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El matrimonio igualitario ha sido aprobado en todos los estados de México

Martes, 8 de noviembre de 2022
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43B5C8C3-5C17-4C7C-BE2C-80679E29DF7EA lo largo del 2022, culminando en este mes de octubre, los estados mexicanos que aún no habían legislado el matrimonio igualitario ya lo han implementado, de modo que ya forma parte del cuerpo legislativo de los 31 estados que componen la nación norteamericana, además de Ciudad de México, que fue el territorio pionero. Si bien el fallo de la Suprema Corte de Justicia de 2015 permitía de derecho el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país, el proceso de adaptación de las legislaciones y constituciones estatales para que no fuera necesario un procedimiento judicial ha sido lento, dada la imposibilidad política de que se aprobara una ley de ámbito nacional. Aunque desde la sentencia de la Suprema Corte de Justicia se incluyó a México en la lista de los países con matrimonio igualitario, actualmente 34, ahora ya forma parte definitivamente de ese grupo sin la acotación de «en parte de su territorio».

En marzo de este 2022, concluyó el proceso de modificaciones del estado de Yucatánpara adaptar su legislación a la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo llevada a cabo por el Congreso estatal en agosto de 2021. Así se iniciaba un año en el que, definitivamente, México se ha convertido en uno de los 34 países donde el matrimonio igualitario está legislado en todo su territorio.

El 30 de mayo, la Corte Suprema del estado de Veracruz declaraba la inconstitucionalidad de los artículos del Código Civil que impedían el matrimonio entre personas del mismo sexo. Días después, el Congreso estatal modificaba la ley en aplicación de la sentencia, teniendo efectos del 16 de junio.

El 18 de septiembre, el gobernador de Durango, Esteban Villegas Villarreal, firmaba un decreto que ordenaba a los registros tramitar las solicitudes de matrimonio de las parejas del mismo sexo. El 21 de septiembre, el Congreso estatal modificaba la legislación al respecto.

En un vertiginoso fin de carrera, el 11 de octubre el Congreso del estado de México aprobaba el matrimonio igualitario. El 19 lo hacía el Congreso del estado de Tabasco. El 25 el Congreso del estado de Guerrero y, finalmente, el 26 de octubre el Congreso de Tamaulipas convertía a ese estado en el 31º en otorgar a las parejas el mismo sexo el acceso a la institución del matrimonio. Las modificaciones legislativas aprobadas en los estados de México, Guerrero y Tamaulipas están aún pendientes del trámite de publicación en sus respectivos boletines oficiales.

De esta manera, México finalmente ha concluido el proceso de adaptación de las constituciones y legislaciones de ámbito estatal a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que en 2015 declaró inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo. La sentencia llegó seis años después de su aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México en 2009, que fue el primer territorio de América Latina donde se implementó, unos meses antes de su aprobación en Argentina.

No obstante, esa misma sentencia también declaraba inconstitucional la prohibición de la adopción a las parejas del mismo sexo. Sin embargo, los estados de Oaxaca, Baja California Sur, Tlaxcala, Sinaloa, Sonora, Zacatecas, Guanajuato, Yucatán, Estado de México, Tabasco y Guerrero aún no han modificado sus legislaciones para permitirla.

Aun así, tras la modificación legislativa en todos sus estados, México ya forma parte definitivamente de los 11 países del continente americano donde existe el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo su territorio.

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También se incluye de manera integral entre los 34 países del mundo donde existe la igualdad para las parejas LGTBI.

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El matrimonio igualitario en México

Como hemos señalado, Ciudad de México fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). El 12 de junio de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano. Previamente a esa definitiva sentencia, el matrimonio igualitario había sido aprobado en los estados de Quintana Roo, Coahuila y, tan solo un día antes, Chihuahua.

La capital mexicana abría así un camino que luego fueron siguiendo los 31 estados de la nación, un país federal en el que cada uno de esos estados goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que no permitían su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se celebraron bodas por orden judicial. En los estados que aún no celebraban matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes debían presentar un recurso de amparo, un trámite que aumentaba los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del entonces presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTBI.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se presentaron dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conllevaba una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas se aprobó.

Fuente Dosmanzanas

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El Estado de Yucatán aprueba, por fin, el matrimonio igualitario con una amplia mayoría y prohíbe las llamadas terapias de conversión

Martes, 31 de agosto de 2021
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matrimonio_igualitario_mexico_copyEl Congreso de Yucatán ha aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario.

El Estado sigue la estela de Sinaloa y Baja California, que también han avalado la unión entre parejas homosexuales este verano

El Congreso del Estado de Yucatán aprobó el pasado miércoles el matrimonio igualitario con 20 votos a favor y cinco en contra. Hace solo tres semanas que Baja California tomó la misma decisión y también este verano, a finales de junio, la unión entre parejas homosexuales fue aceptada en Sinaloa. Con estas tres nuevas resoluciones son ya 22 de los 32 Estados mexicanos los que reconocen este derecho.

En una larga sesión de más de cuatro horas, los diputados de Yucatán han votado a favor de modificar el artículo 94 de la Constitución del Estado para replantear los términos: en vez de algo exclusivo entre un hombre y una mujer,  la reforma aprobada define el matrimonio como «una institución por medio de la cual se establece la unión jurídica, libre y voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua» y abre la figura del concubinato a todas las parejas.

Yucatán se convierte en la última jurisdicción de México en adoptar una definición igualitaria del matrimonio (ya sea por vía puramente legislativa o por mandato judicial) tras Ciudad de México, Quintana Roo, Coahuila, Chihuahua y Guerrero, Nayarit, Jalisco, Campeche, Colima, Michoacán, Morelos, Baja California, Puebla, Chiapas, Oaxaca, San Luis Potosí, Nuevo León, Hidalgo, Baja California Sur, Aguascalientes, Tlaxcala y Sinaloa, esta última en junio de este mismo año. Los territorios mencionados albergan al 62% de la población del país

El camino hasta esta reforma no ha sido fácil en la península. En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) declaró inconstitucional prohibir el matrimonio entre parejas del mismo sexo por ir en contra del principio de no discriminación. Eso dejaba la responsabilidad en los congresos estatales, que debían modificar su legislación, pero varios de ellos se han negado a corregir sus códigos. Ese fue el caso de Yucatán.

En 2019, en una votación secreta, el Congreso yucateco rechazó el matrimonio homosexual. Pero el colectivo PTFY presentó un amparo contra el Poder Legislativo estatal por ir en contra del mandato de la SCJN y esta obligó a los legisladores a repetir la votación, que finalmente se ha desarrollado este miércoles. La resolución ha sido en esta ocasión aprobada con una amplia mayoría.

No podemos olvidar que, en 2019, Ricky Martin y diversas personalidades exigían al gobierno de Yucatán para que aprobase el matrimonio igualitario.

En la misma sesión, los diputados han prohibido las llamadas terapias de conversión, que tratan de modificar la orientación sexual, y han aprobado que el delito de feminicidio no prescriba. En este mismo sentido, los congresistas han establecido que en caso de asesinato de una mujer a manos de su pareja, la patria potestad de los hijos no sea para el agresor sino para los abuelos de los menores.

El matrimonio igualitario en México

En México, el matrimonio igualitario está en vigor en muchos de sus estados y los matrimonios celebrados en ellos deben ser reconocidos a nivel nacional. Ciudad de México, de hecho, fue el primer territorio de América Latina en aprobar el matrimonio igualitario en el año 2009 (meses antes de que lo hiciera Argentina). En 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que tanto los matrimonios entre parejas del mismo sexo como las adopciones por padres del mismo sexo fruto de aquella ley eran válidos en todo el territorio mexicano.

La capital mexicana abría así un camino que luego han seguido otros estados de México, un país federal en el que cada estado goza de amplia autonomía legislativa y cuenta con códigos civiles propios. Además, la prohibición del matrimonio igualitario por los estados que aún no permiten su celebración acabó siendo considerada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia y, de hecho, en prácticamente todos los estados de México se han celebrado ya bodas por orden judicial. En los estados que no celebran matrimonios entre personas del mismo sexo, sin embargo, los contrayentes deben presentar un recurso de amparo, un trámite que aumenta los plazos y los costes.

Pese a todo, el Congreso de México decidía a finales de 2016 bloquear el compromiso del presidente del país, Enrique Peña Nieto, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar sin género de duda la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. Todo ello fruto de una intensa campaña de agitación homófoba promovida, entre otras, por la Iglesia católica mexicana. En enero de 2017 publicábamos la noticia de la nueva constitución de Ciudad de México y el reconocimiento expreso al matrimonio igualitario y a las familias LGTB.

La victoria de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y su partido de nueva creación Morena en las elecciones de julio de 2018 despertaron ciertas expectativas de que una solución a nivel federal, a pesar de sus tibias palabras en campaña. Desde entonces se han presentado dos propuestas. La primera, en octubre de 2018, a iniciativa del senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juan Zepeda Hernández. La segunda, en diciembre de 2019, la defendió la diputada de Morena Reyna Celeste Ascencio Ortega y conlleva una reforma de la Constitución mexicana. Ninguna de ellas ha sido aprobada.

Con la entrada de Yucatán, Baja California y Sinaloa estos últimos tres meses, el mapa mexicano avanza en la igualdad, iniciada hace 11 años en Ciudad de México. Aunque todavía 10 Estados (Coahuila, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Querétaro, Tabasco, Veracruz y Zacatecas) se resisten a reformar sus leyes. Las parejas homosexuales de estas entidades tienen que presentar un amparo para que los jueces aprueben la unión caso por caso, en vez de hacerlo con un trámite ante el Registro Civil.

Fuente Agencias/Cristianos Gays/Dosmanzanas

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Torturan, queman y asesinan a un joven gay en México tras revelar que tenía VIH

Jueves, 10 de junio de 2021
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imagesFue atacado tras decir que era seropositivo durante una fiesta en Cancún. 

Un joven gay fue torturado, quemado y asesinado al revelar que era VIH-seropositivo el pasado fin de semana en el balneario de Cancún, en el Caribe mexicano, según informó este martes una organización defensora de la comunidad LGBTTI+ en la región.

 De acuerdo con la versión de representantes de la organización Resilientxs, que dio a conocer el caso, el pasado sábado, la víctima se encontraba en una fiesta en el balneario de Cancún, en la que reveló su estado serológico, ante lo cual, algunos de los asistentes presuntamente lo torturaron, quemaron y finalmente asesinaron.

“La víctima fue asesinada dentro de un taller de herrería; fue golpeada, torturada, quemada y asesinada una vez que comentó que tenía VIH, tenía muchas heridas de arma blanca”, dijo a Efe Edwin Reyes, representante de Resilientxs.

“Este caso nos ha generado mucha rabia porque estamos en el mes que se conmemora el orgullo de nuestra comunidad y en que se piden y reivindican derechos”, añadió.

Tras enterarse del caso, el titular de la de la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo, Marco Antonio Tóh, condenó el “crimen de odio”.

Además, informó que la Visitaduría General en Cancún realizará las diligencias correspondientes para observar que “se haga justicia” en el caso y exhortó a las autoridades a “investigar con perspectiva de género” y a que el crimen no quede impune.

En tanto, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo abrió un expediente de investigación por el delito de homicidio, pero no por crimen de odio, debido a que todavía no está tipificado en el Código Penal de la entidad este crimen.

“La Red Quintanarroense LGBT, de la que formamos parte, ha solicitado a todas las autoridades a que se haga una reforma al Código Penal para que se incluya los crímenes de odio, de acuerdo a los estándares internacionales”, explicó Reyes.

“Pero no lo han hecho ni nos han tomado en cuenta, esto habla del abandono institucional que hay en el estado”, agregó el activista, quien enfatizó que el denunciado “no es un caso aislado y que es recurrente la discriminación hacia la comunidad LGBTTI+ en el Caribe mexicano”.

 

El colectivo trans, el más golpeado

Más tarde, la Secretaría de Gobernación (Interior) rechazó y condenó enérgicamente el crimen de odio ocurrido en Cancún y lanzó un llamamiento al gobierno de Quintana Roo para tomar las medidas necesarias contra todo tipo de violencia enfocada a las personas LGBTTTI, además de solicitar una investigación con perspectiva antidiscriminatoria.

El asesinato es una realidad espantosa para las personas LGBT+ en México.

Los datos previamente cotejados por el grupo antiviolencia LGBT+ Letra Esse sugerían que al menos 117 personas LGBT+ fueron brutalmente asesinadas en México en 2019, en lo que los activistas están denominando el año más mortífero registrado en media década y registró 79 asesinatos contra personas de la comunidad LGBT en 2020. De estos, 43 de ellos fueron homicidios de mujeres trans.

El informe de Letra Esse mostró que el aumento fue de casi un tercio (27%) desde 2018 y la cifra más alta desde 2015. El grupo advirtió, sin embargo, que la cifra real podría ser aún mayor.

Las mujeres trans, una de las comunidades más vulnerables y marginadas de México, fueron responsables de más de la mitad de los asesinatos, dijo el grupo. Mientras que un tercio de las víctimas eran hombres homosexuales.

El director de Letra Esse, Alejandro Brito, dijo: “Hemos documentado que las víctimas son sometidas a múltiples formas de violencia, antes o incluso después de ser asesinadas. “Hay una gran crueldad hacia las víctimas”.

En Quintana Roo, la Comisión estatal de Derechos Humanos reportó que 33 personas han sido asesinadas en los últimos años por su orientación sexual, identidad o expresión de género.

Fuente Agencias

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Ajena a la tormenta homófoba, la Suprema Corte de Justicia de México reitera que prohibir el matrimonio igualitario es inconstitucional

Lunes, 3 de octubre de 2016
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Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sigue dictando justicia de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad y no discriminación, ajena a todo el revuelo homófobo que vive México. En un nuevo pronunciamiento, la Primera Sala de la Corte ha resuelto tres amparos en el mismo sentido que viene haciendo en los últimos tiempos: determinando que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, en este caso en los estados de Nuevo León, Chiapas e Hidalgo.

El fallo tiene como objeto principal el amparo en revisión 1266/2015, referido al estado de Nuevo León, y reitera de forma expresa la inconstitucionalidad de los artículos 147 y 291 Bis de su Código Civil, que circunscriben las instituciones del matrimonio y el concubinato a la unión de un hombre y una mujer. Según el comunicado hecho público por la propia Corte, “al considerar que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo”. “Y, por lo mismo, la ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a parejas de distinto sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es la procreación, resulta violatoria del derecho a la igualdad y no discriminación, así como del mandato de protección a todo tipo de familias, previstos en la Constitución Federal”, insiste el texto.

Al tratarse además de la segunda ocasión consecutiva en la que se determina la inconstitucionalidad del artículo 147 del Código Civil para el estado de Nuevo León, la Suprema Corte ordena que se informe al Congreso de dicho estado sobre la existencia de tales precedentes.

“Finalmente, es de mencionar que en el mismo sentido y sesión se resolvieron los amparos en revisión 207 y 582, ambos de 2016, en los cuales se determinó la inconstitucionalidad de los preceptos correspondientes de las legislaciones del Estado de Chiapas e Hidalgo, que circunscriben el matrimonio y concubinato a parejas de distinto sexo”, añade el comunicado.

Lo cierto es que la SCJN ya ha dejado clara su postura cada vez que este tema llega a sus manos. De hecho, en 2015 emitió una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que debe seguir cualquier tribunal ante un amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

México: el matrimonio ya es una realidad 

No está de más precisar, para aquellos de nuestros lectores que no hayan seguido estrechamente la evolución del matrimonio igualitario en México pero que sí sepan de las recientes movilizaciones homófobas, que el matrimonio igualitario ya es una realidad en México desde hace años. El último estado en aprobarlo por vía legislativa, el pasado mayo, fue Colima, cuyo Congreso local respaldó por unanimidad una serie de reformas que adecuaban sus leyes a la jurisprudencia de la SCJN, que ya en 2014 había considerado inconstitucional prohibir el matrimonio en ese estado, y que un año después confirmó que la figura jurídica del “enlace conyugal”, que Colima había promovido para reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo, era discriminatoria. La aprobación formal del matrimonio igualitario en Colima tuvo lugar apenas unos días después de que lo hicieran Michoacán y Morelos y solo un par de semanas después de de Campeche.

Antes de esta última oleada, otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (en 2009, y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados allí era extensiva a todo el país), el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit (2015). El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

La acción de los tribunales, clave

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, de hecho, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, una histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes fueron reproduciéndose después en numerosas sentencias.

En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general, pese a que formalmente no se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Chihuahua y Guerrero, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones (en otro estado, Sonora, la directora del Registro Civil llegó a anunciar que las parejas del mismo sexo no tendrían ya que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Pero la gobernadora de Sonora la desautorizó después, confirmando que por el momento sí necesitarán la orden judicial en este estado).

El anuncio de Enrique Peña Nieto precipitó la reacción homófoba

Fue la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como hizo público en mayo pasado el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, la que precipitó la reacción homófoba a la que hemos asistido estas semanas. Peña Nieto anunció que promovería la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el país. El presidente mexicano también aseguró que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

A ya partir de ahí, el lamentable espectáculo de odio homófobo promovido muy especialmente desde la Iglesia católica mexicana, con el cardenal primado Norberto Rivera a la cabeza, que ha cristalizado en las multitudinarias manifestaciones de este mes de septiembre y que ha recibido incluso el espaldarazo del papa Francisco. Veremos quién gana finalmente el pulso, si el estado de derecho o el sector más ultraconservador de la sociedad mexicana.

Fuente Dosmanzanas

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El estado mexicano de Colima aprueba por unanimidad de sus diputados el matrimonio igualitario

Martes, 31 de mayo de 2016
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Congreso-de-ColimaOtro nuevo estado mexicano acaba de aprobar por unanimidad de sus diputados la reforma de su Código Civil para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo. Se trata de Colima, en la costa del Pacífico. La aprobación ocurre pocos días después de que el presidente de México, Enrique Peña Nieto, anunciase su intención de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. Una reforma que pondrá punto final a la peculiar situación de México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponen matrimonio igualitario. A este paso, habrá que ver si a este paso la reforma federal no se aprueba con matrimonio igualitario en todos los estados… 

Una tras otra, como fichas de dominó, las legislaciones de los estados mexicanos van cayendo del lado de la igualdad: a la lista de estados cuyas legislaciones ya son igualitarias se acaban de unir esta semana Colima, cuyo Congreso local ha aprobado por unanimidad una serie de reformas que adecuan sus leyes a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ya en el año 2014 había considerado inconstitucional prohibir el matrimonio en ese estado, y que un año después confirmó que la figura jurídica del “enlace conyugal”, que Colima había promovido para reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo, era discriminatoria.

Es por eso que el Congreso de Colima ha abordado las correspondientes reformas, tanto de la Constitución del estado, para eliminar de la definición de matrimonio el que este tenga que ser contraído “entre un hombre y una mujer” (reforma que fue votada a principios de mes), como del Código Civil, que a partir de ahora adopta un lenguaje neutro en su articulado. Esta última reforma fue aprobada el pasado miércoles, 25 de mayo, por 24 votos a favor y ningún voto en contra (un diputado estaba ausente).

La aprobación formal del matrimonio igualitario en Colima tiene lugar apenas unos días después de que hicieran lo propio los estados de Michoacán y de Morelos, y solo un par de semanas después de que lo hiciera el estado de Campeche. Antes de esta última oleada, otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

La acción de los tribunales, clave

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Acelerón de los estados tras el anunció de Peña Nieto

Faltaba sin embargo el empujón final: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como anunciaba este mes de mayo Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también aseguraba que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

En cualquier caso, la iniciativa presidencial debe ser todavía discutida y aprobada por el Congreso mexicano, lo que se demorará sin duda un tiempo. Es por eso que es buena noticia que los estados continúen actualizando por su cuenta sus legislaciones matrimoniales para acabar cuanto antes con la desigualdad jurídica. De hecho, tras Michoacán, Morelos y Colima se espera que a corto plazo hagan lo propio Chiapas y el estado de México.

Fuente Dosmanzanas

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A la espera de que sea ley en todo el país, los estados mexicanos de Michoacán y Morelos aprueban ya el matrimonio igualitario

Miércoles, 25 de mayo de 2016
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matrimonio_igualitario_mexico_copyHace pocos días recogíamos el anuncio del presidente de México, Enrique Peña Nieto, coincidente con la celebración del Día Internacional contra la LGTBfobia, de promover la reforma tanto de la Constitución mexicana como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. Una reforma que pondrá punto final a la peculiar situación que vive México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponen matrimonio igualitario. Pues bien, a esa lista se han sumado esta semana dos nuevos estados: Michoacán y Morelos.

Una tras otra, como fichas de dominó, las legislaciones de los estados mexicanos van cayendo del lado de la igualdad: a la lista de estados cuyas legislaciones ya son igualitarias se acaban de unir esta misma semana Michoacán, en la costa oeste, por 27 votos a favor y 8 abstenciones, sin votos en contra (se abstuvieron los siete representantes del PAN y una sola diputada del PRI) y Morelos, en el centro del país, por 20 votos a favor y solo 6 en contra (PAN y Encuentro Social, una formación  democristiana).

Precisamente la semana pasada, días antes del anuncio presidencial, dábamos cuenta de la aprobación del matrimonio igualitario en el estado de Campeche (península de Yucatán). Antes de Campeche otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

La acción de los tribunales, clave

En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Faltaba el empujón final: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como anunciaba a principios de esta semana Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también aseguraba que se revisarían todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN.

En cualquier caso, la iniciativa presidencial debe ser todavía discutida y aprobada por el Congreso mexicano, lo que se demorará sin duda un tiempo. Es por eso que es buena noticia que los estados continúen actualizando por su cuenta sus legislaciones matrimoniales para acabar cuanto antes con la desigualdad jurídica (la social es ya otro cantar…).

Fuente Dosmanzanas

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Tras años de lucha: el presidente de México anuncia que el matrimonio igualitario será ley en todo el país

Jueves, 19 de mayo de 2016
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-a6728052-lEl presidente de México, Enrique Peña Nieto, aprovechó la celebración del Día Internacional contra la LGTBfobia (oficialmente en México “Día Nacional contra la Homofobia”para anunciar sendas iniciativas de reforma tanto de la Constitución mexicana (en su artículo cuarto) como del Código Civil federal para asegurar la plena vigencia del matrimonio igualitario en todo el territorio mexicano. La reforma pondrá punto final a la peculiar situación que vivía México, país en el que conviven un Código Civil federal con los diferentes códigos civiles de los estados que lo forman, varios de los cuales ya disponían de hecho de matrimonio igualitario, y en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha declarado la inconstitucionalidad de prohibirlo. De hecho, a día de hoy, incluso en los territorios mexicanos que no han aprobado una ley al respecto es posible la celebración de matrimonios tras recurrir a un amparo judicial.

El máximo mandatario del país azteca fue uno de los políticos más activos en esta señalada fecha y a lo largo del día realizó una valiosa campaña contra la LGTBfobia en sus perfiles personales de Twitter y Facebook.

El gobierno de Peña Nieto ya había lanzado un programa nacional por la igualdad y la no discriminación en el año 2014 y se ha comprometido a seguir combatiendo la discriminación con nuevas campañas informativas y revisando los contenidos anacrónicos de los planes educativos para adaptarlos a las nuevas realidades.  Lo mejor estaba por llegar. De este modo, Peña Nieto Enrique Peña Nieto, anunció una nueva iniciativa para tratar de modificar la Constitución y el Código Civil y que el matrimonio entre personas del mismo sexo pueda ser reconocido en todo el país.

El Gobierno de México anunció este martes una propuesta para reformar la Constitución con el fin de reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. El presidente, Enrique Peña Nieto, firmó una iniciativa en este sentido en el Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia que, dijo, servirá para consolidar el criterio emitido el pasado año por la Suprema Corte de Justicia, que consideró inconstitucionales las leyes estatales que prohíban el matrimonio homosexual.

Con una modificación del artículo 4 constitucional, se reconocerá como “un derecho humano que las personas puedan contraer matrimonio sin discriminación alguna”, dijo el gobernante, rodeado de miembros de ONG defensoras de la diversidad sexual. “Es decir, que los matrimonios se realicen sin discriminación por motivos de origen étnico, discapacidad, condición social, salud, religión, género o preferencias sexuales“, añadió el mandatario.

matrimonio_igualitario_mexico_copyDe esta forma, “quedaría implícito el matrimonio igualitario en nuestra Constitución” y se evitaría la diferencia entre estados existente hoy día, afirmó. Junto a este decreto, Peña Nieto presentó una segunda iniciativa para que en el Código Civil Federal se asegure el matrimonio entre personas del mismo sexo y se utilice un lenguaje que no sea discriminatorio.

En el marco de esta propuesta también se contempla que los cónsules, en calidad de jueces del registro civil, puedan expedir actas de nacimiento con una nueva identidad de género. También pidió a la Cancillería que en la emisión de pasaportes no se pongan trabas a la actas de nacimiento que presentan cambio de sexo.

El mandatario ordenó a la Consejería Jurídica revisar “los distintos ordenamientos” que contienen todavía lenguajes discriminatorios dentro de un paquete de reformas para fomentar la justicia cotidiana. Dijo que espera trabajar de la mano con las organizaciones civiles para crear “a la brevedad un paquete de reformas que modifique mucho el ámbito de la Justicia”.

Por último, abundó en el deseo de convertir a México en un “actor global” en la lucha por los derechos del colectivo LGBT, y dijo que la nación formará parte de un grupo de análisis sobre esta temática en las Naciones Unidas. El presidente se mostró confiado en que en México todos, “sin importar la condición sexual, étnica o preferencia sexual, tengan la oportunidad de realizarse plenamente y la oportunidad de ser feliz”.

Esta era la primera ocasión en que el mandatario se reúne con ONG y miembros de la sociedad civil para festejar este Día Nacional de Lucha Contra la Homofobia, que declaró en 2014. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) organizó un foro para evaluar la homofobia en el país, que según algunos informes se ubica en el segundo del mundo por número de crímenes de odio contra la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT).

Según un reporte de la ONG Letra S basado en medios de comunicación, de 1995 a la fecha se han registrado 1.310 homicidios homófobos en México.

Hace solo unos días que informamos de la aprobación, por aplastante mayoría de su Congreso local, del matrimonio igualitario en el estado de Campeche (península de Yucatán). Se trataba del quinto territorio mexicano (noveno, de facto) con matrimonio igualitario. Antes de Campeche otros tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (2009), el norteño el estado de Coahuila (2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (2015). Y ya en 2010 la SCJN determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado enero, por otra parte, la SCJN aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

La acción de la justicia, clave

enrique-peña-nieto-asume-presidencia-mexico-11-300x300-1En la práctica totalidad de los estados mexicanos, conviene precisar, ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN, que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron en numerosas sentencias posteriores. En dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace unos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales ya es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

El broche final

Solo faltaba el empujón final, que ha acabado llegando como fruta madura: la decisión formal de plasmar en las leyes federales el matrimonio igualitario, tal y como acaba de anunciar Enrique Peña Nieto. El presidente mexicano también ha asegurado que se revisarán todas y cada una de las leyes federales mexicanas para eliminar todo atisbo de discriminación por orientación sexual e identidad de género y ajustarlas, de esta forma, a la jurisprudencia de la SCJN. Sin duda, una fantástica noticia.

Os dejamos con un breve reportaje de TV Azteca Puebla que incluye parte del discurso en el que Peña Nieto hizo el anuncio:

Fuente Agencias/Dosmanzanas

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El estado mexicano de Campeche aprueba el matrimonio igualitario con un solo voto en contra de su Congreso local

Lunes, 16 de mayo de 2016
Comentarios desactivados en El estado mexicano de Campeche aprueba el matrimonio igualitario con un solo voto en contra de su Congreso local

congreso-sesion-campeche-144431El estado mexicano de Campeche ha aprobado, por aplastante mayoría de su Congreso local (34 votos a favor de 35 posibles, solo uno en contra) la reforma de su Código Civil para hacer posible el matrimonio entre personas del mismo sexo. Se trata del quinto territorio mexicano (noveno, de facto) con matrimonio igualitario, si bien por vía judicial las bodas son posibles ya en todo el país.

Votaron a favor del matrimonio igualitario (después de la correspondiente tramitación parlamentaria y a petición del gobernador Alejandro Moreno Cárdenas para armonizar el Código Civil local con la jurisprudencia federal) casi todos los diputados del Congreso de Campeche, incluyendo los representantes de los tres principales partidos mexicanos: el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido de Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD). También votaron a favor los diputados del Partido Verde Ecologista y del Partido Nueva Alianza. De los tres representantes del Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), dos votaron a favor y solo una, Adriana Avilez, votó en contra, aduciendo principios morales personales. El suyo fue el único voto que impidió que la decisión fuera unánime.

Antes de Campeche, estado situado en la península de Yucatán, solo tres territorios mexicanos habían aprobado el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos: el Distrito Federal (desde 2009), el norteño el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014) y el estado de Nayarit, en la costa oeste del país (en diciembre de 2015). Y ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó, por cierto, que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también era ya posible en el estado de Quintana Roo (vecino de Campeche, también en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

El pasado mes de enero, por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó invalidar el artículo del Código Civil del estado de Jalisco que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer, abriendo además la puerta a que estos matrimonios pudiesen celebrarse sin necesidad de un amparo judicial previo.

Un escenario judicial favorable

En Campeche, conviene precisar, ya se habían celebrado bodas entre personas del mismo sexo por decisión judicial, como por otra parte ya ha sucedido en la inmensa mayoría de los estados mexicanos. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la SCJN que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se han reproducido luego en amparos a parejas de numerosos estados. En dos de ellos, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales decidieron hace meses, como consecuencia de estas sentencias, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario. Un tercer estado, Sonora, acaba también de levantar las restricciones: hace pocos días la directora de su Registro Civil anunciaba que las parejas del mismo sexo ya no tendrán que solicitar ningún amparo judicial para contraer matrimonio. Chihuahua, Guerrero y Sonora, además del mencionado Jalisco, pueden considerarse de facto parte de la lista de territorios en los cuales es posible el matrimonio igualitario sin aparentes restricciones.

Toda una cascada judicial que en 2015 recibió un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado cuyas leyes locales no contemplen el matrimonio igualitario. La tesis expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario y, lo que es quizá más importante, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

Oposición católica y evangélica

El avance del matrimonio igualitario en México no se está produciendo, precisamente, sin resistencias tanto de la Iglesia católica como de los grupos evangélicos, como demostraron las protestas que tuvieron lugar frente al Congreso de Campeche coincidiendo con la aprobación de su ley de matrimonio igualitario (“arderán en el infierno”, amenazaron los congregados a los diputados locales).

Afortunadamente, no son pocos los políticos mexicanos, incluso de ideas conservadoras, que se mantienen leales a una tradición laica que parece aguantar mejor en México que en otros lugares de América Latina en los que la frontera entre la política y las confesiones religiosas tiende a debilitarse (muy especialmente ante la pujanza que el movimiento evangélico está adquiriendo en la región).

Fuente Dosmanzanas

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Declarada inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario en Jalisco

Viernes, 29 de enero de 2016
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matrimonio.jpgMagnífica noticia la que nos llega desde México. En una votación unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha aprobado este martes invalidar el artículo 260 del Código Civil del estado de Jalisco, que establecía que el matrimonio solo era válido si era contraído entre un hombre y una mujer. La acción de inconstitucionalidad había sido promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Así lo ha hecho saber la SCJN en un comunicado oficial:

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 28/2015, de manera unánime, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que una porción impugnada del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco era inconstitucional ya que atentaba contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y, de manera implícita generaba una violación al principio de igualdad, porque a partir de ese propósito se daba un trato diferenciado a parejas homoparentales respecto de las parejas heterosexuales, al excluir de la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo.

En esta ocasión, y a diferencia de otras que hemos recogido en el pasado, la sentencia de la SCJN supone que todas las parejas del mismo sexo que lo deseen podrán contraer matrimonio en Jalisco sin necesidad de recurrir ya a amparo alguno. Esto es así porque la SCJN se pronuncia en respuesta a una acción de inconstitucionalidad que ha sido promovida dentro del plazo legal tras un nuevo acto legislativo (en este caso, el artículo 260 del Código Civil fue reformado en marzo por el Congreso de Jalisco, reforma publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 4 de abril de 2015). Y aunque la reforma no se refería expresamente a esta cuestión, sí permitía que se iniciase la acción de inconstitucionalidad.

En cambio, en las anteriores sentencias que han establecido la inconstitucionalidad de normas similares en otros estados la SCJN se ha pronunciado en respuesta a amparos presentados por particulares. Este mecanismo solo ampara a dichos particulares pero no supone, como tal, la invalidación de la norma.

Seis estados (más el Distrito Federal) con matrimonio igualitario sin trabas

Jalisco se convierte así en el sexto estado mexicano con matrimonio igualitario pleno (además del Distrito Federal, que no es propiamente un estado). Ello ha sido así por decisión de sus órganos legislativos en el Distrito Federal (desde 2009), en el norteño el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014) y en el estado de Nayarit, en la costa del Pacífico (cuyo Congreso local lo aprobó por aplastante mayoría hace poco más de un mes). Y ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó, por cierto, que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal era extensiva a todo el país.

El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo (en la península de Yucatán), cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer. En otros dos estados, Chihuahua y Guerrero, los propios gobiernos estatales son los que han decidido, como consecuencia de las diversas sentencias judiciales, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general sin que formalmente se haya aprobado una ley de matrimonio igualitario, por lo que pueden considerarse de facto parte de la lista.

Y un escenario judicial favorable en el resto

En el resto de estados también se celebran bodas entre personas del mismo sexo, pero solo después de que las parejas reciban el correspondiente amparo judicial. De especial importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió la Suprema Corte y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes se reprodujeron luego en múltiples amparos a particulares a lo largo y ancho del país, a los que tanto los jueces federales como la propia SCJN daban la razón (especialmente importante fue la sentencia emitida en abril de 2014 a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca).

Un proceso que recibió en noviembre el espaldarazo definitivo con la decisión de la SCJN de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que se les presente sobre la materia. La tesis no solo expresa que “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario, sino que cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por sí una discriminación.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos ya ha pedido la extensión a todo el país

Especialmente encomiable ha resultado en el caso del estado de Jalisco la actuación de la CNDH, una entidad gubernamental autónoma (que puede considerarse equivalente a las Defensorías del Pueblo de otros países) y que es una de las que cuenta con capacidad legal para promover acciones de inconstitucionalidad. Una actuación acorde con su función, la de defender los derechos humanos, que la ha llevado a defender de una forma clara y ejemplar el matrimonio igualitario.

Este pasado diciembre, de hecho, el organismo emitía una recomendación oficial a los titulares de los poderes ejecutivos y a los órganos legislativos de todos los estados del país para que adecuasen los correspondientes ordenamientos en materia civil y/o familiar. “Este Organismo Nacional enfatiza que la orientación sexual no puede ser un criterio relevante para diferenciar el acceso al disfrute del derecho de protección a la familia que se encuentra consagrado en nuestra Constitución, el cual puede ser el mismo, tanto para las parejas del mismo sexo como las heterosexuales. Solamente el Distrito Federal y Coahuila han modificado sus códigos civiles y/o familiares para permitir el matrimonio igualitario y, si bien es cierto que algunos gobiernos estatales han intentado regular el acceso a las parejas del mismo sexo a uniones civiles con la creación de figuras jurídicas diferenciadas del matrimonio, tales como ‘sociedad de convivencia’, ‘pacto civil de solidaridad’, ‘enlace conyugal’, resultan discriminatorias pues generan regímenes distintos de derecho para regular una situación equivalente”, expresaba entonces la CNDH.

Todo un ejemplo a seguir por organismos equivalentes de otros países…

Fuente Dosmanzanas

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Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

Lunes, 15 de junio de 2015
Comentarios desactivados en Tribunal Supremo de México declara inconstitucionales todas las prohibiciones al matrimonio igualitario… y Chihuahua lo aprueba

matrimonio_igualitario_mexico_copyLa Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado jurisprudencia determinando que son inconstitucionales los Códigos Civiles de los estados que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer cuyo fin último sea la procreación.

Paso de gigante en México, donde la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha asentado la jurisprudencia favorable al matrimonio igualitario que a partir de ahora los tribunales mexicanos deberán seguir en aquellos amparos que les lleguen sobre la materia, con independencia de las leyes locales de cada estado. La decisión consolida de forma irreversible el lento pero imparable avance que se viene produciendo sentencia tras sentencia en ese país. Y es que, según el más alto tribunal mexicano, “no existe razón de índole constitucional para no reconocer” el matrimonio igualitario.

Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de Derechos Humanos del máximo tribunal, indicó en una entrevista que el número de casos de matrimonios de un mismo sexo resueltos por la SCJN permitió que se estableciera una jurisprudencia.

De esta forma la jurisprudencia establece sobre el matrimonio que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”. Así, Bonifaz explicó que cualquier Código Civil que establezca que el matrimonio es sólo entre mujer y hombre, o que establezca que el fin de éste es la procreación, es inconstitucional, “porque hay otros propósitos del matrimonio, si sólo fuera la procreación no se podrían casar personas de cierta edad o personas que tienen alguna cuestión de salud”.

La nueva jurisprudencia destaca que considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación, constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social.

“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, precisó, y añadió que “como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre ‘un solo hombre y una sola mujer’”.

Por su brevedad y claridad, reproducimos literalmente la tesis jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de México:

TESIS JURISPRUDENCIAL 46/2015

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. NO EXISTE RAZÓN DE ÍNDOLE CONSTITUCIONAL PARA NO RECONOCERLO

Las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia. Para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las parejas heterosexuales, de tal manera que es totalmente injustificada su exclusión del matrimonio. La razón por la cual las parejas del mismo sexo no han gozado de la misma protección que las parejas heterosexuales no es por descuido del órgano legislativo, sino por el legado de severos prejuicios que han existido tradicionalmente en su contra y por la discriminación histórica. El derecho a casarse no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados al matrimonio, sino también el derecho a los beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.

En el orden jurídico mexicano existen una gran cantidad de beneficios económicos y no económicos asociados al matrimonio. Entre éstos destacan los siguientes: (1) beneficios fiscales; (2) beneficios de solidaridad; (3) beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges; (4) beneficios de propiedad; (5) beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas; y (6) beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros. En este sentido, negar a las parejas homosexuales los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran “ciudadanos de segunda clase”, lo cual esta Primera Sala no comparte. No existe ninguna justificación racional para reconocer a los homosexuales todos los derechos fundamentales que les corresponden como individuos y, al mismo tiempo, reconocerles un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja.

Los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios porque constituyen un régimen de “separados pero iguales”. La exclusión de las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa la noción de que las parejas del mismo sexo son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

Una tesis que destaca por su sencillez (salvando las distancias, sorprende al compararla con la farragosa argumentación de la sentencia por la cual el Tribunal Constitucional de España dio validez a la ley española de matrimonio igualitario…). Y aunque la decisión, a día de hoy, no supone la extensión automática del matrimonio igualitario a todo el territorio mexicano de forma plena (las parejas a las que se deniegue su solicitud de matrimonio tendrán que acudir todavía a los tribunales, al menos mientras los estados no tomen decisiones como la que se acaba de adoptar en Chihuahua) supone desde luego un paso de gigante. Seguiremos atentos a la evolución del proceso.

Chihuahua acaba de convertirse en el cuarto estado de México en el que se aprueba el matrimonio igualitario.  El Gobernador César Duarte ha anunciado oficialmente que su administración “eliminará las trabas” a las parejas del mismo sexo que soliciten unirse en matrimonio. Se espera que las licencias comiencen a emitirse este viernes (12 de junio).

En 2013, a la pareja chihuahuense formada por Tony y Tómas se les permitió casarse por un juez de distrito en Ciudad Juárez después de haber sido rechazado inicialmente por el Registro Civil del Estado. Pero después de que la administración bloqueara su matrimonio, 26 parejas del mismo sexo acudieron a formalizar su petición de sus derechos a ser casadas. Todas estas parejas serán compensadas por los trámites legales. En febrero pasado ganaron el amparo después de que el Juzgado Octavo de Distrito declarase inconstitucional los artículos 134 y 135 del Código Civil del Estado de Chihuahua, porque impide los matrimonios igualitarios.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación estaba a punto de ordenar al Congreso local que legisle sobre los matrimonios igualitarios, y a las autoridades estatales a que indemnicen a las parejas a las que buscaron la protección de la justicia porque inicialmente se les negó el derecho a contraer nupcias. “Lo que menos quieren ya es que los amparos promovidos por los denunciantes lleguen hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, apunta Mario Trevizo, secretario general de Gobierno.

Las organizaciones Movimiento Integración de la Diversidad (Movid), Derechos Humanos Integrantes en Acción (DHIA) y el Centro Humanístico de Estudios Relacionados con la Orientación Sexual (CHEROS) anuncian en las redes sociales este gran avance, y manifiestan que lo celebrarán en la marcha del Orgullo LGBT del próximo 20 de junio.

Chihuahua se suma de esta forma a Coahuila, Quintana Roo y México, los estados que permiten el matrimonio igualitario en México.

En México hay que distinguir varias situaciones. Por un lado, hay dos territorios en los que ya es realidad el matrimonio igualitario por decisión de sus órganos legislativos. Se trata del Distrito Federal (desde 2009) y del estado de Coahuila (desde septiembre de 2014). A este respecto, ya en 2010 la Suprema Corte de Justicia determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en el estado de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio deba ser contraído necesariamente entre un hombre y una mujer.

Pero es que además la inmensa mayoría del resto de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, haciendo posible que varias decenas de parejas del mismo sexo hayan conseguido ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentaciones equivalentes a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán. De hecho, el gobierno del estado de Chihuahua decidía esta misma semana, ante la acumulación de sentencias favorables y temeroso de una avalancha de peticiones de indemnización por parte de las parejas a las que se niegue su derecho a casarse, dejar de poner trabas a la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo con carácter general. Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

Todas estas sentencias han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Pero también se han ido produciendo sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil a una solicitud de matrimonio,“sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Un proceso que ahora sufre un espaldarazo con la decisión del más alto tribunal mexicano de emitir una tesis jurisprudencial que marca de forma expresa el criterio que deben seguir los tribunales ante cualquier amparo que interponga una pareja del mismo sexo a la que no se le permita casarse por residir en un estado que no haya aprobado el matrimonio igualitario. La tesis, por otra parte, cierra definitivamente el camino a las legislaciones de “unión civil” similares en todo al matrimonio excepto por el nombre, al considerar que ello supone ya de por si una discriminación.

Fuente El Economista y Dosmanzanas

 

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Cinco años de matrimonio igualitario en México D.F., primera jurisdicción de América Latina que lo aprobó

Martes, 10 de marzo de 2015
Comentarios desactivados en Cinco años de matrimonio igualitario en México D.F., primera jurisdicción de América Latina que lo aprobó

1166755El jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, entregó las actas de matrimonio y cortó el pastel de bodas con las parejas.

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio igualitario, en diciembre de 2009, de la ley que hacía posible el matrimonio entre personas del mismo sexo en la capital de México. Se trataba, no lo olvidemos, de la primera ley de matrimonio igualitario de América Latina. Las primeras bodas no se celebraron sin embargo hasta marzo de 2010, una vez que la ley estuvo formalmente en vigor. Cinco años después, aquel momento histórico ha sido conmemorado por el jefe del gobierno capitalino con una boda colectiva. La conmemoración coincide además con una nueva sentencia favorable al matrimonio igualitario en uno de los pocos estados que aún no contaba con ella: Chiapas.

Son más de 5.400 parejas del mismo sexo las que han ejercido ya su derecho a contraer matrimonio en el Distrito Federal. Veintiuna de ellas lo hacían este 4 de marzo, cinco años después de la entrada en vigor de la ley que lo hace posible, en una ceremonia colectiva que tuvo lugar en presencia del jefe de gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera. “Nos da mucho gusto que sea en esta ciudad donde pueda concretarse esto que es una realidad, una ciudad que ha reconocido la necesidad de cambiar la mentalidad”, afirmaba Mancera, quien por cierto resaltó el hecho de que la tasa de divorcio entre parejas del mismo sexo sea solamente del 1%. “Las parejas precisamente que hoy están celebrando el quinto aniversario del matrimonio civil igualitario son las parejas que menos índice de divorcios tienen en nuestra ciudad”, destacó.

La capital mexicana abría hace cinco años un camino que el resto del país aún está transitando. En 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en la capital era extensiva a todo el país. Al Distrito Federal se han sumado además los estados de Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer, y Coahuila, cuyo Congreso aprobaba por aplastante mayoría la segunda ley de matrimonio igualitario del país el pasado septiembre.

Pero es que además la gran mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, que por el momento solo han sido de obligada ejecución para las parejas recurrentes pero que han permitido ya a decenas de ellas casarse. Hace pocos días hacíamos una recapitulación de la situación, coincidiendo con la que hasta entonces era la última de ellas (referida al estado de México), pero este 4 de marzo se sumaba un estado más…

Chiapas: la justicia da amparo a 51 parejas del mismo sexo

Efectivamente, la justicia federal daba finalmente amparo a 51 parejas del mismo sexo del estado de Chiapas, al considerar contrarios a la Constitución mexicana tres artículos del Código Civil del estado que les impiden contraer matrimonio. La solicitud de amparo se remonta a 2013, año en que se inició el acopio de documentación. “Continuando con el criterio de la Primera Sala en el amparo 152/2013, este juzgado debe considerar que lo que procede es declarar la inconstitucionalidad de las porciones normativas de entre un hombre y una mujer contenidas en los artículos 144, 145 y 298 del Código Civil del Estado de Chiapas”, expresa el fallo. En cuanto les sea entregado por escrito el dictamen, las 51 personas firmantes del amparo y sus parejas estarán cobijadas por la ley federal para contraer matrimonio civil.

La resolución del amparo 152/2013 a la que hace alusión el tribunal no es otra que la importante sentencia emitida en abril de 2014 por la Suprema Corte de Justicia de México, que falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca que solicitaron amparo al considerar que el artículo del Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” era inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”.

Dos años antes, en 2012, la Suprema Corte había abierto en cualquier caso el camino judicial amparando a tres parejas, también de Oaxaca, a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación que luego se ha reproducido en amparos a parejas del mismo sexo residentes en otros estados, varios de ellos confirmados además por la Suprema Corte de Justicia. De hecho, ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

En solo unos días se han sumado también el estado de México (con una contundente sentencia de la Suprema Corte, que pone fin a un largo litigio judicial e insta al Congreso del estado a acabar con la discriminación) y ahora Chiapas. El largo camino a la igualdad, abierto hace cinco años, parece cada vez más despejado.

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Sentencias favorables al matrimonio igualitario en la mayoría de los estados de México

Jueves, 5 de marzo de 2015
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Pr‰sidentenpalast am Zocalo mit mexikanischer Flagge, Mexico City, MexikoAunque en los últimos meses los avances al norte del Río Grande han despertado mayor atención, lo cierto es que los Estados Unidos Mexicanos caminan a velocidad de crucero hacia el reconocimiento pleno del matrimonio igualitario. Este ya es realidad en el Distrito Federal (desde 2009) y en el estado de Coahuila (desde septiembre de 2014), aprobada por sus respectivos órganos legislativos. Es más, en 2010 la Suprema Corte de Justicia de México determinó que la validez de los matrimonios celebrados en el distrito federal es extensiva a todo el país. El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer. Pero es que además la inmensa mayoría de estados mexicanos cuenta ya con sentencias favorables al matrimonio igualitario, la más reciente de ellas -esta pasada semana- referida al estado de México, y que además insta al Congreso de dicho estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Sentencia tras sentencia y de forma sistemática los jueces mexicanos se han pronunciado a favor del matrimonio igualitario en la inmensa mayoría de los estados, en los que varias decenas de parejas del mismo sexo han conseguido ya ver reconocido su derecho a casarse. De gran importancia fue, en este sentido, la histórica sentencia que en 2012 emitió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de México y que amparó a tres parejas del estado de Oaxaca a las que no se les permitía contraer matrimonio por considerar que se violaba el principio de igualdad. Argumentación similar a las que luego se han reproducido en amparos a parejas del mismo sexo matrimonio_igualitario_mexico_copyresidentes en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California del Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, DurangoGuanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz o Yucatán.

Un proceso que se ha producido no sin resistencia: en el caso de Baja California, por ejemplo, una pareja que vio reconocido su derecho a contraer matrimonio tuvo que seguir litigando ante la negativa del Registro Civil de Mexicali de obedecer el mandato de la Suprema Corte hasta en cuatro ocasiones. No fue hasta mitad de enero que la pareja pudo por fin casarse.

En todos estos estados las sentencias favorables al matrimonio igualitario han sido emitidas por jueces federales como respuesta a amparos solicitados por parejas del mismo sexo a las que las leyes locales no les permitían contraer matrimonio, en la mayoría de los casos confirmadas además por la Suprema Corte de Justicia. Es el caso de la sentencia conocida esta semana pasada, en la que el más alto tribunal mexicano concedía amparo definitivo a cuatro parejas del Estado de México que llevan litigando desde febrero de 2013, y que además insta al Congreso del estado a reformar su legislación matrimonial para acabar con la discriminación.

Este mismo lunes podría conocerse también la decisión del Tribunal Constitucional de Yucatán, estado en el que ya ha habido varias bodas entre personas del mismo sexo  -como consecuencia de los amparos judiciales referidos- pero en el que sigue vigente una reforma homófoba aprobada por el Congreso del estado en 2009 que elevaba a rango constitucional la prohibición del matrimonio igualitario.

Dicha prohibición ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional del estado, que bien podría dar un vuelco a la situación legal y ordenar al legislativo terminar con la discriminación.

homosexualesLo cierto es que la acumulación de sentencias está generando una situación cada vez más favorable al matrimonio igualitario. A diferencia de lo que sucede en Estados Unidos, por el momento estas son solo son de obligada ejecución para las parejas recurrentes, pero ya son varios los estados en los que el número de sentencias está a punto de alcanzar el volumen suficiente para sentar jurisprudencia.

También empiezan a conocerse sentencias de calado más amplio, como la emitida en abril de 2014, cuando la Suprema Corte falló a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca (otra vez este un litigio iniciado por activistas de este estado marcaba la tendencia) que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia en la que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte.

Por último, son ya varias las iniciativas de aprobación del matrimonio igualitario en legislaturas estatales desencadenadas por la escalada judicial.

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Coahuila, tercer estado de México en legalizar el matrimonio homosexual

Miércoles, 3 de septiembre de 2014
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noticias_file_foto_850340_1409652162El Congreso de Coahuila, al norte de México, ha aprobado este lunes 1 de septiembre una reforma de su Código Civil que autoriza el matrimonio entre personas del mismo sexo. Coahuila, que hace solo unos meses aprobaba la adopción homoparental, se convierte así en la segunda entidad de México, tras el distrito federal, en impulsar por vía legislativa un marco igualitario para las parejas del mismo sexo.

Coahuila está de enhorabuena. Ayer (1 de septiembre) se convirtió en la tercera entidad del país, después del Distrito Federal y Quintana Roo, en permitir la unión legal de personas del mismo sexo bajo la figura del matrimonio. El pleno del Congreso Local avaló, por mayoría de votos, los casamientos gays, mediante reformas y adiciones a más de medio centenar de artículos de los Códigos Civil y Procesal Civil, tituladas “Requisitos para Contraer Matrimonio”.

El decreto fue aprobado con 19 votos a favor y uno en contra. La opositora fue la diputada del partido Unidad Democrática de Coahuila (UDC), Norma Alicia Delgado Ortiz, presidenta de la mesa directiva del Congreso. “Hay ciudadanos que no están de acuerdo”, justifica Delgado. Cinco diputados se ausentaron de la votación.

El decreto permite además que los esposos o esposas puedan procrear o adoptar hijos. Asimismo, se reconoce a las parejas homoparentales el derecho constitucional de recibir la protección de la ley sobre la organización y el desarrollo de la Familia. Ambos decidirán el orden del apellido. En caso de que no lleguen a un acuerdo, lo determinará la autoridad judicial competente. En las actas de Registro Civil se sustituirá el padre y madre por padres; podrán ser padre y madre, padre y padre o madre y madre, según el caso.

Esta nueva legislación supone “proveer a la totalidad de la población seguridad social y jurídica mediante el reconocimiento de dichas uniones”, según el dictamen de la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia.

La aprobación fue festejada con aplausos por una treintena de miembros de organizaciones LGBT. Noé Leonardo Ruiz Malacara, de la Asociación San Elredo, asegura que ya hay unas 80 parejas listas para casarse, de las que 50 son de mujeres, según informa la prensa mexicana.

Aunque el matrimonio entre personas del mismo sexo solo sea legal en las tres entidades mencionadas, todos los estados del país reconocen los matrimonios igualitarios celebrados en otras jurisdicciones nacionales.

Coahuila (oficialmente Coahuila de Zaragoza) es un estado del noreste mexicano que cuenta con una población de más de 3 millones de habitantes.

Foto: Alejandro Montenegro

Fuente Ragap

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La Suprema Corte de México ve inconstitucional prohibir el matrimonio igualitario en dos nuevos estados: Baja California y Colima

Lunes, 30 de junio de 2014
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Suprema-Corte-de-Justicia-de-MéxicoProsigue el goteo de sentencias judiciales a favor del matrimonio igualitario en México, en un proceso que parece imparable. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hecho públicas este mes de junio dos sentencias que vuelven a considerar inconstitucional la prohibición de contraer matrimonio a parejas del mismo sexo en dos nuevos estados, Colima y Baja California.

La más reciente de las sentencias, conocida esta misma semana, es la de Baja California. La Suprema Corte examinaba el amparo interpuesto por Víctor Manuel Espinoza y Víctor Fernando Urías, una pareja gay a la que la Oficialía del Registro Civil de Mexicali negó el matrimonio, ya que la legislación del estado solo autoriza el matrimonio entre un hombre y una mujer, e incluso lo vincula con la perpetuación de la especie. El alto tribunal considera sin embargo que la exclusión del matrimonio a las parejas del mismo sexo atenta contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y de manera implícita genera una violación al principio de igualdad, al dar un trato diferenciado a parejas homoparentales respecto de las parejas heterosexuales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación niega además de forma expresa que la perpetuación de la especie o el formar una familia con hijos sea la finalidad jurídica del matrimonio.

Pocas semanas antes la Suprema Corte había emitido un fallo similar referido a otra pareja gay a la que la Oficialía del Registro Civil de Colima (estado de Colima) había negado también su derecho a contraer matrimonio.

La Suprema Corte de Justicia ha entrado en juego

Como regularmente venimos informando, sentencia tras sentencia la justicia mexicana se viene pronunciando a favor del matrimonio igualitario en un lento goteo. En marzo recogíamos como un juez federal de Michoacán ordenaba la celebración de un matrimonio entre dos mujeres. Michoacán seguía los pasos de Jalisco, cuya primera boda igualitaria se celebró en diciembre, y de Chihuahua, cuya primera boda se celebraba en noviembre. Sentencias similares se habían producido ya en otros estados, como Guanajuato, el estado de México, Morelos, Nuevo León, Sinaloa o Yucatán, y también en Baja California y Colima.

Podemos considerar sin embargo que se ha pasado ya a una nueva fase, al comenzar a conocerse sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia. Ya en diciembre de 2012 el más alto tribunal del país amparaba a tres pareja de Oaxaca, permitiendo que el primer matrimonio igualitario se celebrara hace más un año. Ahora se han conocido las sentencias referidas a Colima y Baja California. Y hace poco más de dos meses la Suprema Corte fallaba a favor de 39 personas homosexuales residentes en el estado de Oaxaca que solicitaron amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. Una sentencia especialmente importante, en tanto que el agravio estudiado no fue ya la negativa de una autoridad civil para acceder a una solicitud de matrimonio, “sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”, según el comunicado de la propia Corte, que tiene pendiente estudiar un recurso similar referido al estado de Sinaloa.

Una cascada de igualdad que comenzó en la capital

Como siempre que hablamos del reconocimiento de las parejas del mismo sexo en México, conviene recordar que el matrimonio igualitario y la adopción homoparental son legales en el Distrito Federal desde hace cuatro años y medio, donde fueron aprobados por su Asamblea Legislativa. Es más, la validez de los matrimonios celebrados en la capital mexicana es extensiva a todo el país, según reconoció en 2010 la Suprema Corte.

El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como han denunciado activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que lo han hecho leyes de unión civil al estilo de la vigente desde 2007 en Coahuila, como sucedió en julio del año pasado en la propia Colima o en octubre en Jalisco, parches jurídicos que posiblemente serán superados por la acumulación de jurisprudencia en favor del matrimonio igualitario en no demasiado tiempo.

Fuente Dosmanzanas

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México declara inconstitucional la prohibición del matrimonio homosexual en Oaxaca.

Viernes, 25 de abril de 2014
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papasgayImportantísima sentencia la emitida en México por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que obligará al estado de Oaxaca a permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo a todos sus ciudadanos. El más alto tribunal de justicia del país ha fallado a favor de 39 personas homosexuales residentes en Oaxaca que solicitaron el correspondiente amparo al considerar que el artículo de Código Civil de ese estado que define al matrimonio como un contrato entre “un solo hombre y una sola mujer” es inconstitucional. La sentencia es histórica en tanto que, según el propio comunicado de la Corte expresa, “el agravio estudiado no fue la negativa de una autoridad civil para acceder a la solicitud de matrimonio de parejas del mismo sexo, sino la discriminación en la enunciación de la norma y la afectación por su mera existencia”.

México avanza en la igualdad. La Justicia ha declarado inconstitucional la ley que prohíbe el matrimonio gay en el estado de Oaxaca. En el pleno celebrado ayer (22 de abril), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 143 del Código Civil estatal, que define al matrimonio como “un contrato entre un solo hombre y una sola mujer y que tiene por objeto perpetuar la especie”.

Por cuatro votos contra uno, la Sala consideró que se cuenta con interés legítimo para impugnar una ley si se demuestra que ésta causa una afectación personal, aunque no sea directa. El tribunal dio así la razón a los 39 ciudadanos residentes de Oaxaca que interpusieron un recurso de revisión de la norma. La Primera Sala de la Corte ya había declarado el artículo inconstitucional por discriminatorio” en tres sentencias anteriores, pero en todos esos casos, los querellantes habían acudido al Registro Civil para solicitar que se les uniera en matrimonio, y siempre recibieron respuesta negativa.

El artículo pierde ahora su valor jurídico. Esta decisión es vinculante a todas las autoridades del Estado de Oaxaca, por lo que no podrá ser utilizado para negar el matrimonio a parejas del mismo sexo.

Si bien la prohibición del matrimonio homosexual es ya inconstitucional en Oaxaca, todavía no existe una ley que permita el matrimonio o la unión civil entre personas del mismo sexo. Sin embargo, sí que pueden celebrarse matrimonios “por amparos” en el estado y son reconocidos los matrimonios celebrados en otras jurisdicciones, como ocurre en el resto de México.

Hasta la fecha, el matrimonio igualitario es legal en Distrito Federal y en Quintana Roo, y la unión civil igualitaria en los mismos, más Campeche, Coahuila, Colima y Jalisco.

Poru parte cuenta Dosmanzanas: Como regularmente venimos informando, sentencia tras sentencia la justicia mexicana se pronuncia a favor del matrimonio igualitario en un lento goteo que alcanza a todo el país. Hace poco más de un mes recogíamos como un juez federal de Michoacán ordenaba la celebración de un matrimonio entre dos mujeres a las que el Registro Civil negó su solicitud. Michoacán seguía así los pasos de Jalisco, cuya primera boda igualitaria se celebró a finales de diciembre, y de Chihuahua, cuya primera boda se celebraba en noviembre. Pero las sentencias judiciales a favor de parejas del mismo sexo que deseaban contraer matrimonio se han ido sucediendo en otros estados, como Baja CaliforniaColima, Guanajuato, el estado de México, Morelos, Nuevo León, Sinaloa o Yucatán.

Pero el caso de Oaxaca es sin duda especial, al involucrar a la Suprema Corte de Justicia. Ya en diciembre de 2012 el más alto tribunal del país amparaba a tres pareja de ese estado, permitiendo que el primer matrimonio igualitario se celebrara hace poco más un año. Una sentencia que en cierto modo fue la que abrió la puerta a que en otros estados jueces federales se pronunciaran en el mismo sentido. Ahora, casi año y medio después, también es una sentencia de la Suprema Corte referida a Oaxaca la que hace historia, al pronunciarse, ya no sobre los amparos de las parejas recurrentes, sino sobre el fondo del asunto, al considerar directamente inconstitucional la prohibición del matrimonio igualitario y abrir así la puerta a que todas las parejas puedan casarse.

La Suprema Corte de Justicia es clara. Si bien considera incuestionable que los Congresos estatales tienen libertad para regular el estado civil de las personas, esta “se encuentra limitada por los mandatos constitucionales y el reconocimiento de derechos humanos desde la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México, de conformidad con el artículo 1 constitucional”. La Suprema Corte, por otra parte, considera que “el reconocimiento público del matrimonio entre personas del mismo sexo, así como la inconstitucionalidad en la enunciación en caso de no preverlo expresamente, sitúa a la dignidad del ser humano más allá de los meros efectos restitutivos y articula un entendimiento de dignidad que es fundamentalmente transformativo y sustantivo”.

Según el comunicado de la Corte, en cuanto a los efectos de la sentencia el amparo otorgado “vincula a todas las autoridades del Estado de Oaxaca, por lo que no podrán utilizar el artículo como base para negar a los quejosos beneficios o establecer cargas relacionados con la regulación del matrimonio. Por tanto, los quejosos no deben ser expuestos al mensaje discriminador de la norma, tanto en el presente como en el futuro”.

El caso de Oaxaca, previsiblemente, no será el último. Por lo pronto la propia Corte ya ha anunciado que estudiará un recurso similar referido al estado de Sinaloa.

Una cascada de igualdad que comenzó en la capital

Como siempre que hablamos del reconocimiento de las parejas del mismo sexo en México, conviene recordar que el matrimonio igualitario y la adopción homoparental son legales en el Distrito Federal desde hace ya más de cuatro años, donde fueron aprobados por su Asamblea Legislativa. Es más, la validez de los matrimonios celebrados en la capital mexicana es extensiva a todo el país, según reconoció en 2010 la Suprema Corte.

El matrimonio igualitario también es posible en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como han denunciado activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que lo han hecho leyes de unión civil al estilo de la vigente desde 2007 en Coahuila, como sucedió en julio en Colima o en octubre en Jalisco, parches jurídicos que todo apunta a que serán superados por la fuerza de la justicia en no demasiado tiempo.

Fuente DosmanzanasRagap

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El estado mexicano de Quintana aceptaría legalizar el matrimonio igualitario pero no la adopción.

Lunes, 17 de marzo de 2014
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Leemos en Cáscara Amarga:

Movimiento a favor del matrimonio igualitario en el estado mexicano de Veracruz

Carla Gómez. 15 Marzo 2014

Hoy en día el matrimonio igualitario solo es legal expresamente en México DF. Activistas del estado de Veracruz están pidiendo que el Congreso local reconozca legalmente este estatus para las uniones entre personas del mismo sexo.

El Congreso del Estado mexicano de Quintana Roo ha abierto el debate sobre la legalidad de los matrimonios entre personas del mismo sexo, y aunque se aceptaría una legislación favorable al matrimonio igualitario, no sería así para las adopciones por parte de parejas homosexuales.

El presidente de la Gran Comision de la XIV Legislatura, José Luis Toledo Medina (en la primera fotofrafía), reconoció que ha llegado el momento de abrir un debate sobre el matrimonio igualitario en Quintana Roo, ya que México cuenta con el antecedente del Distrito Federal, donde desde 2010 las parejas homosexuales ya pueden contraer matrimonio. Toledo Medina anunció una posible reforma del Código Civil pero ésta no albergará la posibilidad de que las parejas gay puedan adoptar: “Si ponemos en la discusión y sobre la mesa la celebración de los matrimonios entre las personas del mismo sexo, lo que no va a estar en juego es la adopción de menores por parte de estos matrimonios”, sentenció el diputado, que considera de vital importancia cuidar “el interés superior de nuestros niños, y por eso digo, la Ley de Adopciones será perfectamente cuidada y tendrá los candados necesarios para que no haya lugar a la adopción por personas del mismo sexo en matrimonio”, reiteró.

adopcion-hom_03_0En definitiva, el diputado se muestra a favor del matrimonio igualitario pero no está dispuesto a que las parejas homosexuales que se casen puedan adoptar niños porque considera, “sin un sentido peyorativo”, que se debe pensar en todo el entorno, no sólo en los derechos de las parejas. En última instancia, anunció que una modificación de la Ley de Adopciones debería hacerse con responsabilidad y poniéndose a escrutinio público dado lo polémico de la decisión.

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El estado de Coahuila, en México, aprueba la adopción por parejas del mismo sexo.

Sábado, 15 de febrero de 2014
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papasgaySe celebrarán ‘bodas simbólicas‘ en la localidad mexicana de Guadalajara

Informa Dosmanzanas de este nuevo paso hacia la igualdad legal de las familias LGTB en México. El Congreso de Coahuila, al norte del país, ha eliminado las restricciones legales a la adopción de hijos por parejas del mismo sexo, dando así cumplimiento a la orden que el Tribunal Superior de Justicia de ese estado dio ya hace más de dos años. Coahuila se convierte en la segunda entidad del país, tras el Distrito Federal, en permitir un proceso cuya validez legal a nivel federal ya fue reconocida en 2010 por la Suprema Corte de Justicia de México.

En concreto, el Congreso de Coahuila ha derogado el artículo 385-7 del Código Civil, que prohibía expresamente a las parejas del mismo sexo unidas civilmente adoptar en forma conjunta o individual, así como “compartir o encomendar la patria potestad o guardia y custodia de los hijos menores del otro”. Coahuila, conviene precisar, dispone de una legislación de uniones civiles entre personas del mismo sexo. Fue, de hecho, un estado pionero en reconocer derechos a las personas LGTB. El Congreso también ha reformado varias disposiciones de otras leyes para eliminar cualquier tipo de rastro discriminatorio en materia de adopción.

La reforma ha sido aprobada con los votos de 15 de los 25 diputados de la legislatura estatal, entre ellos 12 de los 15 diputados del PRI (Partido Revolucionario Institucional), el partido que en la actualidad gobierna el estado. El PAN (Partido de Acción Nacional), principal fuerza de la oposición, votó en contra. En este punto, conviene recordar que fue precisamente la homofobia del PAN la que dio lugar a la actual modificación legal. A principios de 2007, la mayoría del PRI en el Congreso de Coahuila aprobó el Pacto Civil de Solidaridad, incluyendo el ahora derogado artículo 385-7. Los representantes del PAN, opuestos a la ley, la recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia. El tribunal falló que todos los artículos de la ley eran constitucionales excepto el que prohibía a las parejas del mismo sexo adoptar, que era discriminatorio.

México, en ruta hacia la igualdad legal

bandera-méxicoLa noticia supone un paso más en el largo camino hacia la igualdad jurídica de las parejas del mismo sexo en México, un país del que continuamente nos llegan noticias de avances. No hace ni tres semanas que un juez federal fallaba a favor de una pareja gay del estado de Morelos que había recurrido la negativa a tramitar su solicitud su matrimonio, ordenando la celebración del mismo (prevista, en principio, para el 17 de mayo). Morelos se unirá ese día a la cada vez más amplia lista de estados mexicanos en los que ya se han celebrado bodas entre personas del mismo sexo (los dos últimos, Jalisco y Chihuahua, en ambos casos como consecuencia de dos amparos judiciales favorables).

Pero las sentencias judiciales a favor del matrimonio igualitario se están reproduciendo en muchos otros estados del país, como Baja California, ColimaGuanajuato, el estado de MéxicoNuevo León, Oaxaca, Sinaloa o Yucatán. En este último estado el Gobierno decidió no recurrir, y de hecho en agosto se celebró la primera boda, mientras que en el caso de Oaxaca fue la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación la que en diciembre de 2012 amparó de forma unánime a tres parejas, permitiendo que el primer matrimonio igualitario de ese estado se celebrara hace menos de un año.

Por el momento estos primeros amparos afectan solo a las parejas recurrentes, pero conforme se vayan acumulando y generando la suficiente jurisprudencia en cada estado el matrimonio igualitario será pronto un derecho que se podrá ejercer de forma extensa. Un derecho que, recordemos, es ya una realidad plena en el Distrito Federal. En teoría también es posible ejercerlo en Quintana Roo, cuyo Código Civil no especifica que el matrimonio solo pueda ser contraído entre un hombre y una mujer (si bien desde los registros civiles de este estado se ponen numerosos impedimentos, como ya han denunciado ha denunciado el activistas locales). Se han presentado además iniciativas legislativas en varios estados, que por el momento no han prosperado. Sí que se han aprobado leyes de unión civil al estilo de la vigente en Coahuila, como sucedió en julio en Colima o en octubre en Jalisco.

En este sentido, resulta revelador que un grupo de senadores haya decidido promover en el Senado mexicano una propuesta de modificación del Código Civil Federal (que convive con los códigos civiles de los diversos estados) para reconocer el matrimonio igualitario en todo el país. La propuesta ha partido del izquierdista PRD (Partido de la Revolución Democrática) pero también ha despertado adhesiones de senadores del PRI, gobernante a nivel federal.

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