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Fundación Iguales analiza las amenazas que entraña el proyecto de Constitución para la diversidad sexual y llama a votar en contra en el próximo plebiscito en Chile

Jueves, 30 de noviembre de 2023
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IMG_1413Durante más de una década, Fundación Iguales ha trabajado en la búsqueda de mayor igualdad y libertad para las personas que forman parte de la diversidad sexual. En este camino, nos hemos enfrentado a numerosos obstáculos que hemos logrado superar a través de la sensibilización, la educación y el activismo. Hemos buscado dotar a las personas de las herramientas necesarias para desarrollar proyectos de vida libres y auténticos. Estos logros han contribuido a que hoy sea cada vez más común que las personas se reconozcan, sin miedo, como parte de la diversidad sexual y tengan la libertad de elegir la forma de vida que brota naturalmente de su identidad, sin sufrir coacciones por parte del Estado ni de entidades privadas. No obstante, tenemos conciencia de que aún hay desafíos por delante, y que la discriminación continúa siendo el principal obstáculo para el pleno goce de los derechos en una vida libre de violencia.

En cumplimiento de nuestra misión institucional, nos corresponde alertar a la comunidad LGBTIQ+, aliados y la sociedad en su conjunto que el proyecto constitucional presenta varios aspectos que son una amenaza para la consecución de estos objetivos. Vemos en el texto presentado la intención de constitucionalizar las doctrinas ideológicas del conservadurismo con el fin de quitarle alas a la diversidad en nuestro país, limitando la autonomía y el libre desarrollo de las personas. Este intento se refleja a lo largo de todo el proyecto constitucional y queremos dar varios ejemplos de cómo se materializa:

En primer lugar, se omite el principio de no discriminación considerado en el proyecto de los expertos, lo que implica que el Estado no tiene la obligación de prevenir la discriminación ni de llevar adelante políticas públicas que la combatan. Esto deja a las personas de la diversidad (entre muchos otros grupos vulnerables) sin una defensa a nivel constitucional en contra la discriminación arbitraria, obstaculizando de paso el avance hacia una sociedad libre de violencia para todos.

También nos preocupa enormemente la constitucionalización de la objeción de conciencia. Si bien creemos que se debe respetar la libertad de culto de las personas, la objeción de conciencia institucional se ha utilizado en el pasado (y actualmente en otros Estados) para permitir que instituciones evadan el cumplimiento de la ley, como en el caso de farmacias o centros de salud que se niegan a proporcionar algunos tratamientos o servicios de salud, o la denegación de otros servicios, atenciones, matrículas, empleos, etc. Esto avala la discriminación por motivos religiosos y podría llevar a situaciones en las que dos padres o dos madres se vean impedidos de matricular a sus hijos en una determinada escuela, o que un establecimiento educativo expulse a niños o niñas de la diversidad sexual, adolescentes embarazadas o personas con diferentes puntos de vista.

Esto último ya ha sucedido en otros países del mundo. Este año el gobernador de Florida impulsó una ley que permitía negarles a las personas atenciones médicas por motivos religiosos. Estos proyectos se han replicado en países como Australia o Polonia, Rusia, Italia, etcétera, e implican no sólo discriminación hacia las personas LGBTQ+ sino un empeoramiento inmediato de su calidad de vida. Con este proyecto constitucional se podría seguir este mismo camino, validando prácticas discriminatorias que durante décadas la sociedad ha intentado erradicar.

Por último, el riesgo de que la redacción propuesta pueda redundar en la derogación de la ley de aborto en tres causales atenta contra un principio fundamental para la diversidad: la autonomía de cada uno para decidir sobre su propio cuerpo. Las modificaciones presentadas buscan asfixiar el debate democrático y quitarles autonomía a las mujeres respecto a sus derechos sexuales y reproductivos. Así también vemos la ausencia de una protección clara a la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes, lo que es fundamental para que estos desarrollen libremente su personalidad y vivan una vida sin violencia ni coerciones de ningún tipo.

En resumen, creemos que esta Constitución constriñe a la sociedad en su búsqueda del bienestar de cada uno de sus miembros y da espacio a la discriminación arbitraria que históricamente ha afectado a la diversidad sexual. Desde Fundación Iguales, consideramos que la aprobación de este proyecto representa un retroceso en derechos y libertades y supone un riesgo para la integridad de las personas LGBTQ +.

Por estas razones, hacemos un llamado responsable a votar en contra de esta propuesta y a continuar en el desafío de abrir un diálogo que permita establecer una legislación que proporcione protección, seguridad y pleno ejercicio de los derechos para todas las personas.

Hicimos un llamado responsable a votar en contra de la nueva propuesta de Constitución debido a que el contenido de esta pone en riesgo la seguridad y los derechos de las personas LGBTIQ+.

 

Argumentos técnico-jurídicos que respaldan nuestra decisión de votar en contra de la nueva propuesta de constitución


Fundación Iguales tiene una responsabilidad fundamental en la defensa de los derechos y la igualdad de la comunidad LGBTIQ+. Una propuesta de Constitución moralista y conservadora podría representar un riesgo para los derechos y la seguridad de las personas LGBTIQ+.

Rechazar una propuesta de Constitución que podría significar un riesgo a los derechos y la seguridad de las personas de la diversidad sexual y de género, se alinea con la misión de la Fundación de proteger los derechos humanos y la igualdad de todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.

Consideramos que el rechazo de la propuesta podría ser una medida preventiva para proteger los derechos, la seguridad y el bienestar de la comunidad LGBTQ+ en Chile y el avance del reconocimiento de nuestros derechos y libertades.

Si quieres conocer en detalle los argumentos técnicos y jurídicos que sustentan nuestra posición haz click en este link:

ANÁLISIS JURÍDICO PROPUESTA NUEVA CONSTITUCIÓN

Fuente Fundación Iguales.  (1, 2

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , ,

Movilh llama a votar en contra de la propuesta constitucional: «es un caballo de Troya que amenaza la igualdad y la no discriminación»

Miércoles, 29 de noviembre de 2023
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A la par el organismo responsabilizó de la exclusión de los derechos LGBTIQ+ de la propuesta a todo   el espectro partidario y el proceso de reforma: a los bordes constitucionales definidos por el Congreso Nacional, al Anteproyecto de la Comisión Experta y al texto final evacuado por el Consejo Constitucional.

En el marco del Día Nacional de la Diversidad, y a un mes del plebiscito constitucional, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) dio a conocer hoy su postura de rechazo a la propuesta de Carta Magna a votar el 17 de diciembre próximo calificándola como un caballo de Troya que amenaza la igualdad de derechos y la no discriminación

En un análisis de 7 de páginas, abajo expuesto, el Movilh ahondó en diversas razones a saber para rechazar el texto a votar en diciembre:

1.- La propuesta no menciona en igualdad de condiciones a los diversos sectores que deben ser protegidos de la discriminación arbitraria,  dejando afuera a las personas LGBTIQ+, entre otros grupos, decidiendo arbitrariamente a cuales incorporar.

2.- La propuesta está cruzada por el binarismo, garantizando derechos exclusivamente a hombres y mujeres, en vez de a todas las personas, dejando afuera a quienes no se identifican con esas categorías.

3.- La propuesta violenta el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes, entregando un amplísimo poder a los adultos para que les impongan su moral, ideología y religión, así como para decidir qué tipo de enseñanza deben recibir y donde deben educarse, en un contexto donde aún persisten corrientes en Chile que consideran a las personas LGBTIQ+ como personas enfermas, pecadoras, inmorales o peligrosas.

4.- La propuesta resta poder al Estado para implementar o garantizar sistemas de enseñanza-aprendizaje inclusivos y preventivos de la discriminación.

5.- La propuesta resta valor al principio de la no discriminación, considerándolo como un derecho de menor rango en comparación a otros.

6.- La propuesta tiene un amarre mucho mayor que la actual Constitución para poder modificarla.

7.- La propuesta restringe el respeto a los tratados y estándares internacionales de derechos humanos, dando paso a una interpretación paralela y discrecional de los mismos.

8.- La propuesta refleja en buena parte de sus artículos la ideología exclusiva de la ultraderecha y le otorga en bandeja un mayor poder, pese a ser un sector político que por sí solo, y en todo el mundo, ha sido un peligro para los derechos humanos de grupos vulnerables o históricamente desaventajados.

Finalmente, el Movilh acusó que “este segundo intento para dotar a Chile de una nueva Constitución fue, en términos concretos y reales, indiferente e insensible durante toda su tramitación a la realidad LGBTIQ+,  desde el momento mismo que se generaron las bases constitucionales, hasta pasar por la Comisión Experta y terminar con el texto evacuado por el Consejo Constitucional”. Por tanto, en relación a la exclusión LGBTIQ+ la responsabilidad es de todo el espectro político-partidario.

Declaración completa del Movilh con análisis y argumentos sobre las 8 razones para rechazar.

El pasado 7 de noviembre el Consejo Constitucional, 22 de cuyos 50 integrantes son de extrema derecha y abiertos opositores/as a los derechos LGBTIQ+, entregaron al presidente Gabriel Boric su propuesta de Carta Magna [1], la cual deberá ser votada en Chile en el plebiscito del próximo 17 de diciembre.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) valora los esfuerzos de quienes intentaron generar una propuesta constitucional representativa, no excluyente, que respetara la universalidad de los derechos humanos; al margen de cualquier  ideología o interés político-partidario; y muy especialmente aplaudimos al escaso puñado de autoridades o personas que propusieron mencionar explícitamente en la Carta Magna a todos los sectores discriminados, incluida la población LGBTIQ+.

El resultado, pese a los esfuerzos, no está a la altura de las transformaciones culturales y sociales experimentadas por el país y, en el caso específico de los derechos LGBTIQ+ es una apuesta regresiva que constituye un peligro. De haber estado vigente la Constitución que se propone, poco o nada hubiesen avanzado los derechos LGBTIQ+ en Chile.

Nos posicionamos, en consecuencia, en contra de la propuesta, y llamamos a las personas LGBTIQ+, a sus familiares, amigos/as y conocido/as a leer detenidamente el proyecto y a votar informado/a, en conciencia, solidaridad y empatía con cada persona que habita este país. La Constitución debe representar y garantizar derechos a todas las personas y la propuesta que se someterá a votación está muy distante de ese fin.

En nuestro análisis de la propuesta constitucional no levantamos fantasmas o mitos o recurrimos a falsedades, como aquella que señala que dicho proyecto no menciona o no incluye el derecho a la no discriminación, pues si lo incorpora, pero en medio de otros artículos limitantes y regresivos.

Tampoco pretendemos responsabilizar de la invisibilidad de los derechos LGBTIQ+ exclusivamente a la ultra derecha. Como organismo totalmente autónomo, independiente, sin presencia en el aparato estatal, ni interferencias partidarias, podemos concluir, en función de sólidos antecedentes, que la responsabilidad, al menos en lo referente a  la exclusión de la diversidad sexual y de género, es transversal y atraviesa todo el proceso y a todos los sectores políticos-partidarios que participaron del mismo.

Este segundo intento para dotar a Chile de una nueva Constitución fue, en términos concretos y reales, indiferente e insensible durante toda su tramitación a la realidad LGBTIQ+,  desde el momento mismo que se generaron las bases constitucionales, hasta pasar por la Comisión Experta y terminar con el texto evacuado por el Consejo Constitucional.

Vamos por paso.

El 17 de enero del 2023 fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.553 “para la elaboración y aprobación de una nueva Constitución Política de la República”.

En su artículo 154 dicha ley enumeró las bases institucionales y fundamentales de la que sería la nueva Carta Magna según lo aprobado por el Congreso Nacional. Se trató de 12 puntos considerados los bordes o límites sobre los cuales la Comisión Experta debería redactar un Ante-Proyecto.

Ninguna de las bases mencionó siquiera el derecho a la  no discriminación, mientras que sí estableció como un borde excesivamente amplio el “derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos”, lo cual abrió la puerta para que el proyecto constitucional final virara hacia graves limitaciones contrarias a la autonomía progresiva y al interés superior de los niños, niñas y adolescentes (NNA), con posibilidades ciertas de ser usado contra las personas LGBTIQ+ y otros sectores vulnerables o desaventajados.

El amplísimo poder cedido a adultos para imponer su moral, ideología o religión; planos donde la orientación sexual, identidad de género o expresiones de género diversas suelen ser denostadas; inhabilita, o si se quiere dificulta,  las facultades del Estado para generar planes educacionales inclusivos, prohibitivos de la homo/transfobia y que garanticen el igualitario acceso a derechos de todos/as los/as NNA.

Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros” señalaba el punto 9 de las bases constitucionales. En otras palabras, más relevante que el derecho a la no discriminación, fueron para las bases constitucionales el derecho de propiedad o la libertad de conciencia o de culto.

La Comisión Experta, y muy en particular la subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, no lo hizo mejor.

La Comisión Experta de 24 miembros sesionó entre el 6 de marzo y 30 de mayo del 2023, caracterizándose por una composición transversal,  solo en el sentido de que representaba con equilibrio a las fuerzas partidarias del Congreso Nacional, siendo 12 integrantes designados por la Cámara de Diputadas y Diputados y 12 por el Senado. Leer más…

General, Homofobia/ Transfobia. , , , , , , , ,

‘De los Ríos. La construcción del Estado laico’: Una mirada profunda al derecho constitucional, al derecho eclesiástico, a las ciencias políticas y a la teología

Sábado, 21 de octubre de 2023
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IMG_0917D.Fernando de los Ríos en un Mitin en Granada (1933). Archivo fotográfico de la Fundación Fernando de los Ríos.

Presentación en la Embajada de España ante la Santa Sede del libro de Carlos García de Andoin

El pasado jueves 5 de octubre, con el foco informativo puesto en el Sínodo de la Sinodalidad, pasó desapercibido en Roma un significativo acto, la presentación en la Embajada de España ante la Santa Sede del libro de Carlos García de Andoin, Fernando de los Ríos. La construcción del Estado laico’

Con la Embajadora Isabel Celáa como anfitriona del acto y el salón lleno tomaron la palabra el cardenal de Barcelona Juan José Omella, el profesor de La Sapienza, Stefano Cecanti, y el autor del libro, Carlos García de Andoin

La Embajadora resaltó el perfil político de Fernando de los Ríos y de la idoneidad del lugar para presentar un libro que trataba sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia. Destacó  la cercanía y amistad del ministro con el escritor y dramaturgo Federico García Lorca.

“Este político socialista republicano, atribuye a la religión su propia orientación política”

14.10.2023

El pasado jueves 5 de octubre, con el foco informativo puesto en el Sínodo de la Sinodalidad, pasó desapercibido en Roma un significativo acto, la presentación en la Embajada de España ante la Santa Sede del libro de Carlos García de Andoin, ‘Fernando de los Ríos. La construcción del Estado laico’.

Con la Embajadora Isabel Celáa como anfitriona del acto y el salón lleno tomaron la palabra el cardenal de Barcelona Juan José Omella, el profesor de La Sapienza, Stefano Cecanti, y el autor del libro, Carlos García de Andoin.

La Embajadora resaltó el perfil político de Fernando de los Ríos, su procedencia de la Institución Libre de Enseñanza y la importante obra educadora llevada a cabo por la Segunda República. La idoneidad del lugar para presentar un libro que trataba sobre las relaciones entre el Estado y la Iglesia. Por último, también destacó la cercanía y amistad del ministro con el escritor y dramaturgo Federico García Lorca, alumno suyo a quien siempre protegió y apoyó. Ensalzando el valor de la obra que se presentaba, dio la palabra a los intervinientes en la mesa.

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De izda a dcha:La embajadora Isabel Celáa, el cardenal arzobispo de Barcelona y Presidente de la CEE, Juan José Omella, el autor Carlos García de Andoin y el profesor de la Universidad de La Sapienza Stefano Cecanti

Tomó la palabra el cardenal Juan José Omella, quien destacó el perfil religioso de Fernando de los Ríos.

De los Ríos, cristiano erasmista, por el cardenal Omella.

Su autodenominación comocristiano erasmista. Parece ser una anécdota socorrida, que, De los Ríos, tras la guerra civil, al rellenar el formulario ante las autoridades de inmigración, al preguntársele por su religión, se identifica como “cristiano erasmista”. Pero parece más que un sucedido. Muchos amigos le identifican públicamente así (Prieto, García Lorca, Jiménez de Asúa…) y él mismo escribe y reflexiona sobre el erasmismo en España. Parece ser expresión de su admiración hacia un movimiento seguidor de Erasmo y de su cristianismo evangélico, culto, ético y espiritual.

De izda a decha: Stefano Cecanti, Isabel Celáa, Juan José Omella y Carlos García de Andoin.

La importancia de lo que llama la “emoción religiosa”. Refleja lo que para él es principalmente la religión, una visión antiintelectual y antidogmática. En el libro se cita un artículo de la Semana Santa de 1917, “En torno a la emoción religiosa” donde escribe que, para él, “el acto religioso nace en la máxima intimidad y recato; con él vienen a la vida las emociones que fecundizan los más hondos deseos del ideal” (1997c: 19). Es una visión que une experiencia religiosa y moral: “la sed de lo infinito es una llama que va quemando todo cuanto halla en el interior tocado de mancilla y se quema, además, a sí misma; antes de hacerlo influye en la vida, exaltando el amor a la virtud, a la perfección concreta” (1997c: 20). Va a mencionar expresamente la oración con bellas palabras en las que resuena la religiosidad popular andaluza: “la oración es el momento lírico supremo, por esto es lo individual por excelencia y el plano en que vive la emoción religiosa. La oración es el vehículo verbal de nuestra sed de lo absoluto, la saeta construida por la razón para calmar las solicitaciones angustiosas del sentimiento; la oración es antidogmática precisamente por ser lírica” (1997c: 20).

IMG_0916Fernando de los Ríos con su hija Laura, que casaría con Francisco García Lorca, hermano de Federico.

Me ha llamado la atención también la influencia de su educación religiosa familiar. Su madre, Doña Fernanda Urruti, que rezaba a diario el Kempis, llevaba a sus hijos con un “sentido de cristianismo primitivo” a visitar y ayudar a las familias pobres de Ronda. Así lo expresa el propio De los Ríos: “desde niño nos enseñó a mis hermanos y a mí que teníamos que ocuparnos de la vida de la familia de unos cuantos pobres; y me recuerdo a mí mismo visitando la casa de esos pobres, preguntándoles por sus necesidades y yendo a mi casa muchas veces compungido y dolorido y sin poder contener los sollozos por la miseria que había visto, y a la que yo procuraba poner remedio mediante la dadivosa actitud de mi madre” (1997d: 222-223). El libro recoge que cuando en 1980 traen los restos de De los Ríos de Nueva York, donde sufrió el exilio, al cementerio civil de Madrid, su hija Laura se refirió al “fondo profundamente religioso” de su padre y a la influencia en él de su madre “esencia de cristiana vieja”.

Asimismo, la centralidad que da a la educación cristiana de su hija. Escribiendo en 1926 una carta desde Nueva York a su mujer Gloria, le dice “Di a mi hija de mi alma que no deje de escribirme […] que no olvide mis ruegos, que cultive su corazón y su alma religiosa meditando el Evangelio, que lea el Padre Nuestro y el sermón de la montaña y haga todas las noches su examen de conciencia; que piense en Dios como el ser perfecto a quien debemos imitar embelleciendo moralmente todos los días nuestra propia vida y llevando el bien a cuantos podamos”.

“Este político socialista republicano, atribuye a la religión su propia orientación política”

No puedo dejar de anotar el papel que este político socialista republicano, atribuye a la religión su propia orientación política. Dice que el contacto con la miseria por solidaridad con familias jornaleras pobres en la Ronda de abajo “me ha hecho tanto bien en la vida –perdóneseme esta pública confesión por vez primera- que creo que ha sido lo que determinó incluso mi posición socialista una vez que llegué a la edad adulta” (De los Ríos, 1997d: 223).

IMG_0925Fernando de los Ríos, Pablo Iglesias (fundador del Partido Socialista Obrero Español y de la Unión General de Trabajadores) y Julián Besteiro, en Celorio, Asturias (1921)

El cardenal Omella se detuvo en la relación que mantuvieron De los Ríos y el cardenal de Tarragona, Vidal i Barraquer, en aras a un acuerdo de conciliación entre el Gobierno repubñicano y la Iglesia que finalmente fracasó con el articulado de la Constitución, de carácter eliminatorio para con la Iglesia.

Finalmente recordó que la Constitución de 1978 había conseguido llegar a los acuerdos que no fueron posibles en la II República, principalmente en materia de educación y de financiación.

Fernando de los Ríos: un vencedor póstumo, por el profesor Ceccanti

En este volumen tan extenso, el politólogo y teólogo vasco Carlos García de Andoin describe esencialmente al humanista y socialista reformista Fernando de los Ríos (1879-1949) como precursor del equilibrio entre libertad religiosa y laicidad que se ha logrado con la Constitución de 1978, superando el confesionalismo tradicional que había tenido su última expresión en el franquismo pero también la postura unilateral de separación hostil de la Constitución de la Segunda República de 1931, respecto a la que luego había sucumbido.

De los Ríos se unió al PSOE en 1919 y, por tanto, estuvo involucrado en las difíciles consecuencias políticas de la Revolución Rusa con respecto a las orientaciones de los Partidos Socialistas, atrapado entre el llamado al nuevo movimiento comunista y los impulsos maximalistas y reformistas. Contribuyó a evitar que la mayoría se deslizara hacia posiciones comunistas, también gracias a un revelador encuentro directo con Lenin, quien devaluó radicalmente el valor de la libertad en su presencia, “Libertad, ¿para qué?” (pág. 50 del volumen que retoma la historia autobiográfica y que deja claro hasta qué punto los bolcheviques deseaban ab initio el resultado autocrático). Ya fue elegido diputado en 1920 y 1923, y luego nuevamente en 1931. Fue uno de los líderes socialistas que, coherentemente con su propio reformismo, en un partido muy dividido (ver pág. 55), lucharon exitosamente a favor de una colaboración gubernamental con los republicanos contra el aislamiento identitario, llegando a ser ministro de Justicia en el gobierno provisional de Alcalà Zamora y luego nuevamente en el posterior gobierno de Azaña, antes de pasar a Instrucción pública en 1932.

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El punto clave de su acción política, que describe el volumen, es su papel como Ministro en la elaboración de los artículos sobre laicidad y libertad religiosa de la Constitución de 1931. De los Ríos, quien personalmente tenía una actitud compleja de laicismo, por así decirlo, religioso , separado de la Iglesia católica, pero con un cristianismo con rasgos modernistas, fascinado sobre todo por las minorías religiosas (se define como “cristiano erasmista“) y, por un lado, muy firme en la libertad de culto y en la separación entre Estado y religiones, a favor del concepto de “Estado aconfesional“, que rompía decisivamente con el pasado, pero al mismo tiempo era partidario de una forma de reconocimiento de la personalidad jurídica de la Iglesia católica, también en nombre de la necesidad de que la nueva República “incorpore a los católicos ante el riesgo de explosión” de aquella experiencia democrática, como señala en la introducción el constitucionalista y político Gustavo Suárez Pertierra (p. 29).

La tesis de De Andoin, resumida en el Prólogo, es la que ve a De los Ríos como un precursor de la combinación laicismo-libertad (y por tanto cooperación) que se estableció en la Constitución de 1978 frente a la de libertad-coacción (y por tanto hostilidad). que se afirmó a pesar de sí mismo en 1931 (p. 30) y que no fue la menor causa del fracaso de la República (p. 58). Leer más…

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Envían a la Convención Constitucional «consideraciones» sobre cuotas, paridad y el concepto «disidencia»

Miércoles, 20 de abril de 2022
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imagesEl Movilh  envió una misiva a todos/as los/as convencionales constituyentes

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) envío ayer a todos/as los/as convencionales constituyentes diversas “observaciones en el marco de las propuestas que tienen o tendrán a la vista sobre los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex, queer, asexuales y otras (LGBTIQA+)”.

Los planteamientos  en la carta del Movilh fueron los siguientes:

“1.- Concepto disidencia:   Entre las propuestas  relacionadas con los derechos LGBTIQA+ que está discutiendo la Convención se encuentra el concepto de “disidencia”.

Enfatizamos que los conceptos reconocidos por las leyes y el sistema internacional de DDHH para referirse a la población o personas LGBTIQA+  son los de “orientación sexual”, “identidad de género”, “expresión de género” o “diversidades sexuales y/o de género”.

El concepto “disidencia” no hace referencia exclusiva a un sector o tema social específico;  como el sexual;  pues es de carácter político-reivindicativo y puede aplicarse a otras luchas, como las de las mujeres o los pueblos originarios.

En otras palabras, no todas las personas LGBTIQA+ son disidentes o se identifican como tales,  pues dicho concepto no se relaciona por sí solo con su orientación sexual, identidad o expresión de genero, sino que con el posicionamiento sociopolítico- reivindicativo frente a la discriminación  y la vulneración de derechos.

Sin embargo, sí todas las personas LGBTIQA+ tienen orientaciones sexuales o identidades de género diversas, siendo esos los conceptos reconocidos por todo el sistema internacional de DDHH, tras décadas de lucha de los movimientos sociales en el mundo.

Animamos a la Convención Constitucional a discutir y resolver si está protegiendo a sectores históricamente vulnerables, a la política-reivindicativa de los mismos o a ambos.

Y si es ambos, debe considerarse que la disidencia no es solo sexual o de género, pues bien puede extenderse a las luchas de otros grupos sociales. Por tanto, debería darse rango constitucional a la disidencia de todos las personas y movimientos sociales que han luchado por la igualdad y contra la discriminación en razón de  la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, el sexo, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad, entre otros, que se posicionan frente a los sistemas dominantes y denuncian las injusticias de los mismos.

 2.- Cuotas y paridad

El Movilh defiende y promueve medidas de acción afirmativa a favor de la población LGBTIQA+ y en particular de las personas trans, las más afectadas por la discriminación hacia este grupo humano.

Es muy necesario generar espacios para la inclusión e incorporación de personas LGBTIQA+ en todas las instituciones.

El desafío no es fácil.

Una de las grandes luchas que dimos durante años las organizaciones fue el respeto a la privacidad de las personas trans. En especial, a mantener en total reserva el nombre y sexo asignado al nacer.

Con la Ley de Identidad de Género, que facilita el cambio de nombre y sexo legal, se reafirmó el derecho a la privacidad.

Una paridad o cuotas a priori, implicaría que todas las personas trans debiesen hacer público que el nombre y sexo que las identifica es distinto al asignado al nacer, lo cual invade la privacidad y la intimidad.

Se podría entonces argumentar que el derecho solo aplicará a personas dispuestas a hacer pública su identidad de género u orientación sexual. Pero si ese el caso, ya la paridad o cuotas no serían para personas  trans o LGBIQA+, sino para personas LGBTIQA+ dispuestas a hacer pública su identidad de género u orientación sexual.

Visto así, lo mejor es que el Estado garantice el igualitario acceso a cargos públicos, sin discriminación por identidad, expresión de género, orientación sexual ni por ninguna de las categorías protegidas en la Ley Zamudio. Y que se establezca como una obligación del Estado   la generación de medidas afirmativas a favor de los sectores históricamente desaventajados

3.- Otros: Finalmente exponemos a ustedes las propuestas que consideramos prioritarias de analizar con miras a  garantizar derechos a todas las diversidades sociales en igualdad de condiciones

 3.1 Las familias

La actual Constitución establece que en su artículo 1 que “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”.

Consideramos de gran relevancia que la Carta Magna siga refiriéndose a esta composición social, que es base del desarrollo de las personas. Sin embargo, la actual definición no se hace cargo de la diversidad familiar y social.

Por tanto, sugerimos que en su nueva redacción la Constitución  considere la siguiente idea:

 Las familias contribuyen al desarrollo de cada uno de sus integrantes y de las sociedades. Es deber del Estado proteger y garantizar la igualdad de derechos a todas las familias y a cada de uno de sus integrantes”.

3.2 – La no discriminación

La Actual Carta Magna se refiere en los artículos 16 y 22 a la no discriminación. El primero, vinculado a lo laboral y el segundo, a lo económico.  La visión es restrictiva, pues garantiza la no discriminación en solo dos campos y no lo establece como un principio general y universal; además de invisibilizar a los sectores históricamente desaventajados, pese a que los mismos son los más afectados por las marginaciones

Sugerimos, considerar a la no discriminación como unos de los principios de la nueva Constitución y  que, al mismo tiempo, enumere y explicite en igualad de condiciones todas las categorías  protegidas por la no discriminación, siguiendo los estándares internacionales de derechos humanos.

Teniendo por base la actual Ley 20.609 se sugiere establecer en la Constitución que:

La  Constitución asegura a todas las personas la no discriminación y en particular la prohibirá  cuando se funde en la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal, la enfermedad o discapacidad, entre otros”

 3.3.- Personas 

En diversos artículos la Constitución habla de hombres y/o mujeres.  Se sugiere que en la nueva Constitución esa categorizaciones binarias sean reemplazadas por el concepto de “personas” en todos los casos que no apunten a la generación de medidas afirmativas a favor de sectores históricamente desaventajados, discriminados o vulnerables.

Fuente MOVILH

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Quiénes son les candidates LGBT+ que quieren cambiar la Constitución chilena

Viernes, 23 de abril de 2021
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Prueba-Chile_1-1000x500El 15 y 16 de mayo Chile elige convencionales constituyentes para redactar la nueva Constitución. Al menos 47 candidatxs son LGTBIQ+.

Investigación: Airam Fernandez

El 15 y 16 de mayo Chile realizará las elecciones municipales, de gobernadores y convencionales constituyentes, para elegir a lxs integrantes de la Convención que se encargará de redactar la nueva Constitución. Es un proceso histórico por varias razones: lxs candidatxs resulten electxs sepultarán la carta que rige al país desde la dictadura de Augusto Pinochet. Serán 155 asambleístas y la mitad de lxs electxs tendrán que ser mujeres porque así lo establece la ley. Entre una lista kilométrica de candidatxs, al menos 47 se autodeterminan como LGTBIQ+. Es primera vez que un número tan representativo de personas de la diversidad sexual deciden disputar un espacio en un proceso electoral en el país.

Retos para lxs candidatxs de las disidencias sexuales

Las candidaturas de las disidencias sexuales se enfrentan a varios retos. Lorena Olavarría es candidata a alcaldesa en Melipilla y parte de la plataforma Voto Disidente, conformada tras el plebiscito que se efectuó en 2020 —donde ganó la opción de reemplazar la Constitución de 1980—. Cuenta a Presentes que el primer desafío ya lo superaron: “Nos organizamos”, dice. Y lo hicieron no sólo desde las ganas de aportar a la construcción de un nuevo Chile, sino para honrar la memoria de las víctimas de la ola de ataques de odio y discriminación que desde hace varios años afecta a todo el país. “También estamos aquí por ellxs y no tenemos miedo. Porque estamos juntxs y eso hace más llevadero este camino”, asegura.

Otro de los retos es el de la visibilidad, explican desde el equipo de Les Constituyentes. Se trata de una plataforma creada por mujeres activistas de la diversidad para difundir las distintas propuestas que surgen desde esta trinchera. “El principal desafío que tienen es darse a conocer, ya que, en general, tienen menor acceso a espacios masivos de comunicación y menos recursos económicos que otros candidatos. Esto afecta directamente en la posibilidad de ser electos”, cuentan a Presentes. Según la información que analizaron sobre datos disponibles en comovoto.cl, hasta el 14 de marzo del 2021, de los 47 candidates, 13 no registraban ningún aporte a sus campañas electorales.

Pero el desafío más importante, a ojos de Les Constituyentes, es que las candidaturas LGBTIQ+ efectivamente sean electas: “En este sentido, para nosotras es importante destacar este proceso paritario único en Chile, donde hombres y mujeres redactarán una nueva Constitución.Y a su vez, avanzar en la discusión sobre las identidades propias de cada candidate y lo contradictorio que podría resultar el binarismo para la población LGTBIQ+, plantean.

Quienes sean elegidxs tendrán que dar la pelea, una vez más, desde la resistencia. Ocuparán un espacio en la política que se ha acostumbrado a negar la existencia de cuerpos que no cumplen con las normas impuestas desde la heterosexualidad, por lo que ser disidente será un acto de resistencia que representará a la población LGBTIQ+ en un proceso histórico”.

Las propuestas

Las propuestas de lxs candidatxs son muy variadas. La mayoría fija una postura crítica frente a los problemas estructurales que llevaron a lxs chilenxs a volcarse a las calles en octubre de 2019 y a protagonizar la mayor revuelta social de la historia reciente del país. Y eso es lo que destacan desde Les Constituyentes: “No se quedan solo en aquellos derechos que nos tocan por habitar cuerpas disidentes y territorios diferentes, sino que también se reconoce la importancia de otros derechos básicos y presentan propuestas que invitan a pensar en un proyecto país”.

Todxs coinciden en la necesidad de que sus identidades queden consagradas en la nueva Constitución, y en que lo que se escriba de alguna manera sea el reflejo del país diverso que hoy es Chile. “En definitiva, incorporar la perspectiva LGBTIQ+ e interseccional en la construcción de un nuevo modelo no sólo contribuirá a elaborar medidas específicas para el reconocimiento de derechos de quienes han estado excluides de manera histórica de los sistemas políticos, sino que será un aporte para el resto de la sociedad, dicen.

Presentes conversó con 26 de ellxs, para conocer sobre sus inicios en el activismo y sus experiencias desde la política y también para profundizar en las ideas que tienen para la nueva Constitución.

En este informe especial : ¿Quiénes son, de dónde vienen y cuáles son sus propuestas?

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Fuente Agencia presentes

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El Congreso de Honduras blinda la prohibición del aborto y del matrimonio gay

Miércoles, 27 de enero de 2021
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e3cb398d-ee7e-43cf-b97a-4400f3df2f34El Congreso Nacional de Honduras, en una maniobra fuerte de los antiderechos, aprobó este jueves 21 de enero una enmienda constitucional para prohibir el matrimonio igualitario y el aborto. Aunque ambos derechos están prohibidos actualmente, esta jugada política actúa como un candado constitucional y hace aún más difícil cualquier mínimo avance.

A partir de ahora se necesitarán 96 de los 128 votos totales del Congreso para cambiar los artículos 67 y 112, que son los que refieren al aborto y al matrimonio igualitario respectivamente, determinaron ayer los congresistas.

El Congreso de Honduras aprobó el jueves una enmienda constitucional orientada a impedir la legalización del aborto y el matrimonio entre parejas del mismo sexo en el país, al incrementar el número necesario de votos en el Parlamento para reformar estas normas.

La Constitución hondureña prohíbe el aborto y el matrimonio entre personas del mismo sexo, y para una reforma constitucional necesario el respaldo de dos tercios de los 128 diputados del Congreso unicameral. No obstante, a partir de la modificación más reciente se necesitará el voto de tres cuartas partes de los congresistas para aprobar los cambios.

“La legislación establece lo que hemos dado en llamar un candado constitucional, para impedir la legalización del aborto en Honduras en los años venideros”, dijo el diputado oficialista y vicepresidente del Congreso, Mario Pérez, durante la sesión virtual.

La reforma fue aprobada con 88 votos a favor, 28 en contra y siete abstenciones. Para entrar en vigencia, aún deberá ser ratificada por, al menos, 86 congresistas en la próxima legislatura a partir de 2022.

En Honduras las reformas constitucionales deben ser aprobadas por dos tercios de votos. Hasta ayer hacían falta 86votos, según la Constitución hondureña. Pero para cambiar las prohibiciones contra el aborto y el matrimonio entre personas del mismo sexo harán falta más: las tres cuartas partes del Congreso (96 votos). Todavía se necesita ratificar esta modificación en una nueva legislatura en el año 2022.

La reforma del artículo 67 de la Constitución de la República de Honduras establecida por los congresistas tiene el fin de impedir la legalización del aborto en Honduras. Además modificaron el artículo 112 sobre el reconocimiento del

matrimonio del mismo sexo. El artículo 67 de la Constitución de la República de Honduras dice que está “prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetarse la vida en todo momento”.

El artículo 112 prohibe el matrimonio igualitario, al expresar que reconoce “el derecho del hombre y de la mujer, que tengan la calidad de tales naturalmente, a contraer matrimonio entre sí, así como la igualdad jurídica de los cónyuges. Solo es válido el matrimonio civil celebrado ante funcionario competente y con las condiciones requeridas por la ley”.

Un día triste para los derechos humanos

Hoy es un día extremadamente triste para los derechos humanos en Honduras”, dijo la coordinadora de la Red Lésbica Cattrachas, Indyra Mendoza. “Es impresionante estar en manos de políticas y políticos perversos”.

Para la defensora de Cattrachas, “los derechos de las mujeres y las poblaciones LGBTI+ siempre han sido monedita de cambio, pero esta vez se les fue la mano. No solo por hacer estrategias para destruirse unos a otros, ya que el partido Nacional quiso robarle la bandera de lucha al Liberal. No es justo que intercambien nuestras vidas por votos y poder”.

Si siguen con estas políticas, habrá más caravanas, no solo de mujeres y población LGBTIQ+. La verdad, Honduras se va a ir yendo”, lamentó la coordinadora de Cattrachas. Y agregó: “Meten el artículo 112, sin que se haya discutido y sin que haya aludido absolutamente nada explícito en el dictamen. Honduras va a ser castigada por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos por esta ley discriminatoria”, dijo.

Escudo contra el aborto 

Con la reforma llamada “Escudo contra el aborto”, aprobada en un solo debate, Honduras se convierte uno de los cuatro países en Latinoamérica que prohíben el aborto en todos los casos.

Esto desatiende las recomendaciones internacionales en materia de derechos reproductivos y sexuales. “El aborto se debe garantizar cuando la salud de la mujer está en riesgo, el embarazo es producto de violación o incesto o es incompatible con la vida extrauterina”, según los estándares internacionales de derechos citados por el Centro de Derechos Reproductivos.

Honduras es uno de los países latinoamericanos con tasas más elevadas de embarazos adolescentes. Uno de cada cuatro partos en Honduras es de una menor de 19 años, según Naciones Unidas. Se estima, en base a datos locales, que más de 30.000 adolescentes de entre 10 y 19 años dan a luz en Honduras cada año. Y aunque nadie sabe con exactitud cuántas mujeres y niñas se someten a abortos clandestinos en el país, según estimaciones del Centro de Derechos de las Mujeres, cada año se realizan aproximadamente entre 50.000 y 80.000 abortos.

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Cada 22 horas, una mujer muere en forma violenta y al menos una de cada cuatro mujeres en Honduras ha sufrido abuso físico o sexual de una pareja, según una encuesta gubernamental de 2011-2012. Se estima que por lo menos, el 40 % de los embarazos no fueron planificados o deseados en el momento en que se engendraron. Algunos embarazos no deseados son producto de violaciones.

Hemos vuelto a las cavernas”

“No hay un país que limite tanto a las mujeres y poblaciones diversas”, dice la abogada y coordinadora de la organización no gubernamental Unidad de Desarrollo de la Mujer y la Familia (Udimuf), Vanessa Siliezar. “Hemos vuelto a las cavernas. O peor”.

Las reformas aprobadas contra la libertad de las mujeres y los grupos LGBTIQ+ en Honduras son una manera en que el gobierno silencia a los grupos que reivindican derechos.

Según defensores de derechos humanos en el país, Juan Orlando Hernández busca por medio de estas tácticas distraer la atención de los señalamientos de narcotráfico y de la ineficacia de su gobierno para resolver los problemas que provocan el éxodo masivo de hondureños al extranjero.

Al aprobarse las reformas, “lo que era una cortina de humo se convierte en un candado de castidad para las mujeres en Honduras”, agrega Vanessa Siliezar.

Instituciones internacionales llevan días pronunciándose en contra de estas reformas que violentan las libertades de las mujeres y minorías hondureñas. Según el Parlamento Europeo, “la penalización del aborto en Honduras obliga a mujeres y niñas a buscar abortos clandestinos o a asumir embarazos forzados. Esto resulta en las altas tasas de mortalidad y morbilidad materna de Honduras”. https://twitter.com/OACNUDHHN/status/1352451477869129730

“Sabíamos las feministas que esto podía pasar, lo que no sabíamos es que iban a tener el descaro de hacerlo en siete días”, expresó Indyra Mendoza.

Contra la marea verde que triunfó en Argentina

Según el diputado nacionalista hondureño Mario Pérez, gobiernos “de izquierda”, como el argentino, son los que han aprobado la legalización del aborto. Honduras, agrega Pérez, no repetirá el ejemplo de Argentina.

El Congreso argentino aprobó el aborto legal, seguro y gratuito en la madrugada del 30 de diciembre de 2020, en medio de alabanzas de los grupos de defensa de derechos humanos y organizaciones feministas en Honduras y el resto de América Latina.

Aunque Naciones Unidas condenó este martes la reforma del Congreso hondureño, lo que ocurrió en Argentina “no puede suceder en Honduras”, agregó Pérez, quien es parte de los grupos conservadores que critican la legalización del aborto en el país sudamericano.

Fuente Agencias/Agencia Presentes

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Letonia vota para excluir a las parejas del mismo sexo de la definición de ‘familia’ en la Constitución

Lunes, 18 de enero de 2021
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Parlamento-letoniaLa República de Letonia ha votado para definir la familia únicamente como “la unión de un hombre y una mujer”, excluyendo a las innumerables familias LGBT + del país.

El jueves (14 de enero), el parlamento letón, o Saeima, votó 47-25 a favor de una enmienda a la constitución que estipula que una unidad familiar consiste en un matrimonio entre una mujer y un hombre.

La sección 110 de la constitución ahora dirá: “El estado protege y apoya el matrimonio: una unión entre un hombre y una mujer, una familia basada en el matrimonio, consanguinidad o adopción, los derechos de los padres y del niño, incluido el derecho a crecer”. en una familia basada en una madre (mujer) y un padre (hombre) “.

La votación se produjo en respuesta a un fallo pro-LGBT + el año pasado de la corte constitucional que confirmó que los padres en una familia también pueden ser del mismo sexo e impuso al estado la “obligación de protegerlos y apoyarlos” también.

Pero el líder de la Alianza Nacional, Raivis Dzintars, declaró que el tribunal había violado sus poderes, creando una “definición de familia que no es aceptable para el público en general en Letonia. Letonia es un país democrático con diversidad de opiniones y respeto por todos los ciudadanos. Pero al mismo tiempo, hay valores que han sido especialmente cercanos e incluso sagrados para nuestra nación y su cultura durante cientos de años ”, dijo a Skaties. “Uno de estos valores es la comprensión de la familia, que se basa en el padre y la madre, el hombre y la mujer, y sus hijos. Hasta ahora, tal entendimiento parecía evidente, pero con la decisión del tribunal constitucional se cuestiona “.

La decisión representa un gran revés para la comunidad LGBT + de Letonia y otro ejemplo preocupante de la retórica anti-LGBT + que se extiende por Europa del Este.

“La votación de hoy en el Parlamento de Letonia nos devolvió a los tiempos en que ser un político abiertamente homofóbico era algo de lo que estar orgulloso”, tuiteó la activista Kristine Garina, de la Asociación Europea de Organizadores del Orgullo. “Cuarenta y siete miembros del parlamento votaron SÍ para continuar con la declaración de ‘las familias del mismo sexo no son familias’ que se agregará a la constitución”.

La política letona Marija Golubeva describió la medida como un “llamado a la discriminación” y un intento de separar a las familias en lo correcto y lo incorrecto. “El apoyo a estos cambios es una burla a los principios de un estado democrático, y pido su rechazo”, instó al parlamento.

Un país hostil a la igualdad LGTB

Letonia, pese a contarse entre los más hostiles de la Unión Europea para su población LGTB, ha empezado hace poco a mostrar algún signo esperanzador. El más simbólico, la salida del armario como gay de su ministro de Exteriores, Edgars Rinkēvičs, en noviembre de 2014. Reelegido para su puesto tras las elecciones de 2018, Rinkēvičs sigue abogando por el reconocimiento de las parejas del mismo sexo. Otro gesto, menor pero cargado también de simbolismo, fue la rectificación de una promoción de San Valentín de los autobuses de la capital Riga que excluía a las parejas del mismo sexo.

En diciembre de 2005 se introdujo una enmienda a la Constitución de Letonia para definir el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, y así impedir a las parejas del mismo sexo el acceso a esta institución. Quienes se muestran contrarios al proyecto de reconocimiento de otro tipo de uniones consideran que se trata de un subterfugio para violar lo que la Constitución prohíbe taxativamente.

Esta actitud es la que el ministro Rinkēvičs calificaba en noviembre de 2015 de «montón de histeria» y contra la que se ha comprometido a luchar. Este tipo de grupos homófobos ya intentaron en 2006 aprobar, sin éxito, una ley contra la «propaganda homosexual» como la vigente en Rusia desde 2013. En 2015, la celebración del Europride en Riga se vio amenazada por el boicot de grupos homófobos, aunque finalmente tuvo lugar sin grandes problemas.

En junio de 2019,el Parlamento de Letonia volvió a decir «no» a las uniones civiles. Una proposición de ley presentada por diputados de partidos representados en el Gobierno  fracasó, al obtener solo 23 votos favorables de los 100 representantes de la Saeima, el legislativo unicameral letón.

Fuente Pink News

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La prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo se eliminó de la constitución del estado de Nevada en una gran victoria electoral para los derechos LGBT +

Lunes, 9 de noviembre de 2020
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NevadaLa reliquia de la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo finalmente se eliminó de la constitución del estado en una gran victoria electoral para los derechos LGBT +

Nevada ha votado para consagrar el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo en su constitución estatal, eliminando una prohibición introducida hace 20 años.

Aunque la Corte Suprema anuló las prohibiciones estatales sobre el matrimonio igualitario en 2015, tales disposiciones permanecen en las constituciones de 30 estados de EE. UU. Hasta ahora, Nevada estaba entre ese número. Sus ciudadanos aprobaron abrumadoramente una prohibición en 2002, pero el día de las elecciones, los ciudadanos votaron para consagrar los derechos LGBT + en la constitución.

Con el 75 por ciento de los recintos contabilizados, la Pregunta 2 de Nevada pasó del 61 al 39 por ciento.

Andre Wade, director del grupo local de derechos LGBT + Silver State Equality, dijo que aunque la medida es en efecto simbólica, es un hito importante. “Es importante que nuestra constitución coincida con la voluntad del pueblo”, dijo Wade, según el Las Vegas Sun. “La (disposición) fue algo que se agregó hace dos décadas, pero no funcionó. Necesitaba ser eliminado “.

John Waldron, director ejecutivo del Gay and Lesbian Community Center of Southern Nevada, (Centro Comunitario de Gays y Lesbianas del Sur de Nevada) dijo que la medida había agregado importancia a la luz del nombramiento de Amy Coney Barrett para la Corte Suprema. “Nos brinda la protección que estábamos buscando en caso de que ocurriera algo con la conservadora Corte Suprema a nivel federal”, dijo.

Además de eliminar el lenguaje que reconoce el matrimonio como solo entre un hombre y una mujer, la pregunta de la boleta electoral requiere que Nevada reconozca todos los matrimonios independientemente del género por igual.

Incluye una disposición para las organizaciones religiosas y los miembros del clero que les permite negarse a celebrar matrimonios y evitar que se emprendan acciones legales contra ellos.

Nevada es un estado clave en el campo de batalla en las elecciones presidenciales y, en el momento de escribir este artículo, sigue estando demasiado cerca para llamarlo.

Con el 86 por ciento de los votos estimados reportados, Joe Biden tiene una pequeña ventaja de alrededor de 8,000 votos.

Fuente Pink News

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Cámara de Diputados de Chile rechaza cuotas para la diversidad sexual y de género en el órgano constituyente

Martes, 24 de diciembre de 2019
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6DE35445-4D84-4027-8693-195A031AFA15Por 64 votos a favor, 37 en contra y 40 abstenciones. El Movilh acusó irresponsabilidad, utilización política e insensibilidad con los derechos LGBTI. (Declaración pública)

La Cámara de Diputados rechazó ayer cuotas de la diversidad sexual y de género para el órgano constituyente que redactará la nueva Carta Magna, con la abstención más alta de la jornada. En concreto se rechazó con 64 votos a favor, 37 en contra y 40 abstenciones.

La propuesta del diputado Miguel Mellado Suazo (RN) buscaba “resguardar y proteger la participación de las personas pertenecientes a la diversidad sexual en las elecciones de los convencionales constituyentes para redactar una nueva Constitución” para lo cual “se establecerá un porcentaje mínimo de 5% de los candidatos en las listas conformadas por un solo partido, las listas de personas independientes y los pactos electorales a nivel nacional”.

FE13000E-7CE6-4250-A505-DE924109E6D0-768x481Lo sucedido ayer, es un hito (negativo), en tanto por primera vez la Cámara discutía cuotas para las personas LGBTI y, sin dar mayor argumentación, terminó rechazando esta idea, sin ofrecer alternativas o abrir el espacio para ello.

En virtud de lo expuesto, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) señala:

1.- Acusamos utilización política por parte del parlamentario Mellado Suazo, en tanto en el pasado reciente ha manifestado posturas contrarias a los derechos LGBTI, como ocurrió con su intento fallido de impugnar ante el Tribunal Constitucional la Ley de Identidad de Género; además de impulsar su propuesta de cuotas sin considerar a ninguna de las bases involucradas.

2.- Llamamos a Mellado Suazo a sincerar los reales motivos que lo llevaron a presentar cuotas para la diversidad sexual y de género, sin dialogar antes con ningún sector LGBTI.

179306D4-754C-4FE2-9AD5-F758E07D2384-768x3913.- Si la lógica de las cuotas es acercar a sectores históricamente vulnerables o desaventajados a posiciones claves de participación, donde tengan una voz y voto, es del todo necesario que quienes se abstuvieron o votaron contra esta posibilidad, aclaren sus razones, en especial si en el discurso se declaran pro-derechos LGBTI. También deben aclarar cuáles son los criterios que los llevan a determinar qué sectores discriminados merecen cuotas y cuáles no.

4.- Si el rechazo a las cuotas de la diversidad sexual y de género se debe solo al hecho de que la temática no fue abordada en comisiones y/o porque la propuesta provenía de alguien con intenciones dudosas, es pertinente que los legisladores aclaren entonces porque este debate se mantuvo al margen del Congreso antes de la votación y/o porque no se presentaron otras iniciativas similares.

5.- Lamentamos profundamente que en el marco del importante avance de ayer, solo hubiese festejos y abrazos, sin menciones, empatía o sensibilidad con las personas LGBTI dato todo lo ocurrido. Llamamos a no olvidar que la homofobia y la transfobia mata en este país, que aún existen leyes que segregan a las personas en razón de su orientación sexual o identidad de género, que el sector LGBTI tiene un acceso desigualitario al trabajo, la educación, la salud y, por cierto, a candidaturas a cargos de elección popular y que hay deudas históricas del Congreso Nacional con este grupo humano.

1D746D61-6431-4492-83C0-9CEC817500DE-768x3216.- Lamentamos profundamente que en los comunicados emitidos hasta ahora por la Cámara de Diputados no se haga una sola mención a la temática de la diversidad sexual y d de género que ayer fue debatida y votada, como si se pretendiera borrar de la historia un hecho significativo para un sector importante de la población, aún cuando el resultado fuera desfavorable en cuanto a cuotas se refiere.

7.- Exigimos a los/as congresistas a aprobar en el breve plazo todas las leyes referentes a la diversidad sexual y de género que tienen olvidadas y guardadas en sus escritorios. El estadillo social vino a recordarles que tienen deudas no saldadas en muchos ámbitos, como ocurre con los derechos LGBTI. No vino a decirles que podían avanzar arbitrariamente en unas y no en otras. Deben avanzar en todas, porque los derechos humanos son universales.

Fuente MOVILH

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El arzobispo de Camagüey pide que las parejas gays tengan “los mismos derechos” que las heterosexuales

Lunes, 1 de octubre de 2018
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803603ff-ac20-4934-a8ab-2bd6aec9c00eAboga porque la Constitución cubana reconozca las relaciones entre personas del mismo sexo

“Deben tener los mismos derechos blancos y negros, mujeres y hombres… heterosexuales y homosexuales” 

Cameron Doody).- Quizás no al matrimonio gay, pero sí al reconocimiento civil de las parejas de hecho del mismo sexo. Así se ha expresado el arzobispo de Camagüey, Wilfredo Pino Estévez, sobre el cambio propuesto a la Constitución cubana que podría abrir la puerta a la protección legal de los derechos de las personas en relaciones homosexuales. “Todo Estado, nuestro Estado, debe garantizar y hacer respetar los derechos de todos sus ciudadanos”, ha considerado el prelado.

“Deben tener los mismos derechos blancos y negros, mujeres y hombres, sanos y enfermos, de una religión o de otra, recién nacidos y ancianos, de una provincia o de otra, cultos e incultos, heterosexuales y homosexuales”, ha escrito monseñor Pino Estévez en una reflexión sobre el posible cambio legislativo colgado en la web de la Conferencia Episcopal del país caribeño. La modificación a la Carta Magna quitaría la actual referencia al matrimonio “como la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer” para redefinirla como “la unión voluntariamente concertada entre dos personas”.

“Ojalá que, para nuestra futura Constitución, no se modifique la definición actual de matrimonio, sino que se estudie la posibilidad de implementar en ella las ‘parejas de hecho’. Así se respetarían los derechos de todos“, ha sentenciado monseñor Pino Estévez

Texto completo de la reflexión de monseñor Wilfredo Pino Estévez

Mi modesta opinión

por Mons. Willy, Arzobispo de Camagüey

Arquidiócesis de Camagüey, Arzobispado, 24 de septiembre de 2018: Son muchas las personas que están manifestando sus opiniones sobre los 224 artículos del Proyecto de Constitución redactado por la Asamblea Nacional. Sin embargo, como señala un escrito en el periódico Adelante del pasado sábado 22 de septiembre, el artículo 68 “parece la parada obligatoria en los debates”. El motivo es el cambio que hay con relación a la actual Constitución de 1976 que define al matrimonio “como la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común”. El Proyecto para la nueva Constitución que se debate plantea un cambio sustancial en la definición de matrimonio que define como ‘la unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ella, a fin de hacer vida en común”.

El artículo del Adelante brinda una estadística: de las 2,374 reuniones celebradas hasta el amanecer del viernes 21, solo en 32 no hubo ninguna intervención sobre el mencionado artículo 68. O sea que, del total de debates, el tema salió en 2,342 reuniones, nada menos que el 98.6 por ciento. Es, por tanto, algo que preocupa y ocupa a nuestra población. Y son muchas las personas, de nuestras comunidades y no, de nuestras familias o, simplemente, personas desconocidas con las que uno se topa en la calle Maceo, en la barbería, a la entrada del mercado Estrella Roja que, viendo el cuello de mi camisa sacerdotal y mi cruz pectoral, me paran para preguntarme, como sagaces periodistas, cuál es la opinión de la Iglesia sobre esta cuestión. He decidido, pues, poner por escrito mi opinión y lo que contesto al que me pregunta.

Por principio me ha gustado que la gente esté expresando libremente sobre el artículo en cuestión y sobre los demás. Creo que, como cristianos, hay muchas cosas más en las que debiéramos dar nuestras opiniones, nuestros acuerdos, desacuerdos y sugerencias. Noto a las personas expresar sin temor sus opiniones sobre temas espinosos: el salario que no alcanza, la posibilidad de que los padres escojan la educación que quisieran para sus hijos, etc. Que opinemos libremente y sin temor a represalias es algo bueno, a pesar de que no tenemos gran conocimiento jurídico. También pienso que una buena parte de los Diputados de la Asamblea Nacional no tiene el conocimiento jurídico mencionado. Reitero que no soy especialista en cuestiones jurídicas, pero doy mi opinión.

Considero que todo Estado, nuestro Estado, debe garantizar y hacer respetar los derechos de todos sus ciudadanos. Y que la Constitución debe ir en esa línea, como ley fundamental que es. Deben tener los mismos derechos blancos y negros, mujeres y hombres, sanos y enfermos, de una religión o de otra, recién nacidos y ancianos, de una provincia o de otra, cultos e incultos, heterosexuales y homosexuales, etc.

Hablando de estos últimos, quisiera mencionar algo: Conocí a dos personas del mismo sexo que vivían en una misma casa. Personas mayores que brindaban a todos su respeto y recibían cariño de todos sus vecinos. Nadie tenía quejas de estas personas. Años después de pensar que habían nacido de los mismos padres fue que supe que se trataba no de familiares, sino de “una pareja”. Contada la anécdota, paso ahora a la reflexión: ¿Qué pasará el día en que muera quien tiene la propiedad de la casa donde viven? ¿Cómo queda ante la Ley la otra parte que aún vive? Es fácil contestar: Sin protección legal alguna. Y si por casualidad aparece algún familiar de quien murió a reclamar los bienes materiales, dejará sin nada a quien vivió a su lado muchos años. Se llevará hasta los balances de la sala.

Es allí donde, según mi humilde opinión, tendría que actuar la Asamblea Nacional y averiguar qué se hace en otros lugares al respecto. Me han dicho que en otros países (Colombia, México, etc.) existe el reconocimiento civil de las “parejas de hecho”. O sea, que las personas de la anécdota contada pueden ir a una instancia jurídica o bufete de abogados y formalizar su unión ante la Ley. Y con ello, ya las personas homosexuales no quedarán desprotegidas. Incluso leí que en toda la Unión Europea se reconocen una serie de derechos aun en caso de que la pareja no se haya registrado ante ninguna administración.

Claro está, en los países mencionados, a estas uniones no se les llama “matrimonio” sino “parejas de hecho”, que no es lo mismo. El matrimonio se mantiene definido como la unión de un hombre y una mujer, mientras que las “parejas de hecho” son las uniones entre dos personas del mismo sexo.

Ojalá que, para nuestra futura Constitución, no se modifique la definición actual de matrimonio, sino que se estudie la posibilidad de implementar en ella las “parejas de hecho”. Así se respetarían los derechos de todos.

Como cubano y católico, no puedo olvidar aquel sabio consejo que nos dejó, en su visita a Cuba, el hoy Papa Santo, San Juan Pablo II: “Cuba, cuida a tus familias para que conserves sano tu corazón”. Lo cierto es que, lamentablemente, llevamos tiempo en Cuba atacando la familia: Cuba fue el primer país de América Latina en aprobar la ley del divorcio, que entró en vigor en julio de 1918 (hace exactamente 100 años). El aborto, por su parte, es legal en Cuba desde 1936. Ahora se pretende cambiar el concepto de matrimonio.

También es cierto que en Cuba se han aprobado leyes que protegen a la familia: ¡Qué bueno que en Cuba la mujer trabajadora goce de facilidades laborales en el tiempo de su maternidad! ¡Qué bueno todo el esfuerzo que se realiza para reducir al mínimo la mortalidad infantil! ¡Qué bueno que están garantizadas las vacunas para todo niño al nacer! ¡Qué bueno que la ley establece la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer! ¡Qué bueno que nuestros niños tengan escuela y atención médica gratuitas! ¡Qué bueno que nuestros abuelos tengan sus Hogares de Ancianos, su Universidad del Adulto Mayor, sus Círculos de Abuelos, sus ejercicios físicos! ¡Qué bueno que muchas escuelas ya están en las ciudades donde los hijos podrán estar más cerca de la mirada de sus padres!

Pero también… ¡Qué bueno sería que los padres tuvieran opción a la hora de escoger el tipo de educación que quisieran para sus hijos! ¡Qué bueno sería que se borrara de la mente de muchos cubanos la mentalidad antinatalista que tienen y por la que llegan a llamar “loca” a la mujer embarazada! ¡Qué bueno sería que el salario alcanzara al trabajador para que la familia pueda vivir dignamente y sin tener que estar “inventando” o “resolviendo”! ¡Qué bueno sería que los divorcios y los abortos disminuyeran, que los alimentos aumentaran y tuvieran al alcance económico de todos! ¡Es duro que un granizado cueste ahora tres pesos y un aguacate, quince o veinte!

¡Qué bueno sería que a nuestros jóvenes no se les siga dando instrucción sexual, que eso es muy fácil, sino que se les eduque para el sano amor entre un hombre y una mujer! ¡Qué bueno sería que cada cubano, antes de tomar una opción que lo alejará de su familia por dos años o más, se preguntara si eso podría hacerle daño a su familia, a su matrimonio, a sus hijos, etc.! ¡Qué bueno sería que los matrimonios jóvenes pudiesen tener su casita donde formar su propio hogar y no tener que vivir hacinados con otras familias bajo un solo techo! ¡Qué bueno sería que el exilio no siga dividiendo más a las familias cubanas! ¡Qué bueno sería que disminuyera la población penal en Cuba para que se les aliviara el sufrimiento a tantas familias con familiares presos! Y no por mencionarlo en último lugar, es porque sea lo menos importante: ¡Qué bueno sería convencer a nuestros jóvenes de que el ron, la cerveza y las drogas “inventadas” con pastillas destruyen familias y van idiotizando a las personas!

Ojalá que nos propongamos dar testimonio de lo que es el verdadero matrimonio. Ojalá que tengamos un detalle de amor para con las familias en dificultad: Hay personas que viven solas (¿por qué no invitarlas a comer con nuestra familia uno de estos días?). Hay familias que están tratando de hacer una jabita para llevarle al familiar que está preso (¿por qué no ayudarlas con algo?). Hay matrimonios que están en “el pico del aura” (¿por qué no dedicarles un tiempo para escucharlos y así poder aconsejarlos y salvarlos?). Hay familias con dificultades económicas o incluso materiales (¿podríamos hacer algo por aliviarles esa angustia?). Seguramente que tenemos compañeros de trabajo o vecinos que sabemos no se llevan, no se hablan, no se tratan (¡qué bueno sería hacer algo para reconciliarlos!).

No quiero terminar estas ideas sin hablar de los que saben cuidar su familia: Las madres y las abuelas que guardan el pedacito de pollo para inventar un almuercito distinto el domingo y reunir a la familia alrededor de la misma mesa… Los abuelos que saben mediar en los conflictos naturales que surgen entre padres, hijos, yernos y nueras… Nuestros mayores, por su defensa de la familia, por el ejemplo de haber tenido tantos hijos con muchos menos recursos de los que se tienen hoy día.

Por último, considero que cada uno de nosotros, los cubanos, debemos expresar nuestra opinión en lo que se está debatiendo. Y cuando llegue el día de la votación, votar SI o NO según le dicte su propia conciencia.

Fuente Religión Digital

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La Iglesia cubana se opone a incluir el matrimonio gay en la futura Constitución

Lunes, 3 de septiembre de 2018
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3cd91653-e065-49f0-bf6d-f9a9200ccf55Raúl Castro con Dionisio García y el cardenal Ortega

Denuncia el “colonialismo ideológico” que hay detrás 

Polémica por el artículo 68, qu incluye la posibilidad de bodas y adopción por uniones homosexuales

El arzobispo de Santiago y presidente de la Conferencia de Obispos de Cuba, Dionisio García, ha abierto la veda contra la propuesta de la Asamblea Nacional de Cuba de abrir las puertas al matrimonio igualitario en el texto de la nueva Constitución de la isla. La Iglesia católica cubana se suma así de forma oficial a las iglesias evangélicas, que ya se habían pronunciado en contra. Además de los tradicionales argumentos que ya han utilizado en países como España contra el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio, la Iglesia cubana asegura que llevar el matrimonio igualitario a la isla sería «imperialismo cultural» por parte de los países ricos, que «influyen en países menos desarrollados necesitados de ayudas económicas».

La Iglesia católica arremetió contra la propuesta de cambiar la definición de matrimonio en la nueva Constitución que se debate en Cuba, una iniciativa que achacó al “colonialismo ideológico” y que, de aprobarse, permitiría la eventual legalización de las uniones homosexuales en la isla.

Como explicamos ampliamente finales de julio, la propuesta de reforma de la Constitución aprobado por la Asamblea Nacional de Cuba actualiza la definición de matrimonio, que pasa a ser la unión concertada «entre dos personas», sin mención expresa al sexo de los contrayentes (la redacción actual sigue definiendo el matrimonio como «la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello». Una reforma que tendría como consecuencia directa posibilitar la extensión del matrimonio a las parejas del mismo sexo. «Como ya en la Constitución estaba establecida la figura del matrimonio heterosexual desde la heteronormatividad, entonces creo que tenemos el deber de situar otra visión del matrimonio, mucho más inclusivo, que garantice derechos que hasta el momento no hemos estado garantizando. Y una cosa que le digo a muchas personas: darle derechos a los que no los tienen no significa quitárselos a los que ya lo tienen», explicaba por entonces Mariela Castro, directora del CENESEX (Centro Nacional de Educación Sexual) y diputada de la Asamblea.

Es importante destacar que el proceso de reforma constitucional no ha concluido. Una vez que el proyecto ha sido aprobado de forma unánime por los diputados se abre un proceso de «consulta popular», que se extenderá desde el 13 de agosto hasta el 15 de noviembre, tras lo cual el texto volverá a la Asamblea Nacional. Los activistas LGTB cubanos ya temían desde el inicio que durante este proceso se manifestasen con fuerza los grupos de presión homófobos. Las iglesias evangélicas, cuya penetración entre la población también se está produciendo en Cuba, fueron las primeras en reaccionar. La Liga Evangélica de Cuba, la Convención Bautista de Occidente, la Convención Bautista de Oriente, la Iglesia Metodista en Cuba y la Iglesia Evangélica Asamblea de Dios acordaron hace semanas una declaración conjunta contra el matrimonio igualitario en la que argumentan que la «ideología de género» no tiene relación alguna con la cultura cubana, «ni con los líderes históricos de la Revolución», ni con otros países comunistas como «la antigua Unión Soviética, China, Vietnam y menos aún Corea del Norte».

 El arzobispo de Santiago de Cuba, Dionisio García, señaló en una carta publicada en la página web de la Conferencia de Obispos de Cuba que el cambio, recogido en el artículo 68 del borrador de la nueva Carta Magna,preocupa a muchos” por su “alcance posterior“, ante la posibilidad de aprobar las bodas y adopciones entre personas del mismo sexo.

Es la primera vez que la Iglesia católica se posiciona públicamente en este debate, que parte de una modificación de la definición de matrimonio en la actual Constitución (1976), pasando de “la unión voluntaria de un hombre y una mujer” a “la unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello”.

Donde la Iglesia católica cubana introduce nuevas aportaciones, por así decirlo, es a la hora de presentar el matrimonio igualitario como una imposición de los países ricos a los países pobres, una forma de «colonialismo ideológico». El argumento no es nuevo, y de hecho ha sido ya muy utilizado por iglesias cristianas en África, pero en América Latina no había tenido hasta ahora tanto protagonismo. Dionisio Gómez apela así a la ideología, posiblemente en un intento de tocar la fibra sensible de los diputados cubanos, como ya intentaron los evangélicos.

El prelado cree que una idea “tan ajena” a la cultura cubana como la de permitir el matrimonio homosexual viene “de países en los que existen grupos poderosos con gran capacidad económica y de influencias”.

“Han penetrado los organismos internacionales de tal manera que muchos de éstos y gobiernos de países ricos influyen en países menos desarrollados necesitados de ayudas económicas, financiando en ellos a grupos afines a sus ideas y presionando a los gobiernos de los mismos hasta el punto de condicionar, en muchas ocasiones, la ayuda económica, para que apliquen políticas como estas“, agrega.,

«¿De dónde surgen y nos llegan estas ideas tan ajenas a nuestra cultura? De países en los que existen grupos poderosos con gran capacidad económica y de influencias. Se valen del creciente proceso de globalización y tratan de influir para crear una cultura uniforme que acepte y adopte sus criterios descalificando a los de los otros. Es lo que entre nosotros a veces se ha llamado el ‘imperialismo cultural’.  Han penetrado los organismos internacionales, de tal manera, que muchos de estos y gobiernos de países ricos influyen en países menos desarrollados necesitados de ayudas económicas, financiando en ellos a grupos afines a sus ideas y presionando a los gobiernos de los mismos hasta el punto de condicionar, en muchas ocasiones, la ayuda económica, para que apliquen políticas como estas.  Es un nuevo colonialismo ideológico», asegura.

El arzobispo de Santiago asegura que si de lo que se trata es de «no dejar desvalidas» a las personas «que conviven y comparten sus bienes y no son un matrimonio», lo que se debe hacer es «buscar los medios legales que protejan a quienes se encuentren en esos casos, pero esto no debe tomarse como argumento para cambiar la definición de una institución de orden natural como es el matrimonio que ha resguardado la continuidad de la humanidad [sic]».

Ignorar lo que por naturaleza nos ha sido dado o ir en contra de las leyes y procesos inscritos, incluso genéticamente, en nuestro ser, trae siempre consecuencias lamentables, ya sea de inmediato o con el correr de los años“, según la misiva del arzobispo.

Asegura quela institución del matrimonio es tan antigua como la humanidad, está en el mismo origen del hombre y de las primitivas formas de organización social (…), pero, en todas, están presentes y relacionados entre sí los dos sexos, hombre y mujer”.

Además, califica de simplista y falso que el rechazo al matrimonio homosexual provenga solo de los cristianos, “pues esta postura está avalada por la experiencia, la historia y las ciencias que estudian al ser humano y su comportamiento”.

García alerta de que, entre las consecuencias de redefinir el matrimonio en la Constitución, está también la modificación de los contenidos educativos en las escuelas, los ámbitos culturales y los medios de comunicación “para adaptarlos a esa nueva propuesta“, lo que generaría un “innecesario cambio cultural“.

“Es falso alegar que es propio de una revolución hacer cambios como este, romper con las tradiciones. La manera de celebrar un matrimonio sí puede ser considerada una tradición, pero no el matrimonio en sí“, argumenta.

Como alternativa, el arzobispo de Santiago propone “buscar los medios legales que protejan a quienes se encuentren en esos casos”, pero pide que eso no se use como argumento “para cambiar la definición de una institución de orden natural como es el matrimonio, que ha resguardado la continuidad de la humanidad a lo largo de los siglos“.

La Iglesia católica se suma de esta forma a otras organizaciones religiosas que en las últimas semanas se han posicionado contra el cambio en la definición constitucional del matrimonio que propone el borrador de Carta Magna que los cubanos comenzaron a debatir este mes.

Varias iglesias cristianas de la isla llamaron a sus fieles a “luchar” contra el artículo 68, convocaron ayunos y repartieron volantes con una ilustración de un hombre y una mujer, en defensa del “diseño original de la familia”, a lo que el colectivo LGTBI ha respondido con campañas a favor de un diseño muy original.

 La modificación del concepto de matrimonio respondería a una reivindicación histórica de la comunidad LGTBI del país, donde hasta hace pocas décadas los homosexuales eran perseguidos e internados en campos militares de trabajo, uno de los episodios más oscuros de la Revolución liderada por Fidel Castro.

Los cubanos de dentro y fuera de la isla debatirán el borrador constitucional hasta mediados de noviembre, cuando una comisión liderada por el expresidente Raúl Castro estudiará las propuestas aportadas en la discusión del texto, incorporará las que se consideren oportunas y lo remitirá de nuevo al Parlamento para su aprobación final.

 En febrero del año próximo la nueva Constitución será sometida a referendo

Fuente Agencias/Religión Digital/Dosmanzanas

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Cuba, un paso más cerca de la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo

Jueves, 26 de julio de 2018
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capturaComo ya informábamos hace unos días, los diputados de la Asamblea Nacional cubana votaron los artículos de la Reforma Constitucional que, posteriormente, será sometida a referendo polular que reconoce el mercado y la propiedad privada como parte de su economía y allana el camino para el reconocimiento oficial del matrimonio igualitario. El sábado 21 de julio comenzó la discusión del proyecto de Constitución que consta de 224 artículos, elaborado por una comisión parlamentaria que dirigieron Raúl Castro y el presidente Miguel Díaz-Canel, el cual fue votado por la Asamblea Nacional entre el sábado y el lunes y luego sometido a un referéndum popular antes de su aprobación final.

El nuevo proyecto de Constitución aprobado recientemente, a diferencia de la Constitución de 1976, define el matrimonio como la unión entre dos personas, sin precisar sexo.

Este punto, referido al artículo 68 que aborda la unión consensuada entre dos personas, generó un activo debate en la Asamblea Nacional, que también tuvo en cuenta a la descendencia de las parejas del mismo sexo, ya sea por adopción o por reproducción asistida.

En total, el anteproyecto modifica 113 artículos, añade 87 y elimina 11 respecto a la actual Constitución de 1976, para adaptar el nuevo texto a la realidad económica, política y social de Cuba y la comunidad internacional, ha explicado el secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta.

El nuevo texto, que fue aprobado por unanimidad de los 605 diputados, pasará a discusión popular del 13 de agosto al 15 de noviembre y luego se realizará un referendo nacional antes de su aprobación final.

Como una “degeneración” calificaba el fallecido líder cubano, Fidel Castro, las relaciones entre personas del mismo sexo y hasta mandaba a los homosexuales a realizar trabajo forzado para “reeducarlos”. Sin embargo, eso fue en los años 60, hoy la realidad en la isla socialista parece estar cambiando. Actualmente se discuten los artículos de la nueva Constitución, entre los avances que están en la agenda es permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, tema que ha llevado al foro de discusión la diputada y sobrina de Fidel, Mariela Castro.

Según informó el diario oficial Granma, que hace unminuto a minuto de los debates que se suceden en la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional, el artículo 68 del proyecto que se discute define el matrimonio como “la unión voluntaria consensuada entre dos personas, sin especificar sexo”. Hecho que dejaría sin efecto el apartado de la actual Carta Magna, vigente desde 1976, en la cual se establece que el matrimonio es “la unión voluntaria concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello”.

En este sentido, Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado ha afirmado lo siguiente: “Creo que los principios de igualdad, de justicia y de humanismo que tiene nuestro proyecto se refuerzan con esa posibilidad del matrimonio entre dos personas (…) hay alrededor de 24 países que tienen incorporados este concepto y nosotros no podíamos dar la espalda a este asunto cuando estamos conformando la Constitución”.

Por su parte, Mariela Castro, quien es la presidenta del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex) e impulsora de los derechos de la comunidad LGBTI en la Isla, declaró: “Como ya en la Constitución de 1976 estaba establecido el matrimonio heterosexual (…), entonces creo que tenemos el deber de situar otra visión del matrimonio mucho más inclusiva que garantice derechos que (…) no hemos estado garantizando”. Asimismo aclaró durante el debate parlamentario que “darles derechos a los que no los tienen no implica quitárselo a los que ya los tienen”. “Con esta propuesta, Cuba se sitúa entre los países de vanguardia, en el reconocimiento y la garantía de los Derechos Humanos”, expresó la diputada Mariela Castro.

“Sería la puerta abierta para poder avanzar con posterioridad en la legalización de las parejas homosexuales”, dijo en su blog el periodista y reconocido activista gay Francisco Rodríguez (Paquito), también miembro del gobernante y único Partido Comunista de Cuba (PCC).

Además, subrayó, el proyecto “incorpora el principio de no discriminación por orientación sexual e identidad de género”, lo que permitiría adoptar “otras normas jurídicas y políticas públicas” para proteger los derechos de la comunidad LGBT cubana.

Durante el debate Mariela Castro solicita permiso para hacer sugerencias por escrito a la Comisión de Estilo, a propósito de que se use un lenguaje inclusivo. Por otra parte, la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó la incorporación de la no discriminación por género. Castro explicó durante el debate que “género es un concepto analítico que permitirá trabajar mejor, porque no es lo mismo género que sexo”.

 Fuente Agencias, vía Cáscara Amarga/Universogay

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La nueva Constitución cubana prohibirá la discriminación por identidad de género

Martes, 17 de julio de 2018
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cuba-lgbt-1-600x394El anteproyecto para actualizar la Constitución vigente desde 1976 reafirma que no habrá cambios en el “carácter socialista del sistema político y social” del país.

La nueva Constitución de Cuba incluirá por primera vez la prohibición de discriminar a las personas por su identidad de género, una vieja petición del colectivo LGTBI cubano reflejado en la propuesta de la nueva Carta Magna, que también establece el reconocimiento a la propiedad privada.

El estatal diario Granma, órgano del gobernante partido Comunista de Cuba (PCC, único), publicó este sábado un adelanto del borrador de la nueva Constitución, que se someterá a votación los próximos 21, 22 y 23 de julio en el pleno de la Asamblea Nacional de Cuba (Parlamento unicameral).

La no discriminación por origen étnico y discapacidad también se incluyen entre los nuevos aspectos contenidos en la reforma constitucional, proceso que arrancó el 2 de junio pasado dirigido por el expresidente y líder del PCC, Raúl Castro.

“El proyecto establece que los derechos de las personas solo están limitados por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, la Constitución y la ley”, indica el borrador.

El anteproyecto para actualizar la Constitución vigente desde 1976 reafirma que no habrá cambios en el “carácter socialista del sistema político y social” en la isla y entre sus principales adiciones está el reconocimiento a la propiedad privada y la institución de la figura del Presidente de la República.

 Los principales reclamos del colectivo LGTBI en Cuba son el reconocimiento legal de las parejas homosexuales (matrimonio igualitario), junto a la adopción y reproducción asistida, así como la prohibición de la discriminación por orientación sexual e identidad de género.

La cara más visible de la agenda en favor de los derechos LGTBI en Cuba es el Centro Nacional de Salud Sexual (Cenesex), dirigido por Mariela Castro, hija del expresidente Raúl Castro.

Castro y el Cenesex han promovido la inclusión del tema de género en la legislación cubana, entre ellos el Código de Trabajo aprobado en 2013 que, si bien incluyó por primera vez la no discriminación por orientación sexual, no contempló la prohibición de discriminar por identidad de género.

Además, Cuba establecerá en su nueva Constitución la nueva figura del presidente de la República como jefe de Estado del país y limitará su mandato a un máximo de dos períodos de cinco años.

“Se instituye la figura del presidente y vicepresidente de la República”, adelantó el diario, lo que supone un cambio respecto al texto actual que establece la figura del presidente del Consejo de Estado y de Ministros, puesto que ocupa Miguel Díaz-Canel tras reemplazar a Raúl Castro el pasado 19 de abril.

En la nueva Carta Magna el presidente de la República podrá ejercer el cargo “por un período de cinco años” y “hasta dos mandatos consecutivos“, lo que supone un importante cambio en un país que estuvo gobernado por Fidel Castro durante más de cinco décadas, desde 1959 hasta 2011.

Fuente Agencias/ Diario de las Américas/Granma

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El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela decide a favor de familias homoparentales

Lunes, 19 de diciembre de 2016
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Giniveth_Soto_y__Migdely_MirandaGiniveth Soto y Migdely Miranda

En la sentencia se interpreta el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el sentido de que la jefatura de las familias pueden ejercerlas las familias con padres del mismo sexo.

El estado de Venezuela rechazó reconocer, hace tres años, el matrimonio con otra mujer, contraído en Argentina, dejando así desprotegidos ahora tanto a su viuda como a su hijo.

Giniveth Soto Quintana, de 32 años, era una militante social y activista de la diversidad sexual en Venezuela. Se había casado en 2013 en Rosario, Argentina, con Migdely Miranda Rondón, y posteriormente nació un hijo de ambas concebido mediante un procedimiento de ovodonación, el cual fue inscrito en el país andino con sus dos madres, según la normativa vigente. A fines de 2013 el registro civil de Caracas había negado la inscripción de su matrimonio y actualmente buscaba que se reconociera la filiación de su hijo. Falleció en Caracas, víctima de un homicidio durante un robo, sin ver reconocidos sus derechos ni los del niño que tuvo junto a su esposa.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado José Manuel Simons Domínguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Migdely Miranda Rondón, y de su hijo, y anuló las decisiones dictadas el 29 de julio de 2015, por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional propuesta por la representación judicial de la misma ciudadana; así como todas las actuaciones realizadas con posterioridad.

En el fallo la Sala del Alto Juzgado establece que, en los casos de reproducción asistida donde la madre gestacional es una mujer distinta a la biológica, el niño o la niña, tiene el derecho de estar inscrito con los apellidos de sus progenitoras.

Además, en dicha sentencia se interpreta el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el sentido de que la jefatura de las familias pueden ejercerlas las familias homoparentales, y por ende el Estado brindará protección sin distinción, a la forma de conformación de la familia, incluyendo a los niños, niñas y adolescentes nacidos en familias homoparentales, gozando de todos los derechos y garantías consagradas a favor de las personas en el ordenamiento jurídico al igual que cualquier otro niño que haya nacido dentro de una familia tradicional.

Fuente Cáscara Amarga/Cristianos Gays

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Proponen aprobar unión civil equiparable al matrimonio en Bolivia

Jueves, 24 de septiembre de 2015
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c01_01_gays5(sce_id=718548)Hace días el viceministro de Igualdad de Oportunidades, Juan Antonio Pérez, aseguró que el matrimonio igualitario es una medida que demanda avances mediante un proceso de construcción, maduración y concienciación de la sociedad.

Se espera que el Parlamento se pronuncie en quince días sobre la propuesta planteada por el colectivo LGBT.

El colectivo LGBT de Bolivia planteó hoy un proyecto de ley para la creación de una institución análoga al matrimonio que sea reconocida y protegida legalmente por el Estado.

El documento entregado hoy al Parlamento propone la creación del Acuerdo de Vida en Familia (AVF), dijo el representante de la Asociación Civil de Desarrollo Social y Promoción Cultural “Libertad” (Adesproc), Alberto Moscoso, una de las entidades promotoras de la iniciativa.

Según Moscoso, como la Constitución vigente desde 2009 impidió el reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo, la propuesta se ampara en el Código de Familias vigente en el país desde agosto pasado.

En esa ley, se abrió la posibilidad de plantear normas “que puedan generar apoyo y derechos hacia cualquier grupo poblacional que está en desventaja social“, en este caso, los colectivos LGBT, añadió el representante de Adesproc.

“El derecho a formar familia es un derecho universal ratificado no solamente en la Constitución sino también en tratados internacionales que el Estado boliviano ha ratificado. Como no puede haber matrimonio ni unión civil, ésta es una figura alterna al matrimonio y a la unión civil“, indicó Moscoso.

Fuente Agencias

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La Constitución de Nepal aprueba primeras leyes que protegen a personas LGBT

Viernes, 18 de septiembre de 2015
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GayNepalCon esto se convierte en uno de los pocos países de la región asiática en promover una protección legislativa para la población LGBT en contra de la discriminación.

Después de años de estancamiento político en materia de igualdad, legisladores nepalíes han aprobado las primeras leyes que protegen a la población gay en la Constitución del país.

Minorías sexuales y temas transgénero se abordan en varios de los artículos de la nueva Constitución de Nepal. Por ejemplo, el número 12 establece que las personas tienen el derecho a tener ID de ciudadanía que refleja su género preferido.

Por su parte, el artículo 18 menciona que los ciudadanos no serán discriminados “por motivos de origen, religión, raza, casta, tribu, sexo, idioma o convicción ideológica o cualquier otra condición social”. Además, también enumera a las personas gay más desfavorecidos a los que debería llegarles los beneficios:

“Se considerará que para evitar la realización de disposiciones especiales en la ley para la protección, potenciación o la promoción de los intereses de las mujeres social y culturalmente desfavorecidos, los dalits, los pueblos indígenas, tribus, madhesi, Tharu, musulmanes, las minorías étnicas, las clases atrasadas, los marginados, los campesinos, los trabajadores, los jóvenes, los niños, las personas mayores, el género y las minorías sexuales, personas con capacidad, personas embarazadas, desamparados, personas de las regiones atrasadas y los ciudadanos de escasos recursos son los más desfavorecidos”.

Con respecto al artículo 42 instituye que los ciudadanos con distintas orientaciones sexuales también pueden participar en los mecanismos de Estado y los servicios públicos basados en el principio de inclusión.

Así, Nepal se convierte en uno de los pocos países de la región asiática en promover una protección legislativa para la población LGBT en contra de la discriminación.

Fuente Cáscara amarga

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Obama: “Pienso que la Constitución pide que el matrimonio gay sea legal en los 50 estados”

Jueves, 23 de octubre de 2014
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Obama-and-gay-marriageEl Presidente de EEUU, Barack Obama, ha arrojado, en sus últimas declaraciones, una luz de esperanza y felicidad para el colectivo LGBT estadounidense. Obama ha expresado con claridad que piensa que todas las parejas del mismo sexo deberían poder casarse en los 50 estados que conforman Estados Unidos en virtud a la Constitución norteamericana y sus valores. Además, también ha dejado claro que el matrimonio gay debería estar bajo el poder de la Cláusula de Protección de la Igualdad.

En declaraciones a The New YorkerObama ha dicho que la mejor decisión que ha tomado el Tribunal Supremo desde que él asumió el cargo ha sido el de no pronunciarse sobre el matrimonio gay y el reciente rechazo que ha mostrado ante los recursos que se presentaron contra las uniones homosexuales en cinco estados. Esto provocó que en esos cinco estados (Virginia, Oklahoma, Utah, Wisconsin e Indiana) se pudieran oficiar bodas de manera inmediata. Lo que describió como “una poderosa señal de los cambios que han tenido lugar en toda la sociedad, la ley debe amoldarse  a estos cambios, y ponerse al día. La Cláusula de Protección de la Igualdad no garantiza el matrimonio homosexual en los 50 estados, esto debe cambiar.
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Hay que recordar que el matrimonio gay en Estados Unidos es legal en una treintena de estados y en el distrito de Columbia..
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Prosiguió hablando sobre el tribunal superior “como todos sabéis, el Tribunal Superior y la Corte siempre se ha regido por distintas estrategias, nunca se sabe con certeza como va actuar. Pero esta vez, tras este avance de la sociedad, es posible que se generen cambios, y de una manera menos controvertida y más duradera. Depende de la postura que tomen los miembros de los partidos. Pero creo que será posible tarde o temprano”.
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Parece que la libertad en el matrimonio homosexual está un poco más cerca que antes con estas últimas declaraciones del siempre tolerante  Presidente Obama, que muestra su clara intención de convertir América del Norte en un país en el que la tolerancia, el respeto y la libertad del colectivo LGBT estén a la orden del día en todos los estados.
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Fuente Ragap

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¿Qué dice la Constitución venezolana acerca del Matrimonio Civil Igualitario?

Sábado, 16 de agosto de 2014
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481-que-dice-la-constitucion-venezolana-acerca-del-matrimonio-civil-igualitarioEl Artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) expresa textualmente:

Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el matrimonio.

¿Quiere decir esto que en Venezuela sólo es posible el Matrimonio entre personas de distinto sexo y género? Con una mirada simple a dicho artículo, y con base en el principio de todo sistema jurídico democrático “lo que no está prohibido está permitido” se vislumbra que el objetivo del legislador fue brindarle protección especial (aunque fuere innecesario) a las parejas constituidas por un hombre y una mujer que se unieran por el vínculo matrimonial, no prohibir expresamente otra forma de configuración de parejas que accedan a dicha institución.

Al respecto, la sentencia 190/2008 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (Jurisprudencia sobre la interpretación del artículo 21 y 77 de la Constitución nacional en relación con los derechos patrimoniales y sociales de las parejas del mismo sexo, la cual es fuertemente cuestionada por nuestro equipo) reza textualmente:

La Sala quiere destacar que la norma constitucional no prohíbe ni condena las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, que encuentran cobertura constitucional en el derecho fundamental al libre desenvolvimiento de la personalidad (…) Así, es pertinente poner de relieve que la Constitución no niega ningún derecho a la unión de personas de igual sexo; cosa distinta es, se insiste, que no les garantice ninguna protección especial o extra que haya de vincular al legislador (…).

Dicha sentencia, continúa de la siguiente forma:

…el hecho de que no se le dé una protección constitucional reforzada a las parejas de igual sexo no quiere decir que el legislador no pueda establecer cuál es su régimen jurídico. Por el contrario, es competencia del legislador nacional, según se dijo, de acuerdo con el artículo 156, cardinal 32, la legislación civil y, en esa medida, es a la Asamblea Nacional a la que le compete, según su prudente arbitrio, el reconocimiento y desarrollo legislativo de los derechos patrimoniales y sociales que surjan como consecuencia de relaciones propias del Derecho Civil, entre ellas las de parejas de igual sexo”.

Por otro lado, el Artículo 44 de nuestro Código Civil establece:

“El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo hombre y una sola mujer. La Ley no reconoce otro matrimonio contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el presente Título, siendo el único que producirá efectos legales, tanto respecto de las personas como respecto de los bienes.”

Y entonces cabe preguntarse, si la Carta Magna sólo le brinda protección especial a los matrimonios contraídos entre un hombre y una mujer, y no prohíbe ni condena las uniones de parejas del mismo sexo, ¿cuál es la constitucionalidad del Art. 44 del Código Civil?

En este contexto se inserta el proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario, consignado en la Asamblea Nacional el pasado 31 de enero por iniciativa popular, respaldado por 47 organizaciones de todo el país y 21 mil firmas, asumiendo la invitación del TSJ a que sea el legislador el que decida a este respecto. Y los diputados y diputadas del máximo cuerpo legislativo del país tienen la obligación constitucional (Art. 204 y 205 CRBV) de agendar y debatir dicho proyecto, aun cuando personas o grupos de personas se opongan a ello bajo cualquier argumento, y deben considerar los siguientes elementos:

• Se debe hacer una interpretación de nuestra Carta Magna de forma extensiva y contextualizada en Derechos Humanos y en la protección a los derechos de las parejas en coherencia con su orientación sexual e identidad de género, dado se trata de la democratización de derechos humanos en consonancia con la CRBV que plasmando la voluntad del pueblo constituyente propugna en sus artículos 2, 3, 19, 20, 21 y 62, un modelo de democracia participativa y protagónica conforme al Estado Social de Derecho y de Justicia que armoniza lo colectivo y lo individual, en apego a la progresividad y sin discriminación del goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los Derechos Humanos, tales como el Libre Desenvolvimiento de la Personalidad y la Igualdad frente a la Ley y al Estado.

• Es sustancialmente importante hacer uso del derecho comparado internacional, específicamente con los casos Colombia y Brasil donde sus constituciones tratan de manera análoga a la CRBV la institución del matrimonio y sin embargo las respectivas Cortes Supremas de Justicia, realizaron interpretaciones jurisprudenciales de sus cartas magnas dando como resultado la legalidad de matrimonios igualitarios en dichos países.

• Considerar que Familia y Matrimonio no son la misma cosa puesto que las familias se conforman de hecho y no se crean a través del vínculo conyugal, el matrimonio sólo les brinda protección jurídica. En este sentido, en su voto salvado en la Sentencia 190/2008, la magistrada Carmen Zuleta, considera que la Sala Constitucional del TSJ asumió una visión judeo-cristiana contra-constitucional, puesto que el Estado venezolano es laico (Artículo 59 de la CRBV) y debe actuar respetando la pluralidad democrática, orientado por la tolerancia y la inclusión en una sociedad moderna heterogénea, sin confundir familia y matrimonio puesto que no son la misma cosa.

• Que las familias (Art. 75) están por encima del matrimonio (Art. 77) por lo que el Estado debe proteger a las familias en todas sus formas, de acuerdo a lo establecido en la CRBV en su Artículo 75 “El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.”

• Que las familias conformadas por parejas del mismo sexo existen, tienen y crían hijos e hijas, biológicos, adoptivos o por fertilización asistida, y pretender continuar invisibilizándolas desprotegiendo jurídicamente a padres, madres, hijos e hijas. No se puede desconocer dicha realidad ni cuál es el verdadero fin de las instituciones jurídicas que no es más que garantizar derechos exigidos por una sociedad que no es estática, que evoluciona y junto a ella, las leyes.

Giovanni Piermattei
AC Venezuela Igualitaria

Ver Fuente http://twitter.com/Vzla_Igualdad

Vía InOutPost

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Croacia aprueba una ley de uniones de hecho abierta a parejas del mismo sexo

Jueves, 17 de julio de 2014
Comentarios desactivados en Croacia aprueba una ley de uniones de hecho abierta a parejas del mismo sexo

650_1000_10547401_10152564968692342_5112409388614721036_nCroacia se ha convertido en el país número 23 de Europa en legalizar las uniones de parejas del mismo sexo. Lo ha hecho en una votación celebrada este martes en el parlamento que ha recibido el apoyo de 89 votos, por sólo 16 en contra. La ley choca así con el resultado del referéndum celebrado el pasado mes de diciembre, cuando un 65% de la población votó para que el matrimonio fuera, exclusivamente, la unión entre un hombre y una mujer. Ahora, las parejas del mismo sexo disfrutarán de los mismos derechos que las parejas heterosexuales, a excepción de la adopción. Así, a partir de ahora en términos de herencia, pensiones, impuestos y atención médica, todas las parejas de Croacia gozarán de los mismos derechos.

El Parlamento de Croacia ha aprobado por una holgada mayoría (89 votos a favor y 16 en contra) la legislación sobre uniones civiles de la que podrán beneficiarse las parejas del mismo sexo que así lo deseen. Esta ley fue anunciada a finales de 2013, solo unos días después de la celebración de un referéndum sobre el matrimonio, cuyo resultado oficializó la discriminación en la Constitución, al quedar reservada esta institución, únicamente, para las parejas heterosexuales. Desde Zagreb Pride han asegurado que “este reconocimiento legal, tan esperado por nuestras familias, es un claro mensaje de que todas las familias son iguales, que todas las familias merecen vivir con seguridad y ser felices”.

En esta ocasión el texto no ha tenido ninguna dificultad para salir adelante. A partir de ahora, las parejas del mismo sexo croatas podrán registrarse legalmente y gozar de derechos como el acceso a la igualdad en la herencia, en las pensiones, en los impuestos o en la atención médica, entre otros. No se trata de un catálogo igualitario de derechos ya que, por ejemplo, no se incluye la adopción, pero es un primer paso en un país que hasta ahora carecía de legislación en esta materia.

Los activistas y colectivos LGTB criticaron en su momento el proyecto de ley por considerarlo “conservador”. También es cierto que el primer ministro, Zoran Milanović, cogió a todos por sorpresa al anunciar que trabajaba en la ley de parejas de hecho solo 15 días después del referéndum homófobo sobre el matrimonio. Una consulta con la que el propio Milanović dijo abiertamente estar en contra: “es el último referéndum que permite a la mayoría despojar de sus derechos a una minoría”.

Sin embargo, a pesar de que tras el referéndum el matrimonio esté recogido constitucionalmente como la unión de un hombre y una mujer, las agrupaciones LGTB recuerdan que el propio Tribunal Constitucional de Croacia ya adelantó el 13 de noviembre de 2013 que la modificación de la Carta Magna “no debería tener ningún efecto sobre el desarrollo ulterior del marco legal de las uniones del mismo sexo, de acuerdo con el requisito constitucional de que todos los ciudadanos de la República tienen derecho al respeto y a la protección legal de su vida personal y familiar y de su dignidad humana”.

Desde Zagreb Pride han animado a las parejas LGTB a legalizar su relación, acogiéndose a la nueva ley, y concluyen con un mensaje optimista: “este es un gran paso adelante para los derechos humanos en la República de Croacia y aún más por la igualdad, la dignidad y los derechos de las personas LGBT en nuestro país”.

Fuente| ILGA, vía AmbienteG y Dosmanzanas

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Felipe VI decreta que el crucifijo y la Biblia sean opcionales en la jura de cargos ante el Rey

Domingo, 13 de julio de 2014
Comentarios desactivados en Felipe VI decreta que el crucifijo y la Biblia sean opcionales en la jura de cargos ante el Rey

jura-felipe-vi--644x362_560x280El nuevo magistrado del Tribunal Constitucional, Antonio Narváez Rodríguez, jura su cargo

Casa Real cambia el protocolo y ya no será obligatoria su presencia en Zarzuela

La institución argumenta que esta modificación quiere cumplir con la libertad religiosa según la Constitución

Los tiempos han cambiado, y la Corona se adapta a ellos. La Casa Real ha cambiado el protocolo y permite, a partir de ahora, que los nuevos miembros de las instituciones que juran o prometen el cargo en La Zarzuela puedan hacerlo sin una Biblia y un crucifijo delante.

Hasta ahora, los nuevos cargos tenían la opción de jurar o prometer cumplir sus obligaciones, pero no podían intervenir en la disposición de los elementos simbólicos exhibidos en el acto. Fuentes de la Casa Real arguyen que el cambio trata de cumplir con la libertad religiosa que decreta la Constitución.

El fiscal Antonio Narváez Rodríguez ha jurado hoy ante el rey Felipe VI el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional en sustitución de Enrique López, quien volvió a su antigua plaza de magistrado tras aceptar una pena de multa de 1.440 euros y la retirada del carné de conducir por un delito contra la seguridad vial cometido por saltarse un semáforo cuando conducía su moto sin casco y bebido.

En la ceremonia, celebrada en el Salón de Audiencias del Palacio de La Zarzuela, Narváez Rodríguez ha jurado su cargo delante de un ejemplar de la Biblia, otro de la Constitución y un crucifijo, pero por vez primera la disposición de la Biblia y del crucifijo obedecía a la voluntad del nuevo alto cargo, porque se le ha ofrecido la posibilidad de elegir si quería o no que estuvieran allí mientras pronunciaba la fórmula del juramento.

 Por lo demás, la fórmula seguirá siendo la misma: “Juro (o prometo) cumplir fielmente las obligaciones del cargo de (el que corresponda en cada ocasión) con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado“.

Antonio Narváez ha jurado ante una Biblia colocada a su izquierda, abierta por el Libro de los Jueces, y ante otro de la Constitución que mostraba el artículo 159 del Título IX, referido al Tribunal Constitucional. Frente a él, en la mesa, el crucifijo que siempre se ha visto en estas ceremonias protocolarias y que en el futuro podrá desaparecer si así lo considera oportuno quien presta juramento o promesa.

 En su ceremonia de proclamación, Felipe VI prescindió de la misa posterior, como sí tuvo su padre don Juan Carlos cuando ascendió al trono. felipe VI tomó esa decisión para respetar, como jefe del Estado, la aconfesionalidad de este, según explicaron entonces fuentes de La Zarzuela. Eso sí, el Rey, que es católico, juró, y no prometió, cumplir la Constitución.

Fuente Religión Digital.

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