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Condenaron por homicidio simple a los transfemicidas de Fabiola Ramírez

Sábado, 21 de mayo de 2022
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0BF6E4D0-370C-453F-8D46-0ACAED377161Fabiola Ramírez era activista trans y tenía 22 años cuando fue asesinada.

Luego de un juicio abreviado, los asesinos de la joven trans recibieron una condena de 16 y 19 años. La familia está conforme la decisión de la justicia.

BUENOS AIRES, Argentina. La Cámara Primera en lo Criminal y Correccional de Resistencia, en la provincia de Chaco, condenó este martes a 16 y 19 años de prisión a Ramiro y Hernán Rodríguez por el crimen de la joven trans y militante LGBTIQ+, Fabiola Ramírez.

La familia de la joven se encuentra conforme con la condena por “homicidio simple” que dictó la jueza Natalia Kuray. Los movimientos sociales y la Secretaría de Derechos Humanos y Género de la provincia acompañaron a lxs parientes y destacaron que se trató de un transfemicidio.

Fabiola Ramírez tenía 22 años el día que recibió en su casa del barrio Rawson a los hermanos Ramiro (hoy de 19 años) y Hernán Rodríguez (de 22) el 3 de marzo de 2021. Ambos terminaron asesinándola en lo que fue un “crimen bastante sangriento”, describió la abogada de la familia, Nahir Barud.

El viernes 5 de marzo a las 15:30, la policía encontró su cadáver luego de que vecines llamaran a la Comisaría Quinta Metropolitana para alertar que de la vivienda de calle Leandro Alem al 1800 “se sentían fuertes olores repulsivos”. 

La investigación penal de la causa estuvo a cargo de la Fiscalía N°5 de Resistencia. En la elevación a juicio, ocurrida seis meses después del asesinato, la querella -conformada por la familia- y la fiscalía entendieron que se había tratado de un homicidio agravado por el odio hacia la identidad de género, estipulado en el artículo 80, inciso 4, del Código Penal de la Nación.

Fue transfemicidio

“Desde la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros sostuvimos y sostenemos que se trató de un crimen de odio, que efectivamente fue un transfemicidio. Por eso también se consiguió que se elevara la causa con esa carátula en su momento a juicio”, afirmó la abogada Barud a Presentes.

En las audiencias previas al juicio, la defensa oficial propuso la realización de un juicio abreviado. Durante el proceso se juzgaría a los imputados por el delito de homicidio simple y se evitaría el juicio por jurado. “Esto le resultó interesante a la familia de Fabiola. Hay todo un proceso simbólico de no poder cerrar el duelo hasta tanto termine el proceso judicial. Ir a un juicio por jurado iba a ser más extenso y podía tener otro tipo de condena que no sea un travesticidio/transfemicidio ya que iba a depender de las 12 personas seleccionadas”, explicó Barud.

Finalmente, la jueza Kuray citó este martes a la familia y permitió ingresar a la sala a los movimientos sociales que acompañaron el pedido de justicia.

Allí leyó la parte resolutiva de la condena “para que puedan sentir también que la Justicia no lo tomó como un mero trámite, sino que estuvo a disposición”, indicó la abogada.

Si bien tanto Hernán como Ramiro participaron del crimen, las condenas son distintas (16 y 19 años, respectivamente) ya que Hernán poseía una condena en suspenso, la cual se sumó a sus años de prisión.


El pedido por una reforma judicial

Desde la organización 100% Diversidad y Derechos expresaron a Presentes que, si bien no están conformes con la sentencia, acompañan a la familia de Fabiola. “No estamos conformes con la condena porque creemos que fue un transfemicidio. La compañera fue asediada por su identidad trans”, sostuvo Miguel Szabó, activista histórico por los derechos de la población LGBT+ e integrante de 100% Diversidad y Derechos en Chaco.

Y agregó: “Necesitamos imperiosamente una reforma del Poder Judicial. Que los jueces y juezas sean elegidos por voto del pueblo, que el jurado tenga capacitación en la Ley Micaela, en perspectiva de género”.

Sobre el desenvolvimiento del juicio, Barud consideró que se tuvo en cuenta la perspectiva de género en “la escala penal que se le dio a los acusados, teniendo en cuenta que el homicidio simple va de 8 a 25 años y ambos pasan los 15 años de condena de prisión efectiva”.

Fabiola-Ramirez-1024x768Las organizaciones acompañaron a la familia durante la lectura de la sentencia.

 

Además, se consideró que no fue “solo una muerte”, sino “un asesinato de una chica trans, militante, que tenía toda una vida por delante y sueños que no pudo ver. Por ejemplo, no pudo ver la sanción del cupo laboral travesti trans por el que había militado”, agregó la abogada. Y sintetizó: “Creo que todo esto se tuvo en cuenta al momento de ‘negociar’ la pena que acordamos”.

El recuerdo de Fabiola

Les compañeres de la comunidad LGBTIQ+ chaqueña la habían descrito a Fabiola Pamela Ramírez como “una chica como todas”.

“No había marcha feminista, del Orgullo y por los Derechos Humanos en que no la vieras levantar una bandera por Justicia e Igualdad. De un talento, solidaridad y ternura inmensa, ‘La Fabi’ era también una candombera apasionada, integrante de la grupa chaqueña Aguara Chacú”, decían.

La imagen de Fabiola materializada en grafitis recorre las calles de la ciudad de Resistencia. “Ellos sirven y sirvieron como disparadores para empezar a discutir las políticas hacia las compañeras travestis y trans y tener noción de todo lo que nos falta aún como sociedad para que esto no vuelva a pasar”, concluyó Barud.

Fuente Agencia Presentes

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Docentes feministas y colectivos LGBT rechazan Educación Sexual Integral (ESI) “alternativa” impulsada por gobierno de Chaco

Sábado, 8 de enero de 2022
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Red-de-Educadoras-Feminista-Marcha-25N-Chaco-1200x600La norma abre la puerta a la objeción confesional. Fue anunciada como una ESI basada en “fundamentos científicos y en valores”.

 CHACO, Resistencia. Con la consigna “No existe una ESI alternativa, la ESI es una sola”, la Red de Educadoras Feministas (REF), el Frente por la ESI del Chaco y los colectivos LGTBIQ+ se oponen a una resolución del Ministerio de Educación provincial, que habilita una Educación Sexual Integral (ESI) “basada en valores” y “alternativa” a la instituida en la Ley Nacional N° 26150/2006 que estableció el Programa Nacional de Educación Sexual Integral.

Para las organizaciones de docentes y de la diversidad sexual, la norma –emitida en vísperas de las elecciones legislativas del 14 de noviembre– es un “avance conservador y confesional” contra los derechos reconocidos en la ley y los tratados internacionales vinculados.

“APROBAR la implementación de programas de Educación Sexual Integral cimentada en fundamentos científicos y en valores desde una propuesta alterntiva de enseñanza, aprendizaje y formación en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo provincial destinado a docentes, alumnos y familias”, indica el artículo 1 de la resolución N° 967/2021 firmada por el ministro Aldo Lineras el 10 de noviembre.

El 25 de ese mes, la resolución fue refrendada por decreto N° 2633/2021 del gobernador Jorge Capitanich. Sus considerandos mencionan convenciones y declaraciones internacionales de derechos humanos incorporadas a la legislación nacional, destacando las que consagran “el derecho de enseñar y aprender, y a ejercer libremente su culto”.

También invocan el artículo 5 de la ley nacional 26150/2006, donde se indica que el Estado nacional, provincial y municipal debe garantizar el cumplimiento del Programa Nacional de ESI, pero “cada comunidad educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas a su realidad sociocultural, en el marco del respeto a su ideario institucional y a las convicciones de sus miembros”.

“Gracias a Dios” (y al gobernador)

El decreto del gobierno chaqueño fue celebrado por sectores confesionales que se oponen a la ley nacional de ESI y resisten su enseñanza en sus escuelas.

Los pastores de las iglesias nucleadas en la Mesa Evangélica Metropolitana del Chaco (MEM) expresaron en un comunicado: “Desde la mesa evangélica metropolitana expresamos el respaldo de todas las organizaciones que representamos, al decreto 2633/21 firmado por el gobernador Capitanich mediante el cual se establece una alternativa de enseñanza de educación sexual con perspectiva científica y con valores de familia”.

En la cuenta de Facebook de la MEM un flyer proclama: “Yo elijo ESI con valores – Decreto 2633 – Provincia del Chaco”. En el muro de uno de sus miembros, Miguel Giménez, referente de la Fundación Escuelas de Vida, el agradecimiento fue más explícito: “Cumplió su palabra el gobernador. Resolución 967/21. ESI respetando ideario institucional. Dios nunca deja de amarnos”.

“Beneficia al sector evangélico fundamentalista”

Desde la REF, plantearon que “la ley nacional es clara en contenidos y objetivos, por lo que no se requiere otro instrumento que genere confusión”.

En un comunicado, denunciaron: La intencionalidad de este último decreto es dar lugar al ingreso de otra educación sexual, no integral, en detrimento del derecho que asiste a las personas, en beneficio de un sector en particular, que hace años puja por ingresar a las instituciones educativas, el sector evangélico fundamentalista”.

Integrante de la Red, la educadora Romina Coronel alerta que con la resolución convertida en decreto provincial las iglesias evangélicas y católica “podrán tener ingerencia en la capacitación docente, por supuesto en las escuelas confesionales pero incluso en las públicas”.

La docente destaca que el artículo 3 autoriza “la presentación de proyectos de capacitación de Educación Sexual Integral con fundamentos científicos y basada en los valores sociales fundamentales”.  

Coronel explica a Presentes que esta nueva normativa “vulnera la integralidad” de la enseñanza de la ESI: “El recorte científico y de valores que hacen en la resolución y el decreto deja afuera la perspectiva de género y la atención a la diversidad. En realidad, estos sectores toman lo científico como lo biologizante, varón y mujer, eso es lo científico para ellos. Y al no tener perspectiva de género y diversidad, dejan afuera todo lo LGTBIQ, por ejemplo”.

Los chaqueños quieren ESI

Con más de 400 adhesiones institucionales e individuales, la REF presentó petitorios de anulación del decreto 2633 que ratifica la resolución 967/21 al gobernador Capitanich, el 2 de diciembre, a la vicegobernadora Analía Rasch Quiroga, el 20, y a la Cámara de Diputados de la provincia, el 22.

En los respectivos documentos, plantean que “un decreto no puede ir contra la Ley”.

El instrumento cuestionado incurre en “inconstitucionalidad y arbitrariedad”, ya que “incumple la normativa Internacional, a la cual nuestro país adhiere como Estado parte, leyes nacionales y provinciales, en torno a un bloque de derechos que contempla la Política Pública de Educación Sexual Integral (Ley Nacional N° 26.150 y provincial N° 1.502-E)”.

“Niegan el género y la diversidad”

Para Miguel Szabó, docente, militante gremial y vocero en Chaco de la organización Cien por Ciento Diversidad y Derechos, “al hablar de ‘alternativa’, están abriendo una ventana para que estos sectores ultramontanos, conservadores y muy patriarcales tengan derecho a decir: ‘Nosotros a la ESI la damos como queremos’. Es decir que las iglesias van a tener la posibilidad de capacitar a sus docentes en una ESI alternativa, que niegue la perspectiva de género, la diversidad o las disidencias sexuales”.

“Los valores de la ESI tienen que ver con el respeto: respeto a las decisiones, respeto al cuerpo, respeto al otro… Toda una serie de valores que están en la ley y en los materiales. Esta resolución, al hablar de valores, le da la posibilidad a los valores religiosos que no están dentro de la ley, porque la ley se basa en la libertad y en fundamentos científicos. Si se le da lugar a una ESI alternativa, entran a jugar los mitos, prejuicios, leyendas y cuestiones que no están fundamentadas científicamente”, añade Szabó.

Con la fe puesta las urnas

Las organizaciones feministas y LGTBQI+ consideran que la resolución 967 tuvo una finalidad electoralista que le permitió al oficialismo revertir la derrota en las PASO, cuando la alianza Chaco Cambia + Juntos por el Cambio se impuso con el 44% de los votos contra el 35% del Frente de Todos.

En las elecciones legislativas del 14 de noviembre, el Frente de Todos obtuvo en Chaco el 44,12% contra el 42,92% del Chaco Cambia + Juntos por el Cambio.

“No está dicho públicamente, pero estos sectores copiaron el contexto latinoamericano. No podemos desconocer que en Brasil, Jair Bolsonaro llega al poder por los grupos ultramontanos, pero más por los grupos evangelistas, que tienen mucho poder en en ese país, y lo están teniendo en el Chaco. Estos pastores presionan y mandan a votar a sus fieles”, sostiene Szabó.

“Los que estamos desde hace muchos años en la docencia y la política gremial y social no podemos ser ingenuos. Este decreto le dio vía libre a estos sectores para que sigan avanzando en un lugar que no les corresponde: lo social y político. A ellos se les respeta por ley que ejerciten su fe y tengan sus acólitos. El problema es cuando a eso lo vuelcan al resto de la sociedad y pretenden obligarla” manifiesta Szabó.

“El decreto convalida ese accionar sobre el resto de la sociedad. La sociedad no es un templo grande. Dentro de la sociedad estamos los que priorizamos las libertades, los derechos y la libre elección de tener o no tener fe. Por eso priorizamos una educación laica, gratuita y estatal”.

Un pacto a cambio de apoyo a sus candidatos

Úrsula Sabarece, referente del Movimiento Furia Travesti Chaco, se opuso a la resolución y luego al decreto de la ESI “alternativa”, a pesar de que ser la directora de Diversidad, Disidencia Sexual e Identidad de Género de la Secretaría de Derechos Humanos y Género de la Provincia.

“Desde Furia Travesti, como organización con una mirada de géneros, disidencias e identidades étnicas, nos parece un retroceso en materia de derechos y un avance de la derecha fundamentalista”, dice Sabarece a Presentes .

“La ley de la ESI está desde hace quince años y venimos trabajando incansablemente para que se cumpla en los estamentos educativos, tanto públicos como de gestión pública-privada», afirma. «En estos años, la ESI fue una herramienta fundamental para las juventudes y niñeces, para reconocerse y reconocer cuando hay un abuso. También para hablar de ciertas cuestiones que a veces no se hablan en la familia. La escuela es la caja de resonancia para poder hablarlas y que no se naturalicen los abusos y las agresiones en las infancias”.

¿Qué puede pasar con esta resolución en las escuelas del Chaco?

Según afirma la activista y funcionaria, en la provincia son muy pocas las escuelas donde les docentes aplican ESI o llevan adelante la formación de sus docentes con un acompañamiento de directores y supervisores.

“Nos preocupa mucho, y más cuando vamos a las localidades del Chaco más profundo y vemos que la ESI no se dicta. Hay que defenderla y batallarla. Desde Furia Travesti, estamos preocupadas y alertas a que en algún momento tengamos que salir al cruce o estar presentes –como siempre lo hacemos– en la calle para dar la batalla cultural en todas las escuelas. Junto con el estudiantado, que es un pilar fundamental”.

Sabarese no fue consultada respecto de la resolución y el posterior decreto.No hubo consulta. Por lo menos, no a nosotras en la dirección y creo que tampoco a la subsecretaria de Género, Diversidad y Disidencias, Delia ‘Choni’ Pérez, porque cuando nos enteramos nos indignamos muchísimo”, recuerda la funcionaria.

“Lo del gobernador a mí en particular no me sorprende, porque conozco su postura de ultrarreligioso católico y que comulga con todas las otras religiones de derecha. Sí nos sorprendió que el ministro saque esto sin hacer una consulta a las organizaciones y a les docentes. En mi opinión, entiendo que esta resolución y decreto han sido pedidos por organizaciones religiosas que manejan mucho poder y dinero, y que detrás de esto hay un pacto a cambio de apoyo a sus candidatos”.

Con perspectiva de género y diversidad

La ley nacional 26150 establece que “todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos” (artículo 1).

Para ese fin, crea en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología el Programa Nacional de Educación Sexual Integral (artículo 2), cuya elaboración de lineamientos curriculares “será asesorada por una comisión interdisciplinaria de especialistas en la temática”.

Mientras tanto, la Resolución del Consejo Federal de Educación 340/18, plantea que la ESI, abordada en espacios específicos y/o en forma transversal, debe contemplar cinco ejes conceptuales: “cuidar el cuerpo y la salud; valorar la afectividad; garantizar la equidad de género; respetar la diversidad; ejercer nuestros derechos”.

No obstante, para las organizaciones feministas y de la diversidad sexual, el punto débil de esta norma radica en el citado artículo 5, que desde el paradigma del “ideario institucional” habilita que las escuelas privadas religiosas planteen una suerte de objeción de conciencia contra la ESI. “Ahí está la trampa y ese artículo es algo que en el futuro habrá que revisar”, coinciden.

Fuente Agencia Presentes

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La ley que cumplirá el sueño de una casa propia y diversa

Jueves, 16 de diciembre de 2021
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IMG-20211129-WA0038-1200x600Chaco sancionó la ley que establece un cupo en los planes habitacionales para la población LGBTI.

La Legislatura de la provincia de Chaco sancionó el miércoles 24 de noviembre la Ley de Acceso a vivienda y tierra para la población LGBTIQNB+ (N°3.467). “Ojalá pueda servir para que otras provincias la repliquen”, dijo una de sus impulsoras, la diputada Teresa Cubells, quien además presentó el proyecto de ley.

La ley se aprobó a por 19 votos. Tuvo 1 voto en contra de una diputada de la Unión Cívica Radical (UCR), mientras que 12 legisladores se ausentaron de la votación.

Con ella se establece un cupo habitacional de no menos del 5% del total de cada uno de los planes habitacionales a ejecutarse a través del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda de la provincia del Chaco (IPDUV), para ser destinado a la población LGBTIQNB+.

Su objetivo es “establecer y promover políticas públicas habitacionales destinadas a la población LGBTIQNB+” a través de garantizar “el acceso a una vivienda digna y/u otros medios que posibiliten disminuir su déficit habitacional, con el fin de contribuir a que puedan realizar un ejercicio efectivo y pleno del Derecho a la Ciudad”.

“La ley no sólo permite el acceso a la vivienda sino también a créditos y a todo lo que se necesita para aportar que se garanticen estos derechos”, dijo a Presentes Cubells.

En 2018, la legislatura chaqueña ya había aprobado el cupo laboral travesti trans en la provincia.

Una lucha colectiva

IMG-20211129-WA0037La diputada también destacó la importancia de que estas políticas se desarrollen junto a la población a la que se dirigen. Fueron varias las organizaciones que acompañaron la ley: Furia Trava, Identidades Diversas Chaco, Trans Masculinidades y No Binaries Chaco y 100% Diversidad y Derechos. También tuvo el apoyo de Úrsula Sabarece, responsable de la Dirección de Diversidad, Disidencia Sexual e Identidad de Género, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros del gobierno del Chaco.

Esta ley viene a cubrir una demanda de vivienda necesaria para la población LGBT+ de la provincia y también del resto del país. Miguel Szabó, activista histórico por los derechos de la población LGBT+ e integrante de 100% Diversidad y Derechos en Chaco, contó a Presentes que desde la organización realizaron la campaña “Nos cuidamos entre todes”, en la que además de dar ayuda solidaria, también realizaron una encuesta para saber el estado de situación de la comunidad LGBT+ en Chaco.

“Yo llegué a censar a 75 personas y descubrí que el 90% de la población trans o gay no había terminado sus estudios secundarios y solo 2 del total había heredado una vivienda de la familia. El resto alquilaba, vivía de pensiones, de prestado”, indicó.

Una ley con registro bajo el brazo

IMG-20211129-WA0036A su vez, la ley contempla la creación de un Registro Provincial de Solicitantes de Viviendas para LGBTIQNB+ donde se deberán asentar las postulaciones de las personas que aspiren al cupo habitacional en el marco de esta norma.

También crea un Observatorio de Acceso Justo a la Tierra y la Vivienda para LGBTIQNB+, en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros, con el objetivo de “registrar permanentemente información actualizada en relación a la demanda y necesidades habitacionales de esta población específica”. Esta información será de acceso público y “deberá ser considerada en el diseño de políticas habitacionales y afines”.

Por último, la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros que, en coordinación con el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV) y la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente estarán a cargo de su implementación.

Fuente Agencia Presentes

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