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Chile: Corte Suprema rebaja condena contra asesino de Ever Albarrán: de presidio perpetuo a 15 años de cárcel

lunes, 7 de julio de 2025
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Pese a que el asesino desmembró el cuerpo del joven trans y repartió sus restos  por diversas calles de Los Ángeles, la Suprema consideró que no hubo ultraje de cadáver, ni alevosía. El Movilh calificó al fallo de “nefasto e injusto”.

La Segunda Sala de la Corte Suprema bajó la pena de presidio perpetuo de primera de instancia contra el asesino de joven trans Ever Albarrán, ocurrido en 2023, condenado al homicida, Óscar Andrés Contreras Alarcón, a solo 15 años de presidio mayor en su grado medio, un hecho que fue calificado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) como “injusto, incomprensible e insensible”.

Si bien el 21 de abril pasado la jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, Ingrid Quezada, señaló que Contreras Alarcón desmembró el cuerpo fallecido de la víctima, «decapitándola y cercenando sus extremidades inferiores, lo que configuró el delito de ultraje de cadáver desde que atenta a la memoria del occiso al haberse afectado considerablemente su cuerpo», la Corte Suprema absolvió al asesino del profanación del cuerpo y de la acusación de haber actuado con alevosía.

La vocera del Movilh, Javiera Zúñiga, precisó que “un sujeto asesina a una persona trans mientras ambos estaban en supuesto estado de ebriedad, la descuartiza y reparte las partes de su cuerpo por distintas calles. Pero para nuestro máximo tribunal ello no constituye ultraje de cadáver, ni alevosía, Esta sentencia es tan incomprensible, como insensible e injusta y se configura como una de las más nefastas para los derechos de las personas trans. Nuestra solidaridad con la familia de Ever y nuestro agradecimiento al Ministerio Público por haber defendido hasta el final que aquí existió ultraje de cadáver y alevosía”.

La sentencia

Fue el 7 de mayo pasado cuando el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles declaró admisible el recurso de nulidad contra el fallo de primera instancia que presentó la Defensora Penal Pública, Carolina Andrea Valenzuela Valdez. Tras ello, la Suprema dictó la sentencia de reemplazo.

Los/as ministros/as de la Segunda Sala de la Corte Suprema, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Pía Tavolari y Carlos Urquieta, sentenciaron el pasado 1 de julio queteniendo presente que los hechos que se han tenido por acreditados no resultan suficientes para comprobar el especial ánimo del agente de haber obrado con el propósito de menospreciar la memoria de la víctima” (…) se absuelve a “Oscar Andrés Contreras Alarcón, de la acusación formulada en su contra por el querellante, de ser autor del delito de ultraje de cadáver”.

Además, añadieron, “los hechos establecidos respecto de la conducta del encausado no alcanzan a cumplir la exigencia de haber obrado con alevosía o ensañamiento, que las circunstancias primera y cuarta del artículo 391 N°1 del Código Penal sanciona como constitutivos del delito de homicidio calificado, desde que los acometimientos violentos perpetrados por el acusado en contra de la víctima, se produjeron mientras ambos se encontraban alcoholizados y drogados, en tanto que el acusado resultó lesionado en sus manos, circunstancias que desvirtúan la “absoluta indefensión” alegada por los acusadores, no habiéndose logrado comprobar que Contreras Alarcón haya creado o se haya aprovechado de las circunstancias materiales en que el ilícito se perpetró. Tampoco se logró acreditar suficientemente que la multiplicidad de lesiones causadas a la víctima, todas en zonas vitales del cuerpo, hayan sido realizadas con el especial ánimo de aumentar deliberada e inhumanamente su dolor, sino sólo demuestran la persistencia de la voluntad homicida de su autor”.

Que, en consecuencia, el acusado ha resultado responsable en calidad de autor de delito consumado de homicidio simple, ilícito que el artículo 391 N°2 del Código Penal sanciona con la pena de presidio mayor en su grado medio”, de quince 15 años “más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de un delito de homicidio simple”, finalizó la Suprema.

El caso

Ever André Albarrán Ortiz, guardia de seguridad trans de 30 años, fue asesinado el 31 de agosto del 2023 por un “conocido” , Óscar Andrés Contreras Alarcón (32) quien descuartizó a la víctima.

De acuerdo a la información disponible, Ever y Óscar se conocían por razones laborales, pues desarrollaban trabajos esporádicos en construcción.

El 31 de agosto del 2023 ambos y una tercera persona compartieron una cerveza en el Restobar Dejavú, tras lo cual pidieron un Uber hasta la casa de Óscar, ubicada en la , población Real Victoria de Los Ángeles, lugar donde solo llegó el agresor y Ever, según las investigaciones del caso.

Ever fue agredido con objetos contundentes y cortantes, tras una fuerte discusión. El asesino confesó el crimen luego de que una cámara ubicada en la Población El Retiro, de Los Ángeles, lo captara dejando un bolso en la vía pública. Se trató de una mochila con dos piernas humanas que encontró el 1 se septiembre un vecino en la calle Lynch con Alberto D’Halmar.

La Policía de Investigaciones relató en ese momento que el asesino, “un sujeto de 32 años, fue ubicado en su domicilio en las cercanías del hallazgo, quien ante la contundencia de los antecedentes, confiesa y reconoce el homicidio” de la víctima a quien “posteriormente descuartiza en tres partes y las abandona en diferentes lugares de la comuna” (La Tribuna, 9 de abril del 2023).

A su vez el abogado querellante de la familia, Nicolás Arismendi, sostuvo que tras el crimen el agresor “distribuye el cuerpo de Ever, depositándolo en una mochila, una parte, el resto envuelto en una sábana y otra parte en el bolso (…) Para nosotros este claramente es un crimen de odio de alguien que ha luchado toda su vida por ser una personas transgénero, ha luchado con discriminación, con burlas” (22 de septiembre, Chilevisión).

Explicó que algunas de las heridas de Ever se encuentran en zonas íntimas. “Nosotros entendemos que esa es una clara manifestación de odio, ya que no son sectores que dan muerte, sino más bien es un mensaje que trata de transmitir en este caso el autor, y esto tiene un correlato justamente con la manera en la cual distribuye el cuerpo de Ever, que es en tres lugares distintos” (Radio Biobío, 2 enero, 2024).

Fuente MOVILH

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