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Las víctimas demandan que la prescripción de los abusos contra menores comience a partir de los 50

Sábado, 16 de febrero de 2019

4966391Con la nueva ley, las diez víctimas del caso Montserrat no podrían denunciar

Cuatrecasas, Hurtado y Peter Saunder se reúnen con los grupos parlamentarios en el Congreso

“Cambiando la ley el Congreso no solamente conseguirá castigar los delitos pasados sino prevenir los delitos futuros. Pedimos al Congreso que no falle a los niños españoles”

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(Jesús Bastante).- Cuando Juan Cuatrecasas, Miguel Ángel Hurtado y Peter Saunders llegaron al Congreso de los Diputados, no pensaron que estaban haciendo algo que siempre habían deseado hacer. Los tres, víctimas de abusos sexuales por parte del clero (uno como padre, los otros dos más directamente aún), trabajan porque alguien, un clérigo, rompió su vida y la de su familia. Y quieren evitar que eso vuelva a suceder.

Por eso esta semana, estos tres luchadores se están reuniendo con distintos grupos parlamentarios e instituciones como Save The Children, y este jueves presentarán, en la Cámara Baja, 520.000 firmas para exigir que antes de que finalice la legislatura se reforme el Código Penal, ampliando los plazos de prescripción en los delitos de pederastia.

Una tarea titánica, pues la legislatura parece agonizar, y porque el Parlamento acaba de aprobar una reforma de la Ley de Violencia contra el menor, donde ya se habla de ampliar el plazo de prescripción a partir de los 30.

“Tras años de demora innecesaria, el ministerio de Justicia por fin ha terminado el estudio jurídico técnico. Se han considerado tres opciones, que el plazo de prescripción comience a contar a partir de los 30 años (la víctima podría denunciar hasta los 35 años para los delitos leves y 45 años en los delitos graves); que el plazo comience a los 50 años y la imprescriptibilidad”, apunta el escrito que se entregará este jueves en el Congreso.

Finalmente, el plazo será el primero, lo que las víctimas consideran una medida profundamente decepcionante por su falta de ambición y porque inclumple compromisos previos”. Así, argumentan que la propia vicepresidenta, durante su reunión con el cardenal Parolin, manifestó la intención de que estos dellitos fueran imprescriptibles.

Tras estallar el ‘caso Montserrat’, esta demanda se hace más actual pues, con la propuesta aprobada por el Ejecutivo, “si en el futuro volviera a estallar un caso similar, el pederasta en serie tampoco sería castigado. En el caso Montserrat la víctima más joven tiene 36 años y con la propuesta del Gobierno este tipo de delitos prescribirán a los 35 años”.

Por ello, las víctimas instan a que el plazo de prescripción de los delitos sexuales contra menores debe comenzar a contar a partir de que la víctima cumpla los 50 años. De esta forma los supervivientes tendrían hasta los 55 años para denunciar en los delitos más leves y hasta los 65 años en los delitos más graves.

En opinión de Hurtado, “esta reforma del Código Penal garantizará que España se une al pelotón de cabeza de los países más avanzados en protección a la infancia. En la última década ha habido una tendencia global a eliminar o aumentar significativamente los plazos de prescripción en los delitos de pederastia“.

“Si el Congreso sigue negándose a modificar la ley, la Justicia seguirá sin poder identificar ni castigar de forma efectiva a un elevado número de pederastas en serie que trabajan en instituciones infantiles (escuelas, iglesias, clubes deportivos). La evidencia científica demuestra que a diferencia de otros delitos, el riesgo de reincidencia de los pederastas en serie no disminuye con la edad. Por este motivo este tipo de delincuentes continúan siendo un peligro para nuestros niños a día de hoy independientemente de cuando cometieron sus crímenes. Cambiando la ley el Congreso no solamente conseguirá castigar los delitos pasados sino prevenir los delitos futuros. Pedimos al Congreso que no falle a los niños españoles”.

Estados donde los delitos de pederastia no prescriben:

a) Países anglosajones (common law): Australia; Nueva Zelanda; Sudáfrica; Reino Unido; Irlanda; Canadá; Estados Unidos a nivel federal (2006) y en 41 estados.

b) Países Latinoamericanos: Argentina (2015), El Salvador (2015), México (2015), Chile (en proceso de aprobación), Ecuador (2018).

c) Países europeos: Suiza (2008) y Holanda (2013 – de forma parcial solo para los delitos castigados con más de 8 años de prisión).

Fuente Religión Digital

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