Archivo

Entradas Etiquetadas ‘Tabasco’

El matrimonio igualitario ha sido aprobado en todos los estados de México

Martes, 8 de noviembre de 2022
Comentarios desactivados en El matrimonio igualitario ha sido aprobado en todos los estados de México

43B5C8C3-5C17-4C7C-BE2C-80679E29DF7EA lo largo del 2022, culminando en este mes de octubre, los estados mexicanos que aún no habían legislado el matrimonio igualitario ya lo han implementado, de modo que ya forma parte del cuerpo legislativo de los 31 estados que componen la nación norteamericana, además de Ciudad de México, que fue el territorio pionero. Si bien el fallo de la Suprema Corte de Justicia de 2015 permitía de derecho el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país, el proceso de adaptación de las legislaciones y constituciones estatales para que no fuera necesario un procedimiento judicial ha sido lento, dada la imposibilidad política de que se aprobara una ley de ámbito nacional. Aunque desde la sentencia de la Suprema Corte de Justicia se incluyó a México en la lista de los países con matrimonio igualitario, actualmente 34, ahora ya forma parte definitivamente de ese grupo sin la acotación de «en parte de su territorio».

En marzo de este 2022, concluyó el proceso de modificaciones del estado de Yucatánpara adaptar su legislación a la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo llevada a cabo por el Congreso estatal en agosto de 2021. Así se iniciaba un año en el que, definitivamente, México se ha convertido en uno de los 34 países donde el matrimonio igualitario está legislado en todo su territorio.

El 30 de mayo, la Corte Suprema del estado de Veracruz declaraba la inconstitucionalidad de los artículos del Código Civil que impedían el matrimonio entre personas del mismo sexo. Días después, el Congreso estatal modificaba la ley en aplicación de la sentencia, teniendo efectos del 16 de junio.

El 18 de septiembre, el gobernador de Durango, Esteban Villegas Villarreal, firmaba un decreto que ordenaba a los registros tramitar las solicitudes de matrimonio de las parejas del mismo sexo. El 21 de septiembre, el Congreso estatal modificaba la legislación al respecto.

En un vertiginoso fin de carrera, el 11 de octubre el Congreso del estado de México aprobaba el matrimonio igualitario. El 19 lo hacía el Congreso del estado de Tabasco. El 25 el Congreso del estado de Guerrero y, finalmente, el 26 de octubre el Congreso de Tamaulipas convertía a ese estado en el 31º en otorgar a las parejas el mismo sexo el acceso a la institución del matrimonio. Las modificaciones legislativas aprobadas en los estados de México, Guerrero y Tamaulipas están aún pendientes del trámite de publicación en sus respectivos boletines oficiales.

De esta manera, México finalmente ha concluido el proceso de adaptación de las constituciones y legislaciones de ámbito estatal a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que en 2015 declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo. La sentencia llegó seis años después de su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México en 2009, que fue el primer territorio de América Latina donde se implementó, unos meses antes de su aprobación en Argentina.

No obstante, esa misma sentencia también declaraba inconstitucional la prohibición de la adopción a las parejas del mismo sexo. Sin embargo, los estados de Oaxaca, Baja California Sur, Tlaxcala, Sinaloa, Sonora, Zacatecas, Guanajuato, Yucatán, Estado de México, Tabasco y Guerrero aún no han modificado sus legislaciones para permitirla.

Aun así, tras la modificación legislativa en todos sus estados, México ya forma parte definitivamente de los 11 países del continente americano donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo su territorio.

F393C951-CD40-42DC-9F24-3B2C71E03A65

También se incluye de manera integral entre los 34 países del mundo donde existe la igualdad para las parejas LGTBI.

99D0D74D-C8E5-49C7-BC18-F3741254A1E2

El matrimonio igualitario en México

Como hemos señalado, Ciudad de México fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). El 12 de junio de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano. Previamente a esa definitiva sentencia, el matrimonio igualitario había sido aprobado en los estados de Quintana Roo, Coahuila y, tan solo un día antes, Chihuahua.

La capital mexicana abría así un camino que luego fueron siguiendo los 31 estados de la nación, un país federal en el que cada uno de esos estados goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que no permitían su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se celebraron bodas por orden judicial. En los estados que aún no celebraban matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes debían presentar un recurso de amparo, un trámite que aumentaba los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del entonces presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTBI.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se presentaron dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conllevaba una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas se aprobó.

Fuente Dosmanzanas

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Transfeminicidio de Dayana Karrington en Tabasco: nadie acudió en su ayuda y la encontraron en un lote baldío

Jueves, 13 de enero de 2022
Comentarios desactivados en Transfeminicidio de Dayana Karrington en Tabasco: nadie acudió en su ayuda y la encontraron en un lote baldío
Dayana Karrington, una mujer trans de 30 años, fue asesinada. El 6 de enero encontraron su cuerpo en un predio baldío de la calle Jacinto López del municipio de Cárdenas, Tabasco, un estado al sureste de México. La activista Alexandra Morales exige que este crimen se investigue con perspectiva de género y denuncia que las personas trans viven en un total abandono del Estado.

“Dayana fue una joven estilista originaria de Cárdenas, era una mujer trans trabajadora que buscaba la manera de vivir dignamente, como todas, como todos. Y aunque no tuve la delicadeza de conocerla era una de nuestras hermanas y nos la mataron de una manera horrible y con toda la saña del mundo”, dijo Morales a Presentes.

De acuerdo a notas de la prensa local, los primeros indicios de la investigación policial es que la madrugada del 5 de enero Dayana pidió ayuda a vecinos pero nadie respondió a su grito de auxilio “debido a la falta de luz en la zona”.

Cuando la encontraron en el terreno baldío,  ubicado a un kilómetro del centro de la ciudad de Cárdenas y detrás de un centro comercial, su rostro estaba irreconocible debido a los golpes que recibió.

“Nuestra hermana Dayana pidió ayuda y nadie salió a ayudarla. Nadie llamó a una patrulla para poder atender lo que estaba pasando. Esperaron a que se muriera y apareciera su cuerpo al día siguiente. Ese es el nivel de desatención en Tabasco”, reclama Morales.

A falta de cifras oficiales, Morales comenzó un registro de crímenes de odio en Tabasco y de acuerdo a sus datos, desde 2019 a la fecha al menos 30 mujeres trans han sido asesinadas en ese estado.

Además, comenta que en la mayoría de los casos las mujeres trans vivieron altos niveles de violencia en sus cuerpos antes de ser asesinadas y que las autoridades de justicia y los medios de comunicación los catalogan como crímenes pasionales.

Presentes buscó ponerse en contacto con la Fiscalía en varias ocasiones. En un solo momento se estableció contacto con la operadora y al comentar el motivo cortaron la llamada. 

A casi una semana de los hechos ni la Fiscalía ni la institución local de derechos humanos de Tabasco se han manifestado sobre el transfemincidio de Dayana.

3797389B-7356-4AE0-84CC-362B7CD96D5ATerreno baldío donde encontraron a Dayana Karrington

Personas LGBT+ sin protección ni derechos en Tabasco

Tabasco aún no garantiza derechos a su población LGBT+. No se reconoce el derecho al matrimonio igualitario, tampoco la identidad de género de las personas trans, ni se sancionan las falsas terapias que reprimen las orientaciones sexuales e identidad de género no normativas.

De acuerdo a la ley para prevenir y eliminar la discriminación del estado es discriminación cuando por motivos de género y orientación sexual (entre otras razones) “se obstaculiza restringe, impide, menoscaba o anula el reconocimiento de los derechos humanos y libertades”.

Además, en 2009 por medio del decreto 160 se instituyó el 17 de mayo como el día estatal contra la discriminación y la homofobia el cual obliga a que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de todos los niveles de gobierno (local, municipal y estatal) en Tabasco fomenten y adopten medidas para garantizar derechos a las personas LGBT tabasqueñas.

El documento menciona que el objetivo es “reflexionar e implementar acciones contra todos los tipos de violencia ligadas a la orientación sexual o la identidad de género, además de contribuir a la igualdad de derechos de todas las personas”.

“Aunque existe el decreto 160 las personas trans, gays, lesbianas, no tenemos derechos ni protección y tampoco hay protocolos para que socialmente y políticamente se nos respete. La situación para nosotros es que aquí vivimos muchas violencias en cuestión de nuestra identidad, de nuestra libertad de ser y vivir dignamente”, subraya Morales.

Morales agrega que las violencias que viven, particularmente las mujeres trans, suceden tanto en las calles como dentro de las instituciones. 

6CE2284C-8F03-44B8-B984-1CDCEE6155BD“Hace poco a una compañera la sacaron del baño del Palacio Municipal de Centro (uno de los 17 municipios de Tabasco) agarrándola de los pelos le gritaron que no podían entrar hombres a los baños de mujeres; y también presenté una denuncia ante el IEPC (Instituto Electoral de Participación Ciudadana) porque han sido mujeres feministas transexcluyentes las que me han bloqueado y violentado mis derechos políticos a participar para ser votada”.

“Tenemos mucho miedo pero no nos vamos a callar”

Miedo es lo que percibe Alexandra Morales tras el asesinato de Dayana Karrington.

“Hay mucho miedo. Miedo a simplemente salir y desarrollarse como persona. Miedo a expresarnos y vivir. Miedo a que un día de mañana no regresemos a casa con nuestras familias. Y sí, tenemos mucho miedo pero no nos vamos a callar”.

Morales agregó que ya se buscó una cita con el gobernador de Tabasco y el Fiscal del estado pero aún no tienen respuesta.

“El motivo de esta reunión es para poner orden a la violencia que atravesamos, buscar que las investigaciones se hagan con perspectiva de género, que se entienda qué son los transfemincidios y que el de nuestra hermana Dayana fue uno por cómo atacaron su cuerpo. Estamos esperando una respuesta pero si de aquí al resto de la semana no la tenemos nosotros nos vamos a manifestar, no nos vamos a callar, simplemente porque no podemos permitir más violencias”, concluyó.

Fuente Agencia Presentes

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , ,

Activista LGBT Óscar Cazorla asesinado en su casa en México

Lunes, 18 de febrero de 2019
Comentarios desactivados en Activista LGBT Óscar Cazorla asesinado en su casa en México

51571728_2051967298225489_1148546152702935040_nEl activista LGBT pionero Óscar Cazorla fue asesinado en su casa en Juchitán, en Oaxaca, México, el sábado 9 de febrero.

Según la policía de Oaxaca, que ha abierto una investigación de asesinato, el hombre de 68 años murió por un golpe en el corazón infligido por un objeto punzante.

Cazorla era bien conocido en el estado de Oaxaca, en el sur de México, por defender los derechos de quienes se identifican como muxes, un tercer género no binario que se ha celebrado en la cultura indígena del Istmo de Tehuantepec desde tiempos prehispánicos.

En 1976, el activista LGBT+ asesinado fue uno de los fundadores de la Vela de las Auténticas Intrépidas Buscadores del Peligro, una celebración anual que promueve el respeto de los muxes en Juchitán, un pueblo de 75.000 habitantes que alberga a unos 5.000 muxes, según informó AFP en 2017.

El asesinato de Cazorla conmocionó a la comunidad local, que está de luto por el activista: “Los Auténticos, Intrépidos y Peligrosos Buscadores están de luto. Nos dejaste con el corazón roto. Descansa en paz. Mi hermano Óscar Cazorla López”, escribió la presidenta del grupo, Felina Santiago Valdivieso, en Facebook.

En declaraciones a CNN Español, Santiago Valdivieso pidió que se investigue a fondo el asesinato de Cazorla, ya que nadie ha sido arrestado en relación con la muerte.

activista-lgbt-oscar-cazorla-asesinado-en-su-casa-en-oaxaca-mexico-0El pasado lunes, miembros de Las Auténticas Intrépidas Buscadoras del Peligro, leyeron en conferencia de prensa una carta que enviaron al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, para solicitar una investigación exhaustiva en este caso y otros de violencia que se han suscitado en contra de la comunidad muxe. Por su parte, la diputada presidenta de la Comisión Permanente de Derechos Humanos en la LXIV, Magaly López Domínguez, pidió a las autoridades atender e investigar el caso de Óscar, de quien, dijo, otorgó a los muxes visibilidad y coadyuvó en la lucha contra la homofobia.

“Era una persona muy feliz que recibía a cualquiera en su casa con una sonrisa. No podemos imaginar quién pudo haberlo matado”, dijeron a la emisora. Santiago Valdivieso también denunció el aumento de la violencia homofóba y transfóbica en los últimos cuatro años contra su comunidad: “Estamos involucrados en una ola de violencia que afecta a gran parte de México”, dijeron.

Instituciones internacionales condenan el asesinato del activista LGBT+ Oscar Cazorla

Las instituciones internacionales también condenaron el asesinato de Cazorla. Jan Jarab, representante de la Oficina de Derechos Humanos de la ONU en México, dijo en un comunicado: “Condenamos este terrible crimen que afecta a toda la comunidad muxe y a todos los defensores de los derechos humanos en Oaxaca”. Jarab continuó: “En los últimos años, los crímenes de odio y los asesinatos de defensores de los derechos LGBT+ han ocurrido en diferentes partes del país sin ser investigados adecuadamente. Este patrón de impunidad debe ser superado y, para ello, el asesinato de Oscar debe ser esclarecido, a través de una investigación diligente que considere todas las hipótesis posibles, incluyendo la posibilidad de un crimen de odio o de represalias por sus actividades de defensa de los derechos humanos”.

Oscar-CarzolaUn comunicado de la Unión Europea, Noruega y Suiza condenó tanto la muerte de Cazorla como la del periodista Jesús Eugenio Ramos Rodríguez, quien fue asesinado a tiros en el estado de Tabasco el mismo día del asesinato del activista LGBT+.

La declaración, emitida el martes 12 de febrero, decía: “Expresamos nuestras condolencias y nuestra profunda solidaridad con la familia y los amigos de las víctimas. La muerte de Ramos y Cazorla demuestra una vez más el preocupante grado de violencia e intimidación que enfrentan muchos periodistas y defensores en México”.

Fuente Agencias/20 Minutos

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , , , , , , , , , ,

La diputada de Morena, Candelaria Pérez Jiménez, pide disculpas por sus declaraciones homofóbicas

Martes, 15 de marzo de 2016
Comentarios desactivados en La diputada de Morena, Candelaria Pérez Jiménez, pide disculpas por sus declaraciones homofóbicas

candelaria_perezLa diputada de Morena, Candelaria Pérez Jiménez, pide disculpas por sus declaraciones homofóbicas, cuando dijo que los homosexuales no deberían de existir.

Acompañada de representantes de la comunidad LGTB del estado de Tabasco, en México, la diputada y coordinadora del Movimiento de Regeneración Nacional en Tabasco, Candelaria Pérez Jiménez, se ha disculpado públicamente por unas desafortunadas declaraciones en una entrevista, en la que afirmaba que le “gustaría que no existieran los gays“. En su declaración afirma que no es homofóbica y que tiene pleno respeto a toda persona sin importar su orientación sexual su ideología política o sus sentimientos religiosos.

«Expreso, desde este comunicado, una disculpa pública y extensiva a todas aquellas personas a las que con mis mal entendidas declaraciones pude haber causado una dolencia, molestia, ofensa o daño, manifestando que nunca fue, ha sido, ni será la intención de una servidora emitir una opinión discriminatoria o excluyente en relación a la comunidad de la diversidad sexual y los derechos de sus miembros».

Asimismo, Pérez Jiménez indica que este incidente le ha llevado a conocer a personas dentro de la comunidad LGTB, a quienes agradece su apoyo y ayuda. La disculpa se ha extendido igualmente a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Secretaría de la Diversidad Sexual de Morena y al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Estas disculpas se ofrecen ante las críticas vertidas, incluso por miembros de su propio partido, como Adán Augusto López, dirigente estatal de Morena, tras una entrevista en la que la diputada afirmaba que le “gustaría que no existieran los gays“.

Fuente Universogay

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , ,

Diputada mexicana Candelaria Pérez Jiménez: “Me gustaría que no existieran los gays”

Miércoles, 24 de febrero de 2016
Comentarios desactivados en Diputada mexicana Candelaria Pérez Jiménez: “Me gustaría que no existieran los gays”

candelaria_perezLa política ha pretendido disculparse alegando que lo que quería decir es que “la palabra gay no existe”, sino que “existen los homosexuales”.

 Candelaria Pérez Jiménez, diputada del partido socialista Movimiento Regeneración Nacional, aseguró durante una entrevista que no apoyaría la ley sobre matrimonios igualitarios en el estado de Tabasco, afirmando que “a mí me gustaría que no existieran los gays, la verdad, pero qué le voy a hacer. Eso no se puede”.

Ante estas declaraciones, se han sucedido varias protestas contra la diputada, incluyendo una recogida de firmas a través de Change.org para exigir a la política a disculparse por su comentario y en la que expresan que “Si dejamos pasar por alto las declaraciones homofóbicas de cualquier Diputado(a), ¿cómo podremos seguir avanzando en materia de igualdad?”.

Ante la polémica, Adán Augusto López, dirigente estatal del partido al que pertenece Candelaria Pérez, salió al paso de estas declaraciones y aseguró que “mi partido no discrimina a nadie por preferencias sexuales”.

Finalmente la diputada, en una pretendida disculpa, afirmó que “los medios a lo mejor malinterpretaron o yo no me pude explicar como lo quise hacer”, ya que, aseguró que “la palabra gay no existe, existen los homosexuales pero yo lo dije porque iba a emplear la palabra gay y lo que quise aclarar es que esa palabra no existe para mí o no existe en el marco legal”.

Para terminar, sostuvo que su opinión sobre el matrimonio igualitario es que “como familia, yo no lo puedo aprobar, no lo puedo felicitar” aunque se comprometió a respetar la ley.

Fuente Cáscara Amarga

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

La Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional el veto a la adopción homoparental en Campeche

Sábado, 15 de agosto de 2015
Comentarios desactivados en La Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional el veto a la adopción homoparental en Campeche

noticias_file_foto_1023518_1439452402Importante sentencia favorable a los derechos LGTB en México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, el más alto tribunal del país) ha considerado contraria a la Constitución la prohibición de adoptar menores a las parejas unidas civilmente, incluyendo las del mismo sexo, en el estado sudoriental de Campeche.

La Ley Reguladora de Sociedades de Convivencia entró en vigor a finales de 2013 en este estado de la península de Yucatán. Las parejas del mismo o de distinto sexo pueden desde entonces hacer uso de la misma para formalizar su unión, pero este mecanismo excluía explícitamente algunos derechos sí reconocidos a los matrimonios. Las personas que se unen civilmente mediante este procedimiento perdían automáticamente la patria potestad de sus hijos y tenían vetado el acceso a la adopción. Es por ello que la Comisión de Derechos Humanos de Campeche remitió un recurso de anticonstitucionalidad contra el artículo de la norma que consagraba estas limitaciones de derechos.

Los demandantes explicaban que la exclusión viola los derechos a la no discriminación y a la protección de la organización y desarrollo de la familia que recoge la Constitución mexicana. La SCJN admitió a trámite el recurso y la magistrada Margarita Luna, a principios de este mes, propuso la anulación del artículo por discriminatorio. En el Pleno había una práctica unanimidad (solo uno de los once jueces estaba en contra) en declarar la inconstitucionalidad de la norma, pero existían discrepancias en la argumentación.

Así, un grupo de cinco magistrados quería destacar la discriminación por razón de orientación sexual, ya que las “sociedades de convivencia” son la única alternativa reconocida en la legislación para las parejas del mismo sexo. Sin embargo, otros cuatro preferían considerarla una discriminación de tipo genérico de las parejas unidas civilmente frente a las casadas. Finalmente, la sentencia establece que la exclusión es contraria al interés superior del niño y ha sido adoptada por nueve votos a favor frente a uno en contra: el del juez Eduardo Medina.

El avance de los derechos LGTB en México

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse. Un proceso que en junio de este año recibía un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario.

Dos estados, Chihuahua y Guerrero, pueden considerarse ya de hecho parte de la lista de territorios en los que es posible sin restricciones el matrimonio igualitario, al haber implementado sus respectivos gobiernos órdenes ejecutivas en ese sentido como consecuencia de todo este proceso.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

En cuanto a la adopción, las parejas casadas, sean del mismo o de diferente sexo, pueden acceder en igualdad de condiciones desde la sentencia de la Suprema Corte de 2010. El fallo de esta semana tiene un claro precedente en la emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila en 2011, tres años antes de que este mismo estado aprobara el matrimonio igualitario. Pero que ahora haya sido el máximo tribunal del país el encargado de fallar en la misma dirección debería suponer un avance claro en la seguridad jurídica de las familias homoparentales en todo el país.

Fuente Dosmanzanas, Cristianos Gays

Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

Lunes, 15 de junio de 2015
Comentarios desactivados en Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

matrimonio_igualitario_mexico_copyLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado jurisprudencia determinando que son inconstitucionales los Códigos Civiles de los estados que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer cuyo fin último sea la procreación.

Paso de gigante en México, donde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha asentado la jurisprudencia favorable al matrimonio igualitario que a partir de ahora los tribunales mexicanos deberán seguir en aquellos amparos que les lleguen sobre la materia, con independencia de las leyes locales de cada estado. La decisión consolida de forma irreversible el lento pero imparable avance que se viene produciendo sentencia tras sentencia en ese país. Y es que, según el más alto tribunal mexicano, “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario.

Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de Derechos Humanos del máximo tribunal, indicó en una entrevista que el número de casos de matrimonios de un mismo sexo resueltos por la SCJN permitió que se estableciera una jurisprudencia.

De esta forma la jurisprudencia establece sobre el matrimonio que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”. Así, Bonifaz explicó que cualquier Código Civil que establezca que el matrimonio es sólo entre mujer y hombre, o que establezca que el fin de éste es la procreación, es inconstitucional, “porque hay otros propósitos del matrimonio, si sólo fuera la procreación no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud”.

La nueva jurisprudencia destaca que considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación, constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social.

“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, precisó, y añadió que “como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre ‘un solo hombre y una sola mujer’”.

Por su brevedad y claridad, reproducimos literalmente la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de México:

TESIS JURISPRUDENCIAL 46/2015

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. NO EXISTE RAZÓN DE ÍNDOLE CONSTITUCIONAL PARA NO RECONOCERLO

Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.

En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja.

Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

Una tesis que destaca por su sencillez (salvando las distancias, sorprende al compararla con la farragosa argumentación de la sentencia por la cual el Tribunal Constitucional de España dio validez a la ley española de matrimonio igualitario…). Y aunque la decisión, a día de hoy, no supone la extensión automática del matrimonio igualitario a todo el territorio mexicano de forma plena (las parejas a las que se deniegue su solicitud de matrimonio tendrán que acudir todavía a los tribunales, al menos mientras los estados no tomen decisiones como la que se acaba de adoptar en Chihuahua) supone desde luego un paso de gigante. Seguiremos atentos a la evolución del proceso.

Chihuahua acaba de convertirse en el cuarto estado de México en el que se aprueba el matrimonio igualitario.  El Gobernador César Duarte ha anunciado oficialmente que su administración “eliminará las trabas” a las parejas del mismo sexo que soliciten unirse en matrimonio. Se espera que las licencias comiencen a emitirse este viernes (12 de junio).

En 2013, a la pareja chihuahuense formada por Tony y Tómas se les permitió casarse por un juez de distrito en Ciudad Juárez después de haber sido rechazado inicialmente por el Registro Civil del Estado. Pero después de que la administración bloqueara su matrimonio, 26 parejas del mismo sexo acudieron a formalizar su petición de sus derechos a ser casadas. Todas estas parejas serán compensadas por los trámites legales. En febrero pasado ganaron el amparo después de que el Juzgado Octavo de Distrito declarase inconstitucional los artículos 134 y 135 del Código Civil del Estado de Chihuahua, porque impide los matrimonios igualitarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaba a punto de ordenar al Congreso local que legisle sobre los matrimonios igualitarios, y a las autoridades estatales a que indemnicen a las parejas a las que buscaron la protección de la justicia porque inicialmente se les negó el derecho a contraer nupcias. “Lo que menos quieren ya es que los amparos promovidos por los denunciantes lleguen hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, apunta Mario Trevizo, secretario general de Gobierno.

Las organizaciones Movimiento Integración de la Diversidad (Movid), Derechos Humanos Integrantes en Acción (DHIA) y el Centro Humanístico de Estudios Relacionados con la Orientación Sexual (CHEROS) anuncian en las redes sociales este gran avance, y manifiestan que lo celebrarán en la marcha del Orgullo LGBT del próximo 20 de junio.

Chihuahua se suma de esta forma a Coahuila, Quintana Roo y México, los estados que permiten el matrimonio igualitario en México.

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Un proceso que ahora sufre un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario. La tesis, por otra parte, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por si una discriminación.

Fuente El Economista y Dosmanzanas

 

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Sentencias favorables al matrimonio igualitario en la mayoría de los estados de México

Jueves, 5 de marzo de 2015
Comentarios desactivados en Sentencias favorables al matrimonio igualitario en la mayoría de los estados de México

Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoAunque en los últimos meses los avances al norte del Río Grande han despertado mayor atención, lo cierto es que los Estados Unidos Mexicanos caminan a velocidad de crucero hacia el reconocimiento pleno del matrimonio igualitario. Este ya es realidad en el Distrito Federal (desde 2009) y en el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014), aprobada por sus respectivos órganos legislativos. Es más, en 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer. Pero es que además la inmensa mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, la más reciente de ellas -esta pasada semana- referida al estado de México, y que además insta al Congreso de dicho estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Sentencia tras sentencia y de forma sistemática los jueces mexicanos se han pronunciado a favor del matrimonio igualitario en la inmensa mayoría de los estados, en los que varias decenas de parejas del mismo sexo han conseguido ya ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación similar a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo matrimonio_igualitario_mexico_copyresidentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán.

Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

En todos estos estados las sentencias favorables al matrimonio igualitario han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas del mismo sexo a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Es el caso de la sentencia conocida esta semana pasada, en la que el más alto tribunal mexicano concedía amparo definitivo a cuatro parejas del Estado de México que llevan litigando desde febrero de 2013, y que además insta al Congreso del estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Este mismo lunes podría conocerse también la decisión del Tribunal Constitucional de Yucatán, estado en el que ya ha habido varias bodas entre personas del mismo sexo  -como consecuencia de los amparos judiciales referidos- pero en el que sigue vigente una reforma homófoba aprobada por el Congreso del estado en 2009 que elevaba a rango constitucional la prohibición del matrimonio igualitario.

Dicha prohibición ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional del estado, que bien podría dar un vuelco a la situación legal y ordenar al legislativo terminar con la discriminación.

homosexualesLo cierto es que la acumulación de sentencias está generando una situación cada vez más favorable al matrimonio igualitario. A diferencia de lo que sucede en Estados Unidos, por el momento estas son solo son de obligada ejecución para las parejas recurrentes, pero ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

También empiezan a conocerse sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez este un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Por último, son ya varias las iniciativas de aprobación del matrimonio igualitario en legislaturas estatales desencadenadas por la escalada judicial.

General, Historia LGTBI , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,

Recordatorio

Las imágenes, fotografías y artículos presentadas en este blog son propiedad de sus respectivos autores o titulares de derechos de autor y se reproducen solamente para efectos informativos, ilustrativos y sin fines de lucro. Yo, por supuesto, a petición de los autores, eliminaré el contenido en cuestión inmediatamente o añadiré un enlace. Este sitio es gratuito y no genera ingresos.

El propietario del blog no garantiza la solidez y la fiabilidad de su contenido. Este blog es un lugar de entretenimiento. La información puede contener errores e imprecisiones.

Este blog no tiene ningún control sobre el contenido de los sitios a los que se proporciona un vínculo. Su dueño no puede ser considerado responsable.