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Hito: tras denuncia por transfobia Seguro del BCI cubre cambio corporal de joven trans

Martes, 2 de mayo de 2023
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BCI-seguros-820x394Argumentaron que la mastectomía de una persona transgénero es un procedimiento “estético”. El Movilh, que está preparando acciones legales contra BCI Vida, repudió “esta ignorante y abusiva respuesta” e instó al seguro a cubrir la cirugía, en tanto, la discriminación por identidad de género está “prohibida por ley”.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), denunció hoy que el  Seguro BCI VIDA se negó a cubrir la mastectomía de un joven transgénero de 22 años, “alegando en primera instancia que ello no era parte del contrato y luego argumentando que una cirugía de ese tipo tenía solo fines estéticos”.

En efecto, el 20 de marzo pasado BCI Vida indicó por correo electrónico a la madre del joven; quien contrató el seguro; que su hijo no recibiría la cobertura por la mastectomía, pues estaba excluida de la póliza. Luego por fono, le indicaron que tal cirugía era solo un procedimiento estético.

El encargado del Área Trans  del Movilh, Nicolás Morales, precisó que “en primer lugar entre su listado de exclusiones, la póliza de BCI VIDA no hace ninguna referencia a cambios corporales de personas trans.  Y tampoco podría excluir, pues infringiría las leyes que protegen de la discriminación por identidad de género. Además, el cambio corporal de las personas trans está lejos de ser una transformación estética, pues viene a garantizar una mejor salud y calidad de vida”

El Movilh recordó que en noviembre 2020  la “Corte Suprema obligó a la Isapre Colmena a cubrir la cirugía de una persona trans que representamos, tras negarse por similares motivos a los que ahora da el Seguro BCI VIDA”.

En su fallo, la Suprema sostuvo que  “las cirugías de reasignación sexual no son consideradas operaciones con fines cosméticos, sino una intervención que favorece la adopción satisfactoria de la identidad de género con el que la persona se identifica” y “tienen por objeto maximizar el bienestar psicológico y el sentimiento de autosatisfacción de la persona concordando su identidad de género con la del sexo físico, para así disminuir el estrés asociado a dicha incongruencia y brindándole beneficios tantos en aspectos psicológicos como sociales”.

A lo expuesto se añade que tras otras denuncias del Movilh, el 4 de octubre del 2019 la Superintendencia de Salud emitió la circular 336, la cual prohíbe considerar a la transexualidad como una enfermedad, así como restringir o limitar cobertura o servicios para el cambio corporal.

“Los seguros de Salud, y en particular BCI VIDA, deben ponerse al día con las transformaciones culturales y legales del país.  Lo mismo debe hacer la Comisión del Mercado Financiero, donde la persona afectada ha elevado este caso, tras la negativa de BCI VIDA. Esperamos que BCI VIDA corrija en breve este abusivo proceder”, finalizó el Movilh, que está asesorando al joven y a su madre y está preparando acciones legales contra el Seguro.


La empresa se disculpó con el joven y su madre, luego de que ambos exigieran su derechos y el Movilh denunciara públicamente el abuso y presentara un recurso de protección. El avance marca un precedente para los derechos de personas trans en todos los seguros complementarios de Salud.

El  Seguro BCI VIDA se vio en la obligación de cubrir el cambio corporal de un joven trans de 22 años luego de negarse durante seis meses a otorgar el beneficio, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) que esta semana había denunciado públicamente el abuso y presentado un recurso de protección con el patrocinio de la abogada Camila Bobadilla.

“Después de una exhaustiva revisión de su siniestro, hemos resuelto otorgar la cobertura reclamada, por cuanto corresponde a un riesgo efectivamente cubierto”, señaló ayer en la tarde BCI VIDA al joven y su madre, quien había contratado el segudo.

“Lamentamos profundamente las molestias que hayamos podido ocasionar, dado que BCI Seguros tiene el compromiso de resguardar todos aquellos principios que velan por el patrimonio y bienestar de todos sus asegurados y aseguradas, con profundo respeto y sin distinción, especialmente en lo concerniente a la salud física y emocional de quienes cuentan con nuestra confianza y respaldo ante un siniestro”, añadió.

“Reiteramos nuestras disculpas y comunicamos que hemos adoptado las medidas necesarias para resolver este caso y para que esta mala experiencia no vuelva a suceder”, finalizó BCI.

A su vez la madre del joven afectado valoró el respaldo del Movilh para solucionar el caso y calificó como un precedente el triunfo, en tanto, hasta ahora solo se había conseguido que las Isapres revirtieran sus políticas transfóbicas, siendo la primera vez que un seguro sigue igual camino.

“Estoy llena de emoción y felicidad. Mil gracias por su ayuda. Esto es un precedente para todos los casos futuros similares que se presenten y para que nunca más exista la transfobia en los sistemas de salud”, señaló la madre al Movilh.

En tanto, el vocero del Área Trans del Movilh, Nicolás Morales, felicitó “la convicción del joven y su madre para luchar por sus derechos, dando el ejemplo para que más personas se atrevan a denunciar y a no permitir la transfobia en ningún especio y lugar. Si el joven y su madre no hubiesen denunciado, BCI VIDA seguiría vulnerando derechos humanos. ¡Han triunfado los derechos de las personas trans!”.

La abogada del Movilh, Camila Bobadilla, anunció por su lado que tras el triunfo, retirará el recurso de protección presentado contra BCI VIDA.

Llamamos a las personas trans a denunciar cualquier abusos que sufran en los seguros complementarios de salud. Si sufren alguna discriminación, deben denunciarla al instante al correo movilh@gmail.com para que las orientemos, pues hay plazos para presentar acciones  legales  que deban respetarse”.

Fuente MOVILH (1, 2)

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Histórico: Corte Suprema de Chile ordena a Isapre Colmena a garantizar cobertura para cambio corporal de mujer trans

Viernes, 13 de noviembre de 2020
Comentarios desactivados en Histórico: Corte Suprema de Chile ordena a Isapre Colmena a garantizar cobertura para cambio corporal de mujer trans

trans-bandera-movilh-chile-820x394La Isapre deberá financiar la genitoplastia feminizante y los implantes mamarios de una mujer trans de 54 años. Colmena se había opuesto porque a su juicio se trataba de un cambio estético. Es la segunda vez que Colmena es obligada a respetar derechos trans, pues hasta marzo del 2020 considerada incluso a la transexualidad como una enfermedad.

La  Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó hoy por tres votos contra dos que la Isapre Colmena Golden Cross brinde cobertura para las cirugías de cambio corporal de una mujer trans, en el marco de un proceso que fue patrocinado por el estudio del abogado Ciro Colombara y asesorado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).

Votaron a favor los/as magistrados/as Ángela Vivanco, Sergio Muñoz y el abogado integrante Álvaro Quintanilla, mientras que la ministra María Angélica Repetto y el abogado integrante Ricardo Abuauad se pronunciaron en contra.

El Movilh recordó que Colmena se había negado a cubrir las cirugías de cambio corporal de una mujer trans de 54 años, A.O, quien exigía genitoplastía feminizante, implante mamario y reconstrucción corporal y facial.

“La identidad de género no constituye una enfermedad, una patología o condición de salud al constituir procedimientos de carácter estéticos. Siendo así las cosas, las prestaciones por las cuales usted solicita cobertura no cumple con los parámetros” del Minsal, señaló la Isapre en una carta que dirigió a la usuaria.

Luego en el proceso judicial añadió que las “cirugías estéticas con fines de embellecimiento carecen de códigos arancelarios ni tampoco son homologables a otras para arancelarlas”.

La negativa de la Isapre tuvo lugar luego de que el Movilh ganara en marzo del 2020 a Colmena otro juicio, donde la entidad fue obligada por la Suprema a dejar de considerar a la transexualidad como una patología pre-existente. La Isapre llega al extremo de bajar en un 75% las prestaciones de salud a las personas trans por considerarlas enfermas.

Pues bien, “una vez que se vio obligada a reconocer que la transexualidad no era una enfermedad, Colmena pasó a argumentar entonces que todo cambio corporal en las  personas trans era algo estético, negándose a brindar cobertura para tales efectos. Por ello, el abogado Colombora patrocinó este caso y en medio, como Movilh,  prestamos diversas  asesorías a la demandante. Finalmente, la transfobia de esta Isapre volvió a ser vencida en beneficio de la dignidad humana”, apuntó el encargado de Derechos Humanos del Movilh, Ramón Gómez.

“Si desde marzo pasado ninguna Isapre ya puede considerar a la transexualidad como una enfermedad, desde ahora ninguna podrá negarse a otorgar cobertura para cirugías de cambio corporal de las personas trans, lo cual es histórico”, finalizó Gómez.

El fallo

El fallo, advierte una evolución normativa en torno a la identidad de género “por medio de la cual el Estado chileno ha reconocido su existencia y, en consecuencia, asumido la obligación de resguardo del mismo, al entender que éste es un elemento inherente a la dignidad humana que deriva del derecho a la no discriminación y cuya concientización, en la especie, se obtiene sobre la base del ejercicio del derecho de la igualdad ante la ley y de la protección en salud”.

La sentencia sostiene que “las cirugías de reasignación sexual no son consideradas operaciones con fines cosméticos, sino una intervención que favorece la adopción satisfactoria de la identidad de género con el que la persona se identifica” y “tienen por objeto maximizar el bienestar psicológico y el sentimiento de autosatisfacción de la persona concordando su identidad de género con la del sexo físico, para así disminuir el estrés asociado a dicha incongruencia y brindándole beneficios tantos en aspectos psicológicos como sociales”.

Por tanto, y “a diferencia de lo expresado por la recurrida, las cirugías de reasignación sexual no constituyen carácter estético con fines de embellecimiento, sino que es una intervención, que en términos jurídicos, debe ser considerada como relevante y un reflejo, por un lado, del deber del Estado de garantizar y asegurar la no discriminación de las personas transexuales y, por otro, el ejercicio que éstas hacen de los derechos fundamentales de la igualdad ante la ley y el de protección a la salud”, añadió el fallo.

En consecuencia el Estado directamente, o a través de quienes ejercen esa función pública, por mandato legal, como son las isapres, deben garantizar (…) a las prestaciones médicas pertinentes puesto que, por lo demás, constituyen la única vía por la cual pueden hacerlo, atendida la naturaleza de la asistencia que se pide”

Añadió que “la negativa de la Isapre recurrida para proporcionar a la recurrente la cobertura solicitada para la realización de las cirugías de genitoplastía feminizante y la de implantes mamarios dispuesto por los médicos tratantes, carece de razonabilidad y vulnera las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 numerales 2, 9 y 24 de la Carta Política”, así como los derechos garantizaros en la Ley de Identidad de Género, la Ley Zamudio, la Vía Clínica de Adecuación Corporal del Minsal y la circular 336 de la Superintendencia de Salud, así como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales, las resoluciones de la OEA y la ONU,  la Convención Americana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia y la Opinión Consultiva OC/24 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros.

Por tanto, “se acoge el recurso de protección sólo en cuanto se ordena a la Isapre Colmena Golden Cross S.A. bonificar, conforme al Plan de Salud de la actora, las cirugías de genitoplastía feminizante y la de implantes mamarios”. En paralelo, se rechazaron otras peticiones para reconstrucción corporal y facial en tanto, a juicio de la Corte, éstas no derivaban en aspectos tendientes a la feminización que adecuaran el cuerpo a la identidad.

Fuente MOVILH

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Chile: Isapre Colmena insiste con su transfobia: ahora se niega a cubrir la readecuación corporal de las personas trans porque «es solo un cambio estético»

Sábado, 4 de abril de 2020
Comentarios desactivados en Chile: Isapre Colmena insiste con su transfobia: ahora se niega a cubrir la readecuación corporal de las personas trans porque «es solo un cambio estético»

índiceAntes la Isapre había rebajado un 75% la cobertura a las personas trans afirmando que la transexualidad sí era una enfermedad,  lo cual fue revertido por la Corte Suprema tras un recurso presentado por el Movilh. Ahora dice que al no ser una enfermedad, tampoco puede cubrir las necesidades de las personas trans.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) denunció hoy que la Isapre Colmena Golden Cross “ha vuelto a discriminar a las personas trans en razón de su identidad de género, negándoles todo tipo de cobertura para su readecuación corporal, lo cual es ilegal e inmoral”

“Primero esta Isapre se negó a dar cobertura a las personas trans alegando que la transexualidad era una enfermedad pre-existente. Tras un recurso que presentamos contra Colmena, la Corte Suprema sentenció que la identidad de género no era una patología. Ahora, la Isapre, dice lo contrario, es decir que al no ser la  transexualidad una patología, no puede dar cobertura a las personas trans, Esta situación es tan abusiva,  como ridícula”, señaló el vocero del Movilh, Oscar Rementería.

En efecto, precisó el Movilh, Colmena se negó a cubrir  las cirugías de readecuación a una persona trans de 54 años, Alexandra Orrego, que requiere una genitoplastía feminizante y una reconstrucción corporal y facial feminizante.

“La identidad de género no constituye una enfermedad, una  patología o condición de salud al constituir procedimientos de carácter estéticos. Siendo así las cosas, las prestaciones por las cuales usted solicita cobertura no cumple con los parámetros” del Minsal, señaló la Isapre en una carta  que dirigió a Orrego.

Añadió que las cirugías solicitadas por la mujer, “no tienen una finalidad  estrictamente curativa o reparadora”, equiparándolas así intervenciones de carácter estético.

“Esta situación vulnera la Ley Zamudio, la Ley de Identidad de Género, la Constitución y las directrices del Minsal, en tanto además de estar prohibida la discriminación por identidad de género,  garantizan el acceso igualitario a la salud. Las cirugías de readecuación corporal si tienen un efecto reparador en las personas trans que lo soliciten. Negarse a ello, solo obedece a criterios mercantiles y transfóbicos”, añadió Rementería.

El dirigente señaló que, en función de todo lo expuesto, la afectada ya presentó un recurso de protección con el patrocinio del abogado Ciro Colombara.

Fuente MOVILH

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