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Eslovenia aprueba el matrimonio igualitario y la adopción homoparental

Sábado, 8 de octubre de 2022
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78529-slovenia-flagEl Gobierno progresista convierte a Eslovenia en el primer país del antiguo Bloque del Este en legalizarlo

El Parlamento de Eslovenia ha aprobado este 4 de octubre la modificación de las leyes para permitir el matrimonio igualitario y la adopción homoparental, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de julio que ordenaba al poder legislativo hacerlo en el plazo de seis meses. Han votado en contra dos de los partidos con representación parlamentaria, el cristianodemócrata Nueva Eslovenia y el populista de derechas Partido Demócrata Esloveno. De esta manera, ambos grupos políticos se sitúan al margen de la Constitución de su país. Eslovenia es el único país europeo del antiguo bloque comunista que ha aprobado el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Eslovenia ha igualado este martes por completo los derechos de las parejas homosexuales y heterosexuales, al adoptar el Parlamento una enmienda que permite a las personas del mismo sexo casarse y adoptar a niños.

El legislativo esloveno ha convertido así, con 48 votos a favor y 29 en contra, al pequeño país de dos millones de habitantes en el primero entre los países ex comunistas que reconoce este derechos a los homosexuales. La mayoría de países del este de Europa no permiten ni las uniones civiles ni los matrimonios entre personas del mismo sexo y en Hungría, por ejemplo, hablar de la homosexualidad delante de los menores se castiga desde 2021 incluso con una multa.

El cambio legal en Eslovenia ha sido propuesto por el Gobierno progresista para cumplir una sentencia del Tribunal Constitucional.

El pasado julio, el Constitucional dio al Parlamento seis meses para que enmendara la legislación y se definiera el matrimonio como la unión de dos personas, indistintamente de su sexo, y se permitiera que las parejas homosexuales puedan adoptar a menores.

El Constitucional consideró que la legislación que permitía a los homosexuales uniones civiles pero no el matrimonio o la adopción, violaban el principio de no discriminación. No obstante, durante ese periodo las parejas del mismo sexo podían acogerse a lo dispuesto en las sentencias al declararse como ley vigente.

En cumplimiento de este mandato, el Parlamento esloveno ha aprobado este 4 de octubre el conjunto de reformas legislativas que permiten el matrimonio igualitario y la adopción homoparental. Han votado a favor los tres partidos que conforman la coalición gubernamental: el Movimiento Libertad (36 votos favorables y 5 ausencias); los Socialdemócratas (6 votos favorables y 1 ausencia); y la Izquierda (5 votos favorables). A ellos se ha sumado 1 voto de las minorías sin grupo parlamentario. En total, 48 votos a favor.

En contra han votado los representantes del cristianodemócrata Nueva Eslovenia (8 votos contrarios) y los del populista de derechas Partido Demócrata Esloveno (21 votos contrarios, 1 abstención y 5 ausencias). En total, 29 votos desfavorables.

Elocuentes fueron los discursos de intención de voto en el Parlamento por parte de las fuerzas políticas. El secretario de Estado para la Familia, el abiertamente LGTBI Simon Maljevac, afirmaba: «Con estos cambios, estamos reconociendo los derechos de las parejas del mismo sexo que deberían tener desde hace mucho tiempo». Por su parte, el representante del Partido Demócrata Esloveno recurría a tópicos como «el mejor padre nunca sustituirá a una madre y viceversa».

Esta votación sitúa a los representantes de la derecha populista y cristianodemócrata no solo en una posición contraria a los derechos civiles de los ciudadanos LGTBI, sino también en contra de la propia Constitución que se ha otorgado el pueblo esloveno. El Partido Demócrata Esloveno ha llegado a celebrar mítines en protesta por la sentencia del Tribunal Constitucional y abogado por el voto en contra en el Parlamento a las reformas de obligatorio cumplimiento.

Lo cierto es que el dictamen del alto tribunal impedirá que se puedan derogar las leyes aprobadas si los partidos LGTBIfobos ocupan el poder en un futuro. Para poder impedir el matrimonio igualitario y la adopción homoparental deberían modificar en primer lugar la Carta Magna eslovena.

La asociación conservadora “De niños se trata” organizó protestas la semana pasada en Liubliana y una “Marcha por la protección de niños y familias”, en contra de los cambios propuestos.

Dentro de Europa, Eslovenia y Austria son los dos únicos países donde el matrimonio igualitario se ha legalizado por decisión de su Tribunal Constitucional, lo que otorga una protección especial a este derecho de las personas LGTBI. También ampara la misma protección a los ciudadanos de Irlanda, que modificaron su Carta Magna al respecto en referéndum. No es el caso de los ciudadanos españoles y franceses, cuyo respectivo Tribunal Constitucional consideró que el matrimonio entre personas del mismo sexo tiene encaje constitucional, pero también lo tiene su prohibición, siempre que se cree una figura legal que otorgue derechos semejantes. Es decir, la prohibición del matrimonio igualitario en Eslovenia, Austria e Irlanda necesitaría una modificación de la Constitución, mientras que en España y Francia bastaría con que una mayoría parlamentaria derogase la ley vigente.

El matrimonio igualitario en Eslovenia: una historia accidentada

La historia del reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo en Eslovenia es ciertamente accidentada. Ya en 2014 el Gobierno esloveno presentó un proyecto de uniones civiles abierto a estas parejas que, en principio, otorgaba derechos similares a los del matrimonio, pero exceptuaba la adopción y el acceso a la reproducción asistida. La iniciativa quedó en suspenso debido a unas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por la igualdad jurídica plena. La ley de matrimonio igualitario era finalmente aprobada en marzo de 2015. Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogarla. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional no consideró pertinente su negativa, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. Imposible olvidar, por cierto, el papel que desempeñó el papa Francisco, que pocos días antes del referéndum quiso dar su apoyo expreso a los partidarios de prohibir el matrimonio igualitario y contribuir de esta forma a la victoria del bando homófobo.

El referéndum tenía una validez de un año, pero el Gobierno esloveno no quiso jugar más la carta de la igualdad plena, al menos por el momento, y decidió entonces dar su apoyo una ley de uniones presentada por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC). El proyecto de ley finalmente fue aprobado el 21 de abril de 2016 por 54 votos a favor y 15 en contra. El 24 de mayo la ley era publicada oficialmente, y diez meses después, el 24 de febrero de 2017, entró en vigor. La ley aprobada creaba una institución jurídica distinta a la del matrimonio, aunque le concediera parte de los derechos asociados a este. De hecho, el artículo primero de la ley enunciaba de forma explícita que la unión entre personas del mismo sexo «no es un matrimonio». Entre los derechos excluidos estaban los relacionados con la homoparentalidad.

Finalmente, ha tenido que ser el Tribunal Constitucional quien establezca definitivamente que los derechos de las parejas del mismo sexo solo pueden tener cabida dentro de la misma institución que ampara a las parejas heterosexuales. También que las autoridades no pueden excluir a las parejas homoparentales de los procesos de adopción.

Eslovenia es el primer país europeo del antiguo bloque comunista en implementar el matrimonio igualitario. Todos los países europeos donde está prohibido constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo pertenecen a ese antiguo bloque.

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El matrimonio igualitario en Europa y el mundo

En todo el mundo, ya son 35 los países donde existe la igualdad para las parejas del mismo sexo.

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Tras la aprobación por el Parlamento de Eslovenia, son 20 los países europeos donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal(2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014en Inglaterra, Gales y Escocia, 2020 en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda(2015), Finlandia (2017) y Alemania (2017), Malta (2017), Austria (2019), Suiza (2021) y Eslovenia (2022) y Andorra (pendiente de entrada en vigor) (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

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Aun así, tras la aprobación del matrimonio igualitario en Cuba, a la espera de su entrada en vigor, son 11 los países del continente americano donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

Canadá (2005), Sudáfrica (2006), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010) , Nueva Zelanda (2013), Brasil(2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015), Colombia (2016), Australia (2017),      Taiwán (2019), Ecuador (2019) , Costa Rica (2020) y Chile (2021)  y Cuba (2022). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

Matrimonio-igualitario-en-America-solo-matrimonio-26-09-2022-scaledFuente Agencias/Cristianos Gays/Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional de Eslovenia reconoce el derecho al matrimonio igualitario y la adopción homoparental

Martes, 12 de julio de 2022
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78529-slovenia-flagTribunal-Constitucional-de-Eslovenia-300x218El Tribunal Constitucional de Eslovenia ha dictado dos sentencias de efecto inmediato en las que reconocen el derecho al matrimonio y a la adopción a las parejas del mismo sexo. El alto tribunal ha dado un plazo de seis meses al legislativo esloveno para que modifique las leyes vigentes al respecto, si bien también establece que durante ese periodo los ciudadanos eslovenos podrán acogerse a lo dispuesto en las sentencias. Tras su infructuosa historia con respecto al matrimonio igualitario, aprobado y derogado en 2015, Eslovenia se convierte definitivamente en el primer país del antiguo bloque comunista en abrir esta institución a las parejas del mismo sexo.

El Tribunal Constitucional esloveno debía deliberar sobre ambos asuntos por sendos recursos de inconstitucionalidad presentados por dos parejas del mismo sexo que, respectivamente, no habían conseguido en los tribunales ordinarios contraer matrimonio o entrar en la lista de candidatos a la adopción.

Tras la deliberación, el alto tribunal ha fallado, por una mayoría de 6 votos a 3, a favor de los recurrentes por medio de dos sentencias que fueron dadas a conocer el pasado viernes 8 de julio, si bien el texto completo aún no ha sido publicado. Respecto al derecho al matrimonio, el Tribunal Constitucional estima que su prohibición a las parejas del mismo sexo violaba el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución eslovena, y que esa discriminación «no puede justificarse con el significado tradicional del matrimonio como unión entre un hombre y una mujer, ni con la protección especial de la familia». También explica que la decisión «no disminuye la importancia del matrimonio tradicional como unión entre un hombre y una mujer, ni cambia las condiciones en las que las personas del sexo opuesto se casan. Lo único que significa es que las parejas del mismo sexo pueden ahora casarse igual que las heterosexuales».

En cuanto a la adopción, hasta ahora reservada exclusivamente a las parejas heterosexuales, el alto tribunal ha estimado que la prohibición de las adopciones a las parejas del mismo sexo no puede justificarse con el objetivo del máximo beneficio para los niños, ya que «una prohibición absoluta… no es un medio adecuado para lograr este fin». Por el contrario ese objetivo del máximo beneficio debe cuestionarse caso por caso, por lo que eliminar a las parejas del mismo sexo de la consideración «no puede interpretarse como una medida que mejore la posibilidad de una decisión que beneficie al máximo al niño». Sin embargo, el tribunal aclara que su decisión «no introduce un derecho a la adopción», sino que obliga a que el legislador tenga en cuenta la prohibición de la discriminación y haga posible la inclusión de las parejas del mismo sexo en la lista de candidatos a la adopción.

El Tribunal Constitucional da al Parlamento esloveno un plazo de seis meses para modificar las leyes en consonancia con su dictamen, pero establece que durante ese periodo sus sentencias serán la ley vigente, por lo que las parejas del mismo sexo eslovenas podrán contraer matrimonio o ser candidatos a la adopción desde este 8 de julio.

De esta manera, Eslovenia se convierte en el primer país de la antigua Europa del este en aprobar el matrimonio igualitario.

El matrimonio igualitario en Eslovenia: una historia accidentada

La historia del reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo en Eslovenia es ciertamente accidentada. Ya en 2014 el Gobierno esloveno presentó un proyecto de uniones civiles abierto a estas parejas que, en principio, otorgaba derechos similares a los del matrimonio, pero exceptuaba la adopción y el acceso a la reproducción asistida. La iniciativa quedó en suspenso debido a unas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por la igualdad jurídica plena. La ley de matrimonio igualitario era finalmente aprobada en marzo de 2015. Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogarla. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional no consideró pertinente su negativa, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. Imposible olvidar, por cierto, el papel que desempeñó el papa Francisco, que pocos días antes del referéndum quiso dar su apoyo expreso a los partidarios de prohibir el matrimonio igualitario y contribuir de esta forma a la victoria del bando homófobo.

El referéndum tenía una validez de un año, pero el Gobierno esloveno no quiso jugar más la carta de la igualdad plena, al menos por el momento, y decidió entonces dar su apoyo una ley de uniones presentada por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC). El proyecto de ley finalmente fue aprobado el 21 de abril de 2016 por 54 votos a favor y 15 en contra. El 24 de mayo la ley era publicada oficialmente, y diez meses después, el 24 de febrero de 2017, entró en vigor. La ley aprobada creaba una institución jurídica distinta a la del matrimonio, aunque le concediera parte de los derechos asociados a este. De hecho, el artículo primero de la ley enunciaba de forma explícita que la unión entre personas del mismo sexo «no es un matrimonio». Entre los derechos excluidos estaban los relacionados con la homoparentalidad.

Finalmente, ha tenido que ser el Tribunal Constitucional quien establezca definitivamente que los derechos de las parejas del mismo sexo solo pueden tener cabida dentro de la misma institución que ampara a las parejas heterosexuales. También que las autoridades no pueden excluir a las parejas homoparentales de los procesos de adopción.

El matrimonio igualitario en Europa y el mundo

Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de Eslovenia, son 18 los países europeos donde existe el matrimonio igualitario (entre paréntesis, la entrada en vigor de la ley):

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Holanda (2001), Bélgica (2003), España (2005), Noruega (2009), Suecia (2009), Portugal(2010), Islandia (2010), Dinamarca (2012), Francia (2013), Reino Unido (2014en Inglaterra, Gales y Escocia, 2020 en Irlanda del Norte), Luxemburgo (2015), Irlanda (2015), Finlandia (2017) y Alemania (2017), Malta (2017), Austria (2019), Suiza (2021) y Eslovenia (2022). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

Dentro de la Unión Europea, el matrimonio entre personas del mismo sexo es legal en 14 de los 27 países que la componen.

En todo el mundo, ya son 32 los países donde existe la igualdad para las parejas del mismo sexo, al añadir los siguientes al grupo europeo:

Canadá (2005), Sudáfrica (2006), México (en vigor en algunos estados, aunque desde 2010 deben ser reconocidos a nivel nacional), Argentina (2010) , Nueva Zelanda (2013), Brasil(2013), Uruguay (2013), Estados Unidos (2015), Colombia (2016), Australia (2017),      Taiwán (2019), Ecuador (2019) , Costa Rica (2020) y Chile (2021). (Podéis pinchar en el mapa para verlo a mayor tamaño).

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 Fuente Dosmanzanas

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El primer ministro esloveno da su apoyo a una ley de equiparación de derechos para las parejas del mismo sexo

Lunes, 21 de marzo de 2016
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Miro Cerar, President of the Miro Cerar party, makes a statement after a meeting with the President of Slovenia, on July 16, 2014 in Ljubljana. Slovenian political newcomer Miro Cerar, whose party won Sunday's snap election, began talks on Monday to form a coalition government to try to drag the eurozone country out of political crisis. Cerar, a 50-year-old lawyer who helped draft the country's constitution when it broke away from Yugoslavia in 1991, told supporters that 'our task is to restore confidence in the state and that is what we are going to do'. AFP PHOTO / Jure Makovec (Photo credit should read Jure Makovec/AFP/Getty Images) Miro Cerar, el primer ministro de Eslovenia, anunció el pasado viernes el apoyo de su Gobierno a un proyecto para ampliar los derechos de las parejas del mismo sexo. Tan solo la adopción y el acceso a tratamientos de fertilidad quedarían excluidos. En diciembre, los eslovenos contrarios a los derechos LGTB lograron derogar la ley de matrimonio igualitario aprobada por su Parlamento.

El proyecto de ley presentado por el diputado Jani Möderndorfer, del socioliberal Partido Moderno del Centro (SMC) persigue la equiparación de los derechos de las parejas en una unión civil con los de las casadas. Con dos excepciones: las primeras no podrán adoptar ni acceder a los tratamientos de fecundación artificial. El primer ministro Cerar, miembro también del SMC, apoyará desde el Gobierno su tramitación.

La propuesta pretende suplir provisionalmente la situación creada tras el rechazo en referéndum, el pasado mes de diciembre, de la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo que había aprobado el Parlamento esloveno en mayo de 2015. Möderndorfer presentó su proyecto solo dos días después de dicha consulta como una solución de transición, ya que el resultado del referéndum es vinculante durante un año.

La situación del colectivo LGTB esloveno es, por el momento, incierta. Existe desde 2006 una ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo, pero es muy restrictiva, pues excluye, entre otros, los derechos relativos a la seguridad social, herencia o adopción. En 2009 el Tribunal Constitucional dictaminó que era inconstitucional impedir a las parejas del mismo sexo que heredasen la propiedad del otro. Además, estipuló que el tratamiento diferente de las uniones civiles respecto al matrimonio constituía una discriminación por orientación sexual, lo cual violaba el artículo 14 de la Constitución de Eslovenia. Dio al Parlamento un plazo de seis meses para enmendar la situación, pero los distintos procesos electorales obstaculizaron el cumplimiento de ese mandato.

En 2014, el ministro de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales ya presentó un nuevo proyecto de uniones civiles abierto a las parejas del mismo sexo análogo al que ahora se discute: también otorgaba los mismos derechos que el matrimonio, exceptuando la adopción y el acceso a la reproducción asistida. Sin embargo, la iniciativa quedó en suspenso debido a unas nuevas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por el matrimonio igualitario, aprobándolo en marzo de 2015.

Sin embargo, a instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para el 20 de diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogar la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares aprobada en mayo del año pasado, que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción homoparental. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional lo consideró pertinente, por lo que finalmente tuvo lugar. En el referéndum, los votos contrarios a la ley superaron la mitad de los emitidos (llegaron al 63%) y el 20% del censo electoral esloveno, por lo que se cumplieron los requisitos legales para que la normativa fuera derogada. La consulta tiene una validez de un año, tras el cual el legislativo puede volver a aprobar una nueva ley de matrimonio igualitario.

Fuente Dosmanzanas

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Los eslovenos contrarios a los derechos LGTB logran derogar la ley de matrimonio igualitario y eliminan los derechos matrimoniales de las parejas homosexuales

Martes, 22 de diciembre de 2015
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30172_recuento-votos-elecciones-referendumLa consulta, en cuya votación ha destacado la baja participación, fue impulsada por grupos católicos y conservadores opuestos a esa norma, que sí ha sido apoyada por el primer ministro y el presidente, “en nombre de la igualdad de derechos”. Los partidarios del “no” al matrimonio igualitario se han impuesto en el referéndum celebrado en Eslovenia sobre la anulación de la ley que en marzo concedió ese derecho a las parejas del mismo sexo, a la espera de conocer el dato de participación decisivo en esta consulta.

Los eslovenos han decidido votar mayoritariamente en contra de los derechos de sus conciudadanos LGTB. El referéndum sobre el matrimonio igualitario que ha tenido lugar a lo largo de esta semana en Eslovenia se ha saldado con la victoria de quienes querían derogar la ley de matrimonio igualitario, aprobada por el Parlamento esloveno en mayo de 2015. En contradicción de unas encuestas que reflejaban un resultado más ajustado, aproximadamente un 63,5 % de los votantes han dicho no al matrimonio entre personas del mismo sexo. Eslovenia ha dejado de ser el único país de la antigua Europa del Este, y el único de mayoría eslava, que permitía el matrimonio igualitario, y lo ha hecho por decisión de sus ciudadanos.

A instancia de grupos contrarios a los derechos LGTB, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar para este 20 de diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogar la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares aprobada el pasado 3 de mayo, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción homoparental. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), sus detractores lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular con el fin de invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional lo consideró pertinente, por lo que finalmente ha tenido lugar. Según la normativa eslovena, para que una ley aprobada por el Parlamento sea derogada mediante referéndum, se necesita que “una mayoría de los votantes que han emitido votos válidos vote en contra de la ley, siempre que al menos una quinta parte de todos los votantes calificados hayan votado en contra de la ley“. Es decir, además de obtener la mayoría de los votos, el total de votantes contrarios a la ley debería suponer al menos el 20 % del total del censo electoral esloveno, aproximadamente 1.700.000 eslovenos con derecho a voto, es decir unas 340.000 personas, independientemente del número de participantes en la consulta. Finalmente, las aproximadamente 390.000 personas que se han opuesto a la igualdad de derechos han bastado para anular la norma.

La iniciativa de referéndum se plasmó gracias a una recogida de firmas del grupo católico “Están en juego los niños”, que recogió más de 80.000 apoyos y propició así la convocatoria. En un referéndum similar de 2012, al menos el 55 por ciento de los votantes se posicionaron en contra de dar más derechos a las parejas del mismo sexo.

Los datos ofrecidos por el Gobierno esloveno tras el cierre de las votaciones cifran el censo esloveno en un total de 1.714.182 ciudadanos. Por lo tanto, para derogar la ley, los votos contrarios al matrimonio entre personas del mismo sexo deberían sumar al menos 342.836, la quinta parte del total del censo. En el referéndum han participado más de 620.000 eslovenos (por encima del 36 %). Con más del 99 % de los votos escrutados, los contrarios al matrimonio igualitario superaban los 391.000, frente a poco más de 225.000 favorables. La cifra de votos contrarios al matrimonio igualitario supera así ampliamente la mínima establecida, por lo que la ley deberá ser derogada. Las personas LGTB eslovenas seguirán legalmente discriminadas por decisión de sus conciudadanos.

¿Está usted a favor de que entre en vigor la ley sobre enmiendas y complementos de la ley del matrimonio y familia que el Parlamento aprobó el 3 de marzo de 2015? era el texto de la consulta, convocada por una plataforma católica movilizada bajo el nombre “Se trata de los niños”.

“El resultado es un triunfo para todos nuestros niños”, comentó Ales Primc, uno de los representantes de esa iniciativa. “La gente no quiere permitir que sean derribados los valores que para la mayoría son sagrados, como la familia, la paternidad y la maternidad”, alegó por su parte France Cukjati, del principal partido de la oposición, el conservador SDS.

Martina Vuk, ministra del Trabajo, del centrista y gubernamental SMC, opinó que “ha triunfado un gran miedo creado artificialmente” y lamentó que el resultado “muestra que los derechos humanos en Eslovenia no valen todavía para todos“.

Desde Izquierda Unida, una formación también opositora pero que impulsó la reforma legal, se aseguró que se seguirá insistiendo en la equiparación de derechos y que una ley en este sentido entrará en vigor antes o después.

La norma fue aprobada en marzo gracias a la mayoría de centro-izquierda que gobierna el país y se encontró inmediatamente con la oposición de los sectores conservadores y católicos del país. Según la ley eslovena, el Parlamento tendrá que esperar al menos un año para aprobar una nueva legislación en la materia, por lo que mientras tanto seguirá en vigor la actual norma en materia de familia, adoptada hace 35 años. Aunque los estudios sociológicos indican que la mayoría de los eslovenos aprueban el matrimonio homosexual, los sondeos habían previsto ya que hubiera más participación entre quienes se oponen.

La ley de marzo convirtió a Eslovenia en el primer país de Europa del Este y el primero del antiguo bloque comunista en igualar los derechos de homosexuales y heterosexuales. Con esta anulación, el país es ahora uno de los primeros en aprobar una ley de igualdad de derechos de los homosexuales para luego revocarla. No es la primera vez que una consulta popular contradice una ley de equiparación de derechos.

Eslovenia es un país de profundas raíces católicas a pesar de que poco más de la mitad de la población se declara creyente, un porcentaje muy inferior al 97 por ciento anterior a la Segunda Guerra Mundial y al 72 por ciento de 1991.

La situación del colectivo LGTB esloveno es ahora incierta. Existe desde 2006 una ley de uniones civiles abierta a las parejas del mismo sexo, pero es muy restrictiva, pues excluye, entre otros, los derechos relativos a la seguridad social, herencia o adopción. En 2009 el Tribunal Constitucional dictaminó que era inconstitucional impedir a las parejas del mismo sexo que heredasen la propiedad del otro. Además, estipuló que el tratamiento diferente de las uniones civiles respecto al matrimonio constituía una discriminación por orientación sexual, lo cual violaba el artículo 14 de la Constitución de Eslovenia. Dio al Parlamento un plazo de seis meses para enmendar la situación, pero los distintos procesos electorales obstaculizaron el cumplimiento de ese mandato.

En 2014, el ministro de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales presentó un nuevo proyecto de uniones civiles abierto a las parejas del mismo sexo, que otorgaba los mismos derechos que el matrimonio, exceptuando la adopción y el acceso a la reproducción asistida. Sin embargo, la iniciativa quedó en suspenso debido a unas nuevas elecciones anticipadas. El Gobierno entrante, finalmente, decidió aparcar el proyecto de ley y apostar por el matrimonio igualitario, aprobándolo en mayo de 2015. Queda por saber si ahora retomará el proyecto de ley de uniones civiles aparcado.

Fuente Dosmanzanas, Cueca.com y Cáscara Amarga,

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Los eslovenos votan el matrimonio igualitario durante esta semana. Hoy conoceremos el resultado.

Domingo, 20 de diciembre de 2015
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“Za” (Sí) al matrimonio igualitario

“Za” (Sí) al matrimonio igualitario

La ciudadanía de Eslovenia ha comenzado a dirigirse a las urnas para decidir si la ley aprobada el pasado mes de marzo que propone los derechos matrimoniales en términos de género neutro es anulada o no. El domingo conoceremos el resultado, pero hasta entonces varios representantes políticos y sociales han instado al país a conservar el derecho.

Los ciudadanos eslovenos votan esta semana en un referéndum sobre la derogación de la ley que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, aprobada por una amplia mayoría del Parlamento el 3 de marzo de 2015. La votación anticipada ya ha tenido lugar los días 15, 16 y 17 de diciembre, y concluirá el próximo día 20. Los votos contrarios al matrimonio igualitario no solo tienen que superar a los favorables, sino que además deben suponer al menos el 20 % del total del censo electoral esloveno. Los votos necesarios para invalidar la ley no se sabrán con exactitud hasta el mismo día del referéndum, dado los cambios que puede experimentar el censo, pero se prevé que rondarán los 343.000. Según las últimas encuestas, aunque los detractores de los derechos LGTB logran una pequeña ventaja sobre los partidarios, no lograrán alcanzar el total de votos exigidos para derogar el matrimonio igualitario.

El Parlamento esloveno fijó para el 20 de diciembre de 2015 la convocatoria de un referéndum para derogar la reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares aprobada el pasado 3 de mayo, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción homoparental. A pesar de que la ley fue respaldada por una amplísima mayoría de los representantes políticos (51 votos favorables frente a 28 en contra), los contrarios a los derechos LGTB lograron reunir las firmas suficientes para obligar a convocar una consulta popular para invalidarla.

Aunque inicialmente el Parlamento denegó la posibilidad del plebiscito, el Tribunal Constitucional lo consideró pertinente, por lo que finalmente ha tenido lugar. No obstante, el referéndum debe adaptarse a las exigencias de una enmienda Constitucional aprobada en 2013, que endurecía las condiciones para que se pueda derogar mediante consulta popular una ley aprobada por el Parlamento. El texto de la enmienda que se refiere a ese aspecto, dice literalmente:

Una ley será derogada mediante referéndum si una mayoría de los votantes que han emitido votos válidos vota en contra de la ley, siempre que al menos una quinta parte de todos los votantes calificados hayan votado en contra de la ley.

Es decir, además de obtener la mayoría de los votos, el total de votantes contrarios a la ley debe suponer al menos el 20% del total del censo electoral esloveno, independientemente del número de participantes en la consulta.

La Comisión Nacional Electoral estableció el pasado mes de noviembre las condiciones del referéndum. La votación tendría lugar a lo largo de las jornadas del martes 15, miércoles 16, jueves 17 y domingo 20 de diciembre, en horario de 7 a 19 horas. Su presupuesto no podría superar los 3.200.000 euros (3.463.000 dólares). Finalmente, ofrecía el dato del total de electores del censo esloveno en esa fecha, que ascendía a 1.715.518, y consiguientemente el total de votos negativos necesarios para derogar la ley si se mantuviera esa cifra, que debían ser al menos 343.104. La cifra exacta necesaria, sin embargo, no se sabrá hasta la misma jornada del 20 de diciembre.

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Integrantes del Parlamento Europeo, entre los que se incluye la Comisaria de Transportes de origen esloveno Violeta Bulc, han iniciado una campaña pública respaldando el respeto a la normativa, con el objetivo de evitar que se revoque la ley que da derechos igualitarios a las parejas hetero y homosexuales en el acceso a la institución matimonial.

A la espera del conocer los resultados del mismo, que se harán públicos este domingo, sus bases detallan que con una participación mayor del 20% su resultado será vinculante, con el consecuente riesgo de que sean cercenados los derechos matrimoniales de las parejas del mismo sexo.

Borut Pahor, Presidente de Eslovenia, ya ha respaldado públicamente su apoyo a la Ley. Y de acuedo con Eurobarómetro de 2015 el 54% de la ciudadanía eslovena está a favor del derecho, frente a un 40% que se opone.

Si el país apoya el respeto a la ley, se convertiría en el primer país de Europa Central que somete a consulta pública la conservación de este derecho, en un contexto que tiene como precedente que más de 10 países europeos ya han implementado leyes en favor del matrimonio entre personas del mismo sexoincluyendo a Irlanda, el primero que usó un referéndum para hacerlo-.

Un resultado incierto hasta el último momento

Las diversas encuestas realizadas en los últimos días ofrecen resultados contradictorios, dada la poca diferencia existente entre detractores y partidarios de los derechos LGTB, que parece dividir en dos partes casi iguales a la población eslovena. En lo que coinciden es en el perfil de ambos bandos: los favorables al matrimonio igualitario se encuentran en la izquierda política, las personas más jóvenes, los habitantes de las grandes ciudades y con estudios superiores; los contrarios son mayoritarios entre la derecha, las personas con bajo nivel educativo y profesional, las personas mayores y en el mundo rural.

Dos de los últimos sondeos, efectuados el 16 de diciembre, dan muestran de lo apretado del resultado previsto, pues cada uno de ellos otorga la victoria a un bando diferente por un margen de diferencia muy pequeño.

Según el diario Delo, un 40 % de los eslovenos votaría en contra del matrimonio igualitario y un 43 % lo haría a favor. El restante 17 % se mostraba indeciso.

En el sondeo efectuado por la empresa Episcenter, sin embargo, un 51,5 % afirma que votará en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo y un 48,5 % lo hará a favor. Episcenter ofrece además el porcentaje de participación en la consulta, que prevé en un 37,4 % del electorado. Las cifras entonces serían las siguientes:

  • Según Episcenter, el total del censo electoral esloveno al 11 de diciembre era de 1.714.050 ciudadanos.
  • La quinta parte de ese censo electoral es 342.810, que sería el total de votos negativos necesarios para derogar la ley de matrimonio igualitario.
  • La participación del 37,4 % daría un total de 641.055 votantes.
  • El 51,5 % de esos votantes que se prevé que voten negativamente ascendería entonces a 330.143, por lo que no se alcanzaría el mínimo necesario para invalidar la ley.

En todo caso, dado lo apretado de la diferencia entre detractores y partidarios, el margen de error de ese resultado previsto es muy amplio. Estaremos atentos a los resultados del domingo 20 de diciembre.

Una aprobación histórica puesta en la cuerda floja

19e0cdb28040b818b0af4fa5fcb0a5ddEl Parlamento de Eslovenia aprobó el 3 de marzo de 2015 una reforma de la Ley de Matrimonio y Relaciones Familiares que abría la institución a las parejas del mismo sexo y permitía además la adopción homoparental. La medida fue aprobada por una abrumadora mayoría  de 51 votos contra 28. A favor votaron los diputados de Izquierda Unida, los del centrista Partido de Miro Cerar (el actual primer ministro), los Socialdemócratas y los liberales de la Alianza de Alenka Bratušek. El Partido Democrático de los Pensionistas dejó libertad de voto a sus parlamentarios. En contra votaron los diputados del centroderechista Partido Democrático Esloveno y los del democristiano Nueva Eslovenia. Eslovenia se convertía así en el 13º país europeo en aprobar el matrimonio igualitario (posteriormente Irlanda sería el 14º). También era el primer país perteneciente a la antigua Europa del Este, y el primero de mayoría eslava, en hacerlo.

Pero los opositores al matrimonio igualitario se pusieron inmediatamente manos a la obra para conseguir la convocatoria de un referéndum que anulase la nueva redacción de la ley, tal y como sucedió en 2012, cuando una reforma mucho menos ambiciosa, referente a la adopción de los hijos de la pareja del mismo sexo, fue invalidada por un 54,55% de los votos en un referéndum cuya participación fue del 30,31%. En poco tiempo, los contrarios a los derechos LGTB lograron recoger las 40.000 firmas necesarias para instar la consulta popular, pero el Parlamento decidió de forma muy mayoritaria suspender el proceso, al considerar que el referéndum tenía como objeto derogar una ley que reconoce derechos fundamentales, y que por lo tanto sería contrario a la enmienda a la Constitución aprobada en 2013. Según dicha enmienda, no pueden ser sometidas a consulta popular “las leyes que supriman una inconstitucionalidad en el campo de los derechos humanos y las libertades fundamentales o cualquier otra inconstitucionalidad”.

Tribunal-Constitucional-de-Eslovenia-300x218Sin embargo, el bando homófobo decidió recurrir la resolución del Parlamento ante Tribunal Constitucional, al no considerar el matrimonio entre personas del mismo sexo un asunto de derechos humanos o libertades fundamentales, causando de ese modo la suspensión de su entrada en vigor hasta que se dilucidase el recurso. Comenzó también una fuerte campaña contraria a los derechos LGTB, a la que se sumó con entusiasmo la jerarquía de la iglesia católica. El arzobispo de Liubliana, Stanislav Zore, apoyó la convocatoria del referéndum contrario al matrimonio igualitario, pues, según sus palabras, viola “una de las verdades fundamentales de nuestra fe” que dicta que “el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer contraída de manera legal”.

Lamentablemente, los argumentos de los intolerantes convencieron a los miembros del Tribunal Constitucional, que resolvieron anular la disposición del Parlamento y permitir la convocatoria de la consulta popular. Como las 40.000 firmas necesarias ya habían sido recogidas, el Parlamento esloveno se vio obligado a fijar la fecha de celebración del plebiscito, haciéndolo, como hemos expuesto, para este 20 de diciembre.

Fuente Dosmanzanas y politico.eu / Redacción chueca

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