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Proyecto para cupo laboral para personas trans en el Estado bonaerense

Miércoles, 24 de diciembre de 2014

B44La norma establece que el uno por ciento de los puestos debe reservarse para personas travestis, transexuales y transgénero; además, se creará un “sistema único de registro laboral” para facilitar el acceso.

La Cámara de Diputados bonaerense dio media sanción al proyecto de ley que crea un cupo laboral en la administración pública de la provincia para transexuales y travestis. La norma establece la creación de “reservas de puestos de trabajo” para ser ocupados únicamente por esas personas.

La iniciativa, impulsada por la diputada kirchnerista Karina Nazabal, define que “el sector público de la Provincia deberá ocupar, en una proporción no inferior al 1 por ciento de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo.

El proyecto, que originariamente preveía una porción “no menor al 3 por ciento”, fue votado anoche en la Cámara baja provincial y pasó al Senado. En Diputados contó con el rechazo del bloque massista del Frente Renovador, que reclamó al gobierno cumplir primero con el cupo para discapacitados antes de avanzar con esta norma.

El artículo 1 del proyecto aprobado, además del porcentaje de empleados, establece una “reserva de puestos de trabajo” para ser ocupados “exclusivamente” por transexuales y travestis, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.

El cupo, según la norma, deberá cumplirse en “los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, las comunas, los organismos descentralizados y autárquicos” bonaerenses, como así también en “organizaciones empresariales donde el Estado de la Provincia tenga participación mayoritaria”.

Asimismo, en la ley se aclaró que estarán alcanzadas “las personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 18 años de edad”, que reúnan “las condiciones de idoneidad para el cargo que deben ocupar” y que “hayan o no accedido a los beneficios de la Ley 26.743″, de Identidad de Género.

Por último, en caso de ser sancionada, se creará un “sistema único de registro laboral” para facilitar la incorporación del personal y la norma contemplará sanciones administrativas para los casos de incumplimiento.

 La CHA brinda su apoyo al proyecto de ley

César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) dijo respecto a este tema que “este proyecto es totalmente diferente a los presentados en la Cámara de Diputados de la Nación y en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, porque se trata de promover el acceso al trabajo para las personas trans. Una deuda que todavía tiene la sociedad con este colectivo que, salvo excepciones, tienen a la prostitución o trabajo sexual como única opción de subsistencia. Hay que informar además que actualmente existen en varios organismos oficiales una política de inclusión laboral para las personas trans como el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Ministerio de Desarrollo Social, Procuración General de la Nación, Defensoría del Pueblo de la Ciudad (que fue uno de los primeros), entre otros, pero que no alcanzan a cubrir la necesidad y la demanda de trabajo de las personas trans.

El derecho al trabajo es un Derecho Humano como el derecho a vivir y a hacerlo en libertad y con seguridad. Es el Estado el que debe garantizar los derechos respetando la diversidad, por eso esperamos que al año que viene el Senado de la provincia de Buenos Aires apruebe finalmente esta inclusión y esta reparación”, agregó el activista.

Pedro Paradiso Sottile, secretario general de la CHA dijo que “celebramos este proyecto de ley porque se enmarca en la ampliación de derechos de un estado democrático que desde el reconocimiento de la diversidad sexual se hace cargo de un pasado de discriminación, exclusión y violencia hacia nuestra comunidad. Es un acto de justicia y reparación para una de las poblaciones históricamente más vulneradas en todos sus derechos básicos, como las personas trans, a causa de sus identidades de género y sus expresiones”.

Fuente: DyN, Prensa CHA, Vía SentidoG

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