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Condenan a dos jóvenes en Málaga por agredir a una prostituta por ser transexual. El juez aplica el agravante de odio a los agresores.

Miércoles, 9 de noviembre de 2016
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TransfobiaaEl magistrado considera que la agresión estuvo “motivada por la condición sexual” de la víctima.

“No podemos permitir que jóvenes menores, pero mayores de 16 años no sean condenados con igual contundencia y ejemplaridad”.

Se les condena por un delito de lesiones, con el agravante de odio.

Buenas noticias desde el ámbito penal. Dos de los jóvenes que hace unas semanas agredieron a una mujer transexual en Málaga han sido condenados a dos años y a un año y ocho meses de prisión. Los otros dos agresores, menores de edad, aún no han sido juzgados. El juez ha estimado que la agresión estuvo motivada por la condición transexual de la víctima y ha aplicado, en esta ocasión sí, el agravante de odio.

El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha condenado a dos jóvenes a penas de dos años y un año y ocho meses de prisión, respectivamente, por golpear con un palo metálico e insultar a una transexual este pasado mes de agosto en el polígono Guadalhorce de Málaga capital.

Así, se les condena por un delito de lesiones, con el agravante de odio (que por desgracia aún hay jueces que se resisten a aplicar en caso de agresiones a personas debido a su condición LGTB). Se les impone el pago de una indemnización a la víctima, estimándose en ambos la atenuante de reparación del daño, al haber consignado ciertas cantidades; y en uno de los acusados la atenuante de alteración mental. Asimismo, se les absuelve del delito de robo con violencia.

Los hechos sucedieron en la madrugada del día 16 de dicho mes, cuando, según se declara probado en la sentencia, los dos acusados, junto a dos menores, decidieron pasar por dicho polígono, antes de ir a la Feria de Málaga, para “mofarse” de las transexuales que en esa zona prestan servicios de contenido sexual.

Una vez allí y movidos por esto, insultaron a la víctima, “conociendo su condición sexual”, indica la resolución del juzgado, que se puede recurrir. Al mismo tiempo, lanzaron piedras donde estaba ésta y otra compañera y cuando ella les recriminó, uno de los acusados condujo hasta una nave cercana donde cogieron una barra metálica.

Entonces, volvieron “movidos por la condición sexual” hasta donde estaba la víctima, a la que comenzaron a “propinar golpes” uno de los acusados con el palo de metal y el otro sin hacer uso de instrumento contundente, pero conociendo que “otros lo empleaban en la agresión”, para luego ir todos al coche y marcharse del lugar, según se precisa en la sentencia.

Le robaron además un bolso con sus pertenencias. La mujer tuvo que ser trasladada al hospital con una herida sangrante en la cabeza, que precisó colocación de varias grapas de sutura. Una vez en el coche, dice el juez, los acusados se dieron cuenta de que los menores registraban un bolso que, aprovechando la agresión, habían cogido, pero considera que los procesados en esta causa desconocían que uno de los otros se había apoderado de él. Por esto, se les absuelve del delito de robo con violencia por el que fueron acusados.

El magistrado estima que “el motivo que movió a los acusados a agredir a la víctima encuentra su razón en la identidad o condición sexual de ésta”, considerando que no es anecdótico que los procesados “acudieran hasta el polígono para encontrar transexuales y preguntar el precio del servicio”. De hecho, uno de los jóvenes reconoció la agresión, aunque no los motivos.

Asimismo, el juez apunta que los acusados conocían la condición sexual de la víctima, ya que hablaron con ella y le profirieron expresiones “de claras connotaciones homófobas”, rechazando que el motivo de la agresión fuera que la mujer lanzara una botella contra el coche como respuesta a los insultos.

Además, en la sentencia se señala que todos los ocupantes del vehículo conocían la existencia del palo, así como que “se desandaba el camino para interceptar el paso de la víctima con la intención de agredirla” y todos se bajaron del vehículo.

Por fortuna, los agresores fueron localizados en su huida por agentes de la Policía Nacional, que habían sido alertados telefónicamente, siendo finalmente detenidos y puestos a disposición judicial. La brutal agresión fue entonces condenada tanto por el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, como por la consejera andaluza de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez. También desató la indignación del Observatorio Español contra la LGBTfobia (entidad vinculada al colectivo COLEGAS), la Asociación de Transexuales de Andalucía o la Federación Andaluza Arco Iris, entre otros colectivos sociales.

Observatorio cree “ejemplar” la condena

El Observatorio Español contra la LGBTfobia (StopLGBTfobia) ha mostrado en un comunicado su satisfacción por la condena “ejemplar” de cuatro años de prisión para estos dos jóvenes. por la sentencia, dado que los tribunales españoles “son poco dados a condenar con penas notables las agresiones a personas LGBT, y además reconociendo el agravante de odio, que aún estando en el Código Penal es aplicado por los jueces a cuentagotas”. “Agradecemos a la Fiscalía malagueña, especialmente a la Fiscal especializada en Delitos de Odio en la provincia de Málaga, María Teresa Verdugo, el trabajo realizado para que se aplicara el agravante de odio por identidad sexual en este caso, ya que el Fiscal lo había ignorado en primera instancia”, ha declarado su director, Paco Ramírez, que también ha pedido que los dos menores que aún deben ser juzgados se les aplique “igual contundencia y ejemplaridad”. “Esperamos que esta sentencia sirva de base para otros casos similares que se están juzgando en diversos tribunales españoles y que tanto fiscales como jueces dejen de temer aplicar los agravantes de odio consignados en nuestras leyes, única forma de luchar eficazmente contra los delitos de odio en nuestro país“, añade el comunicado.

También han señalado que esperan que “por fin en España, agredir a una persona por su orientación sexual o su identidad de género, no constituya un delito menor con sentencias ridículas o incluso la gratuidad e impunidad de muchos agresores”.

Este Observatorio ha apuntado que es “una incógnita” la condena “a los otros dos implicados en los hechos, menores de edad, donde la legislación española es demasiado laxa”. “No podemos permitir que jóvenes menores, pero mayores de 16 años no sean condenados con igual contundencia y ejemplaridad”, ha subrayado.

Según este Observatorio, el nuevo Código Penal corrige “muchas ambigüedades en la legislación anterior en caso de situaciones de agresiones en base al odio”, aunque “aún son necesarias más aclaraciones u otros instrumentos legislativos para un combate más eficaz y efectivo”.

Asimismo, apuesta por combatir estos delitos de odio en las nuevas tecnologías y en las redes sociales, donde “campan a sus anchas sin que las fuerzas de seguridad y la legislación lo estén controlando de una forma sistemática”.

Según Ramírez, la judicatura española debe implicarse más “en erradicar la lacra del odio en la sociedad española con la aprobación de un protocolo específico de actuación judicial en casos que afecten a personas LGBT y otras minorías objeto de odio”. “Añadir a las condenas usuales un trabajo comunitario con las organizaciones de víctimas debería ser otro recurso más a añadir para corregir estos comportamientos inaceptables, y sobre todo para que la información y la cercanía mejore el conocimiento y la empatía con las vicisitudes y problemas que padecemos los grupos de víctimas en el día a día”, ha añadido.

El Código Penal ya castiga la LGTBfobia. Pero hay que aplicarlo…

El artículo 22 del Código Penal, recordemos, considera circunstancia agravante de un delito cometerlo “por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”.

Por su parte, el artículo 510, en su apartado 2, castiga con a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad” a pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses.

Fuente Cáscara Amarga/Dosmanzanas

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A juicio dos jóvenes por agredir e insultar a una mujer transexual en Málaga

Viernes, 21 de octubre de 2016
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TransfobiaaLos presuntos agresores han sido acusados de un delito de robo y otro de lesiones tras agredir a la víctima con un palo de hierro en la cabeza y espalda e insultarla sobre la base de su identidad sexual.

Cada uno de los acusados se enfrenta a una petición de siete años de prisión.

 La Fiscalía de Málaga ha considerado que la agresión el pasado mes de agosto a una transexual en el polígono Guadalhorce de la capital fue para “atentar contra la dignidad de esta persona por su condición sexual” y ha sostenido que los dos acusados mayores de edad, que han sido juzgados este lunes, actuaron de forma concertada con agresiones e insultos relativos a su identidad “degradantes y humillantes”.

El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha acogido el juicio a estos dos jóvenes, a los que la Fiscalía acusa de un delito de robo y otro de lesiones. En el trámite de conclusiones definitivas, la acusación ha introducido la agravante de cometer el delito por discriminación referente a su orientación o identidad sexual, que antes no contempló, aunque las penas se mantienen igual.

Cada joven se enfrentan a una petición de siete años de prisión. Por contra, la defensa de uno ha solicitado la absolución y subsidiariamente una condena de seis meses por un delito de hurto y de tres meses por otro de lesiones, con las atenuantes de confesión, reparación del daño y alteración de la voluntad. El otro letrado ha pedido la absolución o seis meses sólo por el delito de hurto.

Los hechos sucedieron el día 16 del pasado mes de agosto de madrugada. La Fiscalía sostiene que los procesados, junto a otros dos menores de edad, circulaban en un coche y se acercaron a la víctima, se bajaron del coche “y comenzaron a agredirla con un palo de hierro en la cabeza y espalda”. Además, “le propinaron patadas y golpes y puñetazos, arrebatándole el bolso y huyendo del lugar”.

Así, la Fiscalía ha incluido en sus conclusiones que los acusados cometieron estos hechos en “un intento de discriminación y con la intención de menoscabar y ofender la identidad u orientación sexual de la víctima con base en su condición”. Además, ha señalado que estuvieron “cachondeándose” de la mujer con insultos relativos a su identidad sexual.

La víctima ha insistido en que se trató de una agresión “por odio contra nosotras” y ha asegurado que no hubo contacto previo con los jóvenes ni se acercaron a preguntar nada sino que pasaron al menos dos veces “tirando piedras de grandes proporciones” e insultándola a ella y otra compañera que estaba allí con palabras como “maricones”. Luego se bajaron del coche.

“Yo les decía, no me peguéis, no me peguéis, soy una mujer”, ha expresado la víctima, quien ha precisado que dos de los cuatro ocupantes del coche le golpearon con el palo metálico y otros dos le dieron patadas y golpes. “Quiero reclamar justicia, que no se haga esto con nosotras las transexuales ni por identidad de género”, ha manifestado.

Además, ha declarado que en un momento de la agresión vio “la muerte sobre mí”, apuntando que tiene miedo e insistiendo en que la agresión fue por homofobia, aunque no ha podido mirar a los acusados en la sala. Su compañera ha coincidido en que las insultaron por ser transexuales, con frases y palabras relativas a su identidad sexual; aunque ha precisado que ella no presenció la agresión.

Uno de los acusados ha reconocido que los cuatro tiraron chinos desde el coche, pero ha insistido en que fue debido a que primero ella les lanzó una botella de cristal al vehículo. Ha explicado que fueron allí para ver cuánto cobraban las prostitutas, sin saber que la víctima era transexual y cuando les contestó, según ha dicho, “de mala manera”, fue cuando se dieron cuenta de su condición sexual y comenzaron a insultarla con palabras como “travelo”.

Luego fueron por un palo metálico y ha reconocido que él la golpeó en el costado, igual que uno de los menores; pero ha asegurado que no había motivo para la agresión, que no tiene nada en contra de la homosexualidad sino que iba bebido y había fumado marihuana. “Estoy arrepentido de lo que he hecho. No tengo nada en contra de esa mujer y no sabía lo que estaban haciendo“, ha manifestado.

El otro acusado ha admitido que estuvo esa noche, pero ha negado haber participado en los hechos, incluso ha declarado que varias veces gritó a los demás que no golpearan a la víctima. “Estoy muy arrepentido de haberme montado ese día en ese coche”, ha dicho, señalando que los otros sí insultaron a la mujer. Sobre el bolso, ambos han coincidido en que uno de los menores lo cogió y lo llevó al vehículo, pero que lo arrojaron al suelo enseguida.

Fuente Cáscara Amarga

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