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Alerta: homicida de Daniel Zamudio pide a la Corte Suprema que le rebaje su condena

martes, 19 de agosto de 2025
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Alejandro Angulo Tapia busca cumplir en libertad sus últimos dos años de condena. La Corte Suprema ordenó revisar su petición. El Movilh recordó que, en 2024, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que Angulo Tapia presenta “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos”, al negarle  en esa oportunidad la libertad condicional.

Alejandro Angulo Tapia, uno de los cuatro asesinos de Daniel Zamudio, recurrió a la Corte Suprema para que le rebajen su condena, según información proporcionada hoy por La Tercera.

Recurrió al máximo tribunal después de que no fuera considerado para la Comisión de Reducción de Condena”, señaló el medio tras añadir que la “Corte Suprema ordenó revisar” su solicitud.

En tal sentido, Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) lamentó hoy que Angulo Tapia, insista en rebaja su condena o cumplirla en libertad condicional, “peticiones que, de ser aceptadas, serán un peligro público”.

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, recordó que “Angulo fue uno de los agresores más brutales de Daniel y su peligrosidad quedó en evidencia incluso cuando estaba tras las rejas, pues desde la cárcel, en 2020, amenazó con asesinar a otras personas”.

En efecto, en un video difundido en 2020 por el Movilh, Angulo señaló: “¿Quieren que me vuelva loco y mate a otro weón?, ¿eso quieren? Están a punto de conocerme, basuras cu…, weón. Conmigo no, conche…, conmigo no. Me han visto muy piola, weón. Les voy a sacar la conch… giles cul weón. Basuras de mierda. Esta ciudad está llena de weones hediondos a pescado. No tienen idea” (sic).

Asimismo, Jiménez recordó que, en octubre de 2024, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la libertad condicional solicitada por Angulo Tapia, considerando que presenta “factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado”.

En esa ocasión, la Corte concluyó además que Angulo Tapia presenta “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos, cuyo es el caso que lo mantiene privado de libertad, esto es, un homicidio calificado de connotación pública. Además, presenta características de personalidad de potencial criminógeno, como problemas de autocrítica y autoconciencia, en espera de iniciar un plan de intervención individual, pues solo recientemente ha mostrado interés por participar en una intervención”.

En octubre del 2013 Patricio Ahumada Garay fue condenado a presidio perpetuo simple, mientras que Alejandro Angulo y Raúl López recibieron 15 años de cárcel y Fabián Mora Mora 7 años por el asesinato de Daniel Zamudio.

Las penas comenzaron a correr desde el 9 de marzo del 2012, fecha cuando los asesinos fueron detenidos, seis días después de que atacaron y torturaron a Daniel.

Fuente MOVILH

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Tribunal rechaza libertad condicional para asesino de Daniel Zamudio Vera

miércoles, 30 de octubre de 2024
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IMG_8332La Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que Alejandro Angulo Tapia presenta “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos”, así como “potencial criminógeno”. La medida se adoptó luego de que el abogado Jaime Silva se opusiera a la libertad condicional, en representación de la familia de Daniel. El Movilh festejó la resolución.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la libertad condicional solicitada por Alejandro Angulo Tapia, uno de los cuatro asesinos de Daniel Zamudio que pretendía cumplir sus últimos tres años de condena con dicho beneficio, informó hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh)

Teniendo a la vista la oposición a la libertad condicional presentada por el abogado Jaime Silva, en representación de la familia de Daniel Zamudio, el tribunal concluyó que Angulo Tapia presenta “factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado”.

Precisó que el condenado presenta  “alto riesgo de reincidencia general y en delitos violentos, cuyo es el caso que lo mantiene privado de libertad, esto es, un homicidio calificado de connotación pública. Además, presenta características de personalidad de potencial criminógeno, como problemas de autocrítica y autoconciencia, en espera de iniciar un plan de intervención individual, pues solo recientemente ha mostrado interés por participar en una intervención”

“En cuanto a su conciencia del delito tiende a minimizar y, a su turno, reconoce a nivel cognitivo el mal causado, pero sin dar cuenta de preocupación por los sentimientos de las víctimas y los otros. Por su parte, su disposición para el cambio oscila entre fase pre contemplativa, sin reconocer problemáticas personales que influyeron en su situación actual de reclusión y contemplativa ambivalente, es decir, sin saber qué debe cambiar”, señaló la resolución.

El escrito fue firmado el pasado jueves por la ministra de la Corte de Apelaciones, Sandra Araya Naranjo; por los/as jueces de la Comisión de Libertad Condicional, Pablo Urrutia Sulantay, Carlos Muñoz Sepúlveda, Patricia Ibacache Toledo, Nibaldo Arévalo Macías, Elena Gahona Flores, Carlos Gutiérrez Moya, Francis Fell Franco, Paulina Moya Jiménez, Mónica Bellalta Queralto y Marlys Welsch Chahuán y por el ministro de fe, Juan Corona Catalán

El dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, valoró “esta determinación de tribunales no solo porque previene la posibilidad de reincidencias, sino también por hacerse cargo de que el crimen de Daniel fue de connotación pública, además de seguir afectando emocionalmente a su familia, en especial a su madre, Jacqueline Vera, y a su padre, Daniel Zamudio”.

Jiménez recordó, por último, que “esta es la segunda medida similar adoptada este año por tribunales, pues en julio pasado ya había rechazado la libertad condicional de otro de  los asesinos de Daniel, Raúl López Fuentes”.

En octubre del 2013 Patricio Ahumada Garay fue condenado a presidio perpetuo simple, mientras que Alejandro Angulo y Raúl López recibieron 15 años de cárcel y Fabián Mora Mora 7 años por el asesinato de Daniel Zamudio.

Las penas, las máximas a las cuales pudo aspirarse con la legislación de la época, descartaron beneficios e inhabilitaron en forma perpetua a los condenados para el ejercicio de cargos públicos, así como la suspensión de sus derechos políticos.

Las penas comenzaron a correr desde el 9 de marzo del 2012, fecha cuando los asesinos fueron detenidos, seis días después de que atacaron y torturaron a Daniel.

Fuente MOVILH

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