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Piden que se suspenda inmediatamente el plan del Reino Unido de enviar a solicitantes de asilo LGTBI a Ruanda a partir del 6 de junio

Lunes, 30 de mayo de 2022
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00481362 4537c9ba17b33c261fe958432d4a67b2 arc614x376 w735 us1El plan de Priti Patel de enviar a los refugiados con un billete de ida a Ruanda está siendo cuestionado legalmente por la supuesta incapacidad del gobierno de identificar los riesgos a los que se enfrentan grupos vulnerables como las personas LGTBI+.

Una carta de acción previa enviada al Ministerio del Interior en nombre del grupo de presión Freedom from Torture cuestiona las afirmaciones del gobierno de que el estado de África oriental es “generalmente un país seguro” para las personas refugiadas.

La evaluación de impacto sobre la igualdad realizada por el departamento para la política decía que existía preocupación por el trato que recibían algunas personas LGTBI+ en Ruanda, y que las investigaciones apuntaban a que los “malos tratos” a este grupo eran “más que puntuales”.

A pesar de ello, la evaluación del gobierno sobre el historial de derechos humanos de Ruanda afirma que “no hay motivos sustanciales” para creer que las personas LGTBI+ corren el riesgo de ser tratadas de forma contraria al artículo 3 (ausencia de tortura y trato inhumano o degradante) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Sonya Sceats, directora ejecutiva de Freedom from Torture, dijo: “La ceguera deliberada del gobierno ante los riesgos a los que se enfrentan las personas expulsadas en virtud de este plan es francamente espeluznante, incluidos los intentos de minimizar la amenaza que suponen las personas LGTBI en Ruanda”.

Las últimas cifras muestran un aumento del número de personas que cruzan el Canal desde que el plan de Ruanda fue confirmado por primera vez por Boris Johnson en abril. Los ministros esperaban ver pronto pruebas de que la propuesta de ser enviados a Ruanda rompería el modelo de negocio de los traficantes de personas que operan en el Canal.

Más de 4.300 personas han llegado al Reino Unido en pequeñas embarcaciones desde que el primer ministro desveló los planes de transportar por avión a los ilegales que lleguen a 4.500 millas para solicitar asilo en Ruanda. Esta cifra es más de dos veces y media superior a la que cruzaron en el mismo periodo del año pasado y mantiene el mismo ritmo de aumento observado desde principios de año. Hasta ahora, más de 9.000 han llegado al Reino Unido desde el comienzo del año, frente a los 3.500 del mismo momento en 2021.

Al menos 50 migrantes han recibido “avisos de intención” en los que se indica que pueden ser enviados a Ruanda, donde se espera que soliciten asilo.

Una carta de pre-acción de los abogados Leigh Day en nombre de Freedom from Torture dice: “Nuestra usuaria tiene serias dudas sobre el proceso por el que se evaluará la vulnerabilidad en términos de idoneidad para el traslado a Ruanda y, si se evalúa el traslado como apropiado, las necesidades individuales en Ruanda.”

La carta impugna la legalidad de la política por los siguientes motivos:

La afirmación del gobierno de que Ruanda es “generalmente” un “tercer país seguro” es irracional.

Se basa en una aparente predeterminación o parcialidad.

La ministra del Interior ha incumplido su obligación de no inducir a sus agentes a infringir el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Trasladar a los solicitantes de asilo a Ruanda está fuera de la autoridad legal de Patel porque es contrario a la convención sobre los refugiados.

Debido a las afirmaciones del gobierno de que las expulsiones a Ruanda podrían comenzar ya el 6 de junio, la carta exige una respuesta en virtud del protocolo de acción previa en un plazo de siete días y se reserva el derecho a iniciar un procedimiento sin necesidad de recurrir al gobierno.

Otras organizaciones también han emitido cartas de preacción contra el plan de Ruanda. En una acción conjunta, PCS, Care4Calais y Detention Action han recibido una respuesta del Ministerio del Interior a su segunda carta de preacción, que también cuestionaba el plan de Patel de enviar a Ruanda a las personas que solicitan asilo. Están representados por Duncan Lewis solicitors.

El consejo de viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores para Ruanda dice: “Las personas pueden sufrir discriminación y abusos, incluso por parte de las autoridades locales. No hay leyes específicas contra la discriminación que protejan a las personas LGTBI”.

Un portavoz del Ministerio del Interior dijo: “Nuestra evaluación concluyó que las personas LGTBI+ no se enfrentaban a un riesgo real de persecución [en Ruanda]. Las conclusiones generales fueron que Ruanda es fundamentalmente un país seguro con un historial de apoyo a los solicitantes de asilo, incluida la colaboración con la Agencia de la ONU para los Refugiados, que dijo que el país tiene un entorno seguro y protector para los refugiados.”

Fuente: The Guardian

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Presentan proyecto para derogar el artículo 365 del Código Penal, la ley más homofóbica y antigua de Chile

Miércoles, 8 de julio de 2020
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carolina-marzan-movilhLa iniciativa, impulsada por la diputada Marzán y el Movilh, cuenta con patrocinio parlamentario transversal y busca igualar la edad de consentimiento sexual de homosexuales y heterosexuales. En la actualidad la primera está fijada en 18 años y la segunda en 14 años.

 Con respaldo parlamentario transversal, la diputada Carolina Marzán (PPD, en la fotografía) y el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)  presentaron un proyecto de ley que deroga el artículo 365 del Código Penal para equiparar así la edad de consentimiento sexual de parejas de igual y de  distinto sexo.

Junto a Marzán patrocinaron la iniciativa los/as diputados/as Gabriel Boric (PCS), Maya Fernández (PS), Pamela Jiles (PRV), Sebastián Keitel (RN), Erika Olivera (RN), Andrea Parra (PPD), René Saffirio (Ind), Leonardo Soto (PS) y Matías Walker (DC).

El artículo 365 establece que “el que accediere carnalmente a un menor de dieciocho años de su mismo sexo, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro, será penado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio”

El dirigente del Movilh, Ramón Gómez, explicó que tal artículo, vigente desde 1874, “es un funesto resabio de la norma que penalizaba la homosexualidad y las relaciones homosexuales entre adultos. En la actualidad estigmatiza y daña la dignidad de jóvenes homo/bisexuales, pues solo en razón de su orientación sexual, y de ninguna otra consideración,  se considera a sus relaciones como un delito”.

En efecto,  el artículo 365 fija en 18 años la edad de consentimiento sexual para parejas del mismo sexo, en circunstancias que para heterosexuales en 14 años.

“Así, por ejemplo, se estigmatiza a jóvenes de 18 ó 19 años que tienen relaciones homosexuales con otros de 16 ó 17 años, lo que no aplica a la juventud heterosexual.  Es una abierta discriminación que el propio Comité de los Derechos del Niño de la ONU ha pedido a Chile derogar. Más aún, Chile se comprometió a eliminar este artículo en un Acuerdo de Solución Amistosa firmado ante la Comisión Interamericana de DDHH”, señaló Gómez.

El dirigente añadió que “la vigencia del artículo 365 del Código Penal es además una de las razones porque Chile figura en los últimos lugares de la OCDE en cuanto a respeto a los derechos humanos de las personas LGBTI”.

En el proyecto de ley se establece que “es evidente que el tipo penal del artículo 365 no obedece sino a una consideración moral decimonónica, puesto que no confluye con la regulación de ninguna manera; no es armónico con la regulación de los delitos sexuales vigentes en nuestro ordenamiento, porque en realidad a los menores de 17 años y mayores de 14 no les reconoce ningún ámbito de libertad sexual cuando de relaciones homosexuales se trata, lo que es un error porque es dolosamente discriminatorio”.

Es “necesario proscribir del sistema penal cualquier consideración ideológica (o, incluso, moral) que tienda a la tipificación de un delito, toda vez que los criterios no responden a la certeza intersubjetiva de lo que la sociedad estima un interés objeto de tutela penal, mas solo una oportunidad legislativa sustentada en oportunidad, represión y discriminación”, añadió

“En el ordenamiento jurídico el derecho penal es un medio de control social toda vez que, en su esencia, se orienta a que ciertas conductas socialmente indeseables se eviten bajo la amenaza de la imposición de una sanción o pena para aquel o aquella que las realice.  (…) Sin embargo, no podemos comprender este sistema de normas de manera aislada, sino como un medio de control inserto en un sistema más amplio, en que diversas organizaciones son cruciales en la internalización de dichos valores como primordiales y que deben ser objeto de protección, con una amplitud tal, que abarca desde el núcleo familiar hasta instancias educativas formales o no”, finalizó el proyecto de ley.

Fuente MOVILH

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