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La historia de Ryland, un niño transexual de tan sólo 5 años.

lunes, 2 de junio de 2014
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niño_transexualLa familia Whittington ha subido a YouTube la historia de Ryland, su hijo transexual, explicando el proceso vivido por la familia desde que se dieron cuenta de que, pese a nacer con genitales femeninos, su hijo era un niño. La historia ha arrasado en YouTube con casi 2,3 millones de visitas, habiéndose visto 400.000 veces en las últimas 24 horas, por lo que se prevé que su audiencia aumente considerablemente en los próximos días.

La familia Whittington, en Estados Unidos, ha publicado la historia de su hijo Ryland en YouTube para ayudar a erradicar los prejuicios existentes en contra de las personas transexuales.

El apoyo de su familia para adaptar su género ha sido fundamental. Jeff y Hillary Whittington tuvieron una niña a la que llamaron Ryland, que nació sorda. Cuando Ryland aprendió a hablar con unos implantes les dijo a sus padres “soy un chico”.

Cuando Jeff y Hillary Whittington, de San Diego, supieron que esperaban un bebé en 2007 no tenían ni idea de que en unos años su hija se convertiría en un niño. Aunque Ryland nació sorda, pudo aprender a comunicarse gracias a unos implantes. Entonces les dijo a sus padres: «Soy un chico«.

Pese a que Ryland tenía una habitación rosa, llevaba el pelo largo y le vestían con prendas femeninas, ella tendía de forma natural hacia todo lo masculino. Al principio, tanto Jeff como Hillary ignoraron los signos, pensando que era una fase que pasaría. Pero cuando Ryland les dijo «cuando la familia muera, cortaré mi pelo y seré un chico» o cuando con angustia se lamentaba de “¿por qué Dios me hizo así?”, sus padres decidieron apoyarle en su cambio de género.

El niño de seis años, vestido con un traje y una corbata y con el pelo corto, subió al podio y leyó su discurso preparado de una hoja de papel, declarando a la audiencia: “Mi nombre es Ryland Whittington. Soy un chico transgénero”.

El vídeo de la familia, bellamente producido y que ha sido visto más de 100.000 veces en Youtube, detalla cómo Ryland y sus padres llegaron a abrazar su verdadera identidad de género, informa DailyMail.

Para los Whittington, el primer impacto fue descubrir que su pequeña Ryland había nacido sorda. Gracias a unos implantes y a un profesor su niña fue capaz de comunicarse.

Poco después de aprender a hablar, Ryland declaró a sus padres: “Soy un chico”. Pese a que Ryland tenía una habitación rosa, llevaba el pelo largo y le vestían con prendas femeninas, ella tendía de forma natural hacia todo lo masculino. Al principio, tanto Jeff como Hillary ignoraron los signos, pensando que era una fase que pasaría.

Cuando Ryland cumplió cinco años, empezó a rechazar todo lo femenino y pronto experimentaba un sentimiento de vergüenza. “Cuando la familia muera, cortaré mi pelo y seré un chico”, les dijo a sus padres en una ocasión. En otro momento, exclamó con angustia “¿Por qué Dios me hizo así?”

Los Whittington buscaron ayuda profesional y empezaron a investigar sobre la identidad de género en la infancia. Sólo había una respuesta obvia: su pequeña era transgénero.

Jeff y Hillary, que tienen otra hija más joven, se asustaron al leer que el 41 % de los transgénero intentan suicidarse por la falta de aceptación de la sociedad.

Determinados a evitar que su hija se convirtiera en una estadística, decidieron aceptar de corazón la verdadera identidad de Ryland. Le cortaron el pelo, le compraron ropa masculina y empezaron a utilizar pronombres masculinos para referirse a él. También redecoraron su habitación para hacer sentir a Ryland más a gusto.

Tratando de seguir aprendiendo, los Whittingtons descubrieron que la identidad de género de los niños emerge entre los 3 y los 5 años. “La identidad de género de Ryland no fue causada por nuestro estilo de vida, la estructura familiar o factores ambientales”, explica la pareja en el vídeo.

Los siete minutos del vídeo que muestran el increíble y, en ocasiones, difícil viaje, muestran a Ryland feliz jugando al béisbol y al fútbol, vistiendo corbatas y bailando con una niña en una fiesta de boda.

La familia Whittington expresa en el vídeo que su esperanza con la publicación de la historia que han vivido hasta la aceptación de la identidad de su hijo «es que se escuche nuestra voz y este mundo se convierta en un lugar con más amor y aceptación hacia Ryland y toda la comunidad LGTB«.

Fuente Cáscara Amarga y Universogay

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Una demócrata lesbiana dirigirá Asamblea de California.

miércoles, 19 de marzo de 2014
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Toni-Atkins-WindanSeaLeemos en Universogay que Toni Atkins es la primera demócrata lesbiana que dirigirá la Asamblea de California y la tercera en ser presidenta de la baja cámara.

Una de las asambleístas preferidas de San Diego, California, ha sido elegida por voto mayor para dirigir la Asamblea de California. Toni Atkins es abiertamente lesbiana y está entusiasmada con la nueva decisión tomada para que desempeñe.

«Estoy deseando trabajar con mis colegas de ambos partidos y con el gobernador para tomar ventaja de esta oportunidad de continuar poniendo las bases para una fundación financiera sana para el estado» fueron las palabra de Atkins cuando conoció el reciente nombramiento.

Toni Atkins es la tercera mujer que ha sido elegida para dirigir la Asamblea en la historia. La primera fue Doris Allen en 1982 que duró poco más de tres meses en el cargo y la segunda, la afroamericana Karen Bass, demócrata también de Los Ángeles que actualmente es congresista.

La asambleísta Toni Atkins nació en 1962 en Virginia y fue concejala de San Diego durante ocho años y lleva desempeñándose como asambleísta desde el 2010. Con la subida de Atkins se da un nuevo rostro LGBT dentro de la política y la primera mujer lesbiana en la historia de California en dirigir la Asamblea.

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Los padres homosexuales a través de vientre de alquiler no podrán inscribir a sus hijos a menos que los adopten.

jueves, 6 de febrero de 2014
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Así lo acaba de decidir el Tribunal Supremo sobre la reclamación de un matrimonio valenciano

Nuevo “hito” discriminatorio de las familias LGTB en el marco jurídico español. La Sala Civil del Tribunal Supremo ha rechazado, por 5 votos contra 4, el acceso al Registro Civil de los hijos que un matrimonio gay valenciano tuvo en California mediante el procedimiento de gestación subrogada. La sentencia argumenta que este procedimiento es ilegal en España y ofrece como única salida que el padre no biológico proceda a la adopción de los que desde hace más de cinco años son sus hijos.

La historia se remonta a 2008, cuando los niños nacieron en San Diego. El certificado de nacimiento estadounidense recogió desde el principio al matrimonio como padres, de acuerdo a la legalidad vigente en California. Posteriormente la pareja intentó inscribir a sus hijos en el Registro Civil Consular de Los Ángeles, como cualquier otra pareja española que hubiera tenido un hijo en California, para traer al niño a España ya con pasaporte español. El registro se negó. Los padres pudieron volver con sus hijos gracias al pasaporte estadounidense de estos, y ya posteriormente la Dirección General de Registros y Notariado del Ministerio de Justicia ordenó, en febrero de 2009, inscribir a los menores en el registro. Según dicha orden, la certificación extranjera constituía una decisión adoptada por las autoridades de otro país en virtud de la cual se constata el nacimiento y la filiación del nacido, por lo que entendía que se trataba de un caso de “validez extraterritorial de decisiones extranjeras en España“.

 Pero lo que era una orden administrativa cuyo cumplimiento hubiera evitado todo el sufrimiento posterior encontró la oposición de la Fiscalía de Valencia, que inició un contencioso con el objetivo de anular la inscripción. La justicia le dio la razón en septiembre de 2010, alegando que debe aplicarse la ley española, según la cual la filiación viene determinada por el parto. El juez de la Audiencia Provincial de Valencia desestimó posteriormente la apelación interpuesta por la pareja, argumentando que “la persona humana no puede ser objeto del comercio de los hombres, o lo que es lo mismo, que el niño no puede ser objeto de transacción”. El juez argumentaba además que no existía discriminación por el hecho de tratarse de una pareja de hombres. Según el juez, si se permite la inscripción en el registro de la filiación por naturaleza (no resultante de un proceso de adopción) a favor de dos mujeres es porque “no necesitan acudir a otra mujer a la que encomendar la gestación, de modo que no puede considerarse discriminatorio el tratar desigualmente a lo que es desigual”.

 La decisión del Supremo

 El Supremo avala la tesis sostenida tanto por la Fiscalía como por la Audiencia de Valencia, en el sentido de que no es posible que la certificación registral extranjera en la que dos hombres figuren como progenitores sea inscrita en el Registro Civil español, puesto que la legislación española prohíbe la gestación subrogada. Según el Supremo, los derechos de los niños derivados de la inscripción están garantizados mediante la acción de filiación por parte del miembro de la pareja que sea el padre biológico y de los mecanismos de la adopción.

 Del cariz ideológico de la decisión es buena muestra lo ajustado de la votación de la Sala: cinco votos contra cuatro. Los magistrados discrepantes han formulado un voto particular basado en la prevalencia del interés de los menores y en la necesidad de reconocimiento jurídico de la realidad social.

 Decisión contraria a lo que el Ministerio de Justicia ordenó en 2010

 La justicia se ha empeñado por tanto en ignorar por completo la instrucción dictada en octubre de 2010 por la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, que fijaba los criterios para permitir la inscripción de niños nacidos en el extranjero por el procedimiento de gestación subrogada y establecía como requisito la presentación de una resolución judicial del país de origen.

 Según esta disposición, los interesados deben presentar ante el encargado del Registro Civil una resolución judicial dictada por un tribunal competente en el país de origen con la intención, según rezaba entonces el comunicado del Ministerio, de “constatar la plena capacidad jurídica y de obrar de la mujer gestante, la eficacia legal del consentimiento prestado por no haber incurrido en error sobre las consecuencias y alcance del mismo, ni haber sido sometida a engaño, violencia o coacción o la eventual previsión y/o posterior respeto a la facultad de revocación del consentimiento o cualesquiera otros requisitos previstos en la normativa legal del país de origen”. 

 La FELGTB rechaza una sentencia “que rompe una familia”

La FELGTB (Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales) ha hecho publico un comunicado en el que denuncia la discriminación que supone la sentencia. “Los menores, con una partida de nacimiento estadounidense en la que constan los dos padres, tienen derecho a ver reconocida su familia en España, pero el Tribunal Supremo impone que sean registrados solo con un padre, estableciendo una filiación diferente a la que ya tenían, lo que es contrario al interés superior de los menores y les deja en una situación de desprotección y vulnerabilidad jurídica”, expresa el comunicado, que califica a la sentencia como de ”fuerte fundamento ideológico”. “Prueba de ello es lo ajustado de la votación, 5 votos a 4, negándose a ver la diversidad familiar existente y oponiéndose a la doctrina del Constitucional que recogía  el carácter evolutivo que debían tener la interpretación de las leyes para adaptarse a la realidad social que debían regular”, añade.

 La FELGTB también destaca el hecho de que nunca la Fiscalía haya recurrido la inscripción de hijos nacidos por gestación subrogada cuando los padres que recurren a dicha técnica son una pareja de distinto sexo. “La distinción que se hace de las familias, según la compongan un hombre y una mujer o dos hombres, es un escenario jurídico muy preocupante para la Federación, que observa como una vez más el trato a las familias con dos madres o dos padres no respeta el principio de la igualdad. La discriminación es el único fundamento de esta sentencia”, ha declarado Isabel Gómez, vocal de Igualdad de la FELGTB. “La responsabilidad de que las familias sean reconocidas en igualdad es del Gobierno. Suya es la Fiscalía que recurre unas filiaciones sí, otras no, discriminando a las familias en las que no hay una mujer que conste como madre. A estos niños y niñas se les expone a una situación de inseguridad registral y documental que en 2010 deseó salvaguardar la instrucción la Dirección General de Registros y Notariado, de 2010. Es necesario abordar el tema de frente y aportar seguridad jurídica a todas las familias”., ha asegurado por su parte la presidenta de la FELGTB, Boti García Rodrigo.

Fuente Dosmanzanas

 

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