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La Audiencia de Lleida reconoce la doble maternidad en un nuevo caso de ruptura de una pareja de mujeres con un hijo común gestado por una de ellas

Lunes, 14 de mayo de 2018
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ddbs1pwwkae-vnrLa Audiencia Provincial de Lleida ha reconocido a una madre no biológica la maternidad legal del hijo que tuvo con la que fue su pareja de hecho, que fue la que en su momento lo gestó. Las dos mujeres recurrieron hace una década a la reproducción asistida para ser madres, pero cuando la relación entre ellas terminó (hace ahora poco más de un año) la que fue madre gestante, única reconocida legalmente, quiso cortar los lazos de su expareja con el hijo de ambas. La justicia, en una decisión de la que nos congratulamos, la obliga ahora a compartir la maternidad.

La Audiencia reconoce que el proceso que dio lugar al nacimiento de su hijo (de 9 años de edad) fue un proyecto común de la pareja, al margen de que una de ellas fuera la que desarrollara la gestación del niño, y que ambas han actuado como madres mientras duró la relación entre ellas. En primera instancia la justicia denegó la petición de la mujer, pero esta recurrió con el apoyo de la Fiscalía, y ahora la Audiencia obliga a reconocerla como madre, a que así conste en el Registro Civil y a que el niño tenga legalmente los apellidos de ambas. La sentencia, de hecho, establece que negar al niño su doble maternidad le supone un grave perjuicio.

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por lo que aún podría cambiar las tornas. Conviene recordar de todas formas el Tribunal Supremo ya falló en 2014, en un caso parecido (el de Maribel Blanco), a favor del reconocimiento de la doble maternidad. El hecho de que Maribel y su expareja no estuvieran casadas (el nacimiento del niño se produjo en cualquier caso antes de que se aprobara la ley de matrimonio igualitario) impidió a la primera obtener la filiación directa en el momento del nacimiento, pero el Supremo le dio la razón. La sentencia fue recurrida por la madre biológica con el apoyo de sectores conservadores, que le permitieron mantener una batalla jurídica para la que Maribel contó con muchos menos medios. Aún así, el Supremo denegó el recurso y falló definitivamente a favor de Maribel un año después, en marzo de 2015. Y aunque la sentencia permaneció un año y medio más sin ser ejecutada por los juzgados de Talavera, finalmente se hizo justicia.

Como en su momento hicimos con Maribel, desde aquí felicitamos a la madre de Lleida que ha visto reconocida legalmente su mamternidad. Esperemos que el proceso judicial no se alargue demasiado, por el bien sobre todo del menor, que tiene derecho a disfrutar de sus dos madres. En cualquier caso, y como ha reconocido el Observatori contra l’Homofòbia, la sentencia de la Audiencia de Lleida es muy positiva. «Aplaudimos la sentencia favorable a los derechos de las madres lesbianas y bisexuales», ha tuiteado esta organización.

Fuente Dosmanzanas

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Nuevo avance en Finlandia fruto de una iniciativa legislativa popular: dos mujeres podrán registrarse como madres de su hijo desde el nacimiento

Sábado, 10 de marzo de 2018
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familia-lesbianasEl Parlamento de Finlandia ha aprobado un proyecto de ley para permitir el registro de dos mujeres como madres de un hijo desde el momento de su nacimiento. La medida pondrá fin a la inseguridad jurídica con la que se encuentran estas familias. Hasta la entrada en vigor de la reforma, la madre no gestante debe iniciar un proceso de adopción del hijo de su pareja para ser reconocida como progenitora. La aprobación de la ley es el resultado de una iniciativa legislativa popular, la segunda en llegar a buen puerto tras la que impulsó la apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo. Un ejemplo más de que la igualdad matrimonial no es el final del camino para los derechos de homoparentalidad.

Buenas noticias desde Finlandia: el Parlamento unicameral del país dio luz verde, el miércoles pasado, a la posibilidad de que dos mujeres sean reconocidas como progenitoras legales de su hijo desde el momento del nacimiento. La enmienda a la Ley de Maternidad, aprobada por 122 votos a favor frente a 42 en contra, acabará con la inseguridad jurídica de las parejas de mujeres que decidan tener hijos por inseminación artificial. El grupo de los democristianos, con cinco miembros, fue el único que votó unánimemente “no”.

Con la situación actual, a la madre no gestante no se le reconoce automáticamente la condición de progenitora, sino que tiene que solicitar la adopción del hijo de su pareja. El tiempo transcurrido entre el nacimiento y la conclusión de este proceso es por tanto un periodo de incertidumbre legal para la familia, que podía plantear problemas en caso de separación o de enfermedad o fallecimiento de una de las progenitoras. La medida tardará aún un año en entrar en vigor, para dar margen a actualizar todas las normas subsidiarias correspondientes.

El proyecto de ley ha sido el resultado de una iniciativa legislativa popular que ha recogido 55.000 firmas, por encima del mínimo de 50.000 necesario para forzar un debate parlamentario. Se trata del segundo proceso de este tipo que sale adelante: el primero consiguió la apertura del matrimonio para las parejas del mismo sexo en 2014. Los activistas recogieron las firmas necesarias en un solo día y reunieron un total de 166.000. La igualdad matrimonial, sin embargo, no entró en vigor hasta el 1 de marzo de 2017. Antes debió superar el desafío de otra iniciativa popular para derogarla, que fue rechazada en el Parlamento finlandés por 120 votos en contra frente a 48 a favor en febrero de 2017.

La necesidad de aprobar una medida específica para reconocer la filiación de la madre no gestante nos recuerda que la apertura del matrimonio no es, ni mucho menos, el último paso hacia la equiparación legal plena de las familias homoparentales. Uno de los ejemplos más claros es el de Francia, donde las mujeres solteras y las parejas de mujeres (casadas o no) tienen vetado el acceso a las técnicas de reproducción asistida, incluso en clínicas privadas. Una situación que el Gobierno formado tras la victoria de Emmanuel Macron se ha comprometido a cambiar este año.

En España recordamos, en este sentido, el caso de Maribel Blanco. En 2016, tras más de diez años de lucha en los tribunales, consiguió por fin el reconocimiento de sus derechos como madre legal del hijo concebido por su expareja mediante fecundación in vitro. Ello a pesar de no existir entre ellas relación matrimonial y de la oposición de la madre biológica tras la ruptura de su relación. El hecho de que Maribel y su expareja no estuvieran casadas (el nacimiento del niño se produjo, en cualquier caso, antes de que se aprobara la ley de matrimonio igualitario) impidió a la primera obtener la filiación directa en el momento del nacimiento. El Tribunal Supremo reconoció sin embargo que el hecho de que la Ley de Reproducción Asistida solo se refiera a parejas de mujeres casadas no impide el reconocimiento de la maternidad en el caso de mujeres no casadas, sentando un importante precedente para muchas familias.

Fuente Dosmanzanas

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Maribel Blanco Tras más de diez años de lucha en los tribunales, Maribel Blanco ve por fin plenamente reconocidos sus derechos como madre

Jueves, 6 de octubre de 2016
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1394052378_818129_1394052492_noticia_normalMás de diez años después de iniciar su lucha, los juzgados de Talavera de la Reina han dado por fin cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo, que reconoció a Maribel Blanco como madre legal del hijo concebido por su expareja mediante fecundación in vitro, pese a no existir entre ellas relación matrimonial y a que la madre biológica, tras la ruptura de su relación, se oponía a ello. Sin duda, toda la comunidad LGTB española debe estarle agradecida a Maribel por su incansable lucha, gracias a la cual se ha establecido un importantísimo precedente para otras familias que puedan encontrarse en su situación.

En su momento, la sentencia supuso la equiparación por parte del Tribunal Supremo de las parejas del mismo sexo a las de distinto sexo por lo que a este aspecto se refiere. El hecho de que Maribel y su expareja no estuvieran casadas (el nacimiento del niño se produjo en cualquier caso antes de que se aprobara la ley de matrimonio igualitario) impidió a la primera obtener la filiación directa en el momento del nacimiento. El Supremo reconoció sin embargo que el hecho de que la Ley de Reproducción Asistida solo se refiera a parejas de mujeres casadas no impide el reconocimiento de la maternidad en el caso de mujeres no casadas. “Este precepto permite determinar la filiación no matrimonial por posesión de estado a una mujer homosexual no casada cuando esta posesión de estado resulta acreditada de los hechos, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación”, expresaba el comunicado de marzo de 2014 del Tribunal Supremo.

Una sentencia que fue recurrida por la madre biológica con el apoyo de sectores conservadores, que le permitieron mantener una batalla jurídica para la que Maribel apenas si ha contado con medios. Aún así, el Supremo denegó el recurso y falló definitivamente a favor de Maribel un año después, en marzo de 2015. Sin embargo, como ya publicamos en mayo pasado, la sentencia permanecía sin ser ejecutada por los juzgados de Talavera, retraso que fue denunciado por Fundación Triángulo, colectivo que de una forma muy especial ha arropado a Maribel en su lucha a lo largo de estos años. Una situación que bien podía calificarse como kakiana: según Triángulo, sentencias posteriores a la de Maribel que habían utilizado precisamente la jurisprudencia que esta ha sentado sí se habían ya hecho efectivas. “La situación de esta madre coraje es muy crítica, arruinada económicamente por una batalla judicial tan prolongada y desmoralizada personalmente”, aseguraba el comunicado que Triángulo emitió entonces.

Ahora, año y medio después de que la sentencia del Supremo fuera firme, la lucha jurídica de Maribel llega a su fin: los juzgados de Talavera, dando cumplimiento a la sentencia del Tribunal supremo, ha ordenado al Registro Civil correspondiente la filiación de su hijo, que por fin será reconocido legalmente como hijo de las que son sus dos madres, por más que estas rompieran su relación.

Desde Fundación Triángulo quieren poner en valor todo el trabajo de Maribel, cuya lucha queda ya grabada en la pequeña historia del movimiento LGTB español. Triángulo, además, advierte que son todavía muchas las cuestiones que deben ser reguladas respecto a las familias homoparentales españolas que siguen sin ser abordadas once años después de la aprobación del matrimonio igualitario. En palabras de Silvia Tostado, coordinadora estatal del área de Familias, “hay que reclamar que se aborde todo lo relativo a al registro de hijos e hijas de parejas homosexuales, el registro de los niños y niñas que nacen a través de gestación por sustitución, la obligatoriedad para las parejas de lesbianas a contraer matrimonio para la filiación directa de niñas y niños que nacen a través de reproducción asistida, la regulación de las prestaciones para adecuarlas a las realidades diversas de las familias y otras tantas cuestiones que afectan directamente a menores y de las que nadie se preocupa”.

También el colectivo castellano-manchego Bolo Bolo, que junto a Triángulo ha apoyado a Maribel en su lucha, ha querido expresar su felicitación a una luchadora que “ha abierto otros caminos de esperanza para mujeres en la misma situación”. “Nos constan los años tan duros que ha vivido nuestra compañera Maribel Blanco para que al fin se le haya reconocido su derecho a ser madre. La fuerza y coraje de Maribel, son un ejemplo de vida para nosotras”, ha asegurado su presidenta, Elena Arroyo.

Fuente Dosmanzanas

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Kafkiano: pese a la sentencia del Supremo que la reconoció como madre, Maribel Blanco sigue sin poder inscribir al que también es su hijo

Lunes, 9 de mayo de 2016
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1394052378_818129_1394052492_noticia_normalGravísima situación la que denuncia en un comunicado de prensa Fundación Triángulo: Maribel Blanco, la mujer a la que el Supremo reconoció como madre legal del hijo concebido por su expareja mediante fecundación in vitro, pese a no existir entre ellas relación matrimonial y a que la madre biológica se oponía a ello, sigue a la espera de que el Juzgado nº 2 de Talavera le permita inscribir a su hijo. Y eso pese a que hace más de un año que el Supremo desestimó por unanimidad el recurso contra la histórica sentencia. Triángulo denuncia el comportamiento del Juzgado en este caso, que coloca a Maribel Blanco en una situación de absoluta indefensión.

En su momento, la sentencia supuso la equiparación por parte del Tribunal Supremo de las parejas del mismo sexo a las de distinto sexo por lo que a este aspecto se refiere. El hecho de que la pareja no estuviera casada (el nacimiento del niño se produjo en cualquier caso antes de que se aprobara la ley de matrimonio igualitario) impidió a Maribel Blanco obtener la filiación directa en el momento del nacimiento. El Supremo reconoció sin embargo que el hecho de que la Ley de Reproducción Asistida solo se refiera a parejas de mujeres casadas no impide el reconocimiento de la maternidad en el caso de mujeres no casadas. “Este precepto permite determinar la filiación no matrimonial por posesión de estado a una mujer homosexual no casada cuando esta posesión de estado resulta acreditada de los hechos, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación”, expresaba el comunicado de marzo de 2014 del Tribunal Supremo.

Una sentencia que fue recurrida por la madre biológica con el apoyo de sectores conservadores, que le permitieron mantener una batalla jurídica para la que Maribel apenas si ha contado con medios. Aún así, el Supremo denegó el recurso y falló definitivamente a favor de Maribel un año después, en marzo de 2015.

Maribel Blanco sigue, sin embargo, sin ver ejecutada la sentencia. “En diciembre de 2015, el abogado de Maribel solicitó un exhorto a los Juzgados de Talavera para que se ejecutara la sentencia pero 5 meses más tarde parece que nada se mueve en dichos juzgados. Y es que los juzgados de Talavera están ‘entretenidos’ en otras lindes ya que tras la detención del presidente de Manos Limpias, Miguel Bernad, se publicó una denuncia del juez del Juzgado número 2 de Talavera, el señor Fernando Presencia Crespo, en el que denuncia chantajes por parte de Bernad. El juez está suspendido en la actualidad y se atisban asuntos muy turbios en dichos juzgados”, expresa el preocupante comunicado de Fundación Triángulo. En una nota posterior, de hecho, Triángulo ha difundido que este mismo jueves el juez Presencia fue detenido acusado de no haber investigado suficientemente un caso de accidente de tráfico.

La situación bien puede calificarse como kafkiana si se tiene en cuenta que, según asegura Triángulo, ya ha habido sentencias posteriores que han permitido que en un plazo de tres meses se haya podido hacer efectiva la filiación utilizando precisamente la jurisprudencia que la sentencia de Maribel Blanco ha sentado. “La situación de esta madre coraje es muy crítica, arruinada económicamente por una batalla judicial tan prolongada y desmoralizada personalmente”, asegura el comunicado de  esta organización, que considera que la situación de Maribel es de absoluta indefensión. “Siempre tuvimos la sospecha de que la expareja de Maribel estaba muy bien protegida por ciertos poderes invisibles pero ciertos. Parece que no andábamos muy equivocados, y a esto nos referimos con la igualdad social efectiva frente a la legal en el papel. ¿Para qué quiere Maribel un papel que le da la razón si sigue perdiéndose parte de los mejores años de su hijo?. De hecho creemos que es demencial que en un país tan garantista con los derechos de los menores de algunos cuando se trata del derecho de nuestros menores a tener dos madres de forma efectiva la justicia sea cuando menos omisiva en su responsabilidad, es intolerable”, continúa la nota.

Fundación Triángulo ha puesto en marcha una iniciativa en change.org, a la que puedes adherirte aquí, con objeto de solicitar al Consejo General del Poder Judicial que se haga efectiva la sentencia y se ponga fin a la situación de indefensión de Maribel.

Fuente Dosmanzanas

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Informe anual sobre derechos LGTB en Europa: ascienden países con LGTBfobia instalada en sus constituciones. España baja a la 6ª posición

Jueves, 14 de mayo de 2015
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side_a_rainbow_europe_map_-2015_a3_imageUn año más, ILGA Europa ha dado a conocer su informe anual sobre la situación de los derechos LGTB en el continente europeo. Como es costumbre, junto al estudio se incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTB. España baja hasta la sexta posición, empatada con Holanda y Noruega, desbancada por los sorprendentes ascensos de Malta, que alcanza el tercer puesto, y sobre todo de Croacia, un país cuya población votó mayoritariamente en referéndum a favor de la discriminación de las personas LGTB. En cuanto al descenso en la calificación de España, han pesado las políticas en materia sanitaria y servicios sociales del gobierno del Partido Popular, entre las que se incluyen la restricción del tratamiento hormonal para los hombres transexuales, el bloqueo de las técnicas de reproducción asistida para lesbianas y mujeres bisexuales o el hecho de que las personas que viven con VIH no puedan acceder a ciertas profesiones o servicios como residencias para mayores o seguros de salud o de vida, sin que se articulen medidas legislativas para impedir la patente discriminación que eso supone.

Al igual que en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y antidiscriminación, derecho de familia, crímenes y discursos de odio, reconocimiento legal de la identidad de género, libertad de asociación y asilo. Dicho porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial.

Ello explica el ascenso de Malta hasta la tercera posición, pues tras promulgar en 2014 una ley de uniones civiles que incluía a las parejas del mismo sexo, en abril de 2015 ha aprobado una avanzada ley de identidad de género que reconoce y ampara los derechos de las personas transexuales e intersexuales. Sin embargo, cabe señalar que los gais, lesbianas y bisexuales malteses siguen sin ser iguales ante la ley, pues sus parejas no merecen el mismo reconocimiento que las parejas heterosexuales.

Ese es también el caso de Croacia, con el agravante de que en este caso fue el propio pueblo croata quien en 2013 corroboró en referéndum una reforma constitucional para prohibir el matrimonio igualitario. Tras esa decisión, en julio de 2014 el gobierno de Croacia aprobó una ley de uniones civiles que sí incluía a las parejas del mismo sexo (aunque no les permite adoptar conjuntamente), lo cual le ha proporcionado el ascenso hasta la quinta plaza en el listado de ILGA. A pesar de ello, hay que reiterar que las parejas LGTB croatas están discriminadas constitucionalmente por decisión popular.

Aunque cabe recordar, como de costumbre, que el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA, no deja de sorprender que la discriminación expresa y constitucional del colectivo LGTB no reste puntuación, sino que parece sumarla. También cabe preguntarse qué medidas legislativas a favor de gais, lesbianas, bisexuales y transexuales ha adoptado Rusia en el último año para que su porcentaje se incremente del 6 al 8 % y abandone el último puesto de la clasificación.

Como en los últimos años, el Reino Unido vuelve a ocupar el primer lugar, seguido de nuevo por Bélgica. Esta es la lista ordenada por calificación:

  • Reino Unido: 86 %
  • Bélgica: 83 %
  • Malta: 77 %
  • Suecia : 72 %
  • Croacia: 71 %
  • Holanda: 69 %
  • Noruega: 69 %
  • España: 69 %
  • Dinamarca: 68 %
  • Portugal: 67 %
  • Francia: 65 %
  • Islandia: 63 %
  • Finlandia: 62 %
  • Alemania: 56 %
  • Austria: 52 %
  • Hungría: 50 %
  • Montenegro: 46 %
  • Luxemburgo: 43 %
  • Albania: 42 %
  • Irlanda: 40 %
  • Grecia: 39 %
  • Georgia: 36 %
  • República Checa: 35 %
  • Estonia: 34 %
  • Eslovenia: 32 %
  • Andorra : 31 %
  • Bosnia-Herzegovina: 29 %
  • Serbia: 29 %
  • Eslovaquia: 29 %
  • Rumania: 28 %
  • Suiza: 28 %
  • Bulgaria: 27 %
  • Polonia: 26 %
  • Italia: 22 %
  • Liechtenstein: 19 %
  • Lituania: 19 %
  • Chipre: 18 %
  • Kosovo: 18 %
  • Letonia: 18 %
  • Moldavia: 16 %
  • Bielorrusia: 14 %
  • San Marino: 14 %
  • Macedonia: 13 %
  • Turquía: 12 %
  • Mónaco: 11 %
  • Ucrania: 10 %
  • Armenia: 9 %
  • Rusia: 8 %
  • Azerbaiyán: 5 %

La situación en España

Entre los datos que destaca ILGA sobre la situación española, está el informe del Ministerio del Interior que señala que el mayor porcentaje entre los delitos de odios son aquellos que tienen a las personas LGTB como víctimas, al alcanzar el 39,9 % del total. A ello suma la habitual intolerancia y agresividad contra el colectivo LGTB por parte de la jerarquía de la iglesia católica, con el cardenal Fernando Sebastián a la cabeza calificando a la homosexualidad como “deficiencia tratable”.

Pero son las restricciones impuestas por el gobierno del Partido Popular en materia sanitaria y de servicios sociales las que tienen una mayor influencia en la calificación de ILGA. Entre ellas, la exclusión de las mujeres sin pareja masculina de la cobertura de las técnicas de reproducción asistida, que afecta a las lesbianas y mujeres bisexuales; la retirada del Reandron, tratamiento hormonal muy utilizado por los hombres transexuales, de la financiación pública; la no articulación de medidas legislativas para impedir la discriminación de las personas que viven con VIH en el acceso a ciertas profesiones o servicios, como las residencias para mayores o seguros de salud y de vida; el imperdonable hecho de que, desde 2009, no se haya concedido ninguna solicitud de asilo a personas LGTB perseguidas en su país, a pesar de que la legislación europea lo establezca; o  el vergonzoso convenio de adopción con Rusia, que se doblega ante su legislación homófoba y no solo impide a las parejas del mismo sexo y a las personas solteras optar a la adopción, sino que permite a Rusia hacer un seguimiento de los menores ya adoptados.

ILGA señala que las carencias en estos y en otros ámbitos a veces son aliviadas por determinadas Comunidades Autónomas. Así, destaca la aprobación en comunidades como Extremadura de una avanzada ley contra la discriminación de las personas LGTBI, a semejanza de la promulgada anteriormente en Cataluña. O la entrada en vigor de la ley integral de identidad de género en Andalucía, a la que califica como una de las más avanzadas de Europa. ILGA, sin embargo, echa en falta más legislación de este tipo de ámbito nacional.

Algunos de los datos positivos son ambivalentes. Aunque ILGA señala que los hijos de parejas del mismo sexo masculina nacidos por gestación subrogada en otros países ya pueden ser registrados, también advierte de que no ha sido así hasta que se tuvo que acatar una sentencia del tribunal de Estrasburgo. También alaba que el actual rey, Felipe VI, haya recibido a los representantes de los colectivos LGTB en diversos actos oficiales, pero critica que la vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, no se haya reunido con esos mismos representantes después de más de dos años de reiteradas solicitudes al respecto.

También hay datos claramente positivos para ILGA, como la presentación por parte del Ministerio del Interior del primer protocolo policial específico para los delitos de odio. También destaca la sentencia del Tribunal Supremo a favor de Maribel Blanco, una mujer lesbiana que ha conseguido ser declarada madre legal del hijo concebido por la que ahora es su expareja mediante fecundación in vitro, pese a no existir entre ellas relación matrimonial y a que la madre biológica se oponía a ello.

Existe un dato por el que ILGA alaba a España especialmente: según los informes a disposición de la organización, España está a la cabeza mundial en cuanto a la aceptación social de la homosexualidad.

Clasificación en años anteriores

En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, y en 2014.  España, en todos los casos, se ha situado siempre en los puestos de cabeza.

Os podéis descargar (en formato PDF) tanto el informe anual, como la tabla con todos los datos o el mapa.

Fuente Dosmanzanas

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“No somos ONG. Somos un movimiento político”. Reivindicación del activismo militante en los Premios Triángulo de COGAM

Martes, 8 de julio de 2014
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Premio-Triángulo-COGAM“No somos ONG. Somos un movimiento político”. Rotundo mensaje de reivindicación del activismo LGTB por parte de Pedro Zerolo en un momento en que tras años de avances España sufre un serio retroceso en materia de derechos civiles. Momentos complicados, en los que el activismo cobra de nuevo el mayor de los sentidos. Por eso son importantes actos como los de este martes, cuando COGAM entregó sus Premios Triángulo 2014. Entre los premiados, dosmanzanas.com, distinguida con el Triángulo Digital, que agradecemos muy especialmente.

Un abarrotado y caluroso auditorio de La Casa Encendida acogió una entrega de premios que tocó la fibra sensible de los asistentes. Abría la noche la entrega del Triángulo Cultural a Olga de Dios por la obra infantil Monstruo Rosa. Seguía el premio a dosmanzanas.com, que recogía Xavi Llunell como fundador de la página y en nombre de todos los colaboradores que la hacemos posible. Xavi destacó como nuestra página no es un medio al uso, sino el fruto del trabajo voluntario de un grupo de personas que desde hace ya 9 años hemos intentado ejercer esta particular forma de activismo con el mayor rigor y la mayor honestidad de las que somos capaces.

Recibían también premios la empresa Google, por sus políticas de diversidad; el documental El sexo sentido, que aborda la realidad de los menores transexuales (recogieron el premio su director y su guionista, que apelaron a la función de servicio público de Televisión Española incluso en tiempos tan difíciles como los que vive esa casa) y los colectivos feministas Nosotras Decidimos y Mujeres ante el Congreso, especialmente batalladores contra el recorte a la libertad de las mujeres que supone la nueva ley del aborto que promueve Alberto Ruiz-Gallardón, que precisamente era galardonado con el “Ladrillo Rosa” (el gabinete de Gallardón excusó su asistencia. No pudimos disfrutar de la compañía del ministro…).

Especialmente emocionantes resultaron los momentos dedicados al activismo LGTB. Fue galardonada la asociación Gamá, de Gran Canaria, que cumple este año su vigésimo aniversario. Y recibieron las banderas a la militancia Ekáitz López (por el estudio realizado a más de 5.000 alumnos de centros educativos de la Comunidad de Madrid), Ramón Arreal (por su incansable lucha por la visibilidad y derechos de los mayores LGTB); Gloria Rodríguez (activista por partida triple: mujer, transexual y bisexual) y Maribel Blanco, que tras años de lucha ha conseguido ser por fin reconocida por el Tribunal Supremo madre del que siempre ha sido su hijo. Sentencia pionera que por cierto ha sido recurrida).

La noche se cerraba con el Premio Triángulo a la Trayectoria a Pedro Zerolo, que comenzó su andadura como activista en COGAM y que fue recibido con una estruendosa ovación por todos los asistentes puestos en pie. Zerolo, tan batallador como siempre, hizo un vibrante discurso en el que reivindicó el valor del activismo y la importancia de que las luchas feminista y LGTB sigan caminando de la mano.

Aprovechamos para felicitar a COGAM por una gala llena de momentos emocionantes, cuyos pequeños fallos los organizadores supieron compensar con su espontaneidad y que fue amenizada por la música de Manu Clavijo y el ingenio de una divertidísima Alicia Ramos.

Os dejamos para terminar con algunas de las fotografías que pudimos tomar durante el acto:

Fuente Dosmanzanas

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Los colectivos LGTB denuncian nuevo ataque a la diversidad familiar en el caso de la mujer lesbiana a la que el Supremo dio la maternidad.

Lunes, 12 de mayo de 2014
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1394052378_818129_1394052492_noticia_normalColectivos LGTB han condenado de forma unánime lo que consideran todo un ataque a la diversidad familiar tras conocer el recurso contra la sentencia que hace unas semanas reconocía a Maribel Blanco, una mujer lesbiana, como madre legal del niño concebido por la que entonces era su pareja mediante fecundación in vitro, pese a no existir entre ellas relación matrimonial y a que la madre biológica, ya separada de Maribel, se oponía. El recurso argumenta que se está atentando contra el interés superior del menor al reconocerle dos madres y pone en duda cualquier forma de familia que no venga de la concepción de un bebé por parte de un hombre y una mujer sin mediación de ninguna técnica artificial.

Por esta razón, los colectivos LGTB Fundación Triángulo, FELGTB, BoloBolo y COGAM han decidido mostrar su apoyo público a Maribel Blanco a través de un comunicado, al considerar que el recurso ante el Supremo no es una simple “disputa entre dos personas”, sino “un ataque contra la diversidad familiar y los avances sociales alcanzados en este país en los últimos años”.

Asimismo, estos colectivos han anunciado que darán asesoramiento legal a Maribel Blanco y promoverán la campaña #Otropasoalaigualdad, solicitando donaciones para crear un fondo económico que ayude a Maribel y, si fuese posible, a otras familias LGTB en situaciones similares, a afrontar los costes judiciales. Esta campaña se realizará a través del blog Esmihijosoysumadre. En efecto, Blanco atraviesa problemas económicos tras una larga lucha en los tribunales para ver reconocida legalmente su condición de segunda madre.

El hecho de que la pareja no estuviera casada (el nacimiento del niño se produjo en cualquier caso antes de que se aprobara en España la ley de matrimonio igualitario) impidió a Maribel Blanco obtener la filiación directa en el momento del nacimiento. La propia sentencia del Tribunal Supremo ahora recurrida interpreta sin embargo que el hecho de que la Ley de Reproducción Asistida solo se refiera a parejas de mujeres casadas no impide el reconocimiento de la maternidad en el caso de mujeres no casadas. “Este precepto permite determinar la filiación no matrimonial por posesión de estado a una mujer homosexual no casada cuando esta posesión de estado resulta acreditada de los hechos, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación”, expresaba el comunicado de marzo del Supremo.

Precisamente para pedir un cambio legislativo que elimine sin ningún genero de dudas la imposición a las parejas de mujeres de la obligación de casarse para que ambas consten como madres de sus hijos (cosa que no sucede en el caso de parejas heterosexuales), la propia Maribel Blanco ha promovido a a través de la plataforma change.org, ya ha logrado reunir más de 40.000 firmas.

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El Supremo da la maternidad a la expareja de una lesbiana.

Viernes, 7 de marzo de 2014
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1394052378_818129_1394052492_noticia_normalMaribel Blanco ha pasado siete años de luchas judiciales. / R. Gutiérrez

Importante sentencia del Tribunal Supremo, que ha reconocido a Maribel Blanco, una mujer lesbiana, como madre legal del hijo concebido por la que ahora es su expareja mediante fecundación in vitro, pese a no existir entre ellas relación matrimonial y a que la madre biológica se oponía a ello. El fallo supone la equiparación por parte del Supremo de las parejas del mismo sexo a las de distinto sexo por lo que a este aspecto se refiere. Ya en el año 2011 el Tribunal Supremo había concedido a esta misma mujer derecho de visitas sobre el niño. Leemos en El País:

L. Rivas Martínez Madrid 5 MAR 2014

El tribunal argumenta que actuó como progenitora mientras ambas mujeres vivían juntas

Después de siete años de luchas durísimas, y del desgaste económico y emocional, esto es una recompensa enorme”. A través del teléfono, Maribel Blanco sonaba ayer aliviada. A partir de ahora, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, Blanco constará como madre del hijo biológico de su excompañera a pesar de no haber estado casada con ella. Este fue concebido mediante semen de donante, mientras las dos mantenían una relación.

El Tribunal Supremo considera que en los tres años en los que esa mujer convivió con el hijo de su excompañera (hasta que ambas se separaron) actuó como su madre, y por eso debe constar en el Registro Civil como tal. La sentencia no aplica a la pareja la ley de reproducción asistida, ya que entró en vigor con posterioridad a su ruptura, pero va más allá que esta. Mientras esa norma obliga a que exista matrimonio entre las lesbianas para reconocer la maternidad de ambas sobre el hijo biológico, en el caso analizado por el Supremo no existía matrimonio.

El artículo 131 del Código Civil permite reclamar la paternidad o maternidad (la filiación, en jerga jurídica) por “posesión de estado”, es decir, por ejercer como padre o madre de manera constante durante un tiempo. Esa es la norma que han aplicado los magistrados.

Maribel Blanco ahora tiene intención de pedir la “custodia total”

“Esto es un paso enorme en los derechos civiles y la igualdad”, afirmó Blanco. “Estoy muy feliz por mi hijo, y por todos los niños de madres lesbianas en la misma situación”, es decir, aquellas que tuvieron hijos biológicos antes de tener derecho a casarse. Pero es que, además, la sentencia “equipara en derechos” con las parejas heterosexuales, recuerda Violeta Assiego, del equipo de juristas de la asociación FELGTB.

Ahora que figura como madre, Blanco tiene la intención de pedir la custodia total. No le preocupa tener que pasar por un proceso judicial de nuevo. Las dos mujeres se hicieron pareja en 1995, y decidieron tener un niño en 2003. Se separaron tres años después. La sentencia recuerda que está probado “el propósito común de ambas mujeres para recurrir a la técnica de reproducción asistida”, así como la existencia de una unidad familiar de la que los tres eran parte. Según el Supremo, “el consentimiento prestado en su momento” por Blanco estaba “investido por un claro interés moral o familiar plenamente legitimado en su aspiración de ser madre”.

Consiguió el derecho a visitar al niño como “allegada” en 2011

El niño hoy tiene 10 años. Blanco obtuvo en 2011, de este mismo tribunal, el derecho de visitar a su hijo en condición de “allegada”, al conformar todos una familia. “Lo veo regularmente”, explica Blanco. El niño lleva su apellido, y tanto ella como su familia se refieren a él como “hijo”, recuerda el Supremo en la nueva sentencia. Esa relación familiar “fue de madre” y “resultó beneficiosa y complementaria para el niño”. Pero, además, los magistrados consideran que el hecho de que la demandante se convierta, a efectos legales, en madre del chico es beneficioso para el interés del menor.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Orduña, cuenta con el voto particular discrepante de tres magistrados —Francisco Marín Castán, Antonio Salas Carceller e Ignacio Sancho Gargallo— que consideran que no está probado que la mujer consintiera con su pareja en recurrir a técnicas de reproducción asistida. Estos, además, aseguran que debió aplicarse la ley de reproducción asistida y no el Código Civil. La filiación, mantienen, no debió concederse porque esa ley exige que ambas mujeres estén casadas. Además, descartan que su concesión beneficie al menor al poder generar una situación potencialmente conflictiva entre ambas madres. “Todavía no he hablado con él”, contaba Blanco al cierre de esta edición, aunque cree que es mejor mantenerlo alejado del “barullo”. Al fin y al cabo, “para él yo era su madre anteayer, hoy y mañana”.

En la interpretación mayoritaria que hace el Supremo, y esto es quizá lo más relevante, el hecho de que la Ley de Reproducción Asistida solo se refiera a parejas de mujeres casadas no impide el reconocimiento de la maternidad en el caso de mujeres no casadas. “Este precepto permite determinar la filiación no matrimonial por posesión de estado a una mujer homosexual no casada cuando esta posesión de estado resulta acreditada de los hechos, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que entiende concurren en el caso planteado”, expresa el comunicado del Tribunal Supremo. La sentencia supone en este sentido la equiparación con las parejas de distinto sexo no casadas.

Tres magistrados han emitido un voto particular, entre otras razones “al considerar de aplicación al caso la legislación especial en materia de técnicas de reproducción asistida, bajo la cual la recurrente no podría haber obtenido la filiación por no estar casada con la madre biológica y por la falta de acreditación del consentimiento conjunto de las partes”. Estos magistrados consideran que no es de aplicación el principio del interés del menor, al considerar que la atribución de la filiación puede crear una situación conflictiva a la que según su criterio ya se había dado respuesta al otorgarle a la mujer derechos de visita.

Si lo deseas puedes descargar la sentencia completa (en formato PDF) pinchando aquí.

Los colectivos LGTB se felicitan

La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha celebrado la sentencia. ”Es un día muy feliz para todas las familias porque Maribel Blanco, después de lo que ha luchado, ha conseguido hacer valer sus derechos y pueda dar protección a su hijo. Su fuerza es un ejemplo y ha abierto camino para la reclamación de otras madres en su misma situación”, ha declarado Sisi Cáceres, coordinadora del Área de Familias de la FELGTB.

“En febrero de 2013 trasladamos al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, la necesidad de modificar la legislación para recoger estos supuestos de maternidad por intención, sin discriminación por estado civil. Hay muchas otras mujeres en la situación de Maribel que incluso estando de acuerdo con la otra madre, ven imposible la filiación de sus hijos sin casarse”, ha remarcado Boti García Rodrigo, presidenta de la organización.

También Fundación Triángulo ha expresado su satisfacción. “Es un momento de felicidad, aunque no podemos obviar la dificultad del proceso. Conocemos muy bien que ha sido un largo y complicado para Maribel hasta conseguir que la filiación de su hijo sea un hecho. Hay que celebrar la sentencia como un gran avance que abre las puertas a otras personas que se encuentren en una situación similar”, ha declarado su presidente, José María Núñez. Silvia Tostado, del Área de Familias de Triángulo, ha hecho un llamamiento a las instancias implicadas en estos procesos “para que se limiten los tiempos en la resolución de estos procesos ya que en  última instancia la persona más perjudicada ha sido el menor”.

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