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Ratificada la condena de dos años de inhabilitación a la responsable del colegio sevillano que denegó la admisión al hijo de una pareja gay

Miércoles, 24 de abril de 2019
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1330118738_185231_1330118977_noticia_normalLa Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado su recurso de apelación y ha ratificado de forma íntegra la sentencia emitida en su día por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Sevilla, que condenó a la directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta, por no admitir en el centro al hijo de una pareja gay.

En febrero de 2017 nos hacíamos eco de la condena. La justicia consideró entonces probado que había existido discriminación, tal y como defendían los padres del pequeño. Se trata de un caso que conocimos en febrero de 2012, cuando la entrada que dedicaron en dosmanzanas a la denuncia de Ricardo Lucas e Iván Vallejo en actuable (antecesora de change.org en España) alcanzó la portada de Menéame y logró gran repercusión mediática.

Como en entradas anteriores dedicadas al tema, reproducimos parte del texto que la pareja escribió entonces, en la que detallaban en primera persona lo sucedido:

«Creíamos que en el año 2012 nuestro hijo no tendría que sufrir la discriminación, la homofobia y el escarnio que durante años tuvimos que sufrir sus padres. Pero nos equivocamos. Sólo uniendo nuestras voces podremos conseguir que se acabe de una vez por todas con la discriminación contra las familias homoparentales. La sociedad no avanza sola, tenemos que empujarla entre todos.

Cuando nos tocó buscar colegio para nuestro hijo de 3 años, en Sevilla, uno de los que más nos gustó fue el Yago School. Un colegio bilingüe, privado, laico y mixto, que destaca en su página web valores con los que nos identificamos y nos gustaría inculcar a nuestro hijo: ‘el respeto a los Derechos Humanos y el diálogo’, ‘animar a los alumnos a cooperar con los otros, ser sensibles a las necesidades de los demás y respetar otras culturas, religiones y modos de vida’.

Así que les escribimos, dejando claro desde el principio que nuestro hijo tiene dos papás. En ese momento los valores de su web se transformaron en excusas para no admitirlo.

Nos contestaron al correo diciendo que no había plazas. Pero llamamos sin decir quienes éramos y de repente sí las había, incluso nos dieron una cita para visitar el colegio. Cuando nos identificamos, se les cambió la cara. Nos dijeron que había sido un error administrativo y que por supuesto no les importaba que fuésemos una familia homoparental. Sin embargo a los dos días nos llamaron para decirnos de nuevo que no había plazas porque el director había decidido adjudicárselas ‘a sus contactos y compromisos’.

El Yago School pregona la igualdad y la tolerancia. Su reglamento, disponible en su web, reconoce el derecho de sus alumnos ‘a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación por razones de raza, religión, sexo, características físicas, extracción social o cualesquiera otras’. Pero en nuestro caso esto no ha sido cierto.

Es obvio que no vamos a enviar a nuestro hijo a esa escuela, pero nos parece inaceptable que un colegio utilice la igualdad y tolerancia como herramienta de marketing pero discrimine después a un niño que tiene un padre o dos, o una madre o dos.

(…)».

En mayo de 2012, el servicio de Inspección Educativa de la Junta de Andalucía concluyó que en efecto el colegio había vulnerado la ley y propuso la apertura de un procedimiento sancionador. El expediente quedó en suspenso en diciembre de 2012 al iniciarse la investigación judicial, que después de un año cristalizó al entender el juez que existían motivos suficientes para deducir que se cometió un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y es que además de los testimonios de la pareja, de los correos electrónicos intercambiados con el colegio y del propio expediente de la Junta, hay evidencia de que el centro sí disponía de plazas cuando se comunicó a la pareja que no tenía vacantes. Y en octubre de 2014, por fin, supimos que la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó la pertinencia de que el director del centro y la responsable de admisión fuesen juzgados al estimar que indiciariamente podía deducirse que «la negativa a la escolarización del menor fue debida a la condición sexual de los padres». Finalmente, la responsable de admisión del centro, M.R.R., fue condenada en 2017 a dos años de inhabilitación especial para la administración o dirección de centros educativos como responsable de un delito contra los derechos fundamentales. El director del centro fue absuelto al estimar entonces el tribunal que no se podía asegurar con certeza que fuera partícipe de la decisión.

La Audiencia Provincial de Sevilla, ante el recurso de apelación de la condenada, ha ratificado ahora de forma íntegra la condena al entender que «el relato fáctico de la sentencia contiene los hechos reveladores del delito por el que la apelante venía acusada», desestimando además el argumento de que la sentencia suponía una interpretación «extensiva» del artículo 512 del Código Penal  que determinaba un «castigo al pensamiento». El tribunal considera, por el contrario, que los hechos probados permiten concluir «la concurrencia del elemento subjetivo del delito por cuanto fue la orientación sexual de los denunciantes la que motivó la denegación a estos de la prestación a que tenían derecho».

Fuente Dosmanzanas

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Pedro Sánchez propondrá al activista LGTB Francisco Polo para su nueva Ejecutiva

Sábado, 17 de junio de 2017
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francisco-poloEs el primer fichaje que no figuraba en las quinielas ni proviene del entorno cercano de Sánchez.

Ocupará el área de Emprendimiento, Ciencia e Innovación para hacer de España un “paraíso del talento”

La Ejecutiva deberá ser ratificada en el Congreso del PSOE este fin de semana.

La alcaldesa de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona), Núria Parlón, actual viceprimera secretaria del PSC, y el diputado vasco Odón Elorza formarán parte de la nueva Ejecutiva Federal del PSOE que prepara Pedro Sánchez, en la que se ha confirmado también el nombre del director de la plataforma de firmas Change.org, el emprendedor y activista de colectivo de lesbianas, gais, transexuales y bisexuales, Francisco Polo. La Ejecutiva deberá ser ratificada en el Congreso que el partido va a celebrar el próximo fin de semana.

Los nombramientos, no obstante, tienen que ser ratificados en el congreso federal del próximo fin de semana, al igual que los ya anunciados de Cristina Narbona como presidenta; Alfonso Rodríguez Gómez de Celis como secretario de Política Institucional y Administraciones Públicas, y Carmen Calvo al frente de Igualdad, y los del resto de miembros de la dirección.

El director de la plataforma de petición de firmas Change.org hasta abril pasado y fundador de Actuable, Francisco Polo, será el responsable de un departamento que el PSOE considera “estratégico” para el crecimiento económico en el país y para hacer de España un “paraíso del talento”.

Licenciado y máster en Derecho por ESADE, posee una larga carrera como emprendedor y activista por la regeneración democrática y la justicia social. Bajo su liderazgo, Change.org alcanzó los 12 millones de usuarios en España, el país con mayor proporción de usuarios de la plataforma y más impacto social en todo el mundo.

Fuente Agencias

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Condenada la responsable de un colegio de Sevilla por no admitir al hijo de una pareja gay

Miércoles, 1 de marzo de 2017
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1330118738_185231_1330118977_noticia_normalLa directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), pasará dos meses inhabilitada.

La sentencia considera probado que Maravillas R. R., excluyó al hijo de una pareja homoparental del proceso de selección para entrar en el colegio.

Importante sentencia la que ha emitido por fin el Juzgado de lo Penal nº 3 de Sevilla, que ha condenado a la directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta, por no admitir en el centro al hijo de una pareja gay. La justicia considera probado que existió discriminación, tal y como defendían los padres del pequeño. El director del centro ha sido absuelto, al no considerar el juzgado que hubiese pruebas de que fue partícipe de la decisión. El Juzgado de lo penal 2 de Sevilla ha condenado a dos meses de inhabilitación a la directora de admisión del colegio Yago School, de Castilleja de la Cuesta (Sevilla), por dar un trato discriminatorio y no admitir a un niño en el centro debido a que sus padres son una pareja de homosexuales.

Se trata de un caso que conocimos hace ahora cinco años, en febrero de 2012, cuando  la denuncia de Ricardo Lucas e Iván Vallejo en actuable (antecesora de change.org en España) alcanzó la portada de Menéame y logró gran repercusión medíatica. Como en entradas anteriores dedicadas al tema, reproducimos parte del texto que la pareja escribió entonces, en la que detallaban en primera persona lo sucedido:

“Creíamos que en el año 2012 nuestro hijo no tendría que sufrir la discriminación, la homofobia y el escarnio que durante años tuvimos que sufrir sus padres. Pero nos equivocamos. Sólo uniendo nuestras voces podremos conseguir que se acabe de una vez por todas con la discriminación contra las familias homoparentales. La sociedad no avanza sola, tenemos que empujarla entre todos.

Cuando nos tocó buscar colegio para nuestro hijo de 3 años, en Sevilla, uno de los que más nos gustó fue el Yago School. Un colegio bilingüe, privado, laico y mixto, que destaca en su página web valores con los que nos identificamos y nos gustaría inculcar a nuestro hijo: ‘el respeto a los Derechos Humanos y el diálogo’, ‘animar a los alumnos a cooperar con los otros, ser sensibles a las necesidades de los demás y respetar otras culturas, religiones y modos de vida’.

Así que les escribimos, dejando claro desde el principio que nuestro hijo tiene dos papás. En ese momento los valores de su web se transformaron en excusas para no admitirlo.

Nos contestaron al correo diciendo que no había plazas. Pero llamamos sin decir quienes éramos y de repente sí las había, incluso nos dieron una cita para visitar el colegio. Cuando nos identificamos, se les cambió la cara. Nos dijeron que había sido un error administrativo y que por supuesto no les importaba que fuésemos una familia homoparental. Sin embargo a los dos días nos llamaron para decirnos de nuevo que no había plazas porque el director había decidido adjudicárselas ‘a sus contactos y compromisos’.

El Yago School pregona la igualdad y la tolerancia. Su reglamento, disponible en su web, reconoce el derecho de sus alumnos ‘a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación por razones de raza, religión, sexo, características físicas, extracción social o cualesquiera otras’. Pero en nuestro caso esto no ha sido cierto.

Es obvio que no vamos a enviar a nuestro hijo a esa escuela, pero nos parece inaceptable que un colegio utilice la igualdad y tolerancia como herramienta de marketing pero discrimine después a un niño que tiene un padre o dos, o una madre o dos.

(…)”.

En mayo de 2012, el servicio de Inspección Educativa de la Junta de Andalucía concluyó que en efecto el colegio había vulnerado la ley y propuso la apertura de un procedimiento sancionador. El expediente quedó en suspenso en diciembre de 2012 al iniciarse la investigación judicial, que después de un año cristalizó al entender el juez que existían motivos suficientes para deducir que se cometió un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y es que además de los testimonios de la pareja, de los correos electrónicos intercambiados con el colegio y del propio expediente de la Junta, hay evidencia de que el centro sí disponía de plazas cuando se comunicó a la pareja que no tenía vacantes. Y en octubre de 2014, por fin, supimos que la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó la pertinencia de que el director del centro y la responsable de admisión fuesen juzgados al estimar que indiciariamente podía deducirse que “la negativa a la escolarización del menor fue debida a la condición sexual de los padres”. El juicio quedó visto para sentencia el pasado septiembre cuando la Fiscalía mantuvo la acusación al director del centro y la directora de admisión. Los padres del menor, que se casaron el 8 de abril de 2006, denunciaron que el centro educativo privado no les admitía a su hijo porque ellos formaban una familia homoparental.

Finalmente, la responsable de admisión del centro, Maravillas Resa, ha sido condenada a dos años de inhabilitación especial para la administración o dirección de centros educativos como responsable de un delito contra los derechos fundamentales. El director ha quedado absuelto al estimar el tribunal que no se puede afirmar “con la certeza y las garantías necesarias” que fuera partícipe de la decisión.

En una sentencia notificada el pasado viernes, el juzgado condena a la directora de admisión del colegio a dos años de inhabilitación para la administración o dirección de centros educativos o de enseñanza, como responsable de un delito de contra los derechos fundamentales del artículo 512 del Código Penal.

La sentencia considera probado que la directora de admisión, Maravillas R. R., excluyó al hijo de una pareja homoparental del proceso de selección para entrar en el colegio por dicha condición, según la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En la misma sentencia se absuelve al director del colegio, que fue juzgado por el mismo caso, al considerar que no existe ningún elemento de prueba de su participación en la exclusión del menor.

Según se recoge en la sentencia, la directora de admisión negó que hubiera plaza en el colegio Yago School para el hijo de la pareja denunciante al conocer que estos eran homosexuales. Así, “la conducta mantenida por la acusada como directora del departamento de admisiones del centro respecto de los denunciantes determinó una exclusión efectiva dentro del proceso de selección llevado a cabo en su momento”, añade el fallo judicial, que se puede recurrir.

“La conclusión que expresa el informe de la Inspección, y que califica incluso como “hecho irrefutable”, no es sólo que haya existido una desigualdad de trato en el procedimiento de admisión, sino también que el menor de la familia L. no está matriculado en el Centro porque no ha recibido una igualdad de trato con el resto de los niños escolarizados en infantil de 3 años”, añade la sentencia.

Tanto los padres como Yolanda Hervás, su abogada, han mostrado su satisfacción al conocer que la justicia considera probado que se cometió un acto discriminatorio. Hervás ha aplaudido además la actitud perseverante de los padres, que en lugar de dejar pasar lo sucedido hicieron valer los derechos de su hijo, que ahora tiene 7 años (Ricardo e Iván tienen además otros dos hijos). Seguiremos atentos a lo que suceda, en cualquier caso, ya que la sentencia es recurrible.

Fuente Agencias/Cáscara amarga/Dosmanzanas

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Visto para sentencia el juicio al director del colegio sevillano que rechazó al hijo de una pareja gay

Sábado, 24 de septiembre de 2016
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1330118738_185231_1330118977_noticia_normalVisto para sentencia. Así ha quedado el juicio contra el director y la responsable de admisión del colegio Yago School de Sevilla, que hace ya casi cinco años se negaron a admitir en el centro al hijo de una pareja gay. La Fiscalía pide para ellos un año de inhabilitación para el ejercicio de la enseñanza por un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas, después de considerar demostrado que la no aceptación del niño se debió a que era hijo de una pareja de hombres, que pudieron comprobar además que sí había plaza para su hijo cuando se hicieron pasar por una pareja heterosexual.

Se trata de un caso que conocimos en febrero de 2012, cuando de hecho la entrada que dedicamos en dosmanzanas a la denuncia de Ricardo Lucas e Iván Vallejo en actuable (antecesora de change.org en España) alcanzó la portada de Menéame y logró gran repercusión medíatica. Como hemos hecho en entradas anteriores dedicadas al tema, reproducimos parte del texto que la pareja escribió entonces, en la que detallaban en primera persona lo sucedido:

“Creíamos que en el año 2012 nuestro hijo no tendría que sufrir la discriminación, la homofobia y el escarnio que durante años tuvimos que sufrir sus padres. Pero nos equivocamos. Sólo uniendo nuestras voces podremos conseguir que se acabe de una vez por todas con la discriminación contra las familias homoparentales. La sociedad no avanza sola, tenemos que empujarla entre todos.

Cuando nos tocó buscar colegio para nuestro hijo de 3 años, en Sevilla, uno de los que más nos gustó fue el Yago School. Un colegio bilingüe, privado, laico y mixto, que destaca en su página web valores con los que nos identificamos y nos gustaría inculcar a nuestro hijo: ‘el respeto a los Derechos Humanos y el diálogo’, ‘animar a los alumnos a cooperar con los otros, ser sensibles a las necesidades de los demás y respetar otras culturas, religiones y modos de vida’.

Así que les escribimos, dejando claro desde el principio que nuestro hijo tiene dos papás. En ese momento los valores de su web se transformaron en excusas para no admitirlo.

Nos contestaron al correo diciendo que no había plazas. Pero llamamos sin decir quienes éramos y de repente sí las había, incluso nos dieron una cita para visitar el colegio. Cuando nos identificamos, se les cambió la cara. Nos dijeron que había sido un error administrativo y que por supuesto no les importaba que fuésemos una familia homoparental. Sin embargo a los dos días nos llamaron para decirnos de nuevo que no había plazas porque el director había decidido adjudicárselas ‘a sus contactos y compromisos’.

El Yago School pregona la igualdad y la tolerancia. Su reglamento, disponible en su web, reconoce el derecho de sus alumnos ‘a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación por razones de raza, religión, sexo, características físicas, extracción social o cualesquiera otras’. Pero en nuestro caso esto no ha sido cierto.

Es obvio que no vamos a enviar a nuestro hijo a esa escuela, pero nos parece inaceptable que un colegio utilice la igualdad y tolerancia como herramienta de marketing pero discrimine después a un niño que tiene un padre o dos, o una madre o dos.

(…)”.

En mayo de 2012, el servicio de Inspección Educativa de la Junta de Andalucía concluía que en efecto el colegio había vulnerado la ley y proponía la apertura de un procedimiento sancionador. El expediente quedó en suspenso en diciembre de 2012 al iniciarse la investigación judicial, que después de un año cristalizó al entender el juez que existían motivos suficientes para deducir que se cometió un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y es que además de los testimonios de la pareja, de los correos electrónicos intercambiados con el colegio y del propio expediente de la Junta, hay evidencia de que el centro sí disponía de plazas cuando se comunicó a la pareja que no tenía vacantes. Y en octubre de 2014, por fin, supimos que la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó la pertinencia de que el director del centro y la responsable de admisión fuesen juzgados al estimar que indiciariamente podía deducirse que “la negativa a la escolarización del menor fue debida a la condición sexual de los padres”. 

La Fiscalía pide para cada uno de los dos imputados un año de inhabilitación para el ejercicio de la enseñanza y de la administración o dirección de centros de enseñanza por un delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas, recogido en el artículo 512 del Código Penal, mientras que la acusación particular solicita para cada uno de los imputados tres años de inhabilitación y que el colegio pague una multa de 30.000 euros.

Sin duda, estamos ante un juicio que marcará un antes y un después por lo que a la discriminación de las familias homoparentales en España se refiere. Estaremos muy atentos a lo que suceda.

Fuente Dosmanzanas

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Imputados el director y la responsable de admisión del colegio de Sevilla que rechazó al hijo de una pareja gay.

Martes, 4 de febrero de 2014
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Leemos en Dosmanzanas y SentidoG que Carlos Mahón, titular del Juzgado de Instrucción 2 de Sevilla, ha imputado al director y a la responsable de admisión del colegio privado Yago School por un posible delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas garantizadas por la Constitución por negarse a escolarizar al hijo de una pareja gay. Un caso que conocíamos en febrero de 2012, cuando la entrada que dedicamos a la denuncia de Ricardo Lucas e Iván Vallejo en actuable (antecesora de change.org en España) alcanzaba la portada de menéame y lograba gran repercusión.

Reproducimos a continuación parte del texto que la pareja escribió para actuable, en la que detallaban lo sucedido…

“Creíamos que en el año 2012 nuestro hijo no tendría que sufrir la discriminación, la homofobia y el escarnio que durante años tuvimos que sufrir sus padres. Pero nos equivocamos. Sólo uniendo nuestras voces podremos conseguir que se acabe de una vez por todas con la discriminación contra las familias homoparentales. La sociedad no avanza sola, tenemos que empujarla entre todos.

Cuando nos tocó buscar colegio para nuestro hijo de 3 años, en Sevilla, uno de los que más nos gustó fue el Yago School. Un colegio bilingüe, privado, laico y mixto, que destaca en su página web valores con los que nos identificamos y nos gustaría inculcar a nuestro hijo: ‘el respeto a los Derechos Humanos y el diálogo’, ‘animar a los alumnos a cooperar con los otros, ser sensibles a las necesidades de los demás y respetar otras culturas, religiones y modos de vida’.

Así que les escribimos, dejando claro desde el principio que nuestro hijo tiene dos papás. En ese momento los valores de su web se transformaron en excusas para no admitirlo.

Nos contestaron al correo diciendo que no había plazas. Pero llamamos sin decir quienes éramos y de repente sí las había, incluso nos dieron una cita para visitar el colegio. Cuando nos identificamos, se les cambió la cara. Nos dijeron que había sido un error administrativo y que por supuesto no les importaba que fuésemos una familia homoparental. Sin embargo a los dos días nos llamaron para decirnos de nuevo que no había plazas porque el director había decidido adjudicárselas ‘a sus contactos y compromisos’.

El Yago School pregona la igualdad y la tolerancia. Su reglamento, disponible en su web, reconoce el derecho de sus alumnos ‘a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación por razones de raza, religión, sexo, características físicas, extracción social o cualesquiera otras’. Pero en nuestro caso esto no ha sido cierto.

Es obvio que no vamos a enviar a nuestro hijo a esa escuela, pero nos parece inaceptable que un colegio utilice la igualdad y tolerancia como herramienta de marketing pero discrimine después a un niño que tiene un padre o dos, o una madre o dos.

(…)”.

Tres meses después, en mayo de 2012, el servicio de Inspección Educativa de la Junta de Andalucía concluía que el colegio había vulnerado la ley y proponía la apertura de un procedimiento sancionador. El expediente quedó en suspenso en diciembre de 2012 al iniciarse la investigación judicial, que después de un año ha cristalizado en la apertura de un procedimiento abreviado al entender que existen motivos suficientes para deducir, aunque sea de manera indiciaria, que se ha cometido un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y es que además de los testimonios de la pareja, de los correos electrónicos intercambiados con el colegio y del propio expediente de la Junta, su abogada Yolanda Hervás ha señalado que los movimientos de la cuenta del colegio demuestran que hay ingresos de reserva de matrícula en fechas posteriores a que el centro les comunicara que no tenía vacantes.

Los dos imputados pueden recurrir ahora ante el juez el auto, mientras que la Fiscalía aún no se ha pronunciado. Y habrá que ver en cualquier caso qué sucede, dada la ausencia de jurisprudencia previa en este tipo de casos en España. El caso sin duda arrojará luz (u oscuridad…) sobre la sensibilidad de la justicia española ante la discriminación de las familias homoparentales.

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