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El joven trans Gavin Grimm, gana una demanda de 1,3 millones de dólares a la escuela que le prohibió usar el baño correcto

Jueves, 2 de septiembre de 2021
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gavin-grimm-victoria-legal-696x522Gavin Grimm. (ACLU)

Punto final a una larguísima batalla jurídica de la que un joven adolescente trans, Gavin Grimm, sale triunfante. Y con él, los derechos de las personas trans en Estados Unidos.  En el contexto actual, dada la «supermayoría» conservadora del Supremo estadounidense tras la presidencia de Donald Trump (que en solo 4 años renovó a tres de sus nueve magistrados) supone una derrota inesperada del activismo transexcluyente y un alivio importante para el colectivo LGTBI.

Después de siete años de pelear contra Gavin Grimm, un hombre trans al que se le prohibió usar el baño correcto en la escuela, finalmente recibió un pago de $ 1.3 millones de la junta escolar que lo discriminó.

En 2014, cuando solo tenía 15 años, Grimm le dijo por primera vez a la Junta Escolar del Condado de Gloucester de Virginia: “Todo lo que quiero hacer es ser un niño normal y usar el baño en paz”.

Pero su simple solicitud lo llevó hasta la Corte Suprema y al centro de un debate nacional sobre el derecho a existir de las personas trans.

Cuando la junta escolar impidió que Grimm usara los baños de niños en su escuela y lo dejó “estigmatizado y aislado” al obligarlo a usar su propio baño privado, el entonces adolescente presentó una demanda por discriminación.

Representado por la ACLU y la ACLU de Virginia, Grimm sostuvo que la política de la junta iba en contra del Título IX, una ley de derechos civiles que prohíbe la discriminación basada en el sexo.

Su demanda se convirtió en un caso de prueba federal cuando el entonces presidente Barack Obama programó su envío a la Corte Suprema en 2017, pero volvió a las cortes inferiores una vez más al año siguiente después de que la administración Trump desechara una política de la era de Obama que protegía alumnos trans.

Un tribunal federal finalmente dictaminó que la prohibición de la junta escolar fue discriminatoria en 2019 y esto fue confirmado por un tribunal de apelaciones en 2020.

A principios de este año, la Corte Suprema denegó una apelación de la junta escolar, ya que presionó para intentar prohibir a los estudiantes trans el uso de los baños correctos.

En julio, el Tribunal Supremo de ese país ha decidido no tomar en consideración el recurso contra la decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito Judicial, que reconoce al Grimm el drecho a usar los baños de su instituto que corresponden a su identidad de género. La decisión del Supremo pone de manifiesto el escaso interés del máximo órgano jurisdiccional estadounidense en entrar a discutir a fondo el detalle de los derechos del día a día de las personas trans.

Finalmente, el jueves (26 de agosto), la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) anunció que se le había ordenado a la Junta Escolar del Condado de Gloucester pagar más de $ 1.3 millones en honorarios y costos de abogados a Grimm, llevando su caso a una resolución.

Gavin Grimm espera que los fanáticos aprendan que “la discriminación es una costosa batalla perdida”

Josh Block, abogado senior del ACLU LGBTQ and HIV Project, dijo en un comunicado: “Estamos contentos de que este largo litigio finalmente haya terminado y que Gavin haya sido plenamente reivindicado por los tribunales, pero no debería haber tomado más de seis años. de litigios costosos para llegar a este punto. Después de un año en el que las legislaturas estatales han presentado una cantidad sin precedentes de proyectos de ley dirigidos a los jóvenes trans, esperamos que la concesión de tarifas dé a otras juntas escolares y legisladores una pausa antes de que utilicen la discriminación para ganar puntos políticos”.

El propio Gavin Grimm, que ahora tiene 22 años, agregó: “En lugar de permitir que un niño tenga el mismo acceso a un entorno escolar seguro, la Junta Escolar de Gloucester decidió luchar contra este niño durante cinco años en una costosa batalla legal que perdieron. Espero que este resultado envíe un mensaje contundente a otros sistemas escolares, que la discriminación es una costosa batalla perdida”.

En definitiva, un triunfo muy relevante para los derechos de las personas trans en Estados Unidos en un momento en el que este colectivo está recuperando, de la mano de Joe Biden, los derechos que la administración Trump les retiró en el nivel federal. Eso no significa que su situación sea precisamente halagüena, dado que la ofensiva tránsfoba se ha trasladado ahora a los estados controlados por los republicanos. Esta batalla se ha ganado, pero la guerra continúa.

Fuente Pink News/Cristianos Gays

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Al menos 185 deportistas abiertamente LGTB participaron en los Juegos de Tokio, cifra que supera la de todos los juegos anteriores juntos

Miércoles, 1 de septiembre de 2021
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Tokyo-2020-logoAl menos 185 deportistas abiertamente LGTB compitieron en los pasados Juegos Olímpicos de Tokio, según el recuento de Outsports, medio dedicado al deporte LGTB. La cifra supera el total de deportistas abiertamente LGTB que habían participado en todos los anteriores juegos olímpicos. Un dato que demuestra el enorme salto en visibilidad que el mundo del deporte ha dado en los últimos años. 

En los juegos de Río, en 2016, participaron 55 deportistas abiertamente LGTB (de los cuales el 47% volvieron a casa con una medalla). En 2012, en Londres, fueron 20. Ahora, 185, una cifra muy superior. A ella contribuyen muy especialmente las 42 futbolistas que participaron en la competición de fútbol femenino, las 17 que lo hicieron en rugby y las 13 que lo hicieron en baloncesto. Y es que la visibilidad en el deporte olímpico sigue siendo cosa de mujeres, en una proporción de 9 a 1. Por equipos olímpicos nacionales, el de Estados Unidos fue el que más atletas abiertamente LGTB envió a Tokio (36), seguido de Brasil (18), Canadá (18), Países Bajos (17) y Reino Unido (16).

Por lo que se refiere a las medallas conseguidas, el «equipo LGTB» logró acumular, según el recuento de Outsports, 33 medallas. Las enumeramos:

Medallas de oro (11)

  • Alexandra Lacrabère y Amandine Leynaud, integrantes de la selección francesa de balonmano femenino, que se alzó con el oro.
  • Kellie Harrington (Irlanda), campeona olímpica de boxeo femenino, en la categoría de peso ligero.
  • Sue Bird, Chelsea Gray, Brittney Griner, Breanna Stewart y Dianna Taurasi, integrantes todas ellas de la selección estadounidense de baloncesto femenino que ganó el oro.
  • Quinn, Kadeisha Buchanan, Erin McLeod, Kailen Sheridan y Stephanie Labbe, jugadoras de la selección canadiense de fútbol femenino, ganadora de la competición.
  • Ana Marcela Cunha (Brasil), campeona olímpica de natación en la prueba de los 10 kilómetros en aguas abiertas.
  • Yulimar Rojas (Venezuela), campeona olímpica en triple salto (logró, además, batir el récord mundial).
  • Amandine Buchard (Francia), campeona olímpica de judo en la modalidad de equipo mixto.
  • Kelly Brazier, Gayle Broughton, Ruby Tui y Portia Woodman, integrantes de la selección neozelandesa de rugby femenino.
  • Emma Twigg (Nueva Zelanda), campeona olímpica de remo, en la modalidad de scull individual.
  • Stefanie Dolson, integrante de la selección estadounidense de baloncesto 3×3, que ganó el oro.
  • Tom Daley (Reino Unido), todo un icono de visibilidad, que se hizo con el oro olímpico en la modalidad de salto sincronizado desde plataforma de 10 metros.

Medallas de plata (13)

  • Sofía Maccari (Argentina), jugadora de la selección argentina de hockey sobre hierba.
  • Ana Carolina y Carol Gattaz (Brasil), jugadoras del equipo brasileño de voleibol femenino.
  • Ramsey Angela (Países Bajos), uno de los atletas integrantes del equipo holandés de 4×400.
  • Magdalena Eriksson, Lina Hurtig, Hedvig Lindahl y Caroline Seger, integrantes de la selección sueca de fútbol femenino.
  • Jolanta Ogar (Polonia), plata en vela clase 470.
  • Nesthy Petecio (Filipinas), plata en boxeo femenino, en la categoría de peso pluma.
  • Hannah Roberts (Estados Unidos), plata en ciclismo BMX estilo libre, prueba de parque.
  • Raven Saunders (Estados Unidos), plata en lanzamiento de peso femenino.
  • Astrid Guyart (Francia), plata en florete por equipos (esgrima).
  • Erica Sullivan (Estados Unidos), plata en natación, 1500 estilo libre femenino.
  • Katarzyna Zillmann (Polonia), plata en remo, modalidad de cuatro scull.
  • Amandine Buchard (Francia), que además de su oro en judo mixto sumó una plata en judo femenino, categoría 52 kg.
  • Ally Carda, Amanda Chidester y Haylie McCleney, integrantes de la selección estadounidense de sóftbol femenino.

Medallas de bronce (9)

  • Tom Daley, que además del oro antes mencionado consiguió un bronce en el salto desde plataforma de 10 metros individual masculino.
  • Susannah Townsend, Leah Wilkinson y Sarah Jones, integrantes de la selección británica de hockey sobre hierba femenino.
  • Megan Rapinoe, Tierna Davidson, Adrianna Franch Kelley O’Hara, integrantes de la selección estadounidense de fútbol femenino. Una nueva medalla para Rapinoe, otro icono global de visibilidad LGTB.
  • Jasmin Grabowski (Alemania), bronce en judo, modalidad de equipo mixto.
  • Raz Hershko (Israel), bronce en judo, modalidad de equipo mixto.
  • Lucilla Boari (Italia), bronce en tiro con arco femenino.
  • Sanne van Dijke (Países Bajos), bronce en judo femenino, categoría 70 kg.
  • Carl Hester (Reino Unido), bronce en hípica, modalidad de doma por equipos.
  • Larissa Franklin Joey Lye, integrantes de la selección canadiense de softbol femenino.

Quinn, primera persona trans no binaria en colgarse un oro olímpico

CE9CD929-6A59-4838-B327-B58075E898AEEntre las medallas de plata arriba mencionadas, se encuentra la de Quinn, integrante de la selección canadiense de fútbol femenino, que hizo historia al convertirse en la primera persona trans no binaria en colgarse una medalla de oro olímpica: Canadá derrotó a Suecia en la tanda de penaltis de la final.

Conviene precisar que en este caso Quinn participaba en la competición femenina en función del sexo que le fue asignado al nacimiento. De hecho, Quinn debutó con la selección canadiense de fútbol femenino en 2014, bajo el nombre de Rebecca Quinn, y ya ganó la medalla de bronce en los Juegos de Río, en 2016. Sin embargo, no fue hasta el pasado otoño cuando dio el paso de salir del armario y visibilizarse como persona trans no binaria, momento en el que comenzó a emplear pronombres neutrales en género. «Recibo mensajes de jóvenes que dicen que nunca antes habían visto a una persona trans en los deportes. El deporte es la parcela más emocionante de mi vida. Si consigo que los niños practiquen los deportes que aman, ese será mi legado, para eso estoy aquí», declaró Quinn tras batir a la selección estadounidense en la semifinal olímpica.

Asimismo, tras el partido que le dio el oro, Quinn afirmó sentir orgullo al ver su nombre en la alineación de Canadá, pero al mismo tiempo tristeza al pensar en todas aquellas personas que antes participaron en unos Juegos Olímpicos «que no fueron capaces de vivir su verdad». Quinn aseguró también ser consciente de la discriminación a la que aún hacen frente las personas trans.

Laurel Hubbard, primera mujer abiertamente trans en competir en unos Juegos

0C7B6989-10F6-450B-A223-908FBC1F3D08Por otra parte, si de personas trans hablamos, no podemos olvidar la gesta de Laurel Hubbard, primera mujer abiertamente trans en participar en unos Juegos Olímpicos en una categoría distinta a la del sexo que le fue asignado al nacimiento. Hubbard, que transicionó en 2012, comenzó a competir internacionalmente en 2017. Fue ese año cuando logró el que posiblemente es su mayor éxito deportivo hasta la fecha, una medalla de plata en los campeonatos mundiales. En Tokio, Hubbard debutó en halterofilia femenina, categoría +87 kg.

Laurel Hubbard falló sus tres intentos en la modalidad de arrancada, por lo que quedó fuera de la competición. En cualquier caso, ya había hecho historia.

España: Marc Tur sale del armario

Por lo que se refiere a la participación LGTB española en los Juegos de Tokio, dos son los nombres que aparecen en el listado de Outsports: la tenista Carla Suárez (que volvió a la competición tras su reciente recuperación de un linfoma de Hodgkin) y el marchador Marc Tur.

Marc Tur, que por cierto se quedó a las puertas de la medalla (fue cuarto en la competición de 50 km. marcha), se visibilizaba públicamente como gay coincidiendo con su participación en los Juegos Olímpicos. «Soy abiertamente gay, ni soy de los primeros Olímpicos homosexuales en reconocerlo, ni espero ser de los últimos por el hecho de darle más visibilidad al colectivo. Ellos me ayudaron a romper con mis inseguridades, mis miedos y me enseñaron a luchar por lo que quiero sin importar el resto. Aunque parezca mentira, esos sentimientos negativos que pude llegar a tener en su día los he transformado en algo por lo que luchar y me ayuda a sacar todas mis fuerzas cuando estoy compitiendo. En un mundo en el que todavía queda mucho por hacer, cada granito cuenta». tuiteaba el 13 de agosto, días después de concluir los Juegos.

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Sin embargo, ya el pasado 28 de junio, Día del Orgullo LGTBI, Marc Tur se visibilizaba a través de su cuenta en Instagram con un mensaje realmente comprometido, que reproducimos:

Un día al año para recordarlo, 365 para aplicarlo. El 28 de junio de 1969 un grupo de jóvenes valientes hicieron historia sobre lo que en aquel momento era ilegal. Inciaron unas protestas en el Stonewall de Nueva York, marcarían un antes y un después en los derechos básicos del colectivo LGTBI. Menos mal que 50 años más tarde las cosas han cambiado: se ha despenalizado ser homosexual, no hay barreras para las personas trans, hay igualdad en todos los aspectos de la vida… ¿Pero, realmente es así? Si hablamos de aquellos países más desarrollados, así es (o por lo menos legalmente) pero en buena parte del mundo todavía está penalizado.

En nuestro país presumimos de ser pioneros en este tema, puedes ser quien quieras ser. Sin embargo, todavía quedan muchos «peros»:

  • Rara es la semana que no haya agresiones homófobas y tránsfobas.
  • El bullying entre los adolescentes puede llegar a acabar en suicidio por ser diferente al resto.
  • 8 de cada 10 personas trans no encuentran trabajo o la búsqueda se convierte en una auténtica pesadilla.

El simple hecho de que te insulten por la calle por besar o ir cogido de la de la mano de una persona del mismo sexo, como me ha ocurrido a mi, o como le ha ocurrido a gran parte del colectivo.Estas y muchísimas más razones son por las que tenemos que seguir celebrando y visualizando el orgullo LGTBIQ. Hemos avanzado mucho en estos 50 años, pero todavía ser homosexual sigue siendo ilegal en 70 países, en 9 de los cuales se castiga con pena de muerte. Se ha luchado mucho, pero aún queda mucho por conseguir.

Fuente Dosmanzanas

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Importantísima sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a favor de una madre trans a la que la justicia rusa denegó el contacto con sus hijos

Miércoles, 14 de julio de 2021
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tribunal-de-estrasburgoImportante sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha condenado a Rusia por no permitir a A.M., una mujer trans, continuar viendo a sus hijos una vez que esta transicionase y fuese reconocida legalmente como mujer. Los tribunales rusos dieron la razón a la otra madre, que argumentó que el contacto de su ex con los niños era perjudicial para su salud mental y su moralidad. El alto tribunal europeo, en un fallo unánime, considera que la prohibición viola los artículos 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) de la Convención Europea de Derechos Humanos.

A.M. se casó en 2008 con otra mujer de la que se divorció en 2015. En ese tiempo tuvieron dos hijos, nacidos en 2009 y 2012. Después del divorcio A.M, consiguió ver reconocida legalmente su identidad femenina, algo que en Rusia solo es posible después de someterse a un proceso de reasignación. En se momento la otra madre comenzó a poner impedimentos al derecho de visita de A.M. a sus hijos. Una historia, en definitiva, muy parecida a la de tantas otras mujeres trans en diferentes lugares del mundo.

En este caso, si embargo, la otra madre lo tuvo fácil, teniendo en cuenta el marco legal al que se enfrentan las personas LGTBI en Rusia: le bastó con argumentar ante los tribunales rusos que el contacto de A.M. con sus hijos era perjudicial para su salud mental y moralidad, distorsionaba su percepción de la familia y les «exponía» a información sobre las «relaciones sexuales no tradicionales» (el elemento central de la ley rusa contra la «propaganda homosexual»). Los tribunales rusos le dieron la razón.

La batalla jurídica llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ahora, en un fallo de gran importancia para los derechos de las personas trans, ha determinado de forma unánime que Rusia violó en este caso los derechos 8 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos, referidos al derecho al respeto a la vida y familiar y a la prohibición de la discriminación, respectivamente. En este último caso el alto tribunal vuelve a recordar que de acuerdo a su doctrina consolidada la identidad de género está cubierta por el derecho a la no discriminación.

No sabemos hasta qué punto la sentencia tendrá un efecto inmediato sobre la vida de A.M., teniendo en cuenta que, según el relato del caso que hace el alto tribunal europeo, la otra madre se trasladó a vivir con los hijos de ambas a un lugar desconocido, y A.M. no tiene información alguna de dónde ni cómo se encuentran. Pero al menos ahora cuenta con armas legales con las que continuar la batalla. El Estado ruso, además, deberá abonarle algo más de 10.000 euros (entre indemnización por daños causados y costas) pese a que la mujer no solicitaba indenmización pecuniaria en su demanda. De lo que no cabe ninguna duda es de que sentencia sienta un importantísimo precedente para los derechos de las personas trans en toda Europa. No es de extrañar que desde Transgender Europe e ILGA -Europa, dos organizaciones paragüas que agrupan a organizaciones trans y LGTBI de todo el continente, lo hayan considerado histórico.

 Fuente Dosmanzanas

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Gavin Grimm, el adolescente que llevó a los tribunales su lucha por usar los baños masculinos de su instituto, logra una importante victoria para los derechos trans en Estados Unidos

Jueves, 8 de julio de 2021
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gavin-grimm-victoria-legal-696x522Punto final a una larguísima batalla jurídica de la que un joven adolescente trans, Gavin Grimm, sale triunfante. Y con él, los derechos de las personas trans en Estados Unidos. El Tribunal Supremo de ese país ha decidido no tomar en consideración el recurso contra la decisión de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito Judicial, que reconoce al Grimm el drecho a usar los baños de su instituto que corresponden a su identidad de género. La decisión del Supremo pone de manifiesto el escaso interés del máximo órgano jurisdiccional estadounidense en entrar a discutir a fondo el detalle de los derechos del día a día de las personas trans. Algo que en otros momentos podría ser visto como negativo pero que en el contexto actual, dada la «supermayoría» conservadora del Supremo estadounidense tras la presidencia de Donald Trump (que en solo 4 años renovó a tres de sus nueve magistrados) supone una derrota inesperada del activismo transexcluyente y un alivio importante para el colectivo LGTBI.

A continuación hacemos un repaso de la historia de Gavin Grimm y de su batalla jurídica. Tras salir del armario como chico en 2014, el adolescente comenzó a usar los baños que correspondían a su identidad masculina en su instituto de Gloucester (Virginia). Aparentemente ello no le supuso problema alguno con sus compañeros, pero cuando la noticia llegó a oídos de los padres, un grupo de ellos solicitó al Consejo Escolar del condado que se le habilitase un baño separado. El joven, asistido por la ACLU (American Civil Liberties Union), demandó al instituto ante la justicia federal en junio de 2015, al considerar que la medida suponía una violación del Título IX, la ley federal que desde principios de los años setenta prohíbe a toda institución educativa que reciba fondos del Gobierno discriminar por razón de sexo.

Cuando el juez federal Robert Doumar estudió el caso en primera instancia, denegó la petición de Gavin, pero el joven apeló. Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 4º Circuito (con jurisdicción sobre los estados de Virginia, Virginia Occidental, Maryland, Carolina del Norte y Carolina del Sur) le dio la razón, por 2 votos contra 1, al considerar que el derecho del adolescente a usar los baños que corresponden a su identidad de género en efecto podía considerarse amparado por la legislación federal que prohíbe la discriminación por razón de sexo en las escuelas. Una decisión coherente con las directrices que en abril de 2014 había emitido el departamento de Educación de Estados Unidos bajo la administración Obama, según las cuales las protecciones derivadas del Título IX se extendían también a los estudiantes LGTB (si bien la Corte de Apelaciones reconocía en su argumentación que la equivalencia jurídica entre «sexo» e «identidad de género» no está bien clarificada).

Una decisión que el Consejo Escolar del condado de Gloucester apeló directamente al Tribunal Supremo, solicitando de este que con carácter urgente la orden quedase temporalmente invalidada en tanto se desarrollase el proceso legal. Algo a lo que el Tribunal Supremo accedió por 5 votos contra 3. Ya avanzada la batalla legal, el departamento de Educación de Obama había enviado en mayo de 2016 a todos los distritos escolares del país unas nuevas directrices que de forma expresa abordaban el tratamiento de los estudiantes trans y que cubrían, entre otros, el uso de baños públicos y vestuarios acordes a su identidad de género.

La llegada al poder de Donald Trump en enero de 2017, y junto a él de toda una corte de políticos contrarios a la igualdad jurídica de las personas trans, convertía en papel mojado los esfuerzos de la administración Obama. La instrucción sobre los estudiantes trans quedaba revocada a los pocos días de la toma de posesión de Trump, de forma que estos perdían la protección federal y su situación quedó en manos de los estados. Tras el cambio en la política del departamento de Educación, el Tribunal Supremo, que como explicamos antes había paralizado cautelarmente a requerimiento del instituto la orden de que Grimm pudiese usar el baño de chicos, decidió devolver la patata caliente a los tribunales de ámbito inferior para que reevaluaran el caso. En agosto de 2019, la jueza federal Arenda L. Wright Allen emitió una primera sentencia a favor de Grimm, pese a que este, ya por su edad, había abandonado el instituto. Pero el Consejo Escolar del condado recurrió y el caso volvió a la Corte de Apelaciones del 4º Circuito, que en agosto de 2020 insistía de nuevo por 2 votos a 1 en que la decisión de prohibir a Grimm el uso de los baños acordes a su identidad de género era inconstitucional. El tribunal ciataba además en su argumentación una reciente sentencia del propio Tribunal Supremo que prohibía la discriminación laboral basada en la orientación sexual o la identidad de género.

En un casi perfecto déjà vu, el Consejo Escolar del condado de Gloucester volvió a recurrir al Tribunal Supremo, seguramente convencido de que gracias a su actual composición este le daría finalmente la razón. Sin embargo, para sorpresa de muchos, el pasado 28 de junio el alto tribunal comunicaba su decisión de no tomar en consideración el caso, de forma que el fallo del 4º Circuito de Apelaciones es ya firme. Poco se conoce sobre las deliberaciones del Supremo a la hora de decidir por qué no estimaron la apelación, aunque el comunicado del alto tribunal menciona de forma expresa que dos de los magistrados de su mayoría conservadora (Clarence Thomas y Samuel Alito) se opusieron.

En definitiva, un triunfo muy relevante para los derechos de las personas trans en Estados Unidos en un momento en el que este colectivo está recuperando, de la mano de Joe Biden, los derechos que la administración Trump les retiró en el nivel federal. Eso no significa que su situación sea precisamente halagüena, dado que la ofensiva tránsfoba se ha trasladado ahora a los estados controlados por los republicanos. Esta batalla se ha ganado, pero la guerra continúa.

Fuente Dosmanzanas

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No hay varón ni mujer (Gal 3,28). La familia, una historia pendiente

Lunes, 5 de julio de 2021
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206451771_1881792688664581_3729314558188041040_nDel blog de Xabier Pikaza:

“Una historia pendiente, no sólo para la iglesia, sino para el conjunto de la humanidad”

Los medios siguen hablando de la diversidad sexual (día-gay, grupos Lgtbi) y de la identidad personal de los seres humanos, que pueden escoger su género “real” (ley-trans), de forma que en el DNI se pueda poner no sólo V (varón), M (mujer), sino tercera casilla con O (=otras identidades).

El tema DNI es secundario y se podría resolver quitando esas casillas de sexo. Lo importante es el fondo, la identidad humana. Es un tema complejo complejo y no hay respuestas fijas, pero podemos plantearlo mejor, desde el principio bíblico, en este año 2021, dedicado oficialmente a la “la familia”.

No se trata de negar la realidad (como algunos piensan), ni de decir que todo da lo mismo, sino todo lo contrario, de poner a los seres humanos ante su “verdad personal”. Estos cambios nos sitúan ante la mayor tarea humana de los últimos siglos, y aquí tiene mucho que decir el cristianismo.

Sin duda, el sexo influye mucho: Parece haber un “núcleo dominante” bi-sexual en los seres humanos, que se identifican (=les identifican) como varones o mujeres. Pero hay espacios liminares, o, quizá mejor, núcleos borrosos (=enriquecedores) en los que las personas se definan de otras formas, en línea homo- y/o trans-sexual (en la línea de los eunucos de Mt 19, 12).

Esos “bordes y/ nucleos porosos” puede resultar amenazantes, para algunos que se creen “seguros” porque son muy inseguros, de forma que ellos responden con críticas, desprecios e incluso violencia a los que piensan y viven de un modo distintos. Pero esos “distintos” (¡todos lo somos de algún modo!) pueden ofrecer y ofrecen muchas veces formas de comprensión y vivencia humana más alta.

Esa diversidad no es amenaza o maldición para la “clase” bi-sexual  (que es una forma intensa de expresar el amor), sino que puede y deber ser una bendición y camino de enriquecimiento de la humanidad, según el evangelio y la nueva sensibilidad antropológica.

Algo he pensado sobre este tema e incluso he publicado un estudio desde la perspectiva de las religiones y otro desde la Biblia, con subtítulo programático: “Una historia pendiente”. El tema de familia es, sin duda, una historia pendiente, no sólo para la iglesia, sino para el conjunto de la humanidad.

Divido mi reflexión en cuatro partes. Por favor, quien quiera ver pronto mi respuesta vaya a la cuarta parte. Los demás pueden empezar por la primera.Buen de día a todos, y buena familia.    

1. Hay un Antiguo Testamento… Una historia pendiente

     Nuestro “Antiguo Testamento” (es decir, la ley antigua), interpreta la familia en forma jerárquica (supremacía del varón) y bi-sexual (matrimonio de varón como mujer). Ciertamente, en sentido estricto, el Dios de ese Antiguo Testamento no es varón ni mujer (aunque suele tomar formas y signos de varón patriarcal). Eso significa que no hay una “pareja sexual divina” (Dios y Diosa). La divino es más bien la Vida en plenitud (eso que los judíos llamaban Yahvé: el que es, el que hace ser-vivir).

De todas formas, en ese contexto antiguo, los profetas judíos aplicaban la dualidad sexual de amor a la relación entre Dios y los hombres. Dios era padre-marido amoroso de la humanidad; la humanidad era la esposa-amada (y en el fondo protegida) por el Dios esposo superior. Esa clave de amor esponsal, que se refleja sobre todo en los profetas, sigue siendo aún conmovedora. Así nos emocionan y remueven palabras como ésta:

 imagesYa no te llamarán abandonada, ni a tu tierra devastada,porque el Señor te prefiere a ti y tu tierra tendrá marido. Como un joven se casa con su novia así te desposa el que te ha creado;la alegría que el esposo encuentra con su esposa la hallará tu Dios contigo (Is 62, 4-5).

Ese símbolo esponsal nos sigue emocionando porque alude a la existencia como encuentro de amor y habla de Dios como el padre/amigo varón cuyo gozo consiste en dar gozo a los hombres. Pero este modelo está fundado sobre una experiencia asimétrica y jerárquica del matrimonio. El esposo es a la vez amigo y dueño: ama y se entrega a su mujer, pero se encuentra siempre arriba, dominando y dirigiendo la existencia de su esposa. La esposa, por su parte, se introduce en ámbito de amor, pero sigue estando dominada por el esposo: por eso es símbolo del pueblo de Israel que está en las manos del Señor-Esposo transcendente.

     Este simbolismo matrimonial, interpretado así en forma jerárquica, puede aplicarse después de un modo cristiano (cristológico y eclesial) de un modo que no responde al principio radical del evangelio de Jesús, expresado en forma de libertad e igualdad entre seres humanos, varones y/o mujeres, que no se definen ya como varones o mujeres, sino como personas. Pues bien, en contra de esa igualdad se ha elevado una tradición de san Pablo insistiendo en el “matrimonio” como relación entre desiguales, apoyándose en una forma muy parcial de entender a Jesucristo:

Cristo es cabeza de todo varón;el varón es cabeza de la mujer;y la cabeza de Cristo es Dios» (1 Cor 11, 3).

Por eso, la iglesia puede presentarse como esposa de Jesús porque en su misma condición de esposa-mujer se encuentra sometida ya al esposo universal que es Cristo. Esta línea simbólica culmina en el texto fundamental de la tradición (post-)paulina:

            Las mujeres deben someterse a sus propios maridos como al Señor. Porque el varón es cabeza de la mujer, como el Cristo es cabeza de la iglesia, el mismo Cristo que es el salvador del cuerpo. Pues bien, como la iglesia se somete a Cristo también así las esposas a sus maridos en todo. Los varones que amen a sus mujeres, como Cristo amó a su iglesia y se entregó por ella… Así conviene que los varones amen a sus mujeres como a su propio cuerpo (Ef 5, 22-28).

      El texto continúa en esa línea, reinterpretando en clave de dominio masculino la unidad primaria del varón y la mujer que ha establecido Gen 2, 24 cuando dice que ellos forman «un cuerpo». Ahora es la mujer la que aparece más directamente como cuerpo del esposo: ella es objeto de amor y de cuidado, pero no tiene autonomía; carece así de personalidad frente al marido, al que «debe obedecer en todo» (Ef 5, 33).

     Desde el momento en que el matrimonio se estructura en línea jerárquica, Dios y Jesucristo se conciben en clave de varón, dentro de eso que puede llamarse patriarcalismo del amor. Ciertamente, el varón tiene que amar, como ama Cristo; pero ama desde arriba, como patriarca y responsable que dirige y organiza la marcha de la casa. La esposa es una especie de sierva muy amada, como realidad inferior a la que debe cuidarse y ayudarse. Lógicamente, la humanidad entera aparece ante Dios (y ante Jesús) como mujer: realidad inferior y muy amada a la que el mismo Dios eleva al misterio de sus bodas, en símbolo que asume de forma impresionante ApJn 21-22.

Ciertamente, el amor vincula en forma estrecha a los esposos; pero Cristo sigue siendo la cabeza, en forma de varón, frente a una iglesia que se entiende como femenina. De esta forma se vinculan los rasgos de lo masculino-femenino, en relación con Dios y con los hombres, en esquema jerárquico de amor y de sometimiento.

 2. Modelo dual. Igualdad y diferencia entre varón y mujer. Una historia recomenzada

la-familia-en-la-bibliaEL modelo anterior tiene ventajas y valores, que deben conservarse y potenciarse. Pero muchos creyentes, y especialmente las mujeres, han pensado que el esquema jerárquico que emplea resulta inadecuado. En nuestro tiempo no se puede hablar de la mujer como inferior o sometida; no se puede utilizar el simbolismo de la unión matrimonial de tal manera que la esposa venga a interpretarse como dominada, dirigida por el gesto activo del esposo.

Hemos superado (o queremos superar) ya para siempre la visión jerárquica del matrimonio, donde las funciones del esposo y de la esposa resultan asimétricas. Por eso no podemos hablar de un «Dios esposo» (superior, varón) que se vincula con la «humanidad esposa» (inferior, mujer). ¿Tendremos que dejar por siempre el simbolismo matrimonial?

     Algunos han pensado que ese símbolo matrimonial es importante, y han buscado una respuesta nueva en la misma palabra de la Biblia cuando alude a la unión en igualdad del varón y la mujer, conforme a la palabra primigenia: y creó Dios al hombre (=ser humano) a su imagen; a imagen de Dios lo creó; varón y mujer los creó (Gen 1, 27).

     En esta palabra se supone que el varón no es anterior a la mujer (ni lo contrario). Ambos surgen en su mutua referencia formando la unidad primera de lo humano. Por eso, «el hombre» no es varón: es el varón y la mujer. Más aún, en esa línea se puede hablar de formas distintas de realizar la travesía humana de la vida.

Desde aquí puede entenderse también otro texto de la creación. Hay un  Adán solitario que da nombre a plantas y animales, no es aún estrictamente humano. Ese Adán, ser humano en general, se humaniza cuando encuentra y acepta, cuando asume y potencia la existencia de otros seres humanos que le acogen le impulsan… Leer más…

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Clasificación anual sobre derechos LGTBI en Europa: inoperancia legislativa global y descenso de España a 8ª posición por la falta de legislación que ampare adecuadamente los derechos trans

Miércoles, 26 de mayo de 2021
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Ilga-Europa-2021-Mapa-1536x1086Igual que el año pasado, ILGA Europa ha emitido por separado su informe anual sobre la situación de los derechos LGTBI en el continente europeo (y Asia occidental) y la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. Por sexto año consecutivo, Malta encabeza la clasificación con amplitud, debido al gran número de medidas legislativas que ha tomado en los últimos años. El año 2020 ha sido prácticamente inoperante en cuando a la implementación de nuevas disposiciones legislativas a favor de los derechos LGTBI en Europa. Ninguna en materia de derechos de las parejas del mismo sexo. En cuanto a la identidad de género, tan solo se puede contar con el reconocimiento legal de las personas no binarias en Islandia. Incluso las disposiciones aprobadas en años anteriores han terminado sin ser finalmente resueltas por expiración de plazos, como en el caso de Noruega, Albania o Ucrania.

Como ocurrió el año anterior, ILGA Europa ha distanciado la publicación de su informe anual sobre los derechos LGTBI en el continente europeo de la elaboración de la clasificación por países. En el informe, publicado en el mes de febrero, destacaba que la pandemia mundial causada por la COVID-19 ha puesto de manifiesto la debilidad del progreso alcanzado en cuanto a los derechos LGTBI, especialmente vulnerable a la explotación por parte de quienes se oponen a los derechos humanos. Los informes recibidos por ILGA Europa desde los distintos países han señalado un aumento de los abusos y de la incitación al odio contra las personas LGTBI tanto en el ámbito familiar como social, destacando sobre todo la utilización por parte de funcionarios gubernamentales y representantes de fuerzas políticas para usar a la población LGTBI como chivo expiatorio de la pandemia.

Como herramienta útil complementaria a dicho informe, ILGA Europa ha dado a conocer ahora la clasificación por países y el mapa interactivo, que ofrecen información detallada sobre los derechos LGTBI en el continente. La clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje en el que influyen todas las medidas implementadas en distintas materias. Este año no ha habido cambios en la valoración de cada apartado, por lo que es más sencilla la comparación con los datos del año anterior. Las medidas respecto a la igualdad y no discriminación son el 25 % de la puntuación total, el derecho de familia representa el 20 %, los crímenes y discursos de odio también son el 20 %, el reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal otro 20 %, las libertades de reunión, asociación y expresión el 8 % y el asilo un 7 %. El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial. También se debe tener en cuenta que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA Europa.

En el apartado del reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal, este año se han valorado dos nuevos indicadores: el reconocimiento legal de las personas no binarias y la existencia de procedimientos legales para el reconocimiento del género en menores de edad. Eso ocasiona que suba o baje la puntuación respecto al año anterior aunque no haya habido cambios legislativos, teniendo en cuenta si se cumplen o no con estos nuevos indicadores.

En cuanto a la consecución de logros en los seis apartados mencionados, el conjunto de los países europeos obtiene un porcentaje total del 38 %, mientras que los miembros de la Unión Europea alcanzan el 48 %. Este es el detalle por apartados:

Ilga-Europa-2021-Cumplimiento-EuropaIlga-Europa-2021-Cumplimiento-Espana

La clasificación de los países europeos

La lista de países europeos según su porcentaje de consecución de los objetivos es la siguiente:

Ilga-Europa-2021-Clasificación-por-países

Aquí tenéis también el mapa con los porcentajes obtenidos por cada país (podéis pinchar en él para ampliarlo):

Ilga-Europa-2021-Mapa-1536x1086

También podéis ver el grado de cumplimiento de los países en cada apartado en este índice (podéis pinchar en él para ampliarlo):

Ilga-Europa-2021-Indice-1536x1086

Malta vuelve a encabezar con holgura la clasificación, debido a las grandes medidas legislativas tomadas en los últimos años respecto a la identidad de género, la prohibición de los tratamientos quirúrgicos innecesarios a las personas intersexuales, la adopción homoparental, la prohibición de las terapias de reconversión de la orientación sexual y el matrimonio igualitario. Pero este año sigue incrementando su puntuación hasta alcanzar el 93,78 % de consecución de objetivos, debido a que ha añadido las características sexuales entre los motivos protegidos en su Ley de Refugiados y ha publicado nuevas directrices políticas para las solicitudes de asilo LGBTI. Malta también ha obtenido puntos por cumplir con los nuevos indicadores de ILGA Europa de reconocimiento del género no binario y amparo legal al reconocimiento de género en menores.

La mayor caída en la clasificación en este año es la de Dinamarca, que ha perdido un 3,80 % en la puntuación debido a las irregularidades en el criterio de despatologización, ya que el acceso a la asistencia sanitaria específica para personas trans sigue estando vinculado a una evaluación de salud mental. Georgia también pierde un 3,73 % por la falta de un procedimiento claro para el reconocimiento legal del género y a la arriesgada situación de los defensores de los derechos humanos del colectivo LGBTI en el país. Ucrania baja un 3,5 % gracias a la expiración de los planes de acción del gobierno en materia LGTBI.

ILGA Europa también señala el descenso de Polonia a causa de la pérdida de espacio de la sociedad civil, ya que la policía ataca activamente a las personas LGTBI durante los actos públicos, en lugar de protegerlas. También pierde puntos relacionados con la libertad de expresión, debido a las resoluciones anti-LGTBI aprobadas por los gobiernos locales. Polonia es el país de la Unión Europea que ocupa la peor posición en la clasificación.

Bosnia-Herzegovina y Macedonia del Norte mejoran su puntación gracias a la mejora en la libertad de reunión en ambos países.

La situación en España

El año 2020 no hubo ningún avance legislativo de ámbito nacional en España respecto a los derechos de las personas LGTBI. Sin embargo, los nuevos indicadores implementados por ILGA Europa este año han ocasionado que baje el porcentaje de consecución de logros de un 66,82 % a un 64,59 %, ya que España no reconoce legalmente a las personas no binarias. Debido a esto, España baja de la sexta a la octava posición en la clasificación general de este año.

El único avance legislativo reseñado por ILGA Europa es la aprobación de la Ley de Garantía de Derechos de Personas Lesbianas, Gais, Trans, Transgénero, Bisexuales e Intersexuales en Cantabria. El hecho que sea un procedimiento legislativo de ámbito local hace que no incida en la puntuación general, puesto que España ya había puntuado por tener legislaciones regionales de este tipo.

Ilga-Europa-2021-Cumplimiento-Espana

Cabe destacar que, mientras que en el resto de apartados España ocupa un lugar entre los diez primeros países en cuanto a la consecución de logros, en el del reconocimiento de la identidad de género baja hasta la 13ª posición. En su informe anual de febrero, ILGA mostraba su preocupación por el incremento de los discursos de odio contra las personas trans en 2020 y el hecho de que un sector del PSOE se haya unido al discurso de odio tránsfobo propio de la ultraderecha, al calificar el derecho de la autodeterminación de género como una amenaza al feminismo y clamar contra la llamada «teoría queer».

Con todo esto en cuenta, ILGA Europa hace las siguientes recomendaciones al Gobierno español:

  • Adopción de la Ley Trans para el reconocimiento legal del género a nivel nacional basado en la autodeterminación y libre de requisitos abusivos (como la esterilización, el diagnóstico médico, la intervención quirúrgica/médica o la restricción de edad), incluyendo una opción no binaria o de tercer género y la despatologización de las identidades trans.
  • Prohibir las terapias de conversión en todas las regiones.
  • Introducir políticas públicas de asilo que contengan una mención expresa a la orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo trans, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en en 2014 y en 2015. En 2016, ya fue Malta quien se hizo con la primera posición, debido a su avanzada legislación sobre identidad de género, puesto que repitió en 201720182019 y 2020. Este año vuelve a situarse en esa posición, incluso incrementando su puntuación, a considerable distancia de los demás. España ha descendido hasta el octavo puesto por su inoperancia legislativa en cuanto a los derechos de las personas trans y la falta de reconocimiento legal de las personas no binarias.

Fuente Dosmanzanas

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Pequeña victoria para las personas trans en Hungría: quienes iniciaron el proceso de reconocimiento de su identidad antes de entrar en vigor la ley que lo prohíbe podrán culminarlo

Martes, 13 de abril de 2021
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abascal-orbanimagesY Abascal, alumno aventajado del fascista Viktor Orbán

Ampliamos la noticia que ya publicábamos el mes pasado… Victoria para las personas trans que habían iniciado el proceso de reconocimiento legal de su identidad en Hungría antes de la entrada en vigor de la ley que lo prohíbe. El Tribunal Constitucional de ese país ha dictaminado que la mencionada ley no tiene efectos retroactivos. El dictamen de la alta corte húngara, sin embargo, no entra en el fondo del asunto y no invalida un texto que atenta contra la legislación internacional y contra su propia jurisprudencia.

Como en su momento recogimos, la Asamblea Nacional húngara, ampliamente dominada por las fuerzas de derecha, aprobó en mayo del año 2020, en plena primera ola de la pandemia del coronavirus, una ley «ómnibus» que incluye, en su infame Sección 33, la prohibición de que las personas trans e intersexuales puedan modificar legalmente el género que les fue asignado en el momento del nacimiento. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que permitía el cambio del género en los datos registrales y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación. En este sentido, se trataba de un marco jurídico más avanzado que, por ejemplo, el vigente todavía en España, que sí marca como norma (con solo unas pocas excepciones) la necesidad de un tratamiento hormonal. Se da la circunstancia, además, de que el propio Tribunal Constitucional de Hungría había fallado en 2018 a favor del derecho de las personas trans a ver reconocida legalmente su identidad de género.

Finalmente, el pasado 19 de mayo, solo dos días después de la conmemoración del Día Internacional contra la LGTBIfobia, la Asamblea Nacional húngara aprobaba la ley, posiblemente el mayor ataque lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea desde su fundación. Un órdago que, ya desde que fue anunciado, recibió una respuesta tibia por parte de resto de países de la Unión Europea y de la propia institución comunitaria. La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, se mostraba por aquel entonces preocupada por la respuesta húngara a la crisis del coronavirus (la asunción de poderes extraordinarios por su primer ministro, Viktor Orbán) y aseguraba estar «monitorizando las medidas» adoptadas, pero sin referirse explícitamente a la anunciada marcha atrás en los derechos de las personas trans e intersexuales. El Parlamento Europeo, por su parte, incluía en una resolución en la que demandaba una «acción coordinada de la Unión Europea para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias», un punto (el 48) en el que entre otras cuestiones rechazaba «enérgicamente» los «ataques a los derechos de las personas transgénero e intersexuales en Hungría». Preocupación y rechazo sin más valor que el meramente declarativo.

Ahora el Tribunal Constitucional húngaro ha revisado lo que sucede con las personas que ya iniciaron el procedimiento de modificación de sus datos registrales antes de la entrada en vigor de la mencionada Sección 33, varias de las cuales iniciaron en su momento un procedimiento judicial. La alta corte ha dictaminado que, en efecto, estas personas tienen derecho a que el procedimiento culmine, dado que la legislación no puede tener carácter retroactivo. El Tribunal de hecho, subraya en su sentencia que las leyes no pueden restringir derechos fundamentales y hace mención, en ese sentido, a su propia sentencia de 2018 a favor de que personas trans puedan ver reconocida legalmente su identidad.

La decisión del Tribunal Constitucional de Hungría, además de suponer una noticia importantísima para las personas a las que afecta directamente, supone un pequeño soplo de aire fresco en un país en el que los derechos LGTBI están siendo progresivamente recortados sin que la Unión Europea mueva un dedo para impedirlo, y da esperanza a los que, como la organización LGTBI húngara Háttér Society, tienen intención de desafiar ante los tribunales la totalidad de la Sección 33. Estaremos atentos.

Fuente Dosmanzanas

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Detenida una pareja en Molina de Segura (Murcia) por su acoso continuado a una mujer trans

Martes, 13 de abril de 2021
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TransfobiaaUn hombre de 34 años y una mujer de 33 han sido detenidos en Molina de Segura (Murcia) por un presunto delito de odio por su acoso continuado a una mujer trans. Un acoso que comenzó en 2019, cuando la víctima visibilizó su proceso de transición, pero que no ha denunciado hasta que su vida se convirtió en un auténtico infierno.

Según informa el diario murciano La Opinión, el acoso tránsfobo se remonta al verano de 2019, cuando la mujer comenzó a hacer visible su proceso de transición y la apreja ahora detenida comenzó a humillarla en cuanto tenía ocasión. Pese a todo, la víctima era reacia a denunciar, por miedo a las represalías, por lo que optó por modificar sus rutinas para evitar cruzarse con sus agresores. Pero estos continuaron su acoso, hasta el punto de amenazarla e incluso agredirla físicamente. Finalmente, la mujer denunció los hechos ante la Policía Nacional, que en colaboración con la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior, llevaron a cabo una investigación que permitió recabar indicios suficientes de la existencia de un posible delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas, procediendo a la localización y detención de los presuntos autores.

Siempre según La Opinión, se ha dado cuenta también al Juzgado de Instrucción de Molina de Segura para la adopción de las medidas oportunas, así como al Fiscal Provincial Delegado contra los Delitos de Odio y Discriminación.

Fuente Dosmanzanas

 

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La Asociación Americana de Psicología afirma que ser trans no es un trastorno mental

Viernes, 12 de marzo de 2021
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GettyImages-1056596670-12 de noviembre de 2018 (Foto de Mark RALSTON / AFP). )

La Asociación Estadounidense de Psicología (APA) adoptó una resolución que reprendía la terapia de conversión en pacientes trans, citando correctamente que ser trans no es un “trastorno mental”.

La APA es la organización científica y profesional líder que representa a la psicología en los EE. UU., Con más de 122,000 investigadores, médicos, consultores y educadores como miembros. La destacada asociación psicológica ha denunciado el uso de la terapia de conversión, el “tratamiento” peligroso y desacreditado para cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, para las personas trans.

En una resolución de febrero, la APA declaró que “las identidades y expresiones no binarias de género y transgénero son saludables” y que “la incongruencia entre el sexo y el género no es ni patológica ni un trastorno mental”.

La Asociación Estadounidense de Psicología señaló que “muchas personas transgénero y no binarias de género llevan vidas satisfactorias y tienen relaciones saludables”. Agregó que la terapia de conversión solo sirve para promover “el estigma y la discriminación contra las personas transgénero y de género diverso”.

La resolución también enfatiza que “las personas que han experimentado presión o coerción para ajustarse al sexo asignado al nacer o una terapia sesgada hacia la conformidad con el sexo asignado al nacer han informado daños como resultado de estas experiencias, como angustia emocional, pérdida de relaciones y baja autoestima ”.

Jennifer F Kelly, presidenta de la APA, dijo que hay un “creciente cuerpo de investigación” que muestra que las identidades de género transgénero o no binarias son “variaciones normales en la expresión humana del género. Los intentos de obligar a las personas a ajustarse a identidades de género rígidas pueden ser perjudiciales para su salud mental y su bienestar”, dijo Kelly.

La The Human Rights Campaign (HRC) aplaudió a la APA por denunciar la terapia de conversión trans. Alphonso David, presidente de la CDH, dijo que “no hay duda” de que “negar la identidad de género de una persona está mal. Es perjudicial para su salud mental, su salud física y su sentido general de autoestima, y esto incluye a los jóvenes”, dijo David. “El consenso de la [APA] refuerza aún más que debemos confiar en las personas transgénero y sus proveedores de atención médica para determinar el tratamiento para la atención de afirmación de género de acuerdo con las mejores prácticas médicas actuales; este no es el lugar para los políticos”. También advirtió que es “increíblemente peligroso cuando extraños pueden legislar decisiones de salud personal”.

La encuesta nacional 2020 del Proyecto Trevor encontró que el 10 por ciento de los más de 40,000 jóvenes LGBT + que respondieron a la encuesta se habían sometido a una terapia de conversión. El setenta y ocho por ciento de los jóvenes LGBT + que habían pasado por la terapia de conversión dijeron que ocurrió cuando tenían menos de 18 años.

El 61 por ciento dijo que se vio obligado a someterse a una terapia de conversión para cambiar su orientación sexual, el ocho por ciento dijo que era para cambiar su identidad de género y el 27 por ciento dijo que era para cambiar por la fuerza tanto su identidad de género como su orientación sexual.

Sam Brinton, vicepresidente de defensa y asuntos gubernamentales de The Trevor Project, dijo que la organización está “extremadamente agradecida” a la Asociación Estadounidense de Psicología por usar su plataforma y experiencia para “abogar por mejores resultados de salud para todos los jóvenes LGBTQ. Cuando se presiona a los jóvenes transgénero y no binarios para que se ajusten al sexo que se les asignó al nacer y acatar las rígidas normas de género de la sociedad, puede ser increíblemente dañino para su salud mental y sentido de sí mismos y contribuir a un mayor riesgo de suicidio. Es por eso que debemos unirnos para poner fin a la práctica peligrosa y desacreditada de la terapia de conversión y evitar que estas prohibiciones propuestas sobre la atención médica que afirme el género se conviertan en la ley del país”.

Al otro lado del charco, la terapia de conversión sigue siendo legal, a pesar de que el gobierno del Reino Unido prometió prohibirla El 28 de marzo, habrán pasado 1.000 días desde que los conservadores se comprometieron en 2018 a “erradicar” la práctica aborrecible como parte de su Plan de Acción LGBT +.

El primer ministro Boris Johnson dijo que la terapia de conversión “no tiene cabida en la sociedad civilizada” en julio pasado, pero él y la ministra de igualdad Liz Truss afirmaron que el gobierno tendría que investigar más antes de prohibir la práctica, que a menudo se ha comparado con la tortura.

Los profesionales de la salud mental, las comunidades religiosas y las organizaciones de derechos LGBT + se han unido en una coalición, organizada por Stonewall, para instar al gobierno a poner fin a la prohibición y poner fin a la terapia de conversión de una vez por todas antes de los 1.000 días de inacción del gobierno para Detenga la terapia de conversión.

“Ser LGBT + es hermoso, y no hay lugar en nuestra sociedad para las llamadas ‘intervenciones’ que nos digan lo contrario”, dijo la directora ejecutiva de Stonewall, Nancy Kelley. “El gobierno del Reino Unido debe dejar de dar vueltas y cumplir su promesa de introducir una prohibición legal total y poner fin a la terapia de conversión en el Reino Unido para siempre”.

La coalición está animando a las personas de todo el país a que envíen correos electrónicos a sus parlamentarios y expliquen por qué el Reino Unido necesita urgentemente una prohibición legislativa de la terapia de conversión. También está haciendo campaña para obtener apoyo especializado para los sobrevivientes y víctimas de la terapia de conversión LGBT +.

Las últimas noticias acerca de este esperpento de las falsas “terapias” fue que la Subsecretaria de DDHH de Chile Lorena Recabarren quería que la Ley Zamudio permitiese en ciertos casos las terapias para “curar” la homosexualidad o la transexualidad, lo que provocó las protestas del MOVILH. Antes, que la asociación española Abogados Cristianos se querella contra Ignacio Aguado por hacer pública la multa a la coach de terapias para personas LGTBI, y que, ante la protesta ciudadana, el Ministro de Educación de Israel se retractaba de su apoyo a las terapias de “curación” para gays. Y Canadá prohibirá las «terapias de conversión» a nivel nacional.

Una tendencia creciente a la prohibición

En Europa la pionera fue Malta, que aprobó una ley en 2016. Irlanda y el Reino Unido también están dando pasos en esta dirección. En España, mientras tanto, la prohibición de este tipo de intervenciones ha sido ya contemplada en varias normas autonómicas y es una de las disposiciones que prevé la prometida ley en favor de la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, que se discutió en el Congreso de los Diputados (aunque el PP intentó «colar»una proposición alternativa, en forma de enmienda a la totalidad, que no contemplaba este aspecto). Un proyecto que naufragó con la convocatoria de elecciones anticipadas.

En cualquier caso, conviene recordar que el Consejo General de la Psicología, órgano coordinador y representativo de los Colegios Oficiales de Psicólogos de toda España, emitió ya en 2017 un comunicado en el que recordaba que las intervenciones que prometen «curar» la homosexualidad carecen de fundamento. No es ninguna novedad, pero en estos momentos en los que la promoción de este tipo de intervenciones parece reverdecer en nuestro país (casos recientes como el de la “terapeuta” Elena Lorenzo o las charlas de Jokin de Irala o de Richard Cohen así parecen indicarlo) toda aclaración es bienvenida. Mientras, el año pasado sufrimos un seminario sobre ayudar a cambiar sentimientos homosexuales. En todos casos, nuestros amigos de HazteOir estuvieron ahí apoyando a los homófobos…

Mientras tanto, el Parlamento Europeo ha exigido la prohibición de estas terapias.

En EE.UU., gran aliado de Israel, California fue el primero en hacerlo en 2012, no sin controversia. Le siguieron el también estado de Nueva Jersey (varios meses después), Washington D.C. (cuyo Consejo legislativo aprobó la norma por unanimidad en 2014) y más tarde se sumaron los estados de  OregonIllinoisVermont,  Nuevo MéxicoRhode Island, Nevada, Connecticut, Washington,  Hawái, MarylandDelaware y New HampshireNueva York, Colorado y Massachusetts, cuyo texto entró en vigor el pasado 8 de abril tras la firma del gobernador republicano Charlie Baker.

En abril se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Y el pasado 8 de mayo, la Cámara de Representantes de Maine aprobó el proyecto de ley 1025 por 91 votos a favor (de demócratas, independientes y cinco republicanos) frente a 46 en contra (todos ellos republicanos). Su tramitación continuó en el Senado, donde salió adelante el día 21 de mayo por 25 votos afirmativos (de los demócratas y cinco republicanos), frente a 9 contrarios (todos republicanos).

Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo aprobó por ejemplo el pasado enero por decisión unánime de sus concejales.

En abril se les unía Puerto Rico, estado asociado a los Estados Unidos, aunque en este caso lo hacía mediante una orden ejecutiva firmada por su gobernador, Ricardo Roselló, después de que la Cámara de Representantes puertorriqueña rechazara tramitar un proyecto de ley aprobado por el Senado. Hay además numerosos condados y ciudades que haciendo uso de sus competencias locales han promulgado normas similares. Denver, precisamente la capital de Colorado, lo aprobó por ejemplo el pasado enero por decisión unánime de sus concejales, así como el estado de Utah.

Y en julio, era Ciudad de México quien prohibía las «terapias» de conversión de la orientación sexual y la identidad de género. Y en octubre de 2020, en el Estado de México.

No” rotundo de los especialistas a las “terapias” reparadoras.

“Terapias” reparadoras: no solo inútiles, también peligrosas

La comunidad médica mundial en su inmensa mayoría condena estas prácticas y lucha para que los gobiernos las prohíban. Precisamente en marzo de 2016 tenía lugar un histórico pronunciamiento de la Asociación Mundial de Psiquiatría en contra de las “terapias” reparadoras, intervenciones que no solo se han mostrado ineficaces para cambiar la orientación sexual de una persona, sino que resultan muy peligrosas. Prácticas contra las que ya antes se habían pronunciado numerosas organizaciones profesionales. La Asociación Americana de Psicología, por ejemplo, hizo ya en 2009 un llamamiento a los psicólogos para que las abandonasen definitivamente tras revisar la evidencia científica disponible y concluir que ya no resulta posible sostener que un paciente puede cambiar su orientación sexual a través de terapia, mientras que los daños potenciales de tales intervenciones pueden ser graves, incluyendo depresión y tendencias suicidas. Otras organizaciones que han alertado contra los riesgos de estas intervenciones son la Asociación Médica Británica, las más importantes organizaciones de psicoterapeutas del Reino Unido o, en España, el Colegio de Psicólogos de Madrid. Los testimonios de algunas de las personas atrapadas por las redes que promueven este tipo de prácticas (“ex-gais”) y que años después han conseguido liberarse son un buen ejemplo del daño que pueden llegar a sufrir.

En definitiva, la aplicación o recomendación de este tipo de prácticas van, hoy en día, en contra del conocimiento médico actual y de la lex artis que obliga a todo profesional sanitario.

Respecto al reto que suponen aquellas personas adultas que movidas por su fe religiosa conservadora acuden por voluntad propia a las consultas para cambiar su orientación sexual, ya desde hace años la Asociación Americana de Psicología recomienda ser “honestos” con ellos respecto a su eficacia, considerando que el objetivo en estos casos debe ser favorecer, sin imposiciones, la aceptación de la propia realidad. Posibles estrategias que sugería Judith Glasshold, la presidenta del comité que en 2009 revisó la evidencia disponible hasta esa fecha, eran insistir en determinados aspectos de la fe religiosa, como la esperanza y el perdón, frente a la condena de la homosexualidad, sugerir el acercamiento a confesiones religiosas que sí aceptan la realidad LGTB o, los casos más recalcitrantes, valorar la adopción del celibato como estilo de vida sin pretender cambiar la orientación.

«Nada que Curar», la guía que ayuda a combatir con información científica las denominadas terapias de conversión

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Fuente Pink News/Cristianos Gays

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Al menos 175 mujeres trans fueron asesinadas en 2020 en Brasil

Viernes, 5 de marzo de 2021
Comentarios desactivados en Al menos 175 mujeres trans fueron asesinadas en 2020 en Brasil

brasil-autodeterminacion-genero-personas-trans-696x522Ampliamos la noticia que adelantábamos el pasado mes:

Al menos 175 mujeres trans fueron asesinadas en 2020 en Brasil, un 29% más que en 2019. Unas cifras con las que el país sudamericano se asegura, una vez más, el primer puesto en el número de asesinatos tránsfobos en el mundo. Así lo pone de manifiesto el último informe publicado por ANTRA (Asociación Nacional de Travestis y Transexuales de Brasil) y el Instituto Brasileño Trans de Educación (IBTE). 

Las cifras son escalofriantes; al menos 175 transfeminicidios documentados a lo largo del año 2020. Solo en 2017 se registró un número superior (179), pero la cifra se había reducido algo en 2018 (163) y un poco más en 2019 (124). El año de la pandemia de covid-19, sin embargo, ha visto surgir un recrudecimiento de la violencia tránsfoba. São Paulo (29 asesinatos), Ceará (22), Bahía (19), Minas Gerais (17) y Río de Janeiro (10) son los cinco estados que encabezan la trágica clasificación. En total, el informe recoge 641 asesinatos de personas trans entre 2017 e 2020.

Por lo que se refiere a las edades de las víctimas, solo en 109 casos ha sido posible documentar el dato. El 56% de ellas tenía menos de 29 años (la víctima más joven tenía solo 15 años). El 28,4% tenía entre 30 y 39 años, el 7,3% entre 40 y 49 y el 8,3% restante entre 50 y 59. Por lo que se refiere a su contexto social, en el 72% de los casos identificados las víctimas ejercían la prostitución. Por lo que se refiere a la raza, en el 78% de los casos identificados se trataba de mujeres negras o de color. Una vez más, las frías estadísticas confirman que las mujeres jóvenes, negras y que ejercen el trabajo sexual constituyen el grupo más vulnerable a la violencia tránsfoba. La mayor parte de los asesinatos (87) se produjeron en la vía pública, un dato que nos hace pensar en la sensación de impunidad que parecen sentir los agresores. Otro dato sobrecogedor, de los muchos que recoge el informe, es que en el 47% de los casos se identifica una tendencia a ejercer la violencia (sea en forma de golpes, mutilaciones o disparos) sobre partes específicas del cuerpo como la cara, los pechos o los genitales, muchas veces de forma repetida y asociada, lo que parece reflejar un empeño por humillar a las víctimas y subrayar el odio hacia su condición trans.

Cifras escalofriantes las del 2020, que no tenemos la menor duda que confirmarán una vez más a Brasil como el país con mayor número de asesinatos tránsfobos de todo el mundo. Así lo reflejan de modo sistemático las estadísticas que anualmente publica Transgender Europe, que en su último recuento, publicado el pasado noviembre con motivo del Día Internacional de la Memoria Trans, había logrado identificar 350 asesinatos de personas trans y género-diversas entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 (de ellas, 152 en Brasil. En segundo lugar se encontraba México, con 57 víctimas, y en tercer lugar Estados Unidos, con 28). Una situación sobre la que no honestamente esperamos una respuesta enérgica de las autoridades brasileñas, teniendo en cuenta el contexto sociopolítico del Brasil actual, un país marcado entre otros muchos factores por la presidencia de Jair Bolsonaro, un político que precisamente destaca por su abierta hostilidad a la diversidad sexual y de género.

Puedes descargar el informe completo (140 páginas, en portugués) pinchando aquí.

Brasil, una situación muy complicada para el colectivo LGTB

En 2018, fuimos testigos de como la LGTBfobia ha escalado hasta alcanzar ámbitos activistas y políticos. En mayo de ese año recogíamos el asesinato en Río de Janeiro de la activista de género no binario Matheusa Passareli. Y en marzo el de la concejala de Río de Janeiro Marielle Franco, afrodescendiente, abiertamente bisexual, feminista y activista en favor de los derechos humanos. Una escalada a la que también nos hemos referido al recoger tanto el episodio de acoso que sufrió Judith Butler en una visita al país para participar en un debate universitario como la decisión de un juez federal contra la orden del Consejo Federal de Psicología que prohibía desde hace años las «terapias» reparadoras de la homosexualidad. Y que ha forzado al que fuera primer diputado abiertamente gay de Brasil, Jean Wyllys, a abandonar el país e instalarse en Alemania (ver aquí la interesante entrevista que hace pocos días publicaba eldiario.es).

La llegada de Bolsonaro a la presidencia

La situación de la comunidad LGTB, incluso ya antes de la victoria de Bolsonaro en octubre de 2018, es muy dura. El Grupo Gay de Bahía, colectivo que hace una meritoria labor de monitorización de los delitos de odio en Brasil, tuvo conocimiento de 445 muertes violentas de personas LGTB en 2017: 387 asesinatos y 58 suicidios, un aumento del 30% con respecto a 2016, «cuando se registraron 343 muertes», comienza su informe 2017. De alguna de estas muertes nos hemos hecho eco en esta misma página, como sucedió por ejemplo con el terrible asesinato de Dandara dos Santos, una mujer trans. La tendencia, en este sentido, ha sido creciente a lo largo de los últimos años.

Y si algún político encarna a la perfección esa LGTBfobia en su discurso político, ese es Jair Bolsonaro, elegido presidente en octubre de 2018. Una victoria que, dados los precedentes del personaje y el apoyo del poderoso movimiento evangélico, abrió un escenario terrible para las personas LGTB en Brasil. Ya en 2011 lo mencionábamos cuando acusó al Ministerio de Educación de «fomentar la homosexualidad» por promover un proyecto contra la homofobia. En 2014 volvimos a referirnos a Bolsonaro, que negaba que educar en la diversidad sirviese para combatir la homofobia, y acusaba explícitamente a los que así lo defienden de querer «llevar la materia a las escuelas para transformar a niños de seis años en homosexuales. Al punto de que así se facilita la pederastia en Brasil».

Bolsonaro acababa la entrevista burlándose del intento de aprobar una ley que castigase la violencia homófoba, a la que quitaba importancia. «¿Solo porque a uno le guste tomar por culo se convierte en un semidios al que no se le puede pegar?», remataba. El ahora presidente ha hecho otras declaraciones homófobas en el pasado, como aquellas en las que aseguraba preferir que un hijo suyo muriese en un accidente a que apareciese «con un bigotudo», pero basta con releer la entrevista de 2014 a El País para ser consciente de la monstruosidad del personaje.

En el ámbito legal, hay que tener en cuenta que muchos de los avances en derechos LGTB que ha experimentado Brasil se han producido al margen de los poderes legislativo o ejecutivo: el matrimonio igualitario es una realidad posible gracias a resoluciones judiciales, mientras que la prohibición de las «terapias» reparadoras, sobre la que como mencionamos arriba tiene lugar una batalla en los tribunales, fue una decisión profesional del Consejo Federal de Psicología. La presión de los grupos evangélicos para que desde el poder político se ponga coto e incluso se revierta esta situación puede encontrar en Bolsonaro el aliado ideal.

En este sentido, la recién aprobada tesis del Supremo contra la LGTBfobia es una soplo de aire fresco en un ambiente profundamente enrarecido.

Fuente Dosmanzanas/Cristianos Gays

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La Fiscalía Provincial de Madrid y la jueza se oponen a reabrir el caso de la muerte de Cristina La Veneno

Sábado, 27 de febrero de 2021
Comentarios desactivados en La Fiscalía Provincial de Madrid y la jueza se oponen a reabrir el caso de la muerte de Cristina La Veneno

1362740_1Tanto la Fiscalía como la titular del juzgado de instrucción número 53 de Madrid se oponen a reabrir la causa por la muerte de Cristina Ortiz «La Veneno», que falleció a principios de noviembre de 2016 tras sufrir una caída en su domicilio que le ocasionó un grave traumatismo craneal. Aunque el informe de la autopsia practicada en su día a Cristina concluyó que la fatal caída se debió a un accidente doméstico, sus familiares nunca creyeron esta versión, y aún hoy siguen tratando de reunir pruebas que demuestren que su muerte pudo producirse de forma violenta, ya que su cuerpo presentaba numerosos hematomas y golpes, y sosteniendo que la investigación policial fue chapucera y que su entonces compañero sentimental pudo tener algo que ver con lo ocurrido.

Allá por la primavera de 1996, la almeriense Cristina La Veneno se convertía en todo un fenómeno televisivo (y un ejemplo de visibilidad trans en tiempos difíciles) tras ser descubierta por una reportera del programa Esta noche cruzamos el Mississippi en el madrileño Parque del Oeste —donde entonces ejercía la prostitución—. Pero su personalidad arrolladora se apagó para siempre el 9 de noviembre de 2016, cuando Cristina fallecía, a los 52 años de edad, debido a una caída en su domicilio del madrileño barrio de Tetuán, y tras permanecer algo más de tres días en coma en la UCI del Hospital Universitario La Paz de Madrid.

La primera autopsia, realizada a los pocos días de su fallecimiento por el médico forense adscrito al juzgado de guardia que investigó su muerte, concluyó que la fatal caída se debió a un accidente doméstico. Asimismo, el informe forense recogía que Cristina murió «por un fracaso visceral multiórganico con septicemia y hemorragia menigo-encefálica», y que no existía en su cuerpo ninguna lesión de lucha o defensa que pudiera hacer pensar en un escenario violento como causa del fallecimiento.

Desde un primer momento, se barajaron distintas hipótesis sobre lo ocurrido. Algunos apuntaban a un posible suicidio, pues aunque poco a poco estaba volviendo al ruedo mediático, la existencia cotidiana de Cristina era bastante desdichada y la artista había intentado quitarse la vida en varias ocasiones —en el informe policial constaba que la artista podría haber ingerido alcohol y medicamentos poco antes de la caída, y que ese hecho podría guardar relación con el posterior golpe—. Otros, hablaban de un posible ajuste de cuentas por los detalles que habría revelado en su libro de memorias, ¡Digo! Ni puta ni santa: las memorias de La Veneno, escrito por la periodista Valeria Vegas. Y hay quien incluso ponía en el punto de mira a la persona que encontró su cuerpo malherido: Alín Bogdan, un joven chapero rumano con quien La Veneno mantenía una complicada relación desde 2014 —curiosamente, el día anterior a la caída, Cristina llamó a la Policía, acusándole de amenazas de muerte—.

Sea como fuere, las conclusiones del forense que realizó la autopsia de Cristina no convencieron nunca a su familia, que sospechaba que la causa de la muerte había sido violenta, pues el cuerpo de la almeriense presentaba diversos hematomas y golpes por las piernas, los pies y la cabeza. No en vano, aquellas dudas les llevaron a solicitar un nuevo examen visual del cuerpo, que acabó permaneciendo en la morgue del Tanatorio Norte de Madrid durante más de cuarenta días. Finalmente, en diciembre de 2016, la madre de Cristina, apoyada por varios de sus hijos, dio la orden de realizar la incineración de sus restos. A continuación, las cenizas de la artista —que se convirtió en la personalidad patria más buscada en Google en 2016 por los españoles y hoy cuenta con una placa en homenaje a su figura— fueron repartidas entre el madrileño Parque del Oeste, tal y como ella quería, y Adra, su localidad natal.

Desde entonces, algunos de los familiares de La Veneno no han cejado en su empeño por aclarar las circunstancias en que se produjo su muerte. Les parecía, cuando menos, sospechoso el hecho de que el cuerpo de Cristina —que fue encontrada en su domicilio con un fuerte golpe en la cabeza e inmediatamente perdió la consciencia y fue trasladada al hospital, donde fue intervenida de inmediato por una hemorragia cerebral secundaria al traumatismo— presentase tantos hematomas. También les escamaba que el caso de su muerte se cerrase tan solo nueve días después de su fallecimiento —amén de una investigación policial algo chapucera— y que su pareja en ese momento no fuese debidamente interrogado.

Según la versión ofrecida por Alín, Cristina «se caía muchas veces», lo que justificaría aquellos moretones. «Se había tomado unas pastillas y estaba durmiendo en el sofá. Estaba tranquila. Yo me fui a la calle. Cuando volvía a subir tenía un paquete de tabaco comprado y una botella de whisky vacía. Se la había tomado entera de un golpe. Volví a bajar a la calle porque pensé que estaba dormida. Cuando subí me la encontré sangrando», contaba Alín en una entrevista concedida a El Español.

La Fiscalía descarta ahora el homicidio

Hace apenas unos días, la Fiscalía Provincial de Madrid impugnaba el recurso presentado por la representación legal de la familia de La Veneno contra el auto que denegaba la apertura de nuevas actuaciones para investigar la causa de su fallecimiento. «En el último informe aportado por un perito de parte no se desprendía ningún indicio nuevo acerca de la presunta muerte violenta de la actriz que no se hubiera valorado antes», rezaba el comunicado emitido por la Fiscalía.

Además, el ministerio público alega que tanto el informe de la autopsia de Cristina como la investigación policial que se realizó «ya descartaron la existencia de un presunto delito de homicidio». Asimismo, señala que la petición de reapertura se basa en un informe pericial aportado por la acusación particular que se basa en el análisis de unas fotos «tomadas sin consentimiento en el hospital» y que constituyen una «reinterpretación de datos ya existentes sobre un suceso acaecido hace más de cuatro años». Al poco, la titular del juzgado de instrucción número 53 de Madrid, Mónica Aguirre de la Cuesta, rechazaba igualmente el recurso de reforma interpuesto por la familia de Cristina contra el cierre de la causa por el fallecimiento de la artista, emitiendo para ello un auto que se apoya en el informe de la Fiscalía de Madrid.

Aun así, Óscar Tarruella —criminólogo contratado por la familia de La Veneno para investigar su muerte— ya ha comentado a través de las redes sociales que no piensan darse por vencidos. «La resolución será objeto de Recurso de Apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid por cuanto a nuestro juicio existen testimonios y documentos que acreditan que Cristina tenía diferentes lesiones en su cuerpo compatibles con agresión previa, además de constar que el piso de Cristina había sido alterado a la llegada de los Agentes policiales, pues se les avisó con varias horas de retraso de lo ocurrido, tiempo durante el cual el piso estuvo abierto. Entendemos, dentro del absoluto respeto a las resoluciones judiciales, que un Informe Forense puede ser rebatido con posterioridad, igual que es rebatida una resolución judicial», rezaba un comunicado compartido en su perfil en Twitter.

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Alemania acaba con la discriminación de las personas trans, intersexuales y de género no binario en el acceso a la policía

Miércoles, 3 de febrero de 2021
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55.488.160La policía alemana se vuelve más inclusiva. Con el nuevo año ha entrado en vigor una reforma del reglamento sobre el acceso a las fuerzas de seguridad que abre la puerta a las personas trans, intersexuales o de género no binario. El texto elimina los requisitos que excluían a los candidatos no cisgénero al imponer determinadas características corporales, como disponer de «al menos un testículo funcional» en el caso de los aspirantes varones. El ministerio del Interior cumple así con la promesa de acabar con la discriminación basada en la identidad de género existente hasta ahora.

El acceso al cuerpo de policía en Alemania se rige por la norma PDV 300, que regula los criterios que deben cumplir las personas aspirantes al uniforme. Con la versión en vigor hasta el pasado 31 de diciembre, se exigía de los varones que tuvieran «al menos un testículo funcional» y se descartaba a las mujeres con implantes mamarios. Se requería, además, la estabilidad en la función hormonal «andrológica» o «ginecológica» según el caso.

Con los cambios que han entrado en vigor con el nuevo año, la discriminación de las personas trans, intersexuales y de género no binario ha pasado a la historia. Una nota aclarativa al principio del texto explica que cualquier indicación que utilice la fórmula masculina se entenderá aplicable a todos los géneros. En Alemania existe una tercera opción de sexo legal con la denominación de «diverso» desde 2018. Además, se eliminan los requisitos corporales que excluían de facto a las personas trans e intersexuales.

Se cumple así con una promesa que hizo el ministerio del Interior hace dos años como respuesta a una pregunta parlamentaria de Jens Brandenburg, del FDP, quien se ha felicitado por los cambios. Se trata de un «hito histórico» para la «vinculación de la policía con una sociedad diversa», afirmó. El diputado liberal, proponente de la reforma, reclama ahora formación para que los agentes policiales puedan aplicar sin dificultades la medida. Desde la izquierda de Die Linke también saludan la modificación y destacan su valor para la prevención de la violencia intrapolicial.

 Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena a Rumanía por no reconocer a dos hombres trans si no se sometían a cirugía de reasignación

Miércoles, 27 de enero de 2021
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Tribunal-de-EstrasburgoEl Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha emitido una sentencia que condena a Rumanía por negar el reconocimiento de la identidad de género de dos hombres trans. Las autoridades rumanas condicionaban la modificación registral del sexo legal a una operación de reasignación genital a la que ninguno de los dos deseaba someterse. Los jueces de Estrasburgo obligan al Estado rumano a indemnizar a los demandantes con más de 25.000 euros por los daños y perjuicios derivados de la vulneración del derecho a la privacidad de la que fueron víctimas.

Los dos hombres, que se encontraban en tratamiento hormonal y se habían sometido a mastectomías, solicitaron el reconocimiento de su identidad masculina ante el Tribunal de Distrito de Bucarest en 2011 y 2013. La respuesta de la justiciar rumana fue la misma en los dos casos: para obtener la modificación registral del sexo legal en los documentos de identidad y la partida de nacimiento, se requiere acreditar que la persona interesada ha pasado por una operación de reasignación de sexo. Una intervención a la que ninguno de ellos se quería someter.

El primero de los demandantes decidió finalmente transigir con el requisito y en 2017 se sometió a dos operaciones genitales. En consecuencia, en 2018 recibió un documento de identidad y un certificado de nacimiento acordes con su identidad de género. Ese mismo año, el Gobierno rumano rechazó modificar esta política de modificación registral del sexo legal. El segundo, mientras tanto, se trasladó al Reino Unido, donde obtuvo un permiso de conducción con sexo masculino. La incongruencia entre los datos de sus documentos británicos con los rumanos, sin embargo, le conllevaba problemas.

Los afectados decidieron llevar el asunto ante la justicia europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló el pasado martes a su favor. Los jueces de Estrasburgo consideran que la política de las autoridades rumanas contradice el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho al respeto de la vida privada y familiar. Los tribunales rumanos presentaron a los demandantes «un dilema imposible» entre someterse a una operación que no deseaban o renunciar al reconocimiento de su identidad de género.

El alto tribunal califica el requisito quirúrgico como «un enfoque rígido» que provocó a los dos hombres en «una posición de angustia durante un periodo de tiempo continuado y excesivo». El fallo condena al Estado rumano a indemnizarlos con un total de 25.908 euros por daños y perjuicios y los costes incurridos en el proceso. La sentencia supone un alivio para la comunidad trans del país. Según la asociación Accept, menos de 50 personas trans han conseguido el reconocimiento de su identidad de género en Rumanía. Del Tribunal Europeo de Derechos Humanos han salido en los últimos años otras sentencias muy importantes para el colectivo como las que condenaron a Macedonia por no disponer de un procedimiento de modificación de los datos registrales de las personas trans o a Francia por exigir su esterilización como requisito para reconocer su identidad de género.

Fuente Dosmanzanas

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Ohio: Un juez federal declara inconstitucional la prohibición de modificar el registro del sexo asignado al nacer

Viernes, 15 de enero de 2021
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trans-transexuales-eeuu-derechoshumanos-idaho-gobernador-1Importante victoria para la comunidad trans en Estados Unidos. Un juez federal decretó el pasado mes de diciembre que la prohibición de modificar el sexo legal en las partidas de nacimiento, vigente en el estado de Ohio, es inconstitucional. La política discriminatoria, impuesta por el departamento de Salud y la oficina de Estadísticas Vitales, contradecía las normas que sí permiten el cambio de los documentos de identidad y los permisos de conducción en este estado del Medio Oeste. En agosto del año pasado, otra jueza federal paralizó la aplicación de la ley de Idaho que también prohibía la modificación registral del sexo asignado al nacer, con lo que Tennessee ha quedado como el único estado de los Estados Unidos que sigue negando a las personas trans el derecho al reconocimiento de su identidad de género.

La prohibición de modificar el registro del sexo legal en las partidas de nacimiento en Ohio se basa en una sentencia del año 1987. En 2016, las autoridades del estado revisaron el asunto y decidieron seguir aplicando la política discriminatoria para, según su versión, prevenir el fraude y mantener la exactitud de los registros históricos. En 2018, cuatro personas trans (tres mujeres y un hombre) demandaron al departamento de Salud y a la oficina de Estadísticas Vitales por la imposibilidad de adaptar sus partidas de nacimiento a sus identidades de género. Los demandantes sufrieron amenazas y humillación en sus trabajos cuando, por culpa de la incongruencia en estos documentos, quedó al descubierto su condición de personas trans.

Dos años después, el juez federal Michael Watson ha sentenciado que la práctica de las autoridades de Ohio es inconstitucional. El magistrado asegura que no hay motivos fundados para denegar el derecho al reconocimiento de la identidad de género. Señala que, a pesar del fallo de 1987, tiene constancia de al menos diez casos anteriores a 2016 en los que sí se autorizó la modificación registral del sexo. Por último, añade que el estado ya autoriza la adaptación de las partidas de nacimiento en el caso de adopciones y de cambios de nombre. Además, las personas trans sí que pueden actualizar sin problemas sus documentos de identidad y sus permisos de conducción.

Con la anulación de la política discriminatoria en Ohio, Tennessee queda como el único estado de los Estados Unidos que niega a las personas trans el derecho a su identidad. El año pasado, ambas cámaras de Idaho aprobaron una ley que eliminaba la posibilidad de modificar el sexo asignado al nacer en las partidas de nacimiento. Tan solo un mes después de entrar en vigor, la jueza federal Candy Dale decretó su paralización. En Europa, recordemos, el Gobierno húngaro de Viktor Orbán prohibió en mayo del año pasado la modificación registral del sexo asignado en el nacimiento, en lo que se considera uno de los mayores ataques a la comunidad LGTBI ocurrido en un país de la Unión Europea.

Fuente Dosmanzanas

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El Tribunal Constitucional rumano anula el proyecto de ley para prohibir los estudios sobre diversidad de género

Miércoles, 13 de enero de 2021
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200-bandera-RumaniaF078BB38-5CB2-46C0-8C94-C1C9FF189014El Tribunal Constitucional de Rumanía ha sentenciado que la reforma para prohibir el estudio de la diversidad en la identidad de género en todas las instituciones educativas es contraria a la ley fundamental del país. El proyecto en cuestión fue aprobado por el Parlamento el pasado mes de junio. El presidente del país, Klaus Iohannis, rechazó promulgarlo con su firma por considerarlo contrario a la libertad de expresión, al principio de igualdad y a los derechos de los menores. En su lugar, la remitió al Constitucional, que ahora le ha dado la razón.

En junio de este año, el Senado rumano aprobó una modificación de la ley de educación para prohibir «la propagación de teorías y opiniones sobre la identidad de género si esta es un concepto separado del sexo biológico». Se trataba de una proposición de ley del democristiano Partido del Movimiento Popular del expresidente Traian Băsescu (PMP, ahora extraparlamentario), que recibió el apoyo de los socialdemócratas (PSD) y de los socioliberales de PRO Rumanía, una escisión del PSD. La centrista Unión Salvar Rumanía (USR) y los representantes de la minoría húngara se opusieron, mientras que el conservador Partido Nacional Liberal (PNL), a la cabeza del Gobierno, se abstuvo.

La iniciativa pretendía extenderse a todas las instituciones educativas y mereció la condena unánime de universidades, profesores, organizaciones estudiantiles y asociaciones LGTBI. La Universidad de Bucarest advirtió de que suponía una vulneración de derechos fundamentales como la libertad de expresión, mientras que el la Alianza Nacional de Organizaciones Estudiantiles consideró que llevaría el país «a la Edad Media» y sería un ataque directo a la comunidad trans. La organización LGTBI MozaiQ inició una recogida de firmas contra la propuesta que sumó más de 55.000 adhesiones.

El presidente de Rumanía, Klaus Iohannis, fue sensible a estos llamamientos y rechazó promulgar la ley con su firrma, al considerar que supondría una legitimación de la censura y que vulneraría numerosos preceptos constitucionales. En el uso de sus prerrogativas, que en el sistema semipresidencial de Rumanía son relativamente amplias, Iohannis remitió el texto el pasado mes de julio al Tribunal Constitucional para que se pronunciara sobre su contenido. El fallo llegó el 16 de diciembre y, aunque no se ha hecho pública aún la argumentación, da la razón al presidente y declara nula la proposición de ley por inconstitucional.

Desde MozaiQ se han felicitado por la sentencia del alto tribunal, que supone «un triunfo conjunto de la sociedad civil y de las personas que apoyan a la comunidad LGTB en Rumanía». Y, en especial, a «la comunidad transgénero, que más que nunca tuvo el valor de levantarse, luchar por los derechos civiles y hacerse oír». En resumen, «un avance para la democracia en Rumanía».

La tentación regresiva en los derechos LGTBI en Rumanía

Rumanía viene experimentando ciertos retrocesos en materia de derechos de la comunidad LGTBI en los últimos años impulsados por la vía política. Afortunadamente, en 2018 la ciudadanía dio la espalda al referéndum que pretendía incluir en la Constitución la prohibición expresa al matrimonio igualitario. En 2019, sin embargo, el Senado rechazaba dos proposiciones de ley de uniones civiles que incluían a parejas del mismo sexo. Cabe destacar, en este sentido, que la falta de compromiso con los derechos LGTBI se extiende tanto a derecha como a izquierda. Particularmente significativo es el posicionamiento de los socialdemócratas (PSD), que apoyaron el blindaje constitucional del matrimonio excluyente y también votaron a favor de la reforma educativa que ahora ha abortado el Tribunal Constitucional. Más sensibles a la igualdad LGTBI se han mostrado el presidente Klaus Iohannis y la formación centrista y anticorrupción USR.

Fuente Dosmanzanas

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El Ayuntamiento de Madrid repone la placa en homenaje a La Veneno, un año y medio después de que fuese arrancada en un acto vandálico

Miércoles, 23 de diciembre de 2020
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placa-225x300El Ayuntamiento de Madrid repuso la placa en homenaje a la desaparecida Cristina La Veneno en el Parque del Oeste a principios de diciembre. Lo ha hecho, eso sí, más de un año y medio después de que algún vándalo la arrancase. Más vale tarde que nunca, dicen. Cabe recordar que la placa, en la que reza «En memoria de Cristina Ortiz La Veneno, valiente mujer transexual visible en los 90», fue instalada en abril de 2019 por la anterior corporación municipal, a petición de la asociación LGTB Arcópoli.

El equipo de gobierno que actualmente lidera el alcalde José Luis Martínez-Almeida tuvo a bien reponer a comienzos del mes de diciembre la placa a Cristina La Veneno que fue colocada en abril de 2019 en el Parque del Oeste, por la anterior corporación —encabezada por Manuela Carmena—, a petición de Arcópoli. «Es algo histórico», apuntaba en su momento Rubén López, vocal de Delitos de Odio de Arcópoli. «Nunca en la historia de la ciudad de Madrid se había instalado una placa honorífica a alguien por su valentía de ser trans. Que el Ayuntamiento de Madrid tenga este gesto significa mucho para este colectivo tan vulnerabilizado».

Por desgracia, la placa original sufrió un ataque vandálico y fue arrancada a los pocos días de ser colocada junto a la fuente Juan Villanueva. Quizás por eso, el Consistorio ha explicado que la nueva placa —que ha sido instalada más de un año y medio después de aquel incidente, a rebufo del éxito cosechado por la serie Veneno y la revitalización de la figura de Cristina— cuenta con una plancha de material transparente con el fin de que «resista a posibles ataques y un mejor anclaje».

Cabe recordar que Cristina falleció el 9 de noviembre de 2016, debido a una caída en su domicilio del madrileño barrio de Tetuán, y tras permanecer algo más de tres días en coma en la UCI del Hospital Universitario La Paz de Madrid. Su cuerpo fue incinerado y, según su deseo expreso, sus cenizas fueron esparcidas en el madrileño Parque del Oeste, donde tantos días pasó antes de que los reporteros del programa Esta noche cruzamos el Mississippi la encontraran.

Fuente Dosmanzanas

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Nuevo suicidio de una adolescente trans en Lille (Francia), dos semanas después de que su instituto no le permitiese acudir a clase por vestir con falda

Martes, 22 de diciembre de 2020
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fouad-360x240Enésima tragedia protagonizada por una menor trans: Fouad, una chica de 17 años, se quitó la vida el pasado miércoles en Lille (norte de Francia). Tras su suicidio, las redes sociales han difundido el episodio que Fouad sufrió el pasado 2 de diciembre, cuando los responsables del centro escolar la hicieron volver a su domicilio por acudir vestida con falda. Los responsables del centro, pese a reconocer lo sucedido ese día, niegan ser los culpables de lo sucedido y aluden al «contexto personal complejo» de la adolescente.

Nuevamentes las redes sociales han servido de altavoz a una tragedia que de otros modos quizá hubiera pasado inadvertida. Bajo el hashtag #JusticePourFouad una tuitera denunciaba, tras el suicidio de la joven, el episodio de discriminación tránsfoba que sufrió el pasado 2 de diciembre, cuando una trabajadora del instituto Fénelon de Lille, miembro del equipo pedagógico que supuestamente le hacía acompañamiento, le recriminó que acudiese vestida con falda y la obligó a volver a su domicilio. En este punto, las versiones que circulan en redes difieren: según una versión la joven fue conminada a abandonar la clase delante de sus compañeros. Según otra, fue interceptada antes de entrar en clase. Lo que parece confirmado es que fue ella misma la que grabó con su teléfono móvil parte de la discusión con la trabajadora, que también fue difundida en redes. «Comprendo tus ganas de libertad, comprendo tus ganas de ser tú misma, lo entiendo muy bien. Y todo lo que hacemos, precisamente, es para acompañarte mejor, eso es lo que tú no entiendes» , le argumentaba la trabajadora del centro.

Palabras no demasiado comprensibles si se tiene en cuenta que el instituto conocía bien la situación de la adolescente, una chica a la que al nacer asignaron sexo masculino y que todavía no había modificar en sus documentos oficiales, y su equipo pedagógico supuestamente se había propuesto ayudarle. Los responsables educativos reconocen lo sucedido ese día, pero niegan que tenga relación con el hecho de que la chica se quitase la vida. Aluden, para justificarse, al hecho de que Fouad vivía un «contexto personal complejo» (la joven residía en una casa de acogida dependiente de los servicios sociales) y argumentan además que el prohibirle acudir a clase con falda tenía como objetivo «protegerla».

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Por nuestra parte, resulta imposible precisar más de acuerdo a lo publicado. En cualquier caso, y aun asumiendo que el suicidio de Fouad fuese el resultado de más elementos que simplemente lo sucedido el 2 de dicembre, los argumentos del centro escolar en modo alguno justifican la humillación que la joven sufrió ese día. Un episodio que, de hecho, generó la reacción de sus compañeros, que al día siguiente colocaron carteles en el instituto para denunciar lo sucedido y muchos de los cuales tres días después acudieron al centro vestidos también con falda como gesto de solidaridad. Hasta el punto de que el instituto había cedido y al parecer ya estaba dispuesto a permitir la vuelta de Fouad vestida con falda.

Tampoco nos genera mucha confianza el hecho de que la dirección del centro, se refiriese a Fouad como «un alumno» y no como una alumna (la marca de género existe en francés, al igual que en castellano) a la hora de comunicar su muerte por correo electrónico a los padres de sus compañeros, como también ha sido difundido en Twitter.

Fuente Dosmanzanas

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“Alianza Evangélica Española: entre la transfobia y la ignorancia”, por Carlos Osma

Jueves, 17 de diciembre de 2020
Comentarios desactivados en “Alianza Evangélica Española: entre la transfobia y la ignorancia”, por Carlos Osma

trans-bandera-movilh-chile-820x394De su blog Homoprotestantes:

La Alianza Evangélica Española (AEE) ha enviado al Ministerio de Igualdad un documento con unas supuestas propuestas para tener en cuenta en la próxima elaboración, por parte de dicho ministerio, de una ley que pretende garantizar la igualdad plena y efectiva de las personas trans. Lo primero que tenemos que decir de dicho documento es que hay que encasillarlo en el mundo de las ideas de la AEE, ya que no conocemos ninguna iniciativa real y palpable de dicha entidad en relación con la atención o la defensa de los derechos de las personas trans. Para que se entienda lo que estoy diciendo, el poderoso lobby fundamentalista dentro del movimiento evangélico en España, pero insignificante a su pesar en la sociedad española, me refiero claro a la AEE, es como el cuñado que nunca ha puesto un tornillo en su vida, pero que cuando tú estás intentando poner uno, te da clases magistrales de cómo tienes que hacerlo.

En el comunicado la AEE se presenta como una entidad que ha luchado contra la discriminación desde 1877. Puede ser cierto, pero me parece a mí que ha luchado más bien contra la discriminación de las personas evangélicas en un país de mayoría católica, y ni siquiera de todas, únicamente de las que son de su cuerda. Y seguro que lo han hecho lo mejor que han podido con las dificultades que seguro les han puesto, pero creo que por falta de inteligencia y de visión han sido incapaces de darse cuenta de lo que muchos otros colectivos sí han aprendido: que contra la discriminación hay que trabajar juntas. Que las personas no somos unidimensionales, que no solo formamos parte de una minoría religiosa, que también somos LGTBIQ, mujeres, desempleados, inmigrantes, etc. Y que la consecución de un derecho en cualquiera de esos colectivos, es también un avance para el resto, y lo que es más importante, para la sociedad en general. Que la Iglesia Católica tenga un concordato con el Estado, que supone un claro privilegio respecto del resto de confesiones religiosas, es algo que no solo afecta a los evangélicos, judíos, musulmanes… también lo hace a las personas LGTBIQ. Que una persona trans no tenga los mismos derechos en la práctica que una persona cisgénero, también afecta a los evangélicos. Y no solo porque hay personas trans evangélicas, o que los evangélicos también tenemos hijos, padres, hermanas, amigas trans, sino porque independientemente de que no formemos parte de un colectivo discriminado, no podemos aceptar en silencio las injusticias.

Las supuestas correcciones de la AEE al documento del Ministerio pasan por decir que existe un documento, el DSM-5, que incluye en su clasificación la disforia de género. Se le olvida a la AEE que también existe un documento que dice que un pueblo puede exterminar a otro cuando lo conquiste, se llama Biblia: “El Señor, tu Dios, pondrá en tus manos estas naciones, y tú las derrotarás y las consagrarás al exterminio. No pactes ni tengas piedad” (Dt 7,2). Pero debemos poner siempre en contexto estos textos de terror, tanto los del DSM-5 como el del Deuteronomio. La otra corrección de la AEE es aclarar que debe haber un error en los datos del Ministerio de Igualdad, que dicen que el 42% de las personas trans han sido discriminadas en el acceso a un puesto de trabajo, cuando la Unión Europea tiene un documento que lo cifra en el 11%. Vemos aquí de nuevo, lo de siempre, el legalismo: ¿qué dice un texto y qué dice otro?, como si la verdad de la discriminación de las personas trans fuera un dato. Eso solo lo hace la gente que se mueve en el mundo de la teoría, de las ideas. Pero lo más preocupante, es que esta aclaración puede ser leída como una muestra de que las personas trans no son tan discriminadas como dicen. Es verdaderamente lamentable, muestra de una enorme capacidad de retórica acompañada de una infinita falta de empatía y conexión con la realidad. ¿Hay alguien en este país que crea que las personas trans no sufren discriminación en el entorno laboral?

A partir de aquí parecen desaparecer las propuestas del documento (si lo que hemos comentado anteriormente se puede entender como una propuesta, claro), y se pide que las personas trans que “decidan recuperar la congruencia con su sexo biológico” puedan recibir libremente tratamiento profesional. ¿De verdad que la AEE va a defender las terapias llamadas reparativas? ¿De verdad que en su ofuscamiento por aferrarse a que el plan de dios en la Biblia es la persona cis y heterosexual está dispuesta a pasar por encima de la vida del resto de seres humanos? ¿De verdad que su literalismo y fundamentalismo lo tienen que pagar las personas LGTBIQ? No sería mejor que recordasen que “la letra mata, pero el Espíritu da vida” (2 Cor 3,6). Y lo que es más importante, ¿no sería mejor que si no conocen la realidad trans, porque la niegan y la expulsan de sus comunidades, se informasen? Da un poco de vergüenza ajena leer en un comunicado de una entidad evangélica dirigido al Ministerio de Igualdad, que se confunda la transexualidad con la homosexualidad. La razón que esgrimen para oponerse a que un niño o niña trans pueda rectificar el género en el registro, es que según unos estudios: “la investigación indica que un porcentaje de los menores en su proceso madurativo siente alguna atracción por el mismo sexo… al llegar a la madurez la mayoría de estos menores tiene atracción por el sexo contrario”. La ignorancia es atrevida, y la ignorancia de las ideas, esa que no tiene contacto con la realidad de la que quiere hablar, es patética.

¿Por qué un niño o una niña cis puede ver reconocido legalmente su sexo sentido y un niño o niña trans no? ¿Por qué hay que esperar a qué los segundos se aclaren mientras para los primeros es normal que lo tenga claro? La inmensa mayoría de menores se identifican como niños o niñas a muy temprana edad, solo la presión social hace que esa identificación sea más o menos problemática. Además, y no voy a entrar ahora en algo que ni siquiera se ha planteado la AEE, hay menores que no se identifican con ninguna de esas dos posibilidades, y otros que lo pueden hacer con ambas… ¿De verdad que la manera natural con la que un niño, niña, niñe, (o cualquier otra etiqueta) se percibe a sí misma, tiene que ser limitado legalmente? Cualquier persona, sin necesidad de haber leído un estudio de uno u otro color, pero que ha convivido con un menor o adulto trans, sabe que, como las personas cis, se sienten respetadas si son tratadas con el sexo con el que se identifican. ¿Quién es la AEE para meterse en la vida de un niño y decirle que tiene que esperar a la edad adulta para ver reconocida su identidad? ¿Es un castigo? ¿Una pena por no haber sido fiel al género?

La forma en la que la AEE percibe a las mujeres al final de sus “recomendaciones” es tan machista y paternalista que me cuesta entender por qué ninguna de las mujeres que forman parte de la AEE ha hecho una queja o ha pedido una rectificación. Resumiendo su última recomendación (yo no veo recomendación por ningún lado): que “un hombre inscrito en el registro civil como una mujer” (una definición muy desafortunada de una mujer trans, la verdad) vea reconocido legalmente su sexo sentido puede crear problemas de convivencia, ya que le permite tener acceso a espacios reservados para mujeres. Tengo que informarles a los hombres que han escrito este último párrafo, que los mayores problemas de convivencia se crean cuando mujeres trans tienen que convivir obligatoriamente en espacios de hombres cisgénero. Y los problemas no los crean estas mujeres trans, sino los hombres cis que las ridiculizan, las insultan, las maltratan, las violan o las asesinan.

Para acabar me gustaría decir a la AEE, que en vez de encerrarse en sus verdades y negarse a repensarlas, la próxima vez que quiera hacer un comunicado sobre un tema que desconoce, que se informe con personas que se han arremangado para trabajarlo. Lo demás es hacer el ridículo, y dejar en ridículo al resto de evangélicos que quedan como ignorantes y fundamentalistas ante la opinión pública. Y aunque sea un imposible, les pediría un poco de valentía y que abriesen en su seno un espacio de reflexión realmente plural donde también puedan ser escuchadas voces evangélicas que no siguen los divinos dogmas evangélicos españoles de principios del siglo XXI. Personas LGTBIQ evangélicas hay muchísimas, no son legión como las cisgénero heterosexuales, pero pueden aportar tanto o más como ellas a la construcción de iglesias realmente evangélicas. Yo mismo me ofrezco voluntario, aquí tienen mi correo por si nuestro Señor les ilumina algún día: homoprotestantes@gmail.com

Carlos Osma

Consulta dónde encontrar “Solo un Jesús marica puede salvarnos”

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El Gobierno holandés pide disculpas e indemnizará a las personas trans obligadas a esterilizarse para ver reconocida su identidad de género

Miércoles, 9 de diciembre de 2020
Comentarios desactivados en El Gobierno holandés pide disculpas e indemnizará a las personas trans obligadas a esterilizarse para ver reconocida su identidad de género

Bandera_HOLANDA__49c8a61235e0e[1]El Gobierno de los Países Bajos ha pedido oficialmente disculpas por el daño infligido a las personas trans a las que se obligó a esterilizarse para poder ver reconocida legalmente su identidad de género. El requisito formaba parte de la ley sobre transexualidad aprobada en 1985 y no se eliminó hasta 2014, después de afectar a cientos de personas. El Ejecutivo tramitará un proyecto de ley que incluirá indemnizaciones de 5.000 euros. Se trata del segundo país europeo en promover estas reparaciones, después que Suecia hiciera lo propio en 2018. En el caso sueco, sin embargo, la cuantía ascendía a unos 22.000 euros al cambio.

La Ley Transgénero, aprobada en 1985, permitió a las personas trans de los Países Bajos modificar su sexo legal en los certificados de nacimiento. Se exigió, eso sí, la esterilización irreversible. Hasta 2014 no entró en vigor una reforma de la legislación que eliminó este requisito. Para entonces, unas 2.000 personas habían sufrido su aplicación.

En febrero de este año, dieciséis personas y organizaciones presentaron una demanda conjunta contra el Gobierno holandés para pedir una disculpa oficial, tanto por quienes se sometieron a la esterilización obligada como por quienes, para no tener que pasar por ese trance, renunciaron al reconocimiento de su identidad. El pasado 30 de noviembre, el Ejecutivo reconoció en nombre del Estado holandés el sufrimiento causado y expresó sus disculpas a la comunidad trans.

El Gobierno ha anunciado que presentará un proyecto de ley, de aquí al verano que viene, para compensar económicamente a las personas afectadas. Tendrán derecho a una indemnización de 5.000 euros las que, entre el 1 de julio de 1985 y el 1 de julio de 2014, se hubieran sometido a un proceso de transición física que conllevara la modificación registral del sexo legal.  Los Países Bajos se convierten así en el segundo Estado europeo en compensar a las personas trans por la exigencia de la esterilización para concederles el reconocimiento de su identidad. Suecia fue la pionera en 2018. Las entre 600 y 700 personas afectadas en el país escandinavo obtuvieron el derecho a una indemnización fijada en 225.000 coronas (unos 22.0000 euros).

Esterilización forzada de las personas trans: todavía una realidad en Europa

Durante décadas, numerosos países han obligado a las personas trans a someterse a procedimientos que conllevan directa o indirectamente la pérdida de la capacidad reproductiva como requisito previo a ver reconocida legalmente su identidad de género. De hecho, no fue hasta 2014 cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) condenó esta práctica y pidió que todas aquellas legislaciones que obligan a este tipo de procedimientos sean revisadas. Y no fue hasta 2017 cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó esta práctica. Aunque poco a poco los países han ido adaptando sus legislaciones, 16 países europeos siguen haciéndolo. La mayoría del Este de Europa, pero también hay algunos occidentales, como Finlandia, cuyo Parlamento rechazó en octubre de 2017 tramitar una ley en ese sentido.

 Fuente Dosmanzanas

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El Gobierno húngaro elevará a rango constitucional la negación de la identidad de los menores trans e intersexuales

Martes, 1 de diciembre de 2020
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13968854263210Nuevos pasos en la aparentemente imparable senda de Hungría hacia la erradicación de los derechos fundamentales de la ciudadanía LGTBI. El Gobierno de Viktor Orbán (Fidesz) ha presentado una reforma de la Constitución que incluye la negación de la identidad de los menores trans e intersexuales. Se trata de una medida que eleva al más alto nivel normativo el espíritu de la ley que prohibió la posibilidad de modificar legalmente el género asignado en el momento del nacimiento y que el Parlamento aprobó en mayo de este año. La reforma de la ley fundamental también fija sendas definiciones de «padre» y «madre» que proscriben el reconocimiento de la homoparentalidad e impone que la educación en los colegios debe basarse «en la cultura cristiana».

El pasado día 30 de marzo, el primer ministro Viktor Orbán asumía poderes extraordinarios con la excusa de la crisis producida por la pandemia de coronavirus. Solo un día después, coincidiendo con la celebración del Día de la Visibilidad Trans, el vice primer ministro Zsolt Semjén presentaba un proyecto de ley de amplio espectro, con reformas que afectan a todo tipo de materias. Entre ellas, en la sección 33, se incluyó una modificación de las leyes del registro civil para anular la posibilidad de cambiar el género asignado en los archivos registrales. Un movimiento que tenía lugar tan solo dos años después de que entrara en vigor la norma que abría dicha modificación y que permitía a los ciudadanos húngaros adaptar sus datos legales a su identidad de género, para lo cual necesitaban un informe médico pero sin estar obligados a acreditar que se han sometido a tratamiento hormonal o cirugía de reasignación.

Finalmente, el 19 de mayo, solo dos días después de la conmemoración del Día Internacional contra la LGTBIfobia, la Asamblea Nacional aprobaba la ley que incluye la sección 33. Lo hacía por 133 votos a favor (precisamente los que reúnen el Fidesz y sus aliados del Partido Popular Demócrata Cristiano) y 57 en contra. Como ya expresábamos entonces, se trata, muy posiblemente, del mayor ataque lanzado contra los derechos de las personas LGTBI en el seno de un país de la Unión Europea. Un órdago que, desde que fue anunciado, solo ha recibido una respuesta tibia por parte de resto de países de la UE y de la propia institución comunitaria.

abascal-orbanDos ultraderechistas, Abascal y Orban, se saludan

Tal vez envalentonado por esta falta de contundencia de sus socios europeos y aprovechando de nuevo el agravamiento de la pandemia por coronavirus, el Gobierno de Orbán ha dado un paso más allá en la supresión de derechos de la comunidad LGTBI. El pasado 10 de noviembre, la ministra de Justicia Judit Varga presentaba una reforma constitucional que, entre otros puntos, recoge «el derecho de los niños a la propia identidad de acuerdo con su género de nacimiento». Una formulación que, a pesar de que aparentemente ampara un derecho, en realidad se traduce en la negación de la identidad de los menores trans e intersexuales. Para ellos, la iniciativa blinda al máximo nivel normativo la prohibición de cambiar el género asignado en los archivos registrales, que como se ha explicado antes ya está vigente con carácter general en la legislación ordinaria.

Pero no es esta la única medida de la propuesta de reforma constitucional que pone a la comunidad LGTBI en el punto de mira. El texto presentado incluye una ampliación del artículo sobre la familia, que desde 2012 prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. Ahora se añadiría la frase: «La madre es una mujer y el padre, un hombre». La finalidad, cerrar la puerta a cualquier reconocimiento de realidades familiares diferentes a la compuesta por un hombre y una mujer. Para terminar de confirmar este objetivo, la ministra Varga ha anunciado la próxima tramitación de un proyecto de ley para limitar a las parejas casadas la adopción de menores.

pablo_casado_2017_genova-_bigger_and_better_croppedPor último, otro de los puntos que ha despertado las alarmas del activismo es el que se refiere a los valores que deben inspirar la educación en las escuelas húngaras. La reforma constitucional impone que estos deben inspirarse en «la identidad constitucional de nuestro país y la cultura cristiana». La asociación LGTBI Háttér advierte de que esta formulación hará imposible la inclusión de contenidos sobre diversidad afectivo-sexual en los currículos escolares. El vice primer ministro Semjén ya ha aclarado que la reforma se debe entender como una prohibición de la «propaganda de género», un término paraguas que puede contener cualquier tema relacionado con la realidad LGTBI.

El Gobierno de Orbán avanza un paso más hacia la discriminación y estigmatización de la comunidad LGBTI, llegando hasta la negación de su identidad en el caso de las personas trans e intersexuales. Retomamos, en este punto, la pregunta que nos hacíamos con motivo de la aprobación de la ley que prohibió la modificación legal del género asignado al nacer: ¿Reaccionará esta vez la Unión Europea con mayor contundencia, o seguirá limitándose a «condenar», «rechazar» y «lamentar»?

Y esto es lo que tenemos en España… Santiago Abascal con Orban, mientras Pablo Casado apoya a Orban  negándose a firmar con 13 partidos conservadores de la UE que pedían expulsar a Orbán por imponer una corona-dictadura en Hungría

Fuente Dosmanzanas

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