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Dos madres de Mar del Plata inscribieron a su hijo después de 5 años de espera

lunes, 9 de mayo de 2016
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Clausula-transitoria-Julian2En el centro Julian, Maria Laura y Mariana; a su derecha la Dra. Romina Rodriguez, directora del Registro de las Personas, Greta Pena y Martín Canevaro de 100% Diversidad y Derechos.

Julián tiene dos mamás, María Laura y Mariana. Nació en Mar del Plata hace cinco años por Técnicas de Reproducción Humana Asistida (THRA) pero hasta hoy sólo tenía reconocida a una de sus madres, la que había gestado el embarazo, y ningún derecho de protección para con su otra mamá. Por esta situación, atravesaron diariamente enormes dificultades en la crianza, su mamá no gestante por ejemplo no podía tomar decisiones médicas o retirarlo del jardín sin autorización de la otra mamá. Tampoco podía ofrecerle su obra social, ni tomarse días de licencia por enfermedad de su hijo.

María Laura y Mariana contrajeron matrimonio civil en 2014, unos años después del nacimiento de Julián, y no le reconocieron la filiación a favor de las dos. Ahora el nuevo Código Civil vigente, la Cláusula Transitoria tercera – que le da retroactividad a la voluntad procreacional – le reconoce sus derechos filiatorios y pudieron completar la partida de nacimiento de su hijo con los nombres y apellidos de ambas, respetando su identidad y composición familiar. Desde hoy en adelante, Julián, podrá acceder a los mismos derechos que todos los niños y niñas, con sus dos progenitoras legalmente reconocidas, después de cinco años sin respuestas.

El Registro Civil de La Plata emitió una Disposición para aplicar la Cláusula Transitoria del nuevo Código Civil que reconoce la filiación por “voluntad procreacional” a favor de quienes hayan tenido hijos e hijas por TRHA antes de la reforma. La resolución, solicitada por 100% Diversidad y Derechos, fue estrenada ayer 5 de mayo a las 11hs. por Julián y sus dos mamás en la sede provincial del registro, ubicada en Av. 1 y Av. 60 en la Ciudad de La Plata.

La norma fue firmada por la Directora Provincial del Registro de las Personas, Dra. Romina Rodríguez a solicitud de 100% Diversidad y Derechos. Se trata de la Disposición 660/2016 del 27 de abril a través de la cual se reglamenta y garantiza la aplicación de la Cláusula Transitoria Tercera (Artículo 9, Ley 26.994) del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que fue propuesta por nuestra organización en el marco de las audiencias públicas donde se debatió la reforma integral y unificación de ambos códigos.

1Esta medida constituye un gran avance para garantizar los derechos de los niños y niñas nacidos por TRHA que cuenten con un único vínculo filiar con quien gestó su embarazo y estén privados del vínculo de parentesco con la otra madre o padre que, al no haber estado reconocida la “voluntad procreacional” como fuente de filiación al momento del nacimiento, fue excluido de la inscripción.

Concretamente, la disposición del registro establece que quienes hayan tenido hijos e hijas por TRHA antes de la entrada en vigencia del nuevo Código, y sólo hayan podido inscribir el vínculo filial con la progenitora gestante, puedan completar esa inscripción incorporando al otro/a progenitor/a que también haya compartido la “voluntad procreacional”, para tener ese hijo/a. Ello con independencia de quien haya aportado los gametos, el estado civil y la orientación sexual e identidad de género de los progenitores/as. Para ello se reglamenta la forma en que se certifica dicha voluntad procreacional mediante una Declaración de Consentimiento ya que no existía, con anterioridad al nuevo Código, una regulación sobre la forma del consentimiento para la determinación de la voluntad procreacional.

Como dice en sus fundamento la disposición “… dado que al momento de la realización de la práctica fruto de la cual nació el menor de edad, no eran exigibles las reglas generales relativas a la filiación por TRHA, normadas en los arts. 560 y cc. del CCyC, la falta de regulación respecto de la forma de certificación del consentimiento prestado, no puede erigirse en obstáculo que impida dar certeza respecto de la identidad del menor de edad cuya filiación se encuentra bajo examen, reconocida como factor de atribución de la filiación que se ha denominado “voluntad procreacional”.

100% Diversidad y Derechos ya había reclamado a todos los Directores Generales en el Consejo Federal de registros civiles, llevado a cabo los pasados 13, 14 y 15 de abril, que garanticen el efectivo acceso a la filiación por “voluntad procreacional” establecida en la Cláusula Transitoria Tercera del nuevo Código Civil, que se encuentra vigente desde el 1 de agosto de 2015 y fue sancionado hace más de un año y medio (1 de octubre de 2014) sin que tomaran ninguna medida concreta sobre el pedido.

En este marco, el secretario de 100% Diversidad y Derechos, Martín Canevaro, expresó que “con esta disposición, la provincia de Buenos Aires se convierte en la primera jurisdicción del país en establecer un procedimiento para aplicar la Cláusula Transitoria Tercera de manera sencilla y eficaz, permitiendo que decenas de niños y niñas accedan a una correcta inscripción, resguardando su derecho a la identidad y sus relaciones familiares”.

Por su parte, Silvina Madaleno, del área de familias de 100% Diversidad y Derechos, expresó que “estrenamos esta disposición con la entrega de una nueva partida de nacimiento y DNI a Julián y sus mamás María Laura y Mariana, dando cuenta de su identidad familiar y de la relación que los une hace ya cinco años, aunque recién ahora sea reconocida por el Estado. Tenemos una alegría que nos desborda, fue muy larga la espera, la incertidumbre, los miedos, que ahora quedan atrás, gracias a las leyes que nos incluyen, reconocen que existimos antes de su sanción y a funcionarios que les importa que los derechos lleguen a quienes los necesitamos”.

Fuente: Prensa 100% Diversidad y Derechos

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Latinoamérica: Violencia hacia jóvenes LGBTIQ: Encuesta nacional sobre ambiente escolar.

viernes, 22 de enero de 2016
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FlyerSe trata de una iniciativa regional que se llevará a cabo durante los meses de enero, febrero y marzo en Argentina y toda Latinoamérica. Las conclusiones del estudio serán presentadas a las autoridades educativas de cada país y a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

100% Diversidad y Derechos lanza Encuesta Nacional sobre ambiente escolar dirigida a jóvenes LGBT. El relevamiento se hará a través de internet y permitirá contar con datos sobre violencia y discriminación por orientación sexual e identidad de género en instituciones educativas de nivel medio y reclamar el diseño de políticas públicas para erradicar el acoso.

La encuesta está dirigida a jóvenes de entre 13 y 20 años y se puede acceder al formulario online ingresando a: 100porciento.wordpress.com. Se trata de una iniciativa regional que se llevará a cabo durante los meses de enero, febrero y marzo en Argentina y toda Latinoamérica. Las conclusiones del estudio serán presentadas a las autoridades educativas de cada país y a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)

El objetivo de la encuesta es construir un diagnóstico sobre el ambiente escolar de los jóvenes LGBT y hacer visible una realidad por todos conocida pero aún invisible para los Estados, dándole voz a la juventud LGBT en el ámbito público.

La encuesta indaga sobre situaciones cotidianas de violencia simbólica, verbal y física contra estudiantes LGBT en los colegios y su impacto en la asistencia y permanencia de los jóvenes en las instituciones educativas. También pregunta sobre la respuesta de docentes y autoridades frente a situaciones de discriminación y sobre la existencia de mecanismos para abordarlos, entre otros aspectos.

Ricardo Vallarino, Vicepresidente de 100% Diversidad y Derechos, sostuvo que la encuesta “nos permitirá disponer de datos precisos sobre las experiencias de violencia y discriminación en los colegios de nuestro país y a partir de allí discutir las políticas públicas necesarias para erradicar el acoso y el ataque en los ámbitos escolares”.

Por su parte el Secretario de 100% Diversidad y Derechos, Martín Canevaro, explicó que “la pedagogía del insulto es la experiencia común por la que atraviesan las y los jóvenes LGBT en las instituciones educativas. El proceso de aprendizaje está atravesado por situaciones de violencia verbal, física y simbólica que esta encuesta contribuirá enormemente a visibilizar”.

En octubre de 2014 UNESCO invitó a 100% Diversidad y Derechos a la Consulta Regional sobre homo-transfobia en ámbitos educativos, llevada a cabo en Bogotá, Colombia. Una de las conclusiones del encuentro fue la falta de datos a nivel regional que puedan servir de insumo para el diseño de políticas públicas específicas.

El estudio cuenta con el apoyo de GLSEN (Gay, Lesbian & Straight Education Network de EE.UU.) y es llevado a cabo en Argentina por 100% Diversidad y Derechos, en Chile por la Fundación Todo Mejora, en Colombia por Colombia Diversa y la Fundación Sentiido, en Perú por Promsex, en Brasil por Asociación Brasileira de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Travestis y Transexuales (ABGLT), en México por la Coalición de Jóvenes por la Educación y la Salud Sexual (COJESS) y en Uruguay por el Colectivo Ovejas Negras.

Invitamos a participar de la encuesta a jóvenes de entre 13 y 20 años y a contribuir con su difusión a docentes, familias y adultos comprometidos con la erradicación de la violencia escolar. Desde 100% Diversidad y Derechos emprendemos esta iniciativa con la convicción de que la violencia contra jóvenes LGBT es la punta del iceberg del maltrato por sexismo, racismo y de la presión por reforzar estigmas sociales.

Para garantizar el derecho a una educación de calidad para todos y todas la UNESCO promueve una respuesta integral que enfrente los distintos tipos de violencia que se expresan en el ambiente educativo; inclusive las motivadas por género, orientación sexual o identidad de género. En ese sentido, el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, declaró en 2011 que el bulling homofóbico es “un ultraje moral, una grave violación a los derechos humanos y una crisis de salud pública”.

Link de acceso directo a la encuesta: https://glsen.az1.qualtrics.com/jfe/form/SV_6mu1UEUhn3KTzEx

Fuente: 100% Diversidad y Derechos

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Argentina pone punto final a la discriminación de las personas homosexuales a la hora de donar sangre

viernes, 18 de septiembre de 2015
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donacion_sangreArgentina sigue dando lecciones al mundo sobre lo que significa acabar con la discriminación jurídica de las personas LGTB. Este miércoles, el Ministerio de Salud de ese país ha puesto punto final a uno de los pocos “puntos negros” que aún persistían en esta materia, al eliminar la prohibición de donar sangre a las personas homosexuales. La atención se deberá dirigir ahora a la existencia de conductas de riesgo, con independencia de si estas se dan entre personas del mismo o de distinto sexo.

“A partir de estas medidas la sangre en Argentina va a ser más segura de lo que ya era”, aseguraba este miércoles el ministro de Salud argentino, Daniel Gollán, tras la firma de las resoluciones que actualizan los requisitos para la donación de sangre en todo el territorio nacional (algunos territorios del país, entre ellos la ciudad de Buenos Aires, ya lo habían hecho). “Durante mucho tiempo la gente creyó que si tenía una relación con una persona homosexual corría más riesgos que teniéndolas con una persona heterosexual. La epidemia se encargó de demostrar que no era así y que lo que había que resguardar eran las prácticas y las conductas que podían ser de riesgo”, explicaba el ministro, según el cual modificar esta creencia “costó tiempo y probablemente costó que muchas personas se infectaran por vivir con este prejuicio”. “Lo que estamos haciendo está avalado científica y técnicamente” y “basado en un criterio sanitario que sustituye al viejo concepto de ‘grupos de riesgo’ por la cuestión real de situaciones de riesgo incrementado”, añadía.

La noticia ha sido recibida con satisfacción por los colectivos LGTB argentinos. Para Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), “es una enorme alegría haber podido dar este paso hacia la igualdad y no discriminación, uno de los últimos reductos que explícitamente excluían a nuestro colectivo del goce pleno de los derechos. Saludamos la decisión del Ministro Gollán que recogió el trabajo y lucha de nuestras organizaciones”. “Con esta resolución damos un paso más hacia un horizonte de igualdad plena. Sin dudas este era uno de los temas más sensibles para nuestro colectivo ya que implicaba una exclusión arbitraria de determinado grupo de personas ante un acto de solidaridad y enorme nobleza como es el donar sangre. Finalmente tantos años de lucha en el Parlamento y concientizando a la sociedad hoy tienen sus frutos”, ha añadido Paulón.

El presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), César Cigliutti, ha querido destacar la calidad del nuevo cuestionario que se pasará a los donantes, ya que “garantiza más y mejor tanto el hecho de donar sangre como el de recibirla. Porque se hacen las preguntas correctas, sin ningún tipo de prejuicio, sin pensar que el virus se transmite a través de una orientación sexual o de una identidad de género”. “Hoy es un día de reconocimiento y de agradecimiento al Ministerio de Salud y a todo su equipo porque nuestros quince años de lucha tuvieron un buen final”, ha añadido Cigliutti.

“En el contexto de igualdad que se conquistó en la Argentina con el matrimonio igualitario, la ley de identidad de género y las miles de familias LGBTI con hijos e hijas, era inadmisible que para la donación de sangre aún persistiera la histórica discriminación por orientación sexual e identidad de género. El cambio de paradigma de grupos de riesgo por el de prácticas de riesgo vuelve a posicionar a la Argentina a la vanguardia mundial en materia de igualdad y no discriminación”, ha declarado por su parte Martín Canevaro, Secretario de 100% Diversidad y Derechos.

Argentina se adhiere a la evidencia científica

Nunca nos cansaremos de repetirlo: hace años que los expertos consideran obsoleto que se prohíba donar en función de la orientación sexual. En España, que en esta materia es un buen ejemplo, la ley establece la exclusión de la donación de sangre en función de la existencia previa de conductas de riesgo, con independencia de si han sido con personas de su mismo o de distinto sexo. Tras el cese de la conducta de riesgo la ley española marca que se excluya la donación “durante un periodo determinado por la enfermedad en cuestión y por la disponibilidad de pruebas apropiadas en cada caso”. En la práctica este periodo suele ser de un año.

Hay que tener en cuenta que en España la sangre donada es sometida a tests de VIH, entre otros agentes infecciosos. Y aunque existe la posibilidad de que una infección recién transmitida no sea detectada debido a la existencia de un “periodo ventana” entre el momento preciso de la transmisión y el momento en que las pruebas dan positivo, la introducción de pruebas más sensibles (que detectan material genético del virus en lugar de anticuerpos) ha reducido este periodo ventana al mínimo. En los últimos diez años no se ha producido en nuestro país ni un solo caso de transmisión del VIH debido a una transfusión de sangre o hemoderivados (y no es que la situación epidemiológica del VIH en el colectivo de hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres sea en España especialmente buena, por desgracia).

Sin embargo son muchos los países en los que el peso del prejuicio es mayor que la evidencia científica. Es el caso de los Estados Unidos: en 2010 la FDA (Food and Drug Administración, la agencia federal responsable de la regulación de medicamentos) sorprendía al mantener la prohibición pese al criterio favorable de instituciones como la Cruz Roja, la Asociación Médica Americana o la Asociación Americana de Bancos de Sangre. El propio comité reconocía entonces que dicha postura excluía muchas donaciones de bajo riesgo y permitía otras potencialmente más peligrosas. Cuatro años después, en 2014, la FDA recomendaba por fin levantar la prohibición, aunque manteniéndola de facto: solo los gais célibes durante un año podrán donar. Una medida similar a las adoptadas por Suecia (en 2009), Reino Unido (en 2011) y hace escasas semanas Portugal, y algo menos rígida que la de Canadá, que desde 2013 exige a los gais donantes de sangre cinco años sin relaciones sexuales.

Más razonables han sido los cambios de normativa en Alemania, que eliminó la mención explícita a la homosexualidad en 2010, o en México y Chile, por mencionar dos países de América Latina con una normativa más acorde a la evidencia científica, y que eliminaron en 2012 y 2013 (respectivamente) la prohibición de donar a hombres homosexuales y bisexuales, supeditando la selección no a la orientación sexual, sino a la existencia o no de prácticas de riesgo previas. Ahora se suma Argentina.

Argentina, líder en reconocimiento de derechos a las personas LGTB

Argentina, en definitiva, se consolida en el grupo de cabeza por lo que al reconocimiento de derechos relacionados con la esfera LGTB se refiere, muy por delante de buena parte de Europa o de los Estados Unidos.

Además de la eliminación de la discriminación a la hora de donar sangre, leyes como las de matrimonio igualitario o de identidad de género (más avanzada que por ejemplo la ley española, al respetar el principio de autodeterminación del género y no exigir diagnósticos o tratamientos psicológicos ni médicos para proceder a la rectificación de los datos registrales) o el reconocimiento expreso de nuevos modelos familiares que hasta ahora carecían de sustento jurídico (es el caso de los menores con triple filiación) avalan esta afirmación.

Fuente Dosmanzanas

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Comienza a regir el Nuevo Código Civil y Comercial en Argentina

martes, 4 de agosto de 2015
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PyREl 1 de agosto comenzó a regir el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. El texto, que implica un profundo cambio social, actualiza las relaciones filiales, crea nuevos institutos jurídicos, facilita el divorcio y la adopción e incorpora las nuevas formas de familia.

El 1 de agosto comienza a regir el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en Argentina. El texto, que implica un profundo cambio social, actualiza las relaciones filiales, crea nuevos institutos jurídicos, facilita el divorcio y la adopción e incorpora las nuevas formas de familia. Sin embargo quedan deudas pendientes tales como la eliminación de la gestación por sustitución, la polémica definición de los embriones como personas y el sostenimiento de los privilegios de la Iglesia Católica.

Entre los puntos más destacados del texto aprobado, que insumió un intenso debate parlamentario y de audiencias públicas, sin dudas constituyen avances positivos:

  • Matrimonio: Se elimina la distinción de género entre los contrayentes, integrando el texto de la ley de Matrimonio Igualitario al cuerpo normativo general. Se establece un compromiso de los esposos para desarrollar un proyecto de vida en común basado en la cooperación.
  • Divorcio abreviado: se agilizan los trámites de divorcio, permitiendo la disolución del matrimonio por la sola voluntad de una de las partes, sin necesidad de invocar motivos. Se reconoce compensación al/la contrayente que fuera más desfavorecido por este proceso.
  • Uniones Convivenciales: aquellas parejas que no puedan o no deseen casarse pueden optar por celebrar una Unión Convivencial que brinda protección mutua, permite pactar la distribución de las cargas del hogar o distribución de bienes en caso de ruptura.
  • Nueva ley de adopción: Se simplifican los trámites y acortan plazos, priorizando el interés de niñas, niños y adolescentes en situación de adoptabilidad, por sobre todo. Garantiza el derecho a la identidad y permite la adopción por parte de matrimonios, parejas convivientes, uniones convivenciales y personas solteras, independientemente de su orientación sexual.
  • Voluntad procreacional: se introduce el concepto de voluntad procreacional, el nuevo Código ahora lo incorpora en el texto legal. Esto implica un cambio profundo en materia de filiación anteponiendo al vínculo biológico, otros aspectos más relevantes.

Sin embargo hay varios temas pendientes, producto de las presiones de la Jerarquía de la Iglesia Católica sobre el final del proceso de aprobación del texto:

  • Eliminación de la Gestación por Sustitución en el texto del Código. De esta manera, se impide a muchas parejas del mismo y diferente sexo, el acceso a la maternidad y paternidad en condiciones de igualdad, ya que en la actualidad estas técnicas están disponibles en el extranjero para quienes dispongan de los recursos económicos.
  • Definición del carácter de persona para los embriones, incluso aquellos concebidos in vitro. Esto busca poner una barrera para la legalización del aborto y pone en riesgo los derechos adquiridos con la reciente ley de fertilización asistida.
  • Eliminación de la función social de la propiedad, que había sido incluida en el texto original y ante proyecto remitido por el Ejecutivo al Congreso.
  • Reconocimiento de la personería de la Iglesia como persona jurídica pública – lo que le otorga privilegios inaceptables.

Al respecto, Esteban Paulón, presidente de la FALGBT, expresó lo siguiente: “La puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial representa un gran avance y cambio en nuestras relaciones sociales, tal el caso del nuevo régimen de adopción, el reconocimiento de las uniones convivenciales, el divorcio abreviado y la voluntad procreacional. Sin lugar a dudas a partir del 1 de agosto tendremos un Código más parecido a la sociedad en que vivimos”.

Sobre el polémico artículo 19, que establece que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”, la Cláusula Transitoria Segunda determina que “la protección del embrión no implantado será objeto de una ley especial”, la cual ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.

En ese sentido, Martín Canevaro, secretario de 100% Diversidad y Derechos, expresó que la organización reclama la urgente sanción en el Senado de la Ley Especial de Regulación de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA), que determina los procedimientos para la conservación de gametos y embriones con fines reproductivos y permite, transcurridos 10 años desde la obtención del material genético sin que haya sido utilizado, que puedan ser descartados o destinados a la investigación”.

Por su parte, César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) manifestó lo siguiente: “Celebramos tener un nuevo Código Civil y Comercial luego del extenso debate en el que participó la CHA institucionalmente en la Comisión Bicameral. A partir de mañana existirán importantes avances jurídicos especialmente para nuestra comunidad LGBTI y para nuestras familias ya que incluye el Matrimonio Igualitario, la Ley de Identidad de Género, y la Ley de Fertilización Asistida. Por ejemplo, la adopción está considerada a partir de los derechos de los niños/as a tener una familia, la voluntad procreacional en los casos de fertilización asistida, como también poder elegir entre dos tipos de acuerdos prenupciales, divorciarse en cualquier momento de la relación matrimonial, adoptar una unión convivencial con status legal. Seguiremos trabajando para que las leyes sean todavía más inclusivas de la diversidad”.

Fuente: Prensa FALGBT, Prensa 100% Diversidad y Derechos, Prensa CHA

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100% Diversidad y Derechos lanza material didáctico sobre diversidad familiar

sábado, 7 de marzo de 2015
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libritocolorearLa organización LGBT de Argentina 100% Diversidad y Derechos lanzará en este comienzo de clases, una serie de materiales didácticos destinado a niñas y niños con el objetivo de visibilizar la diversidad familiar y contribuir al cambio cultural abierto desde la sanción de las leyes igualitarias para el colectivo de LGBT.

Las piezas retratan situaciones cotidianas que permiten desnaturalizar la imagen dominante de la “familia tipo” y da espacio a las distintas realidades de la diversidad de familias, en un formato de libro para colorear y rompecabezas.

Esta iniciativa se suma a las guías para docentes en diversidad sexual y no discriminación, a los encuentros de familias diversas que se desarrollan en todo el país, a los trabajos de concientización en los medios de comunicación y los distintos talleres para creadores culturales infantiles, entre otros.

Martín Canevaro, secretario de 100% Diversidad y Derechos, expresó que nuestras familias siempre estuvieron presentes en el sistema educativo, no son nuevas, lo novedoso es que ahora están legitimadas para hacerse visibles.

Canevaro explicó que “en la inmensa mayoría de los jardines o escuelas, la presencia de nuestras familias se vive con absoluta naturalidad. Los niños y niñas identifican una composición familiar diferente, pero no necesariamente abren un juicio de valor, que un compañero tenga dos mamás o dos papás es meramente descriptivo”.

Por su parte, Andrea Majul, del área Familias de 100% Diversidad y Derechos agregó que “sí corresponde al mundo de los adultos, en cambio, la reproducción de la violencia simbólica y discursiva contra las mujeres y la diversidad sexual, que en la medida que van creciendo niños y niñas también reproducen”.

Majul explicó que “alcanzada gran parte de la igualdad jurídica, nuestro objetivo es apuntalar la igualdad real que necesitan nuestras familias -y que es derecho de todas las niñas y niños- en el ámbito educativo, social, cultural y de la salud.

Los materiales pueden adquirirse gratuitamente en la sede de la organización, Florida 461, 1 “G” de la Ciudad de Buenos Aires, o solicitarse el envío postal, a cienporcientodiversidad@gmail.com, o por contacto en nuestras redes sociales www.facebook.com/100.por.ciento y http://100porciento.wordpress.com.

Vía SentidoG

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Registros civiles de Argentina incumplen Ley de Identidad de Género

lunes, 29 de septiembre de 2014
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Libreta-matrimonio-igualitario

Consejo Federal de Registros Civiles rechaza adecuar datos registrales en actas de matrimonio y documentación de hijos e hijas de personas que han optado por un cambio de género.

La organización 100% Diversidad y Derechos denunció ante el INADI y el Ministerio del Interior que el Consejo Federal de Registros Civiles niega la actualización de las actas de matrimonios labradas con anterioridad al cambio de nombre y sexo registral, como así también la modificación de la documentación de los hijos e hijas de las personas que optan por cambiar su género.

En un comunicado de prensa, 100% Diversidad y Derechos expresó que “la decisión del Consejo, que se reunió el pasado 14 de mayo en Ushuaia, afecta los derechos de las familias integradas por personas trans ya que rechaza las adecuaciones de actas de matrimonio y de las inscripciones de nacimientos de hijos e hijas, cuya solicitud se origine en el cambio de género y nombre de alguno o ambos cónyuges”.

La organización informó que los directores de los Registros Civiles de todo el país analizaron los pedidos de “rectificación de actas de matrimonio en casos de cambio de género y nombre de pila” y decidieron que “los directores de los registros no tienen competencia administrativa para modificar el acta de matrimonio” labrada con anterioridad al cambio de nombre y sexo registral y cuya solicitud sea consecuencia de esa modificación.

Sobre esta denuncia, Alba Rueda, del Área trans de 100% Diversidad y Derechos, agregó: “Están obstaculizando el ejercicio de nuestros derechos y han generado situaciones muy graves para nuestras familias, reclamamos que cumplan la Ley de Identidad de Género y su decreto reglamentario, es urgente que los Registros Civiles hagan operativos los efectos del cambio de nombre y sexo registral”.

Por su parte, Martín Canevaro, secretario general de 100% Diversidad y Derechos, declaró: “Es necesario que el Consejo Federal de los Registros Civiles revea su decisión porque hicieron una interpretación restrictiva de la normativa. Además, pedimos que se acuerden criterios unificados para realizar las inscripciones, tanto de inscripción de hijos e hijas como de matrimonio y garanticen buenas prácticas registrales para la población LGBT, sin ningún tipo de discriminación”.

Desde la organización denunciante enfatizaron la gravedad de la situación, “que tiene implicancias para los derechos de niños, niñas y adolescentes, alcanzó el absurdo de que algunos niños/as cuenten en su documentación con datos filiatorios desactualizados, es decir, con nombres de personas que ni ellas ni el Estado reconoce como tales”.

Fuente: 100% Diversidad y Derechos vía SentidoG

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