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Se celebra el primer matrimonio igualitario en el estado mexicano de Nayarit

Martes, 15 de julio de 2014

matrimonio_igualitario_mexicoEl juez que ofició el enlace aseguró considerar inconstitucional un artículo del código civil local que define como matrimonio el que se da entre un hombre y una mujer.

Carla Gómez. 13 Julio 2014

El titular del Juzgado Segundo de Distrito sobre amparos civiles emitió un fallo en el que se ordenó al Registro Civil local inscribir un matrimonio entre personas del mismo sexo. Las autoridades civiles locales se habían negado basándose en el artículo 135 del Código Civil, que define al matrimonio como “un contrato civil por el que un sólo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para perpetuar la especie, con respeto entre ambos, igualdad y ayuda mutua“. Sin embargo, el juez determinó, basándose en los principios de igualdad y no discriminación, que ese artículo es anticonstitucional porque “transgrede los principios de igualdad y no discriminación” de los artículos 1 y 4 de la Constitución.

“Tal distinción es discriminatoria al privar injustificadamente a la parejas homosexuales de gozar de los beneficios que conlleva la institución legal del matrimonio, que incluye no solo el derecho a tener acceso a los beneficios asociados que dicha figura conlleva, sino también a los derechos y beneficios materiales que las leyes le describen“, aseguró el juez, determinando que no existe “razón fundada” que indique que una pareja del mismo sexo no tenga “una comunidad de vida a partir de lazos afectivos, sexuales y de solidaridad recíproca, con una vocación de estabilidad y de permanencia en el tiempo”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había emitido una resolución similar en 2013, cuando concedió un amparo a una pareja del mismo sexo en Oaxaca para contraer matrimonio pese a que las leyes del estado no permiten expresamente que se celebren este tipo de uniones civiles. Si bien es cierto que la Constitución no contempla como un derecho el matrimonio igualitario, la Corte de Justicia explicó que “el derecho al libre desarrollo de la personalidad” no tiene distinción, por lo que también es un derecho para los homosexuales.

Además de Oaxaca, existen otros casos recientes en Jalisco, Michoacán y Baja California en los que se han dado casos de matrimonios entre personas del mismo sexo basados en una resolución judicial.

Fuente Cáscara Amarga

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