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La justicia europea ve ilegal la prohibición a las personas homosexuales para donar sangre

Lunes, 21 de julio de 2014
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donacion-sangre-LGTB-Sarah-Abilleira-Ponte-en-mi-PielEl fallo se refiere en concreto a la legislación francesa, que prohíbe de manera permanente la donación de sangre a los hombres que mantengan o hayan mantenido relaciones sexuales con otros hombres.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Paolo Mengozzi, ha dictaminado este jueves que la exclusión permanente de los homosexuales de la donación de sangre vulnera la legislación comunitaria.

A raíz de una denuncia de un ciudadano homosexual francés que deseaba donar sangre, el tribunal administrativo de Estrasburgo preguntó a la justicia europea si esta prohibición es compatible con la legislación de la UE. Esta legislación excluye de forma permanente a las personas cuya conducta sexual suponga un alto riesgo de contraer enfermedades infecciosas graves que puedan ser transmitidas por la sangre.

Varios países europeos, como Francia, Andorra o el Reino Unido, prohíben la donación de sangre a los homosexuales por miedo a la transmisión del sida. De hecho, la legislación francesa prohíbe desde 1983 a los homosexuales participar en transfusiones. Aunque el personal sanitario galo rara vez aplica el texto, un decreto galo de 2009 relanza y perfecciona esa prohibición, pese a la oposición del cuerpo médico y a que sus supuestas bases científicas están muy cuestionadas. La polémica circular francesa autoriza a excluir de una donación de sangre a cualquier varón que responda de manera afirmativa a la pregunta: “¿Ha tenido relaciones sexuales con hombres?”. En su día, la extitular de Sanidad, la conservadora Roselyne Bachelot (bajo la presidencia de Nicolás Sarkozy), la calificó de ‘una cuestión de seguridad transfusional’. Bachelot desató la polémica en una entrevista concedida al diario Libération, al afirmar: “Los datos epidemiológicos son incuestionables. Entre un 10% y un 18% de los gays están contaminados, cuando ese porcentaje es de un 0,2% para los heterosexuales. Y zanjó: Hay un riesgo, y ese riesgo es demasiado elevado“.

En su día, la validez de los datos que manejaba la exministra fueron duramente atacados por la asociación antidiscriminación Act-UP. El colectivo recordó que dos de cada tres nuevas contaminaciones con el virus del sida se producen entre heterosexuales, y subrayó un elemento que escapó a la ministra. Sólo el hecho de tener relaciones protegidas y el hecho de haber efectuado el test del virus garantizas que la sangre está libre de contaminación. Algo que los cuestionarios impuestos por la ministra no citan. Sin embargo en 2012, el presidente galo François Hollande acordó que hombres homosexuales y bisexuales no deben ser excluidos de la donación de sangre.

En sus conclusiones, el abogado general considera que “el mero hecho de que un hombre mantenga o haya mantenido relaciones sexuales con otro hombre no constituye una ‘conducta sexual’, en el sentido de la directiva, que justifique su exclusión permanente de la donación de sangre“.

A su juicio, el criterio establecido por Francia está formulado de un modo “demasiado amplio y demasiado genérico”, mientras que la directiva “exige la identificación de una conducta y de una actitud precisas que expongan al posible donante a un riesgo elevado de infección“.

“Al excluir de forma definitiva de la donación de sangre a todo hombre que mantenga o haya mantenido relaciones sexuales con otro hombre, la normativa francesa introduce una evidente discriminación indirecta fundada en la combinación del sexo (los hombres) y de la orientación sexual (la homosexualidad y la bisexualidad)“, apunta el abogado general.

donacion-sangre1En su opinión, esta diferencia de trato puede estar justificada por el objetivo legítimo de reducir al máximo los riesgos de infección de los receptores, pero “puede ir más allá de lo necesario para lograrlo”, incumpliendo así el principio de proporcionalidad.

El abogado general destaca asimismo que la normativa francesa es incoherente, pues no existen contraindicaciones específicas que afecten a una mujer cuya pareja mantenga o haya mantenido relaciones sexuales con otros hombres. Por otra parte, una persona cuya pareja es seropositiva sólo está sujeta a una contraindicación temporal de cuatro meses, mientras que en tal caso la exposición al riesgo es real.

Finalmente, el fallo compara el supuesto de un hombre que ha tenido, una vez en su vida o de forma ocasional, una relación homosexual protegida, que queda excluido de forma definitiva de la donación de sangre, con el de una persona heterosexual que mantenga regularmente relaciones no protegidas, a quien, sin embargo, sólo afectará una contraindicación temporal.

‘Siendo un hombre gay o bisexual no debe significar una suspensión de por vida de donación de sangre en muchos países europeos’, según el Tribunal de Justicia Europeo. El abogado europeísta, Paulo Mengozzi, ha sugerido que cada donante de sangre debe ser evaluado de manera individual antes de ser excluidos de forma automática. Mengozzi señaló que la directiva de la UE establece claramente que cualquier grupo que tiene una conducta sexual de alto riesgo debe ser excluido en la donación de sangre. ‘Como la homosexualidad, en sí misma, no es inherentemente de riesgo, los hombres homosexuales y bisexuales no entran dentro de la prohibición’, ha asegurado el abogado..

Las opiniones del abogado general no vinculan al Tribunal de Justicia, aunque éste suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia final se dictará en los próximos meses.

Paulo Côrte-Real, co-presidente del Consejo Ejecutivo de ILGA-Europe, ha asegurado: “Esta es una opinión muy importante que identifica claramente el problema principal con este tipo de prohibiciones: la identidad de una persona o de una sexualidad particular, como tal, no representa un factor de riesgo en la donación de sangre y las autoridades responsables de garantizar la seguridad pública debe tener en cuenta el comportamiento sexual individual de cada donantes de sangre y sopesar si puede suponer una conducta de riesgo. Esperamos que la Corte se pronuncie de acuerdo con las conclusiones del Abogado General y que tales prácticas discriminatorias pueden ser abolidas.

Fuente Cáscara Amarga

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