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El máximo tribunal de Hungría rechaza el intento de Viktor Orbán de negar retroactivamente el estatus legal de las personas trans.

Viernes, 19 de marzo de 2021
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13968854263210El tribunal superior de Hungría ha rechazado el intento de Viktor Orbán de implementar una prohibición retroactiva de que la identidad de género de las personas trans sea reconocida en documentos oficiales.

Lanzada el año pasado, la devastadora ley conocida como Sección 33 borra legalmente a las personas trans al obligarlas a usar nombres muertos y el género que se les asignó al nacer en todos los documentos de identidad.

De hecho proscribió el estatus legal de todas las personas transgénero, incluidas las que ya habían cambiado, pero el viernes (12 de marzo) la Corte Constitucional dictaminó que esta acción retroactiva era inconstitucional.

Significa que la Sección 33 no puede aplicarse a ninguna persona trans que haya cambiado legalmente de género antes de mayo de 2020, un proceso que puede llevar hasta una década en el país.

Cualquiera que comience su transición después de mayo de 2020 sigue sin poder obtener reconocimiento legal, pero Reuters  informa que los activistas se sienten alentados por la decisión y dijeron que se han presentado múltiples desafíos legales a raíz de ella.

La pequeña victoria se produce en medio de una avalancha de ataques contra la comunidad LGBT + húngara liderada por el partido nacionalista de derecha Fidesz de Orbán después de que se le concediera el poder absoluto debido a la pandemia.

Además de despojar a los transexuales, también ha limitado la adopción entre personas del mismo sexo y ha redefinido el matrimonio en la Constitución como la unión entre un hombre y una mujer.

La revisión de su ley para poner fin al reconocimiento legal de género se ordenó en noviembre después de que un tribunal del este de Hungría dictaminó que viola los derechos constitucionales a la dignidad humana y la vida privada.

“[El proyecto de ley] es particularmente abusivo a la luz del hecho de que muchas personas trans habían presentado su solicitud hace años”, argumentó la Sociedad Háttér, el principal grupo de derechos LGBT + de Hungría.

Mientras el grupo celebraba la última decisión judicial, el portavoz de Háttér, Tamas Dombos, advirtió que los nuevos procedimientos legales todavía están prohibidos por la ley de Orbán.

La The Háttér Society ahora está llevando a cabo un litigio para que la Corte Constitucional declare inconstitucional la Sección 33 en su totalidad, con la esperanza de revocarla a finales de este año.

Fuente Reuters

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Un juez colombiano ordena a un periodista revelar las fuentes usadas para su libro sobre la pederastia de la Iglesia en su país

Jueves, 31 de octubre de 2019
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libro-vetado-Juan-Pablo-Barrientos_2172392752_14044118_660x371Dejad que los niños vengan a mí“, de Juan Pablo Barrientos

Tras la denuncia de dos sacerdotes y un excoordinador de monaguillos “presuntamente responsables de delitos contra la integridad sexual de una de las fuentes del libro”

La Fundación para la Libertad de Prensa señaló que esa decisión es contraria a “la prohibición de censura previa de los artículos 20 de la Constitución Política y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”

Un juez colombiano ordenó al periodista Juan Pablo Barrientos revelar datos sobre una fuente de su libro Dejad que los niños vengan a mí, una investigación sobre casos de pederastia en la Iglesia Católica en el país y cuya venta fue suspendida por otra orden judicial.

Así lo denunció este martes la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), que detalló que Barrientos fue notificado esta semana de tres acciones de tutela (recursos de amparo) interpuestos en su contra por dos sacerdotes y un excoordinador de monaguillos “presuntamente responsables de delitos contra la integridad sexual de una de las fuentes del libro”.

Según esa organización, la decisión “más preocupante” la tomó un juez del municipio de San Rafael, en el departamento de Antioquia (noroeste), quien ordenó de “forma transitoria” a la editorial Planeta y al autor “suspender la reproducción, comercialización y venta del libro llamado ‘Dejad que los niños vengan a mí'”.

“Dicha decisión fue tomada como medida provisional en un proceso proceso de tutela interpuesto contra Barrientos por el excoordinador de monaguillos del municipio”, agregó la FLIP.

Libertad de prensa

La Fundación para la Libertad de Prensa señaló que esa decisión es contraria a “la prohibición de censura previa de los artículos 20 de la Constitución Política y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Asimismo recordó que la Corte Constitucional ha manifestado que las autoridades no pueden “establecer medidas de ‘supeditar la divulgación del contenido a su permiso, autorización, examen previo, o al recorte, adaptación o modificación'”.

Por otra parte, un juez de La Ceja, también en Antioquia y quien tramita otra de las acciones de tutela, decidió darle cuatro horas a Barrientos para que “entregue los datos de una de sus fuentes, señalando que ‘la negativa a entregar la información requerida llevará a imponer las acciones disciplinarias y/o penales a que haya lugar'”.

En ese sentido, la Corte Constitucional ha explicado que los periodistas tienen como derecho fundamental la facultad de negarse a entregar la información que obtuvieron durante su trabajo de reportería.

“Dichas demandas de tutela, con las cuales se pretende suspender la publicación y lanzamiento oficial del libro, así como que se revele el nombre de las fuentes, configuran una estrategia de acoso judicial contra la prensa”, apostilló la FLIP.

Jueces haciendo de editores

Frente a esta situación, Barrientos, periodista de las emisoras W Radio y Caracol Radio, lamentó que haya “jueces fungiendo de editores.

“Tres tutelas buscan que ‘Dejad que los niños vengan a mí’ sea retirado de las librerías y que se cancele lanzamiento el Día del Niño, 31 de octubre, en Medellín. Uno de los jueces dictó medidas cautelares y ordenó que el libro sea retirado de inmediato, mientras él lo lee y decide”, dijo en Twitter.

Fuente Religión Digital

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El Tribunal Constitucional de Ecuador sentencia que la Constitución del país es discriminatoria y legaliza, de facto, el matrimonio igualitario

Viernes, 14 de junio de 2019
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ecuador-268x300Un fallo de la Corte Constitucional abre la puerta al matrimonio igualitario en Ecuador. La victoria, por cinco votos frente a cuatro, desata la euforia entre el colectivo LGBT en un país tradicionalmente conservador.

Ecuador ha abierto la puerta al matrimonio igualitario tras un histórico fallo de su máximo tribunal que modifica la Constitución y desafía a la Iglesia católica en un país históricamente conservador. La resolución de la Corte Constitucional este miércoles con cinco votos a favor y cuatro en contra, desató el júbilo de grupos LGTBI y activistas de derechos humanos en la plaza Foch, en el centro moderno de Quito, así como en el puerto de Guayaquil (suroeste). Ecuador, un Estado laico pero donde el clero ejerce fuerte influencia, se suma así a Argentina, Brasil y Colombia en el reconocimiento de derechos de los homosexuales en Latinoamérica.

Ecuador dio un primer paso en 2015, al validar la unión de hecho de parejas del mismo sexo mediante una reforma al código civil. Ahora, la Corte Constitucional se pronuncia a favor del matrimonio igualitario al examinar las demandas de dos parejas de hombres que alegaban el derecho a contraer matrimonio ante las autoridades civiles. Una de esas parejas la integran Efraín Soria y Javier Benalcázar.

En la plaza Foch, varias decenas de personas ondeaban una gigante bandera arcoiris del movimiento LGTBI, mientras Pamela Troya y Gabriela Correa, quienes mantienen una relación de pareja desde hace una década, se unían simbólicamente en matrimonio. Esta pareja de mujeres impulsa el matrimonio igualitario en Ecuador desde 2013. Sobre unas sillas y en plena calle, Troya le dio el “sí, acepto” a su pareja: “Hoy te doy un sí, un sí grande, un sí gigante, quiero ser tu esposa”, dijo desatando gritos de alegría de otros homosexuales, que se abrazaban y besaban.

Pero el matrimonio gay generó también la reacción en contra del sector conservador. La política de derecha Poly Ugarte estimó que el máximo tribunal “no puede cambiar la Constitución, debe haber una reforma”. “Si quieren ideología de género, matrimonio igualitario o aborto, vamos a una consulta popular. Decisiones que afecten a nuestra vida y familia deben ser consultadas al pueblo, señaló la exdiputada a través de su cuenta en Twitter.

Los jueces que se opusieron en la Corte sostuvieron que la “vía adecuada para reconocer el matrimonio igualitario es el procedimiento de reforma constitucional que le compete a la Asamblea Nacional”.

“El pronunciamiento es obligatorio en el país porque las decisiones de la Corte Constitucional obligan a las autoridades ecuatorianas” a acatarlas, dijo el constitucionalista Gustavo Medina. La resolución “es vinculante y obligatoria”, por lo que “tendrá que aplicarse en el país”, insistió Medina, expresidente de la Suprema Corte de Justicia y abogado del Estado.

Para Christian Paula, abogado de la Fundación Pakta, que asesora legalmente a casi una decena de parejas del mismo sexo que buscan casarse en el país, la decisión de la corte “implica que el Ecuador es más igualitario, es más justo que ayer, que se reconoce que los derechos humanos deben caber para todas las personas sin discriminación”.

En 2008, el entonces presidente Rafael Correa sacó adelante una nueva Constitución, de corte socialista, que ratificó el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, dando continuidad a la versión anterior de la Carta Magna. Pero está prohibida la adopción para parejas del mismo sexo. Sin embargo, los jueces constitucionales se acogieron a principios “favorables a la igualdad de la persona” y en rechazo a “todo tipo de discriminación”.

En medio de “vivas” de la comunidad LGTBI y la familia diversa, la activista Pamela Troya, portavoz de la campaña Matrimonio Civil Igualitario Ecuador, recordó este miércoles que “ha sido un camino muy duro, muy largo, difícil también”. “Finalmente hoy es un día histórico para el Ecuador porque es un poco más justo e igualitario“, afirmó.

Y también Efraín y Javier, una de las parejas cuya demanda ha dado lugar a este pronunciamiento de la Corte, estaban contentos. “Quiero saludarle a Javier, está en Guayaquil. Mi vida, te amo”, exclamó Efraín a la prensa en Quito. Agregó sentirse alegre por “poder alcanzar la igualdad” y animó a los homosexuales a no esconderse más y “disfrutar de esa dicha de ser iguales que cualquier otro”.

Fuente El País

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Corte Constitucional de Ecuador falla a favor de las familias homoparentales

Jueves, 31 de mayo de 2018
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helen_bicknell_y_nicola_rothonEl máximo tribunal del país suramericano reconoció el derecho de una pequeña de 6 años a tener dos mamás y ser inscrita en el registro civil con el apellido de sus dos madres, ambas de origen británico.

La ardua batalla librada desde el 2011 por las ciudadanas británicas Helen Bicknell y Nicola Rothon, para que su hija Satya, nacida en Ecuador, pudiera ser inscrita en el Registro Civil como ciudadana ecuatoriana con el apellido de sus dos mamás ha llegado a su fin.

Este martes 29 el pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, con 5 votos a favor, emitió un fallo en el cual reconocer el derecho de la pequeña a tener dos madres y a ser registrada con los apellidos de ambas, permitiendo de esta forma la duplicidad de la filiación materna. Un hecho que marca jurisprudencia para el resto de las familias homoparentales con hijos que viven en esta nación.

La Federación ecuatoriana de organizaciones LGBTI y sus más de 72 colectivos agremiados en todo el país ha aplaudido esta decisión e indicó a través de un comunicado que “esta lucha que ha llevado 6 años, permite al país convertirse en un ejemplo en el reconocimiento de la filiación de los hijos de familias homoparentales así como un precedente legal en el Ecuador, en el que una pareja de personas del mismo sexo, puedan inscribir a sus hijos con el apellido de ambos sin que esto represente adopción”.

Satya nació en el 2011 en Malchinguí (Ecuador), fue concebida mediante inseminación artificial. Desde su nacimiento, el Registro Civil de esta nación se negó a inscribirla como hija de sus dos mamás, decisión que fue respaldada por otras sentencias de jueces ecuatorianos. El fallo histórico de este marte declara la vulneración de los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso en la garantía de motivación, a la identidad personal en relación a la obtención de la nacionalidad, a la igualdad y no discriminación, a la familia en sus diversos tipos, así como también al principio del interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

La decisión ordena al Consejo de la Judicatura investigar y determinar sanciones a quienes vulneraron los derechos de la niña. Tras casi 7 años de lucha, Satya podrá ahora ser inscrita ante el Registro Civil con el apellido de sus dos mamás: Bicknell-Rothon. El orden de los apellidos es decisión de las madres.

La historia

Helen y Nicola se conocieron hace 17 años en Inglaterra. En 2007 se mudaron a Ecuador. Después de legalizar su unión de hecho decidieron concebir a su hija. En este país no está permitido el matrimonio igualitario, aunque la ley estable los mismos derechos para quienes se constituyen por medio de unión de hecho que aquellas conformadas a través del matrimonio, la realidad es que hasta este martes 26 en el país no se reconocía a los hijos fruto de las uniones de las personas del mismo sexo.

A pesar de haber nacido en Ecuador Satya no era ecuatoriana. Una de las madres, Helen Bicknell contó al diario El Telégrafo que en Reino Unidoreconocieron a la niña como hija de la pareja y le otorgaron el pasaporte británico a la menor, quien hasta el momento reside en Ecuador como extranjera con una visa de amparo emitida por la Cancillería ecuatoriana. Bicknell ha afirmado, además, que aceptar que se inscriba a la niña solo con el apellido de la madre biológica sería negarle la otra parte de su familia.

Acá os dejamos un documental sobre esta pareja de lesbianas británicas que vive en la mitad del mundo.

Fuente Universogay

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Sentencia ejemplar por acoso y discriminación homofóbica para un matrimonio de Colombia

Miércoles, 14 de febrero de 2018
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corte-constitucional-colombiaEn otro nuevo fallo histórico de la Corte Constitucional de Colombia, un juez sentencia a un matrimonio de distinto sexo por acoso y reiterada agresión homofóbica a un matrimonio del mismo sexo.

En una sentencia ejemplar, un matrimonio es sentenciado con una multa y más de dos años de cárcel tras ser denunciados por reiteradas agresiones de carácter homofóbico hacia un matrimonio gay con los que conviven en el mismo complejo residencial de Chichiná, en el departamento de Caldas, Colombia.

Que la Corte Constitucional de Colombia legalizara el matrimonio igualitario tras la demanda de cuatro parejas que impusieron lo que se denomina una «acción de tutela» no impide que siga habiendo discriminación hacia las parejas del mismo sexo, aunque ya estén legalmente casadas. El colmo que agota la paciencia de Luis Alberto Mesa y Luz Elena García es que una persona homosexual se convierta en el presidente de su comunidad de vecinos, de manera que no escatiman a la hora de iniciar una campaña de acoso que ha terminado en los tribunales con un fallo histórico después de que un juez condenara a la pareja de distinto sexo a 26 meses de prisión y 7.812.000 pesos de multa.

El matrimonio homosexual interpone la primera denuncia el 22 de enero de 2015, alegando que la pareja vecina realizaba ataques frecuentes y humillantes contra ellos, impidiéndose que asistieran a las reuniones de vecinos. Algunas de estas agresiones se producen biblia en mano, instigándoles para que se mudaran del recinto residencial en el conviven e increpándoles con expresiones del tipo «un gay no puede administrar un condominio» delante de sus vecinos. Inicialmente la pareja agresora llega a un acuerdo de conciliación con la Policía municipal, que incumple posteriormente, de ahí la ejemplaridad de la sentencia del juez, que les condena a la multa y más de dos años de cárcel.

En abril del año pasado ya se produjo otra sentencia histórica por homofobia, precisamente por otra situación de discriminación entre vecinos de un complejo residencial de Barranquilla. En aquella ocasión la Corte Constitucional concluye que el uso de términos como «marica», «maricón» o «mariquita» de forma peyorativa constituyen un delito de odio en Colombia al considerarse que inducen a discriminación. Ante la falta de determinación por parte de los gobernantes, también los derechos de las personas homosexuales, bisexuales y transexuales parecen avanzan en Colombia a golpe de sentencia judicial.

Fuente Universogay

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La ciudadanía LGBTI de Colombia marcha por el Estado laico ante la arremetida fundamentalista contra sus derechos

Jueves, 6 de julio de 2017
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marcha-lgtbi-bogota-2017-300x167“Seres libres, Estado laico” fue el lema de la XXI marcha de la ciudadanía LGBTI de Bogotá, que este domingo 2 de julio movilizó a decenas de miles de personas en la capital colombiana (entre 55.000 y 80.000, según las fuentes). El lema de este año, en favor del Estado laico, fue elegido como respuesta a la arremetida fundamentalista que vive en estos momentos Colombia y que persigue revertir los importantes avances en derechos que la población LGBTI colombiana ha alcanzado (principalmente de la mano de la Corte Constitucional).

Colectivos LGBTI, feministas, ecologistas, ateos, iglesias inclusivas, partidos políticos y empresas como Google Colombia o IBM, entre otras, marcharon hasta la céntrica Plaza de Bolívar, ubicada entre el Congreso de la República y el Palacio de Justicia. Dos escenarios que encierran un simbolismo especial, al representar las dos caras de la sensibilidad institucional hacia la lucha en favor de la igualdad de las personas LGTBI: el más adverso y el más favorable. En Colombia, recordemos, el avance de los derechos LGTB se ha producido no por decisión de las fuerzas políticas representadas en el legislativo, sino a golpe de sentencia de la Corte Constitucional“Más que una manifestación es una marcha que congrega a los ciudadanos con la voluntad de decirle al Estado y a la sociedad que la comunidad LGBTI está aquí construyéndose de forma diversa”, declaró al respecto el director de Diversidad Sexual de la Alcaldía de Bogotá, Juan Carlos Prieto.

“Esto es un mensaje muy claro a las diferentes confesionalidades, somos respetuosos de la religión, pero marchamos para que haya un Estado laico y seres libres. La Biblia no puede continuar siendo usada como un escenario de discriminación a esta población”, manifestó por su parte Alejandro Michells, miembro de la Mesa LGBT de Bogotá. Y es que el embate de los movimientos religiosos más conservadores es en estos momentos muy fuerte. Buena muestra de ello ha sido el intento de referendo para prohibir la adopción por parejas del mismo sexo y personas viudas, separadas y solteras, una iniciativa liderada por la senadora evangélica Viviane Morales y apoyada por grupos evangélicos y por la Iglesia católica, o el hecho de que numerosos pastores evangélicos hayan hecho de la homofobia su señuelo para hacer carrera política. Otra muestra es el anuncio del consumado homófobo Alejandro Ordoñez, que durante los años que fue procurador general ejerció como el mayor enemigo de los derechos LGTBI (en temas como el matrimonio igualitario, la adopción homoparental, las leyes contra la discriminación o el reconocimiento de la identidad de género en el documento de identidad, entre otros), que ha lanzado su candidatura como precandidato presidencial prometiendo modificar la Constitución de 1991 y limitando las facultades de la Corte Constitucional.

El discurso central, que tuvo lugar en la histórica Plaza de Bolívar, recordó que el pasado año 106 personas fueron asesinadas en Colombia por su orientación sexual o identidad o expresión de género, que los episodios de violencia policial contra personas LGTBI han aumentado en los últimos años, o que la sentencia de la Corte Constitucional que, a raíz del caso Sergio Urrego, ordenaba al Ministerio de Educación Nacional revisar los manuales de convivencia para combatir el acoso por LGTBIfobia sigue sin implementarse (un fallo que de hecho desató la ira de los sectores homófobos), evidenciando la necesidad de pugnar por la separación entre Estado e iglesias en Colombia. “A los pastores venidos a la escena política quiero decirles que no es justo ni honesto que en el juego político, se use a la población LGBTI como el chivo expiatorio de su falsa cruzada moral. Es injusto y vil que para conseguir votos los pastores nos señalan de ser los destructores de la familia y la sociedad, cuando los verdaderos males que afectan a todas las familias son el desempleo, el subempleo, la baja calidad y cobertura de la salud y la educación; cuando el verdadero mal moral es la rampante corrupción de los políticos de siempre con los que ahora los pastores se han unido para negar nuestros derechos y negarle al  país la oportunidad de vivir en paz y reconciliación. Esto es vergonzoso. Es intolerable”, expresó Ferney Rodríguez, de Bogotá Atea, ante las personas que llenaban la plaza.

Cabe señalar que la de Bogotá no fue la única marcha que se celebró este domingo. Las hubo en 27 ciudades y pueblos de toda Colombia, de los cuales Sogamoso y Corozal lo hacían por primera vez.

Insertamos a continuación un vídeo que recoge el discurso central del acto de Bogotá:

Puedes ver también algunas imágenes de la marcha aquí.

Fuente Dosmanzanas

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Colombia aprueba de forma definitiva el matrimonio igualitario

Lunes, 2 de mayo de 2016
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corte-constitucional-colombiaLos magistrados de la Corte Constitucional dieron luz verde a una ponencia favorable a la unión homosexual por seis votos a favor y tres en contra.

El alto tribunal aprobó en noviembre la posibilidad de que las parejas homosexules adopten.

La Corte Constitucional de Colombia aprobó este jueves de manera definitiva el matrimonio de parejas del mismo sexo tras un largo camino en el que la comunidad LGTBI ha ido conquistando progresivamente sus derechos para equipararlos con los de los heterosexuales.

La aprobación llega después de que los magistrados del alto tribunal aprobaran una ponencia favorable a la unión homosexual por seis votos a favor y tres en contra. El camino hacia la aprobación definitiva comenzó el pasado 7 de abril, cuando los mismos magistrados votaron en contra de otra propuesta que definía el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.

Se dio entonces una enorme confusión en la comunidad LGTBI y los propios medios colombianos, que entendieron que esa primera decisión suponía la aprobación final de la unión de parejas del mismo sexo.

Con la decisión de este jueves, Colombia se suma al grupo de países latinoamericanos que conforman Brasil, Argentina y Uruguay, que han aprobado el matrimonio de parejas del mismo sexo. Además, México también ha abierto la puerta a los matrimonios homosexuales, si bien ya se venían realizando en la capital y en los estados de Quintana Roo y Coahuila.

En Colombia, el mayor paso lo dio también la Corte Constitucional cuando en noviembre de 2015 aprobó la posibilidad de que las parejas del mismo sexo adopten niños en igualdad de condiciones a las heterosexuales.

Hubo entonces una reacción de los sectores más conservadores de la sociedad colombiana que lideró el procurador general, Alejandro Ordóñez, quien se convirtió en el azote de los derechos de los homosexuales.

Pese a esa oposición, la comunidad LGTBI fue avanzando en la asunción de sus derechos: reconocimiento de matrimonios mixtos registrados en el exterior, registro de hijos concebidos en el exterior por parejas del mismo sexo o la misma adopción, entre otros. La aprobación de este jueves es una nueva conquista en tanto que otorga a las parejas del mismo sexo “seguridad jurídica” para contraer matrimonio, según destaca la ONG Colombia Diversa, que defiende los derechos de la comunidad LGTBI. “Si antes había dudas sobre si Colombia reconocía el matrimonio igualitario, hoy con toda certeza podemos decir que sí, que la Corte Constitucional ratificó su decisión y que con plena certeza hay matrimonio civil para las parejas del mismo sexo en Colombia”, dijo Marcela Sánchez, portavoz de la organización. Esto sin duda nos hace ser un mejor país.

Sánchez comentó que esta decisión de la Corte Constitucional, que les “sorprende gratamente”, será celebrada el próximo 28 de junio, fecha alrededor de la cual tiene lugar cada año una marcha para reivindicar los derechos de la comunidad LGTBI. “Si bien persisten muchos problemas, y no podemos desconocerlos, tampoco podemos desconocer que tenemos mucho por celebrar, creo que no solamente la comunidad LGTBI sino la sociedad colombiana, esto sin duda nos hace ser un mejor país“, apuntó Sánchez.

Fuente Agencias/Cáscara Amarga

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Piden investigar a los magistrados que avalaron la adopción homoparental en Colombia

Lunes, 16 de noviembre de 2015
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adopcion_homosexualEl concejal Marco Fidel Ramírez considera que la decisión viola la Constitución y los derechos fundamentales de los niños.

Una senadora, Viviane Morales, ha iniciado una campaña de recogida de firmas contra la sentencia.

La Corte Constitucional de Colombia avaló la adopción para parejas homosexuales la semana pasada pero esta decisión no ha estado exenta de polémica. Una de las más graves es la protagonizada por Marco Fidel Ramírez, un concejal de Bogotá que ha solicitado a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes que los magistrados que tomaron la decisión sean investigados porque considera que emitieron un veredicto contrario a la Ley.

El concejal Ramírez entiende que los magistrados violaron el artículo 42 de la Constitución de Colombia que establece a la familia como núcleo fundamental de la sociedad “por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”.

Ramírez, de posiciones claramente conservadores y religiosas, piensa que la decisión del alto tribunal colombiano también viola los derechos fundamentales de los niños. El texto legal que aprobó el Constitucional es el Código de Infancia y Adolescencia, la norma que regula las adopciones en Colombia y que, por primera vez, incluía la posibilidad de la adopción para parejas del mismo sexo. Para el alto tribunal la identidad sexual del solicitante no puede ser un criterio para definir si una persona puede adoptar o no.

Defender los derechos del niño es la principal excusa de quienes se oponen a la decisión del alto tribunal. También en contra de esta decisión se ha mostrado el colegio Guillermo Carey que aprovechó una circular interna en la que se explicaban las actividades del final del año para pedir a los padres que firmen en contra de la sentencia del alto tribunal. La noticia causó gran revuelo entre la comunidad LGBT colombiana y entre la sociedad en general.

Noemí Janson, la portavoz del colegio, ha declarado que “como institución debemos defender los derechos de los niños. A diario vemos que cuando se fractura la estructura de la familia, los mayores afectados son los menores”. Sin embargo, asegura, la firma por parte de los padres es opcional y se engloba dentro de la iniciativa de la senadora Viviane Morales, que también se opone a la decisión de la Corte Constitucional.

Fuente Cáscara amarga

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El lobby homofóbico saca las garras: Lo que debemos saber sobre la adopción igualitaria en Colombia

Jueves, 12 de noviembre de 2015
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noticias_file_foto_1026070_1447158920Este mes Colombia da luz verde a una petición histórica: La adopción por parte de parejas del mismo sexo. Este fallo elimina una sentencia previa del mismo tribunal, en el año 2014, que exigía que uno de los integrantes de la unión tenía que ser el padre o la madre biológica del menor. Una sentencia de la Corte Constitucional que ha indignado a los conservadores de Colombia y que ha traspasado las fronteras a través de las redes sociales. Parejas Reales de Perú no dudan en compartir contenido evidentemente homofóbico. En defensa de los niños se oponen a la adopción y aclaran que no son intolerantes, homofóbicos o retrógadas. Entonces, ¿cómo llamamos esta reacción sino es homofobia pura y dura?.

La foto que intenta ser un meme lleva el pie de foto de “Total solidaridad con nuestros hermanos colombianos”. Perdón, ¿ocurrió una tragedia en Colombia?, ¿qué pasa con los niños que son abandonados cada año en Colombia o están solos víctima de los cárteles o de las refriegas de la guerrilla?, ¿están hablando de las víctimas de las esterilizaciones forzadas en Perú?, ¿están pensando en las víctimas de los sacerdotes pedófilos? No es entendible.

El secretario general de la Conferencia Episcopal de Colombia, monseñor José Daniel Falla, tachaba de “inmoral” el fallo del Tribunal Constitucional que permite a parejas del mismo sexo adoptar “sin ningún tipo de restricción“. El máximo representante de la Iglesia católica en Colombia ha criticado duramente la decisión y convoca a la sociedad a “movilizarse y protestar en todo el país”, tal y como informa la emisora colombiana Caracol Radio.

repositorio_obj_9059_1447157081“En este caso sí. Lo consideramos así. Es un fallo inmoral (…) porque al niño adoptado se le está privando de la posibilidad de tener una figura como padre hombre y madre mujer como una orientación crucial para su formación integral”, añade Falla.

El secretario general de la Conferencia Episcopal ha añadido que este fallo “viola la Constitución, que dice que la naturaleza propia de la familia debe estar compuesta por un padre y una madre”. “Perdemos todos como sociedad”, ha apostillado. Pero de un miembro de la Iglesia católica es tristemente normal escuchar este discurso.

Inmoral es que la Iglesia no ponga fin a los casos de pedofilia por parte de religiosos y que no haya una política contundente para evitar más casos y proteger a las víctimas.

Lo que debemos saber sobre la adopción igualitaria en Colombia

Celebramos que Colombia avance hacia la igualdad.

Gracias a la organización Colombia Diversa podemos conocer una serie de detalles sobre la adopción igualitaria para personas homosexuales:

¿Una persona lesbiana, gay, bisexual, trans o intersex puede adoptar individualmente?

-Pueden hacerlo sin ningún problema. La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Pretelt, dijo que la orientación sexual no es un impedimento para adoptar como soltero. La Corte estableció esto en el caso de Chandler Burr, ciudadano de los Estados Unidos, quien adoptó dos hermanos y posteriormente el ICBF intentó revocar la adopción. La Corte determinó que el ICBF violó los derechos de los niños y que la orientación sexual no puede ser un criterio para negar o revocar una adopción. Lea la sentencia T-276 de 2012.

¿Qué dice el fallo del Tribunal Constitucional de Colombia?

Frente al bloque de los intransigente que piensan que las parejas homosexuales adopten es “inmoral”, el Tribunal Constitucional de Colombia decidió, tras varias horas de debate –con seis votos a favor y dos en contra–, la aprobación de la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo “sin ningún tipo de restricción”.

La propuesta, presentada por el magistrado Jorge Iván Palacio, apoyaba que parejas de homosexuales o lesbianas pudiesen adoptar a niños siempre y cuando cumplan con los requisitos mínimos exigidos en la Constitución, tal y como se aplica en el caso de las parejas heterosexuales.

Entre otras condiciones, la pareja debe acreditar que lleva un determinado tiempo junta y que mantiene una estabilidad económica y emocional. El tribunal determina además que la adopción de niños por parejas del mismo sexo “no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral”.

¿Puede una pareja del mismo sexo recurrir a la adopción conjunta?

A partir de la sentencia C- 683 de 2015 las parejas del mismo sexo pueden aplicar al proceso de adopción.

¿Existe evidencia científica sobre los efectos para los niños y niñas que crecen en una familia de parejas del mismo sexo?

-Toda la evidencia científica seria y validada muestra que los hijos criados por parejas del mismo sexo tienen el mismo desarrollo psicosocial de niños y niñas criados por parejas heterosexuales. En el artículo Estudios científicos sobre adopción de parejas del mismo sexo encuentra una revisión de la literatura científica. Colombia Diversa destaca que el doctor Jaime Ardila revisó 1947 artículos científicos y llegó a la conclusión de que no hay desenlaces diferentes entre hijos adoptados por homosexuales o heterosexuales.

¿Cuáles instituciones intervinieron en el debate sobre Adopción Igualitaria en la Corte Constitucional?

Colombia Diversa compartió estos gráficos para explicar lo ocurrido:

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Fotos: Colombia Diversa

Fuente Ragap

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El 73 % de los colombianos se opone a la adopción homoparental

Sábado, 9 de mayo de 2015
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2794_darn_140314e-e1398786294171El 73 % de los colombianos considera que las parejas del mismo sexo no deberían poder adoptar hijos, según reveló una encuesta elaborada por la firma Ipsos Napoleón Franco para varios medios de comunicación.

La posibilidad, que actualmente es estudiada por la Corte Constitucional de Colombia, recibió el rechazo del 73 % de los encuestados, en una muestra de 1.335 personas de todo el país.

Los resultados muestran que sobre la cuestión se posicionaron a favor el 24 % de los encuestados, en tanto que el 3 % restante no sabe o no contesta.

La Corte Constitucional rechazó el pasado 18 de febrero la adopción por parejas del mismo sexo, si bien mantuvo la opción de hacerlo cuando el niño es hijo biológico de uno de los dos.

Esa decisión siguió la línea de una resolución del Constitucional en agosto de 2014, cuando aprobó la adopción de una niña por parte de una mujer que es pareja sentimental de la madre biológica.

Además, ya ha dado su visto bueno al derecho de los homosexuales a adoptar niños, pero de forma individual.

Tras estos antecedentes, el alto tribunal estudia desde hace meses la ponencia sobre la adopción por parte de parejas del mismo sexo, cuestión que registró un nuevo empate el pasado 7 de abril, cuando se votó una segunda demanda basada en el derecho de los niños a tener una familia.

Según establecen las normas internas de la Corte, en caso de que en la próxima reunión se produzca otro empate se recurrirá al voto de Jaime Córdoba, uno de los 18 conjueces elegidos al azar, algo que se espera que ocurra en los próximos días.

La primera votación que rechazó este tipo de adopción se basaba en una demanda que argumentaba el derecho de las parejas homosexuales a adoptar niños.

La encuesta de Ipsos se realizó a 1.335 personas de todo el país, mayores de 18 años procedentes de todos los niveles socioeconómicos que, a través de entrevistas presenciales y telefónicas, configuran una muestra representativa del 67 % de la población urbana adulta, con un margen de error total para la muestra de 2,7 %.

Fuente: Colombia.com

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Colombia permitirá a los menores intersexuales elegir su sexo en registro civil

Martes, 3 de marzo de 2015
Comentarios desactivados en Colombia permitirá a los menores intersexuales elegir su sexo en registro civil

identidad-de-genero-en-menores-dilemas-actuales-cartel-recorte-620x400También se podrá pedir por escrito que se cambie el sexo consignado de un menor, con base en conceptos emitidos por peritos.

La Corte le pidió al Congreso “que regule de manera urgente y prioritaria la materia tratada” para así garantizar el derecho a la personalidad jurídica del menor
En un fuerte pronunciamiento, la Corte Constitucional determinó que los menores intersexuales o con genitales ambiguos deben recibir desde su nacimiento atención urgente y prioritaria por parte de un equipo interdisciplinario que informe a los padres sobre su condición y que emita un concepto para la asignación del sexo del bebé. En fallo de tutela, la Corte estimó asimismo que el menor intersexual o con genitales ambiguos será en adelante atendido de manera integral en el sistema de salud sin dilaciones y sin necesidad de presentar como requisito previo el registro civil de nacimiento.En ese sentido, la Corte ordenó a la Registraduría que implemente cambios respecto de menores intersexuales o con genitales ambiguos cuando la asignación de sexo no corresponda a las categorías de femenino o masculino, “disponiendo su consignación en un folio diferente que se suprimirá cuando se asigne definitivamente el sexo”“Para lo anterior se requerirá de diagnóstico médico de intersexualidad o ambigüedad genital y autorización escrita del menor o de los padres”.

Igualmente, la Registraduría deberá “disponer de un mecanismo expedito para cambiar el sexo y nombre del menor cuando se tome decisión definitiva sobre el sexo” y “mantener estricta reserva sobre la información referida al sexo del menor, la cual hace parte de los datos sensibles del mismo”.

Tras este pronunciamiento, la Registraduría Nacional de Colombia ha anunciado que, desde el pasado miércoles, los padres de menores de edad con ambigüedad genital o sexo por determinar podrán elegir el sexo con el que serán inscritos sus hijos en el registro civil, indicando el sexo como “intersexual, ambigüedad genital, sexo por determinar o alguna expresión equivalente“.

De esta forma, los padres o tutores legales tendrán libertad absoluta para indicar qué sexo se anotará en dicha casilla en el registro del menor.

En el momento en que los menores cumplan la mayoría de edad, serán ellos mismos los que decidan si cambiar su sexo o tramitar un cambio de nombre sin necesidad de una escritura pública.

También se podrá pedir por escrito que se cambie el sexo consignado de un menor, con base en conceptos emitidos por peritos.

La decisión del ente, según informó la entidad, cobija a todas las Delegaciones Departamentales, Registradores Especiales, Auxiliares, Municipales, Consulados, Notarios y la Unidad de Atención a Población Vulnerable y responde a un fallo de la Corte Constitucional por el que se busca “proteger el derecho superior de los menores a la intimidad, identidad y libre desarrollo de la personalidad”.

Fuente Vanguardia

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Prohíben pedir libreta militar a transexuales en Colombia

Martes, 19 de agosto de 2014
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08da950b3fad17055c11c5989c82f813El Congreso colombiano debe tramitar un proyecto de ley que regule de forma integral y sistemática los derechos de las personas trans.

En fallo trascendental, la Corte Constitucional de Colombia consideró que el Congreso debe tramitar un proyecto de ley “que regule de forma integral y sistemática los derechos de las personas transgénero”.

El pronunciamiento se dio a la hora de estudiar una tutela que había presentado la mujer trans Grace Kelly Bermúdez, en contra de la administración de la Alcaldía de Bogotá, porque no la contrataban por no tener libreta militar.

Bermúdez consideraba vulnerados sus derechos al libre desarrollo de la personalidad pues, a pesar de ser de sexo masculino de nacimiento, ha construido su identidad como mujer.

Tras una lucha jurídica, la Corte Constitucional, en el fallo T-476 de 2014, no solo le dio la razón sino que dictó jurisprudencia en el sentido de que no se puede pedir o exigir la libreta militar a las personas transgénero para poder contratarlas.

Este fallo, que es una victoria para la comunidad LGBTI, afirma: “Si una persona se reconoce como mujer transgénero, y construye su identidad en la vida pública y social como mujer transgénero, exigirle un requisito propio del género con el cual no se identifica como lo es la libreta militar, desconoce su derecho a desarrollar su identidad de género, es decir, de autodeterminarse”.

Así, la Corte Constitucional determinó que el requisito de la libreta militar, el artículo 36 de la Ley 48 de 1993, es inaplicable para las mujeres transgénero puesto que su identidad no corresponde al concepto de “varón”.

En ese sentido, se indica que “en los procesos de selección y contratación que se adelanten en las entidades públicas no se podrá exigir la libreta militar a las personas transgeneristas”.

La Corte en el fallo ordena a la Subdirección de Asuntos LGBTI de la Secretaría de Integración Social de la Alcaldía de Bogotá contratar a Bermúdez.

Fuente: La tarde.com

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