textual algunos párrafos de la histórica resolución de la CIDH.

I.- Sobre actuar de la iglesia

“Si bien en el presente caso la presunta víctima no perdió su trabajo, sino que tuvo que dejar de ser docente de religión y asumir un cargo distinto al que venía ejerciendo por más de 20 años, (…) se trató de un acto profundamente discriminatorio que tuvo un impacto en su trabajo que, en este caso, se trataba del ejercicio de la función pública como docente o maestra en el ámbito educativo”.

-“No está en controversia que el cargo que ejercía Sandra Pavez como docente era cargo público. Tampoco existe controversia sobre el hecho de que la razón que motivó la revocatoria del certificado de idoneidad fue la orientación sexual de Sandra Pavez y el hecho de que mantenía una relación con una persona de su mismo sexo. Esto resulta evidente tanto de los contenidos de la propia revocatoria, como de los hechos anteriores referidos a las indagaciones por parte del vicario sobre la orientación sexual de la presunta víctima y las advertencias que le fueron realizadas, incluso requiriéndole que se sometiera a terapias”.

-Por tanto la revocatoria “constituyó una diferencia de trato, la cual fue basada explícitamente y de manera exclusiva en la orientación sexual de Sandra Pavez”.

-“Los contenidos de la revocatoria no ofrecen explicación alguna que permita determinar la necesidad imperiosa perseguida por la diferencia de trato, la idoneidad de dicha diferencia con relación a tal necesidad, ni su necesidad, ni proporcionalidad estrictas. Por el contrario, la revocatoria se limita a hacer explícito que el criterio diferenciador fue la orientación sexual de Sandra Pavez sin ofrecer motivo alguno que supere un test mínimo de objetividad y razonabilidad, mucho menos un escrutinio estricto como el exigido cuando se trata de dicha categoría”.

II.- Sobre el actuar del Estado y la libertad religiosa

-Frente a la defensa del Estado en orden a que no le correspondía inmiscuirse en temas relacionados con la libertad de religión, la verdad es que Sandra Pavez ejercía en un colegio público y, por tanto, su relación con el Estado era directa, señaló la CIDH.

“La potestad dada a las autoridades religiosas para certificar la idoneidad de las personas se encuentra prevista en la legislación, por lo que el Estado es el que delegó un componente de la función pública a entes no estatales, como las autoridades religiosas. (…) Tal delegación se realizó en términos absolutos, sin establecer salvaguardas para evitar que se realizara de manera arbitraria o violatoria de derechos fundamentales, incluyendo el principio de igualdad y no discriminación (…) Las actuaciones de las autoridades religiosas en el ejercicio de la delegación contenida en el Decreto 924 de 1983 para el ejercicio de una función pública, necesariamente comprometen la responsabilidad internacional de Estado”.

-El Estado debe garantizar el respeto a los derechos humanos no solamente en el ámbito de las actuaciones estatales, sino también en la esfera privada. De esta manera, ante el conocimiento de un acto discriminatorio o trato diferenciado injustificado por parte de un actor no estatal, le es exigible al Estado un deber de protección y respuesta para cesar dicha discriminación y procurar la debida reparación”

– Además se establece que “la injerencia en la vida privada y autonomía de Sandra Pavez fue arbitraria”

-“El derecho a tener acceso a las funciones públicas en condiciones generales de igualdad protege el acceso a una forma directa de participación en el diseño, implementación, desarrollo y ejecución de las directrices políticas estatales a través de funciones públicas, por lo tanto es indispensable que el Estado genere las condiciones y mecanismos óptimos para que dichos derechos políticos puedan ser ejercidos en forma efectiva, respetando el principio de igualdad y de no discriminación”.

III.- Sobre el derecho al trabajo, la docencia y la homo/transfobia en las escuelas

“Es esencial que el principio de igualdad y no discriminación guíe toda normativa que regule el acceso y permanencia del personal docente en las escuelas con el objeto de prevenir violaciones a los derechos humanos como las analizadas en el presente caso”.

-“Los actos de represalias, discriminación u hostigamiento en el trabajo en base a la orientación sexual resultan especialmente críticos cuando se enmarcan en un contexto educativo, ya que los Estados deben garantizar que sus políticas vinculadas a la educación, que como se indicó incluye aspectos laborales del personal docente, combatan los patrones sociales y culturales de conductas discriminatorias. De lo contrario, se envía un fuerte mensaje social de rechazo contra las personas con orientaciones sexuales diversas no dominantes, promoviendo conductas no solo contra el personal docente, sino también contra la comunidad de estudiantes, en su mayoría niños y niñas, pertenecientes a este grupo, y refuerza al mismo tiempo el estigma y sentimientos de vergüenza e inferioridad sobre estas personas”.

IV.- Sobre el desamparo judicial

“No solo se discriminó a Sandra Pavez por su orientación sexual en su labor de docencia, sino que no existieron acciones concretas y deliberadas para impedir este tipo de violaciones; por el contrario el Estado las ratificó y reforzó mediante las decisiones de sus autoridades judiciales”.

-“La manera en que se decidió el recurso de protección puso en evidencia la total indefensión en que quedó Sandra Pavez frente al acto discriminatorio sufrido, pues la Corte de Apelaciones de San Miguel no analizó si la revocatoria del certificado de idoneidad violó sus derechos constitucionales o convencionales, sino que se limitó a establecer la legalidad de la actuación por la vigencia del Decreto 924. A pesar de que en su recurso de apelación Sandra Pavez hizo referencia explícita a la necesidad de que se evaluara la arbitrariedad de la medida a la luz de sus derechos, la Corte Suprema validó integralmente la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel sin motivación alguna y sin responder al alegato de la víctima que resultaba fundamental pues procuraba un pronunciamiento que más allá de la legalidad de la revocatoria, determinara si la misma había violado sus derechos humanos”.

– “Un recurso efectivo implica que el análisis por la autoridad competente de un recurso judicial no puede reducirse a una mera formalidad, sino que debe examinar las razones invocadas por el demandante y manifestarse expresamente sobre ellas”.

V.- Sobre la orientación sexual y la no discriminación

“El principio de igualdad debe entenderse en el sentido de incorporar dos concepciones, una concepción negativa relacionada con la prohibición de diferencias de trato arbitrarias y una concepción positiva relacionada con la obligación de los Estados de crear condiciones de igualdad real frente a grupos que han sido históricamente excluidos o que se encuentran en mayor riesgo de ser discriminados”.

“La orientación sexual y la identidad de género de las personas son categorías protegidas por la Convención (…) En consecuencia ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o de particulares, pueden disminuir o restringir de modo alguno los derechos establecidos en la Convención” Americana de Derechos Humanos.

-“La orientación sexual hace parte de la vida privada de las personas y, por tanto, se trata de un ámbito que no puede ser sometido a injerencias arbitrarias”.

VI.-Las exigencias

Finalmente la CIHD pide a la Corte Interamericana que exija a Chile reincorporar a Sandra Pavez al cargo que ocupaba, brindarle reparación y compensación económica, modificar el Decreto 924, efectuar control administrativo y judicial contra las discriminaciones y capacitar a personal docente y funcionarios judiciales en no discriminación por orientación sexual e identidad de género.

Fuente MOVILH

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Chile: En histórico Cerro Santa Lucía instalan el Primer Monumento por los Derechos LGBTI

Jueves, 13 de diciembre de 2018
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31325493577_32b32aac27_bUna placa conmemorativa y una cápsula del tiempo que será destapada en 100 años integran el monumento sobre las personas LGBTI y sobre la lucha contra la homofobia y la transfobia dada en Chile desde 1991 a la fecha.

Las personas lesbianas, gays, bi, trans e intersex (LGBTI) de Chile ya cuentan con el Primer Monumento sobre sus derechos humanos, el cual relata la historia de la lucha contra la homofobia y la transfobia dada desde 1991 a la fecha y envía mensajes para 2118 a través de una cápsula del tiempo.

La placa conmemorativa y la cápsula fueron instaladas por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) en las faldas del histórico Cerro Santa Lucía que dan a la principal avenida del país, la Alameda, donde hoy se congregaron cientos de personas para participar del evento.

46264434571_e1fac4b4d9_b“Enviamos un saludo al Chile del futuro con la esperanza de que en este territorio y en el mundo habrá plena igualdad, no discriminación y respeto a los derechos humanos de todas las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersexuales y heterosexuales”, indica la placa conmemorativa que va sobre la cápsula.

En tanto, la cápsula de acero de 120 cm x 50 cm x 55 cm y 250 kilos, contiene archivos de prensa, videos, campañas, informes de derechos humanos, fotografías y mensajes de personas e instituciones de Chile y del extranjero.

Los contenidos de la cápsula, que fue diseñada por el ingeniero Francisco Rementería, se vinculan, principalmente, con las distintas luchas dadas por víctimas de la discriminación y el movimiento LGBTI para derribar las desigualdades en los planos sociales, culturales, políticos, económicos, jurídicos y legislativos, así como con los principales avances y obstáculos para la inclusión.

31325496417_79859d7618_b“Instalamos este memorial para rescatar la historia de los derechos LGBTI en voz de sus protagonistas, para contar nuestra experiencia al futuro de manera que tanto los aciertos como errores sirvan como aprendizaje, así como para ocupar de manera pacífica y desde la diversidad un espacio simbólico del país, en momentos cuando la homofobia y la transfobia siguen matando. Este año ya sumamos dos tristes crímenes homofóbicos”, indicó el vocero del Movilh, Oscar Rementería.

La dirigente trans del Movilh, María Isabella Aguayo, añadió que “la cápsula también da cuenta de cómo la sociedad, y también el Movimiento LGBTI, fue planteando y conociendo la realidad de las personas con identidad de género diversa, quienes contribuimos a mejorar prácticas y lenguajes en la lucha contra la discriminación”.

En tanto, la vocera del Movilh, Daniela Andrade, enfatizó que “en este camino, las mujeres lesbianas y bisexuales hemos jugado un rol de gran relevancia, que no siempre es visible, pero que en la cápsula nos preocupamos de destacar con particular fuerza”

46213950672_e12bd93eab_bEl Primer Monumento por los Derechos LGBTI fue instalado en el marco del 70 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

“Cuando comenzamos nuestra lucha, 27 años atrás, todos nos decían que nuestras demandas y propuestas no eran un tema de derechos humanos. Siempre lo han sido, hemos ido educando y sensibilizando al respeto y hoy queremos enfatizar que la realidad LGBTI es también un tema de derechos humanos”, sostuvo el histórico dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

La inauguración del Primer Monumento LGBTI incluyó una instalación performática del egresado en arte de la Universidad Católica, Tomás Gómez. En este contexto las  faldas del Cerro Santa Lucía fueron vestidas con los 8 colores originales de la bandera LGBTI. Cada color relató los hitos más relevantes para las personas LGBTI de Chile. Los hitos  fueron recreados por actores, actrices y diversas personas.

En paralelo, a todos los asistentes se les obsequió una piocha con colores LGBTI y una sola inscripción: 10-12-2118. “Al obtener este obsequio, que es una edición especial y única, los presentes podrán recordar a sus hijos/as o nietos este día, así como asistir a la ceremonia de destape de la cápsula que tendrá lugar en 100 años más”, redondeó Jiménez

44447431780_ab6c905c82_bEl evento, que fue animado por el transformista Paul Bichon, contó con la importante presencia del senador Guido Girardi, la diputada Karol Cariola y alcalde de Independencia, más representantes del INDH y del Museo de la Memoria

Especialmente participaron víctimas emblemáticas de la discriminación, como Danilo Fica (el primer escolar gay que enfrentó la discriminación), la docente Sandra Pavez, impedida desde el 2007 de hacer clases en Chile solo por ser lesbiana, y César Peralta, el primer padre gay en ganar la tuición de sus hijos.

El Primer Monumento LGBTI fue autorizado por el Consejo de Monumentos Nacionales y la Municipalidad de Santiago, patrocinado por el Museo de la Memoria y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y apoyado por el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

Fuente MOVILH

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Ministro de Educación garantiza permanencia de circular sobre los derechos de niños trans y de los textos escolares pro-Lgbti

Miércoles, 25 de abril de 2018
Comentarios desactivados en Ministro de Educación garantiza permanencia de circular sobre los derechos de niños trans y de los textos escolares pro-Lgbti

mineducmovilh1-768x576El ministro Varela confirmó que los textos elaborados por el anterior Gobierno y el Movilh ya fueron distribuidos a colegios. De todas formas, podrían ser revisados y en caso de cambios, serán trabajados conjuntamente con el Movilh.

El ministro de Educación, Gerardo Varela, garantizó hoy al Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), que la Circular sobre Derechos de Niños, Niños y Jóvenes Trans se mantendrá vigente y sin cambios, además de afirmar que los 5 textos escolares sobre derechos de personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) elaborados por el Gobierno anterior ya están distribuidos en los colegios.

Tanto la Circular sobre Derechos Trans como los 5 textos lanzados en marzo pasado son parte de los compromisos que el Estado asumió con el Movilh en el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) firmado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Nos da mucha tranquilidad que el ministro Varela no formulará reparo alguno a la circular sobre derechos trans, pues esto permitirá seguir con la política pública que orienta a los colegios en este tema, garantizando la plena igualdad en las escuelas, sin discriminación por identidad de géneto”, sostuvo el Movilh.

mineducmovilh2-300x225En relación a la Política de Educación en Sexualidad, Afectividad y Género trabajada por el Gobierno anterior y el Movilh, el ministro precisó que los cinco textos escolares sobre derechos LGBTI que integran dicho plan ya están en los colegios para su trabajo en las aulas durante el 2018.

“Respecto a este punto, el ministro nos aclaró, sin embargo, que esta política podría ser revisada y modificada en algunos aspectos. En todo caso claro, nos precisó que de ocurrir ello, se trabajará en conjunto con nuestra organización, tal como lo establece el ASA”, apuntó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménz

Los textos en cuestión son las “Orientaciones para la participación de las comunidades educativas” , las “Orientaciones para promover espacios de participación y sana convivencia escolar”, las Orientaciones para la inclusión de las personas LGBTI en el sistema educativo chileno”, más dos polípticos, uno sobre sobre salud sexual y reproductiva  y otro sobre prevención de la violencia, todos los cuales fueron entregados a los colegios en un caja especialmente diseñada.

mineducmovilh3-300x225En un ángulo similar, el ministro se mostró favorable a que el Mineduc siga incorporando el Día Internacional contra la Homofobia y la Transfobia en el Calendario Escolar de Efemérides.

Un último tema abordado fue el Decreto 924 que entrega a las iglesias el poder para decidir quienes pueden o no hacer clases de religión. Por este mismo decreto, la profesora Sandra Pavez no puede desde el 2007 hacer clases en Chile, luego de que la Iglesia Católica le negara tal derecho por ser lesbiana. Este caso es analizado en la actualidad por la CIDH y todo indica que terminará en una condena contra el Estado de Chile.

“Recordamos al ministro que es un compromiso del Estado reformar ese Decreto, de manera de adecuarlo a Ley Zamudio. El ministro analizará la manera de concretar este compromiso”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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Admiten denuncia contra Chile por discriminación a una profesora lesbiana

Miércoles, 13 de enero de 2016
Comentarios desactivados en Admiten denuncia contra Chile por discriminación a una profesora lesbiana

sandrapavezEl Movimiento de Integración y Liberación Homosexual interpuso una demanda contra el Estado de Chile por la inhabilitación de una profesora sólo por ser lesbiana, quien hablará este martes por primera vez en seis años.

Tras ocho años de lucha, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) declaró admisible la demanda internacional interpuesta por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) contra la Estado de Chile por prohibir impartir clases a la profesora Sandra Pavez en razón de su orientación sexual.

La profesora, que anteriormente había sido monja, fue inhabilitada para la función docente en Chile en 2007, por una orden de la Iglesia Católica que fue validada en un fallo la Corte Suprema.

La Iglesia se valió del Decreto 924, creado en 1984 por la dictadura de Augusto Pinochet, para actuar contra la sra Pavez. Aunque el Decreto 924 no habla de homosexualidad, sí entrega a las iglesias la facultad de decidir quiénes son “idóneos” para impartir clases de religión.

“Tras 25 años de intachable trayectoria, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, exigió a Sandra que fuera a un psiquiátra de la Iglesia Católica para que dejara de ser lesbiana. Al negarse, le quitaron el certificado de idoneidad y nunca más pudo ingresar a una sala de clases”, denuncian desde el Movilh.

La postura del obispo fue respaldada por el Ministerio de Educación, institución cuyas entonces ministras, Yasna Provoste (2006-2008) y Mónica Jiménez (2008-2010), nunca quisieron recibir a Sandra, pese a haber presentado continuas solitudes de audiencia.

Todos los antecedentes de este caso, serán dados a conocer este martes 12 de enero en la sede del Movilh, en Santiago de Chile, que también será la primera vez que Sandra hable públicamente de su caso tras 6 años de silencio. También se dará a conocer la movilización contra Sandra de poderosos agentes religiosos internacionales, que intentaron presionar a la CIDH para que no admitiera la demanda.

Fuente Cáscara Amarga

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Recordatorio

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