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La Corte Suprema de Chile aplica por primera vez la ley de Identidad de Género: acoge recurso contra Gendarmería por discriminar a una funcionaria trans

Jueves, 14 de noviembre de 2019
Comentarios desactivados en La Corte Suprema de Chile aplica por primera vez la ley de Identidad de Género: acoge recurso contra Gendarmería por discriminar a una funcionaria trans

trans-movilh-supremaTras recurso presentado por el Movilh, el fallo obliga a Gendarmería a respetar el nombre y sexo social de una de sus trabajadoras, así como a mantener en reserva su identidad legal.

La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió una apelación presentada por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) contra Gendarmería de Chile por negarse a respetar el nombre y sexo social de una funcionaria trans, siendo el fallo el primero del máximo tribunal en hacer referencia a la Ley de Identidad de Género.

“Gendarmería se había negado a respetar el nombre social en la casilla electrónica de una de sus trabajadoras, así como a mantener en reserva frente a otros funcionarios la identidad legal asignada al nacer, argumentando que ello no era discriminatorio, ni vulneraba ningún derecho. En primera instancia la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones rechazó nuestro recurso de protección. Apelamos basándonos en la Ley de Identidad de Género (LIG), y felizmente ganamos en la Suprema. Esto sienta un importante precedente. Esto sienta un importante precedente ya que establece que no es posible ampararse en la falta de dictación de un reglamento, para desatender el mandato constitucional de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la dignidad”, sostuvo la abogada del Movilh, Paz Becerra.

El fallo fue pronunciado por los ministros de la Tercera Sala de esta Corte Suprema Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco, Carlos Aránguiz y el abogado integrante Pedro Pierry.

El artículo 4 de la LIG “reconoce garantías asociadas al goce y ejercicio del derecho a la identidad de género, entre las que se encuentran el reconocimiento y protección de la identidad y expresión de género, a ser reconocida e identificada conforme a su identidad y expresión de género en los instrumentos públicos y privados que acrediten su identidad y al libre desarrollo de su persona”, señaló el fallo.

En tal sentido, añadió la sentencia, no puede desatenderse “el mandato constitucional en orden a adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar la dignidad de toda persona y asegurar el respeto de sus derechos en plenitud, entre los que se encuentra el ser tratada socialmente de acuerdo con su convicción personal e interna, de ser hombre o mujer, tal y como la persona se percibe a sí misma”.

La Suprema redondeó que no existe “impedimento legal para asignar a la recurrente una casilla electrónica con el nombre de usuario que se avenga de mejor manera a su identidad de género, circunstancia que no obsta a dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley 18.834, pues el correo electrónico institucional no se encuentra dentro de los documentos cuya individualidad debe coincidir necesariamente con el nombre registrado en la cédula de identidad respectiva”.

Agregó que “tampoco resulta suficiente argumentación, aquélla esbozada por la recurrida para rechazar lo solicitado por la actora en cuanto a tomar todas las medidas necesarias en orden a que el resto de los funcionarios de la institución no tenga acceso a sus registros personales, desde que el mantener en reserva su hoja de vida resulta una medida adecuada para resguardar el derecho a la protección de la vida privada de la recurrente, frente a posibles actos discriminatorios.

La Suprema sentenció además que Gendarmería incurrió en un “acto arbitrario que afecta la integridad psíquica de la recurrente y el derecho a la protección de su vida privada, protegido por el artículo 19 N° 1 y 4 de la Carta Fundamental (…) La autoridad recurrida, pudiendo hacerlo, no adoptó las medidas necesarias en resguardo a su derecho de ser tratada socialmente de acuerdo a su convicción interna de ser mujer, tal y como se percibe a sí misma, lo que afecta su integridad psíquica y su derecho a la protección a su vida privada, al mantener sus antecedentes personales al alcance de los demás funcionarios de la institución”.

El fallo previno, por último, que el ministro Aránguiz y el abogado Pierry, estuvieron por mantener en reserva los antecedentes legales de la mujer trans, pero en contra de que el correo electrónico respetara su nombre social.

Con el fallo de la Suprema se revocó una sentencia que el pasado 11 de julio habían dictado los ministros de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Rivera Muñoz, Bárbara Quintana Letelier y el abogado integrante José Luis López Reitze, quienes habían rechazado el recurso de protección presentado por el Movilh.

Sentencia completa aquí

Fuente MOVILH

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Pareja lésbica es atacada en Chiguayante (Chile): “escorias, les voy a sacar la mierda”

Lunes, 11 de noviembre de 2019
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ataque-lesbofobico-Chihuayante-Movilh-300x300Por un matrimonio. Uno de los agresores se identificó como carabinero.

Un inesperado ataque en razón de su orientación sexual padeció una pareja lésbica en Chiguayante, región del Biobío, denunció hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) tras poner los antecedentes del caso a disposición la Subsecretaría de Prevención del Delito.

Mientras se encontraban en medio de una discusión a una cuadra de su casa, las mujeres fueron abordadas por un matrimonio vecino que las insultó con frases homofóbicas, para luego proceder a propinarles golpes.

El sujeto agresor, que se identificó como carabinero, “me lanzó el suelo y con sus puños comenzó a golpearme en la espalda mientras me gritaba, “tranquila lesbiana culiá (Sic) o te voy a sacar más la mierda. Su mujer retuvo a mi pareja y decía que éramos una escoria para la sociedad”, denunció una de las afectadas.

La vocera del Movilh, Daniela Andrade, repudió “esta cobarde y lesbofóbica agresión que dejó con diversos hematomas a la pareja. La violencia contra las mujeres lesbianas y bisexuales es exacerbada y debe ser erradicada. Esperamos sanciones contra los responsables”.

Tras brindar orientación jurídica a las afectadas, la abogada del Movilh, Paz Becerra, puso todos los antecedentes del caso a disposición de la Subsecretaría de Prevención del Delito, desde donde darán asesoría legal y psicológica gratuita a las víctimas.

Fuente MOVILH

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Chile: Presentan recurso contra Clínica de la UC por negarse a practicar exámenes a personas trans que cambiaron su nombre y sexo legal

Lunes, 2 de septiembre de 2019
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ClinicaUC-Movilh-810x394La Red Salud UC Christus solo analiza la sangre si las personas trans dan a conocer su nombre y sexo legal de nacimiento, lo que violenta la Ley Zamudio y la Ley e Identidad de Género. La Corte de Apelaciones declaró admisible recurso del Movilh.

 La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible un recurso de protección contra Red Salud UC Christus presentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) a favor de una mujer trans que rectificó su partida de nacimiento, cambiando su nombre y sexo legal, informó hoy el mencionado colectivo LGBTI.

El laboratorio de la Universidad Católica se negó a analizar la sangre “de nuestra representada”, poniendo como condición, “de una manera ilegal y arbitraria”, que la mujer dé a conocer el nombre y sexo legal de nacimiento, pese a que esa ya no es su identidad para ningún efecto, señaló la abogada del Movilh, Paz Becerra.

“Teniendo ella una identificación e identidad nueva, siempre manteniendo su RUT, no es necesario solicitar documentación que corresponde al ámbito de su vida privada”, explicó Becerra.

La exigencia de Red Salud UC Christus “vulnera la dignidad, el derecho a la igualdad y no discriminación, el debido proceso y su integridad psíquica, todos derechos que garantizados en la Carta Fundamental, en todas sus formas”, añadió Becerra.,

En tanto, el representante del Área de Salud del Movilh, Diego Ríos, precisó que “el actuar de la Red Salud UC Christus  es abiertamente transfóbico e invasivo y no tiene ninguna justificación práctica. Al parecer ellos quisieran llevar un catastro o “lista negra” de personas trans, lo cual es impresentable. La Ley de Identidad de Género es clara: el nombre y sexo legal de nacimiento de las personas trans debe permanecer en estricta reserva luego de que cambien su identidad”.

La admisibilidad del recurso fue decretada por la presidenta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, Dobra Lusic Nadal y por los/as ministros/as Leopoldo Llanos Sagrista y Elsa Barrientos Guerrero.

Conviene recordar que el Movilh presentó un similar recurso contra el Hospital Sótero del Río por incurrir en prácticas similares. Dado que en su defensa el Hospital responsabilizó a la Red Salud UC Christus de los ocurrido, otros jueves también está exigiendo informes al laboratorio de la UC. Se trata de los ministros Dora Mondaca, Gloria Escanilla y del abogado Integrante Carlos Castro. De esa forma, desde distintos frentes los tribunales están pidiendo explicaciones a la Red Salud UC Christus

Fuente MOVILH

*Foto: Sergio Piña/Aton Chile.

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Chile: Mujer sufre violento ataque transfóbico en La Cisterna

Sábado, 31 de agosto de 2019
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ataque-transfobo-web-820x394Entre 4 sujetos la atacaron con un palo, mientras le gritaban «caballo»

Un violento ataque transfóbico sufrió una mujer, Isidora Contreras, el anterior sábado en La Cisterna, donde cuatro sujetos se abalanzaron sobre ella al percatarse de su identidad de género, denunció hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Los hechos ocurrieron en el paradero 25 de Gran Avenida, donde cuatro sujetos se bajaron de un automóvil y en repetidas ocasiones comenzaron a gritarle a Isidora “caballo” , una ofensa para su identidad de género.

Los agresores “se bajaron del automóvil, le pegaron con un palo en la cara hasta que Isidora quedó inconsciente, con daños severos en su nariz, labios y piernas. También resultó con un dedo lesionado en su mano izquierda. Al despertar, transeúntes la ayudaron y llevaron a constatar lesiones a un centro médico y a carabineros”, dijo la abogada del Movilh, Paz Becerra.

El dirigente del Movilh, Diego Ríos, repudió “esta inhumana y cobarde agresión que nuevamente demuestra la grave vulnerabilidad de las personas trans”.

Ríos señaló que el Movilh orientó jurídicamente a la afectada, además de ofrecerle ayuda psicológica para superar el trauma.

Fuente MOVILH

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Chile: Trabajadora trans demanda a Gendarmería por no respetar su nombre y sexo social

Viernes, 10 de mayo de 2019
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Gendarmeria-de-Chile-820x394En el recurso patrocinado por el Movilh se alega que Gendarmería se niega a incluir el nombre y sexo social de las personas trans en correos electrónicos y registros internos que están a la vista de otras personas, violentando así la Ley Zamudio.

Con el patrocinio del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) una funcionaria administrativa de Gendarmería presentó un recurso de protección contra la institución por negarse a respetar su nombre y sexo social.

La abogada del Movilh, Paz Becerra, precisó que en febrero pasado la trabajadora comunicó a la institución su transexualidad y comenzó a adecuar su estética a la identidad de género que la representa, lo cual derivó en “actitudes y comentarios transfóbicos en su contra, provenientes de algunas jefaturas y de compañeros de trabajo”.

En virtud de ello, el Movilh solicitó por escrito a Gendarmería que investigara los acosos transfóbicos, que capacitara a todos sus funcionarios en diversidad sexual sexual y de género y que adoptara las medidas necesarias para respetar el nombre y sexo social de la trabajadora.

Si bien Gendarmería accedió a buena parte de las demandas, se negó a que el nombre y sexo social de la trabajadora fuesen respetados en el corree electrónico y los registro internos a los cuales tienen acceso otros funcionarios, argumentando que para ello la mujer debía primero cambiar su identidad legal.

La abogada Becerra precisó que tal exigencia es “arbitraria e ilegal”, pues contraviene la no discriminación por identidad de género garantizada en la Ley Zamudio, así como diversos fallos de tribunales que obligan a respetar el nombre y sexo social de las personas trans, hubiesen o no cambiado su identidad legal.

De igual manera, apuntó la abogada en el recurso, con su actuar Gendarmería violentó diversos principios constitucionales; como son el derecho la integridad física y psíquica de la persona y la igualdad ante la ley, además de transgredir la Convención Americana de Derechos Humanos y las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La vocera del Movilh, Daniela Andrade, precisó que “doblemente repudiable es que en los últimos dos años Gendarmería de Chile ha sido obligada una docena de veces por tribunales a respetar el nombre y sexo social de las y los internos trans. Con lo ocurrido ahora a una de sus trabajadores, es claro que esta institución nada ha entendido de los fallos de los tribunales y, por el contrario, persiste con su tradicional, peligrosa y perjudicial transfobia”.

Por todo, “esperamos un fallo favorable y que de una vez por todas Gendarmería respete los derechos humanos de sus trabajadores/as y de los internos/as”, finalizó el Movilh.

Fuente MOVILH

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