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COGAM vetará su participación en el Orgullo a los partidos que acepten «votos de la extrema derecha»

Lunes, 20 de mayo de 2019
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Andrea Levy y Maroto. MARCHA LGTBI. Orgullo

Andrea Levy y Maroto. MARCHA LGTBI. Orgullo

Veto en el Orgullo 2019 para los partidos que ‘se valgan de los votos de la extrema derecha’

Los partidos cuya ideología, mensajes y actos atentan contra los derechos LGTB+ y quienes les apoyen no podrán participar activamente en el Orgullo LGTBI madrileño este año

El Colectivo LGTB+ de Madrid (COGAM) lo tiene claro: aquellos partidos que “se valgan de los votos de la extrema derecha” para gobernar en las próximas elecciones autonómicas y municipales tendrán vetada su participación en el Orgullo 2019, tal y como avanzaban a principios de año.

Así lo confirma la entidad un decálogo de medidas para los partidos políticos de cara a las elecciones autonómicas y municipales de mayo publicado este jueves en el que explican que “los partidos políticos cuya ideología, mensajes y actos atentan contra los derechos LGTB+” o aquellos que utilizan los votos de estas formaciones políticas no tienen cabida en una manifestación como el Orgullo.

Un acto que toma las calles de Chueca y el centro de Madrid para reivindicar los derechos del colectivo y su historia “marcada por el sufrimiento que han tenido especialmente nuestros mayores y nuestros jóvenes debido a dichas actitudes incívicas”, denuncian desde COGAM.

Quienes no tengan en cuenta el ‘Voto Arcoíris’ y se comprometan con ese decálogo en el que también se encuentran otras reclamaciones como promover la iniciativa contra el acoso escolar, el desarrollo y cumplimiento de las leyes autonómicas relativas a la LGTBIfobia o llevar a cabo políticas “efectivas de acogida a personas LGTB+ refugiadas y solicitantes de asilo” no podrán participar activamente en el Orgullo de Madrid.

Un llamamiento que la presidenta de COGAM, Carmen García de Merlo, traslada al colectivo, “una comunidad madura que ejercerá su voto optando por programas políticos que defiendan sus derechos y por formaciones políticas que no restrinjan estos o que en sus alianzas los utilicen como moneda de cambio para obtener el poder político”.

Fuente SomosChueca

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Anulan derechos de transexuales al declarar inconstitucional una frase de la Ley de Identidad de Género en Bolivia

Sábado, 11 de noviembre de 2017
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34283_bolivia-recursoUna sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia declara inconstitucional una frase de la Ley de Identidad de Género en Bolivia, permitiendo a las personas transexuales cambiar su nombre en sus documentos legales, pero nada más, negándoles los mismo derechos que las personas del género con el que se identifican. 

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), órgano que regula la constitucionalidad de las leyes aprobadas por el gobierno de Bolivia, emite una sentencia este jueves, 9 de noviembre, mediante la que declara inconstitucional el párrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, aprobada en mayo del año pasado, señalando que es inconstitucional que las personas transexuales adquieran los mismos derechos que las personas nacidas biológicamente con ese género. Mientras los opositores al gobierno y los sectores más conservadores aplauden esta decisión, el colectivo LGBT anuncia acciones legales contra la sentencia.

«Un hombre y una mujer, únicos capaces de procrear y criar a su propia prole. Ese es el único derecho», publica Horacio Poppe, diputado nacional. El 13 de octubre de 2016, el opositor habría presentado un recurso abstracto de inconstitucionalidad contra la frase «(…) el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen, permitirá a la persona, ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales y civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumidas (…)», incluida en la Ley de Identidad de Género, mediante la que se permite a las personas transexuales solicitar las modificaciones pertinentes en su documentación legal para adecuarla con su identidad de género, tal y como hacían hasta 300 personas nada más entrar la ley en vigor.

Si el opositor argumentaba que esta frase pone en riesgo tanto el matrimonio como institución como las uniones civiles o de hecho, el TCP va un poco más allá al sentenciar que el estado boliviano sólo reconoce como matrimonio la unión entre dos personas de distinto género «reconocidos antropológicamente», excluyendo específicamente que las personas transexuales adquieran mediante el uso de esta ley los mismos derechos del género con el que se identifican. De esta manera condenan a las personas transexuales al aislamiento social, político y familiar al considerar que ni pueden contraer matrimonio con otras personas, ya sean de su mismo sexo o del sexo opuesto, ni pueden adoptar ni tampoco tener derechos políticos.

«La familia en Bolivia está protegida, no se permitirá el matrimonio entre personas del mismo sexo y a la larga tampoco la adopción de niños por parte de parejas GLBT. La familia está reservada para un hombre y una mujer, capaces de reproducirse y criar a su propia prole», declara Poppe, recordando que el derecho a contraer matrimonio está constitucionalmente reconocido «únicamente entre un hombre y una mujer y no a las personas que ejerzan su derecho a la identidad de género cuyo alcance es únicamente en el ejercicio de su individualidad».

«Terrible retroceso del país», declara Gabriela Montaño, presidenta de la cámara de diputados, en consonancia con la respuesta del colectivo LGBT; que se concentraban el mismo jueves por la noche en la plaza Murillo para rechazar la sentencia del TCP, anunciando su intención de iniciar acciones legales a nivel internacional. «Es una pequeña batalla que han ganado pero verán que en las instancias internacionales van a tener que sufrir las consecuencias jurídicas por tomar una decisión contraria a todos los tratados internacionales suscritos por el estado boliviano», asegura Martin Vidaurre, director de Capacitación y Derechos Ciudadanos (CDC) y responsable del programa Iguales Ante la Ley.

Fuente Universogay

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